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General => Transición Estructural => Mensaje iniciado por: saturno en Enero 24, 2014, 01:51:00 am

Título: Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: saturno en Enero 24, 2014, 01:51:00 am
Me traigo los posts desde el hilo de Internet censurada
Y No. No nos han censurado. Vamos a abrir avenidas de claridad.

Con este post parece que cuajó el debate, como punto de inicio.
___________


No podemos plantear una conversacion sobre P.I, ni comentar noticias relacionadas,
si antes no delimitamos el campo en el que nos movemos.

La P.I. (Propiedad Intelectual)  define una relacion (de propiedad) de un individuo con una "obra":
De ahi que la propiedad se diga de una obra plasmada, en una materia dada.

Ese principio es distintivo de toda P.I. y se declina en P.de autor, de patentes, de marcas, etc.
Los derechos sobre "obras" se integran así de forma natural con el derecho comercial, propiedad de bienes, etc,
El cuerpo de derecho de la LPI es un código de comercio desarrollado a partir de una negociacion con fines comerciales
(Las LPI de cada Estado se conforman al Convenio de Berna y su transposicion a cada Estado miembro de la WIPO)

Que las ideas no son protegidas, no se discute, ¡nadie lo ha discutido nunca!

Los principios básicos se encuentras en la WIPO, que de neutral no tiene nada, pero por eso mismo
tiene exquisito cuidado en precisar bien las cosas.

http://www.wipo.int/copyright/es/ (http://www.wipo.int/copyright/es/)
Citar
¿Qué abarca el derecho de autor? ↓

Entre las obras que abarca el derecho de autor cabe señalar las siguientes, aunque no son las únicas:

    obras literarias y artísticas, por ejemplo, novelas, poemas, obras de teatro, obras de referencia, periódicos y programas informáticos, bases de datos;
    películas, composiciones musicales, coreografía;
    obras artísticas como pinturas, dibujos, fotografías y escultura;
    arquitectura; y
    publicidad, mapas y dibujos técnicos.

La protección del derecho de autor abarca las expresiones, pero no las ideas, procedimientos, métodos de operación o conceptos matemáticos en sí. Los títulos, los lemas o los logotipos podrán o no quedar al amparo del derecho de autor en función del nivel de actividad autoral que contengan. En la mayoría de los casos el derecho de autor no protege los nombres.



Delimitando correctamente en qué consiste la P.I y su aplicacion, evitamos
el riesgo de discutir de cosas absurdas, como
-- la "propiedad de lo inmaterial", donde en realidad uno piensa en la "desmaterialización" digital de las obras
-- y tras esa primera confusion, uno asume que la propiedad se extiende a las ideas.

Y llegados a este punto, hemos dejado de hablar de  propiedad intelectual, para
defender que las ideas no se las puedan apropiar unos pocos, que las ideas son de todos,
y cosas asi, que en realidad nunca se han cuestionado.

Lo peor, es que ese tipo de amalgama desmaterializado/inmamterial tiene el efecto de ahogar
el verdadero debate sobre la P.I. y sus fines sociales, con lo que los Titulares se frotan las manos
por no decir que se descojonan de la peña.


Saludos

Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: saturno en Enero 24, 2014, 01:53:00 am
Viene de:


Saturno, intento empezar por lo básico, y tu me cambias el tema.

Lo básico es:

¿Porque ahora, de repente, lo que nunca jamás ha constituido propiedad (lo inmaterial) debe constituirla?

O, expresado de otra forma:

Propiedad es aquello que, para pertenecer a una persona, debe dejar de pertenecer a otra. Esa es la base del comercio (dejo de tener la propiedad de algo, que pasa a otra persona, de forma legítima, a cambio de otra cosa), y del concepto de robo (dejo de tener la propiedad de algo, que pasa a otra persona, de forma ilegítima).


Es que no entiendo el planteamiento que haces.

Dices : Es propiedad aquello que es objeto de un intercambio.

(?). No me encaja.
El comercio no implica siempre propiedad de los bienes o servicios intercambiados.
Tampoco la propiedad implica directamente que se comercie con el bien en propiedad (= vivienda (Edit:he borrado mi primer ejemplo))


A bote pronto, si yo defino la propiedad, diría:
Digo : Es propiedad (de uno) aquello que otros convienen en proteger. Es propiedad aquello que se reconoce exclusivo de uno, frente a la colectividad. La propiedad es un "derecho oponible" a terceros. Lo garantiza el príncipe, la Ley  (que puede ser la misma Fuerza, claro)

Es decir, yo entiendo que la propiedad es una convención. Una garantía juridica
Una ley que el Monarca otorga, o que un colectivo se da a si mismo
Dentro de ese colectivo, la propiedad está garantizada
Si sales de ese colectivo, la propiedad deja de estarlo

El comercio se puede hacer entre colectivos que no comparten la misma noción de propiedad. De hecho, el comercio no entra a discutir del régimen de propiedad de nada

¿Entendemos lo mismo por propiedad?
Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: saturno en Enero 24, 2014, 01:54:00 am
Traido de aquí




Si no hay menoscabo en la propiedad, no hay robo.

Si, tras un hecho supuestamente delictivo, no hay pérdida material del objeto "robado" por parte del propietario, no puede haber robo. En caso de no haber robo, no puede haber delito, ni por tanto, acción compensatoria, en el sentido clásico.

Pero como Starkiller, también estás identificando la propiedad y los bienes.

Entonces, claro, el razonamiento es:
-- si la P.I. define una propiedad, entonces tiene que definir un bien
-- Peeeero, el Bien Intelectual no se pierde al darlo
-- Por tanto, aunque te apropies del bien, no hay robo ni violación de la P.I

Pero supón que la Propiedad (toda) y concretamente la P.I. es una convención
que dice:
-- Por convención, por ley, declaramos prohibido que las obras protegidas sean copiadas transformadas, divulgadas.... sin consentimiento del titular

--- Así, la propiedad es sobre el _derecho_. La prohibicion viene a ser violada si copias.... etc sin autorización del titular, porque le estás robando el ejercicio del derecho a ser el único en levantar esa prohibición..

--- Por tanto, si copias....etc, la obra, estás "robándole" al titular el ejercicio-del-derecho que conveniste que sólo él tenía.

Porque realmente, si te fijas, lo que vende el titular, es el derecho a reproducir la obra, el derecho a difundirla, a transformarla.
Al menos, en los contratos, lo que vende son derechos. La obra en sí no se puede vender, por la razón que dices además, porque que uno lea la obra no le resta nada al autor, y enriquece al lector.


A mi me parece logico, o mejor dicho, conforme a la logica de la LPI que hemos heredado del sXIX (al menos, mientras cualquier obra protegida se declaraba en un registro)
Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: saturno en Enero 24, 2014, 11:05:06 am
(Traido del Hilo de Internet censurada)

Reformulo:

Propiedad es aquello que, para pertenecer a una persona, debe dejar de pertenecer a otra. La propiedad privada es exclusiva, pertenece a un individuo (aqui incluso podemos aceptar sujeto físico o legal). Para que alguien diferente pase a tener la propiedad de, por ejemplo, mi coche, yo tengo que perder esa propiedad.

Como corolarios: Ese concepto es la base del comercio (dejo de tener la propiedad de algo, que pasa a otra persona, de forma legítima, a cambio de otra cosa), y del concepto de robo (dejo de tener la propiedad de algo, que pasa a otra persona, de forma ilegítima).

Vertiente histórica: Hasta el S XVII, "propiedad" era siempre referido a posesión de tierras, de bienes inmuebles. A partir de entonces, también se comienza a aplicar a los medios de producción; y en última instancia, a la "propiedad personal", es decir, a los objetos poseidos por alguien. El término "propiedad", en tanto que se ha ido ampliando, siempre ha tenido, hasta hace un par de décadas, un claro e inamovible componente material. Hasta hace poco, lo que ahora entendemos por "Propiedad Privada", los bienes menores (Un CD, un libro, una película), eran meras "posesiones", lo que nos lleva...

a la vertiente legal. Cito de la wikipedia:

En las comunidades primitivas, posesión y propiedad se confundían, hasta que el derecho romano comenzó a regular la propiedad de forma separada remarcando sus diferencias. Según esta doctrina, la posesión era un estado protegible. Posteriormente el derecho canónico le dará una mayor ampliación de protección a la mera detentación del bien o derecho. El derecho germánico le otorgó aún más importancia. De tal manera que no fuese presumible sino más bien detentable
Es una situación de hecho, mas no de derecho como la propiedad, derecho real por excelencia y consecuencia de la posesión a través de la prescripción.
La posesión requiere o necesita dos elementos para configurarse y ellos son el corpus, que es la cosa en si y el animus rem sibi habendi que es la intención de tener la cosa como propia, de comportarse como su dueño, es decir la posesión requiere la intención y la conducta de un dueño. De esta manera distinguimos de la tenencia en la cual el tenedor reconoce en otro la propiedad de la cosa en su poder.

Para empezar, a la cosa protegida se le llama "corpus". Corpus implica, sin excepción, tangibilidad.


¿Mexplicao mejor?

Bien, has explicado que debemos distinguir la posesion y la propiedad

Y yo entiendo que en tu definicion, donde dices propiedad, entiendes posesion:
Citar
Propiedad es aquello que, para pertenecer a una persona, debe dejar de pertenecer a otra. La propiedad privada es exclusiva, pertenece a un individuo (aqui incluso podemos aceptar sujeto físico o legal). Para que alguien diferente pase a tener la propiedad de, por ejemplo, mi coche, yo tengo que perder esa propiedad.

La importancia de no confundir posesion y propiedad se debe a que la propiedad es una garantía juridica, mientras que la posesion es un evento circunstancial.
Eso es como yo leo tu cita de Wikipedia

Asimismo, el comercio intercambia posesiones.
Se ve bien si consideras el comercio exterior, donde los agentes no pertenecen a una misma comunidad juridica y por tanto, no entienden lo mismo por propiedad.

Ejemplo del bajo medievo (s.X por ejemplo, me inspiro de Escohotado)
un comerciante germano que en su sociedad no reconoce la esclavitud (sólo la servidumbre) captura a un eslavo para venderselo a un bizantino o musulman que si la reconoce,
Lo que ha hecho el germano es capturar a un eslavo que no forma parte de su comunidad juridica, y lo vende a un musulman que tampoco pertenece a su comunidad,
El comerciante "posee" al eslavo sin tener propiedad
El musulman que toma posesión del eslavo, tiene además reconocida la "propiedad" juridica según leybizantina o turca
Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: dmar en Enero 24, 2014, 21:18:24 pm
Pero supón que la Propiedad (toda) y concretamente la P.I. es una convención
que dice:
-- Por convención, por ley, declaramos prohibido que las obras protegidas sean copiadas transformadas, divulgadas.... sin consentimiento del titular

--- Así, la propiedad es sobre el _derecho_. La prohibicion viene a ser violada si copias.... etc sin autorización del titular, porque le estás robando el ejercicio del derecho a ser el único en levantar esa prohibición..

--- Por tanto, si copias....etc, la obra, estás "robándole" al titular el ejercicio-del-derecho que conveniste que sólo él tenía.

Claro, la propiedad implica restricciones a los no-propietarios: si okupan un piso aunque su dueño no lo esté usando estan vulnerando su derecho de propiedad.
Del mismo modo un bien puede ser requisado o expropiado por la misma autoridad que reconoce el derecho de propiedad, y esto es parte de la misma convención.  Ej: una autopista o los botes de Dunquerque.
Y el dueño del piso anterior ha perdido la posesión efectiva del piso, si es que no la perdió antes al no poseer los medios para defenderla o impedir la entrada.

En ese sentido, podríamos decir que el derecho a la propiedad es una extensión de la posesión efectiva por medio del Estado.

Que las acciones que vulneran los derechos requieran o no la posesión material del bién es otro asunto.

Lo que es importante señalar es que, como he dicho antes, el estado puede restringir a su vez el derecho de propiedad -puesto que es él quién lo otorga-.

(Volvemos a lo de que el Estado es un invento de los liberales)

Perdón por el post deslabazado, hora de cenar.
Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: saturno en Enero 25, 2014, 01:01:44 am
Pero supón que la Propiedad (toda) y concretamente la P.I. es una convención
que dice:
-- Por convención, por ley, declaramos prohibido que las obras protegidas sean copiadas transformadas, divulgadas.... sin consentimiento del titular

--- Así, la propiedad es sobre el _derecho_. La prohibicion viene a ser violada si copias.... etc sin autorización del titular, porque le estás robando el ejercicio del derecho a ser el único en levantar esa prohibición..

--- Por tanto, si copias....etc, la obra, estás "robándole" al titular el ejercicio-del-derecho que conveniste que sólo él tenía.

Claro, la propiedad implica restricciones a los no-propietarios: si okupan un piso aunque su dueño no lo esté usando estan vulnerando su derecho de propiedad.
Del mismo modo un bien puede ser requisado o expropiado por la misma autoridad que reconoce el derecho de propiedad, y esto es parte de la misma convención.  Ej: una autopista o los botes de Dunquerque.
Y el dueño del piso anterior ha perdido la posesión efectiva del piso, si es que no la perdió antes al no poseer los medios para defenderla o impedir la entrada.

En ese sentido, podríamos decir que el derecho a la propiedad es una extensión de la posesión efectiva por medio del Estado.

Que las acciones que vulneran los derechos requieran o no la posesión material del bién es otro asunto.

Lo que es importante señalar es que, como he dicho antes, el estado puede restringir a su vez el derecho de propiedad -puesto que es él quién lo otorga-.

(Volvemos a lo de que el Estado es un invento de los liberales)

Perdón por el post deslabazado, hora de cenar.

Correcto, la propiedad es lo equivalente a la cerca que levantas alrededor de un campo y dices : "¡Este campo es mío!"

Esa imagen la daba Rousseau, y la cuestion que trata de resolver es el origen de esa idea de propiedad.
- La fuerza  propia o ajena (a través de un Principe al que das el monopolio de la fuerza)
- El interés general de la sociedad.

Cuando en el debate en torno a la P.I. nos centramos en la nocion de propiedad,
estamos hablando de leyes y detrás de éstas, del modelo de sociedad.



Bien. Vayamos dando un pasito más.

Resulta que la P.I. ha facilitado también otra interpretación, que consiste en decir que la Propiedad es un derecho "natural". Aunque realmente sería teológico (por derecho divino).
Es lo que vienen muchos autores a decirte: que por el mero hecho de plasmar sus ideas en una forma original, disponen de forma natural de un derecho de propiedad sobre su obra.

Es teología barata, porque si les indagas un poco, te explican que es tan evidente como que Dios es creador, y es sabido que su obra la hizo en 7 días y Él es el Autor y nosotros criaturas. Pues con una obra de autor, igual. Lo dice la Biblia. Fin de la discusion.


Bueno, Hasta aquí, nada que decir. Mientras se limite a ser un asunto de creencias y no afecte al principio legilstativo mismo de la Propiedad, después de todo, que se crean lo que quieran ¿no?



Pues no. Veamos cuándo las cosas empiezan a tener olor a chamuscado de hoguera..

El problema empieza cuando miras a los EEUU, y descubres que todos los adalides de CC, GNU y otras genialidades postulan precisamente, su derecho natural a la propiedad de la obra.

Y te dicen:
PORQUE MI PROPIEDAD ES NATURAL
YO AUTOR;
YO te concedo, en mi infinita propiedad,
la LIBERTAD

(aquí unos dicen: "de uso", otros dicen "de copiar y 3 otras libertades más. Pero contadas".)



Es decir, ¿verdad? son divagaciones que son aberraciones jruidico-mentales
que descansan sobre esa idea de propiedad natural
Que son delirios de colonos iluminados que poblaron américa,
¿verdad?

Pues no, resulta que esas divagaciones SON LA NORMA en EEUU porque al ser de los últimos paises en adherirse a Berna, EEUU se abstuvo (muy interesadamente, entonces) de desarrollar la noción de propiedad como se hizo en los países europeos. No es que su concepcion juridica fuese diferente, simplemente, en materia de propiedad intelectual, a EEUU no le interesaba nada profundizar en ello, porque habría tenido que pagar royalties a UK y a media Europa. Je.je. Bueno, es historia.


Pero ahora resulta que sus colonos neo-propietarios se lo creyeron de veras, lo del derecho natural. Y si la filosofía del derecho no difiere, si queda el uso y una tradicion de jurisprudencia.

De tal forma que siendo como es EEUU, y el desarrollo de Internet, en el mundo entero llevamos con esa aberracion juridico-mental, unos 20 años. Y más de medio mundo se está tragando su idea del derecho natural como si fuese el Sermon de la montaña con el resultado de que, visto el exito que tiene y la aceptacion conseguida por la musica, el cine y el sotware yankee, evidentemente, a todas las demás empresas de EEUU se les ha abierto una via regia y simplemente, han empezado a imponer sus licencias de derecho natural, tomando como modelo las licencias de autor. Sobre todo si son "libres", basta con decir que ellos no lo son, pero que el fundamento (natural) del derecho es el mismo. ¡Bingo!


-- Bill Gates, hijo de notario, inventó la licencia de uso software ;
-- Las Majors "educan" a la peña con que si el autor no te da libertad, es que nunca fuiste libre ;
-- La SGAE y otras europeas aplauden el advenimiento del derecho natural, un autor es capaz incluso de cerrar sitios Web o prohibir la comunicacion de sus libros a bibliotecas publicas ;
-- Los lobbies están reformando con entusiasmo las LPI para introducir el derecho NATURAL por la letra pequeña.

Y mientras tanto, está la peña protestando porque no le dejan piratear a gusto. Como dirían con el pisito: Hala copia un poquito, copia por ejemplo si has comprado, pero sobre todo, trágate el derecho natural de propiedad.
Y la peña, está contenta, porque como la dejan hacer copias de seguridad, pues eso de la propiedad natural, les parece normal.
 

Y así fue como todos, toditos, han emprendido la Gran Marcha a Roma para introducir de nuevo el derecho de propiedad natural, liderados por un iluminado que ha sido capaz de enumerarte el número de libertades de que que dispones: y que según él, vienen de nacimiento (de la obra, pero eso es secundario para el buen fin)

Concédanme que al lado de lo que está ocurriendo con el derecho de propiedad, puede que lo del pisito, sea pecata minuta.

Uf. Qué ganas tenía de soltarlo.
Gracias por la oportunidad



(Ya pueden empezar a gritarme, aviso que pienso defenderme)
Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: saturno en Enero 25, 2014, 01:40:42 am
Pero supón que la Propiedad (toda) y concretamente la P.I. es una convención
que dice:
-- Por convención, por ley, declaramos prohibido que las obras protegidas sean copiadas transformadas, divulgadas.... sin consentimiento del titular

--- Así, la propiedad es sobre el _derecho_. La prohibicion viene a ser violada si copias.... etc sin autorización del titular, porque le estás robando el ejercicio del derecho a ser el único en levantar esa prohibición..

--- Por tanto, si copias....etc, la obra, estás "robándole" al titular el ejercicio-del-derecho que conveniste que sólo él tenía.


Claro, la propiedad implica restricciones a los no-propietarios: si okupan un piso aunque su dueño no lo esté usando estan vulnerando su derecho de propiedad.
Del mismo modo un bien puede ser requisado o expropiado por la misma autoridad que reconoce el derecho de propiedad, y esto es parte de la misma convención.  Ej: una autopista o los botes de Dunquerque.
Y el dueño del piso anterior ha perdido la posesión efectiva del piso, si es que no la perdió antes al no poseer los medios para defenderla o impedir la entrada.

En ese sentido, podríamos decir que el derecho a la propiedad es una extensión de la posesión efectiva por medio del Estado.

Que las acciones que vulneran los derechos requieran o no la posesión material del bién es otro asunto.

Lo que es importante señalar es que, como he dicho antes, el estado puede restringir a su vez el derecho de propiedad -puesto que es él quién lo otorga-.

(Volvemos a lo de que el Estado es un invento de los liberales)

Perdón por el post deslabazado, hora de cenar.


[/quote]

Correcto, la propiedad es lo equivalente a la cerca que se levanta alrededor de un campo y te permite decir a los demás  : "¡Este campo es mío!"

Esa imagen la daba Rousseau, y la cuestion que trata de resolver es el origen de esa idea de propiedad, cómo y por qué la cerca cumplirá su funcion;
- La fuerza  propia, o la ajena (a través de un Principe al que das el monopolio de la fuerza)
- El interés general de la sociedad, expresada a través de una ley voluntaria

Cuando en el debate en torno a la P.I. nos centramos en la nocion de propiedad,
estamos hablando de leyes y detrás de éstas, del modelo de sociedad.



Edit= Meto en spoiler el tocho que me salió anoche.

Por si vamos dando un pasito más.

(click to show/hide)
Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: NosTrasladamus en Enero 26, 2014, 13:41:51 pm
No es "propiedad estructural", es propiedad ficticia. Es una forma de crear escasez artificial y monopolios legales sobre determinadas actividades. Además "propiedad intelectual" es un palabro que engloba cosas distintas protegidas con legislaciones distintas y con propósitos diferentes, a menudo con mecanismoe s instituciones diferentes y con intereses diversos: A saber, estan los derechos de reproducción (es decir el copyright: quién tiene el derecho exclusivo a reproducir y distribuir copias de una obra, son los mal llamados en el cortijo "derechos de autor", cuyos titulares en el 99% de los casos no son los autores, sino las empresas que reproducen y distribuyen sus obras, de hecho, inicialmente los derechos tenían una validez de x años tras la muerte del autor -con el objetivo de que sus herederos disfrutasen durante unos años del trabajo de los progenitores- pero ahora el plazo se extiende cada vez que una obra que da jugosos beneficios va a entrar en el "dominio público", por ejemplo canciones de los beattles ó el dibujo del ratón MIckey Mouse), por otro lado tenemos las marcas registradas (llegan a registrarse palabras comunes, como "word", "windows", "apple", etc...), por otro lado los secretos industriales y por último las patentes (que los bufetes de abogados y los lobbies tratan de extender a cada vez más campos, incluyendo campos que hasta ahora -y con buen motivo- estaban excluidos de ser patentables, como los programas de ordenador y los algoritmos matemáticos, los métodos de negocio ó los seres vivos. También es muy discutible la patentabilidad de los medicamentos, como se ha visto numerosas veces con la actitud de las farmacéuticas, http://www.elmundo.es/salud/2014/01/24/52e210d5e2704e36188b456b.html (http://www.elmundo.es/salud/2014/01/24/52e210d5e2704e36188b456b.html) y, en general de cualquier empresa que anteponga el lucro propio a la utilidad social -incluso por encima de las vidas humanas-)

Esto de la propiedad intelectual es un "invento" cuyo propósito inicial (garantizar un plazo limitado para que nadie se aproveche del trabajo de los autores en el caso del copyright -aunque en el fondo el copyright desde el principio estuvo influido por los intereses de los editores y tuvo un componente censor y de control de quién tenía permiso para editar, ligado al desarrollo del a imprenta, con el Estatuto de la reina Ana- http://es.wikipedia.org/wiki/Estatuto_de_la_Reina_Ana (http://es.wikipedia.org/wiki/Estatuto_de_la_Reina_Ana); y de garantizar el acceso a las nuevas invenciones -documentándolas- pasado un determinado plazo para que el inventor original pudiese explotar su invención, en el caso de las patentes) se ha desvirtuado completamente, poniendo estos derechos en manos de empresas ajenas tanto a autores y artistas como a inventores -como los famosos "Patent Trolls", sociedades que se dedican a adquirir patentes -sobre todo de software, en muchos casos triviales- sin ninguna intención de desarrollar ningún producto con ellas, sino cuya única función consiste en ejercer chantaje legal sobre empresas que desarrollan productos que supuestamente "infringen" dichas patentes pero que no se pueden permitir el lujo de dilapidar dinero y tiempo en disputas legales y prefieren pagar al chantajista que enzarzarse en un costoso y largo proceso litigador- y que hace tiempo que se ha ido de madre y que es criticado por todas partes tando desde el liberalismo como desde posiciones totalmente opuestas.

http://www.elblogsalmon.com/criticas-y-recomendaciones/contra-la-propiedad-intelectual (http://www.elblogsalmon.com/criticas-y-recomendaciones/contra-la-propiedad-intelectual)

http://www.gnu.org/philosophy/not-ipr.es.html (http://www.gnu.org/philosophy/not-ipr.es.html)

http://www.nodo50.org/mujerescreativas/copyleft.htm (http://www.nodo50.org/mujerescreativas/copyleft.htm)

https://partidopirata.es/resources/books/Culturalibre.pdf (https://partidopirata.es/resources/books/Culturalibre.pdf)

http://www.icariaeditorial.com/libros.php?id=1336 (http://www.icariaeditorial.com/libros.php?id=1336)
http://www.icariaeditorial.com/pdf_libros/cultura%20libre.pdf (http://www.icariaeditorial.com/pdf_libros/cultura%20libre.pdf)

Antes de la popularización de los ordenadores personales y el acceso a internet, cuando las reproducciones de obras tenían un formato analógico y la velocidad de transmisión de la información era menor, todas estas leyes de propiedad intelectual, eran poco cuestionadas, siquiera conocidas, pues afectaban a un número limitado de actores ó al menos lo hacian en menor escala (las copias de cassetes, por ejemplo), pero ahora, con cada ordenador conectado a internet, cada uno de nosotros disponemos de una máquina de reproducir obras y además de un canal de distribución de las mismas, al haberse digitalizado las copias, podemos hacerlas con la misma fidelidad y distribuirlas a la misma velocidad y a un coste mucho menor que las empresas reproductoras que en la era analógica monopolizaban la fabricación de copias y los canales de distribución de las mismas. En el fondo, con todas estas leyes de supuesta proteccion "de los autores" y de "los inventores" lo que se trata es de blindar el viejo monopolio que esta amenazado con la democratización de los medios de producción que ahora todos y cada uno de los que antes eramos sólamente consumidores, receptores pasivos, tenemos en nuestras manos.

Luego esta lo que vosotros estais discutiendo de si el derecho a la de propiedad de bienes materiales (en última instancia, la sublimación del uso de la fuerza para controlar bienes materiales ó raices mediante medidas legales -amenaza de uso de la fuerza por parte del aparato represor-legal del estado que defiende  los intereses de los propietarios de esos bienes- ó mediante el dinero), puede ser aplicable a intangibles y en donde existe un proceso de conversión de las ideas, la creatividad, los descubrimientos científicos y la innovación en mercancía (mercantilización). A este respecto propongo algunos enlaces:

http://es.wikipedia.org/wiki/Capitalismo_cognitivo (http://es.wikipedia.org/wiki/Capitalismo_cognitivo)

http://salonkritik.net/08-09/2009/03/doce_tesis_sobre_el_capitalism.php (http://salonkritik.net/08-09/2009/03/doce_tesis_sobre_el_capitalism.php)

http://www.traficantes.net/libros/capitalismo-cognitivo-propiedad-intelectual-y-creacion-colectiva (http://www.traficantes.net/libros/capitalismo-cognitivo-propiedad-intelectual-y-creacion-colectiva)

Por útimo añado este vídeo de Nina Paley, cuya historia del enorme desembolso que se vió obligada a llevar a cabo para poder poner unas melodías de los años 20 en su propia obra de animación es tremendamente interesante e ilustrativo de hasta que punto ha degenerado todo el tema del copyright. (que es sólo uno de los componentes de ese concepto falaz e inexistente de la "propiedad intelectual")

Copiar no es robar - Copying is not theft - Subtítulos esp eng (http://www.youtube.com/watch?v=ZmYsLTUjXNI#)

http://blog.ninapaley.com/2011/03/29/my-copyright-story-in-a-nutshell/ (http://blog.ninapaley.com/2011/03/29/my-copyright-story-in-a-nutshell/)
Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: CHOSEN en Enero 27, 2014, 10:35:14 am
El derecho de propiedad no es por acción divina. Es por acción humana.
Fíjate, la protección intelectual existe porque el autor ha creado su obra. Por tanto, es DIOS respecto de su obra, por haberla creado él. No es dios -ni creo que lo pretenda- respecto de ti.
Análogamente la protección es hacia el creador, no hacia la obra, y a quien se "protege" es al creador, no a la obra (aunque se hable de obra protegida, la protección es al autor).
Por eso los royalties los cobra el creador a su nombre, en vez de ir a una cuenta bancaria  a nombre "de la obra".
La protección intelectual es un invento social, no divino.
Por lo tanto, deberíamos discutir no sobre su naturaleza (que es social) sino sobre el grado de protección o idoneidad de la misma. Por ejemplo los años en las obras musicales, o la idoneidad de proteger el software o las palabras comunes.

Nostras, todos los sistemas -especialmente aquellos en los que hay dinero de por medio- acaban siendo pervertidos. No es que el sistema sea pervertido en sí. Es que lo han pervertido (y tu haces una buena lista de culpables y formas de perversión). Pero eso no ha de ofuscarnos la mente. No podemos medir una disciplina por el grado de perversores que se aprovechan de ella.Calatrava ha pervertido la arquitectura, y no por ello vamos a decir que los puentes o las catedrales (como símbolos arquitectónicos) deben ser destruídos.
Propongo lo mismo en el campo de la PI.

Los creadores pueden y han de ser recompensados por su trabajo mas allá de la propia "satisfacción" personal.
Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: Starkiller en Enero 27, 2014, 13:21:32 pm
El derecho de propiedad no es por acción divina. Es por acción humana.

Discrepo. La propiedad privada es un concepto "natural", no solo en el sentido Tomasino, sino también en el Darwinista. Evolucionamos de especies con un fuerte sentimiento territorial. Muchos primates son fuertemente territoriales, a la par que gregarios. Ambas cosas no son opuestas.

Luego si existe una propiedad privada "natural". Evidentemente, no por acción divina, salvo si hablamos del Dios Gen.

Esa protección se extiende de forma natural, desde el territorio, hasta las posesiones físicas, prácticamente desde el primer momento en el que aparecen dichas posesiones.

Evidentemente, la única forma de obtener la posesión física de otro era arrebatándosela; ya fuera de forma legal (comercio) o ilegal (robo).

Sin embargo, esto nunca se extiende a la propiedad inmaterial (información). Evidentemente, en muchos casos se ponían límites estructurales que intentaban limitar la posesión de esa información (Gremios, logias, secretos de estado, limitación de la libre expresión, o similemente, hacer inaccesibles todos los soportes con esa información, ya fueran libros, cerebros, o tablillas de barro); pero una vez la información se liberaba, nadie lo consideraba robo, porque no había menoscabo de la propiedad de ningún tipo.

Ahora entramos en un mundo en el acceso a la información es universal. Y con la excusa de proteger a los creadores, se nos quiere vender que algo que no causa menoscabo a la propiedad, es robo.

Para esto tienen que defenderse con artimañas como el "lucro cesante", una versión de la "disminución de la exclusividad".

Pero la cuestión es, como bien dice Nostrasladamus, solo una forma deponer puertas al campo, una forma innatural de limitar lo que no debería estar limitado, y los motivos son simples:

1) La propiedad inmaterial va a ser la protagonista en las transacciones comerciales durante las siguientes décadas; de hecho, va a ser la [inexistente] materia prima que alargue un poco la  hegemonía occidental.

2) Es la proyectada "cadena & bola" para las generaciones jóvenes. Con un mínimo para subsistir (que es muy poco) y suficientes bienes inmateriales, un joven puede mantenerse almargen del mundo. Pero esto no es aun viable; necesitan que ese joven "entre"en el sistema; no quieren que se escape, que se "autoexcluya"; por lo que tienen que tasar,limitar y cobrar esa información, para obligar al joven a estar esclavizado para poder conseguirla.

Más adelante, la cosa ira al revés. Querran producción inmaterial gratis, o prácticamente gratis, a cambio de tener completamente entretenido al personal, cobrando una RBU. Lo que ya hemos hablado muchas veces. Pero de momento, les interesa inventarse derechos sin sentido.
Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: CHOSEN en Enero 27, 2014, 14:15:14 pm
El derecho de propiedad no es por acción divina. Es por acción humana.
Discrepo. La propiedad privada es un concepto "natural", no solo en el sentido Tomasino, sino también en el Darwinista. Evolucionamos de especies con un fuerte sentimiento territorial. Muchos primates son fuertemente territoriales, a la par que gregarios. Ambas cosas no son opuestas.
De donde se saca que estamos diciendo lo mismo.

Sin embargo, esto nunca se extiende a la propiedad inmaterial (información).
La información en abstracto es poseída (privatizada) porque tiene valor.
Y nadie nadie puede defender que la información no tiene valor. Y puesto que tiene valor, hay que ponerle un precio.
A James Bond 007 lo torturaban para sacarle información.
Claro que la información tiene valor, y puede ser extraída por la fuerza... lo que pasa que Beethoven no componía a la fuerza, al contrario que científicos en regímenes totalitarios ávidos de tecnología nuclear.
Claro que lo inmaterial e intelectual tiene valor, y sus creadores han de ser recompensados en consecuencia, toda vez que lo ponen a disposición del resto de la humanidad.
¿Un panadero puede cobrar por el pan y un científico no?
Lo harán gratis o lo harán cobrando, según les apetezca.
Estoy seguro de que el problema es con los mecanismos de recompensa, no con la recompensa en sí.

Respecto al valor de lo material y lo inmaterial cuidado, porque os estais metiendo en un jardín del que os va a ser difícil (intelectualmente) salir. Porque si no he entendido mal, estais vinculando la propiedad "tener masa" a la propiedad "tener valor", y esto sabéis que no es así.

Que una cosa es que lo mejor de la vida sea gratis, y una muy distinta es que lo mejor tenga que ser tangible.
Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: visillófilas pepitófagas en Enero 27, 2014, 15:39:06 pm
Claro que lo inmaterial e intelectual tiene valor, y sus creadores han de ser recompensados en consecuencia, toda vez que lo ponen a disposición del resto de la humanidad.
¿Un panadero puede cobrar por el pan y un científico no?
Lo harán gratis o lo harán cobrando, según les apetezca.
Estoy seguro de que el problema es con los mecanismos de recompensa, no con la recompensa en sí.

Respecto al valor de lo material y lo inmaterial cuidado, porque os estais metiendo en un jardín del que os va a ser difícil (intelectualmente) salir. Porque si no he entendido mal, estais vinculando la propiedad "tener masa" a la propiedad "tener valor", y esto sabéis que no es así.

Que una cosa es que lo mejor de la vida sea gratis, y una muy distinta es que lo mejor tenga que ser tangible.

La cosa es que (casi) cualquiera puede hacer pan, por eso se puede cobrar por ello. Pero (casi) nadie puede proponer la teoría heliocéntrica o la relatividad, por eso - en épocas "buenas" - se ha intentado casi siempre que esas personas capaces de aportar esos modelos disruptivos no se vean atadas (mecenazgos, protección, etc.). En "épocas malas", se han jodido como todo hijo de vecino, claro.

Si se mercantiliza todavía más la ciencia, dejará de haber ciencia o será (todavía más) coto privado de las grandes corporaciones o Gobiernos, y no trascenderá a la Humanidad (salvo para esclavizarla).

Los científicos han de ser recompensados, pero no con el mecanismo de patentes: por ejemplo, premios a la investigación, tanto honoríficos como en dinero o especie (lo de toda la vida).

Y coincido también contigo en que se están metiendo en un jardín curioso con lo de reificar el valor.
Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: Marv en Enero 27, 2014, 16:00:48 pm
La información tiene unas características esencialmente distintas a la materia, una de las cuales es la de ser replicable (energéticamente) casi sin esfuerzo. Se puede replicar casi sin esfuerzo una historia, como ocurría con la tradición oral, o un chiste.
Lo materal es o bien muy costoso de replicar (oveja Dolly) o bien imposible (un terrenito al lado del Bernabéu no me lo puedo hacer en mi salón).

La "propiedad intelectual" es un concepto burdo y obsceno que pretende que los bienes de naturaleza "información" compartan la misma naturaleza que los bienes de naturaleza materal; dicho de otra forma, que disfruten del mismo privilegio: ser exclusivos para quien los posee.  La PI intenta dificultar que la información sea replicable fácilmente, prohibiéndolo por ley.

¿Y si el descubridor de la técnica para hacer fuego se hubiera acogido a los derechos de la propiedad intelectual?

Es la ausencia de propiedad intelectual la que ha permitido la evolución de las civilizaciones, al expandir la información de forma que cualquiera que conociese el código o cifrado (idioma) podía acceder a la información.

Pero muchos miles de años después, pretendemos instaurar unas leyes orientadas a que, a cualquier gilipollas que ordena cuatro palabras de una determinada manera (que ni siquiera es propietario de la codificación, o sea, del lenguaje en el que opera), hay que pagarle para poder leer su mierda.

BULLSHIT.
Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: visillófilas pepitófagas en Enero 27, 2014, 16:19:43 pm
La información tiene unas características esencialmente distintas a la materia, una de las cuales es la de ser replicable (energéticamente) casi sin esfuerzo. Se puede replicar casi sin esfuerzo una historia, como ocurría con la tradición oral, o un chiste.
Lo materal es o bien muy costoso de replicar (oveja Dolly) o bien imposible (un terrenito al lado del Bernabéu no me lo puedo hacer en mi salón).

La "propiedad intelectual" es un concepto burdo y obsceno que pretende que los bienes de naturaleza "información" compartan la misma naturaleza que los bienes de naturaleza materal; dicho de otra forma, que disfruten del mismo privilegio: ser exclusivos para quien los posee.  La PI intenta dificultar que la información sea replicable fácilmente, prohibiéndolo por ley.

¿Y si el descubridor de la técnica para hacer fuego se hubiera acogido a los derechos de la propiedad intelectual?

Es la ausencia de propiedad intelectual la que ha permitido la evolución de las civilizaciones, al expandir la información de forma que cualquiera que conociese el código o cifrado (idioma) podía acceder a la información.

Pero muchos miles de años después, pretendemos instaurar unas leyes orientadas a que, a cualquier gilipollas que ordena cuatro palabras de una determinada manera (que ni siquiera es propietario de la codificación, o sea, del lenguaje en el que opera), hay que pagarle para poder leer su mierda.

BULLSHIT.

Creo que estamos de acuerdo.

Lo que me chirría mucho es que justifiques lo de la oveja Dolly, que no es más que información (lo material es todo el aparataje de laboratorio, etc., usado para "materializar" físicamente una "oveja clon").

Por otra parte, los mecanismos de propiedad intelectual se inventaron para proteger a los inventores pequeños. Pero de la misma manera que la sociedad se ha entregado al "todo vale", al pelotazo, a desmontar o pervertir regulaciones y mecanismos de monitorización, también se ha viciado el sistema de PI de manera que ahora está copado por grandes empresas o "patent trolls". Pero eso no es culpa del mecanismo de regulación de la propiedad intelectual, sino de su abuso y perversión.

Dejando que se patenten genomas, mera información, palabras comunes y - en general - cualquier cosa, vamos de cabeza (como en otros ámbitos) a una segunda edad media.
Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: Marv en Enero 27, 2014, 16:37:52 pm
La información tiene unas características esencialmente distintas a la materia, una de las cuales es la de ser replicable (energéticamente) casi sin esfuerzo. Se puede replicar casi sin esfuerzo una historia, como ocurría con la tradición oral, o un chiste.
Lo materal es o bien muy costoso de replicar (oveja Dolly) o bien imposible (un terrenito al lado del Bernabéu no me lo puedo hacer en mi salón).

La "propiedad intelectual" es un concepto burdo y obsceno que pretende que los bienes de naturaleza "información" compartan la misma naturaleza que los bienes de naturaleza materal; dicho de otra forma, que disfruten del mismo privilegio: ser exclusivos para quien los posee.  La PI intenta dificultar que la información sea replicable fácilmente, prohibiéndolo por ley.

¿Y si el descubridor de la técnica para hacer fuego se hubiera acogido a los derechos de la propiedad intelectual?

Es la ausencia de propiedad intelectual la que ha permitido la evolución de las civilizaciones, al expandir la información de forma que cualquiera que conociese el código o cifrado (idioma) podía acceder a la información.

Pero muchos miles de años después, pretendemos instaurar unas leyes orientadas a que, a cualquier gilipollas que ordena cuatro palabras de una determinada manera (que ni siquiera es propietario de la codificación, o sea, del lenguaje en el que opera), hay que pagarle para poder leer su mierda.

BULLSHIT.

Creo que estamos de acuerdo.

Lo que me chirría mucho es que justifiques lo de la oveja Dolly, que no es más que información (lo material es todo el aparataje de laboratorio, etc., usado para "materializar" físicamente una "oveja clon").


No he justificado la idoneidad de ese "descubrimiento" si a eso te refieres. Me he limitado a decir que es posible hacerlo, pero muy costoso, (si quieres, en términos de conocimiento acumulado, hay que sumar todo lo que la humanidad ha conseguido para poder llegar hasta ahí) si lo comparas con contar una historia o trazar unas líneas con tizón sobre las paredes de una cueva.

Yo no abogo por ninguna replicación biológica. Los bienes materiales, tanto biológicos como inertes, son extremadamente costosos -o cuasi imposibles-  de replicar, o de lo contrario tendríamos una paradoja energética. Esa exclusividad natural está en el origen del concepto de propiedad. No puedo crear un bien, pero puedo apropiármelo si llego antes.
Se es propietario en la medida en que se pueda asegurar que nadie más puede serlo.
Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: visillófilas pepitófagas en Enero 27, 2014, 19:52:29 pm
Se es propietario en la medida en que se pueda asegurar que nadie más puede serlo.


Lo que lleva a que eres propietario en la medida en que eres igual o más fuerte que Gobiernos y reguladores.

Ahora mira a los monsantos o googles de esta era y sus posiciones respecto de los gobiernos y reguladores.

No veo una perspectiva halagüeña para la Humanidad próximamente.

(http://oddfunny.com/wp-content/uploads/2011/10/Apple-Slide-To-Unlock.jpg)
Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: Starkiller en Enero 28, 2014, 07:26:43 am
Se es propietario en la medida en que se pueda asegurar que nadie más puede serlo.


Lo que lleva a que eres propietario en la medida en que eres igual o más fuerte que Gobiernos y reguladores.

Ahora mira a los monsantos o googles de esta era y sus posiciones respecto de los gobiernos y reguladores.

No veo una perspectiva halagüeña para la Humanidad próximamente.

([url]http://oddfunny.com/wp-content/uploads/2011/10/Apple-Slide-To-Unlock.jpg[/url])


En parte, si, efectivamente.

Pero lo que es evidente, y se desprende de la frase de obcad (Que resume perfectamente lo que yo intento expresar), es que un objeto es propiedad en tanto es posible poner límites a su copia.

Cuando algo es tan copiable que el propio poseedor ofrece copias, porque las hace con ctrl+v, y porque a el no le resulta en merma, entonces, claramente, no es propiedad privada.
Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: CHOSEN en Enero 28, 2014, 10:13:18 am
De ninguna manera puedes medir la legalidad de una copia por la facilidad que se tiene para reproducirlo.
Un libro hoy día se reproduce facilmente, pero hace 600 años había de hacerse a mano. Y el que se hiciera a mano o a máquina no resta un ápice de mérito ni de propiedad sobre la obra al escritor. Por eso quien ha de ser recompensado por el esfuerzo intelectual es pongamos Tomás de Aquino, el que pasa a la historia. El autor de la obra literaria es Tomás de Aquino y no su escribano. Y es Tomás de Aquino quien ha de ser recompensado (lo hizo la Iglesia) por plasmar su pensamiento filosófico en papel.

No estoy diciendo que la copia de dicha obra debiera ser prohibida. Al contrario, cuanta mas difusión mejor. Estoy diciendo que quien quisiera copiarla, con permiso o sin permiso del autor, debería recompensarle de alguna manera, especialmente si va a obtener un rédito por ello.

Y quien dice un libro, dice una canción o la patente de un airbag, algo que estaremos de acuerdo es un gran invento.
Las creaciones han de ser recompensadas justamente.
Reclamar la copia gratis es la justificación del "que inventen ellos".

Estoy de acuerdo en que el sistema de cobro de royalties es una mierda (eso es indiscutible) y confirmo que el sistema de patentes es mejorable -especialmente en USA-, pero algo muy diferente es decir que no deben existir pagos a los creadores, o que el inventor de la célula solar ha de vivir en la indigncia sólo para justificar que vosotros queráis copiar música de Bustamante.
Hay que ser un poco mas neutral.
Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: NosTrasladamus en Enero 28, 2014, 10:26:21 am
Citar
ni de propiedad sobre la obra al escritor


Nadie cuestiona la propiedad del escritor.
El problema es que los titulares de los derechos *de copia* (copy-right), de reproducción y comercialización de dichas copias, es decir, la mercancía, la obra intelectual reificada no son los autores originales, sino las empresas reproductoras (editoriales, discográficas, distribuidoras)

Creo que caeis en la trampa de la confusión que el lobby de dichas empresas reproductoras ha creado mezclando interesadamente el derecho de explotación comercial de una obra (si es de autor, éste no debería ser transferible ni contratable en exclusiva) con el derecho moral del autor al reconocimiento, de la autoría, etc (y a que el autor cobre por su trabajo). Pensad acerca de ello.

Nota aparte: Internet brinda una escapatoria posible para muchos autores al abrir un canal de distribución y difusión que aún no está controlado por las empresas reproductoras (aunque ya están entrando nuevos actores que intentan copar este nuevo "mercado", "territorio virgen", como Amazon, google y demás), pero claro, a los autores consagrados con el antiguo sistema "analógico" les cuesta mucho romper la inercia...

Véase Pérez Reverte y lo que decía en 2009 vs lo que dice en 2014. (el famoso artículo del "fulano que le roba" http://www.finanzas.com/xl-semanal/firmas/arturo-perez-reverte/20140126/fulano-quizas-usted-roba-6828.html (http://www.finanzas.com/xl-semanal/firmas/arturo-perez-reverte/20140126/fulano-quizas-usted-roba-6828.html) )

http://canal-literatura.com/blog/blog-literatura/articulos/pepe-y-los-piratas-por-arturo-
perez-reverte/ (http://canal-literatura.com/blog/blog-literatura/articulos/pepe-y-los-piratas-por-arturo-perez-reverte/)
No es apócrifo: www.icorso.com/artifoto11.gif (http://www.icorso.com/artifoto11.gif)

Citar
Pepe y los piratas. Por Arturo Perez Reverte

A ver qué novelista que no sea un demagogo o un cretino se resiste a que lo lean más, en lugares donde el libro de papel no llega por diversas razones.



En fin. Para redondear lo que quiero contarles, debo añadir que un tío estupendo -de Valencia, me parece- que se llama Enrique y honra El club Dumas usando gentilmente el nick de Corso, montó por su cuenta y con dos o tres amigos, hace un par de años, una página soberbia en la que se ocupa de mis libros, y tiene un correo del lector, y un foro libre de discusión; y el fulano ha conseguido montar una pajarraca extraoficial magnífica, donde amigos a los que no conozco, pero que tienen la gentileza de leer mis libros y mis cosas, como El Conde, Carlota, Celso, El Marino y muchos otros, envían colaboraciones, opinan y, en resumen, intercambian cromos. Y fíjense si será buena la página, que hasta mi editorial, a la hora de hacer la suya -estupenda, las cosas como son-, puso un enlace con ésta para aprovechar todo ese caudal de información. A esa página privada me asomo de vez en cuando a ver por dónde van los tiros, los que me dan leña y los que me defienden. Nunca intervengo, pero observo, me divierto, aprendo, me familiarizo con amigos y adversarios desconocidos. Y así fue durante todo este mes, en que al abrir la página de Enrique encontraba allí todo un foro de mensajes reclamando que alguien piratease El oro del rey y lo pusiera a circular: algunos oponiendo reparos morales y otros diciendo qué carajo, las cosas en la red están para piratearlas, y no estoy dispuesto a soltar quinientas pelas, no ya por la pasta, sino por principios. Por estricta moral de internauta.

Y debo reconocerlo aquí públicamente: asistir a todo ese guirigay, propio de las tabernas de filibusteros de los viejos libros, me ha calentado el corazón. El día que alguien que usa el nick de Pepe dijo «ya lo tengo, aquí lo tenéis», y en el acto recibió una lluvia de peticiones y agradecimientos, sentí el éxito casi como propio. Porque uno cree que todo está ya dicho, escrito y reglamentado, y de pronto resulta que no; que ante cada nuevo desafío surgen en cualquier rincón espíritus libres que se pasan por el forro de los cojones los reglamentos y los copyrights y las estipulaciones de tres euros y letra pequeña. Corsarios resueltos a ir al abordaje de sus sueños. Y lo que es más importante: solidarios, dispuestos a compartir. A ir a la taberna de los Hermanos de la Costa, de los colegas, de los amigos cuyo nombre es sólo un alias en la red, y decirles: aquí está, aquí lo tengo. Aquí lo tenéis. Servíos, y que aproveche. Por eso quiero dar hoy las gracias al pirata Pepe y a los otros: a quienes durante estas semanas habéis hecho saltar mecanismos de seguridad y saqueado las bodegas de esa página alatristesca, por amor a la aventura, por desafío y por generosidad con los camaradas. Los de mi editorial -y algunos libreros- se ciscan en vuestros muertos. Por mi parte, os aseguro que el propio Diego Alatriste habría disfrutado tanto viéndoos hacerlo como he disfrutado yo.

Fuente:XL Semanal.


 Y ojo, en muchos casos, los autores están obligados a hablar "en contra de la piratería" *por contrato* con sus discográficas y editoriales: y como digas otra cosa es el último disco/libro que te editamos/publicamos... (le pasó a Alaska, por ejemplo http://www.blogodisea.com/2007/alaska-pirateria-censura/musica/ (http://www.blogodisea.com/2007/alaska-pirateria-censura/musica/) http://www.dueronline.com/foros/Forum18/HTML/000013.html (http://www.dueronline.com/foros/Forum18/HTML/000013.html) )
Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: Starkiller en Enero 28, 2014, 11:02:01 am
CHOSEN, confundes el derecho de reconocimiento del autor con la propiedad. Incluso hoy, el código de un programador es autoría de ese programador, aunque la empresa que le contrata tenga la propiedad, por ponerte un ejemplo.

Acerca de la recompensa al autor, y la necesidad de propiedad privada inmaterial para ello, es un argumento completamente bastardo y sin sentido.

Mira el software libre:un perfecto ejemplo de recompensa al autor, totalmente funcional, y sin propiedad privada inmaterial.

Pero claro, eso no da para que los autores se hagan megamillonarios; simplemente para que vivan muy, pero que muy dignamente. Y tampoco da para demasiados rentimos, iCEIsmos, o similar, aunque si da para algo de eso.

Y ese, y no otro, es el problema.

Y, sinceramente,si lo que necesitamos es una serie de leyes restrictivas y sin sentido para que Julio Iglesias, en lugar de tener la vida solucionada con bastante dinero (caso de gente exitosa en sistemas sin propeidad  privada inmaterial), se haga muchimillonario y se vaya a hacer el payaso en Miami, pues apaga y vamonos.
Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: sudden and sharp en Enero 28, 2014, 11:07:47 am
De ninguna manera puedes medir la legalidad de una copia por la facilidad que se tiene para reproducirlo.
Un libro hoy día se reproduce facilmente, pero hace 600 años había de hacerse a mano. Y el que se hiciera a mano o a máquina no resta un ápice de mérito ni de propiedad sobre la obra al escritor. Por eso quien ha de ser recompensado por el esfuerzo intelectual es pongamos Tomás de Aquino, el que pasa a la historia. El autor de la obra literaria es Tomás de Aquino y no su escribano. Y es Tomás de Aquino quien ha de ser recompensado (lo hizo la Iglesia) por plasmar su pensamiento filosófico en papel.

No estoy diciendo que la copia de dicha obra debiera ser prohibida. Al contrario, cuanta mas difusión mejor. Estoy diciendo que quien quisiera copiarla, con permiso o sin permiso del autor, debería recompensarle de alguna manera, especialmente si va a obtener un rédito por ello.

Y quien dice un libro, dice una canción o la patente de un airbag, algo que estaremos de acuerdo es un gran invento.
Las creaciones han de ser recompensadas justamente.
Reclamar la copia gratis es la justificación del "que inventen ellos".

Estoy de acuerdo en que el sistema de cobro de royalties es una mierda (eso es indiscutible) y confirmo que el sistema de patentes es mejorable -especialmente en USA-, pero algo muy diferente es decir que no deben existir pagos a los creadores, o que el inventor de la célula solar ha de vivir en la indigncia sólo para justificar que vosotros queráis copiar música de Bustamante.
Hay que ser un poco mas neutral.

A ver que nos perdemos y mucho.

Nada ni nadie me puede prohibir hacerme una copia de un libro a mano (o como me de la gana.) Lo que me prohibe la ley es comercializarla.
Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: sudden and sharp en Enero 28, 2014, 11:09:23 am
CHOSEN, confundes el derecho de reconocimiento del autor con la propiedad. Incluso hoy, el código de un programador es autoría de ese programador, aunque la empresa que le contrata tenga la propiedad, por ponerte un ejemplo.

Acerca de la recompensa al autor, y la necesidad de propiedad privada inmaterial para ello, es un argumento completamente bastardo y sin sentido.

Mira el software libre:un perfecto ejemplo de recompensa al autor, totalmente funcional, y sin propiedad privada inmaterial.

Pero claro, eso no da para que los autores se hagan megamillonarios; simplemente para que vivan muy, pero que muy dignamente. Y tampoco da para demasiados rentimos, iCEIsmos, o similar, aunque si da para algo de eso.

Y ese, y no otro, es el problema.

Y, sinceramente,si lo que necesitamos es una serie de leyes restrictivas y sin sentido para que Julio Iglesias, en lugar de tener la vida solucionada con bastante dinero (caso de gente exitosa en sistemas sin propeidad  privada inmaterial), se haga muchimillonario y se vaya a hacer el payaso en Miami, pues apaga y vamonos.

Claro que hay propiedad privada. El copyleft (La GPL) es un copyright. La diferencia son las condiciones de la licencia (y por general el precio.)
Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: CHOSEN en Enero 28, 2014, 13:19:29 pm
Mira el software libre:un perfecto ejemplo de recompensa al autor, totalmente funcional, y sin propiedad privada inmaterial.
A ver si ahora los creadores van a tener que conformarse con la gratuidad de los aplausos solo porque tu lo digas.   :biggrin:
Cada cual pone el precio que quiere a su trabajo. Si no te gusta o te parece caro no lo compres, o fotocopialo o bájatelo, pero encima no digas que tienes derecho "porque la propiedad intelectual no existe".
A ver si ahora porque un fulano -libremente- utilize una licencia GPL para su obra, las patentes relativas a métodos para refinar uranio van a tener que ser también gratuitas!!!
Que no hombre, que cada uno escogerá si quiere que sea gratis o si quiere cobrar por ello.

La prueba de la legitimidad de los derechos de copia, son las propias licencias libres que la permiten de manera libre y gratuita. Si no, no tendrían porque existir.

Citar
El problema es que los titulares de los derechos *de copia* [...] no son los autores originales, sino las empresas reproductoras (editoriales, discográficas, distribuidoras)
Claro, MEDIANTE UN CONTRATO FIRMADO LIBREMENTE ENTRE LAS PARTES en virtud del cual la gestora se encarga de recaudar.
¿Esperas que Spielberg te de su numero de cuenta? Vamos hombre. En eso consiste la representación.
La propiedad inmaterial puede ser sujeto de protección, de la misma forma que las tierras son objeto de protección mediante escrituras notariales.
Otra cosa son los métodos de protección, o las estrategias mafiosas que utilizan las gestoras. Pero poner en duda que la propiedad intelectual puede y HA de ser protegida y recompensada, me parece un atraso.
Estais siendo mas papistas que el papa  ;)
Es tan extremo exigir la gratuidad de toda propiedad intelectual como exigir el pago de todo lo que voluntariamente es gratuito.
Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: NosTrasladamus en Enero 28, 2014, 13:27:26 pm
A ver si ahora porque un fulano -libremente- utilize una licencia GPL para su obra, las patentes relativas a métodos para refinar uranio van a tener que ser también gratuitas!!!
(http://glossi-media-us-west.s3-us-west-1.amazonaws.com/media/0d7ddb5ab83f49a39d631abadbf2a777oFa2CY.jpg)
¿Otro perrito piloto, CHOSEN?, a ver si tenemos un poco de por favor y argumentamos sin utilizar falacias baratas, que ya somos mayorcitos...
http://es.wikipedia.org/wiki/Falacia#Falacia_del_hombre_de_paja (http://es.wikipedia.org/wiki/Falacia#Falacia_del_hombre_de_paja)

(para empezar el software no es patentable, sino que está protegido por copyright, salvo en EEUU, pero es que allí se les ha ido la olla y ese tema se ha salido de madre totalmente, y las multinacionales del software privativo y sus bufetes de abogados y toda una industria legal creada para hacer negocio alrededor de esa aberración que son las patentes de software, tratan de exportar esa locura a Europa desde 2004/2005 http://stopsoftwarepatents.eu/ (http://stopsoftwarepatents.eu/) )

Y por cierto lo de la supuesta "libertad" con la que dos partes con fuerzas totalmente asimétricas firman un contrato "libremente" :rofl: también es una falacia como la copa de un pino (muy del gusto de los liberalistos) que estoy más que cansado de leer por aqui...
Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: saturno en Enero 28, 2014, 13:35:15 pm
Copio aqui mi post del hilo de PPCC para alimentar debate, no habia visto los msg de ayer:
http://www.transicionestructural.net/transicion-estructural/ppcc-pisitofilos-creditofagos-invierno-2013/msg100897/#msg100897 (http://www.transicionestructural.net/transicion-estructural/ppcc-pisitofilos-creditofagos-invierno-2013/msg100897/#msg100897)

Por cierto, en mi anterior mensaje aqui puse un flyout para no dar la tabarra.
http://www.transicionestructural.net/transicion-estructural/transicion-a-la-propiedad-estructural/msg100661/#msg100661 (http://www.transicionestructural.net/transicion-estructural/transicion-a-la-propiedad-estructural/msg100661/#msg100661)

Después de leerles, me arrepiento del flyout, no de la tabarra (o sólo me arrepentiré cuando la lean y reaccionen)
;-D)
__________________________________



Cita de: pisitofilos_creditofagos
28 Ene 2014(10:48)

(Defender que el Valor depende de la idea que el ser humano tiene del mismo equivale a reconocer que las cosas valen lo que se le antoje el ser humano más fuerte al respecto. Por eso decimos que el subjetivismo valorativo es ultramaterialista y liberticida: "A mí me interesa que mis cosas valgan mucho y ello requiere que mi voluntad se imponga a la de los demás". Inmanencia en estado puro: "Sólo existe lo que se me pasa a mí por mi mente". El subjetivismo valorativo ha tenido predicamento sólo porque significaba oposición al marxismo -además de ser la música que los estafadores quieren que se oiga-. El problema está en que el marxismo es una extensión del clasicismo económico y atacar el enfoque del valor de Adam Smith y David Ricardo significaba minar las bases del capitalismo liberal, lo que ha sido muy bienvenido durante el s. XX por el falsosocialismo/falsoliberalismo, en su proyecto de Capitalismo Popular -sin enfoque subjetivo no habría habido burbuja inmobiliaria y terruñística-. El Valor Trabajo es la base de los enfoques objetivistas. Ni el Capital-Empresa ni el Comercio Internacional serían viables sin una concepción objetiva del Valor. Ahora, que ya se sabe que los inmuebles no valen lo que se ha pagado por ellos, los subjetivistas se han hecho en bloque objetivistas: "Estos precios no representan lo que nosotros sabemos que vale nuestro pisito, Marujita. Comprad, que las oportunidades pasan. La culpa la tienen la banca y los políticos". Conectado con este asunto está el del liquidacionismo. Dejar caer instituciones financieras está bien cuando la economía oscila dulcemente en los vaivenes de las crisis coyunturales, pero es idiota cuando estás en una crisis estructural. En esta situación escatológica, la gangrena está muy diseminada o, si no, se disemina sobre la marcha.)



[url]http://blogs.elconfidencial.com/economia/valor-anadido/2014-01-28/una-explicacion-distinta-y-real-del-desplome-bursatil_81353/[/url] ([url]http://blogs.elconfidencial.com/economia/valor-anadido/2014-01-28/una-explicacion-distinta-y-real-del-desplome-bursatil_81353/[/url])


El Valor es a la Propiedad, lo que el Precio a la Posesion.
 

--Puede haber valor sin precios (subfase tras el pinchazo de burbujas)

--También se dan precios sin valor (intercambio de posesiones cuyo régimen de propiedad no es el mismo, como ocurre (ocurría) en comercio internacional fuera de convenios como la OMC)

--Y puede haber transferencia  de propiedad sin posesion (o regulandola) (=cesion de derechos exclusivos o no, limitados en tiempo o espacio, o no, etc.  )

--Y de posesiones sin transferencia de propiedad (=licencia de uso)
 
 


De todos modos, creo que -- independientemente del fondo teorico --
la forma de argumentar de ppcc es correcta acerca de la relacion valor
y precio. Y cuando utiliza el trabajo como discriminante..

Dentro del debate, es importante ver que cada parte utiliza esos conceptos
para servir sus propios fines. Más que considerar la validez de la propia
teoria del valor, se trata de mirar si los contendientes utilizan las armas
dialecticas respetandolas, sin cambiarlas en medio del combate,

En ese sentido, ppcc usa siempre las mismas armas
mientras que los subjetivistas las cambian según pierden terreno
La postura ppcc gana por su coherencia, porque permite desarrollar
soluciones, donde los subjetivistas deshacen el Estado, y conducen
a una forma de marasmo (=ignoran que el análisis subjetivista
sólo tiene validez dentro de una esfera regulatoria pre-determinada)



Ahora, en cuanto al fondo teorico de la cuestion, las dos posturas
no son excluyentes completamente.



Yo creo que para entender el Valor hay que mirar del lado de la propiedad,
que es propiedad de los medios de produccion claro (=Trabajo-Empresa)
y por tanto es indisociable del propio sistema juridico que administra los vasos comunicantes : el Estado Liberal.

Luego, dentro del marco de Valores establecido por el Estado,
pues los precios se establecen respecto de las "leyes" del mercado.

Cuando  los precios se fijan por la ley de la fuerza es cuando no hay marco
de Valores que sea común. Era el comercio internacional antes de que se
desarrollaran los Convenios de libre Comercio
(empezando con Francia-Inglaterra en el XVIII y progresivamente en el XIX)

Pero claro, si el Trabajo y la Propiedad están reglados, entonces
se puede decir que el Valor-Trabajo es lo que necesariamente va a
regular los Precios
No se dice otra cosa que el Estado tiene todos los medios para influir en los precios, a través del salario minimo, de tasas diversas, de regulaciones sobre precios (energia, por ej,)


Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: CHOSEN en Enero 28, 2014, 15:40:35 pm
¿Otro perrito piloto, CHOSEN?, a ver si tenemos un poco de por favor y argumentamos sin utilizar falacias baratas, que ya somos mayorcitos...
[url]http://es.wikipedia.org/wiki/Falacia#Falacia_del_hombre_de_paja[/url] ([url]http://es.wikipedia.org/wiki/Falacia#Falacia_del_hombre_de_paja[/url])

Quien comparó las licencias GPL con las patentes fue Starkiller, yo me limito a seguirle el juego jeje ;)

(para empezar el software no es patentable, sino que está protegido por copyright, salvo en EEUU

La protección del software supone un problema por su propia naturaleza. En EU se ha optado por otorgarle la protección al estilo obra literaria, protección intelectual (artística) mientras que en   USA se ha optado por protegerlo al estilo propiedad industrial (patente).
En cualquier caso ambos son protecciones de intangibles (obras artísticas e ideas).
No nos perdamos en el caso particular, ya se que Apple es el demonio pero la culpa no es de Apple, sino del funcionario/organismo que concedió la patentabilidad de cosas como los bordes redondeados, cosa que a todas luces está fuera de los límites de la patentabilidad.

Y por cierto lo de la supuesta "libertad" con la que dos partes con fuerzas totalmente asimétricas firman un contrato "libremente" :rofl: también es una falacia como la copa de un pino (muy del gusto de los liberalistos) que estoy más que cansado de leer por aqui...

Pero si son los propios artistas/cantantes los que pierden el culo por firmar con una de las grandes!!!  :rofl: :rofl:

Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: Saturio en Enero 28, 2014, 16:29:38 pm
De ninguna manera puedes medir la legalidad de una copia por la facilidad que se tiene para reproducirlo.
Un libro hoy día se reproduce facilmente, pero hace 600 años había de hacerse a mano. Y el que se hiciera a mano o a máquina no resta un ápice de mérito ni de propiedad sobre la obra al escritor. Por eso quien ha de ser recompensado por el esfuerzo intelectual es pongamos Tomás de Aquino, el que pasa a la historia. El autor de la obra literaria es Tomás de Aquino y no su escribano. Y es Tomás de Aquino quien ha de ser recompensado (lo hizo la Iglesia) por plasmar su pensamiento filosófico en papel.

No estoy diciendo que la copia de dicha obra debiera ser prohibida. Al contrario, cuanta mas difusión mejor. Estoy diciendo que quien quisiera copiarla, con permiso o sin permiso del autor, debería recompensarle de alguna manera, especialmente si va a obtener un rédito por ello.

Y quien dice un libro, dice una canción o la patente de un airbag, algo que estaremos de acuerdo es un gran invento.
Las creaciones han de ser recompensadas justamente.
Reclamar la copia gratis es la justificación del "que inventen ellos".

Estoy de acuerdo en que el sistema de cobro de royalties es una mierda (eso es indiscutible) y confirmo que el sistema de patentes es mejorable -especialmente en USA-, pero algo muy diferente es decir que no deben existir pagos a los creadores, o que el inventor de la célula solar ha de vivir en la indigncia sólo para justificar que vosotros queráis copiar música de Bustamante.
Hay que ser un poco mas neutral.

A ver que nos perdemos y mucho.

Nada ni nadie me puede prohibir hacerme una copia de un libro a mano (o como me de la gana.) Lo que me prohibe la ley es comercializarla.

Sin ánimo de polemizar....

Según entiendo. y puedo estar equivocadísimo, el derecho de reproducción sea como sea y usando los medios que sean y con la finalidad que sea, es uno de los derechos del autor.
En principio, sería violentar el derecho de reproducción que recae en el autor, el copiarse un libro a mano.

Ahora bien, la LPI, genera una excepción o limitación de los derechos de autor en la parte de la reproducción, dando derecho a terceros a la reproducción siempre que se trate de:

•Obras ya divulgadas
•Realizada por una persona física
•Para su uso privado
•Obra a la que se ha accedido legalmente
•Sin fines de lucro
•Siempre que no sean bases de datos ni programas de ordenador

Luego vino la modificación que permitió el cánon.

El fundamento de la cosa (la excepción) es que en realidad es incontrolable, es decir, lo que el legislador tenía en la cabeza cuando generó la excepción era:


"1.Los titulares no puede licenciar cada una de las copias realizadas por todos los usuarios de las obras, pues los costes transaccionales son muy altos. Por tanto, aunque tienen el derecho exclusivo es imposible su gestión práctica.
2.Incluso si los titulares tuvieran medios para negociar licencias con cada usuario individual, sería imposible verificar si los contratos se cumplen. La causa es el respeto al derecho a la intimidad e inviolabilidad del domicilio (art. 18 CE) y a que los medios policiales y judiciales que se necesitarían serían enormes. Por tanto, se decide “legalizar” una situación que de todas formas se daría, compensando indirectamente a los afectados.
3.La copia privada supone un daño en los ingresos que hay que compensar, pero esta merma no afecta a la explotación normal de la obra, pues en caso contrario no pasaría el test de los tres pasos.
4.La copia privada supone un beneficio para la comunidad que acerca la cultura al ciudadano. Esto sería un reflejo del principio de protección de los autores y su justa remuneración, por un lado, y la protección del interés público, por el otro.
"

Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: sudden and sharp en Enero 28, 2014, 17:08:10 pm
De ninguna manera puedes medir la legalidad de una copia por la facilidad que se tiene para reproducirlo.
Un libro hoy día se reproduce facilmente, pero hace 600 años había de hacerse a mano. Y el que se hiciera a mano o a máquina no resta un ápice de mérito ni de propiedad sobre la obra al escritor. Por eso quien ha de ser recompensado por el esfuerzo intelectual es pongamos Tomás de Aquino, el que pasa a la historia. El autor de la obra literaria es Tomás de Aquino y no su escribano. Y es Tomás de Aquino quien ha de ser recompensado (lo hizo la Iglesia) por plasmar su pensamiento filosófico en papel.

No estoy diciendo que la copia de dicha obra debiera ser prohibida. Al contrario, cuanta mas difusión mejor. Estoy diciendo que quien quisiera copiarla, con permiso o sin permiso del autor, debería recompensarle de alguna manera, especialmente si va a obtener un rédito por ello.

Y quien dice un libro, dice una canción o la patente de un airbag, algo que estaremos de acuerdo es un gran invento.
Las creaciones han de ser recompensadas justamente.
Reclamar la copia gratis es la justificación del "que inventen ellos".

Estoy de acuerdo en que el sistema de cobro de royalties es una mierda (eso es indiscutible) y confirmo que el sistema de patentes es mejorable -especialmente en USA-, pero algo muy diferente es decir que no deben existir pagos a los creadores, o que el inventor de la célula solar ha de vivir en la indigncia sólo para justificar que vosotros queráis copiar música de Bustamante.
Hay que ser un poco mas neutral.

A ver que nos perdemos y mucho.

Nada ni nadie me puede prohibir hacerme una copia de un libro a mano (o como me de la gana.) Lo que me prohibe la ley es comercializarla.

Sin ánimo de polemizar....

Según entiendo. y puedo estar equivocadísimo, el derecho de reproducción sea como sea y usando los medios que sean y con la finalidad que sea, es uno de los derechos del autor.
En principio, sería violentar el derecho de reproducción que recae en el autor, el copiarse un libro a mano.

Ahora bien, la LPI, genera una excepción o limitación de los derechos de autor en la parte de la reproducción, dando derecho a terceros a la reproducción siempre que se trate de:

•Obras ya divulgadas
•Realizada por una persona física
•Para su uso privado
•Obra a la que se ha accedido legalmente
•Sin fines de lucro
•Siempre que no sean bases de datos ni programas de ordenador

Luego vino la modificación que permitió el cánon.

El fundamento de la cosa (la excepción) es que en realidad es incontrolable, es decir, lo que el legislador tenía en la cabeza cuando generó la excepción era:


"1.Los titulares no puede licenciar cada una de las copias realizadas por todos los usuarios de las obras, pues los costes transaccionales son muy altos. Por tanto, aunque tienen el derecho exclusivo es imposible su gestión práctica.
2.Incluso si los titulares tuvieran medios para negociar licencias con cada usuario individual, sería imposible verificar si los contratos se cumplen. La causa es el respeto al derecho a la intimidad e inviolabilidad del domicilio (art. 18 CE) y a que los medios policiales y judiciales que se necesitarían serían enormes. Por tanto, se decide “legalizar” una situación que de todas formas se daría, compensando indirectamente a los afectados.
3.La copia privada supone un daño en los ingresos que hay que compensar, pero esta merma no afecta a la explotación normal de la obra, pues en caso contrario no pasaría el test de los tres pasos.
4.La copia privada supone un beneficio para la comunidad que acerca la cultura al ciudadano. Esto sería un reflejo del principio de protección de los autores y su justa remuneración, por un lado, y la protección del interés público, por el otro.
"

Todo esto es derecho mercantil. En cuanto un producto entra al mercado agota el derecho. Un libro vendido a una biblioteca ya ha agotado su derecho (Es la "copia" la que lo ha agotado, la biblioteca ha pagado el derecho.) Y ya está. Si yo me copio el libro a mano (por ejemplo.) es mio. Punto.

El derecho de copia (o de autor) es el derecho a introducir copias en el mercado.

No soy jurista y lo voy a dejar aquí. Pero tengo claro que una vez concedida y publicada la patente del airbag, todos los competidores pueden hacer sus "copias" para estudiar el objeto patentado, y para tratar de mejorarlo y patentar a su vez dichas mejoras. El derecho no es absoluto.

Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: Starkiller en Enero 28, 2014, 18:18:09 pm

Claro que hay propiedad privada. El copyleft (La GPL) es un copyright. La diferencia son las condiciones de la licencia (y por general el precio.)

Bueno, hombre, tampoco pasa nada.

Si ya hablamos de una cosa que no es propiedad privada, sin tener nada de propiedad ni de privada, pues también me vale. La GPL te obliga a compartir toda la información.

Mira, si todo esto es un pifostio de terminología, es porque como vengo argumentando, esta todo mal pensado, intencionadamente. De esa forma, los que intentais defender ciertas diferencias os la teneis que coger con tanto papel de fumar que los pobres muchachos del parque se van a tener que hacer los porros con papel scotex.

Mira el software libre:un perfecto ejemplo de recompensa al autor, totalmente funcional, y sin propiedad privada inmaterial.
A ver si ahora los creadores van a tener que conformarse con la gratuidad de los aplausos solo porque tu lo digas.   :biggrin:
Cada cual pone el precio que quiere a su trabajo. Si no te gusta o te parece caro no lo compres, o fotocopialo o bájatelo, pero encima no digas que tienes derecho "porque la propiedad intelectual no existe".
A ver si ahora porque un fulano -libremente- utilize una licencia GPL para su obra, las patentes relativas a métodos para refinar uranio van a tener que ser también gratuitas!!!
Que no hombre, que cada uno escogerá si quiere que sea gratis o si quiere cobrar por ello.

Te voy a poner un simil acerca de lo que acabas de hacer. Acabas de llegar a este foro, y de poner, en tu primer post "Pues yo creo que los pisos tiene que subir pero ya bien prontito".

Libre no es igual a gratis, ni mucho menos. Precisamente pongo el software libre como ejemplo (Si te hubieras molestado en leer el resto de mi post lo explico) porque sus autores viven muy, pero que muy bien.

Para lo que no da este sistema es para ser millonarios en Miami, o para alimentar a 500 rentistas por creador.

Pero que oye, si lo que os mola es defender el Julio Iglesias Way of life, que es lo único que estais haciendo, por mi adelante. Solo os ruego que lo hagais con un poco mas de nivel, porque esta debe ser la peor discusión de todo el foro en lo que a calidad de argumentos se refiere, cojones.
Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: CHOSEN en Enero 28, 2014, 19:34:36 pm
Desconozco el grado de "avance" que tenía la discusión en el hilo de internet cuando se creó el nuevo, por eso me estoy limitando a acotar algunas barbaridades que he leído en este hilo, como que el derecho de copia existe y es un derecho que se antepone al derecho de propiedad de la obra: Es decir, que el que copia tiene más derecho a copiar que el creador a ser protegido.
Y no estoy entrando en la forma en que se protege. Solo digo que el derecho del creador es anterior al de realizar copia.
Por eso existen licencias que permiten la copia, a las que el autor se acoge (o no).

Lo que es cierto es que Julio Iglesias tiene un derecho reconocible y reconocido a cobrar lo que le salga del nabo por sus discos, independientemente de que a ti te guste o no  ::)
Que tu no quieres que viva en Miami, pues es algo con lo que tendrás que vivir, porque la gente le ha pagado voluntariamente por sus creaciones.

Si el problema es el canon (de acuerdo) entonces el problema no es que se cobre por la inmaterialidad, sino la forma que tienen de hacerlo, y eso es lo que dije en el primer post.
Y vuelvo a repetir (aún a costa de ganarme otra amonestación del árbitro jeje) que el que un fulano quiera compartir su trabajo gratuitamente, no es óbice para que el inventor del panel solar tenga que hacerlo.

Canon indiscriminado, por supuesto que NO.
Retribución justa o mecanismos para que se consiga, por su puesto que si.
Las patentes no tienen este problema, porque se retribuyen por cauces distintos.
Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: sudden and sharp en Enero 28, 2014, 19:49:23 pm
...
Lo que es cierto es que Julio Iglesias tiene un derecho reconocible y reconocido a cobrar lo que le salga del nabo por sus discos, independientemente de que a ti te guste o no  ::)
Que tu no quieres que viva en Miami, pues es algo con lo que tendrás que vivir, porque la gente le ha pagado voluntariamente por sus creaciones.
...

Y ahí se acaba (se agota) "su" derecho. Pone el disco en el mercado sin competencia; lanza tantas copias como quiera y al precio que quiera. (Y que se supone le resarce de los gastos y le da un beneficio.) Y ya.

¿Qué puede pasar? Que no venda todos los discos que pensabe vender. que pierda dinero... ¿Y? La Ley no le garantiza un beneficio (y aún menos el benefico que el quiera.) La Ley le garantiza lanzar el disco en condiciones de monopolio. Una vez que vende el disco y lo compras tú. Julito no conserva derechos sobre tu copìa. Los derechos te los ha vendido, y tu has pagado lo que el libremente ha pedido por ellos.
Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: Маркс en Enero 28, 2014, 20:17:48 pm
A mí este tema me viene grande, la verdad, pero me surge una duda...

Si compro un cd de Julio Iglesias (la providencia me guarde de tal cosa  :biggrin:) pago unos derechos de autor X.
Si vuelvo a comprar por ejemplo un remix del mismo autor donde existen los mismos temas, vuelvo de nuevo a pagar un porcentaje de esos derechos de autor.

Pero incluso imaginemos que vuelvo a comprar el mismo cd porque o bien se me ha estropeado el anterior, porque lo he perdido o porque me sale de los mismos... ¿Por qué tengo que volver a pagar esos derechos de nuevo?

Alguna vez me ha sucedido tal cual (no con Julio Iglesias  :biggrin:) surgiéndome la duda.
Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: Starkiller en Enero 28, 2014, 20:52:47 pm
A mí este tema me viene grande, la verdad, pero me surge una duda...

Si compro un cd de Julio Iglesias (la providencia me guarde de tal cosa  :biggrin:) pago unos derechos de autor X.
Si vuelvo a comprar por ejemplo un remix del mismo autor donde existen los mismos temas, vuelvo de nuevo a pagar un porcentaje de esos derechos de autor.

Pero incluso imaginemos que vuelvo a comprar el mismo cd porque o bien se me ha estropeado el anterior, porque lo he perdido o porque me sale de los mismos... ¿Por qué tengo que volver a pagar esos derechos de nuevo?

Alguna vez me ha sucedido tal cual (no con Julio Iglesias  :biggrin:) surgiéndome la duda.

Me pasó eso mismo hace la pera de años, tenía la cinta del Seventh Son of a Seventh Son, y me compré el CD. Precio del soporte, 100pelas; precio del CD, 1200.

Pues oiga, la cosa es: como aquí de lo que se trata es de sacar pasta, pues se paga las veces que haya que pagar. ¿Acaso nos vamos a meter en las delicadezas de este ejemplo que, admitamos, es limitado, cuando tenemos aberraciones como el canon por ahí sueltas?

Insisto en mi argumento: todo esto de la propiedad inmaterial es una falacia; y como tal, todos los mecanismos que hay montados en torno a ella son aberraciones irracionales.

Y tiene mucha importancia, porque la información, todo lo inmaterial, va a ser infinitamente mucho más importante en el futuro de lo que ha sido hasta ahora.

El modelo que empieza a aparecer en la música, al margen de discográficas, para musicas de nichos muy concretos, es el que tiene sentido; fundamentalmente, los artistas ganan dinero con giras, con espectáculos. El resto, es marketing, para que la gente vaya a sus espectáculos.

Si; se que a muchos les ofenderá que los artistas tengan que trabajar. Go figure.

Otra cosa que empieza a funcionar muy bien son las suscripciones, te dan acceso a tonaladas de música a cambio de una tarifa reducida. Los artistas sacan dinero de eso, en función de las escuchas, pero poco. El resto, giras, y trabajando.

Y te aseguro que no se llevan un sueldo normalito. Hablamos de un sueldazo; pero esta en el otro espectro de un payaso apadrinado por discográficas que se forra para vivir como un rey el resto de su vida (Bisbal, Iglesias, etc...)
Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: sudden and sharp en Enero 28, 2014, 21:41:33 pm


Yo, estoy dejandome mecer por las olas.     :)






Pues ya podías "colaborar" un poquito...  ::)

(http://3.bp.blogspot.com/-b-IhTKTn4u0/TiVMgxKQ0jI/AAAAAAAAGZo/xCqwdLS6qaY/s1600/6.jpg)
Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: visillófilas pepitófagas en Enero 28, 2014, 22:26:47 pm
Me pasó eso mismo hace la pera de años, tenía la cinta del Seventh Son of a Seventh Son, y me compré el CD. Precio del soporte, 100pelas; precio del CD, 1200.

Pues oiga, la cosa es: como aquí de lo que se trata es de sacar pasta, pues se paga las veces que haya que pagar. ¿Acaso nos vamos a meter en las delicadezas de este ejemplo que, admitamos, es limitado, cuando tenemos aberraciones como el canon por ahí sueltas?

Insisto en mi argumento: todo esto de la propiedad inmaterial es una falacia; y como tal, todos los mecanismos que hay montados en torno a ella son aberraciones irracionales.

Y tiene mucha importancia, porque la información, todo lo inmaterial, va a ser infinitamente mucho más importante en el futuro de lo que ha sido hasta ahora.

El modelo que empieza a aparecer en la música, al margen de discográficas, para musicas de nichos muy concretos, es el que tiene sentido; fundamentalmente, los artistas ganan dinero con giras, con espectáculos. El resto, es marketing, para que la gente vaya a sus espectáculos.

Si; se que a muchos les ofenderá que los artistas tengan que trabajar. Go figure.

Otra cosa que empieza a funcionar muy bien son las suscripciones, te dan acceso a tonaladas de música a cambio de una tarifa reducida. Los artistas sacan dinero de eso, en función de las escuchas, pero poco. El resto, giras, y trabajando.

Y te aseguro que no se llevan un sueldo normalito. Hablamos de un sueldazo; pero esta en el otro espectro de un payaso apadrinado por discográficas que se forra para vivir como un rey el resto de su vida (Bisbal, Iglesias, etc...)

Creo que por ahora todos estamos demostrando no saber lo suficiente del tema. Se nota.

En particular, Starkiller, me sorprende leer simplezas tan grandes como las que cito arriba.

No pareces tener ni pajolera idea del esfuerzo y recursos que hacen falta para ir de una idea en tu cabeza a un disco grabado, aunque te lo hagas tú solo. Es un proceso largo, complejo y costoso. Decir que "a muchos les ofenderá que los artistas tengan que trabajar" es asqueroso, porque para llegar a la grabación ya han trabajado mucho (generalmente muchas o varias personas).

Decir que "los artistas ganan dinero con giras, con espectáculos" es una bobada, porque a eso es a lo que les ha empujado la industria discográfica que tanto criticas, por quedarse con su dinero (entre otros).

Si las cosas fuesen, o tuviesen que ser, como dices, no habría música. Como mucho jingles publicitarios. ¿Te pondrías a componer un disco o una sinfonía, harías los arreglos, lo interpretarías, lo grabarías, lo producirías y harías el trabajo de ingeniería, para que después te dijeran "muy bien, has regalado un discazo a la humanidad, ahora búscate una gira por ahí porque todo esto es gratis"?

Si las cosas fuesen, o tuviesen que ser, como dices, los informáticos deberían diseñar, programar, hacer pruebas y documentar gratis, porque es una cosa inmaterial y fácilmente reproducible, y sólo deberían cobrar si fuesen de gira con su teclado qwerty, dándolo todo de pueblo en pueblo, ¿no? Porque todo lo anterior no es más que marketing para que la gente vaya a sus hackathones...

PS1: tus ejemplos de "músicos" y de "artistas" son Julio Iglesias y Bisbal, que no son más que malos intérpretes. Aplícale tu cuento a músicos de verdad - a los que ya han robado y roban bastante - e imagina si tu música favorita hubiese existido de aplicarse tu "modelo".

PS2: alégrate, porque igual que con tu "modelo", tu dinero se lo llevaron TDK o Sony (por la cinta) y EMI (por el disco), y la gente que creó la música que te gustaba se llevó aproximadamente cero. Seguro que habrás ido a todas las giras de Iron Maiden varias veces para compensárselo...
Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: Маркс en Enero 28, 2014, 22:34:37 pm

Si; se que a muchos les ofenderá que los artistas tengan que trabajar. Go figure.

Otra cosa que empieza a funcionar muy bien son las suscripciones, te dan acceso a tonaladas de música a cambio de una tarifa reducida. Los artistas sacan dinero de eso, en función de las escuchas, pero poco. El resto, giras, y trabajando.


Tooooootalmente de acuerdo con todo su post, pero en especial lo resaltado en negrita.

A currar como todo cristo.
Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: saturno en Enero 29, 2014, 00:31:25 am
¡Silencio! ¡Silencio! Van a empezar.

(http://upload.wikimedia.org/wikipedia/commons/f/f2/Juglar.jpg)

Qué hermosura. Qué historia. Cuánto he soñado.

¡Aquí! ¡Aqui!

Toma hijo, corre a dárselo.




(Primer ejercicio : ¿cómo ganan dinero los artistas?
 En la respuesta debes contemplar
  -- Cómo se fijan los precios del hecho artístico
  -- De qué dependen las ganancias
  -- Si esas ganancias permiten medir un bien o un servicio?

A ver por turnos. Vale. Tú primero. Luego hablaréis los demás.)
Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: CHOSEN en Enero 29, 2014, 09:46:07 am
Cada cual trabajará como, cuando, y en lo que le de la real gana.
A ver si ahora un hipotético inventor de un motor limpio va a tener que trabajar de mecánico (instalando sus motores) solo porque vosotros lo digáis!!!  :biggrin:
"Hoyga mire usté, su idea no tiene valor si no es usted quien la ejecuta personalmente"
¿Que hacemos con los matemáticos y astrónomos que cobran un sueldo por "sus ideas faltas de valor porque son inmateriales"?.
Vamos hombre, estais en un extremo que no es razonable.

El ejemplo que pone Mapkc es perfecto.
Tu has pagado en su día un precio por un soporte que contiene música. Has pagado un tangible y un intangible que vienen juntos.
Dentro del precio de la cassette va el precio del plastico, distribución, etc... y el precio de "la canción".
Si se te estropea la casette, tienes derecho a no pagar de nuevo por la "canción", pero si quieres comprar un CD con esa misma cancion tienes que pagar un nuevo soporte (y la cancion que va dentro). Tambien puedes comprar un cd virgen y meter la cancion tu mismo. Ahi se ve que son cosas separadas.
Como las discográficas son empresas que gestionan soportes, te venden la cancion dentro de otro soporte si o si (con todos los gastos que eso conlleva). Si no lo quieres pagar para eso existe la COPIA PRIVADA 100% legal.
Pero la copia privada es legal porque ya la pagaste anteriormente la primera vez, junto con el casette. Pero si no quieres el soporte que te ofrecen te tienes que buscar la vida, es decir, conseguir "la cancion" por otro medio ya sea habiendo copiado tu el soporte antes,u otro (internet, amigo, etc). Y esto es lo que es el problema para el sector. Internet supone que cualquiera tiene acceso a "la cancion" independientemente de que la haya adquirido antes o no.
Todos somos amigos de todos y nos prestamos canciones.
Por eso se dice que el negocio de la distribución ha muerto.

Y por eso el canon digital es un atropello.
Porque nos hacen pagar una parte proporcional de "material intangible" en el presupuesto de que vas a copiar algo que anteriormente no poseías. Aunque seas sordo, pagarás.
Esto es un abuso se mire por donde se mire.

Por favor, separad el formato (casette,vinilo,cd) de lo que contiene. Son dos conceptos distintos y estan protegidos de forma distinta. Son dos pagos diferentes que se realizan a la vez cuando compras la música. Y legalmente están reconocidos de forma distinta.
El casette físico es tuyo, como si lo quemas o grabas encima. La canción al contrario nunca será tuya (no la puedes revender) porque el creador sólo te la proporciona bajo la condición de que la reproduzcas de forma privada.
Es un contrato que firmas con el autor. Todos los formatos traen información del copyrigth, que es el equivalente a las licencias de programa informático que nadie se lee. Esto lo reconoce hasta David Bravo, y es en lo que se basan sus defensas (préstamo y no lucro).

Estais siendo muy muy extremos en vuestro planteamiento anti-propiedad intelectual  ;)
Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: NosTrasladamus en Enero 29, 2014, 09:55:32 am
Sigo yo:

http://www.elpezdoble.com/lamusicacontada/pirateria.html (http://www.elpezdoble.com/lamusicacontada/pirateria.html)

Por otro lado una pequeña reflexión: Los "artistas" (muchas veces "artistas-producto") que viven de los royalties que les proporcionan las reproducciones de sus obras son la excepción, son un puñado de elegidos del "star-system" y la industria del entretenimiento que es algo diferente de "la cultura", aunque en ocasiones ambas cosas se solapen, amén de que las ventas de esas reproducciones no proporcionan sólo beneficios al artista, de hecho es un porcentaje marginal de ese beneficio el que acaba yendo al autor, al artista, al creador original, y las leyes el mal llamado "derecho de autor" (es copy-right, no author-right: separad "el soporte" de "la canción", como dice CHOSEN) estan concebidas y dirigidas a proteger a esa industria que hace copias y sus beneficios, no a los autores.

A saber: Muchos escritores viven de columnas en prensa, clases ó bien tienen otro oficio. Ídem con los artistas plásticos, que trabajan por encargos para ilustrar publicaciones, decorar empresas, edificios ó productos ó bien dan clases e imparten talleres de dibujo, fotografía, escultura... así como los músicos viven de las interpretaciones, conciertos en directo, de apaños para publicidad, tv ó cine y otros "bolos" ó de dar clases.
Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: saturno en Enero 29, 2014, 14:50:01 pm

(Primer ejercicio : ¿cómo ganan dinero los artistas?
 En la respuesta debes contemplar
  -- Cómo se fijan los precios del hecho artístico
  -- De qué dependen las ganancias
  -- Si esas ganancias permiten medir un bien o un servicio?

A ver por turnos. Vale. Tú primero. Luego hablaréis los demás.)



Cita de: NosTrasladamus
Sigo yo:
[url]http://www.elpezdoble.com/lamusicacontada/pirateria.html[/url] ([url]http://www.elpezdoble.com/lamusicacontada/pirateria.html[/url])

Cita de: Courtney Love
Piratería y música Por Courtney Love
La música es un servicio para sus consumidores, no un producto. Yo vivo de las propinas. Regalar música gratis es lo que han estado haciendo los artistas naturalmente todas la vida.



¡Muy bieeeeeeen!  Gracias Nostra.  El articulo es magnifico, además.

Veis qué facil.  ¿El siguiente?
Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: Arthegarn en Enero 29, 2014, 19:57:08 pm
El modelo que empieza a aparecer en la música, al margen de discográficas, para musicas de nichos muy concretos, es el que tiene sentido; fundamentalmente, los artistas ganan dinero con giras, con espectáculos. El resto, es marketing, para que la gente vaya a sus espectáculos.

Por pura curiosidad, ¿qué modelo sugieres para los escritores? ¿Que vayan leyendo sus libros en voz alta?
Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: Starkiller en Enero 30, 2014, 02:27:20 am
El modelo que empieza a aparecer en la música, al margen de discográficas, para musicas de nichos muy concretos, es el que tiene sentido; fundamentalmente, los artistas ganan dinero con giras, con espectáculos. El resto, es marketing, para que la gente vaya a sus espectáculos.

Por pura curiosidad, ¿qué modelo sugieres para los escritores? ¿Que vayan leyendo sus libros en voz alta?

El que sigue, sin ir mas lejos, Lois McMaster Bujold: Todas sus obras menos las mas recientes son, esencialmente, gratis (Te puedes bajar de baen la mayor parte, o directamente te vienen en el CD con el libro, como el de Cryoburn; echale un vistazo).

Vive de la edición de sus libros en papel (que hasta yo me compro, y eso que no uso el papel para nada) y de buenas ediciones electrónicas.

Y dado que pese a ser una escritora de nicho (sci-fi) y no de las mas conocidas (No es Robert J. Sawyer ni Michael Crichton) vive de ello, tan mal modelo no debe ser.
Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: Currobena en Enero 30, 2014, 02:45:36 am
El modelo que empieza a aparecer en la música, al margen de discográficas, para musicas de nichos muy concretos, es el que tiene sentido; fundamentalmente, los artistas ganan dinero con giras, con espectáculos. El resto, es marketing, para que la gente vaya a sus espectáculos.


Por pura curiosidad, ¿qué modelo sugieres para los escritores? ¿Que vayan leyendo sus libros en voz alta?


El que sigue, sin ir mas lejos, Lois McMaster Bujold: Todas sus obras menos las mas recientes son, esencialmente, gratis (Te puedes bajar de baen la mayor parte, o directamente te vienen en el CD con el libro, como el de Cryoburn; echale un vistazo).

Vive de la edición de sus libros en papel (que hasta yo me compro, y eso que no uso el papel para nada) y de buenas ediciones electrónicas.

Y dado que pese a ser una escritora de nicho (sci-fi) y no de las mas conocidas (No es Robert J. Sawyer ni Michael Crichton) vive de ello, tan mal modelo no debe ser.


Otro ejemplo de mujeres que se han hecho escritoras a tiempo completo  mediante la autoedición, sin recurrir a profesionales de las editoriales y especializándose en un nicho de mercado muy concreto.   8)

http://nymag.com/thecut/2013/10/qa-the-women-who-write-dinosaur-erotica.html (http://nymag.com/thecut/2013/10/qa-the-women-who-write-dinosaur-erotica.html)
Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: dmar en Enero 30, 2014, 13:52:52 pm
Marx, ahora mismo yo puedo comprar un videojuego y recuperar una copia por internet si pierdo la información física que he almacenado en mi casa.

La naturaleza de la información es un tema que me fascina desde hace tiempo.

La cuestión de si la información es inmaterial es espinosa y pienso que no deberíais basar ningún tipo de análisis en ella.
Pongo el clásico ejemplo budista: el reflejo en el espejo tiene existencia inmaterial...  Mientras nadie rompa el espejo.  Las olas necesitan el agua y el ADN un cuerpo.  Las ondas electromagnéticas viajan en el vacío, son el ejemplo más extremo... pero precisan de emisor y receptor para que esa información pueda ser útil.

PD:  Yo no tengo una posición definida.  Yo trabajo haciendo proyectos, que en realidad no es más que planos y memorias, o sea información, entiendo el trabajo que hay condensado en todo ello; pero en mi campo los derechos de autor casi no existen.  Y sí, me encanta bajarme música.

PPD: Mi bisabuela vendía poesías, entregándolas en papel a cambio de unos céntimos.
Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: NosTrasladamus en Febrero 03, 2014, 13:34:59 pm
http://www.microsiervos.com/archivo/frases-citas/saber-es-interesante.html (http://www.microsiervos.com/archivo/frases-citas/saber-es-interesante.html)
Citar
El propio concepto de un negocio alrededor del copyright está basado en la capacidad de evitar que las personas se cuenten cosas interesantes unas a otras.
- Scary Devil Monastery
en Public Libraries Show Why Sharing Culture Should Never Have Been Banned in the First Place
http://torrentfreak.com/public-libraries-show-why-sharing-culture-should-never-have-been-banned-in-the-first-place-140112/ (http://torrentfreak.com/public-libraries-show-why-sharing-culture-should-never-have-been-banned-in-the-first-place-140112/)
Citar
The online sharing of culture and knowledge is the greatest public library ever invented, and the ability for all humankind to take part of all culture and knowledge 24/7 is arguably one of the largest steps of civilization of this century. All the technology has already been invented, all the tools have already been deployed, the ability to use it has already spread to all of humanity: nobody needs to spend a dime to make this happen. All we have to do is to lift the stupid ban on actually using it.
Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: Jadugarr en Marzo 01, 2014, 19:01:30 pm
Estoy diciendo que quien quisiera copiarla, con permiso o sin permiso del autor, debería recompensarle de alguna manera, especialmente si va a obtener un rédito por ello.

No veo porque haya que ser así.
Cuando se hablar de producción intelectual, y en particular de la creativa, se introducen siempre las artes, incluso tecnología, pero por alguna razón se omiten las matemáticas.
Quiza una réplica poco meditada sea que las ciencias descubren, en oposición al artista que crea; pero las matemáticas no se descubren. Las crea la mente del matemático que las materializa.

V.gr. El análisis matemático, que quiza sea el mayor avance científico-intelectual de la humanidad, nunca ha sido cobrado por Newton o Leibnitz, cuando es una idea original suya.

Si las cosas fuesen, o tuviesen que ser, como dices, no habría música. Como mucho jingles publicitarios. ¿Te pondrías a componer un disco o una sinfonía, harías los arreglos, lo interpretarías, lo grabarías, lo producirías y harías el trabajo de ingeniería, para que después te dijeran "muy bien, has regalado un discazo a la humanidad, ahora búscate una gira por ahí porque todo esto es gratis"?

Ese es un argumento hacia las consecuencias, que no dice nada sobre si la propiedad intelectual es una propiedad legítima, o si siendo legítima, exige de una protección superior o específica.
Es claro que de cualquier protección gubernalmente hay gente que beneficia, y que en ausencia de ella, dejarían de beneficiarse.

En cualquier caso no es nada sencillo que ocurriría en el caso que cita el forero, ya que, la música ha muerto muchas veces en la modernidad. O si la música ha de evolucionar (?) del cobro por la tenencia -o reproducción- de la obra hacia un sistema de mecenazgo -que ha sido la forma de financiación tradicional del arte-.

Citar
Si las cosas fuesen, o tuviesen que ser, como dices, los informáticos deberían diseñar, programar, hacer pruebas y documentar gratis, porque es una cosa inmaterial y fácilmente reproducible, y sólo deberían cobrar si fuesen de gira con su teclado qwerty, dándolo todo de pueblo en pueblo, ¿no? Porque todo lo anterior no es más que marketing para que la gente vaya a sus hackathones

Puedo poder un rápido contraejemplo: Las distribuciones de Linux en general, y Ubuntu en particular.
Cualquier distribución de Linux es de descarga y uso gratuíto, y los informáticos que trabajan en ellas lo hacen motu propio. En el caso citado, Ubuntu si cobra a sus clientes pero de forma opcional ofreciendo un servicio de atención técnica.

El argumento de la calidad no se puede introducir, ya que -al menos en software matemático- las versiones libres de los programas con licencias de pago son equivalente, y en raros casos, superiores.
Y si se me permite la reflexión, enlazo de nuevo con las matemáticas.
Un programa no deja de ser un algoritmo concreto escrito en un lenguaje determinado, materializado en un sopoter operativo. La definición de algoritmo matemático es identica salvo en la operatividad. Sólo incluye la idea, y no la aplicación de la misma.
Y como sabemos, las invenciones matemáticas no estan sujetas a la propiedad de nadie.


Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: Lili Marleen en Marzo 01, 2014, 19:46:21 pm
puede que mi información esté sesgada, pero en cosas como la bioinformática tengo noticia de que los desarrollos para alineamiento de secuencias son en software libre, de gratis y es un grandísimo avance lo que hacen sin propiedad intelectual de por medio que valga y hay mucha gente haciendo cosas con eso.
Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: saturno en Marzo 01, 2014, 22:43:42 pm
Después de releer este hilo, propongo volver a centrarnos en lo básico.

La Propiedad intelectual es aquello cuyo derecho (de propiedad) se atribuye a un autor.

Existe algo así como una especie de tautología, o discurso circular:
La P.I. es un derecho de autor / el autor es propietario intelectual de su obra / la propiedad ejercida por ese autor sobre su obra es intelectual
Etc.

En realidad, estamos ante una formula del tipo "A==A es verdadero siempre".

Eso explica por qué lo básico de la P.I., del derecho del autor, es que no es asunto del que pueda discutir. Se adhiere uno como ciudadano. Forma parte de la estructura civil, (civis, juris, polis). De la P.I. no se se discute, como tampoco es discutible el lugar donde has nacido, ni la madre que a uno le parió.


Vamos allá. Decimos que la P.I., el derecho de autor no es opinable.

Veamos entonces qué es:

Sitio de la WIPO/OMPI = http://www.wipo.int/copyright/es/ (http://www.wipo.int/copyright/es/)
Citar
    ¿Qué abarca el derecho de autor? ↓

    La protección del derecho de autor abarca las expresiones, pero no las ideas, procedimientos, métodos de operación o conceptos matemáticos en sí.

Los títulos, los lemas o los logotipos podrán o no quedar al amparo del derecho de autor en función del nivel de actividad autoral que contengan. En la mayoría de los casos el derecho de autor no protege los nombres.


Ahí se dice que:

La P.I. es una propiedad. Es un derecho de propiedad.
La P.I. abarca una expresión original del autor.
La P.I. está intimamente relacionada con el derecho de expresión.

El derecho de autor, al ser una Propiedad, entra dentro del derecho mercantil  (aparece en el mismo manual que la Ley de Sociedades).

Como los paises que reconocen el derecho de propiedad, se adhieren
a Tratado internacional, los DDAutor, son de aplicación à todos los Estados adheridos,

En los Estados que también reconocen la propiedad como un Derecho humano (OMC+ Convenio de DDHH de la ONU o de Europa, etc), los DDAutor tienen rango equivalente a un derechos humano (aunque realmente no se confundan, pero es otro debate).





La primera, y única dificultad que plantea la P.I. es adherirse a su definción.
No es opinable. Un día la descubres, igual que mucho antes descubrirste que tenías un apellido y un carné de identidad.

Por decirlo con un simil, la Propiedad intelectual no es un teorema.
No se trata de opinarlo, demostrarlo, ni descubrirlo.
Es un axioma. El axioma de la P.I.

El enunciado (cada cual lo dice en su lengua oficial) repitámoslo otra vez:

negrita.
Citar
    La protección del derecho de autor abarca las expresiones, pero no las ideas, procedimientos, métodos de operación o conceptos matemáticos en sí.


Ahora, intentemos desglosar esa definicion. En plan tautologico,
redundante, o circular, como queráis llamarlo:

Lo que dice es:

Es un derecho de propiedad abarca las expresiones de su autor, pero no sus ideas...

o al revés:

Es una propiedad intelectual que no abarca las ideas, pero sí las expresones del autor.

Además,
En la mayoría de los Estados (aunque no todos, EEUU en particular), precisan aún más la noción de autor;
El autor con derecho se dice de aquél cuya expresión es original.

Pero en cualquier caso, La propiedad es de la expresion (original) del autor.
De la "idea", no es posible tener algo remotamente parecido a una propiedad.

Para comprender lo que significa esa idea (lo cual, recuerden, no es opinable, sólo pueden adherirse o suicidarse) basta un momento de reflexión:

Una idea en sí misma no puede ser ni original, ni propiedad, ni creada por un autor porque si algo es original (novedoso), apropiable, o creado, entonces no puede ser, y no es una idea. (*)

Y punto.



Una vez adherido al axioma  de la propiedad intelectual, es cuando uno puede plantear todos los teoremas que uno quiera.
Esos teoremas serán falsables o demostrables precisamente, comparandolos on lo que dice el axioma

Concretamente, podermos plantear teoremas basados en ciertas preguntas,
dentro de un proyecto de refundación estructural de la propiedad, por ejemplo:

-- ¿Como se cumple la P.I, en el caso de expresiones inmateriales?

-- ¿Qué relación guarda la P.I, con un supuesto derecho "natural" del autor
si consideramos que lo intelectual no es --por definición-- lo natural?

-- ¿Podríamos llegar a considerar la P.I. como el embrión de una constitucion politica dentro de la mundialización? Después de todo, la PI regula la propiedad en relacion al hecho cultural/identitario, que a su vez es civitas, y por tanto polis.

-- etc.






Pero repito, lo que sea la P.I., ese debate no existe, porque la P.I. no es opinable.
Si alguien sigue pensando que sí, es importante que vuelva a leer la negrita

Lo mismo para la mayoría de los argumentos aquí vertidos:
Es conveniente someterlos siempre a lo que es, o no es la P.I.
antes de desarrollarlos.




(¡saludos!)



_____
(*) Cuidado con no confundir aquí las ficciones mentales sobre
"autores creadores" de "ideas originales". Son expresiones.
La definicion axiomatica de la P.I no considera que las ideas sean expresiones, ni creadas, ni originales.
Como lo único que es propiedad son las expresiones, y las ideas en si no lo son, por tanto las ideas NO son creadas, ni originales.

En cierto modo, la Idea se define de forma negativa.
Porque eso es una idea : lo que queda de generalizar, abstraer, y de llevar a lo máximo ideal algo particular,
Por eso una idea se comunica, se comparte, mientras que su expresión humana y original sigue siendo particular de cada uno.

Si no lo entienden, vuelvan a leer la definición una y otra vez, hasta que la hagan suya (adherirse).

Recuerden: no es opinable.
Es como el apellido y el carné de identidad.
Es una etapa del aprendizaje cuidadano, como aprender a conducir :)
Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: wanderer en Marzo 02, 2014, 00:02:56 am
De acuerdo entonces: las ideas no son sujetos de P.I (y por ende, no-patentables), pero sí lo son las expresiones. Sin embargo, una expresión de una idea si entiendo que según eso sería sujeto de P.I, en la medida en que fuera original.

Muy en particular, una idea matemática, cuanto más tersa y carente de originalidad sea en su expresión, mejor que mejor (digamos, un lenguage llano y preciso, alejado de toda licencia estilística). Lo que que interesa es la propia idea, que en sí misma puede ser mostrada, pero nunca poseída (de hecho, en la medida en que pueda ser mostrada como idea matemática, será ante todo inteligible, y apropiada por quienes profundicen en su significado).
Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: Starkiller en Marzo 02, 2014, 12:41:21 pm
¿Dices que la PI no es opinable porque ya hay un convenio?

Perdona, pero todo es opinable. Lo que no es opinable es "Cual es el formato de PI que en teoría se aplica ahora". Pero es perfectamente opinable que, por ejemplo, sea una mierda.

No es una verdad inmutable del universo.

Pi, no es opinable. Esta mierda medio cocinada, si.
Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: saturno en Marzo 02, 2014, 13:06:13 pm
¿Dices que la PI no es opinable porque ya hay un convenio?

Perdona, pero todo es opinable. Lo que no es opinable es "Cual es el formato de PI que en teoría se aplica ahora". Pero es perfectamente opinable que, por ejemplo, sea una mierda.

No es una verdad inmutable del universo.

Pi, no es opinable. Esta mierda medio cocinada, si.

Te refieres al abuso, a la instrumentalización que se está haciendo de la P.I.

Lo que escribí ayer, es porque para ser capaces de entender que nos la están metiendo doblada
primero es saber distinguir entre el culo y las temporas.

Y lo mismo para entender cómo cortársela,

Si se entiende bien lo que no es opinable de la PI, uno es capaz de comprender
por qué jugar con ello afecta de refilón otros derechos igual de graves:
Empezando por  el derecho de expresión y -- también -- el mismo derecho de propiedad.


En términos legislativos, (la PI ocupa el lugar de lo "politico" dentro de la OMC's globalizacion)
los intentos de actuar sobre la PI es indirectamente un intento de actuar sobre  el derecho de Propiedad
 y la libertad de expresión. La cosa se resume en un mensaje  simple y directo:

-- ¡Cállate!, ¡Esclavo!. ¡Es por tu libertad!


Por eso,  comprender bien a qué se le llama P.I., tiene la ventaja de que uno se vuelve capaz de
 interpretar lo que hacen los lobbies, desde los años 80. Por qué lo hacen. Y para qué.

(Si has llegado hasta aquí, habrás comprendido que dices lo mismo que yo.)-----
Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: saturno en Marzo 02, 2014, 13:37:28 pm
De acuerdo entonces: las ideas no son sujetos de P.I (y por ende, no-patentables), pero sí lo son las expresiones. Sin embargo, una expresión de una idea si entiendo que según eso sería sujeto de P.I, en la medida en que fuera original.

Muy en particular, una idea matemática, cuanto más tersa y carente de originalidad sea en su expresión, mejor que mejor (digamos, un lenguage llano y preciso, alejado de toda licencia estilística). Lo que que interesa es la propia idea, que en sí misma puede ser mostrada, pero nunca poseída (de hecho, en la medida en que pueda ser mostrada como idea matemática, será ante todo inteligible, y apropiada por quienes profundicen en su significado).

10/10 al primer párrafo. Tienes el don de la síntesis, tú.

12/10 al segundo, porque tienes el don de la clarividencia
Si creo que ofreces una clara intuición de la diferencia entre las ideas (lo que se transmite y comparte, pero no se posee) y la expresión que sostiene mediáticamente esa compartición. En el caso de fórmulas, leyes etc. no se pueden considerar expresión de un autor (en sentido restrictivo) sin entrar en contradicción con el axioma de la PI
Las propias patentes siguen la misma logica: no es la fórmula lo patentado, es su implementación en materia.




Por ejemplo, entender bien la  definición de la PI  permite comprender qué nos paso cuando irrumpio
la industria del SW.

Porque de hecho, el SW es una formula que cuanto menos original, más eficaz. Por tanto excluida de P.I.

Eso era un claro escollo para la industria del SW en los 80,
En efecto, en los 80, el SW no se reconocia como propiedad intelectual
A finales de los 80, recordarán que habia revistas que publicaban el código fuente del CP/M y de las primeras
aplicaciones SW (sinclair, spectrum, atari). La prensa comentaba el código, explicaba los trucos,
sacaba listados de "interrupciones", enseñaba conceptos como el ratón, la CRT y los discos duros :)

Visto lo visto, fue (probablemente) el notario-padre de B.Gates el que tuvo la idea de buscar otra via
ya que la  legislacion de patentes era insalvable, e intentó hacer que los programas de ordenador
se consideraran expresiones de Autor: ¡una obra artistica!. Y eso fue lo que MS propuso a IBM con MS-DOS.

En EEUU les salió bien, por dos razones.
- Primero debido a que EEUU no integró el Convenio de Berna hasta 1998 (creo) y
- Segundo y sobre todo, porque en EEUU la originalidad de la expresión NO es criterio excluyente de protección.

De modo que una vez IBM aceptó la "licencia" del CP/M y luego del MS-DOS, acogiendose de mutuo
de acuerdo al principio que el SW se remunerara como una obra de autor, MS/IBM iniciaron algo irreversible:
lo que se denomina "un uso de la industria", y  ante un tribunal, eso vale tanto o más que una ley legislativa.

Quedaba el problema de la exportacion. Resulta que según Berna (y por tanto Europa), la ausencia
de originalidad (= personalidad del autor) en la expresión  seguía excluyendo al SW de toda protección,
o al menos la debilitaba considerablemente.
Que el contrato MS-IBM justificara extender la proteccion de autor a cualquier SW, en Europa entraba
con calzador, si es que no era nulo, directamente. Pero la industria SW de EU ya estaba del lado de EEUU

Por eso  cuando EEUU aceptó adherirse al Convenio de Berma, la industria era tan potente (en todos los
Estados adhirentes), que fue facil imponer como condicion la de introducir previamente en el Convenio
una excepcion especifica que reconociera el SW como protegido por derecho de autor.
Modificacion que fue de esa forma repercutida en todos los Estados que pertenecen a la OMC

Es así como se explican las sucesivas modificaciones a la LPI desde los 90 en todo el mundo

Como veis, comprender bien qué es, donde se ubica y qué se puede hacer con la PI es decisivo.

Saludos


___
EDIT=(Aclaradas algunas frases confusas)
Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: R.G.C.I.M. en Marzo 02, 2014, 14:38:45 pm
Existe la matematica antes de su conocimiento?
Tiene entidad propia platonica?
La tiene la creacion artistica?
Es replicable un conocimiento para aplicacion directa posterior?
Lo es la artistica?
Puede patentarse el "puntillismo" como tecnica pictorica?
Y la obra en si?

De eso dependera su proteccion PI, no?

Solo preguntas de un lego.

Sds.
Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: wanderer en Marzo 02, 2014, 14:47:40 pm
Los teoremas matemáticos no son creaciones, sino genuinos descubrimientos, aunque eso sí, dentro de las teorías matemáticas dentro de las cuales tenga sentido formularlos ; esas teorías sí que son de creación humana, pero no así sus consecuencias, que además desde Gödel se sabe que son forzosamente inabarcables por cualquier inteligencia humana (o de cualquier otro tipo, si es que la hubiera).
Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: saturno en Marzo 02, 2014, 20:52:29 pm

(1) Existe la matematica antes de su conocimiento?
Tiene entidad propia platonica?
La tiene la creacion artistica?

(2) Es replicable un conocimiento para aplicacion directa posterior?
Lo es la artistica?

(3) Puede patentarse el "puntillismo" como tecnica pictorica?
Y la obra en si?

De eso dependera su proteccion PI, no?

Solo preguntas de un lego.

Sds.

(1) Preguntas por el "ser" filosofico de las ideas.
     Pero la P.I. contesta sobre el "debe ser" práctico-

Las ideas, filosoficamente, son lo que nos permite intercambiar, comunicar y cuanto más universales, menos dependen de una expresión.

En cuanto a utilización práctica, las ideas se definen de forma negativa, como aquello que no se reduce a la expresión protegida. Por poner un ejemplo (contemplado en la LPI), una obra traducida sigue diciendo lo mismo incluso una vez pasada a otra lengua.
Asimismo, reconoces una partita de Bach, aunque la interpreten, diferentemente, diferentes interpretes.

Eso mismo que te permite conocer que "es el mismo" autor en el original y en la traduccion, sería la idea. Pero resulta que la expresión traducida NO es la expresión del autor, y por eso la LPI contempla que los derechos del traductor son los mismos que los del autor, sin perjuicio de éste.
EL mismo principio es el de una partitura y su intérprete. Cada interprete dispondrá sobre su interpretacion de los mismos derechos que el compositor, sin perjuicio de éste.


La pregunta que contesta la LPI no es por tanto "¿Qué son las ideas?"
Sino, que contesta "¿Quien diremos que es el propietario de esta expresión concreta?". "¿A quien DEBEMOS reconocer el derecho de propiedad sobre tal o cual expresión".
La idea en sí no entra en la ecuación de la Propiedad.

Ese es el matiz. Si discutimos de Propiedad, y más en el caso de la P.I.
nos estamos moviendo en el "debe ser" de lo civico, juridico, politico.
Y debajo de ese "debe ser propiedad" está en juego la (libertad de) expresión, el derecho de propiedad, y toda nuestra identidad politica, juridica y cívica.

Por eso comentaba que la P.I. no es opinable.
En cambio la P.I. sí es un objetivo (civis, juris, polis) y por ello causa de conflictos de intereses entre :
-- lo que "debe ser" (por ejemplo, hasta la intrducción de los programas de ordenador en el Convenio de la OMPI y en todos los Estados adhirentes)
-- y luego, lo que "quiero que sea" que ejercieron las corporaciones de SW.



(2) Si, (siempre que entienda tus apuntes)
-- El conocimiento técnico se plasma en materia (plasmacion=patente)
-- El "conocimiento" artístico empieza y termina en una obra unica (replicacion=copyright)

En el primer caso, la plasmación en materia de un conocimiento (mediante un método) es patentable -- y lo que se patenta es el método_.
Ejemplo: el tretrabik posee una patente sobre la plasmación concreta para contenedores de liquidos, de algún conocimiento que habrá sacado de la papiroflexia (que a su vez, sería un arte japonés, -- me lo invento a medias)
La papiroflexia no es patentable como arte. Pero el procedimiento de fabricación de un Tetrabrick es (o fue) una patente.

El segundo caso es el del uso accesorio de una técnica pictórica (no original).

Supongo que la respuesta es que lo principal en una obra de arte es la aplicación del "conocimiento" poético (=original) del artista. Más que un conocimiento, es más claro hablar de un caracter personal, o "personalidad del autor".
En ese caso entiendo que ese caracter original del autor termina en la obra una vez completada. Se "realiza" una sola vez.
En ese caso eso que llamas conocimiento da lugar a expresión una sola vez.
Por tanto, estamos fuera de algo que pueda considerarse un método patentable.
(independientemente de que se puedan patentar métodos accesorios: es muy posible que Yves Klein patentase su color azul)

En el caso de una obra de arte, lo que sí e da, es la replicación:
fotocopia, impresion... Nos movemos entonces en el ámbito de lo que suele entender como copyright, ya no en patentes.



(3) Si te refieres al puntillismo como corriente artistica, no tiene sentido patentarlo pues el "conocimiento" del puntillismo se agota cada vez en una
obra única. Es lo que contesté en el punto (2)
Estaríamos replicando la expresión única de una personalidad del autor,  que accesoriamente puede haber echado mano de algun método como el puntillismo (aunque aquí lo que llamamos puntillismo es como la papiroflexia: un oficio y un arte a la vez)

En cambio, si te refieres al puntillismo por ej. como técnica de impresión de anuncios en el metro (se ve bien que la ilusion de imagen son puntos de X colores CMYK (creo)) es un proceso sistemático sobre materiales, de materiales, y como tal método, supongo que sería patentable, o al menos, algunos de los procedimientos utilizados .



¡Saludos!
Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: saturno en Marzo 03, 2014, 00:48:49 am
Qué bueno, al comentar los años 80 con prensa informatica "libre" (= libertad de expresion)
recordé una revista de aquellos años Hebdogiciel.
He vuelto a mirar, y ya hay sitios Web que han colgado los números en Internet
(ahora hay emuladores para hacer correr el código)

(http://eaglesystem.free.fr/images/caralifeu.jpg)
Fuego! -- al cuerno
Terremoto! -- que le den
Naufragamos! -- me la suda
Fin del mundo! -- Que se joda
Anda, un corte de luz....

Wikipedias:
http://en.wikipedia.org/wiki/Hebdogiciel (http://en.wikipedia.org/wiki/Hebdogiciel)
http://fr.wikipedia.org/wiki/Hebdogiciel (http://fr.wikipedia.org/wiki/Hebdogiciel)


Entrevista al director (en francés)
Por qué terminó Hebdogiciel, (a base de juicios por ello):
http://eaglesystem.free.fr/hebdo.html (http://eaglesystem.free.fr/hebdo.html)



Lo que hay que entender, es que la agresividad de las compañias informaticas contre ellos
se debía a que el SW estaba "desprotegido" legalmente (aunque entonces, la cuestión era
todavía -- ¿Y por qué tendría que protegerse el codigo fuente?)
De forma que las compañias atacaban por temas de "marcas" (por ejemplo),
porque el código en sí mismo carecía de verdadero marco de protección .
Así, en el 85, puesto que un software era una obra de autor, lo evidente era poder leer el CODIGO FUENTE y además, el autor debia registrar su código en el Registro de autores....



Tres piratas en la carcel. 2 feb 1986. 
Pero atención: La condena es todavía POR USURPACION DE MARCA .

En 1985 acaban de modificar la LPI para reconocer que los autores de SW son "autores".
El editorial (primera plana) debate de por qué. según la nueva ley de 1985, si los autores
ahora son "artistas" no iba a ser posible hacer "copias" de los disquetes, ahora
se nos considera "piratas", etc.

(http://download.abandonware.org/magazines/Hebdogiciel/hebdogiciel_numero123/01.jpg)


-- Al hilo de otro juicio por daño a la IMAGEN del director y a las ventas.
Quieren callarnos la boca -- 18 julio 1986 

(Amstrad hablando a Comodore): Los negocios van mal ? No hay problema, montale un juicio a Hebdogiciel por 100 000 francos
(http://download.abandonware.org/magazines/Hebdogiciel/hebdogiciel_numero144/Hebdogiciel%20144%20-%20Page%20001.jpg)


Poco después los vuelven a denunciar pero esta vez piden que les cierren la revista.
Y lo consiguen.

Era muy joven, pero recuerdo perfectamente la conciencia que tuve de que el cierre de esa revista era comparable a haber cerrado "Libération" o "Le Canard Enchaîné".
Pero NADIE de la prensa, _ningún periodista_ escribio NADA, ni una linea de opinion
acerca del cierre de esa revista.

Fue absolutamente silenciado, entre otras cosas, porque la introduccion del SW en la LPI también supuso darle una vuelta de tuerca a la protección de los "autores".
Los periodistas, intelectuales, musicos, etc, se verían gracias a ello reconocer nuevos derechos y mayor control sobre la difusión de sus obras.
 (Obras que en 1986, eran analogicas, ya que no existia Internet, ni sabían qué era y el Minitel/Videotexto no tenía ni remota comparación con la Web)


Esa revista es una mina de oro histórica para entender cómo se fue cerrando la trampa sobre la LPI. Y la profunda hipocresia de esos intelectuales que tanto admirabamos....


En fin...



Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: saturno en Marzo 18, 2014, 20:18:52 pm
Hemos hablado de la propiedad intelectual.
Observo que siempre damos por supuesto que toda propiedad implica "privada" (o privativa)



Ahora, si pregunto:

¿Qué entendéis por propiedad pública?


¿Tiene sentido para vosotros? ¿Como la definiríais?



Recuerden que para contestar no sólo pueden, incluso deben divertirse

(saludos)




Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: sudden and sharp en Marzo 18, 2014, 20:43:31 pm
Todo lo que no es privado es público.

El agua subterránea de cualquier parcela de terreno privado (o el petróleo, o lo que sea) es pública.
Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: Маркс en Marzo 18, 2014, 22:13:40 pm
Hemos hablado de la propiedad intelectual.
Observo que siempre damos por supuesto que toda propiedad implica "privada" (o privativa)



Ahora, si pregunto:

¿Qué entendéis por propiedad pública?


¿Tiene sentido para vosotros? ¿Como la definiríais?



Recuerden que para contestar no sólo pueden, incluso deben divertirse

(saludos)

La familia Pérez viajando con su coche.

Niño: Papá ¿de quién son todos esos campos?

Padre: Del Sr. Ibañez (terrateniente lugareño).

Niño: ¿Y desde cuándo son suyos?

Padre: Desde que se los compró a Don Cipriano.

Niño: ¿Y cómo se hizo Don Cipriano con ellos?

Padre: Los heredó de su padre.

Niño: Bueno, en algún momento tuvo que haber un comprador y un vendedor, no?

Padre: Psssss.... sí. Imagino.

Niño: Entonces ¿quién fue el primero que se otorgó el derecho a vender algo que no había comprado?

El resultado de cualquier privatización (sobre todo en su origen) ha sido el beneficio privado por la adquisición de cualquier propiedad pública a bajo precio. Lo público es el origen de cualquier distribución; por ejemplo el de la riqueza o del valor (y alteración) de los productos en contra de la teoría de Ricardo y en el que Marx *discrepó.

*Alguien decía por ahí que Marx copió a Ricardo sin saber muy bien qué es lo que afirmaba puesto que discrepó de él tanto como de Smith.


A partir de aquí: El valor del producto, teoría de la renta, teoría del salario, teoría de ganancia, valor relativo del producto, del cambio, etc etc.

Nociones que les he visto debatir y en el que no he entrado por pereza. Entre otras cosas porque me aburre.  :biggrin:

A partir de la privatización se transforma toda realidad y comienza un juego nuevo.
Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: saturno en Marzo 18, 2014, 22:27:46 pm
Marx me ha recordado un post mio reciente donde empecé a centrar la pregunta que hago sobre qué entendemos por propiedad publica.

Me autocito.



________________________

ppcc comenta la bajada de precios en el sXIX.

Cita de: ppcc
Y, por lo que respecta a la hipotética "revalorización", no se trata sino de una repreciación, que sólo se da en circunstancias económicas históricas extraordinarias, como las vividas en los 1970s, con las inflaciones bidigitales. Por ejemplo, casi todo el s. XIX fue una época de caída sostenida de precios inmobiliarios, por las desamortizaciones, etc.

(Ver punto a) en : [url]http://ppcc-es.blogspot.fr/2014/03/201403101010.html[/url] ([url]http://ppcc-es.blogspot.fr/2014/03/201403101010.html[/url])



La relaciona con la desamortización en España (las liberales del sXIX)
http://es.wikipedia.org/wiki/Desamortizaci%C3%B3n_espa%C3%B1ola (http://es.wikipedia.org/wiki/Desamortizaci%C3%B3n_espa%C3%B1ola)


En Francia, correspondería a la venta de los Bienes nacionales que prosiguió hasta entrado el sXX
http://fr.wikipedia.org/wiki/Bien_national, (http://fr.wikipedia.org/wiki/Bien_national,) Les biens nationaux, [No hay v/ES)
En inglés= http://en.wikipedia.org/wiki/Biens_nationaux (http://en.wikipedia.org/wiki/Biens_nationaux)  (muy abreviado)


¿Habéis comentado alguna vez la relación?
Mientras lo leía pensaba en el desarrollo creciente ideologico, industrial y economico en general que protagonizó el sXIX...


___


Por otro lado, cambiando de tercio, me interesó ver los antecedentes del principio que repito a menudo: el de recuperar en la sucesión las providencias "públicas" del Estado.
(cuando saco mi meme, que Lo que el Estado provee, al Estado ha de tornar)

Pues remontando en el origen de las desamortizaciones, está la voluntad de hacer desaparecer la legislación feudal de las "manos muertas".
FR= http://fr.wikipedia.org/wiki/Mainmorte (http://fr.wikipedia.org/wiki/Mainmorte)
EN= http://en.wikipedia.org/wiki/Mortmain (http://en.wikipedia.org/wiki/Mortmain)   (=> al saqueo de los Commons tan de moda)
ES= http://es.wikipedia.org/wiki/Manos_muertas (http://es.wikipedia.org/wiki/Manos_muertas)

Aqui, en lugar del Estado, quien provee es el Señor, la Iglesia o el Municipio pero el mecanismo es idéntico. Lo interesante son dos aspectos:

1-- las manos muertas era motivo para tomar tributo en la explotación o en la sucesión de la tenencia de tierra por parte de los siervos, por el Señor del lugar, luego por los ayuntamientos, la Iglesia, etc. La propiedad no era privativa, no era ni individual

Es decir, hay un modelo juridico que está bien latente en nuestra legislación y que se fue afinando durante siglos en todas sus variantes: Señorial, Eclesiastico, Municipal, Manufacturero,,.. Y falta lo que sería el desarrollo Estatal que en el sXX nunca terminó de completarse, (¿debido al invento del CP(i) ?)

2-- la desamortización en la práctica, fue un colosal saqueo de los bienes públicos por oligarquias locales, en nombre del liberalismo, y so pretexto de beneficio de las gentes.

En España, esto se ve de manera difusa en los sucesivos planes de desamortización

Pero en Francia, tras la quiebra del sistema, se produjo el fenomeno de las "Bandas negras"
FR= http://fr.wikipedia.org/wiki/Bande_noire_%28R%C3%A9volution%29 (http://fr.wikipedia.org/wiki/Bande_noire_%28R%C3%A9volution%29)
que correspondería al advenimiento de los Castuzos después de la Revolucion, que desvirtuaron sistemáticamente la venta de los Bienes nacionales.  (Banda "negra" con el sentido de "oculta").

En origen (sXVIII), el término se refería a bandas que destruian propiedades para quedarse con las tierras. Después de la Revolucion y en el sXIX la denominación evolucionó, y los "banda negra" ya serían lo equivalente a la oligarquia castuza de hoy.

Fueron básicamente notables y burgueses compinchados que se endeudaron comprando a credito propiedades inmensas subastadas, confiscadas por la Revolución.
Además de amañar las subastas, el prestamo del banco (en dinero oro) se reembolsaba en Assignats (=billetes adosados a hipotecas de Bienes confiscados). Con las guerras incesantes, en 3 años, la inflación de los Assignats habia volatilizado la deuda con el prestamista, y los castuzos se vieron convertidos de arruinados, a magnates de tierras y propiedades de la antigua nobleza...

Es de notar que muchos de estos castuzos eran del partido de la Gironde, que acabaron decapitando al jacobino Robespierre, que en cambio exigía purificar la sociedad, y claro, molestaba los castuzos...
También fueron los mismos girondinos los que utilizaron esos bienes adquiridos con humo, para montar los talleres de la revolucion industrial francesa, y... alojar a los obreros.

(El artículo de Wikipedia sobre la Banda negra es luminoso, y más a la luz de las intuiciones ppccianas)


La idea que saco es que la vivienda la proveian tradicionalmente los Señores, la Iglesia, Municipios,  Industriales, y Estados según iba evolucionando la historia. En la literatuda del Siglo de Oro y las Luces, tan sólo pagaban posadas y alquileres los viajeros y estudiantes. Encontrar trabajo implicó hasta muy entrado el sXIX techo, comida y, poco a poco, salario.


¿Veis algún paralelismo entre la desamortización del sXIX en Es o en Fr, y el saqueo de lo que en nuestro tiempo debía haber sido (o seguir siendo) una "providencia", es decir la vivienda ?


(Yo sí.)

¡Diviértanse!

__________________________
Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: Маркс en Marzo 18, 2014, 22:41:45 pm
Marx me ha recordado un post mio reciente donde empecé a centrar la pregunta que hago sobre qué entendemos por propiedad publica.

Me autocito.


(...) ¿Veis algún paralelismo entre la desamortización del sXIX en Es o en Fr, y el saqueo de lo que en nuestro tiempo debía haber sido (o seguir siendo) una "providencia", es decir la vivienda ?


(Yo sí.)

¡Diviértanse!

__________________________

Exacto.

Robo, enajenación y terrorismo en acumulación.

Por eso digo que a partir de la privatización jugamos en otra liga, otro hemisferio, otro paradigma, otra economía y otra estructura.
Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: saturno en Marzo 18, 2014, 22:47:15 pm
Niño: Entonces ¿quién fue el primero que se otorgó el derecho a vender algo que no había comprado?


Correcto, Pero además, la pregunta que hace el niño (primero, no la haría y luego) no es esa en absoluto:
 lo que pregunta el niño es : ¿Qué es la propiedad privada?

Citar
1-- las manos muertas era motivo para tomar tributo en la explotación o en la sucesión de la tenencia de tierra por parte de los siervos, por el Señor del lugar, luego por los ayuntamientos, la Iglesia, etc.
La propiedad no era privativa, no era ni individual

Pero sin embargo, era realmente ¿propiedad pública? tal y como la define Marx implicitamente y Sudden explicitamente.
La propiedad publica es lo que no se privatiza


Cita de: mapkc
El resultado de cualquier privatización (sobre todo en su origen) ha sido el beneficio privado por la adquisición de cualquier propiedad pública a bajo precio. Lo público es el origen de cualquier distribución; por ejemplo el de la riqueza o del valor (y alteración) de los productos en contra de la teoría de Ricardo y en el que Marx *discrepó.
Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: Lego en Marzo 18, 2014, 22:57:36 pm
ojo, cuando re-distribuyes riqueza, la estás re-privatizando.
Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: Lego en Marzo 18, 2014, 23:09:04 pm
una forma de verlo diferente es:

La propiedad sólo es la reserva del uso, explotación o disfrute de un bien. No es una conexión mística. En la naturaleza es una simple cuestión de dominio por oportunidad y fuerza.

 Nosotros canalizamos el uso de la fuerza con un sistema jurídico-político. Ojo, ese sistema puede ser más o menos justo, pero sigue siendo el uso de la fuerza. 

Eso, respecto al significado primero del concepto "propiedad".

Ahora, dentro de ese sistema legal;

¿Algo que es de dos personas a medias es privado? Una casa en gananciales.

¿Y de cien? Una empresa cooperativa. Un monte comunal. La propiedad horizontal (edificios) ¿Es público o privado? Sus dueños tienen nombres y apellidos también.

¿De cuatro mil? Una empresa participada en acciones.  Dueños con nombre, apellido y DNI.

Pues si todo eso lo ves como privado, entonces se puede decir que "lo público" también es privado, de todos los DNI's del censo.

En la casa mandan los dos, si sólo uno marca directrices, allá ellos.
En la cooperativa eligen sus normas de disfrute y explotación y a un gestor, que sigue directrices.
En la empresa participada eligen sus normas reparto y a un gestor, que sigue directrices.
En el país, los 45 millones de DNIs eligen de entre ellos sus normas de reparto, disfrute y explotación, y a un gestor, que sigue directrices. (legislativo y ejecutivo)

El sistema de elección de gestores y diseño de directrices cambia según la escala, claro, pero la esencia permanece: Entre los propietarios se organizan para el uso y disfrute del bien en cuestión.

Público=Privado.  Sus dueños, todos los regidos por el sistema legal que sustenta esa "propiedad".   

Esta es, para mi, la mejor manera de explicar que "lo público es de todos", en contraposición al nefasto "lo público no es de nadie"


Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: Маркс en Marzo 18, 2014, 23:12:21 pm

Pero sin embargo, era realmente ¿propiedad pública? tal y como la define Marx implicitamente y Sudden explicitamente.


Menudo verenjenal  :roto2:.

A mi modo de ver, eh.

Sin entrar en el análisis significativo del concepto pero sí en la exégesis como interpretación del texto "Propiedad Pública" y creyendo que dicho concepto requiere también de terminología y uso jurídico puesto que en lo público es el Estado quien se adjudica el derecho a conceder un "uso" privativo* de un bien común (el que sea).

En El Capital, Marx habla de la incorporación de la tierra al capital y su transmutación en la industria a modo de reclamo de ese nuevo proletariado, el cual al final se ha quedado sin torno al que trabajar y sin posibilidad de volver a las tierras que abonar  :biggrin:.

Un poco lo de China con sus agricultores; China es un poco la historia del capitalismo condensado en muy pocos años.

* Concesión de uso que no venta.
Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: Маркс en Marzo 18, 2014, 23:22:38 pm
ojo, cuando distribuyes riqueza, la estás re-privatizando.

Distribución de riqueza en cuanto a fuerza de trabajo-

Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: Lego en Marzo 18, 2014, 23:36:19 pm
ahí yo ya me pierdo, ya me conoces.

Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: saturno en Marzo 18, 2014, 23:48:40 pm
ojo, cuando distribuyes riqueza, la estás re-privatizando.

Distribución de riqueza en cuanto a fuerza de trabajo-

No sólo ....TDT, Yo también me pierdo.
No me seas fantasma Marx: estás pensando en voz alta y contestando para tí mismo a tu propias razones

Contesta considerando que los demás no te leen la mente,
Expón tu pensamiento de forma que podamos reconstruirlo.
¿Qué quieres decir?

Ah! Y que sea divertido

___
Buenas noches -- Pero a que la pregunta (y el hilo) no es lo que parece ?

Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: Маркс en Marzo 19, 2014, 03:07:14 am
Ya dije que el tema me aburre, como para que encima sea divertido  :biggrin:.

A ver, la fuerza de trabajo para Marx es lo que se paga, no el trabajo. El salario es un sometimiento al servicio de la plusvalía y por definición ésta determina la cesión a la decisión sobre la productividad del trabajo del asalariado así como su sustento en función del capital.

Y no puedo explicarlo de forma más sencilla.  :troll:

La incorporación de la tierra, trabajo y dinero al capital introdujo al hombre a la rueda satánica del mercado puesto que no se creyó la utopía liberal del mercado autorregulado (que esto no es de ahora) y tras ello con la economía política se metabolizó los fundamentos de la sociedad moderna.

Léete los Grundrisse y entenderás su crítica y metodología a la perfección. Yo con leérmelos una vez tuve suficiente. Un coñazo del ocho.  :biggrin:

Edito: Y de fantasma nada.  :biggrin: Lo que tiene es una lectura muy cruda.

Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: Starkiller en Marzo 19, 2014, 09:06:23 am
Vamos, que la redistribución vendría por el correcto pago por la fuerza de trabajo, eliminando la plusvalía.

Pero: a) ¿Como encaja esto en un escenario de trabajo decreciente?
b) ¿Y que pasa con todo lo anterior, eh? Que es el quid de la cuestión, y precisamente la pregunta para la que hasta Marx admitió que no hay respuesta buena (Y ahí es cuando las cosas empiezan a bailar ahcia el comunismo, que no es tanto el reparto de la riqueza generada como el reparto de la ya existente previamente xD)
Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: sudden and sharp en Marzo 19, 2014, 09:26:17 am
...
Robo, enajenación y terrorismo en acumulación.
...

Ahí sobra una...  ::)
Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: sudden and sharp en Marzo 19, 2014, 09:29:47 am
Cita de: Маркс
Menudo berenjenal  :roto2:.
...
A mi modo de ver, eh.
...
En El Capital, Marx habla de la incorporación de la tierra al capital y su transmutación en la industria a modo de reclamo de ese nuevo proletariado, el cual al final se ha quedado sin torno al que trabajar y sin posibilidad de volver a las tierras que abonar  :biggrin:.
...

Al modo de ver de Carlos, es _siempre_ el dinero lo que deviene capital, no la tierra (entendida como naturaleza.)
Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: saturno en Marzo 19, 2014, 09:48:46 am
Nosotros canalizamos el uso de la fuerza con un sistema jurídico-político. Ojo, ese sistema puede ser más o menos justo, pero sigue siendo el uso de la fuerza

Creo que en la lectura de esta parte hemos bifurcado;

TDT se refiere al uso de la fuerza (o coerción legal) como forma de apropiacion de algo disponible.

Mapkc ha leido : empleo de la fuerza (de trabajo) como medio de apropiacion de la plusvalia -- plus valia que supone la actividad previa de los mercados.

(Y yo escribí fonéticamente 'Marx' en lugar de escribir 'Mapkc' y
habré contribuido a la confusion. Yo no pensaba en Karl Marx. Mea culpa pues)

De todos modos, la asociacion de Mapkc es pertinente.
K.Marx define la fuerza de trabajo como una propiedad privada del hombre libre.
Por tanto, ante el capitalista/trabajador, que aportan su propiedad privada, hay una pregunta sobre la plusvalia resultante, que viene a ser, "¿es pública?"  o "¿quien tiene derecho su propiedad legal?"





Propongo volver a empezar...
Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: Маркс en Marzo 19, 2014, 10:36:56 am
Vamos, que la redistribución vendría por el correcto pago por la fuerza de trabajo, eliminando la plusvalía.

Pero: a) ¿Como encaja esto en un escenario de trabajo decreciente?
b) ¿Y que pasa con todo lo anterior, eh? Que es el quid de la cuestión, y precisamente la pregunta para la que hasta Marx admitió que no hay respuesta buena (Y ahí es cuando las cosas empiezan a bailar ahcia el comunismo, que no es tanto el reparto de la riqueza generada como el reparto de la ya existente previamente xD)

No encaja. Es imposible.

En el lenguaje marxista los intereses entre trabajadores y capitalistas (lo que fundamenta la lucha de clases) son opuestos.

La respuesta (esa en la que Marx admitió que no la hay buena) no pasa por la solución neoclásica ni por la keynesiana sino en salirse del Sistema.
El colapso y sus ciclos oscilantes ya lo aventuró. De economía (o mercado) autorregulada nada de nada, y más con la mecanización 2.0 actual.
Las crisis son pre-capitalistas o post-capitalistas, juegan en ese entorno. Otros paradigmas (sea el marxista o cualquiera que lo sustituya) traerá consigo otro tipo de crisis provocados por vaya a saber usted.

El cambio (siguiendo las tesis marxistas) vendría propiciado a nivel micro en lo local y regional así como en la "democratización" de la empresa, pero amigo, eso de entrada sería romper con el paradigma de la propiedad privada nada menos, hoy por hoy eso es imposible inclusive para los estratos sociales más bajos. Yo que soy un estudioso de su obra se me hace muy complicado conceptuarlo y menos darle forma, el concepto "Propiedad Privada" lo llevamos insertado a fuego.

El tema raiz de lo cuestionado por Saturno es que la propiedad pública (expresión muy bonita pero irreal) está corrompida por los castuzos de turno, con lo cual la diferencia con la privada es que sus gestores (los de la pública) no han puesto un duro.

Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: Lego en Marzo 19, 2014, 11:56:36 am
Propongo volver a empezar...

Pues sí... ¿Qué es exactamente lo que se debate ahora?

Yo, que sólo me manejo bien con ladrillotes de Lego, me pierdo en la filigrana.

He irrumpido en esta fase de la conversación porque se entraba en mi zona de confianza, que son los fundamentos. "Qué es la propiedad", o "Publico vs Privado".
Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: saturno en Marzo 19, 2014, 12:13:41 pm
Citar
El cambio (siguiendo las tesis marxistas) vendría propiciado a nivel micro en lo local y regional así como en la "democratización" de la empresa, pero amigo, eso de entrada sería romper con el paradigma de la propiedad privada nada menos, hoy por hoy eso es imposible inclusive para los estratos sociales más bajos. Yo que soy un estudioso de su obra se me hace muy complicado conceptuarlo y menos darle forma, el concepto "Propiedad Privada" lo llevamos insertado a fuego.

Empecemos otra vez.
Qué es el "paradigma de la propiedad privada".

La plusvalia generada se inscribe en el resultado contable de la empresa
La democratizacion, consiste en hacer participar los trabajadores del beneficio (no sólo por remuneracion salarial), sino como los demás accionistas, mediante dividendo por ejemplo

De acuerdo:
La apropiacion privada empieza con el pago de dividendos sobre el "beneficio", es decir hay una plusvalia, y se trata de saber quien se la apropia.

Ahora, yo pregunto:
cómo entiendes el régimen de propiedad de la plus-valia antes del dividendo, antes de apropiarse?

Porque para tomar posesion de algo:
-- o bien ese algo era propiedad de otro, y es robo o intercambio
-- o bien ese algo no era propiedad de nadie, y es apropiacion
   
Realmente, para saber qué es, si robo o apropiacion, primero tendríamos que tener claro el régimen juridico de esa ¿propiedad no-privada?, ¿propiedad pública?

Con qué otra forma bonita describes la plusvalia contable de la Empresa

Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: Lego en Marzo 19, 2014, 12:16:58 pm
Y qué tiene que ver la plusvalía con la propiedad?

Una cosa es cuánto valga algo y otra quién sea su dueño o dueños.  NO entiendo la pregunta "¿De quién es la plusvalía?"

hmmmm... Mejor me mantengo al margen y les escucho desde platea.
Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: Маркс en Marzo 19, 2014, 12:33:58 pm
Saturn... al final me vas a meter en el barro y no me apetece un carajo (hablando fino), y menos con un científico como tú que extraes con fino bisturí el significado incluso a las preposiciones.  :roto2:

Con tiempo y una caña te haré una síntesis (que no tesis) sobre esos conceptos - según Marx que no el que suscribe - dentro de la complicación que conlleva si puedo y sé en un lenguaje más o menos coloquial en deferencia sobre todo a Esquenotengo (a ver si con suerte te cambian el nick  :biggrin:).

Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: saturno en Marzo 19, 2014, 14:04:30 pm
Y qué tiene que ver la plusvalía con la propiedad?

Una cosa es cuánto valga algo y otra quién sea su dueño o dueños.  NO entiendo la pregunta "¿De quién es la plusvalía?"

hmmmm... Mejor me mantengo al margen y les escucho desde platea.

No non, en un mensaje de arriba además planteaste bien (para mÍ) el angulo juridico.

Me arriesgo yo a contestar,
pero estando de acuerdo que vamos a los conceptos (porque los términos técnicos no me son familiares)

Entre dos ejercicio contables, una empresa  genera un beneficio neto
El beneficio es el equivalente en dinero de la plusvalia generada durante el ciclo de produccion.

Bien. KMarx hace la observacion que ese beneficio realmente lo aporta el trabajador,
que corresponde a la diferencia entre el Valor de Trabajo que aporta y la remuneracion  concreta que retira

Tiene  también que  ver con que aporta Trabajo a crédito, como si fuese un "capital en especie"
pero la estafa está en que sólo cobra el salario prefijado, nunca un interés por el crédito, es decir
no participa del beneficio que su Trabajo genera. ¡Cuando ese beneficio  sería equivalente al Trabajo que aporta!,

De ahi, surge  la pregunta de por qué el beneficio contable debía ser considerado propiedad exclusiva de los accionistas.:
La respuesta básica ha sido :
-- Desarrollar para trabajadores formulas de cogestion (sindicatos) y participacion en beneficios (primas, acciones,,,,)
 
Pero  había  otra pregunta anterior, que es la que yo hago; ¿Por qué se considera que el beneficio contable debía apropiarse?

Y es entonces cuando me doy cuenta que salvo esa posibilidad de apropiacion privada (además de ser conflictiva)
es que en realidad no sabemos muy bien cómo sería otra forma de propiedad si no es privada

Y no los sabemos, porque no existe, es imposible, o simplemente  ¿porque no la hemos desarrollado?
Porque resulta que la propiedad privada, de natural, parece que tiene poco, y se remonta realmente al s18-19
Es decir, esa nocion de propiedad privada es contemporánea de la revolucion industrial


P.S.: En la reforma fiscal, os fijáis cómo ppcc protesta por haber considerado rentas financieras las del pisito?
Dice que han consumado la operacion de sacar el pisito del trinomio bismarckiano de las providencias publicas:
sanidad, educacion, vivienda.
Por tanto, para Bismarck, qué es lo que entendía como providencia publica?
Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: saturno en Marzo 19, 2014, 16:34:52 pm
Tambien está que el ángulo marxiano en el que nos hemos metido hace la cosa más confusa.

Yo razonaba más con el ángulo de los impuestos (que son un % de beneficios).
Los impuestos pagan providencia publicas: obras y servicios publicos y pensiones

Bajo ese ángulo, la misma pregunta se ve más clara con providencias publicas
¿En qué  qué diferenciamos provisiones publicas en especie (carreteras y sanidad)
y provisiones en dinero (pensiones)?

Un pensionista podrá decir que recortar la sanidad es reprobable, (le restan algo)
pero el mismo pensionista considera legitimo quedarse para si (o para sus herederos) la pension publica que recibe, sin que nadie se la reclame.

Parece que tenemos una nocion de la propiedad privada más "fuerte" que la publica.
Al mismo tiempo, decimos que la ppublica es anterior a la pprivada.

¿Qué entendemos (o no entendemos) por esa PPublica?
Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: Lego en Marzo 19, 2014, 16:52:25 pm
. KMarx hace la observacion que ese beneficio realmente lo aporta el trabajador,
  No estoy de acuerdo. También lo aportan el empresario, el que arriesgó sus bienes, el cliente que pagó, y todos los queparticiparon, cada uno en su rol, en esa plusvalía.


Citar
Tiene  también que  ver con que aporta Trabajo a crédito, como si fuese un "capital en especie"
pero la estafa está en que sólo cobra el salario prefijado, nunca un interés por el crédito, es decir
no participa del beneficio que su Trabajo genera. ¡Cuando ese beneficio  sería equivalente al Trabajo que aporta!,
   Mas que "capital en especie", que me suena algo farragoso, yo diría que la fuerza de trabajo no es más que lo que es, trabajo potencial.


El trabajo crea bienes. La propiedad de esos bienes (su explotación o disfrute) habrá de repartirse entre los que aportaron trabajo para su creación. Y ese frabajo puede aportarse de diversas formas, via horas efectivas, o vía capital. (Asumiendo que capital es, básicamente trabajo acumulado o recursos en propiedad)



Citar
De ahi, surge  la pregunta de por qué el beneficio contable debía ser considerado propiedad exclusiva de los accionistas.:
La respuesta básica ha sido :
-- Desarrollar para trabajadores formulas de cogestion (sindicatos) y participacion en beneficios (primas, acciones,,,,)
 
Pero  había  otra pregunta anterior, que es la que yo hago; ¿Por qué se considera que el beneficio contable debía apropiarse?

Y es entonces cuando me doy cuenta que salvo esa posibilidad de apropiacion privada (además de ser conflictiva)
es que en realidad no sabemos muy bien cómo sería otra forma de propiedad si no es privada

Y no los sabemos, porque no existe, es imposible, o simplemente  ¿porque no la hemos desarrollado?
La plusvalía es un cambio en el VALOR de los bienes, no en su propiedad.   Son caosa diferentes e ignorar ese hecho lleva a paradojas, loops lógicos, a preguntas incontestables.


Citar
Porque resulta que la propiedad privada, de natural, parece que tiene poco, y se remonta realmente al s18-19
Es decir, esa nocion de propiedad privada es contemporánea de la revolucion industrial
Discrepo.  Intenta quitarle la comida a un perro, ya me dirás si existe la propiedad en la naturaleza.

El mejor cacho carne, o el mejor sitio para vivir, o todo lo que es un "bien" para los seres vivos,  pertenece al que domina sobre los demás candidatos a su uso o disfrute, por oportunidad o fuerza bruta.   Yo esto lo veo clarísimo.  Lo que será moderno son las leyes de la propiedad como las conocemos, que no son sino canalizaciones de la fuerza, a las que llegamos para no molernos a palos. Los sitios en los que no llegan a esos acuerdos, pues la ley de la selva. La civilización es básicamente eso, crear remansos en la historia en los que la fuerza se expresa mediante la ley.
Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: saturno en Marzo 19, 2014, 19:29:44 pm

Citar
Porque resulta que la propiedad privada, de natural, parece que tiene poco, y se remonta realmente al s18-19
Es decir, esa nocion de propiedad privada es contemporánea de la revolucion industrial
Discrepo.  Intenta quitarle la comida a un perro, ya me dirás si existe la propiedad en la naturaleza.

El mejor cacho carne, o el mejor sitio para vivir, o todo lo que es un "bien" para los seres vivos,  pertenece al que domina sobre los demás candidatos a su uso o disfrute, por oportunidad o fuerza bruta.   Yo esto lo veo clarísimo.  Lo que será moderno son las leyes de la propiedad como las conocemos, que no son sino canalizaciones de la fuerza, a las que llegamos para no molernos a palos. Los sitios en los que no llegan a esos acuerdos, pues la ley de la selva. La civilización es básicamente eso, crear remansos en la historia en los que la fuerza se expresa mediante la ley.

Entonces estamos de acuerdo, y discutimos de la ley de propiedad.
Olvidamos a Marx, y a los perros.

¿Está en alguna ley que las rentas de origen publico se consideren privadas?
Supongo que no, o que la obligacion de devolverlas no se ejerce.

Bien, veamos qué son las rentas de origen publico....

Por cierto, ¿cómo entendéis eso de rentas de origen publico". ¿Por cierto?

Ajà. Hay que reconocer que la pregunta es divertida. Je, je.
Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: CHOSEN en Marzo 19, 2014, 20:21:25 pm
Y qué tiene que ver la plusvalía con la propiedad?
TODO!!!
Si no me equivoco, y si lo hago se me corrija, Saturno lo que dice es que la parte proporcional de plusvalías generadas en vida gracias a la providencia pública, vuelva a ser de titularidad pública una vez quien la obtuvo y disfrutó haya fallecido.
Es decir, que la plusvalía de origen público sea (de hecho lo es) privatizable, pero que no sea heredable.
¿Como se articula esto?
Pues probablemente con el Impuesto de Sucesiones, que es real, pero que grava a todas las plusvalías del finado tanto las que llamaríamos suyas, obtenidas de su trabajo, y las obtenidas gracias a la providencia pública.
El debate abierto por Saturno es absolutamente pertinente, pero contra los tiempos (los tiempos españoles, mejor dicho); Es que se ha alcanzado la ridiculez de que hay CCAA en las que se ha eliminado el impuesto de sucesiones!!!

No estoy de acuerdo. También lo aportan el empresario, el que arriesgó sus bienes, el cliente que pagó, y todos los queparticiparon, cada uno en su rol, en esa plusvalía.
La plusvalía sólo puede pertenecer a los que interfieren en el proceso productivo: Capital y trabajo. Para no perdernos en debates viejunos (capital vs trabajo) míralo desde el punto de vista de un trabajador autónomo, emrpesario y trabajador a la vez. La plusvalía le pertenece igualmente por parte del trabajo y por parte del capital, pero es suya íntegramente.

El debate (viejísimo) sobre si en la empresa privada la plusvalía debería pertenecerle al trabajador o al que pone el capital, es otro debate que nada (sólo tangencialmente) tiene que ver con la propuesta de la "plusvalía de origen público".


Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: Lego en Marzo 19, 2014, 21:03:20 pm
Aclárenme, por favor.
Con "Rentas de origen público" ¿se refiere a los ingresos personales cobrados del Estado?

¿Los salarios de los funcis por un lado, y las  pensiones/paro/ayudas   por el otro?
(son muy diferentes, los sueldos de los funcis deberían tratarse igual que los privados. Son rentas del trabajo. ¿o no?)


Y si se refiere a eso, entonces

¿Qué plusvalía hay ahí?  ¿Qué es la plusvalía de una renta?


La plusvalía es una forma de renta, que se genera mediante comercio.

Se materializa en forma de DINERO, que se repartirá, como ya estamos todo de acuerdo en algo, entre todos los participantes, según contratos, convenios y leyes laborales y de comercio. 
¿Cuál es el problema?  O me pierdo algo o vds. se están liando.


Si lo que estamos discutiendo es la propuesta de Saturno, antes tengo que refrescarla. Recuerdo algún post largo explicándola, no sé si en este hilo o en otros. A ver si lo encuentro.

Editado para borrar un off-topic.

Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: saturno en Marzo 19, 2014, 22:04:26 pm
Aclárenme, por favor.
Con "Rentas de origen público" ¿se refiere a los ingresos personales cobrados del Estado?

¿Los salarios de los funcis y  las pensiones/paro/ayudas por otro?
(son muy diferentes, los sueldos de los funcis deberían tratarse igual que los privados. Son rentas del trabajo. ¿o no?)


Lego, ESA es la pregunta que queremos contestar.
En funcion de lo que entiendas como "propiedad publica" podrás contestar que tal o cual renta es una providencia






Citar
Y si se refiere a eso, entonces
¿Qué plusvalía hay ahí?  ¿Qué es la plusvalía de una renta?
La plusvalía es una forma de renta, que se genera mediante comercio.

Se materializa en forma de DINERO, que se repartirá como ya estamos todo de acuerdo, entre todos los participantes.
¿Cuál es el problema?  O me pierdo algo o vds. se están liando.


No - la plusvalia no la entiendas como una renta.
Con la plusvalia nos hemos desviado, yo la dejaría de lado.

En todo caso, hablemos de "beneficio neto" y que el beneficio es la justificación (=base) del "impuesto".

Entiendo que el impuesto es el origen de la "propiedad publica"

Queda por saber después como se distribuye o provee esa propiedad publica dentro del mapa PIB-3D  (ahora ppcc lo llama EER--Enfoque Estructural de la Renta)
 






Citar
Si lo que estamos discutiendo es la propuesta de Saturno, antes tengo que refrescarla. Recuerdo algún post largo explicándola, no sé si en este hilo o en otros. A ver si lo encuentro.

Editado para borrar un off-topic.


En el hilo de ppcc, Buscar resultados por: "saturno propiedad publica"
Luego me tomo un rato para intentar resumir

Edit: Esta es la mejor presentacion que hice, donde remito a otro post de Pensiones bumbum.
http://www.transicionestructural.net/transicion-estructural/ppcc-pisitofilos-creditofagos-otono-2013/msg98182/#msg98182 (http://www.transicionestructural.net/transicion-estructural/ppcc-pisitofilos-creditofagos-otono-2013/msg98182/#msg98182)


Por ahora es ir echando unas ideas básicas
Aunque todas acaban intentando dar una definicion eficaz de qué es "público"

(Y, mecachis, resulta que ni dios lo sabe exactamente, ESE es el debate.)

Por eso, a ver si la gente se anima a decir qué entiende por "propiedad pública" y vamos sacando más sustancia

Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: Lego en Marzo 19, 2014, 22:13:35 pm
jo, pues a mi mis ladrillotes de lego me encajan perfectamente. 

¿Qué problema hay con mi definición de propiedad, y de  público/privado?
http://www.transicionestructural.net/transicion-estructural/transicion-a-la-propiedad-estructural/msg105438/#msg105438 (http://www.transicionestructural.net/transicion-estructural/transicion-a-la-propiedad-estructural/msg105438/#msg105438)
Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: saturno en Marzo 20, 2014, 00:16:28 am
jo, pues a mi mis ladrillotes de lego me encajan perfectamente. 

¿Qué problema hay con mi definición de propiedad, y de  público/privado?
[url]http://www.transicionestructural.net/transicion-estructural/transicion-a-la-propiedad-estructural/msg105438/#msg105438[/url] ([url]http://www.transicionestructural.net/transicion-estructural/transicion-a-la-propiedad-estructural/msg105438/#msg105438[/url])


Ningun problema. Es la definicion más desarrollada del debate. Luego Mapkc nos desvió
Y Chosen lo volvio a centrar bastante, menos mal :)

El problema de tu razonamiento es que dices que un ladrillo publico y otro privado no se distinguen en nada

Y concluyes que Publico=Privado, como una silla en la que cualquiera se puede sentar como si fuera suya.
O sea, has explicado que todo es privado, aunque puede ser entre dos o más. Y si es de todos, entonces decimos "es público".

Vale. Toma ahora la Sanidad pública : es algo privado pero "de todos",
¿Explicame ahora qué diferencia hay en decir que sea privada "para todos" ?
No la hay, y por tanto
¿Qué problema habría para que tus impuestos dejen de financiar la Sanidad?
Que seguirá siendo "de todos"... siempre que cada uno pueda pagarla

Es absurdo, y es porque en realidad llamamos "público" a algo confuso que viene a ser un servicio privado que financiamos de forma confusa también, entre todos.
Lo que justifica también, ya que de forma directa o indirecta lo hemos pagado privadamente, que no tengamos tampoco que devolver esa "providencias" que recibimos. Lo mismo para pensiones, subsidio de paro, educacion....


Pero yo creo que sí hay cosas intrinsecamente publicas : sanidad, educación, vivienda...Que deben ser gasto público. Pero como son intrinsecamente publicas, lo lógico es que deban computar como providencia "a devolver" por quienes las utilicen.

También sé como las financio, con impuestos. Que no es "entre todos".
También sé incluso cómo puedo computar las sumas a devolver:
las computas por uso, por edad, por renta.... exactamente como cuando computamos la ayuda al paro, la pension, etc...




Sólo que no acabo de cuadrar el criterio para distinguirlas de las cosas privadas.
En efecto, resulta que con impuestos, se proveen muchas más cosas que eso que ahora llamamos servicios publicos.
Ejemplo: cuando el Gobierno le hace una subvencion a VW-Seat, ?qué es?
¿Un servicio público, un subsidio privado, una providencia mixta, un préstamos a pérdida?

Se me escapa el criterio. Creo que simplemente no lo hay, es decir, que aún no lo hemos definido. Y por eso nos están reventando la Sanidad, la Educacion o las pensiones, porque en el fondo nunca llegaron a ser servicios "públicos" intrinsecamente.

Como cuando tú dices que la Sanidad es privada "pero de todos"


Quizás el criterio sea eso:
LEY XYZ=" Es providencia pública aquel servicio que computa a cargo de la masa sucesoral del sujeto pasivo, incluyendo:
sanidad, educacion, pensiones, subsidios. RENTAS IMMOBILIARIAS"

Si metes las rentas inmobiliarias en la ley XYZ, acabas de clasificar como subsidio publico los alquileres, y éstos se te reclamarán  sobre la masa sucesoral a tu muerte.

El criterio de lo privado es que TÚ pagas para obtenerlo,
El criterio de lo público, es que lo que obtienes, te lo reclama el ESTADO

Porque lo Público y lo Privado, son contrarios, son dos cosas intrinsecamente distintas. Son dos flujos de dinero opuestos.




Igual estoy espeso ultimamente. Pero la verdad, es que la pregunta es fecunda.
O tiene sentido.



Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: Lego en Marzo 20, 2014, 00:25:22 am
La Sanidad, igual que todo ladrillo o bien público, material o inmaterial, es de todos.  Es propiedad  de todos y cada uno de los ciudadanos, y digo que es privada porque excluye a los rusos, americanos o africanos.  (COn la UE estamos en proceso de cambio, lleva décadas).

Para gestionar su uso, mantenimeinto, desarrollo, reparto, etc...   Los proietarios se dotan de un ejecutivo y legislativo, etc. ELECCIONES.  Todos los dueños decidiendo sobre su propiedad compartida, con un sistema adaptado a tal cantidad de propietarios. 

Así se define el algoritmo que buscas, y se ve claramente porqué nos pasan estas cosas.

Como llevamos décadas abandonando lo público, y "la política es un coñazo", y aceptando memes tóxicos sin rechistar, etc, pues después de cinco o seis ciclos electorales apoyando al que nos hunde, pues estamos muy hundidos, y la ley, el algoritmo, transformado en una maquina extractiva como si estuviera uinfestado de virus en su ADN.

Sólo hay que cambiar nuestro comportamiento  en elecciones (otro algoritmo) para invertir todas las tendencias negativas.

Importante: ¿Hablamos de lo que hay o de lo que nos gustaría? ¿Estamos haciendo la autopsia del modelo cadáver o jugando a  diseñar un modelo que funcione partiendo de las bases? Siempre se nos mezcla.
Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: saturno en Marzo 20, 2014, 00:52:31 am
La Sanidad, igual que todo ladrillo o bien público, material o inmaterial, es de todos.  Es propiedad  de todos y cada uno de los ciudadanos, y digo que es privada porque excluye a los rusos, americanos o africanos.  (COn la UE habría debate legal).
Te he leido con atencion. Espero que me devuelvas el favor.  8)

Citar
Sólo hay que cambiar nuestro comportamiento  en elecciones (otro algoritmo) para invertir todas las tendencias negativas.

Importante: ¿Hablamos de lo que hay o de lo que nos gustaría? ¿Estamos haciendo la autopsia del modelo cadáver o jugando a  diseñar un modelo que funcione partiendo de las bases? Siempre se nos mezcla.

Lo mejor de esta parte del post es la forma que adopta:
Primero la afirmacion perentoria inicial, y luego de la duda horrible en forma de pregunta...

(Muy bueno, me has sacado una sonrisa de oreja a oreja -- divertido)


(Buenas noches  ;))
Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: Lego en Marzo 20, 2014, 01:43:20 am
me alegro!

Lo que me preguntaba al final es que ¿para qué hablar aquí también del estado de la sanidad hoy, o de cómo está el algoritmo pervertido en todas partes y sus efectos en la gente?  Ya hay muchos hilos de diagnóstico.       Lo divertido es jugar a construir desde cero una versión mejorada.  Si te he entendido, ése es el propósito del hilo.  PUes sigamos, tú tírame más piezas, y yo intento colocarlas que encajen bien. Cuando no pueda encajarla sin incoherencias, ni yo ni ningún forero, game over.  Se vale hacer equipos, y por supuesto se vale copiar de las soluciones conocidas.     El objetivo de jugar no es saber quién es más listo, sino conseguir entre todos armar el castillo más complejo y sólido posible. Y que sea bonito y apetezca vivir en él, claro.

Yo me animo, con un par,  a ponerme el primero a encajar fichas y empezar así la partida. Pronto mi falta de preparación me irán dejando fuera de juego, pero ahora al principio, en los fundamentos me siento cómodo,porque es cuestión de sentido común y atender al lenguaje y la pulcritud.   Y hace siglos que esperaba que surgiera algo así en el foro, para darle sentido al tiempo pasado aquí.  JOer, una definición de propiedad, público y privado sería una forma cojonuda de empezar una Constitución seria, y no con poemas al sol y un galimatías de mística terruñera, como el truño de constitución que gastamos.   

Hay muchas formas de castillo posibles.   Juguemos hasta llevar este que propongo hasta su contradicción. Los que no esté de acuerdo con las tres piezas encajadas, que tiren una inencajable y comenzamos otro.

Buenas noches, sí.

Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: saturno en Marzo 20, 2014, 13:06:55 pm

Hay muchas formas de castillo posibles.   Juguemos hasta llevar este que propongo hasta su contradicción. Los que no esté de acuerdo con las tres piezas encajadas, que tiren una inencajable y comenzamos otro.

Buenas noches, sí.

Yo también voto por eso con 2 salvedades
-- Debe ser un juego, como un rompecabezas-- Nada de empeñarse a meter piezas porque uno quiere, pero que no encajan ahí donde uno quiere.
La actitud debe ser repetirse : "Es sólo un juego" aunque sin instrucciones

-- No dudar en traerse  ladrillos de otros hilos.
Es importante pensar en traernos aqui los posts interesantes que sirvan como pieza para componer el rompecabezas
Antiguos o recientes, para que tengamos mas o menos las mismas referencias cuando alguien desccribe una ficha
En mi caso  esas preguntas  sobre propiedad publica vienen de estudiar el mapa PIB de ppcc, vasos comunicantes, EER
Así que es buena ocasion para rebuscarlos

¿Vale el mantra? Esto es sólo un juego, Como otros dicen "es sólo un trabajo" para no mezclar el curro con la vida privada.
Aqui igual; para no mezclar distracciones con preocupaciones

 
Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: Lego en Marzo 20, 2014, 14:22:30 pm
A mi me parece estupendo. Es lo que quería decir con "se vale copiar".

 Eso sí, esos enfoques de PPCC son ya de tercer nivel de detalle y apenas hemos empezado a trazar el nivel cero.

Me he quedado con una cosa de entre todo lo que desparramé ayer poseído por mi nuevo nick  jejeje:
El documento clave de un "proyecto de País" es una Constitución.    Yo montaría un juego colaborativo que llevase a la consecución de una Constitución seria. Breve, concisa y rigurosa, con su prefacio y todos sus artículos bien ordenados.    Una que votaríamos todos los diferentes que aquí estamos, hecha a base de corregir la que tenemos, para no tener que empezar desde cero.   Si sale algo bueno pues ahí queda para que se la apropie quien quiera. 


Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: saturno en Marzo 21, 2014, 18:12:46 pm
Partiendo de que el origen de la propiedad pública es el impuesto, lo que aqui se intenta es diferenciarla por el destino que se le da.

Esto que dije el otro día es logico:
Citar
El criterio de lo privado es que TÚ pagas para obtenerlo,
El criterio de lo público, es que lo que obtienes, te lo puede reclamar el ESTADO

Entonces, cuando nos ponemos de acuerdo acerca de qué cosas son las que el Estado te pueda reclamar, estamos implicitamente de acuerdo en que esas cosas han sido definidas como propiedad pública

-- Servicios públicos : justicia, defensa, sanidad, educacion,
-- Subsidios: pensiones no contributivas, invalidez, por hijo, etc.

Asimismo, dentro de la actividad del Estado, todas la remuneraciones de los funcionarios, incluso las pensiones serían providencias "publicas", y como tale, no serían apropiables:
-- funcionarios
-- pensiones de jubilacion

Si decimos que por ejemplo, el 20% del Gasto público son remuneracion de funcionarios, resulta que ese 20% se puede recuperar (idealmente, porque luego existe entropía).

PEro si defines así la propiedad pública, entonces tampoco es necesario producir de nuevo cada año la totalidad de ese tipo de gasto.

¿NO?






De hecho, todo lo que Estado reclame en concepto de providencia pública prestada, es cuantía que (idealmente) ya no es necesario volver a Producir. Hasta se podría definir planes de "ahorro de propiedad pública", politicas de inversion de "propiedad pública".

Me parece que el criterio indicado es correcto.
Una vez estableces (por Ley) qué providencias se podrán reclamar, puedes delimitar cuantitativamente la "propiedad pública". Puedes determinarla.

Y puedes entonces empezar a gestionarla para evitar que se pierda, para optimizar su conservacion. Para minimizar la entropía del sistema público, ajustandolo a factores objetivos, que son básicamente la demografía y los flujos de poblacion (emigracion, immigracion).





Ni siquiera hace falta cambiarle nada al sistema tal y como funciona ahora. Sólo se trata de desarrollar/consolidar la gestion de la propiedad pública.

a) El impuesto se calcula a posteriori, sobre el beneficio neto, al final de ciclo de produccion

b) Igualmente, la reclamación de las providencias prestadas individualmente se calculan post-mortem, es decir, al final del ciclo de vida del agente productor.

Además, ya están calculadas en gran parte: ya te calculan la pension, ya te calculan los costes sanitarios (cuando te reclaman el resto a cargo), ya te calculan los costes de desempleo. Los costes de los demás servicios públicos individuales se calcularían exactamente igual; son los de educacion. Podrían ser igualmente los de alojamiento, por la misma regla.

En todos los casos, al separar la propiedad pública de la privada, por su origen (el impuesto) y por su destino (prestaciones individualizadas reconocidas por Ley), es factible desarrollar su administracion para reducir la apropiacion indebida.
El criterio para reclamar la propiedad publica ingresada, es el mismo que permite reclamar el impuesto sobre tus ingresos netos.




Me parece coherente. ¿Qué problema hay en esto?
Es que no lo veo.

Lo que veo es que estamos permitiendo la apropiacion de la propiedad publica, y que esto se debe a que no la hemos definido como tal, (=por Ley, oponible a la propiedad privada, concepto que además ya existe, por ejemplo en la nocion de pension de invalidez, o no controbutiva). Luego sí es posible cuantificarla en términos contables.


¿Qué revolucion le ven a esto? Ninguna.
Sólo veo que basta por completar el sistema existente.
Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: Lego en Marzo 21, 2014, 19:50:03 pm
Citar
El criterio de lo privado es que TÚ pagas para obtenerlo,
No. Puedes haberlo heredado, recibido como regalo, o haberlo fabricado tú.


Citar
El criterio de lo público, es que lo que obtienes, te lo puede reclamar el ESTADO

- Hay muchas cosas públicas que el Estado no le ha reclamado a nadie, que siempre han sido públicas, de todos.

 Todo público, lo de todos, se financia con el dinero de sus propietarios, que somos todos, via impuestos.




Mi intuición me dice que los sueldos de los funcis, aunque salgan de los PGE, son RENTAS DEL TRABAJO y habrán de considerarse igual que cualquier salario de empresa privada.

Tu propuesta de que el Estado recupere parte del dinero pagado a un particular sólo le veo sentido si se trata de ASISTENCIA, no de SALARIO.

Y no creo que quede mucho que recuperar, salvo que esa supuesta "asistencia" diera para acumular capital, cosa que debe ser bastante rara si exceptuamos las pensiones extravagantes, pero no son tantas.

Concretamente, ¿podrías ponerme un ejemplo de algo que el Estado debería recuperar poniéndose como heredero prioritario?  A ver si con un ejemplo práctico lo veo mejor.





Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: saturno en Marzo 21, 2014, 22:48:55 pm
Me refiero al esquema del PIB3D -- Pienso conceptualmente

Produccion+Impuestos          = flujo ascendente de rentas hacia el Estado (Debe privado -> Haber publico,)

Produccion+Renta+Gasto      = flujo descendente de rentas hacia el individuo (Debe mixto publico+privado => Haber privado)


Por qué consideramos que el "Debe mixto" es mixto y no distinguimos
1) Produccion+Renta+Gasto      = flujo descendente (Debe privado => Haber privado)
2) Providencias publicas             = flujo descendente (Debe publico => ¡Haber publico!)

De "mixto" nada. Lo que pasa es que a nuestra mentalidad de "nobles rentistas" no nos interesa disociar el flujo 1) y el flujo 2). Decimos que los dos son "descendentes" directamente a nuestro bolsillo. Y de ahí, santa rita, rita, lo que se da, no se quita...

Por eso digo que un buen criterio para ubicarte correctamente es este :
Oferta Privada= Tú pones el dinero => Tú te lo quedas. Es privativo
Oferta Pública = el Estado te provee un servicio público => Es publico => lo devuelves


______

Ejemplo de lo que el Estado recupera -- ticket moderador de farmacia

Con una receta, recibes medicamentos. Pongamos que pagas un 5% legal.
Por tanto, la prestacion pública se te reclama al instante por un 5%
Sin embargo, el Estado te abandona el 95% cuando podría reclamarlo sobre tu patrimonio sucesoral.

El cobro inmediato, lo percibimos como injusto, como una perversion de la nocion de providencia publica, ya que se nos justifica como si fuera un servicio privativo. Y sabemos que no lo es.

En cambio, si sería "justo" reclamarte el 100% sólo post-mortem, ya que así el Estado cumpliría realmente con su obligacion de prestacion pública, en lugar de vestirla de "mixto"-y-ficación

¿De qué nos viene esa percepción dual entre prestacion privativa y providencia pública?

___

La clave es definir la propiedad pública como un derecho intrínsecamente distinto de la propiedad privada.

Ilustracion / Interpretación / Reconstitucion historica

Hasta la Rev.Industrial (y la desamortizacion), existía la propiedad nobiliaria que era hereditaria, y las manosmuertas que se fundamentaba en que tus "tenencias en vida" no se heredaban.
Son dos conceptos de propiedad radicalmente diferentes, que justifican la existencia de Estamentos sociales. Son "intrínsecamente" distintos(1)

Esa propiedad nobiliaria hereditaria no es comparable con nuestra moderna propiedad individual. Somos nosotros que proyectamos nuestra idea de propiedad privativa sobre esa propiedad nobiliaria.

Al desparecer las manosmuertas, tanto la propiedad nobiliaria como el derecho ciudadano evolucionaron hacia una forma de propiedad heredable, universal e individual (= propiedad privativa)

Sin embargo, observamos que la noción de manosmuertas, por su lado, no ha evolucionado, que seria hacia el concepto de propiedad publica, del colectivo, que subyace en nuestra idea confusa del Estado-Providencia. Es decir: la propiedad publica está en pañales

Pero son dos "estamentos" de propiedad. Que no se deben mezclar.

Edit: observa que las providencias públicas son sólo para los VIVOS.
Conceptualmente, la noción de herencia es algo extraño en relacion a la propiedad pública, Por eso intuyo que nuestra idea de propiedad publica (providencia pública) sería la evolucion moderna del régimen juridico de manosmuertas.
Como tal,  la propiedad publica por tanto no es ningun descubrimiento: toda la legislacion pre-industrial relativa (de cerca o de lejos) con las tenencias en manosmuertas se puede desempolvar para aplicarla a la noción de propiedad pública. Para nuestra mentalidad moderna, el moderno 'tenedor de manosmuertas' ¡es el ESTADO! que nos provee de servicios como antes el siervo proveía a su señor.




A mi me parece coherente. Muy coherente.




¡Gracias, Lego por darme la réplica!

______
(1) Creo que en español se dice mejor "sustancialmente"".
Intrinseco y sustancial son sinónimos. En todo caso varía la perspectiva filosofica..
Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: saturno en Marzo 24, 2014, 02:20:55 am
Me traigo aqui este post.

Es que estoy cada vez convencido de que a nuestras sociedades lo único que les falta es haber desarrollado la noción de propiedad pública como algo distinto de la privada.

Tú mismo, Logo, reflejas esa confusion: "lo publico es lo privado que es de todos"
Y por tanto, consideras que la PPublica ya está regulada por las mismas leyes de propiedad (privada) existentes.

Bien: eso que acabas de decir, es como explican los castuzos por qué se consideran legitimandos para llevarse la caja en beneficio propio.
Lo que entienden :
- que un cargo "publico" se puede apropiar la caja (si es privado de todos, es mío porque me han elegido para custodiarlo)
- que su responsabilidad pública sólo se define por el perjuicio que causan a la propiedd privada de otros.Si no han robado a nadie en particular, es que no han robado nada. Es suyo.

Resultado: si nadie les denuncia, se quedan la caja.
Para denunciarles, sólo puede hacerlo el Estado  (=que es régimen castuzo)

Pero el ciudadano, no tiene herramienta legal para denunciarlo, ya que según las leyes de priopiedad "privada", eso que hace el castuzo, o es "legitimo", o es "sin perjuicio". No es posible defender como tal la "Propiedad pública" porque dentro de nuestra  cabeza, como dices la PPublica es una PPrivada "que sería de todos"

Falta esa definicion juridica de PPublica.

Y no es un asunto de opiniones. Sino de completud logica.
Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: Lego en Marzo 24, 2014, 02:26:48 am
Eh, yo no digo que lo público no ha de estar regulado con leyes específicas!

Era una conversación informal sobre fundamentos.

Y aún así, es difícil malinterpretarme. Digo explícitamente, con mi vocabulario jurídico huevofritístico, que público y privado comparten el mismo fundamento del concepto de propiedad. Y añadía que igual que hay leyes específicas para la propiedad horizontal, o la empresarial, o los ganamciales, las hay también de lo que es de todos todos, que es lo que llamamos público. Es sólo eso.

Y no digo que eso sea así en ninguna ortodoxia jurídica. Ni puta idea. Yo sólo me metí en una charla informal sobre fundamentos que andaba provocando el amigo Saturno, y propuse esa simple manera de darle sentido a las cosas.

Ahora todo lo que propongan de protección de la publico frente a abusos, me parece fenomenal.  Y de lo no público también.  Lo digo completamente en serio. Que sea dificilísimo por requisitos procesales (consultar a sus dueños) vender nada público a particulares, y que sea dificilísimo expropiarle a alguien por la fuerza para fantasías de jugadores de Imperivm o ajardinadores megalomaníacos que puedan ganar unas elecciones municipales.

Edit:

Es curioso que la leyes contra la propiedad privada siempre las jalean "los de abajo" pensando que se usarán contra los ricos y no contra ellos.  no aprendemos. 

Defender la propiedad privada también es "de izquierdas", si es que se trata de ir de eso pero ¿no se busca algo que puedan firmar todos?

Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: CHOSEN en Marzo 24, 2014, 11:17:26 am
Me parece coherente. ¿Qué problema hay en esto?
Nadie querría ser funcionario porque si hubiera que "devolver" (para que el Estado no repusiera cada año) no se dejaría ninguna herencia a los descendientes.
Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: Lego en Marzo 24, 2014, 12:48:08 pm
familias humildes sin herencia alguna porque se gastaron las prestaciones en salir adelante y ahora no pueden devolverlas, ni pagar la cuenta de toda la sanidad y educación recibidas en vida del difunto. 

A "los ricos" les das un tajo, si los pillas, que va a ser que no.  A los no ricos fácilmente los hundes definitivamente, y de esos no se te escapa uno.

Eso sí, sería una forma de resucitar al cid pepeciano deliciosamente sutil (y cruel). No des ideas Saturno, que nos puede leer alguien.

Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: saturno en Marzo 24, 2014, 19:08:40 pm
Me parece coherente. ¿Qué problema hay en esto?
Nadie querría ser funcionario porque si hubiera que "devolver" (para que el Estado no repusiera cada año) no se dejaría ninguna herencia a los descendientes.

Multiplicas por tres la rentas vitalicias.
Acceso meritocrático: gente sin patrimonio, estudiando

Y el argumento devuelto: nadie se mete a funcionario para ser rico (=poder dejar patrimonio a la descendencia)

¡Vamos!
Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: Lego en Marzo 24, 2014, 19:17:38 pm
Multiplicas por tres la rentas vitalicias.
Acceso meritocrático: gente sin patrimonio, estudiando
No lo entiendo ¿podrías?

Citar
Y el argumento devuelto: nadie se mete a funcionario para ser rico (=poder dejar patrimonio a la descendencia)

Una cosa es que el que se mete a funcionario sepa que nunca cobrará un megasueldo de 100k que cree que podría ganar en la privada (yo me entregaría por 20k y excepcionalmente, por 0€)  y otra  diferente que si eres funcionario no le puedas dejar nada a tus hijos cuando te mueras. Eso va contra la naturaleza humana como yo la entiendo. No me apuntaba ni en broma. Más bien me cambiaba de país, si puedo, para evitarlo.
Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: saturno en Marzo 24, 2014, 19:36:29 pm
Eh, yo no digo que lo público no ha de estar regulado con leyes específicas!

Era una conversación informal sobre fundamentos.

Y aún así, es difícil malinterpretarme. Digo explícitamente, con mi vocabulario jurídico huevofritístico, que público y privado comparten el mismo fundamento del concepto de propiedad. Y añadía que igual que hay leyes específicas para la propiedad horizontal, o la empresarial, o los ganamciales, las hay también de lo que es de todos todos, que es lo que llamamos público. Es sólo eso.


Creo, estoy convencido, que lo que estás razonando como PPublica es la mancomunidad.
Por ejemplo, en copropiedad, las partes comunes (escaleras, ascensor...).
En realidad, se define como "propiedad privada indivisa".

Compruebas que es una PPrivada (aunque no privativa) porque sus costes se reparten en proporcion a la PPrivada-privativa que tengas sobre el inmueble en copropiedad, o "mancomunidad"

Eso es propiedad privada, Por definicion.




Lo que intento comprender es : ¿qué entendemos por PPública cuando pensamos en el Estado social?
Cuando pensamos en _derechos_ sanidad, educacion, etc.

Para ver la diferencia con el concepto de mancomunidad, hay que partir de su fuente: el Impuesto.
¿Consideras el presupuesto del Estado como una mancomunidad?
 Es decir, ¿dices que el derecho a prestaciones sociales publicas dependen de tu aporte?

Si dices que No, que el Estado social no es una mancomunidad, te paras a preguntar :
¿Qué tratamiento tienen los bienes y servicios que llamamos públicos, entonces?

Y hete aquí que de pronto me digo: ¡No lo sabemos! En realidad, ¡Nunca lo hemos definido!
Lo único que hemos hecho es pelearnos acerca de cómo gestionarlos y mantenerlos.

Pero por alguna razón, no les reconocemos una realidad intrínseca distinta de la propiedad privada.
De forma que los gestores de los bienes publicos, tienen natural inclinacion en confundirlos con SU propiedad privada
Lo cual no es "natural", sino que se explica porque la privada es  la única propiedad que entendemos.



 
Sin embargo, durante 18 siglos y más si nos remontamos antes de Cristo, la diferencia entre distintos regímenes de propiedad era evidente, y servía para  justificar la nocion de Estamentos sociales estancos.
En épocas primitivas, se identificaba a las personas con el régimen de propiedad: esclavo, siervo, hipotecado....

Pero en nuestra época moderna, deberíamos ser capaces de distinguir entre esas distintas naturalezas de la propiedad,
No creo que esos estamentos sean invenciones [arbitrarias]: son constructos básicos del algoritmo social.
[Y los que han podido cuajar, se mantuvieron siglos, si fuesen simples imaginaciones, se habrian disuelto en una generacion. No se habrían transmitido durante generaciones.}
 
Por ejemplo, esos constructos aparecen en la ideología de clases, en la division ricos/pobres [cuando se defiende como modelo ideologico-juridico]. Son ladrillos que Intervienen en la estructura fundamental de las sociedades, pero que en la transicion a la época moderna, hemos falseado, hemos reconstruido mal.
Es el algoritmo que hemos montado desde las Luces el que tiene un bug. Y nos destroza la convivencia.

¡El bug, es que no hemos inicializado el puntero juridico a la Propieda Pública!
Cuando decimos "derechos publicos" o Estado social o Sanidad, Educacion,,,, usamos un puntero sin inicializar ! 
Nuestra crisis corresponde a  Unix ** PANIC ** y con el EFTF vamos directos al Windows' Pantallazo azul !
 



La definicion de una propiedad pública es una necesidad estructural, estructurante, de un modelo social estable,
Con que dure tantos siglos desde Atenas, Roma hasta el sXIX, me parecerá bien .

Lo unico que hay que conservar es la idea de que los Estamentos de propiedad no se confunden con Estamentos sociales.
Por eso la educacion es un servicio público por ejemplo




En fin con que pensemos en la diferencia que comento, donde mancomunidad (derramas) =/= público (impuesto)
me vale.

Por mi propia experiencia, se tarda bastante en empezar a ver la diferencia. Hasta que no te la dice alguien, no la ves

Fijate por ejemplo : Incluso PPCC se lía con la PPublica y la RBU (que asimila a un subsidio en la base IRPF),
Otro ejemplo,  le he leido comparar el Estado a una mancomunidad
Anque esa imagen  sirve un rato, lo significativo es que alguien como PPCC no ha podido encontrar otra imagen mejor.

No puede, porque no existe.
No existe definicion juridica para eso que todos llamamos Propiedad Publica, aunque todos sepamos qué es
y podamos distinguir.



___
Editado: entre corchetes, para aclarar
Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: Lego en Marzo 24, 2014, 19:54:12 pm
nos dispersamos.

voy a contestar sólo al primer párrafo.

Sí, según mi esquema simplista, lo publico (de todos) es una mancomunidad a gran escala.
La sanidad y la educación equivaldrían a la prestación de servicios comunes y el mantenimiento y explotación del equipamiento mancomunado. 

Que todos tengan que aportar igual no se da en casi ninguna mancomunidad. Siempre usan coeficientes.

Nada impide que en lo público, igual que en una mancomunidad, los estatutos fijen unas normas solidarias, que garanticen los derechos de todos por igual con aportaciones proporcionales a la capacidad de cada aportador.

Y en los dos casos, la mancomunidad o en lo público, los estatutos reflejan la opinión de la mayoría, unos en asamblea y otros en elecciones.  (salvo que la mayoría decida no influir)

Sigo viendo mi propuesta intacta mientras encaja todo lo que pides. De todas formas, era mejor volver al punto anterior, al mensaje de Chosen y el mio posterior, por no dispersarnos. Ahora hay dos discusiones simultáneas.

¿Consideras igual las prestaciones sociales que los salarios de funcionarios públicos? Yo veo una diferencia evidente, ya he dicho que para mi las segundas son rentas del trabajo.  Y luego está la discusión sobre si las asistenciales hay que devolverlas o no. Si prestaciones significa "préstamos que hay que devolver" o "asistencia prestada"

RAE: Prestar:
Citar
1. tr. Entregar algo a alguien para que lo utilice durante algún tiempo y después lo restituya o devuelva.

2. tr. Ayudar, asistir o contribuir al logro de algo.
Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: saturno en Marzo 24, 2014, 22:32:32 pm
Si no convenimos en la definicion, mal podemos entendernos en la aplicacion.

nos dispersamos.
Sí, según mi esquema simplista, lo publico (de todos) es una mancomunidad a gran escala.
La sanidad y la educación equivaldrían a la prestación de servicios comunes y el mantenimiento y explotación del equipamiento mancomunado. 

Que todos tengan que aportar igual no se da en casi ninguna mancomunidad. Siempre usan coeficientes.

Nada impide que en lo público, igual que en una mancomunidad, los estatutos fijen unas normas solidarias, que garanticen los derechos de todos por igual con aportaciones proporcionales a la capacidad de cada aportador.

Y en los dos casos, la mancomunidad o en lo público, los estatutos reflejan la opinión de la mayoría, unos en asamblea y otros en elecciones.  (salvo que la mayoría decida no influir)

[/quote]


La diferencia entre la p-privada indivisa (mancomunidad) y p-pública es:

- La propiedad privada se adquiere: sea divisa o indivisa.
  Significa que quien no puede pagar su cuota, no es titular.

  Es decir, la p-privada implica una condicion de acceso previa : poseer alguna riqueza previa
  Para usar la piscina indivisa, es condicion previa tener la propiedad de un apartamento.


- la p-publica es un derecho.
  Puede ser indiferentement divisa o indivisa, y se distingue de la otra porque no es heredable.
  Es decir, la p-publica no permite una forma de apropiación ligada a la persona, al linaje
  sino que se vincula a _derecho_ y por eso no es heredable.

   En ese sentido no son privativos (no se podrían heredar);
   -- el salario de funcionario, aunque sea "diviso" (o más bien, vinculado al individuo)
   -- la educación, que de todos modos es indiviso.


Si ves esas diferencias no puedes considerar que la Educacion o el Salario de un funcionario respondan al mismo régimen de propiedad que la piscina de una copropiedad.

En el video de Anguita del #22M, hace perfectamente la diferencia entre los dos regímenes.
-- La propiedad privada (indivisa o divisa) es el ejercicio de una posesión.
-- La propiedad publica (indivisa o divisa) es el ejercicio de un derecho (=Carta de DDHH)

Ahora, si admites, esa diferencia, el criterio para distinguirlas es el derecho de herencia-
-- la P-privada (de origen romano, luego nobiliario) se hereda  siguiendo el linaje de sangre
-- la P-publica (pendiente de desarrollar a partir de la tradicion esclava, cristiana, manumuerta) no se hereda.

No se hereda porque por naturaleza, la p-publica no es heredable.
De ahí el escándalo que sentimos cuando se privatizan los servicios "públicos", porque se están monetizando nuestros derechos (=de ahi la nocion de dignidad del mismo Anguita)




[Fin de mi redaccion -- se me escapo a medias e post]

[He cambiado "privativo" por "heredable" para aclararnos]
Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: Lego en Marzo 24, 2014, 23:54:15 pm
La diferencia entre la p-privada indivisa (mancomunidad) y p-pública es:

- La propiedad privada se adquiere: sea divisa o indivisa.
  Significa que quien no puede pagar su cuota, no es titular.
No, quien no puede pagar la cuota de la mancomunidad la debe, pero sigue siendo dueño. ¿Vivimos en diferentes planetas?  Quien no puede pagar la cuota de la mancomunidad de lopúblico, (impuestos), la debe, no pierde sus derechos.

  Es decir, la p-privada implica una condicion de acceso previa : poseer alguna riqueza previa
¿Porqué? Hay herencia o regalo, o prestación social sobre todo. Además al nacer adquieres título de la propiedad pública.

  Para usar la piscina indivisa, es condicion previa tener la propiedad de un apartamento.
Es decir, para usar servicios de España, ser español.


- la p-publica es un derecho.
El derecho es a la propiedad. Pública sólo es un forma de propiedad

  Puede ser indiferentemente divisa o indivisa, y se distingue de la otra porque no es heredable.
  Es decir, la p-publica no permite una forma de apropiación ligada a la persona, al linaje
  sino que se vincula a _derecho_ y por eso no es heredable.
La propiedad pública se hereda por definición, mientras los hijos mantengan la nacionalidad. La Nacionalidad es el tiúlo personal de propiedad mancomunada de todo lo público.

   En ese sentido no son privativos (no se podrían heredar);
   -- el salario de funcionario, aunque sea "diviso" (o más bien, vinculado al individuo)
   -- la educación, que de todos modos es indiviso.
no entiendo porqué una renta del trabajo no se puede dejar en herencia y me opondría con fuerza además, pero eso es otra discusión.
La educación no es una propiedad, es un servicio. El equipamiento sí es una propiedad, indivisa. (o creo que debería serlo)



Si ves esas diferencias no puedes considerar que la Educacion o el Salario de un funcionario respondan al mismo régimen de propiedad que la piscina de una copropiedad.
lLa piscina sí que tiene cierta equivalencia. No responden al mismo régimen porque sería imposible hacer una asamblea de 40 millones, pero las bases del derecho no tienen porqué cambiar.  El salario del funcionariado equivaldría al salario del cuidador.

En el video de Anguita del #22M, hace perfectamente la diferencia entre los dos regímenes.
-- La propiedad privada (indivisa o divisa) es el ejercicio de una posesión.
-- La propiedad publica (indivisa o divisa) es el ejercicio de un derecho (=Carta de DDHH)
Sí, del derecho a la propiedad, es decir, a que no te roben lo tuyo, sea solo o en mancomunidad de dos, diez, mil o cuarenta millones.

Insisto que yo no sigo que el ordenadmiento jurídico esté redactado así. O que esté defendido por ninguna doctrina política.  Que sólo es una forma de conectar estas cosas que me funciona muy bien, muy sencilla. De momento, va cogiendo complejidad y encajando conceptos (ahora diviso-indiviso) sin complicarse


Ahora, si admites, esa diferencia, el criterio para distinguirlas es el derecho de herencia-
-- la P-privada (de origen romano, luego nobiliario) se hereda  siguiendo el linaje de sangre
-- la P-publica (pendiente de desarrollar a partir de la tradicion esclava, cristiana, manumuerta) no se hereda.
En mi esquema, la publica la "heredas" al nacer o nacionalizarte.

No se hereda porque por naturaleza, la p-publica no es heredable.
De ahí el escándalo que sentimos cuando se privatizan los servicios "públicos", porque se están monetizando nuestros derechos (=de ahi la nocion de dignidad del mismo Anguita)
El escándalo es que se privatice lo que no había que privatizar, a esa gentuza, y convertir los servicios públicos en máquinas de extracción de rentas.  ¿Qué tiene que ver eso con los fundamentos de la propiedad? Es la impunidad, y el voto. Yo también pondría en la Constitución que la propiedad pública es indiviso salvo referéndum específico casi.  Pero se consigue con votos.

Hablabamos de unas bases de derecho, no de la descomposición de un régimen.





[Fin de mi redaccion -- se me escapo a medias e post]

[He cambiado "privativo" por "heredable" para aclararnos]

Saturno, la verdad, no entiendo que mi esquema, que entra como el agua, que concilia la protección de lo público y lo no público, que empodera explícitamente a cada ciudadano sobre lo público, que defiende al ciudadano del poder político y que es conceptualmente sencillísima te parece contraproducente.    Y enfrentas como más lógico y natural uno que, para mi, supone ir contra el instinto de trabajar para los tuyos, introduce vulnerabilidad grave a los más débiles, supone que las prestaciones sociales son préstamos y los salarios públicos no son rentas del trabajo, desafiando al sentido común y necesita una conceptualización rebuscada y aantiintuitiva.

PS: No somos más que "enteraos" jugando, no nos olvidemos. Yo al menos ni idea de jurídico, no llego ni a enterao.  Para mi esto es un forero que lanza un huevofrito que no me gusta nada, y yo que me aburro le improviso otro huevofrito que me gusta más, y los defendemos.
Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: saturno en Marzo 25, 2014, 02:43:10 am
De huevofrito nada, la única forma de calibrar un problema es comparando lo que entiende uno y otro.

Citar
Saturno= Si ves esas diferencias no puedes considerar que la Educacion o el Salario de un funcionario respondan al mismo régimen de propiedad que la piscina de una copropiedad.

Lego= La piscina sí que tiene cierta equivalencia. No responden al mismo régimen porque sería imposible hacer una asamblea de 40 millones, pero las bases del derecho no tienen porqué cambiar.  El salario del funcionariado equivaldría al salario del cuidador.

Lego, estás diciendome que mi nocion de P-Publica equivale a la P-Privada indivisa que ya conocemos.

Yo identifico que "falta" una definicion separada de P-Publica, que sea intrinsecamente diferenciada de la P.Privada, porque compruebo que la PPrivada indivisa plantea un problema.

El problema que plantea la PPrivada indivisa, es que el que tiene mayor coeficiente de voto en las Asambleas tiende a disponer de la PPrivada-Indivisa como si fuese SUYA unicamente.

Lo que viene a resultar en una _contradiccion_ en los términos: resulta que lo indiviso tiende a ser apropiado por quien tiene más votos, y me parce que por la lógica que tiene la PPrivada, el que más tiene, más derecho adquiere para quedarse todo hasta que excluye a todos los demás. Es contradictorio, porque al final del proceso, la gente va perdiendo derechos de PPrivada sobre la indivision, y eso es contradictorio.

¿Por qué ocurre? Acaso hay una deriva abusiva o una mala comprensión de lo que es realmente la PPublica ?


Ejemplo : es de un Propietario mayoritario que decide en Asamblea que la piscina se empiece a usar por tiempos alicuotas al coeficiente de votos.
Ejemplo : es el del gobierno del PP con mayoría absoluta que decide privatizar la Sanidad.

Son dos ejemplos análogos y la analogía entre los dos, la has hecho tú, y te la acepto.



Ahora, antes de seguir, propongo invertir los papeles.

Explicame :

-- Si te parece que los 2 ejemplos anteriores indican la existencia de un problema.

-- Si te parece que ese problema puede resolverse dentro del régimen de PPrivada-Indivisa    tal y como lo concibes tú.

En cualquier caso, cómo entiendes tú que debe resolverse ese problema, si te parece que lo hay.  (Si no te lo pareciera, supongo que no estaríamos discutiendo sobre ello y la forma de entenderlo, y la forma de resolverlo)





Que la respuesta sea huevo-fritista, me parece estupendo. Es así como se nutre la inteligencia.

(Y asi descanso un poco : veamos si consigues explicarme tus puntos de vista)
8)



Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: Lego en Marzo 25, 2014, 03:30:50 am
gracias,

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El problema que plantea la PPrivada indivisa, es que el que tiene mayor coeficiente de voto en las Asambleas tiende a disponer de la PPrivada-Indivisa como si fuese SUYA unicamente.
Espera que yo sepa el coeficiente es para pagar, no de disfrute.  HE pasado un rato buscando un ejemplo de lo que dices y no me sale. En todas las comunidades que he participado, bastantes, se cumple lo contrario.  Se paga por coeficiente, pisos grandes más que los pequeños. Servicios 100% comaprtidos.  Diferencias se asumen como solidarias, por ejemplo los del primero apenas usan el ascensor y lo normal es que paguen lo mismo. Su agua necesita menos energía de bombeo. Las derramas muchas veces no afectan directamente a todos por igual  y sin embargo van a coeficiente limpio. Ahora mismo vivo en un piso en comunidad con 16 y finca y dos portales. Y eso en una urbanización no asumida por el ayuntamiento, con unos 400 propietarios y dos asambleas al año, y co-propietario entre siete de un local de servicio público. Sé de lo que hablo y le digo que nunca he visto una comunidad que el del piso pequeño pueda mandar menos niños a la piscina, nunca.

Es que, no sé, que el coeficiente de aportación no afecte a los derechos comunes  financiados, a lo indiviso, es tan de cajón que no se entiende plantear lo contrario.

 Pero eso ya es política (que sería el arte de compartir y defender la propiedad colectiva, a todos los niveles, para ir todos a mejor)  Entrando en política:

¿Que una comunidad de vecinos marciana tiene unos estatutos internos que son como tú dices? Podrá ser, que yo no me sorprendo de nada.   Sigue en mi esquema, que es políticamente neutro. Esos estatutos los diseñan y mantienen con votos los propietarios. Son un reflejo de su forma de ver el mundo y, como dice esa abuela sabia, "ya les estallará en la cara".

En el siguiente nivel, escala país, lo público, el principio es el mismo, que es lo que mola, y  se trataría de la progresividad fiscal, por resumir.   Se regula en elecciones en vez de asambleas, igual que la cantidad que se dedicará a asistencia social y cómo. (La asistencia social no tiene equivalente directo en la comunidad de vecinos con piscina. Salta directa al plano individual o familiar. Sí que tiene equivalente en empresas, cuando hacen obra social. Ya sé que desgrava y por tanto es en parte pagada por todos. pero eso es cuestión de política, de la gestión de la hacienda pública, los copropietarios (hacienda somos todos) lo regulamos en elecciones.

Tu propuesta de Estado como heredero podría reformularse fácilmente para que encaje en este esquema mío. Hasta ese punto es neutro. No es más que una figura impositiva. La pones en un programa electoral y si gana, voilá.

Yo en un programa electoral incluiría como punto fundamental la norma de que, para lo público, se establece la no correspondencia entre aportación y derechos, como se me hace natural y buscaría votos para subir esa norma hasta la misma Constitución, a uno de esos artículos que no se pueden modificar sin una mayoría abrumadora.    Pero si algún día en España fuéramos todos tan cerdos que la mayoría abrumadora quiere deshacerse de la asistencia social,  amén, estallaría en la cara sólo por plantearlo. Es absurdo pensarlo para mi sentido común. Más bien somos un país de puta madre.   Tu propuesta fiscal la combatiría políticamente a muerte, tanto que si triunfara yo me pensaba tener hijos y si los tuviera y no pudieran heredar, ya la gente encontrará la manera de hacer lo que quiere hacer desde que somos amebas.

¿Algún ejemplo de esas mancomunidades que reparten derechos comunes según coeficiente?  Igual me estoy perdiendo algo, que me pasa mucho.
Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: saturno en Marzo 25, 2014, 04:37:29 am
gracias,

Equivalente:
Yo en un programa electoral incluiría como punto fundamental la norma de que, para lo público, se establece la no correspondencia entre aporación y derechos, como es "natural" y buscaría votos para subir esa norma hasta la misma Constitución, a uno de esos artículos que no se pueden modificar sin una mayoría abrumadora.    Pero si algún día en España fuéramos todos tan cerdos que la

Aclara, por favor. Sin pasar de un pie al otro.


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¿Algún ejemplo de esas mancomunidades que reparten derechos según coeficiente?  Igual me estoy perdiendo algo, que me pasa mucho.

La mía, Aunque te reconozco que para conseguirlo hay que compincharse con el administrador.

Pero estás balanceándote.
Si tus mancomunidades son tan perfectas en su principio, explicame cómo es posible la crisis que tenemos (= explicáme el rentismo)

Lo que te has perdido en el debate, es que la PPublica no tiene por qué ser otra cosa que la misma propiedad indivisa a la que  aplicas un mecanismo que impide la apropiación. El mecanismo funciona porque separa dos "estamentos" diferenciados de propiedad: la propiedad heredable (=individuos), la propiedad no heredable (=Estado). Es porque estableces explicitamente esa barrera que se vuelve imposible la apropiacion privativa (heradable) de los bienes y providencias públicos.

En definitiva, es lo mismo que tú dices, sólo que lo dices ocultándotelo a ti mismo
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Yo en un programa electoral incluiría como punto fundamental la norma de que, para lo público, se establece la no correspondencia entre aporación y derechos,

Esa "no correspondencia entre aportación y derechos" si la pones del envés, se dice "la providencia pública no implica derecho privativo".

Porque si el rasgo definitorio de la propiedad privada es el derecho de herencia, resulta que la correspondiencia o implicación inversa es que el rasgo definitorio de la propiedad pública es (necesariamente, por definición) que ésta no se puede heredar.

¿Vale? ¿Acabamos de dar con el mecanismo que permite separar intrínsecamente la propiedad privada y la propiedad pública?

Porque esa es la norma de tu programa electoral, es la misma que uso yo, y probablemente, no pueda haber otra. No es materia de opinion, sino de algoritmo social. Acabamos de descubrir un puntero sin inicializar. Ahora toca inicializarlo...

Si no vale, entonces tienes que aclarar más esa norma de tu programa electoral.

Seré paciente.
8)

 
Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: Lego en Marzo 25, 2014, 21:36:26 pm
Yo en un programa electoral incluiría como punto fundamental la norma de que, para lo público, se establece la no correspondencia entre aporación y derechos, como es "natural" y buscaría votos para subir esa norma hasta la misma Constitución, a uno de esos artículos que no se pueden modificar sin una mayoría abrumadora.    Pero si algún día en España fuéramos todos tan cerdos que...
Aclara, por favor. Sin pasar de un pie al otro.

Sólo digo que las normas de financiación y disfrute de un bien mancomunado se configuran mediante el voto de los copropietarios. Con un método diferente según escala.  Es una perogrullada!

Dices estar en una comunidad de vecinos donde el que más paga tiene más derecho de uso del equipamiento común. Flipo. Pues intenta cambiarlo y si eres el único que no le gusta sal de ahí si puedes. Democracia.    Igual a escala país, con 40M copropietarios mancomunados de todo el equipamiento público. Las normas que lo rigen se diseñan en programas electorales (legislativo) que se votan en elecciones, junto que el equipo gestor (ejecutivo).

Decía entonces que eso ya es opción política, una posibilidad dentro mi "esquema de bases" en el que también cabría una propuesta de impuesto de sucesiones como la tuya.  Simple política fiscal, redistribución de riqueza, de propiedad privada de unas manos a otras según criterios políticos. Será un criterio u otro según votos. A eso me refería con que el sistema de bases es políticamente neutro. 




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¿Algún ejemplo de esas mancomunidades que reparten derechos según coeficiente?  Igual me estoy perdiendo algo, que me pasa mucho.
La mía, Aunque te reconozco que para conseguirlo hay que compincharse con el administrador.
Flipo. ¿Qué equipamiento tenéis repartido según cuota? Es simple curiosidad. ¿Hay que compincharse con el Admn para poder usar el equipamiento?  >:(



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Pero estás balanceándote.
Si tus mancomunidades son tan perfectas en su principio, explicame cómo es posible la crisis que tenemos (= explicáme el rentismo)
Fácil. Que el sistema sea "perfecto" (que no lo es) no hace que su uso sea inteligente. El sistema es la herramienta, no el producto.

 No entiendo lo del balanceo. Yo entiendo el concepto de propiedad y de lo público como uno de los pilares de cualquier sistema jurídico. Por tanto habría de estar escrito claramente en alguno de los textos fundamentales del ordenamiento. Que yo sepa la raíz de todo el la Constitución ¿no?  Pues ahí.

Normas derivadas estarán en textos legales subordinados a esta Constitución. Y así habrá leyes orgánicas, leyes normales, reglamentos... en cascada hasta completar el detalle fino de las normas de convivencia y mancomunidad.
Cuanto más alto el nivel de una norma, más difícil cambiarlo.  Par aun reglamento de tu parroquia, igual pedirlo en la asamblea de vecinos.  Para una reforma Constitucional, Referéndum con mayorías simples, absoluta o calificada.   Estas cosas tan básicas que discutimos suelen ser materia de debates constituyentes, y al plasmarse en COnstitución se crea el marco para el debate político subordinado a ella.

Así que ¿Cómo se explica la crisis según mi sistema?  ¡Anda! ¿Acaso se está aplicando mi sistema o programa?  De todas formas, se explica el fracaso actual como cualquier otro: Depende de la gente. Con tanta picaresca, cortoplacismo y, sobre todo, incultura poítica y pereza intelectual, se acaba votando a parásitos, parasitando así el sistema. Si se insiste treinta años es razonable pensar que cualquier sistema jurídico, por elegante que sea, se pudra.

Quizá te refieras a política. A qué cosas pondría yo en mi programa electoral para contener la presión de los HDLGP y los imbéciles. Y para preservar el medio ambiente, sanear la economía, equilibrar la natalidad, humanizar la fiscalidad, racionalizar la asistencia social, recuperar la energía, rediseñar y modernizar la administración, integrarse en EU y en el mundo... progresar.    Me encantaría participar en una redacción de programa. Como soy de ladrillotes, sólo me metería en los fundamentos. Para el detalle de todo eso buscaría aliarme con especialistas en los campos necesarios. Un partido, vamos.  Nada nuevo bajo el sol.

Cuando digo ladrillotes me refiero a que no participaré mucho en debates de detalle jurídico o fiscal porque me mareo. Pero sí que defendería que el partido tuviera la contabilidad y toda la documentación oficial, en-te-ri-ta, online  a disposición de cualquiera. Y que cualquier cargo o trozo del cortijo que un miempbro del partido reciba, haga lo mismo hasta el límite de lo legal y lo seguro. COntabilidad abierta hasta el último céntimo, en tiempo real.   En esos niveles conceptuales es donde me siento cómodo y veo amplio, o eso intento.


Oye, no estoy inventando nada. Me limito a poner lo que más o menos sé que hay (o había) pero en orden según mi inocente sentido común.  ¿Qué es lo que no se entiende? ¿En qué me balanceo?



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Porque si el rasgo definitorio de la propiedad privada es el derecho de herencia, resulta que la correspondiencia o implicación inversa es que el rasgo definitorio de la propiedad pública es (necesariamente, por definición) que ésta no se puede heredar.
Yo no digo que el rasgo definitorio sea el derecho de herencia. Me lío intentando entenderte, te lo juro.

 En mi huevofrito sobre la propiedad van completamente separado el concepto de público/privado y el concepto de herencia por otro, y ninguna combinación o permutación me provoca la mínma fricción conceptual, como intentaba describir ayer.

 Herencia: Cuando un ciudadano muere, puede dejar en herencia a quien decida sus bienes personales. Su nombre será sustituido por el de su herederos en todos los títulos de propiedad en que figurase, tan simple.  Lo que es tuyo tú decides quien lo hereda. El Estado podrá cobrar impuestos de la transmisión según normas votadas.

 De nuevo, lo público es un caso con sutil diferencia. Para lo público, lo de todos, no se designa heredero, lo son todos los copropietarios (ciudadanos) presentes y futuros.  La lógica es simple:
1-al morir le dejarás en herencia "a todos" lo que al nacer recibiste "de todos". 
2- Público="de todos".  Al nacer entras a formar parte del "todos" y al morir lo abandonas. Sin más vueltas.

 Pero el concepto es el mismo:  Propiedad privada transmitida entre particulares según criterio.   (recuerdo que  "público" es una forma de privado, porque pertenece a los españoles y no a los de otros países, es importante.)



Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: Lego en Marzo 25, 2014, 21:43:03 pm
podríamos reducir muchíiisimo los posts.  Un concepto sólo por entrada.  Cada vez me da más pereza leer  y más aún escribir tochos.

Estamos jugando. Pudes pedirme que intente meter en mi esquema un nuevo concepto, como hoy "herencia", sin que rechine. Yo estoy seguro de que no es nada original, de que es bastante intuitivo y cualquiera con dos neuronas podría encajar piezas como yo hago.

O, si es que hay algo que no te gusta en él, preguntarlo, pero te pediría que lo plantearas muy breve:  "Es malo porque implica xxxx y el ejemplo es que yyyyyyy."  Igual me convences de que tiene algún demonio que no veo.

 Y luego hay preguntas de otro nivel. Cómo reformaría yo la ley electoral, o la admon tributaria. Política. Ahí te podría dar sólo ladrillotes, de nuevo, y alguuna ocurrencia personal sobre el detalle.  Algunos previsibles y otros originales. Los debatimos, yo encantado. O los tuyos, como estamos haciendo ahora con tu propuesta de impuesto de sucesiones.

   Es como jugar en tres niveles de la partida a la vez.  Vale, pero siempre que se pueda, de idea en idea, para ir resolviendo. Que no hagan falta quotes.

Yo tengo el foro de página de inicio. En plan rápido puedo leer y postear a lo largo de todo el día.   Además ¿qué prisa hay? Tenemos un par de años hasta el estrangulamiento y diez hasta la TE2025   ;)
Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: saturno en Marzo 26, 2014, 03:11:17 am
Pero cómo interpretas el rentismo

-- como una disfunción accidental, dentro de un sistema idealmente perfecto
   (= con publicar las cuentas de los partidos, es suficiente)

-- o como sintoma estructural, donde el propio sistema es disfuncional, y el rentismo se hace visible al pasar el tiempo.
   (= hay que cambiar la forma de contar ingresos y los gastos -- por tanto, no sólo de los partidos, ¡de todo el mundo!)

Yo parto de la 2a proposicion porque considera el rentismo como estructural. Que el rentismo nos haga colapsar indica que algo no funciona bien en el sistema. Estudiando el rentismo, aprendes a conocer el propio sistema enfermo. Como es su propia enfermedad, el mismo sistema te acaba guiando hacia la solucion.




En cambio, la primera proposicion, que considera el rentismo como un fenómeno acceidental, una especie de parasitismo extraño al sistema, no me explica ni su origen, ni su relacion con el sistema, ni tampoco cómo acabar con el rentismo desde dentro del sistema. En esos casos, hay que matar al huesped antes de que el parásito se convierta en peligro para los demás organismos.

Es decir, si queremos acabar con el parásito, tenemos que destruir al huesped,
Lo tendremos que destruir, porque si no, cuando el parásito mate al huésped, se propagará buscando nuevos huéspedes, y será el fin del sistema.




Dices que quieres participar en un juego.
Pero me parece que das por supuesto que todos vamos a aceptar las reglas que ya tenemos. Hombre, no, veamos primero si las reglas son divertidas.
Porque si las reglas predicen de antemano quien va a ganar, y quien va a perder, no me apetece jugar.




Volvamos al ejemplo que has dado de las cuentas de los partidos.
Estoy de acuerdo contigo. Hay que publicar la cuentas de los partidos.

Pero luego me dices que no hace falta cambiar nada a la forma que tienen esos partidos de entender la contabilidad nacional.

Muy bien.  Dime para qué demonios vamos a publicar las cuentas de los rentistas, si les dejamos seguir llevando la contabilidad de la misma forma que hasta ahora?

Y cuando lleguemos al 31/12/2015 qué hacemos: nos abrimos en canal, para dar más aire a los parásitos que tenemos comiéndonos las tripas, para directemente ayudarles a puedan buscarse nuevos huéspedes?





¡Saludos!
Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: Lego en Marzo 26, 2014, 11:39:27 am
¿Es el rentismo estructural?
 Mi ladrillote: Yo diría que sí. El rentismo es y será estructural porque a los humanos, en general, nos encanta disponer de todo lo que nos apetece con el mínimo esfuerzo posible. Es una manía común a casi todos los seres vivos, así que yo no contaría con que eso vaya a cambiar.   Contenerlo mejor o peor es cosa de cultura política, por resumir. Igual que el deseo de venganza, que hemos canalizado también, delegando el uso de la violencia y la justicia. Son rasgos de civilización.  Creo que intentar reprimirlo sin distinguir rentismos legítimos de los parasitarios es garantizar el fracaso.

¿Como acabar con el rentismo?
Mi ladrillote: El rentismo se regula con la fiscalidad, principalmente, y con los reglamentos del mundo financiero.  El rentismo se desboca porque los reglamentos y leyes lo permiten, incluso lo fomentan al hacerlo más rentable que la capitalización productiva. 

Los detalles de qué cambios habría que hacer en la fiscalidad son debate para entendidos. PPCC es quién de proponer cosas concretas, por ejemplo, no yo. Sería ridículo.  Lo que decía de la transparencia era sólo un ejemplo de las cosas que yo podría proponer en un debate de programa, justo para expresar mis limitaciones.


Aparte, está la definición de propiedad/público/privado que discutimos, los conceptos básicos  del derecho y la economía, nada menos. Semántica par luego hacer política. Es otra discusión diferente, un par de niveles anterior y bastante independiente.  Podemos estar permanentemente discutiendo lo que es "Dinero" y cambiar la sesuda definición aceptada cada mes, sin que ello afecte a la discusión sobre porqué sube el pan. Pues lo mismo.

Al principio del hilo:  ¿Cómo articular los conceptos propiedad pública y privada?
Y yo me apunto al juego e improviso un esquema conceptual de propiedad/público/privado/herencia/diviso/indiviso/... según demanda. Hasta que pifie. No hay más.

Ahora: ¿Cómo cambiar los conceptos de propiedad/público/privado para eliminar el rentismo y el expolio de lo público?
 No hace falta cambiarlos, ni arregla nada hacerlo. Si se puede robar legalmente, cambia la leyes, no el diccionario que usan.

(ya paré de editar)
Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: saturno en Marzo 27, 2014, 17:52:12 pm
¿Es el rentismo estructural?
 Mi ladrillote: Yo diría que sí. El rentismo es y será estructural porque a los humanos, en general, nos encanta disponer de todo lo que nos apetece con el mínimo esfuerzo posible.

¿Como acabar con el rentismo?
Mi ladrillote: El rentismo se regula con la fiscalidad,


Aparte, está la definición de propiedad/público/privado que discutimos, los conceptos básicos  del derecho y la economía, nada menos. Semántica par luego hacer política. Es otra discusión diferente, un par de niveles anterior y bastante independiente.


Al principio del hilo:  ¿Cómo articular los conceptos propiedad pública y privada?
Y yo me apunto al juego e improviso un esquema conceptual de propiedad/público/privado/herencia/diviso/indiviso/... según demanda. Hasta que pifie. No hay más.

Ahora: ¿Cómo cambiar los conceptos de propiedad/público/privado para eliminar el rentismo y el expolio de lo público?
No hace falta cambiarlos, ni arregla nada hacerlo.[/b] Si se puede robar legalmente, cambia la leyes, no el diccionario que usan.

Lego, releete, no entiendo donde está la coherencia de lo que dices.
(El rojo es mio)




Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: Lego en Marzo 27, 2014, 18:47:48 pm
No hace falta:
En absoluto es necesaria una revisión del concepto de propiedad para atacar el rentismo. Se regula con normas fiscales y financieras ad hoc. Nada conceptual: cambiar desgravaciones, impuestos, límites...  Y alguna cosilla relativa a la opacidad financiera.

PPCC u otros foreros mejor preparados que yo podrían darle ahora mismo media docena de "pequeños cambios" en sitios clave que acabarían con las expectativas de rentismo parasitario de cuajo.   Está la historia del foro llena de ellas.


No arregla nada:
Cuando esas normas se incumplen o son adulteradas por politicos (electos), el rentismo se desboca.

Cambiar el diccionario y reformular en consecuencia las leyes no impedirá que:
  - Las nuevas normas sean incumplidas por afines al poder, impunemente.
  - Cargos electos adulteren la nueva normativa sea cual sea el espíritu de la ley, igual que ahora.



 Y es normal que no haga falta ni arregle nada porque, en realidad, la discusión sobre el concepto de propiedad está a varios niveles de diferencia, en muchos aspectos, de la discusión sobre el IBI idóneo para segundas viviendas, o del origen de la impunidad.

No sé explicarlo mejor.

¿Puedes explicarme tú a mi la incoherencia? No la veo.
Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: saturno en Marzo 27, 2014, 21:00:36 pm
Lego, la hipotesis de este hilo es la propiedad estructural
Acabas de decir que "crees" que el rentismo modelo de propiedad es una estructura básica del sistema social/economico

La interpretacion que le damos al rentismo, sin embargo, es diametralmente opuesta:

Dices_>Se regula con normas fiscales y financieras ad hoc.

No dudo que tú,  ppcc y otros piensen en medidas fiscales conformes al modelo  (estructural) de propiedad que ya tenemos.
Eso  significa que tú piensas,  (con  pppcc y otros) que el éxito de esas medidas depende de factores ajenos (¡morales!!??)
Es decir, no veis ninguna posible relacion entre el éxito de las medidas fiscales y el modelo (estructural) de propiedad que tenemos.

Dicho de otro modo, no os planteáis como hipotesis que el modelo (estructural) de la propiedad que tenemos sea insuficiente.
Que esa insuficienta sea exactamente eso que llamamos "rentismo improductivo abusivo".
Esta seria una hipotesis de tipo determinista, donde  causa y efecto tiene principio y fin dentro del sistema.

Tu hipotesis con ppcc, es de tipo "moral ajena" o deus-ex-machina, donde la causa (moral) del rentismo es ajena al sistema.
Me parece bien que creas (con ppcc y muchos foreros) que el rentismo se explica por razones sicologicas o morales.
Pero esa creencia no aporta nada, porque es una afirmacion moral (fiscalizadora de cualquier otra tesis) que no busca identificar determinismos dentro del modelo (estructural) de la propiedad.

Y, como toda interpretacion en nombre de una moral ajena, las medidas se reducen siempre a un "represion fiscal ad-hoc". Ad-hoc significa en nombre de la moral ajena. Hay una moral adecuada, y otra errónea. Ad-Hoc significa represion. No significa resolucion.







Según mi hipotesis determinista,  desarrollando y completando el modelo (estructural) de propiedad, es  posible no ya aplicar medidas fiscales eficaces (sin recurrir a la "moral ajena") sino incluso hacer innecesarias la maayoría de las medidas morales, fiscales y politicas que tenemos

Mi hipotesis es que el rentismo no es un abuso de "moral ajena", sino una determinada consecuencia del sistema (estructural) de propiedad que tenemos. Por lo que antes de crear medidas fiscales, quiero preguntarme si el modelo (estructural) de propiedad tal y como lo tenemos, tiene fallos.



Entiendes esta linea ?

No sé cómo vamos a poder discutir (en este hilo) de los arbitrios morales y fiscales de los rentistas, dado que eso es lo
único que queda si no acabas de aceptar que el modelo (estructural) de propiedad puede determinar el rentismo.

Sobre tales  arbitrios no hay nada que negociar; es como la vision de Dios o la Verdad: dios o la verdad son únicos,  pero cada uno los ve como quiere. Por eso dios (o la verdad) no tienen nombres pronunciables, no son  sujeto (ni predicado) sobre los que se pueda comunicar


La hipotesis, aqui, es que el rentismo es intrínseco al modelo (estructural) de propiedad. Que dicho modelo se puede transmitir, comunicar, estudiar, y designar en términos sociales, historicos, economicos. Que su estudio se puede hacer conformemente a las reglas de la lógica, y que su descripcion permite explicar fenomenos y comportamientos historicos, economicos, sociales.




___

Conste, quiero decir que este dialogo ha conseguido dejar claro que mi planteamiento sobre el rentismo  es absolutamente determinista. Por ejemplo, el rentismo no lo vas a resolver con cruces y mantillas, invocaciones a la moral intergeneracional ni la politica de USA o la UE. Para eso ya tenemos el PP y otras ideitas del PSOE que vienen ellos mismos determinados por el modelo(estructural) de propiedad..

Si me empujas, diré que para eso ya tenemos al propio PPCC, aunque él no se plantea aportar soluciones, sólo explicar lo que hay. Él es un poeta de la economia, y le sale a cuenta integrar la moral de su tiempo en su análisis, para buscar relaciones. Yo habito luego esas palabras del poeta, y me propongo hacer sociedad, me propongo cambiar mi tiempo : con herramientas. Nada de metáforas ni moral :)

Así a lo que voy es a fijarme en el propio modelo estructural. Y mirar qué fallos tiene. Y por donde rectificalros.

Estoy buscando el puntero sin inicializar dentro del programa porque tengo la pantalla llena de grasa de cerdos

Estoy intentando depurar el algoritmo, limpiar la pantalla

Estoy intentando divertirme  8)


Saludos






 
Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: Lego en Marzo 28, 2014, 01:58:23 am
Bueno, para mi la propiedad como la conocemos y la herencia no es moral ajena.  Reconozco sentir instinto de la propiedad y de prioridad de los míos. Los noto como naturales, reptilianos como el sexo, pero también he dudado si serían adquiridos por educación,  memes.   Luego viendo documentales de la 2 se me ha quitado esa idea de la cabeza.

También noto fuerte instinto de cooperación y empatía, y de la justicia. Y de nuevo los documentales me han sugerido que eso también es auténtica naturaleza humana.  Luego otras lecturas te van enseñando lo delgada que es la capa de civilización.

Por eso creo que intentar un esquema jurídico que niegue la propiedad está destinado al fracaso porque va contra la naturaleza humana y sólo se puede imponer con represión.  De hecho, su peor pecado, para mi, es que niega el instinto de colaboración y empatía, lo destruye al evitar que salgan espontáneamente. ¿Cuándo ha funcionado algo así sin las armas forzándolo?

También reconozco que las normas morales con las que más o menos voy canalizando esos y otros instintos son aprendidas. Al principio mchas me parecían absurdas o arcaicas pero luego con los años le he encontrado el sentido a bastantes y algunas que negué hasta la treintena al final he tenido que reconocer que los abuelos tenían toda la razón. Esas que quedan ya no son moral ajena, es mia. Si está sesgada por algo es, sobre todo, por mi propia experiencia de la vida.

Así que sí, creo que el rentismo parasitario es estructural en la sociedad, así como la violencia, la desigualdad o el borreguismo, y que es necesario establecer normas realistas que los mantengan a raya, canalicen o repriman de forma inteligente y realista.

Que el expolio sea estructural, en democracia, depende directamente de los votos. Si lo prefiere, del borreguismo estructural.  Fíjate que ahí al norte han tenido décadas de progreso con rentismos y desigualdades muy contenidas sin tener que inventar nada revolucionario, solamente que la gente está más por la labor. Menos picaresca estructural. Es eso.
Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: sudden and sharp en Marzo 28, 2014, 08:39:40 am
Me lo traigo del hilo del rescate. Sobre herencias.

España recauda poco y mal
http://elpais.com/elpais/2014/03/26/opinion/1395864581_266766.html (http://elpais.com/elpais/2014/03/26/opinion/1395864581_266766.html)
La tributación española tiene tipos nominales elevados, pero muchos mecanismos de elusión fiscal. La estructura impositiva desincentiva el empleo y el ahorro y desaprovecha los impuestos sobre el consumo
Fernando Fernández Méndez de Andes
Citar
...
Todo ello nos lleva a proponer el aumento de la fiscalidad sobre la tenencia de vivienda y a disminuir la imposición sobre su transmisión. Conscientes de que la realidad actual responde a muchos años de incentivos en una sola dirección (la compra de vivienda) proponemos una adaptación gradual al nuevo escenario. Y con un régimen generoso de excepciones para los sectores más desfavorecidos y las viviendas de menor valor. Pero es cierto: queremos desincentivar que la gente ahorre en ladrillo y que ahorre para su vejez, no para sus hijos.
...


Interesante artículo de uno de los sabios que han hecho el informe de reforma fiscal. Tiene más cosas, pero me ha llamdo especialmente la atención lo que remarco en negrita.

Aparentemente, van a buscar que no puedas  dejar nada, que te lo gastes todo (por necesidad).
Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: Lego en Abril 04, 2014, 00:02:48 am
Citar
Una providencia pública, ¿debe o no debe considerarse patrimonio del individuo?

Pues depende...

Si le has dado alojamiento al jubilado en una residencia de propiedad pública, sigue siendo pública. Se la has prestado, en eso consiste la prestación, en prestarla, y nunca dejó de ser pública así que no tiene que "volver"

Lo que le des en propiedad pasa a ser de su propiedad. Por ejemplo, la paguita.  Si luego le pides a sus hijos que la devuelvan ya no es una prestación, es un préstamo. Un crédito que hay que devolver.

Se me hace rarísimo verlo tan claro y "de cajón"  y que nadie más lo vea así.
Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: saturno en Abril 05, 2014, 02:30:51 am
Un crédito se negocia (-- privativo)

Una providencia es un derecho (-- público)

8)


¡Y no me salgas ahora con que los derechos públicos "se negocian"!
La diferencia está en que son públicos.

Por eso también, porque el crédito es privativo, no puede ser un derecho.

Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: Lego en Abril 05, 2014, 12:06:10 pm
Un crédito se negocia (-- privativo)
Una providencia es un derecho (-- público)
¿Privativo equivale a privado?  Si no es eso aclárame, please. Entiendo que es eso y sigo;

Un crédito se negocia, por supuesto. La fuerza de cada parte en la negociación depende de muchas cosas.
Y eso es así para prestatarios individuales (crédito consumo), colectivos (crédito a empresa con socios), o públicos (deuda del Estado)

Así que no sé qué quieres decir con esas dos frases, ni qué tiene que ver con lo que yo exponía, que es sencillísimo.

Citar
¡Y no me salgas ahora con que los derechos públicos "se negocian"!
La diferencia está en que son públicos.
¿Los derechos públicos te refieres a los derechos de cada uno de nosotros? ¿O a alguna clase de derecho que tiene el Estado que le permite hacer cosas que no se le permiten a particulares?

En cualquiera de los dos casos, los derechos en democracia salen de donde salen. De una ley que es producto último de los resultados electorales, del debate político de los ciudadanos. Esa es la "negociación" que tienen, si uno quiere llamarlo así, pero una vez es ley ya no sé qué más hay que negociar. La ley es justo eso, está pre-negociado.

Citar
Por eso también, porque el crédito es privativo, no puede ser un derecho.
¿?  ¿Porqué lo privativo no puede ser un derecho?  ¡No entiendo nada!

¿Podrías poner en muy poquitas líneas que yo entienda, lo que entiendes por "privativo" y por "derecho", para poder seguir? Qué críptico eres, Saturno.

Edit: De todas formas, lo que yo quería decir era sólo que si la paguita o las medicinas que me de el Estado tendrán que pagarlas mis hijos, yo no las quiero, y que eso ni es prestación ni es solidaridad no es nada. Conmigo que no cuente el Estado para nada que no me obliguen por la fuerza.
Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: saturno en Abril 05, 2014, 13:27:57 pm

Edit: De todas formas, lo que yo quería decir era sólo que si la paguita o las medicinas que me de el Estado tendrán que pagarlas mis hijos, yo no las quiero, y que eso ni es prestación ni es solidaridad no es nada. Conmigo que no cuente el Estado para nada que no me obliguen por la fuerza.

AHI TE QUERIA YO LEER
Je,je.

¿Estás de acuerdo en pagar impuestos?
-- Si:  Llamamos bienes publicos la partida correspondiente en la Contabiliad Nacional
         Fijate en un detalle: esa partida se VOTA en Parlamento, es un PRESUPUESTO: una meta a conseguir-
         Se vota primero el presupuesto, y después se calcula el impuesto para conseguirlo
         El presupuesto publico se calcula sobre unos ingresos fiscales a futuro

- No: Niegas el caracter público de la partida de impuestos. Para tí es un expolio que te quitan por la fuerza.
         El voto parlamentario del presupuesto es un brindis al sol, y a los parlamentarios, que los guillotinen.
         El Presupuesto del parlamento es necesariamente un ROBO, porque no depende de ingresos pasados.
         Los "ingresos" del Estado deben depender de los ingresos pasados de los ciudadanos
         Igualito que en una mancomunidad.


Es tambien la diferencia entre mancomunidad (bienes privados en indivision, administrados por coeficiente)
y bienes del Estado (bienes publicos regulados por derecho, en igualdad de derechos),


Lego, cuando dices que todo depende del voto, yo contesto que sí,
Pero tu voto, para qué lo quieres exactamente -- ¿Estás de acuerdo en pagar impuestos?

Independientemente de si te parece correcta o no la forma de computar el  impuesto
cuando los pagas, ¿lo haces por decision voluntaria tuya, o porque te coartan?

¡Saludos!



P.S.:
Para mí, el caracter público o privado indica sólo el sentido del flujo de rentas en el mapa PIB3D
Son rentas publicas  todas las que ascienden via bombeo de impuestos hacia el Estado.
Son rentas privadas todas las que descienden via servicio/produccion a la ciudadania.

Yo sólo me pregunto por qué magia las rentas publicas se deben privatizar, en lugar de conservarse publicas.



 

Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: Lego en Abril 05, 2014, 13:50:21 pm
Claro que estoy de acuerdo y encantado de pagar impuestos, si veo que se usan para lo que son, y feliz de remar con fuerza en un rumbo que no marco yo sólo pero cuple el contrato social.

Colaboraré sólo lo que me obliguen si mis impuestos son destinados a lo que yo considero perverso. El "Que consuma y que invierta su puta madre" de PPCC. Tal cual, y no sabes hasta qué punto lo ejerzo desde hace años.

Yo sólo digo que si mis medicinas y mi pensión no son solidaridad, si no un crédito que habrán de devolver mis hijos, pues que yo no les haría eso. Y cotizaría lo mínimo posible para ese sistema que no entiendo y me parece un horror.

Los impuestos para la solidaridad es propiedad privada que el Estado canaliza de los que tienen hacia los que no tienen. Nunca deja de ser privada. El Estado sólo las redistribuye. Se puede decir que entre que uno paga el impuesto y el otro recibe la solidaridad, ese dinero es propiedad de todos y por tanto "público" y claro, entonces al entregarlo te parece un expolio de lo público.  NO ES EXPOLIO, ES DAR AL QUE NO TIENE y hemos votado entre todos que así se haga. 

Expolio de lo público es regalarle el equipamiento, el dinero o el uso de lo público a un amiguete. O a quien sea, sin el consentimiento expreso de sus dueños que somos todos.
Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: Lego en Abril 05, 2014, 14:03:58 pm
Sin entrar en conceptualizaciones que me desconciertan:

¿Tú dejarías que te aplicaran un tratamiento carísimo de una enfermedad o accidente, si eso supone que tus hijo se quedará sin poder heredar la casa que has pagado con tu esfuerzo, que tendrá que venderla a alguien con más dinero?

¿Tú que harías si las cosas fuesen como propones? ¿Cogerías jubilación? ¿Servicios?

Ademas, si todo hay que devolverlo ¿Qué es lo que se financia con los impuestos?  ¡Si lo estás financiando tú! 

A nivel concptual, pero por favor sin complicarse.

Yo entiendo una clara diferencia entre DAR (para siempre) y PRESTAR (con devolución). Y entiendo que hay cosas que lo lógico es DARLAS como la paguita o la sanidad que pagamos entre todos,  y otras que lo lógico es PRESTARLAS, como una vivienda pública o una plaza en el hospital donde te DAN una operación. Y ni tú ni tus hijos han de pagar ni la operación ni la cama ni la paguita, porque ya han sido pagadas con los impuestos. (Que si es así, yo pagaré encantado)



Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: Lego en Abril 05, 2014, 14:19:29 pm
Iimprovisando unos ladrillotes para encajarlos en mi naif esquema de fundamentos, e incluir en él  los conceptos que introduces en la conversación.   Como siempre, busco que este armazón funcione bien en la escala pequeña y en la grande. El armazón. Los detalles cambian con la escala.


- Dos personas negocian una relación, sea comercial o de otra índole, y si llegan a un acuerdo lo plasman en un papel y al firmarlo y rubricarlo se convierte en un contrato que habrán de cumplir los dos. El contrato es el producto de la negociación y plasma los derechos y deberes que adquiere cada parte respecto a la otra.  Cada derecho para una parte implica una obligación (o prohibición) para la otra parte.  Derecho/deber son conceptos complementarios, como padre/hijo o dar/recibir.

- Las Legislación es el "contrato social" y sigue el mimo esquema.  Sale de una negociación colectiva llamada debate político y lo firmamos todas las partes también. La diferencia es organizativa por escala, como siempre. Se podría decir que lo que hacemos es firmar todos (con los votos) unos papeles en blanco sobre los que unos representantes de las partes escribirán los derechos y las obligaciones (o prohibiciones) que adquirimos los firmantes (ciudadanos).

La convivencia de seres con instintos simultáneos de competencia y cooperación debe contemplar ambos.

- Entre los derechos que nos reconocemos todos a todos está el de propiedad.

También hay parte del contrato social, de la legislación, que plasma el acuerdo de solidaridad, la cooperación y empatía. Y así nos dotamos de estructuras como las pensiones o la asistencia social, o la sanidad pública.  La creación y bases de estas estructuras se establecen en los documentos de más alto nivel (Constitución o leyes orgánicas) y sus detalles se ajustan en leyes de menor rango y reglamentos, que son más dinámicos porque dependen más de la visión particular de cada firmante y porque han de ser más adaptables a las circunstancias.

- Hay una parte del contrato social que regula el uso y gestión de lo que es propiedad de todos.  Entre esos párrafos están los que definen qué recursos se destinan a solidaridad, a quién y cómo, si es en propiedad o en cesión de uso.  Por ejemplo a qué ancianos se le da paga, que pasa a ser de su propiedad para siempre, y su cuantía.  También a quién se le concede el uso de una vivienda pública, o ocupar una cama de un hospital público mientras lo necesite.

A comer, que huele fenomenal y ya no me concentro   ;)




Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: saturno en Abril 05, 2014, 14:22:09 pm
Lego: otra vez = Los derechos publicos no se heredan.

NO ES UN CREDITO PRIVADO, NO ES UNA DEUDA PRIVADA. SÓLO SE HEREDAN LOS DERECHOS  PRIVADOS

Los drechos publicos no se puede heredar. Es la diferencia con los derechos privados.
No se puede heredar a favor, y tampoco se puede heredar en contra

Si un moribundo recibe por valor de 1Meuros en servicios publicos, a su muerte,
-- le quedan 5000 euros, el Estado recupera 5000 euros porque no hay más
-- le quedan 5.MEuros,, el estado recupera 1 Meuros, y los 4Meuros restantes son privados


los derechos publicos no se heredan, tampoco se transmiten las deudas a sucesores

La herencia es lo que marca la frontera entre lo publico y lo privado.
En el Antiguo Régimen, en Roma era el derecho de Herencia lo que marcaba la categoria social.
En el derecho Moderno, el derecho público se ha independizado del derecho privado.

De la libertad del Señor feudal (eres libres dentro de mis dominios) hemos pasado hoy al derecho autonomo que decimos "publico" (somos libres independientemente de cualquier dominio, raza, o religion)

Uf.

(Seguimos hasta que lo entiendas.  Mientras, vamos aprendiendo también.)
Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: Lego en Abril 05, 2014, 20:38:31 pm
Dices "La herencia es lo que marca la frontera entre lo publico y lo privado." Y yo no lo entiendo. Para mi la herencia es una transmisión de propiedad de unas manos a otras. Y la frontera entre público y privado es que lo público es de todos los ciudadanos y lo privado no.

Dices "Los derechos públicos no se heredan."  Tampoco lo entiendo. Yo diría que se heredan las propiedades. Los derechos no se heredan porque no son una propiedad. Son parte de un contrato social.  Que la propiedad es un derecho entre otros.

... y lo mismo casi con cada línea que me pones.

¿Sabes?  Yo creo demostrado que tenemos tan diferentes estilos de pensamiento y construcción conceptual que podríamos estar mil años dando vueltas hasta acabar de los nervios.

A ver...  Hay algunas cosas que yo, intuitivamente se me antojan apropiadas y razonables (como que la pensión no hay que devolverla, por ejemplo), y si me pongo a construir el armazón conceptual que les da sentido, me salen cosas como las que voy improvisando y encajando en lo que llamo "mi esquema". Y todo me funciona bastante bien, coherente y sencillo para mi.

Tú propones algo concreto (la devolución de las pensiones, por ejemplo) que a mi, intuitivamente me parece mala idea.   Y cuando intentas explicarme cómo llegas a eso, el armazón, soy incapaz de asumirlo.  No es que no esté de acuerdo. Es que no entiendo ni la lógica, ni la gramática, ni los enunciados. No entiendo las frases sencillas, ni la relación entre ellas.  Definitivamente somos universos mentales muy distintos.

Por eso al final te pedía un caso práctico, ya que la teoría no me entra.  Ahora me lo has puesto y ¡!¡einnnn???!¡! ¿Por qué me has tenido nosecuántos posts pensando que el heredero tendría que vender su casa o herencia?  Joer! Ya podías haberme dicho hace tres iteraciones, la primera vez que protesté por eso,  "Eh,  tranquilo, si no lo tienen no pasa nada, no tendrían que vender la casa, es sólo si hay liquidez".   En fin... Pa'bernos matao.  ::)  Pero al menos ya sabemos cómo entendernos. Dejando de lado la filosofía y con ejemplos prácticos. Estupendo.


 Vale, no es entonces una idea satánica como yo pensaba. ¡Estabas emezando a darme miedo!  ;)  jeje  Pero sigue sin gustarme mucho.

Preguntas:

 ¿No equivale eso a hacer las prestaciones means tested?  Si al que tiene pasta no le das ninguna pensión y le cobras la sanidad íntegra, cuando se muera ya no tienes que pedirle nada y  todo sería mucho más sencillo.

Pero... ¿No significaría eso que los contribuyentes ricos, a pesar de pagar más impuestos que los otros para pensiones y hospitales, luego no tienen pensiones y tienen que pagar el hospital como no hubieran contribuido? 

Se aplique vía intervención de herencias o vía means tested, en esencia se trata de una especie de progresividad fiscal exponencial. Símplemente eso, no necesito revisar mis conceptos de público privado propiedad providencia o derecho para conceptualizarlo.

Me parece excesivo, creo que tendría efectos secundarios negativos. Los genéricos de la hiperfiscalización.


EDIT:  Perdón, no.  No es igual que una hipertasación.  Haciéndolo vía herencia, uno puede escaquearse renunciando a toda su liquidez.  Dudo que eso sea bueno.  Sí, puede que eso reactive la economía y además se recaudan impuestos con ello. Los efectos negativos son evidentes, pero antes de ir con ellos, permíteme una pregunta más para estar seguro de entenderlo.

¿Si la gente empieza a gastarse todo en cuanto tiene un achaque serio (sea en cosas útiles para la familia o en viajes o en drogas y lumis, hasta que no quede dinero pero sí cosas, ¿Qué se hace?

Si puedes escoger en dejarle a tus hijos coche, piso y masters del universo o que se lo lleve hacienda...  A los muy ricos les dará igual, porque si tiene 5M y te quitan 1M sigues siendo rico y no por eso vas a derrochar 5M.

Pero el que se vea  con, pongamos cien mil de liquidez  ¿clase media?, lo tendrá claro. Dejarle algo a tu hijo o no dejarle nada.

¿Es eso de lo que se trata? ¿De hacer que toda la  liquidez disponible de la clase  media se inmovilice en propiedades a cada generación ?


 
Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: saturno en Abril 06, 2014, 03:03:04 am
Bueno, creia que el caso práctico ya lo había puesto unas cuantas veces al principio del hilo, (las medicinas)

Me he ido a buscar una contestacion que le hice a Pringaete que también se rascaba el cogote son esto de la Hipoteca Cívica
http://37.123.112.29/transicion-estructural/ppcc-pisitofilos-creditofagos-otono-2013/msg96119/?topicseen#msg96119 (http://37.123.112.29/transicion-estructural/ppcc-pisitofilos-creditofagos-otono-2013/msg96119/?topicseen#msg96119)

Más tarde releeré lo que dices/preguntas y contesto.

De todos modos, creo que la dificultad no está en la forma de pensar.
Yo tampoco sé definir qué es lo publico/privado. Lo repito desde que abrimos este debate.

En cambio, sí percibo una DIFERENCIA entre lo publico y lo privado.
Y mejor: sé que la percibimos todos por igual. Pero como en el fondo es sólo dinero, cuando bajas al detalle, se deja de ver.


Es como la marea. El mar es siempre el mar. Pero decimos que la "marea" sube y "baja"
Del mismo modo, decimos que la riqueza de las naciones es "publica" en un cierto momento
y luego decimos que es "privada" en otro momento.,

¿Cómo distingues?
Distingues por la herencia. Lo que se "debe" heredar es privado. Lo que no se "debe" heredar, es público.

Pero el problema es que a pesar de que no "debemos", lo hacemos a pesar de ello, porque "podemos", porque no se nos ocurre decir : -- ¡eso es rentismo ppciano!.

Por derechos publicos, que deberían contabilizarse y reclamarse post-mortem me refiero a
-- pensiones no contributivas
-- sanidad no contributiva (fuera seguros privados, incluso mútuas)
-- educacion pública

... y todo lo que a Hacienda y al Legislador (=nosotros) se les ocurra para cuadrar cuentas,
con un límite universal y absoluto: LA PROPIEDAD PRIVADA, NO SE TOCA.

(buenas noches)
Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: saturno en Abril 06, 2014, 03:14:28 am
Y este anterior a Republik

http://37.123.112.29/transicion-estructural/ppcc-pisitofilos-creditofagos-otono-2013/msg96041/#msg96041 (http://37.123.112.29/transicion-estructural/ppcc-pisitofilos-creditofagos-otono-2013/msg96041/#msg96041)

La verdad es aquellos días estaba ya entreabriendo la cortina....

Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: Lego en Abril 06, 2014, 16:57:11 pm
Cita de: Saturno
-- Por dejarles la casa, por supuesto que no hay donación de providencias  de una generación a otra.
   Lo que se hace es recomputar  la Hipoteca Social de los hijos de acuerdo con lo que el Estado
    deja de recuperar  del padre..
   
-- O más sencillo requalificas la vivienda en vivienda social, a precio de alquiler para pobres de solemnidad.
   de tal forma que reduces en proporcion la Providencia que les tienes que dar por ser pobres..
¡Ah!  ¡Entonces sí que pierden la propiedad de la casa!  La única salvedad es que si son pobres no se les echa, se les alquila lo que era de ellos. Y si no pueden pagar el alquiler no hay problema, pero lo deben.  Por supuesto, esa deuda sí que se hereda.


Citar
El Estado abre de este modo una via interesante para  constituirse un parque de  vivienda social
con bicho incluido ¡sin necesidad de comprarla!,
Si funciona, en veinte años la mitad de los tochos del país serán del 1%, y la otra mitad estarán en manos del Estado, que alojará en ellos a los mismos que ha desahuciado. Camino de un sistema dual comunismo/oligarquía en guerra abierta.


Citar
La herencia, en todo caso, es lo que queda después de que el Estado recupere los providencias de que gozó el difunto, y solo después por cierto, se aplica el impuesto de transmisiones, cuando lo hay.
Increíble... Y luego, si queda algo, impuesto de sucesiones.


Citar
Si te mueres antes de recuperar las supuestas cotizaciones, esa diferencia a favor tuya, el Estado no la revierte a tus hijos. Precisamente porque nunca han sido una donacion.
El mítico "Cara yo gano, cruz tú pierdes ".



Flipo. Propones que la única propiedad ética es la del Estado, que la propiedad no se hereda pero las deudas sí, que si tienes dinero pagas impuestos pero no te dan derecho a nada.

Propones, en esencia, un proceso de reversión de la propiedad privada de abajo a arriba. Con métodos para conseguirlo simétricos a los que hoy usan las élites extractivas para el proceso inverso, apropiarse de lo público. Y, para mi sensibilidad, con métodos igualmente crueles. 

Un sistema que no necesito conocer más para estar seguro de que  lleva a una guerra económica y social porque, para mi concepción del mundo, es un infierno que pretende modificar la naturaleza humana mediante la ley y sólo puede acabar mal.

Con una justificación conceptual que usa significados y relaciones que no tienen nada que ver con mi vocabulario y lógica, y por tanto  completamente ininteligible para mi.   Con los tweaks necesarios para poder concluir siempre que  "lo mio no es tuyo y lo tuyo tampoco", en simetría con el "Lo mio es mio y lo tuyo también" que ahora sufrimos.

Obliga a los jóvenes (salvo a los que aún estén por encima de la marea, riquísimos)  a empezar a todos desde cero, quitándoles cualquier clase de capitalización que pudieran heredar. O eres un portento o estás anclado, olvídense de una escalera social que permita a una familia progresar poco a poco, de abuelos a nietos, haciendo las cosas con sentido común.  Nada de eso.  ufff  Yo creo que has sido poseído por tu nick   :o


Es broma, sé que eres de buenas intenciones, pero, sin duda, universos paralelos es poco, yo creo que procedemos de big bangs diferentes.  Dices que así es todo más justo porque es del Estado, pero al principio niegas que el Estado sea propidad de los ciudadanos.  Definitivamente creas un Estado monstruo que, en vez de ser nuestro, es nuestro dueño.


Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: saturno en Abril 06, 2014, 23:28:49 pm
Huy,,, Otro Pringaete... (perdon a Pringaete :)

Cita de: Saturno
-- Por dejarles la casa, por supuesto que no hay donación de providencias  de una generación a otra.
   Lo que se hace es recomputar  la Hipoteca Social de los hijos de acuerdo con lo que el Estado
    deja de recuperar  del padre..
   
-- O más sencillo requalificas la vivienda en vivienda social, a precio de alquiler para pobres de solemnidad.
   de tal forma que reduces en proporcion la Providencia que les tienes que dar por ser pobres..
¡Ah!  ¡Entonces sí que pierden la propiedad de la casa!

La casa está a nombre del difunto.
Otra cosa que sea propiedad privada o pública.
Si su valor es inferior o igual a las providencias recibidas, se liquida (o se gestiona como parque público.

En cuanto a los hijos no pueden perder una propiedad que no es suya.
Y menos la pierden si su difunto ni siquiera era propietario "privado"
(Fin de tu argumento :)

Citar

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El Estado abre de este modo una via interesante para  constituirse un parque de  vivienda social
con bicho incluido ¡sin necesidad de comprarla!,


Si funciona, en veinte años la mitad de los tochos del país serán del 1%, y la otra mitad estarán en manos del Estado, que alojará en ellos a los mismos que ha desahuciado. Camino de un sistema dual comunismo/oligarquía en guerra abierta.

1) Tu argumento sólo tiene sentido si la mitad de tochos del país, se han pagado con providencias publicas (sic)

2) Ese 1% no pinta nada aquí, porque no recibe providencias (sic)

3) ¡Oiga!
Si has leido bien, se constituye (constituiría) mecánicamente un parque de tochos publicos
 
Pues no quedamos en introducir el 99x99x99??
Pues ahí. El tiempo que se nos mueran todos los T que se han pagado lacasa chupando de providencias.


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La herencia, en todo caso, es lo que queda después de que el Estado recupere los providencias de que gozó el difunto, y solo después por cierto, se aplica el impuesto de transmisiones, cuando lo hay.
Increíble... Y luego, si queda algo, impuesto de sucesiones.

Citar
Si te mueres antes de recuperar las supuestas cotizaciones, esa diferencia a favor tuya, el Estado no la revierte a tus hijos. Precisamente porque nunca han sido una donacion.


El mítico "Cara yo gano, cruz tú pierdes ".



Flipo. Propones que la única propiedad ética es la del Estado, que la propiedad no se hereda pero las deudas sí, que si tienes dinero pagas impuestos pero no te dan derecho a nada.

No hombre. Digo que si pagamos impuestos para que su distribucion sea apropiada por rentistas, caben dos actitudes:
-- que mejor será dejar de pagar impuestos (=Lego dixit)
-- que mejor rectificamos algunas cosas para evitar que la distribucion de esas rentas publicas se haga "privatizandolos", a la manera rentista


[/quote]


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Propones, en esencia, un proceso de reversión de la propiedad privada de abajo a arriba. Con métodos para conseguirlo simétricos a los que hoy usan las élites extractivas para el proceso inverso, apropiarse de lo público. Y, para mi sensibilidad, con métodos igualmente crueles. 


Mira. Puede que esa sea la idea.
Pero yo lo veo en plan Judo: usar la fuerza de tu adversario para tumbarlo.


Ahora, la valoración moral la pones tú. Y te conduce a salirte de la lógica del argumento para hacer pontificaciones morales.
Pero al final, hay que comer, vivir, reproducirse, y morir. Y hacerlo en PAZ.
 
Yo sólo hago números para conseguir el 99x99 eliminar rentistas y desarrollar el Capital.
Y construir un patrimonio público que se distribuye, pero no se hereda.

Y sin violencia.
Incluso propongo aumentar las pensiones, y facilitar las paguitas a todo quisque.
Porque, total, bastará esperar a que se mueran para recuperarlas.

Es mejor que Solyent Green, como perspectiva. me parece.
Y Más divertido.

Creo que a PPCC le gustó mucho la idea de tener viajes pagados al Carnaval.

Mientras las providencias públicas, al público retornen, si lo únic que quiere la gente es dinero, langostinos y espectáculo, pues se lo damos, y a los demás, que nos dejen trabajar.

Y educar a los que aspiren a otra cosa.
8)


Citar

Un sistema que no necesito conocer más para estar seguro de que  lleva a una guerra económica y social porque, para mi concepción del mundo, es un infierno que pretende modificar la naturaleza humana mediante la ley y sólo puede acabar mal.

Con una justificación conceptual que usa significados y relaciones que no tienen nada que ver con mi vocabulario y lógica, y por tanto  completamente ininteligible para mi.   Con los tweaks necesarios para poder concluir siempre que  "lo mio no es tuyo y lo tuyo tampoco", en simetría con el "Lo mio es mio y lo tuyo también" que ahora sufrimos.

Obliga a los jóvenes (salvo a los que aún estén por encima de la marea, riquísimos)  a empezar a todos desde cero, quitándoles cualquier clase de capitalización que pudieran heredar. O eres un portento o estás anclado, olvídense de una escalera social que permita a una familia progresar poco a poco, de abuelos a nietos, haciendo las cosas con sentido común.  Nada de eso.  ufff  Yo creo que has sido poseído por tu nick   :o


Es broma, sé que eres de buenas intenciones, pero, sin duda, universos paralelos es poco, yo creo que procedemos de big bangs diferentes.  Dices que así es todo más justo porque es del Estado, pero al principio niegas que el Estado sea propidad de los ciudadanos.  Definitivamente creas un Estado monstruo que, en vez de ser nuestro, es nuestro dueño.


Descuida.

Si, mi nick es el mejor resumen de lo que soy,
Si ya Goya pudo elegirlo, me dije que quizás no era el único en comprender en qué época (o mundo) me toco nacer. Claro que TE.net no existía aún.

Oye, -- ¿Nos dejamos de mi sentido de la moral?

Quizás nos explicas ahora a donde te lleva el sentido de TU moral (la que transparentas a pesar tuyo) y cómo concebir las providencias del Estado en plan comunidad de vecinos puede producir algo diferente de lo que conocemos como "hispañistan"

¿Magia?  ¡Ah! ¡Ah!
8)

Saludos!
Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: Lego en Abril 07, 2014, 00:07:58 am
Saturno, el estado ya es dueño de miles y miles de casas para darle alquiler social a todo el que lo necesite dos veces, no necesita hacerse con más. Si hemos rescatado media burbuja...

Es quedarse con casas habitadas evitando que las hereden quien vive en ella.   Que pasa a tener que pagar alquiler o vender a quien pueda pagarla.  SI dices que no es del hijo, que era sólo del padre es como negar la familia. Pero eso es otra vez moral, supongo que dirás. Me callo.

¿Y de que ese piso lo han pagado providencias? ¿Quién se compra un piso sólo con asistencia social o pensión? Lo habrá pagado currando. Ah, que el salario de los funcis es Asistencia social, no rentas del trabajo, lo había olvidado.

 Has dicho que el estado la pasará la factura de TODOS los gastos del fallecido. Pensión, sanidad, has llegado a incluir educación y hasta los semáforos. ¿Para qué son los impuestos?

En fin.  Es cierto que me he puesto tremendo, pero es lo que pienso de tu propuesta  y me siento libre de no disimular.

Citar
Quizás nos explicas ahora a donde te lleva el sentido de TU moral (la que transparentas a pesar tuyo) y cómo concebir las providencias del Estado en plan comunidad de vecinos puede producir algo diferente de lo que conocemos como "hispañistan"

¿Magia?  ¡Ah! ¡Ah!
8)

Bo... ya he dicho en cada repetición que eso es cuestión de reparar las leyes y reglamentos que han sido hackeados por la casta, y sobre todo, que al final es cuestión de impunidad. Y más al final, que la impunidad sale de nosotros. Que para acabar con el rentismo sólo hace falta votar bien y se acababa la farsa en seco un domingo como hoy, a estas horas, no es necesario el comunismo v2.

Y con esto la conversación llega otra vez al punto de partida...   Si el hilo es para encontrar réplicas a tu propuesta, no me negarás que me he empleado a fondo. Ha sido entretenido, me has hecho pensar en cómo entiendo el modelo de estado y dar una descripción sencilla. Divertido.

Ahora como estamos tan en desacuerdo se está poniendo feo.  Otros foreros te darán su rélplca si quieren, que yo ya lo he dado todo y sólo me queda repetirme y hacer que te repitas. seguro que acabamos ocultándonos y cabreaos.

Saludos!


Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: saturno en Abril 07, 2014, 00:32:57 am
De todos modos, quiero decir que antes de meternos en juicios morales
convendría definir de forma sistemática los regimenes de propiedad.

Por ejemplo.
.. Un patrimonio 100, de los cuales 40son subvencionados y el 60% trabajo propio.
-- Al morir, eres titular
     de 40% de derechos "realizados" sobre una propiedad publica
     de 60% de patrimonio propio (derechos sobre propiedad privada)

El tema está en entender cómo se determinan los derechos que tienes
en un caso sobre la propiedad pública, en otro sobre pprivada.

La diferencia que yo veo, fundamental esque los derechos sobre ppublica se determinan reglamentariamente, mientras que los derechos sobre pprivada resultan del TRABAJO

Por ejemplo, has desgravado POR LEY parte de una hipoteca.
Has recibido POR LEY ayudas por hijos, por educacion, etc.

En cambio, el patrimonio privado, son derechos que desarrollas por tu TRABAJO
Es el fruto de tu trabajo, y de ahi nadie te puede quitar

.
Por eso digo que cuando el interés de la "paguita" supera el del "trabajo"
es que la sociedad entra en barrena, y hay que pararse a mirar qué está pasando.
Cómo funciona

La regla de oro:
"Las providencias publicas, a lo público ha de tornar, o públicas deben permacer"
no CAMBIA NADA a nuestro sistema.

No veo ninguna razón para que la gente se quede las providencias que POR LEY reciben.
Sólo digo que la forma de reclamarlas, debe hacerse por LEY también.
(Ahi. seguro que la gente se empieza a interesar por la politica, je,je)




Por tanto, se trata de reclamar las providencias públicas sin pretender cambiar el sistema tal y como funciona.
Es que el sistema debería funcionar bien. Aguanta desde la edad de piedra.

Pero falta introducir ajustes, de acuerdo con el desarrollo social que tenemos.

Los ajustes, pasan por complementar las Leyes de atribucion de providencias, por leyes de reclamacion de las misma providencias.
¡Son las mismas leyes!-- Cambias el signo, o del debe pasas al haber.


Tomando el simil de Saturno:
NO hay problema en que los padres se merienden a los hijos,
siempre que una vez cenados, esos hijos se "devuelvan" a la sociedad (=puedan trabajar)
Para que esos hijos vuelvan a "merendarse" los propios.

El asunto es que como siempre quieren más, los padres se han comido su trabajo
y el trabajo de los hijos.
 
?Qué ha fallado? -- Falla que el trabajo de los hijos, es el Estado LIberal quien se lo ha adelantado a los padrres. Como los Padres se creen que los hijos son propiedad privada,
no los quieren devolver a la sociedad,
Están tan dementes, que pretenden, que los hijos hereden su propia muerte.

Pero la demografía o los ciclos temporales no funciona así, y resulta que vamos al colapso.
-- por demografía
-- por desequilibrio de flujos publicos/privados
-- por carencia de trabajo y descorrelacion entre capital y trabajo (=moneda financiera)


Qué hacemos. Mantenemos intacto el sistema?
O vamos a mirar en el motor, qué pasa que hasta ahora no se manifestaba?
Y rectificamos el bug



Yo lo siento, pero soy de los qu intento rectificar el bug.

Tengo mucho, todo, que devolverle a la sociedad y no me considero un mal nacido
8)

Nada más.
 

 
Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: saturno en Abril 07, 2014, 00:44:40 am

Bo... ya he dicho en cada repetición que eso es cuestión de reparar las leyes y reglamentos que han sido hackeados por la casta, y sobre todo, que al final es cuestión de impunidad. Y más al final, que la impunidad sale de nosotros. Que para acabar con el rentismo sólo hace falta votar bien y se acababa la farsa en seco un domingo como hoy, a estas horas, no es necesario el comunismo v2.



Pero nunca dices a qué votas. Qué significa "votar bien".

Ni si participarías en el diseño una ley a la que votarías, no por buena
sino porque después de mucho debatir, sigue siendo la que te has propuesto.

Ejemplo de propuesta.

Ley de reclamacion de providencias recibidas en vida,  (=Hipoteca cívica)


¡Saludos!
Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: Lego en Abril 07, 2014, 00:54:44 am
Citar
Jamás votar a quien te haya defraudado.
Jamás inhibirse.

A la larga, con esas dos líneas de código (ideológicamente neutras), en la mente de la mayoría, sólo se podría mejorar.

Si te refieres al HOY, para 2015
 Si buscas bloquear la farsa actual, Escaños En Blanco y fin de la farsa.


Mi programa no existe, pero ya decía que otros mejores que yo harían una lista de actuaciones clave que dejarían el rentismo parasitario y todo el organigrama perfectamente funcional.  No te vale porque lo que quieres es revertir la propiedad privada. Esa es, lo has aceptado, la esencia de tu propuesta y de mis alegaciones.

Estamos de nuevo a principio del bucle.
Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: saturno en Abril 07, 2014, 02:32:16 am
Citar
Jamás votar a quien te haya defraudado.
Jamás inhibirse.

A la larga, con esas dos líneas de código (ideológicamente neutras), en la mente de la mayoría, sólo se podría mejorar.

Si te refieres al HOY, para 2015
 Si buscas bloquear la farsa actual, Escaños En Blanco y fin de la farsa.


Mi programa no existe, pero ya decía que otros mejores que yo harían una lista de actuaciones clave que dejarían el rentismo parasitario y todo el organigrama perfectamente funcional.  No te vale porque lo que quieres es revertir la propiedad privada. Esa es, lo has aceptado, la esencia de tu propuesta y de mis alegaciones.

Estamos de nuevo a principio del bucle.

Lo de escaños en blanco y si supone una solucion es otro debate, otro hilo.

Atencion:
lo que quieres es revertir la propiedad privada
Lo que quiero es revertir el mecanismo de apropiacion rentista.

Y ahi me pongo a pensar, y llego a todas mis afirmaciones:

Porque, en efecto:
-> Apropiacion.
    -> Apropiación, implica propiedad privada
    -> Y su contrario, a donde quiero revertir, ¿qué es?

Y de pronto me digo. ¡No lo sé!

Y de ahi. me pongo a circunscribir eso de "lo publico", y de donde viene,
y cómo se desarrolla. y a donde conduce.


----------

Por lo demás, eres un poco de mala fe, porque me canso de repetir que no cambio NADA a lo que existe.Se lo explicaba a Republik, a Pringaete (de refilon), y a tí ahora.

Mi CPM consiste en multiplicar por 3 el rentismo, para estar seguro de que tenga éxito.

Apostando porque a la gente le importará un rábano "después de mi el diluvio".
y que votará en masa una Ley de hipoteca civica a cambio de paguita, langostinos y espectaculo.

Pues exactamente eso; Que se mueran felices. La MN es una oportunidad.
Que atesoren mucho, ya que son expertos en robar..

Luego lo recuperaremos.

Y según se vayan los "expertos en diluvios" al infierno, nos pondremos a educar a las nuevas generaciones para enseñarles a odiar en el recuerdo una generacion como ésta.
¡NUNCA MÁS!


-----

En cambio, lo que creo se te resiste es que para analizar el problema del rentismo te quedas en decir -" Hay que votar bien, hay que ser bueno".

Creo que en ese punto, el librealbedrio de PPCC induce a mucha confusion.
El libre-albedrio es el niño que decide romper un juguete concebido/determinado para funcionar. Lo rompe, y se queda sin juguete.
Pero si no lo rompiera, el juguete cumpliría deterministicamente aquello para lo que fue concebido. ¿no?

Por eso hablo de educación para mañana, educar a los niños a no romper el juguete.

Es así como entiendo cuando decimos que la transicion es "estructural".
Para mí significa que la estructura _determinará_ lo que se construya encima.

El juego divertido es estudiar la estructura que hoy tenemos, para concebir la de mañana.





Buen hilo, se nos está quedando.

Pues pienso seguir hilando en él. Y cualquiera es bienvenido.



Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: Lego en Abril 07, 2014, 12:33:05 pm
Si unos HDLGP han hackeado la ley para saquear lo público legalmente, ¿Qué es mejor hacer?

- Reparar la ley, devolver lo expoliado a sus dueños (público, de todos), perseguir al HDGP, vigilar que no vuelva a pasar.
- Hackear la ley en sentido inverso  para comenzar un expolio de lo privado hacia lo públco.

(Editado para ajustarlo más a tu discurso)

 
Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: saturno en Abril 07, 2014, 14:08:17 pm
Si A le roba a B legalmente hackeando la ley, ¿Qué es mejor hacer?

 - Devolver lo robado a sus legítimos,  reparar la ley para que no se pueda robar más.
 - Invertir el hackeo de la ley para que ahora sea B quien robe a A.


Pero no hay ningun  hackeo de la Ley en el rentismo. Según las leyes que tenemos, el rentismo es LEGAL!

Olvidamos que no hay ningun problema en que los rentistas se apropien de todo.
No se les puede juzgar porque no hay Ley que diga que está malo hacerlo.

O si prefieres, sí hay algunas leyes, antiguas, pero han sido desactivadas:
Por ejemplo, en el impuesto sobre sucesiones se ha puesto el impuesto a CERO
Pero la ley sigue por ahi. Desactivada.


----

Te concedo un punto, sin embargo: -- estaba pensando esta mañana que lo que
 nos hace considerar que el rentismo es "abusivo" es un imperativo MORAL.

Cierto, Pero el fundamento de ese imperativo, nace de que no vemos nada que sea el contrario a la "apropiacion".
Exigimos  que además de la apropiacion, se nos diga dónde está  su contrario: la devolucion

Y por eso, de ese imperativo Moral (natural) vamos sacando que el rentismo es "abusivo", y hablamos de casta, de expolio.

Hasta que de pronto,te paras, y dices.
--- Un momento, ¿qué es el contrario de la apropiacion? ¿Y qué es lo que hay que reclamar?


Por eso digo que nos falta desarrollar el concepto de "patrimonio cívico".
Que yo lo asocio a  las  paguitas, subvenciones y otros subsidios
cuya apropiacion se considera "moralmente abusiva"

La moral no está reñida con la razón, La moral es la polar. Pero al timón, dejemos la razón,¿eh?

------------


Ahora bien qué hacemos con el rentismo, qué solucion

--- Un tiron de orejas. Contricion y 3 avemarias. ¿Y perdonado?   -- Fijate que incluso PPCC se queda atrapado aquí.

--- O desarrollamos /extendemos el impuesto de sucesiones para que cubra, además del patrimonio privado,
la devolucion de las providencias publicas.

Pero asi considerado, estamos reconociendo la realidad de 2 tipos de patrimonio
El Patrimonio privado. y el Patrimonio Civico (Publico) de que se beneficia un individuo.

Bien. Pues ya lo tienes. De eso se trataba.
Acabamos de dar dimension legal al patrimonio "civico", y decimos que es contrario del p. privado

A partir de ahí, si tenemos contrarios, podemos dejar la razon natural encontrar su camino,
Construyamos. Hasta un niño sabrá hacerlo. Es razón _natural_

----

Entonces puedes ir a las elecciones y deciir: "Paguita, langostinos, espectáculo"
y además Impuesto sucesiones CERO sobre la propiedad privada de vuestro TRABAJO

Y añades= "A cambio, JUSTICIA CIVICA", e introduces el mecanismo de la hipoteca civica
Ni se van a enterar ni les va a preocupar: Diran: Después de mi el diluvio, y pásame la paguita.


Resultado: en una generacion, todos los que TRABAJAN prosperan porque no tienen hipoteca civica
Y todos los rentistas, o invierten a fondo, para sacar rendimiento. o saben que cuando se mueran
se les recuperará las providencias en prioridad.

Dado el modelo de sociedad que tenemos, es un buen "deal",

La presion social contra el rentismo tendría una base legal sobre la que presionar, lo cual, combinado con la moral, es imparable.
Probablemente habrá que encerrar a los rentistas para evitar que los linchen..
Buen pretexto para modernizar nuestas carceles, y los geriatricos.


Dentro de una generacion, la generacion del TRABAJO volverá a ser mayoritaria
Y los rentistas un mal recuerdo,





Edit: me gusta lo que digo, ¿saben? Me produce una sonrisa. Y no es porque lo diga yo.
Debe ser que tengo un poblema moral
8)


Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: Lego en Abril 07, 2014, 14:20:18 pm
Perdona, he editado el post anterior después de que lo citaras.

Precisamente en mi pregunta no hablo de robar, sino de "Hackear la ley para robar legalmente"

Y luego de lo que me hablas es del sistema hackeado, cuando yo defiendo el modelo original.

No nos entendemos.
Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: saturno en Abril 07, 2014, 19:33:54 pm
Perdona, he editado el post anterior después de que lo citaras.

Precisamente en mi pregunta no hablo de robar, sino de "Hackear la ley para robar legalmente"

Y luego de lo que me hablas es del sistema hackeado, cuando yo defiendo el modelo original.

No nos entendemos.

Pues te toca explicar cuál es el modelo original y el hackeado.
Como contesté, no veo que haya ninguna diferencia.
Porque el rentismo ES EL MODELO ORIGINAL que tenemos. El único.

Y con ejemplos. :)

En tu rectificacion, dices "expolio de lo privado a lo publico". No es eso lo que afirmo.
Lo concluyes tú al negar la nocion de patrimonio publico.
Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: Lego en Abril 07, 2014, 21:00:55 pm
Hombre, cómo dices que niego la noción de patrimonio público, si la he explicado muy bien varias veces.  Y de una forma que empodera a cada ciudadano explícitamente como dueño de lo público. No nos entendemos.

Cómo eliminar los rentismos y parásitos, acabar con el expolio de lo público, también lo he explicado. (Programa de reforma fiscal, financiera, judicial.)

Cómo conseguir esa reforma también lo he explicado. (Votando)

Y cómo parar la música hasta que alguien proponga reformas como esas y podamos votarlas, también lo he explicado, EeB.

Todo explicado y enlazado bien clarito y sencillísimo, al menos para mi.  Pero a los dos días ya es como si nunca lo hubiera dicho. No nos entendemos.




Invirtiendo la secuencia queda aún más diáfano:

Citar
-Votar a EeB los desencantados. Como somos mayoría no habría gobierno posible con más de medio parlamento vacío.
-Seguir así, que se repitan elecciones y siga un gobierno en funciones hasta que se presente un programa de reformas por alguien creíble.
- Cuando alguien por fin proponga reformas de verdad, votarle.  Si no gana es que no somos mayoría. Tocará seguir convenciendo, pero ya tienes a quién votar. A partir de ahí, democracia.
-Si gana y cumple las promesas, misión cumplida.
-Si las incumple, ese partido y caras marcados para siempre como traidores, jamás se les vuelve a votar y se vuelve al punto 1 si no hay alternativa.
(yo apoyaría una huelga general salvaje hasta que dimitan y convoquen elecciones si el incumplimiento es muy grave).
Al menos es un plan, legal y que NADA impide que se cumpliera ya, y no puede ser parado si no es por la fuerza, saltándose todas las normas y revelando que los antisistema son ellos. En ese momento, a las armas, si hace falta.  Pero antes, usemos las herramientas que tenemos.

y sobre todo ¿ALGUIEN PROPONE ALGÚN OTRO PLAN?   
ah, sí, abstenerse y protestar



Por cierto... eso nunca te lo he preguntado yo a ti: ¿Cuál sería la forma de implementar tus reformas? ¿Partidos, programas y votos, como propongo yo? ¿Maidanazo?

Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: saturno en Abril 08, 2014, 01:04:16 am
Qué-- Programa de reforma fiscal, financiera, judicial.)
Cómo --  (Votando) + EeB

Pues he vuelto a repasar desde la página 7. :)
No explicas ese programa, me parece.

En cambio sí dices que combinarás votos+EeB (que es un mecanismo de censura) hasta que alguien te presente un programa.
Pero ¿y el programa?


Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: Lego en Abril 08, 2014, 01:14:58 am
El programa está sin hacer.

Varias veces en estos tres años de foro he propuesto que nos redactáramos un programa y lo dejáramos volar a ver si alguien lo hacía suyo, todo o en parte. Nunca ha cuajado, el foro es lo que es.

Pero, como decía en su día, una simple selección de foreros ayudados por sus gurús especializados (PPCC sería un imprescindilbe, yo conzoco a algunos primeros espadas en sus campos también), y en un mes parimos un programa electoral completo que se sale.   En tres meses no sólo un programa electoral, podríamos redactar un proyecto de país a largo plazo perfectamente descrito y con estudio de viabilidad, y un plan de transformación con timing y contando con las variables geo y micro.

Algún día alguien hará ese programa o similar. Sólo tiene que pasar una cosa. Que dejen de llevarse los de siempre el 95% de los votos. Es como decirles a los nuevos que nadie les está esperando.  Esa es la otra ventaja de dejar escaños vacíos con EeB. Llamarles.
Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: saturno en Abril 08, 2014, 01:16:40 am
Citar
Por cierto... eso nunca te lo he preguntado yo a ti: ¿Cuál sería la forma de implementar tus reformas? ¿Partidos, programas y votos, como propongo yo? ¿Maidanazo

Pero si no hay nada que cambiar. En realidad, ya está todo planteado.
(lo único que pasa, es que en la contabilidad nacional, cuentan como rentas privadas algunas rentas que debieran contar como "civicas". Una vez corriges eso, no hace falta cambiar nada)



Ejemplo:
La hipoteca civica, es una providencia negativa.

Accidente, silla de ruedas. Se asigna una providencia positiva calculada según baremos.

Finalemente se muere. Se reclama la misma providencia NEGATIVA, restandola del patrimonio del difunto.
Es el mismo reglamento el que se aplica. La misma providencia, en negativo

Al notario se le comunica la Providencia negativa (Hipoteca civica) y el patrimonio del difunto:
Si el resultado de la resta es igual o negativo, se recupera todo (Patrimonio - HCivica <=0)
Si el resultado de la resta es positivo, el notario hace la particion para los herederos.

Luego no hace falta cambiar NADA en cuanto a reformals

Ahora, para ganar elecciones, como dije ayer: el método es aumentar las providencias públicas.
Es decir:
-- Prometes aumentar las pensiones
-- Prometes aumentar laos gastos escolares, sanitarios, todos los servicios públicos.

Y dices: Todo os daremos, pero con JUSTICIA CIVICA:
Y lo que haces es decir que las providencias públicas tienen signo positivo para los vivos, y signo negativo para los muertos.

¿Donde está el problema?


Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: Lego en Abril 08, 2014, 01:18:56 am
Bueno, pero para que todo eso se haga tendrá que aprobarlo un ministro o algo así  ¿no?

¿Cómo conseguirías eso?
Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: saturno en Abril 08, 2014, 01:27:00 am
El programa está sin hacer.

Varias veces en estos tres años de foro he propuesto que nos redactáramos un programa y lo dejáramos volar a ver si alguien lo hacía suyo, todo o en parte. Nunca ha cuajado, el foro es lo que es.

Pero, como decía en su día, una simple selección de foreros ayudados por sus gurús especializados (PPCC sería un imprescindilbe, yo conzoco a algunos primeros espadas en sus campos también), y en un mes parimos un programa electoral completo que se sale.   En tres meses no sólo un programa electoral, podríamos redactar un proyecto de país a largo plazo perfectamente descrito y con estudio de viabilidad, y un plan de transformación con timing y contando con las variables geo y micro.

Algún día alguien hará ese programa o similar. Sólo tiene que pasar una cosa. Que dejen de llevarse los de siempre el 95% de los votos. Es como decirles a los nuevos que nadie les está esperando.

Claro, ya. Pero das por sabido lo fundamental que es el modelo estructural

Es decir, la estructura de propiedad (=porque el Estado es garante de la propiedad)

Como ves, no puedes darlo por sabido: por eso discutimos desde hace unos dias



En realidad, hasta que no lleguemos a definir un modelo estructural que sea "transmisible" (que se pueda enseñar en la escuela, sin pasar por tí ni por mí)
ese modelo estructural será como el viento.

Si consigues algo que se pueda enseñar en las escuelas, entonces es una roca.


Y no es útopico lo que digo. Al contrario. Es una exigencia de llegar a lo básico. Por sencillo.
Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: saturno en Abril 08, 2014, 01:34:55 am
Bueno, pero para que todo eso se haga tendrá que aprobarlo un ministro o algo así  ¿no?

¿Cómo conseguirías eso?

Pues metiéndolo en el programa de un partido existente  (con EeB no se podría por cierto, no tiene  programa)


Por cierto, me haces pensar:
las remuneraciones de cargos politicos SON REMUNERACIONES CIVICAS, y por tanto providencias a recuperar.

Por tanto, otro punto de programa a incluir
-- Multiplicar por 1,5 o 2 las remuneraciones brutas des los cargos electos, y nombrados a dedo.

Ya con eso, si no encuentras un partido que te incluya el programa de HC  es que son tontos o no saben lo que quieren.


EL partido que incluya una HC, votenles fijo.


Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: Lego en Abril 08, 2014, 02:02:30 am
EeB es un "partido" porque tiene que estar registrado como tal para poder ser opción electoral. Para todo lo demás está claro que no es un partido al uso, que propone un gobierno o unos diputados que legislen. Claro que no es ahí donde debes explicar tu propuesta.


Sí que tienen programa: Suplir la no computabilidad del voto en blanco.   Lo cumplen.

Cuando el voto en blanco "normal" sea computable EeB se disolverá.

 



Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: saturno en Abril 08, 2014, 02:18:28 am
(puedes aclarar la diferencia que decias entre el modelo existente y modelo hackeado por los rentistas?
Si el rentismo es un abuso, no entiendo como un modelo deja de ser "él mismo", sólo por abusar de él. Pero si deja de ser el mismo modelo, tampoco entiendo cómo puede haber dos modelos a la vez, y por qué el modelo rentista sería malo, en lugar de ser otro modelo.

El abuso:
1)-- es por maldad individual ?
2)-- es por razones estrucurales ?

Si 1), qué tiene que ver la maldad con la estructura ? Alguien no va  dejar de ser malo en cualquier estructura.
Si 2), si el abuso es estructural, es que la estructura tiene un bug. El rentismo es la consecuencia de ese bug en el algoritmo

No sé qué problema hay en mi forma de pensar.)





¿Seguro que es a mi a quien se me escapa algo de tu nocion de ppublica como indivision de propiedad privada?
Sospecho que decimos lo mismo, pero al yo haber empezado a poner nombres a conceptos de un modelo estructural ya diferenciado, y haberlos nombrado antes de que tu maduraras el modelo nuevo, te encuentras de pronto usando esos nombres dentro del modelo antiguo y claro, no nos entendemos, pero es  con los nombres.

Hago proposito de usar la palabra "cívico" en lugar de "público".
- propiedad cívica
- providencia civica
- hipoteca civica

La propiedad cívica no se puede heredar


(saludos)


Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: saturno en Abril 08, 2014, 02:20:46 am
EeB es un "partido" porque tiene que estar registrado como tal para poder ser opción electoral. Para todo lo demás está claro que no es un partido al uso, que propone un gobierno o unos diputados que legislen. Claro que no es ahí donde debes explicar tu propuesta.


Sí que tienen programa: Suplir la no computabilidad del voto en blanco.   Lo cumplen.

Cuando el voto en blanco "normal" sea computable EeB se disolverá.

OK. Me refería a un partido que implemente la reforma estructural.

El programa de EeB es un programa de reforma electoral.

A menos que me expliques cómo cambiando la ley electoral vas a cambiar el rentismo.
(Entendido como un abuso, apropiación de la propiedad civica)
Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: Lego en Abril 08, 2014, 02:32:51 am
Sobre lo otro, también está hablado.

Que el rentismo es estructural porque todo ser vivo le gusta tener todo lo que le apetece con el mínimo esfuerzo. Estructural como la violencia o la empatía. Son rasgos humanos fundamentales y por eso los considero estructurales etc etc. Un MODELO es un algoritmo para canalizarlosy generar estabilidad, que es el primer requisito para el progreso.

Que el MODELO que usamos, llámele socialdemócrata o como sea,  ha sido parasitado y recableado para convertirlo en esta máquina extractiva. Pero este modelo, cuando ha sido usado por sociedades más solidarias y políticamente cultas (no votar al malo, no inhibirse), ha proporcionado prosperidad demostrable, alumbrando las sociedades más organizadas de Europa donde hace ochocientos anos estaban el la edad del bronce.

 Desparasitemos y reseteemos el modelo pues, luego ya lo iremos evolucionando.

Hay otro algoritmo probado, el liberal clásico / austríaco,  completamente opuesto al que tú propones, que cuando fue llevado por gente que estaba por la labor y políticamente implicada, dio un siglo de prosperidad y alumbró una potencia a partir de una colonia.  Lo digo para reforzar lo que ya he repetido mil: Que más que el modelo (sólo es un algoritmo y hay más de uno que funciona) es el mantenerlo limpio y engrasado.  Si no se cuida de cerca, se pudre en vez de mejorar. Normal, tratándose de una estructura viva.

COnversación circular...



Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: Lego en Abril 08, 2014, 02:49:16 am
Otra cosa que no consigo que veas es que mi esquema naif de "público= privado de todos" es completamente neutro.

Sirve para acoger desde el liberalismo más extremo al comunismo más absoluto.  No plantea ninguna incompatibilidad con las medidas fiscales y recaudatorias que propones.    Todo lo que pides en la práctica cabe en el modelo actual sin apenas cambios coceptuales. Es una mera reforma fiscal.  Un impuesto de sucesiones complejo, nada más.    No necesita una redifinición de herencia, ni de propiedad, ni nada de de eso.
Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: CHOSEN en Abril 08, 2014, 10:17:54 am
No os ceguéis con el concepto de propiedad.
A nadie le importa de quien es.
Lo importante es la administración/gestión, que a su vez concede los derechos de disfrute.

Perfectamente se puede ser administrador sin ser propietario. Lo vemos todos los días en las grandes empresas. La propiedad sólo tiene valor en tanto que sirva como vehículo para la administración.
La nuda propiedad no vale nada, incluso jurídicamente el derecho de usufructo se le antepone.
Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: saturno en Abril 08, 2014, 14:25:55 pm
Otra cosa que no consigo que veas es que mi esquema naif de "público= privado de todos" es completamente neutro.

Sirve para acoger desde el liberalismo más extremo al comunismo más absoluto.  No plantea ninguna incompatibilidad con las medidas fiscales y recaudatorias que propones.    Todo lo que pides en la práctica cabe en el modelo actual sin apenas cambios coceptuales. Es una mera reforma fiscal.  Un impuesto de sucesiones complejo, nada más.    No necesita una redifinición de herencia, ni de propiedad, ni nada de de eso.

Vale pues. ¿Nos limitamos a esas medidas fiscales / recaudatorias y a lo que conducen?

Si luego consideras que mi punto de partida es un ideal de comunismo V,2.0, me parece bien. No me molesta.
Para mi, es el punto de llegada que interesa, que sea comprensible y factible.
(Creo que las  diferencias de pareceres nace del vocabulario aproximativo que yo mismo empecé utilizando.)



¿Vale la denominación "Civica" para designar las medidas de ajuste en los flujos de renta?
Porque realmente, es un registro de medidas que complementa lo que hoy llamamos "privado / publico".

Propongo esquematizar una primera lista de a)principios  básicos (teoricos), y otra de b) medidas civicas,(concretas) a partir de los que nos han ido saliendo de refilon estos ultimos días.

Se trata luego de mirar una y otra vez si esas medidas civicas (concretas) son conformes a los principios cívicos (teoricos).
Es decir, contrastando una y otra vez, sin cesar Principios y Aplicaciones, Axiomas y Teoremeas, Hipotesis y Leyes
Si algo no cuadra, y examinando donde se contradice, podremos saber qué falla: si el principio o sólo la aplicacion.



Luego, lo que a mi me interesa, a lo que voy, es al Mapa PIB-3D de ppcc.
(o el EER,  Enfoque Estructural de la Renta)
Porque yo parto del esquema del flujo de rentas y /vasos comunicantes que ha sintetizado PPCC.

Quiero saber si esos principios y aplicaciones civicos encajan en el EER, y cómo encajan, y por tanto, qué determinan dentro de los flujos y vasos comunicantes.

Es decir, desarrollar el esquema del EER hasta encontrar el bug que genera el rentismo (sea abusivo, sea estructural).

Creo que quiero sacar el algoritmo, codificarlo en un programa, y pulsar "Run"....

Y que funcione, y que pasemos a otra cosa: por ejemplo, a cambiar el mundo, 8)
Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: saturno en Abril 09, 2014, 13:57:54 pm

La parábola del olivo asilvestrado y del olivo cultivado



El olivo asilvestrado.

Tienes un tronco más o menos retorcido que más o menos asciende (=flujo ascendente, bombeo fiscal)

Tienes ramas más o menos retorcidas que más o menos descienden (=flujo descendente de producción  distribución de renta, gasto)

Las olivas son amargas, no las quieren ni las bestias ni los pájaros. El olivo no cría retoños.
Los demás olivos se hacen distantes o desaparecen (=balance exterior)

Los  frutos y hojas muertas que caen al suelo, no los recoge nadie  (rentismo, no productivo)
El viento y la lluvia se los llevan

(El Olivo está asilvestrado cuando pierde mayor cantidad que lo que  produce. No se reproduce, y muere.  (balance PIB negativo)


____


El olivo cultivado  --- (¡El Bonsai!)

Pones el mismo olivo en el fondo de un recipiente  (= último vaso comunicante=recuperacion de patrimonios cívicos)

El olivo recicla el compost, se fortalece, crece. (= sector productivo + RCU(*) reciclada ; sector publico con sueldos reciclados)

El olivo busca aire, busca vida, se endereza, crece para arriba. (= providencias, subvenciones civicas)

(Si se queda pequeño, cambias el recipiente por otro más alto o más ancho, y vuelves a empezar.)

Los frutos son tiernos, las bestias y las aves los buscan. Crecen retoños,  cerca hasta tocarse (=integracion internacional)

(Si tienes retoños que se tocan, los pones juntos en el mismo recipiente, más alto y más ancho, y vuelves a empezar.)




________

(*) Renta Cívica Universal = reciclada a partir del patrimonio civico indiviso

________

Nota:

El rentismo es como un virus. Es moralmente reprobable porque es incívico.

Pero si lo desactivas, encuadrado por la regulacion pero respetando su función extractiva, el rentismo se convierte en una bomba de renta cívica.

Es decir, la cultura del rentismo cívico opera como una vacuna contra el rentismo parasitario

Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: saturno en Abril 11, 2014, 03:08:59 am
Marco la frontera en las etapas de este hilo

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Al principio está la propiedad intelectual.

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El debate sobre propiedad publica/privada empieza de veras aquí

http://www.transicionestructural.net/transicion-estructural/transicion-a-la-propiedad-estructural/msg105815/#msg105815 (http://www.transicionestructural.net/transicion-estructural/transicion-a-la-propiedad-estructural/msg105815/#msg105815)

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Hasta aquí.

Del debate, han aflorado zonas grises.

1) Produccion + Renta + Gasto

En el modelo PIB3D. el flujo descendente se define: Produccion + Renta + Gasto
    ¿Donde se produce realmente la distribucion de renta?
    En la fase de "Renta"? en la del "Gasto" ?

     Me fijé en alqun escrito que la fase de "Renta" se llama también de "Monetizacion"
     De forma que la produccion se monetiza primero, para realmente distribuirse en la fase de Gasto.
      Me da que es más correcto decirlo así.


2) Tenemos una idea difusa de la frontera público / privado
 
    Por un lado, aparece la nocion de indivision privada  (mancomunada)
   
    Y su contrario (al que yo apunto), que vendría a ser algo como un patrimonio público diviso
   
     Vaya concepto, ya. Pero lo exige la coherencia mental, lógica.

    diviso - indiviso
     publico- privado,
   
  y de ahi, sacas la "tabla de verdad" lógica...


3) La terminología adecuada para la noción "patrimonio público diviso"

    Parece una contradiccion de términos, pero no.
    Por lo pronto es una buena definicion de lo que quiero decir-
     
    Lo llamamos ¿Cívico?
    En cualquier caso, acepto que la P.Publica y la P.Civica sean contrarios en la indivision/division.
    Vamos, que no se puedan confundir ni considerarse subconjunto.

    Al menos para ver eso ha sido bienvenido el dialgo de sordos con Lego.
     
     Luego está que encajaría aquí la observacion de Chosen acerca de que estamos bailando las nociones de nuda-propiedad y usufructo.
El problema es que esos términos designan formas de propiedad privada.
 
No acabo de ver que sean directamente aplicables a la ""propiedad divisa" de lo publico. Al patrimonio cívico de cada individuo, de cada ciudadano.
En cambio. sí da una pista: la de una tabla de categorías dentro del patrimonio cívico.


4) Luego está la meta, o mejor dicho, el marco: el "mapa PIB-3D" completado.

En ese mapa el rentismo vuelve a  ser, en lugar de un parasitismo, una funcion de la economia ordinaria.

Estoy cada vez más convencido que al rentismo, hay que darle la vuelta, de forma que en lugar de desangrar la E.O. actúe como un sistema de drenaje. Como un agente economico cuya funcion es capturar capital improductivo. Los rentistas atesoran, cierto, pero si los ves como meros agentes economicos, los rentistas te dicen donde están las disfunciones economicas que  permiten ese atesoramiento improductivo. De forma que si le sigues la pista al rentismo, sabes donde recoger, y si encima los domesticas (=que es lo que hace la Hipoteca Civica), entonces te pones a recuperar capital a punta pala.

Sería la parábola del olivo y el recipiente recolector.

En la imagen de PPCC. está el cesto de mimbre: sería la propia E.O. cuando se desequilibra.
Pero en la Historia, ¡siempre hay desequilibrios economicos!
De forma que en lugar de "congelar" la E.O. es mejor fabricar un vaso comunicante, el último, (=la imagen del recipiente) que recoja todas las pérdidas que se producen en el tránsito entre vasos comunicantes-

Ese vaso comunicante sería una forma de Capital público... ¿del Estado?
Al final, vamos a tener que crearlo.




Saludos
Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: saturno en Abril 12, 2014, 01:13:43 am
Citar
Ese vaso comunicante sería una forma de Capital público... ¿del Estado?
Al final, vamos a tener que crearlo.

No.
Esto que he dicho arriba no es correcto.
En todo caso, el recipiente-continente iba a ser un capital CIVICO (donde capital = acumulacion).

Nunca llegas a crear ningún Estado como un "sujeto" separado.

NO es una persona que cuente por sí misma, distinta de la suma de ciudadanos

Además el sistema llamado "Estado" se puede describir igual de bien de dos formas:
-- sea como "super mancomunidad" analítica (con un coeficiente 1:1, correspondiente al derecho de voto), como expone Lego
-- sea como "idealización de lo Público" sintético (bandera, destino en lo universal, nacion, totalitarismo, etc.), aunque uno sepa que dicha idealización es vacía : es un simple imperativo a futuro, pero sin contenido pasado.



¿Cómo interviene el Estado dentro del sistema economico?

-- Respecto del Capital productivo, es un "bombeo" sobre los agentes = impuesto sobre Trabajo&Empresa. Se considera el balance dentro de una segmentación temporal arbitraria, normalmente de un año: lo que se llama el "ejercicio contable"

-- Respecto del Capital civico, es un "reciclado" de patrimonio civico: simplemente espera a que se extinga el agente productivo, y se considera su balance existencial.

El primer tipo de capital (Productivo) es ciclico. El segundo (Cívico) es irreversible.

Pero lo que acabo diciendo es que ambos admiten una forma de contabilidad.




¿Cómo procede el Estado respecto de la contabilidad de cada tipo de capital?

En el caso de capital productivo se procede mediante impuesto sobre el ejercicio contable: de forma analítica sobre la fase de monetización (impuesto IRPF o Sociedades) y sobre la fase de gasto (impuesto sobre el consumo=IVA).

En el caso de un reciclado, ibamos a proceder (de forma sintética) mediante regulacion.
La regulacion iba a decir qué se considera patrimonio cívico, y qué no.
De hecho, ya existe esa regulación: por ejemplo, ciertas ayudas sociales, los subsidios de invalidez no computan en IRPF. Asimismo, los servicios públicos (=sanidad, educacion) no llevan IVA (=no tienen valor añadido))

Se ve que el capital civico iba a responder a los mismos conceptos regulatorios en cualquiera de sus "apuntes" contables.
Sean recibidas, o reclamadas, siempre serán las mismas providencias declaradas por Ley.
Por eso es coherente decir que el reciclado del patrimonio cívico consiste en cambiar el signo, o la columna contable:
- en vida del agente regulas un apunte a su favor, en el haber (el del agente).
-Al desaparecer el agente, regulas un apunte a su debe..



Pero considerando valores reales, ni el Capital productivo ni el Capital civico pueden ser negativos.
-- No hay IRPF si no produces, no hay IVA si no gastas.
-- Asimismo, no puede haber reciclado civico más allá del patrimonio real del agente que se extingue.


Es decir, no puede existir una Deuda Cívica en el sentido que le das a una Deuda entre 2 partes..
Lo único que puedes tener es un capital civico acumulado con un valor ">= 0" cuyo contravalor monetario además se fija de forma reglamentaria. Además, el Estado no es un sujeto -- no hay ningún Sujeto con el que contraes la deuda.

(Supondo que la palabra "deuda" no tiene sentido si la contabilidad civica no es ciclica.
Saldar una deuda supone volver a una situacion anterior entre partes.
Y eso no es posible en el caso de un Capital civico. Las prestaciones sanitarias no se pueden devolver)-



___
Nota:
Al releer, veo que estoy alineando Capital Productivo, y Capital Civico.

En efecto, el debate publico/privado era indifirente, si lo que hay que hacer es alinear dos formas de Capital. C_Productivo, y C.Cívico.

Interesante...
Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: saturno en Abril 12, 2014, 16:30:11 pm
http://www.bde.es/webbde/es/estadis/infoest/htmls/notamet_pde.pdf (http://www.bde.es/webbde/es/estadis/infoest/htmls/notamet_pde.pdf)
Página 3

(El Reglamento 479/2009 es un Reglamento de la CE)

Citar
El Reglamento 479/2009 especifica que el sector AAPP comprende los subsectores: Administración central, Comunidades autónomas, Corporaciones locales, y, Administraciones de seguridad social, con exclusión de las operaciones comerciales, según se definen en el SEC 95. La exclusión de las operaciones comerciales significa que el sector AAPP abarca, exclusivamente, las unidades institucionales que producen, como función principal, servicios no destinados a la venta.

En el caso de España, el sector AAPP se compone de los cuatro subsectores siguientes:

- La Administración Central, constituido por unidades institucionales que tienen competencias generales en todo el territorio nacional y que, en España, está formado por el Estado, por los Organismos de la Administración central y por las empresas que se clasifican como Administración Central.

- Las Comunidades Autónomas, que Incluye los órganos de gobierno de las Comunidades Autónomas y los Organismos autónomos de carácter administrativo y similares. En esta última agrupación se incluyen las universidades dependientes de cada Comunidad y, también, las empresas que se clasifican como Comunidades Autónomas.

- Las Corporaciones Locales, constituidas por los Ayuntamientos, Diputaciones y Cabildos, sus mancomunidades y agrupaciones, Ciudades Autónomas (Ceuta y Melilla) y los organismos autónomos de carácter administrativo y similares dependientes.

- Las Administraciones de Seguridad Social, que incluye las unidades institucionales de naturaleza jurídica y ámbito territorial diversos que llevan a cabo funciones relacionadas con la provisión de prestaciones sociales. Desde el primer trimestre del año 2000, de acuerdo con la sectorización de la Base 2000 y de la Base 2008 de la Contabilidad Nacional de España que elabora el INE, las unidades que realizan funciones de Seguridad Social financiadas mediante los impuestos generales (fundamentalmente la Sanidad) se clasifican junto con las unidades de las que dependen en los subsectores Administración Central, Comunidades Autónomas y Corporaciones Locales, mientras que las unidades que realizan funciones de Seguridad Social financiadas mediante cotizaciones sociales se clasifican en el subsector Administraciones de Seguridad Social.

Todos estos subsectores tienen dos características básicas:
a) están constituidos por unidades institucionales cuya función principal es producir bienes y servicios no destinados a la venta, y/o efectuar operaciones de redistribución de la renta y la riqueza nacionales; y,
b) sus recursos principales proceden de pagos obligatorios efectuados por otras unidades institucionales, y no de la venta de su producción.

Dicho de otro modo, para decidir si una unidad institucional ha de incluirse o no en el sector AAPP han de tenerse en cuenta dos criterios: el jurídico institucional (determinación de si una unidad es un productor público o privado) y el económico, según la naturaleza de la producción (determinación de si una unidad es un productor de mercado o no de mercado).
Atendiendo al primer criterio, se incluyen como públicas aquellas unidades institucionales controladas por las AAPP. Atendiendo al segundo criterio, se consideran productores de mercado a aquellas unidades institucionales que cubran más del 50% de sus costes de producción con los ingresos procedentes de la venta de sus productos. Este segundo criterio implica, de hecho, supeditar el criterio jurídico al económico a la hora de incluir o excluir a las unidades institucionales en el sector AAPP y sus subsectores, ya que puede ocurrir que una unidad sea de naturaleza comercial desde la óptica jurídica pero no cumpla la regla del 50% en cuyo caso se sectorizará dentro de las AAPP.



Para el reglamento en si mismo, ver

REGLAMENTO (CE) No 479/2009 DEL CONSEJO de 25 de mayo de 2009
relativo a la aplicación del Protocolo sobre el procedimiento aplicable en caso de déficit excesivo,
anejo al Tratado constitutivo de la Comunidad Europe

http://eur-lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=OJ:L:2009:145:0001:0009:ES:PDF (http://eur-lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=OJ:L:2009:145:0001:0009:ES:PDF)
Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: saturno en Abril 14, 2014, 21:44:08 pm
En España, el impuesto d sucesiones lo fijan... ¡las CCAA!
De hecho, es un jaleo. Deduzco que el consejo de expertos se inspira de modelos como el francés.

http://economia.elpais.com/economia/2014/04/11/actualidad/1397233414_306030.html (http://economia.elpais.com/economia/2014/04/11/actualidad/1397233414_306030.html)

Pero lo interesante es

Citar
Herencias en el limbo

Existen miles de millones de euros atrapados en ninguna parte esperando a que un heredero reclame lo que en su día perteneció a sus familiares. Son legados sin dueño, son bienes vagantes. La gestora de herencias Wills & Laws calcula que más de 3.000 millones de euros se quedan al año en un limbo.
Esta compañía, que lleva más de doce años operando en España, se dedica precisamente a localizar inmuebles o cuentas bancarias que llevan tiempo inmóviles y tratan de establecer un árbol genealógico hasta llegar al heredero al que pertenece el bien. De esta manera se hace posible que una persona en la otra punta del mundo reciba de repente la visita del director de esta empresa, Pedro Fernández, comunicándole que es el heredero de una sustanciosa cantidad de dinero. Aunque esta visita no le saldrá gratis. La empresa cobra una comisión del 30% del importe del bien heredado.
El gerente de Wills & Laws, Pedro Fernández, no tiene reparos en confesar que es un negocio redondo y que cada año tiene más ganancias. Su empresa también recibe encargos de personas que llaman desde diferentes partes del mundo y creen tener un familiar fallecido en España y por lo tanto una herencia que puede pertenecerles.


Como véis hay un sector EMPRESARIAL potencial que es enorme sólo con sucesiones huerfanas.
Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: saturno en Abril 17, 2014, 23:27:48 pm
Repaso a la transicion del modelo [de propiedad] feudal al moderno.

http://historiadoreshistericos.wordpress.com/2008/10/19/vvaa-la-abolicion-del-feudalismo-en-el-mundo-occidental-siglo-xxi-1979/ (http://historiadoreshistericos.wordpress.com/2008/10/19/vvaa-la-abolicion-del-feudalismo-en-el-mundo-occidental-siglo-xxi-1979/)


La perspectiva historica creo que es la formación de la burguesia junto con la del Estado Moderno en le xXVII-XVIII, de ahi que le lleve a interesarse por la transicion del régimen de propiedad : feudal (dominio eminente y útil) al régimen burgués (propiedad privada)

Citar
1. El régimen feudal en Francia en vísperas de su abolición. M.Garaud
2. Nota sobre el impuesto feudal en el siglo XVIII. A. Soboul.
3. Supervivencias feudales y régimen señorial en las provincias septentrionales de Francia durante el siglo XVIII. Louis Trenand
4. El fin del régimen señorial en España. Antonio Dmguez Ortiz
5. EL FIN DE LOS ELEMENTOS FEUDALES Y SEÑORIALES EN CATALUÑA EN LOS SIGLOS XVIII Y XIX, CON ALGUNAS REFERENCIAS COMPARATIVAS AL RESTO DE ESPAÑA Y AL ROSELLON. PIERRE VILAR.
6. VESTIGIOS DEL FEUDALISMO EN LA INGLATERRA DE LOS SIGLOS XVII Y XVIII. K.G. DAVIES
7. EL RÉGIMEN FEUDAL EN ALEMANIA EN EL SIGLO XVIII Y SU DISOLUCIÓN. W.VON HIPPEL
8. LA ABOLICIÓN DEL FEUDALISMO EN EL REINO DE NÁPOLES. P. VILLANI.
9. EL HUNDIMIENTO DEL REGIMEN FEUDAL EN RUSIA. P. RYNDUNSKI
10. EL PROCESO DE ABOLICIÓN DEL REGIMEN FEUDAL EN LOS TERRITORIO POLACOS EN EL SIGLO XVIII Y XIX. POR B.LESNODORSKI
11. LA EMANCIPACIÓN DE LOS SIERVOS EN HUNGRIA Y EN EUROPA ORIENTAL. E.NIEDERHAUSER

Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: saturno en Abril 26, 2014, 20:23:54 pm
Introducción de Francis Malherbe  sobre
 "Teoria general del empleo, del interés y de la moneda"
John Maynard Keynes, 1936

http://www.comptanat.fr/keynes/k1.htm (http://www.comptanat.fr/keynes/k1.htm)

Théorie keynésienne :
l'égalité entre l'épargne et l'investissement
Citar

Keynes mostró de forma indiscutible que, en una economía cerrada, sin relaciones exteriores, el ahorro global es necesariamente igual a la inversión global.

La igualdad entre produccion y renta

La igualdad entre ahorro e inversion proviene de la definición de la renta.
Keynes propone su propia definición que viene a traducirse, a nivel global, en la relacion de igualdad entre renta y valor de produccion.

La produccion corresponde a una creacion de riqueza por empresas.
Puede valorarse de varias formas pero en un economía de mercado, son los precios los que expresan el valor que la sociedad otorga a los productos.
La produccion valorada a precios de mercado representa por tanto el valor que la sociedad reconoce a la riqueza creada.

La produccion está constituida de bienes y servicios.
Una vez creados por el proceso de produccion, tales productos devienen la propiedad de sus productores. Así, al nacimiento físico de productos, corresponde la aparición de derechos de propiedad. Tales derechos tienen un valor equivalente al valor de los bienes producidos, ya que el precio de un producto es, de facto, el precio que se debe pagar para adquirir el derecho de propiedad correspondiente. Esta aparición de nuevos derechos es lo que determina la renta.

Se puede así definir, de forma general, la renta de un agente durante un determinado periodo como la diferencia entre el valor de los derechos que adquiere y el valor de las deudas que contrae, durante el mismo periodo.

La igualdad entre produccion y renta significa simplemente que, a nivel global, tan sólo la produccion da lugar a la aparición de nuevos derechos. Los derechos pueden transferirse entre agentes economicos pero, si los derechos recibidos son sumados a la renta del receptor, tambien es preciso que sean restados de la renta de quien cede tales derechos. Las transferencias no tienen por tanto impacto sobrel la renta global. y los derechos nuevos que provienen de la deuda quedan anulados con las deudas correspondientes, de forma que la renta tan sólo puede provenir de la produccion.

Es importante comprender que la renta no corresponde necesariamente a flujos monetarios. Toda produccion genera una renta, incluso cuando no se venda, por ejemplo, sería el caso cuando se almacena. La renta generada por dicha produccion no vendida adopta entonces la forma de derechos de propiedad,  y no la de moneda.

Más precisamente, retomando los conceptos usados en contabilidad nacional, la igualdad no se se establece entre Renta y Producción, sino entre Renta y Plusvalor ("valor añadido" en original, con su sentido literal), siendo éste último la diferencia entre produccion y consumos intermedios.



Ejercicio.
Subrayen con el dedo cada pasaje donde se menciona el derecho de propiedad.
Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: saturno en Abril 26, 2014, 20:38:00 pm
Respuesta al ejercicio

Citar
Dos puntos de vista


Establecer la igualdad de la Renta nacional  con la suma de Plusvalores responde a la descripcion de una misma realidad -- la riqueza global creada por  el hombre durante un año -- pero utilizando dos perspectivas diferentes.
 

Según la primera perspectiva, la producción representa el Valor Creado de Riqueza, los consumos intermedios representan el Valor Destruido durante el proceso de producción, y la diferencia de los dos, es decir el Plusvalor, representa por tanto el Valor Disponible efectivamente para consumo e inversion. Por decirlo de alguna manera, este punto de vista corresponde a un análisis del proceso "físico" ya que, conceptualmente, la producción y el consumo intermedio se obtienen valorando cantidades físicas, utilizando para ello los precios de mercado

La otra perspectiva es la del derecho de propiedad.
Desde el mismo momento de su aparición, la Riqueza creada se convierte necesariamente en propiedad de un agente economíco. Acto seguido, se redistribuye entre los diferentes agentes economicos en forma de salarios, rentas de propiedad, impuestos y otras formas de transferencia comunes.
Globalemente, la renta corresponde aquí al Valor de mercado de los nuevos Derechos que han sido creados durante el ejercicio. Este acercamiento representa por tanto el punto de vista jurídico.


Hala. Al próximo que me sale con algo así como que la propiedad es naturalmente mia porque naci con ella entre las piernas y a tí te encontré en la calle, le mando releer.

 "Teoria general del empleo, del interés y de la moneda"
John Maynard Keynes, 1936

O en su defecto, esta introducción.
http://www.comptanat.fr/keynes/k1.htm (http://www.comptanat.fr/keynes/k1.htm)
Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: saturno en Abril 26, 2014, 21:52:35 pm
Está en el dominio publico.

En francés.

Théorie générale de l'emploi,de l'intérêt et de la monnaie. (1936)
http://classiques.uqac.ca/classiques/keynes_john_maynard/theorie_gen_emploi/theorie_emploi.html (http://classiques.uqac.ca/classiques/keynes_john_maynard/theorie_gen_emploi/theorie_emploi.html)

(es una retraduccion universitaria, aprovechando el dominio publico)

En español
Keynes: Teoría general de la ocupación, el interés y el dinero
(Escaneado)
http://www.listinet.com/bibliografia-comuna/Cdu332-38FB.pdf (http://www.listinet.com/bibliografia-comuna/Cdu332-38FB.pdf)

(¿Saben un link en PDF integral? -- Supongo que sería una retraduccion)

Inglés
http://ebooks.adelaide.edu.au/k/keynes/john_maynard/k44g/ (http://ebooks.adelaide.edu.au/k/keynes/john_maynard/k44g/)
Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: saturno en Junio 10, 2014, 20:31:04 pm
Gracias a mpt

abaratando la ciudad

[url]http://www.eleconomista.es/interstitial/volver/selfabr13/vivienda/noticias/5850146/06/14/Cataluna-incopora-la-propiedad-temporal-y-la-propiedad-compartida-de-vivienda.html[/url] ([url]http://www.eleconomista.es/interstitial/volver/selfabr13/vivienda/noticias/5850146/06/14/Cataluna-incopora-la-propiedad-temporal-y-la-propiedad-compartida-de-vivienda.html[/url])



Citar
Cataluña incorpora la propiedad temporal y la propiedad compartida de vivienda

- elEconomista.es  [url]http://www.eleconomista.es/interstitial/volver/selfabr13/vivienda/noticias/5850146/06/14/Cataluna-incopora-la-propiedad-temporal-y-la-propiedad-compartida-de-vivienda.html#Kku8mWOoRC5KJUlA[/url] ([url]http://www.eleconomista.es/interstitial/volver/selfabr13/vivienda/noticias/5850146/06/14/Cataluna-incopora-la-propiedad-temporal-y-la-propiedad-compartida-de-vivienda.html#Kku8mWOoRC5KJUlA[/url])

  •     En el caso de la propiedad temporal tendrá una duración de entre 6 y 99 años
       
  • En la propiedad compartida, se pacta una venta a plazos con el vendedor



El Consejo Ejecutivo ha aprobado este martes la modificación del Código Civil para crear las figuras de propiedad temporal y propiedad compartida como una fórmula intermedia "más adecuada a las necesidades actuales de acceso a la vivienda", ha explicado el portavoz de la Generalitat, Francesc Homs.

Estas nuevas figuras jurídicas --pensadas para inmuebles pero que también se pueden aplicar a bienes muebles cuya adquisición se pueda registrar-- quieren dar respuesta al problema del excesivo endeudamiento en la adquisición de viviendas surgido en los últimos 20 años, según un comunicado del Gobierno.

Así, los ciudadanos pueden adquirir una vivienda con menor necesidad de ingresos, ya que los importes con estas nuevas fórmulas son "sensiblemente más asumibles".

Así funcionan las nuevas modalidades

La propiedad temporal puede tener una duración mínima de seis años y máxima de 99, y cuando finaliza el plazo estipulado, el inmueble vuelve a manos del propietario inicial o sus herederos, mientras que durante el periodo de vigencia, la propiedad es del titular temporal.

En la propiedad compartida, el comprador abona una cuota inicial y va adquiriendo progresivamente las cuotas restantes --de un mínimo del 10% del total-- al propietario vendedor.

La cuota inicial se estipula entre ambas partes, y el comprador tiene casi todas las facultades de dominio sobre el inmueble a cambio de la cantidad económica pactada con el propietario vendedor.



8)
Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: Currobena en Junio 10, 2014, 20:46:20 pm
Gracias a mpt

abaratando la ciudad

[url]http://www.eleconomista.es/interstitial/volver/selfabr13/vivienda/noticias/5850146/06/14/Cataluna-incopora-la-propiedad-temporal-y-la-propiedad-compartida-de-vivienda.html[/url] ([url]http://www.eleconomista.es/interstitial/volver/selfabr13/vivienda/noticias/5850146/06/14/Cataluna-incopora-la-propiedad-temporal-y-la-propiedad-compartida-de-vivienda.html[/url])



Citar
Cataluña incorpora la propiedad temporal y la propiedad compartida de vivienda

- elEconomista.es  [url]http://www.eleconomista.es/interstitial/volver/selfabr13/vivienda/noticias/5850146/06/14/Cataluna-incopora-la-propiedad-temporal-y-la-propiedad-compartida-de-vivienda.html#Kku8mWOoRC5KJUlA[/url] ([url]http://www.eleconomista.es/interstitial/volver/selfabr13/vivienda/noticias/5850146/06/14/Cataluna-incopora-la-propiedad-temporal-y-la-propiedad-compartida-de-vivienda.html#Kku8mWOoRC5KJUlA[/url])

  •     En el caso de la propiedad temporal tendrá una duración de entre 6 y 99 años
       
  • En la propiedad compartida, se pacta una venta a plazos con el vendedor


El Consejo Ejecutivo ha aprobado este martes la modificación del Código Civil para crear las figuras de propiedad temporal y propiedad compartida como una fórmula intermedia "más adecuada a las necesidades actuales de acceso a la vivienda", ha explicado el portavoz de la Generalitat, Francesc Homs.

Estas nuevas figuras jurídicas --pensadas para inmuebles pero que también se pueden aplicar a bienes muebles cuya adquisición se pueda registrar-- quieren dar respuesta al problema del excesivo endeudamiento en la adquisición de viviendas surgido en los últimos 20 años, según un comunicado del Gobierno.

Así, los ciudadanos pueden adquirir una vivienda con menor necesidad de ingresos, ya que los importes con estas nuevas fórmulas son "sensiblemente más asumibles".

Así funcionan las nuevas modalidades

La propiedad temporal puede tener una duración mínima de seis años y máxima de 99, y cuando finaliza el plazo estipulado, el inmueble vuelve a manos del propietario inicial o sus herederos, mientras que durante el periodo de vigencia, la propiedad es del titular temporal.

En la propiedad compartida, el comprador abona una cuota inicial y va adquiriendo progresivamente las cuotas restantes --de un mínimo del 10% del total-- al propietario vendedor.

La cuota inicial se estipula entre ambas partes, y el comprador tiene casi todas las facultades de dominio sobre el inmueble a cambio de la cantidad económica pactada con el propietario vendedor.



 8)


Citar
A leasehold estate is an ownership of a temporary right to hold land or property in which a lessee (https://en.wikipedia.org/wiki/Lease) or a tenant holds rights of real property (https://en.wikipedia.org/wiki/Real_property) by some form of title (https://en.wikipedia.org/wiki/Title_%28property%29) from a lessor or landlord (https://en.wikipedia.org/wiki/Landlord). Although a tenant does hold rights to real property, a leasehold estate is typically considered personal property.
Leasehold is a form of land tenure (https://en.wikipedia.org/wiki/Land_tenure) or property tenure where one party buys the right to occupy land or a building for a given length of time. As lease is a legal estate, leasehold estate can be bought and sold on the open market. A leasehold thus differs from a freehold (https://en.wikipedia.org/wiki/Freehold_%28law%29) or fee simple (https://en.wikipedia.org/wiki/Fee_simple) where the ownership of a property is purchased outright and thereafter held for an indeterminate length of time, and also differs from a tenancy where a property is let (rented) on a periodic basis such as weekly or monthly.

https://en.wikipedia.org/wiki/Leasehold_estate (https://en.wikipedia.org/wiki/Leasehold_estate)
Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: visillófilas pepitófagas en Junio 10, 2014, 22:36:51 pm
O sea que es como el alquiler.

Pero quizá más caro (habría que ver números con detenimiento).

Y como durante la propiedad temporal el inquilino es "propietario temporal", tiene que pagar el IBI y otros costes derivados de la propiedad.

¡Ja, ja, ja!

Cualquier cosa menos dejar el mercado funcionar y que los precios inmobiliarios (alquiler y/o compraventa) lleguen a su precio de equilibrio según los ingresos y crédito de los ciudadanos.

Cualquier cosa para rebajar los costes de propiedad a los propietarios de varios inmuebles.

"¡Que los bichos nos costeen el patrimonio, Montse! Visca Catalunya lliure!"

¡Ja, ja, ja!
Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: saturno en Julio 06, 2014, 03:59:26 am
(Traido de aqui:)

Mírenlo así.

Si un sujeto B pretende tomar la propiedad de A, el derecho de A es oponible a B.
No es sólo que A pueda oponerse a B. Se puede oponer cualquier C (policia, fiscal, incluso un vecino...) en lugar de A. El derecho de propiedad de A es oponible a todos
 
Pero si una corporación toma la gestion de la cosa publica, si los gestores publicos se sirven de la cosa pública como si fuera cosa suya, decimos que tenemos una u otra forma de rentismo.
Pero a ese rentismo no se puede oponer ningún C (policia, fiscal o simples ciudadanos).

Si resulta que "una turba" entra en el chalet del rentista, es robo. El derecho del rentista, privativo, es oponible contra todos.

En cambio, el ciudadano no puede oponer un derecho "eficaz" contra la corporacion privada o los gestores publicos  cuando se trata de "cosa" pública, mientras que sí dispone de derechos oponibles cuando se trata de una propiedad particular.


Por lo que concluyes :

1) Que la cosa pública no tiene definición juridica consistente frente al derecho privado, contra nadie.  No está en el mismo rango  que el derecho de propiedad privada. Está por debajo, o fuera. No existe, o está desactivado si alguna vez exisitió como tal.

¿Existe algo como la propiedad pública? --
Si lo sabéis, definanlo, diganme donde está definido, que quiero saber en qué consiste que no sea un vago concepto "politico", es decir un acuerdo tácito de orden historico, social, politico, entre A, B,C y todos. Palabras al viento

2) Que para poner punto y final al problema que debatimos, conviene equiparar la propiedad de lo privado por un lado, y la propiedad de lo público, con igualdad de rango

Conviene, y bastaría con, definir la propiedad pública como un derecho oponible a la propiedad privada. Entonces ni A,B,C ni todos podrían apropiarse la primera  como tampoco pueden hacerlo con la segunda.

Todos los demás problemas que nos encontramos por esa no-oponibilidad de la cosa publica ,(rentismos, servicios publicos, etc) se pueden identificar y sin duda solucionar  así, por simple aplicación de una regla  que diga que la propiedad pública es "oponible" a todos.

Esa es la transición estructural.

¡Diviértanse! (con  inteligencia)


___
Edit= he reescrito el  post original citado  para reforzar la argumentacion.
Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: saturno en Julio 25, 2014, 15:34:18 pm
Al hilo del articulo de Diana Filippova citado aqui copio mi comentario, porque entronca con este hilo sobre la transicion a la propiedad estructural

¡Que trabaje vuestra puta madre!
[url]http://www.latribune.fr/opinions/tribunes/20140723trib000841304/lachez-nous-avec-la-valeur-travail-.html[/url] ([url]http://www.latribune.fr/opinions/tribunes/20140723trib000841304/lachez-nous-avec-la-valeur-travail-.html[/url])






Joder, qué buen post, Saturno.
Lo de la "moralización" del trabajo me ha parecido cojonudo.
Ya era hora de que saliese a la luz este tipo de pensamiento. Volvemos por momentos a los presocráticos.., buena noticia.


Sí. Según leo en los comentarios, es de origen rusa, y percibe muy bien la diferencia entre Trabajo-neoliberal y Trabajo produccion.

De hecho, no replantea la tesis de PPCC, pero si apunta a algo que PPCC no desarrolla:
La noción del trabajo sobre la que gira  PPCC está vinculada al concepto clásico de CAPITAL, dodne el trabajo es una propiedad privada, es decir, un factor de produccion, es decir el trabajo es esencialmente EMPLEO ASALARIADO o de forma extensiva, "todo trabajo está al servicio del capital".


Pero lo que apunta la autora, (que trabaja con OuiShare, opr tanto) y está en el aire, es que lo que está cambiando es el sistema productivo mismo, por tanto, está cambiando la estructura de la propiedad del CAPITAL y por tanto, tiene que evolucionar la noción misma de Trabajo. 

Y es aqui donde insisto un y otra vez yo:
el Capital y el trabajo para comprender su interacción hay que mirar el modelo de PROPIEDAD.

La verdadera transicion estructural pasa por repensar el modelo de propiedad capitalista.
Ahora sí, ahi lo tenemos:  aparicion del crowfunding, de plataformas colaborativas, del 15M y de lass revoluciones fallidas que siguieron.

Tal cual, actualmente, PPCC está sólo describiendo dentro de la T.E la parte que anuncia el Eterno Retorno del C&Trabajo-salario clasico, pero sin cuestionar la noción de propiedad del Capital. Concluye simplemente que el tránsito será  un CPM que destruya el Rentismo, como una de las 7 plagas de Egipto. Pero sin "destruir" la estructura de propiedad. Por eso digo que eso que describe es un Eterno Retorno, no una transición estructural, ya que eso no supone ninguna reestructuración de la _propiedad_ que articula la economia productiva.

Lo que PPCC no acaba de visionar, es que el C&T clásico (Capital+ factor trabajo asalariad) que se mantenga pueda ser solamente una parte de una transicion mayor, articulada por una revision de la estructura de la propiedad. Dentro esa revision estructural de la Propiedad, el C&T-Asalariado ocupará una porción cada vez más reducida. Esta vision ya no es un Eterno Retorno, sino una forma de EXPANSION de las formas de economia productiva hacia otros modelos de propiedad, meidante la progresiva implantacion de otras estructuras de propiedad (Prop.Intelectual, contratos temporales, trabajo remoto, intercambio gratuito, capitalizacion de información, etc)

La verdadera transicion estructural, pasa por la Propiedad del Capital y por tanto la definicion del Trabajo productivo. Debe conducir a definir relaciones Capital/Trabajo donde ni el Trabajo es asalariado, pero tampoco el Capital es propietario: si no, no se entiende la lógica economica del share, del Open, del crowfunding y etc.


¿Eh? Pues eso digo. Que encima es divertido.
Por eso digo que vamos a por esa transicion estructural, y no solo al Eterno Retorno del C&T clásico

[/quote]
Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: saturno en Agosto 24, 2014, 17:35:36 pm
Michael Mann
(http://en.wikipedia.org/wiki/Michael_Mann_%28sociologist%29 (http://en.wikipedia.org/wiki/Michael_Mann_%28sociologist%29))

Un articulo de la Revista de sociología (en inglés)
The Autonomous Power of the State. European Sociology Archives, 1984.
http://www.sscnet.ucla.edu/soc/faculty/mann/Doc1.pdf (http://www.sscnet.ucla.edu/soc/faculty/mann/Doc1.pdf)

Identifica dentro de los poderes asociados al Estado uno que le es propio, irreductible:
el "poder de la infraestructura", vinculado de facto a su dimension territorial.

Ese poder de infraestructura-ción es lo que produce su "necesidad" para clases sociales y grupos de interés economicos ; su "multiplicidad" (multipolaridad) en sus prestaciones a dichas clases y grupos ; y por fin, su "territorialidad", entendida dialécticamente como factor de potenciación de la fuerzas civiles. La dialéctica intrínseca de ese poder de infraestructura es lo que desemboca en la formación de los Estados-Nación modernos -- al menos hasta finales del sXX, es decir hasta hoy.

Muy recomendable lectura

Lo que más me llama la atencion es que la identificación por la sociología de la dimension territorial del Estado tiene fecha de los años 1980. Hasta entonces, los sociologos consideraban los límites territoriales como un dato, lo daban por supuesto a la hora de estudiar formas sociales.
La territorialidad no era un concepto evolutivo, uno más con el de la "necesidad" de factores, o la "multipolaridad" de servicios.

Sólo ahora que empezamos a liberarnos del concepto de Estado-Nación, es cuando la sociología identifica la "territorialidad" como un mero concepto (una variable), y no como una constante, un dato. Qué fuerte.

Como indica acertadamente en la conclusion, los "sociologos" medievales no identificaban las sociedades como entidades territoriales, sino como "Cristiandad", "Europeos" "Bárbaros".  Aún hoy realmente no identificamos muchas partes del continente africano por sus Estados territoriales, sino que los identificamos como "Magrebies" o "Subsaharianos". 
 
Apunta que el "poder de infraestructura" se topa hoy con el desarrollo de organizacoines (como las multinacionales) supra-estatales, que trastoca el el concepto sociologico del Estado como Estado territorial.

Cito esta referencia, porque yo sí creo que el "poder de infraestructura" necesario mulipolar y territorial se va a seguir desarrollando. Siempre que aprendamos a desvincular el concepto de territorialidad de sus aparencia "física" o "étnica".
Hoy, la territorialidad no se define en términos geográficoso étnicos, sino en términos de propiedad (=OMC, Propiedad intelectual) y por supuesto, linguisticos. Éste último ingrediente es el que es capaz de desarrollar el "poder de infraestructura" de lo que entendemos por Estado.

Hay que pensar en un concepto de Estado "no-territorial" (quiero decir, no vinculado a lindes físicos o étnicos) sino como un "ámbito" juridico cuyas fronteras no son físicas sino, por ejemplo, linguisticas.





P.S.: gracias a Manu Oquendo que menciona a Michael Mann en el hilo de Ucrania (Geopolitica)
Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: saturno en Septiembre 29, 2014, 19:40:28 pm
Para memoria. Y por fascinante.


Mis correcciones en rojo ;)
¡Hala! ;)

Empiezo a pensar que tenéis tienes un problema con la deuda pensiones, Republik ;).
Siempre abordáis abordas el tema bajo el ángulo del importe absoluto (cuotas pagadas, vs deuda restante pension) y claro, con esa lógica, acabas comparando  soluciones de capitalizacion, porque así funcionan, y además analizando el comportamiento de la gente en términos de cálculos a 40 años vista. En términos pavlovianos.

Pero se puede razonar en términos de _derechos_ adquiridos, frente a una cantidad indeterminada y variable, pero cierta.
Es decir, elos presupuestos del Estado, en cada ejercicio, las Cortes  determinan el importe para deuda pensiones, que luego la administración despacha en función de los derechos adquiridos por la gente de acuerdo a su vida acreedora laboral.  Como la derrama de una copropiedad, en el fondo.

Así razonado, lo que ofreces a  la gente es "comprar derechos a que le devuelvan lo prestado pension" en lugar de importes absolutos.
Tienes tablas y según tu capacidad, vas comprando derechos de acreedor a pensión. Como si fueran "puntos" que acumulas.
Luego el Estado modulará las tablas con topes y minimos de forma que se preserva una equidad del conjunto-
Se puede combinar puntos y años de préstamo cotizados, etc. Cabe todo.
Lo que cambia es que eliminas la garantia de una "rentita" "paguita", y dejas claro que son "derechos", no  un "capital"


Finalmente, junto con la derrama para deuda pensiones, se revisa cada año el importe a pagar por el "punto de acreedor pension".
De forma que durante toda tu vida acreedora laboral, la gente relaciona directamente la riqueza del Estado con su propia seguridad. Pagas impuestos a voluntad, compras derechos a voluntad, y consolidas la sociedad a voluntad, todo en uno.


Además, desde un punto de vista civico, unos "derechos" se defienden siempre. Por principio.
No da verguenza manifestar por ellos. Los derechos se conquistan, se heredan y son la dinámica del sistema

El capital sólo sabe esconderse, es vergonzoso porque se percibe como una marca de desigualdad (generacion, posicion)
Encima no se hereda (-- quiero decir, heredarlo es problemático --), y todos sabemos que tarde o temprano está ahi para que te lo quiten,.

Cuando no se invierte en nada productivo, como ocurre con "el pisito para la jubilacion", 
ell capital se convierte en  la corrupcion del sistema y al acreedor jubilado sólo se le respeta por el dinero que tiene.
 
Mientras que los derechos libremente alcanzados son los que permiten mantener tu dignidad ante los demás,
incluso a la hora de cobrar en la vejez.
Cómo era eso que recomendaba..? Ah, sí, ya me acuerdo!

DIVIERTANSE!  ;)

Pues creo que es genial.

En realidad, acabas de hacer aflorar el algoritmo de.... de la propiedad pública.

No vinculado a bienes enumerables, aunque si pueda medirse-
Los bienes enumerables (tanto valor, tanto terreno, tanto tiempo) sólo pueden ser privativos,

La propiedad pública no lo es : se mide en derechos/obligaciones
El derecho / obligacion de un particular es comensurable al conjunto de la propiedad pública, o "de todos"

Pero el algoritmo es aplicable de forma sistemática
 Mi ejemplo de las pensiones, efectivamente, se podría concebir en términos de deuda interior. Impuestos.
Se aplicaría tal cual a cualquier derecho: sanidad, escolarizacion,

Y en cuanto a  la regla : "-- Todo [derecho] que otorgue el Estado, al Estado debe tornar [como obligación]".
Das  el complementario: "-- Toda [obligación] que disponga el Estado, el Estado debe retornarla [como derecho]".
 
Genial. 

¡Diviértanse!

(Sospechen siempre de la gente que se toma la vida en serio. Siempre. Sobre todo si dice que es por tu bien 8))



-

(me lo llevo al hilo de la propiedad ! ;)


(La Contabilidad Nacional.... qué mide ¿eh?, qué es lo que mide....)

Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: saturno en Octubre 27, 2014, 11:18:43 am
Debt - The First 5000 years
David Graeber
http://libcom.org/files/__Debt__The_First_5_000_Years.pdf (http://libcom.org/files/__Debt__The_First_5_000_Years.pdf)
http://en.wikipedia.org/wiki/Debt:_The_First_5000_Years (http://en.wikipedia.org/wiki/Debt:_The_First_5000_Years)

Capitulo 7:  Honor y degradación,
o los fundamentos de la civilización contemporánea

Seccion: Antigua Roma (propiedad y libertad)
              Definicion original -- p248/PDF
              Evolucion medieval y moderna -- p255/PDF




Imprescindible.
Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: Currobena en Noviembre 15, 2014, 19:05:51 pm
Un artículo sobre el "comunismo empresarial". No es comunismo, pero sí planificación central. Eliminar esto es una de las claves para la transición estructural en una estructura económica dominada por los despotismos corporatistas.

Citar
Tomorrow sees the 25th anniversary of the fall of the Berlin Wall, which raises the question: who really won the Cold War?
One standard answer is that western freedom won against Stalinist tyranny. To which we should reply  ([url]http://www.foreignpolicy.com/articles/2014/11/07/berlin_wall_fall_25_anniversary_reagan_bush_germany_merkel_cold_war_free_market_capitalism[/url])along the lines of Clay Davis ([url]http://www.youtube.com/watch?v=l1dnqKGuezo[/url]).
For one thing, many of the west's most belligerent cold warriors were no friends of freedom. They supported Pinochet, apartheid and Macarthyism, not to mention repression  ([url]http://stumblingandmumbling.typepad.com/stumbling_and_mumbling/2013/10/marxism-freedom-the-cold-war.html[/url])at home. Looking at the treatment  ([url]http://www.paulcraigroberts.org/2014/08/21/ferguson-justice-american-police-state-paul-craig-roberts/[/url])of young black Americans today - as documented (pdf) ([url]http://www.ssc.wisc.edu/soc/faculty/docs/goffman/Goffman_ASR_09.pdf[/url]), for example ([url]http://www.bbc.co.uk/programmes/b04n601g[/url]), by Alice Goffman - or our Home Secretary's Stasi-like ([url]http://liberalengland.blogspot.co.uk/2014/11/theresa-may-joins-stasi.html[/url]) desire to block  ([url]http://www.theguardian.com/politics/2014/nov/05/theresa-may-not-spots-sajid-javid-mobile-phones[/url])communication between law-abiding citizens in the name of "national security" one would not guess that the west is the home of freedom.
Nor even did the collapse of Communism spell defeat for the idea of central planning. Quite the opposite. In the west, central planning is thriving and expanding.
By this, I mean of course, the dominance of hierarchical modes of production: the capitalist firm is a form of central planning. And it is winning. The fact that CEOs' pay in the UK  ([url]http://highpaycentre.org/blog/ftse-100-bosses-now-paid-an-average-143-times-as-much-as-their-employees[/url])and US  ([url]http://www.aflcio.org/Corporate-Watch/Paywatch-2014[/url])has risen so much relative to that of average wrokers since the 1980s tells us that central planners are valued more highly by society than ever before. And the central planners are extending their reach into areas such  ([url]http://www.lrb.co.uk/v35/n20/stefan-collini/sold-out[/url])as universities  ([url]http://www.theguardian.com/commentisfree/2014/jul/15/kings-college-london-business-marketplace-higher-education-managers[/url])and hospitals  ([url]http://www.socialaffairsunit.org.uk/blog/archives/001435.php[/url])where professional virtues once dominated instead.
Herein, though, lies a paradox. Although the cold warriors were fond of pointing out that centrally planned economies were a stupid idea, they didn't tell us that centrally planned firms were a bad one. Nor do they do so today, even though the evidence against them has grown substantially.
By this I don't just mean the collapse of banks: in his cult of personality ([url]http://www.theguardian.com/commentisfree/2013/nov/30/leadership-cults-and-ceos[/url]), bullying  ([url]http://nickcohen.net/2009/02/15/the-new-cannot-be-born/%20[/url])and micro ([url]http://www.independent.co.uk/news/business/news/fiddling-while-rbs-burned--new-book-reveals-fred-the-shred-goodwins-fatal-obsessions-8795202.html[/url])-management, Fred Goodwin was far more of a Stalinist than we Marxists. I mean instead six other things:
 - Firms' growth  ([url]https://ideas.repec.org/p/mse/cesdoc/r07024.html[/url])and deaths are largely random and unpredictable. This, say  ([url]http://econpapers.repec.org/paper/scescecf4/44.htm[/url])Ormerod and Rosewell, tells us that bosses "have very limited capacities to acquire knowledge about the true impact of their strategies."
 - A big chunk of productivity growth comes (pdf)  ([url]http://www.res.org.uk/economic/freearticles/ecoj_825.pdf[/url])from firms entering and leaving markets rather than from existing establishments upping their game. This tells us that bosses don't do as much to increase efficiency as they claim.   
 - The fact that cognitively diverse groups can solve problems better  ([url]http://stumblingandmumbling.typepad.com/stumbling_and_mumbling/2014/10/diversity-trumps-ability.html[/url])than even skilled people corroborates Hayek's claim  ([url]http://www.econlib.org/library/Essays/hykKnw1.html[/url])that centralized decision-making is often sub-optimal.
 - The self-employed tend to be happier  ([url]https://ideas.repec.org/p/zur/iewwpx/173.html[/url])than employees. This tells us that bosses make people unhappy - which means that deStalinization should be an objective of anyone interested in happiness economics.
 - The high-powered incentives that generate high pay for bosses can worsen  ([url]https://ideas.repec.org/p/ide/wpaper/26676.html[/url])corporate performance because they incentivize what can be measured (short-term earnings management) at the expense  ([url]https://ideas.repec.org/p/lev/wrkpap/wp_746.html[/url])of things that aren't, such as longer-term investment. 
 - There's evidence that inequality of pay within an organization can reduce  ([url]https://ideas.repec.org/p/hbs/wpaper/12-075.html[/url])performance, perhaps by demotivating ([url]http://www.amazon.co.uk/The-Myth-Leadership-Leaderless-Organizations/dp/0891061991[/url]) underlings ([url]http://highpaycentre.org/pubs/the-high-cost-of-high-pay-unequal-workplaces-suffer-more-strikes-and-higher[/url]). This is consistent with a body of evidence  ([url]http://stumblingandmumbling.typepad.com/stumbling_and_mumbling/2014/07/why-not-worker-control.html[/url])showing that more cooperative firms can increase productivity.
Despite all this evidence, however, there's remarkably little opposition to central planning or demand for workplace democracy: the relatively mild suggestions (pdf) ([url]https://smithinstitutethinktank.files.wordpress.com/2014/10/making-work-better-an-agenda-for-government.pdf[/url]) of the Smith Institute haven't attracted much attention. This confirms Steven Lukes' contention ([url]http://stumblingandmumbling.typepad.com/stumbling_and_mumbling/2014/03/the-power-of-the-1.html[/url]), that the power of the rich consists in part of preventing some questions from even being raised.
I don't say all this to mourn the collapse of Communism. Exactly the opposite. I say it to point out that the fight against central planning was only very partially won. 


Me quedo con una cita del artículo: uno de los poderes de los ricos es evitar que nos hagamos las preguntas correctas.

http://stumblingandmumbling.typepad.com/stumbling_and_mumbling/2014/11/the-cold-war-isnt-over.html (http://stumblingandmumbling.typepad.com/stumbling_and_mumbling/2014/11/the-cold-war-isnt-over.html)


 
Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: saturno en Noviembre 16, 2014, 02:12:53 am
El tema (que no es obsesivo, más bien obsesionante) al leer el artículo, es que yo me decía que las grandes corporaciones son de facto propiedades del Estado, o con relaciones tan estrechas que sus intereses no se pueden diferenciar.  Esto se aplica a la industria (defensa) como para la banca (finanzas publicas).

En realidad, el modelo de gestion de las grandes corporaciones al que alude el artículo es centralizado, y es grande, porque su mentor es el propio Estado, o porque cumple una función que en caso de no ser realizada por agentes privados, tendría que suplirla el propio Estado.
Cuando el Estado y el agente privado son [juridicamente] distintos, realmente se produce un desarrollo reglamentario (normas, inspección, calidad, etc) que se origina en el propio Estado.

Cuando unas empresas no son Estatales (en el sentido amplio que uso aquí), no veo que esas empresas tengan que ser grandes, ni centralizadas.  [No tiene interés, las economias de escala no dependen del tamaño o de la centralizacion del stock, sino de los "flujos" más bien]

Cuando el artículo observa que agentes privados grandes y centralizados reproducen lo mismos fallos que un agente estatal grande y centralizado, está realmente argumentando esto que digo.




Y luego yo pienso:
-- del mismo modo que acabamos en contradicción si afirmamos que el Estado es la suma artimética de sus agentes, lo que nos conduce a afirmar que la propiedad pública es un concepto superfluo ;
-- igualmente acabamos en contradicción si afirmamos que el Estado es una totalidad, porque al interpretar que esa totalidad responde a las mismas pautas propietarias que cualquier agente privado... acabamos considerando al Estado como un propietario (que decide soberanamente sobre lo que es "su" interés colectivo).


Si la propiedad es un concepto intrínseco de la contabilidad (donde "propietario" es el nombre que se da a una cuenta, y "propiedad" los apuntes de activos/pasivos), creo que la Cuenta del Estado no se debería confundir con las Cuentas de los agentes privados.

Pero claro, sí planteamos que debe existir una Cuenta Publica separada de la cuentas privadas, entonces, tendríamos que manejarnos con definiciones de "propiedad" que son cambiantes según el tipo de cuenta, y determina que contabilizan diferentemente los activos/pasivos según sean de titularidad pública o privada ????



Cómo es posible siquiera concebir algo como una ¿contabilidad "relativa"? O una contabilidad  "cuántica", que no es contínua en un mismo espacio contable?
Sí es posible, si consideras que la suma de activos/pasivos de titularidad privada, al final, deberá equilibrarse con el activo de titularidad pública.




Claro, no sé suficiente de qué hablo, en materia de Contabilidad de empresa, o de Contabilidad Nacional.

Pero no deja de ser obsesionante, de todos modos, porque se intuye claramente que si esos conceptos no los tenemos resueltos a nivel cotidiano, es porque nunca han sido resueltos a nivel teórico.

(Cuando nos manejamos a nivel cotidiano con ciertas ideas, en realidad éstas corresponden a modelos teóricos a veces muy complejos, que son los que sustentan nuestra "sociedad".

En este caso, la idea de propiedad que manejamos es la base de la contabilidad. Pero si esa idea de propiedad pública/privada es conflictiva a nivel cotidiano, hay razones como estar inquieto porque deduces que es toda la Contabilidad nacional la que descansa en principios endebles, conflictivos, que no están resueltos)


En fin....


Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: saturno en Diciembre 07, 2014, 19:42:06 pm
Los hay que tienen el don de poner las cosas breves, claras, e ilustradas.

http://konstelacio.blogspot.com.es/2014/12/el-circulo-la-elipse-y-el-regulador-en.html?m=1 (http://konstelacio.blogspot.com.es/2014/12/el-circulo-la-elipse-y-el-regulador-en.html?m=1)

Citar
Los enemigos del socialismo esgrimen el fantasma de la expropiación, y claman al cielo contra la negación de la propiedad privada que según ellos significa el socialismo. En cierto sentido, muy concreto, llevan razón: el socialismo niega la propiedad privada, pero sólo la de los capitalistas, mientras que, recíprocamente, el capitalismo es el régimen de producción que niega la propiedad a la mayoría para facilitársela sólo a una minoría. Negación por negación, prefiero la socialista.


Es muy posible que la forma de definir la Propiedad pública, sea precisamente por su negación.
La propiedad pública como aquello en cuya negación se asienta la propiedad privada (capitalista), etcétera. 

Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: saturno en Diciembre 07, 2014, 19:51:51 pm
(Copy-paste para tenerlo en este hilo.)

8)


[url]http://rotekeil.com/2014/10/24/el-ultimo-enemigo-del-igualitarismo-una-resena-critica-de-el-capital-en-el-siglo-xxi-de-thomas-piketty-por-yanis-varoufakis/[/url] ([url]http://rotekeil.com/2014/10/24/el-ultimo-enemigo-del-igualitarismo-una-resena-critica-de-el-capital-en-el-siglo-xxi-de-thomas-piketty-por-yanis-varoufakis/[/url])

Cita de: pisitófilos creditófagos
17 noviembre, 2014 en 5:28 am #

El contenido del concepto de Capital como relación social es la consideración del capitalista como propietario del Neto Patrimonial (Activo menos Pasivo), toda vez que éste no es sino la cuantificación de la masa de plusvalor acumulada, no cedida por el capitalista al trabajador amparándose en la formación social capitalista.

Es decir, la conceptuación del Capital como relación social y su definición como Activo menos Pasivo propiedad del capitalista no son proposiciones contrapuestas. Ésta es el contenido de aquélla.



Para darle un aspecto seudoformal* a la demostración :

-1-

El contenido del concepto de Capital como relación social es la consideración del capitalista como propietario del Neto Patrimonial (Activo menos Pasivo),

Dónde:

(Capital == relación social) 
==> (capitalista == propietario del Neto Patrimonial (Activo menos Pasivo) )




-2-

toda vez que éste no es sino la cuantificación de la masa de plusvalor acumulada, no cedida por el capitalista al trabajador amparándose en la formación social capitalista.


Dónde:

(Patrimonio neto == cuantificación de la masa de plusvalor acumulada)
==> (formación social capitalista == derechos de amparo de la propiedad )




-3-

la conceptuación del Capital como relación social y su definición como Activo menos Pasivo propiedad del capitalista no son proposiciones contrapuestas. Ésta es el contenido de aquélla.


Dónde :

Capital (formación social) ==>  Patrimonio (derechos de propiedad)




Maestro : gracias.

8)





(*) El signo '==>' puede interpretarse bien como una implicación en lógica formal,
pero también como el cursor de un algoritmo.

Si se opta por la primera interpretación, parece que las proposiciones son inalterables.
Si se opta por la segunda, ¡ay!, varían no solo las "variables proposicionales", sino también el hilo de ejecución. Las variaciones son infinitas....

Creo que voy a tener que revisar mi lógica al tiempo que aprendo contabilidad...
Internet es la tierra prometida ;)



Edit: ¡Ah! Y si se opta por la primera, Proudhon ya sacó la conclusión:
« La propriété c'est le vol ».

Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: saturno en Marzo 04, 2016, 00:28:00 am
Michael Mann -- The Sources of the Social Power
PP409-410
(Acerca de la Europa Medieval, tras la caida de Roma)

----
Tomo I
https://uniteyouthdublin.files.wordpress.com/2015/01/the-sources-of-social-power-michael-mann.pdf (https://uniteyouthdublin.files.wordpress.com/2015/01/the-sources-of-social-power-michael-mann.pdf)

Tomo II
http://www.sscnet.ucla.edu/soc/faculty/mann/Doc6.pdf (http://www.sscnet.ucla.edu/soc/faculty/mann/Doc6.pdf)
----

Citar
The subtler conclusion concerns the impact of these autonomies on an insti-
tution that was to assume an important later role: private property. As it is
conventionally understood today, private property confers exclusive owner-
ship of economic resources by law. In these two respects, early feudal Europe
lacked private property. Bloch remarks that feudalism, unlike both Roman
conceptions and ours, had no conception of "purely" economic relationships
in land. It was rare for anyone to speak of ownership. Lawsuits turned not on
ownership, still less on written documents of "law," but on custom and seisin
- possession made venerable by the passage of time. Ownership could not
exist where land was burdened with particularistic obligations to superiors
and community (1962: I, 115). Those who start from such a contrast create
for themselves a formidable problem in explaining the transition from feudal-
ism to capitalism. Most have found it necessary to invoke a deus ex machina:
the revival of Roman law primarily by the European state, but also by prop-
erty possessors in general, which became influential about 1200 (e.g., see
Anderson 1974b: 24-9).

Yet, although the Roman-law revival was not without significance, the break
was less decisive than this would imply. Law is not a necessary part of effec-
tive private property - otherwise preliterate societies could barely possess
such property. But a concern with law as a criterion of private property con-
ceals what is actually the normal relationship between the state and private
property. Conventional modern understandings assume that effective private
possession occurs first and that then the state is brought in to legitimate it. To
a degree this actually happened from the twelfth century onward in the enclo-
sure movement, part of the transition to capitalism. But as we saw in earlier
chapters, effective private possession had been hitherto normally created through
the state. Normally, the disintegration of an expansive state had enabled its
provincial agents and allies to sieze and keep its public, communal resources
for themselves. The essential precondition of this was literally "privacy" -
the ability to hide resources from the public domain.

In the early Middle Ages this had happened again as vassals obtained effec-
tive possession of lands supposedly held from their lord. In medieval Europe,
peasants were able to do likewise from their lords. Indeed, the fact that no
community or class organization (state or otherwise) possessed monopoly powers
meant that almost everyone had his or her own economic resources, which
were "private" in the Latin sense of hidden from the control of the state or
others
. In this sense, European feudalism conferred an extraordinary degree
of "private" property. Property was not in the form of land exclusively con-
trolled by a single person or household. But "private," that is, hidden, eco-
nomic activity was more widespread than it is in our own mature capitalist
era (in which around 10% of persons effectively possess 80% of private wealth,
and where infrastructurally powerful states and corporations restrict real pri-
vacy even further). As early as A.D. 800, European feudalism was dominated
by private property, in the sense of hidden and effective possession.

Thus the emergence of capitalist private property presents a somewhat dif-
ferent explanatory problem from those found in most conventional explana-
tions. First, it is not a matter of how people acquired their own private resources
from more communal "feudal" institutions, but rather a matter of how a few
preserved them through changing circumstances - to appear eventually as
"capitalists" - and of how the mass of the population lost their property
rights to appear eventually as landless laborers. Second, the rise of the state
was not antithetical to the rise of capitalism, but a necessary element in the
elimination of multiple, particularistic obligations by unitary, exclusive own-
ership.
Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: juancoco en Marzo 04, 2016, 10:01:56 am
Michael Mann -- The Sources of the Social Power
PP409-410
(Acerca de la Europa Medieval, tras la caida de Roma)
............

In the early Middle Ages this had happened again as vassals obtained effec-
tive possession of lands supposedly held from their lord. In medieval Europe,
peasants were able to do likewise from their lords. Indeed, the fact that no
community or class organization (state or otherwise) possessed monopoly powers
meant that almost everyone had his or her own economic resources, which
were "private" in the Latin sense of hidden from the control of the state or
others
. In this sense, European feudalism conferred an extraordinary degree
of "private" property. Property was not in the form of land exclusively con-
trolled by a single person or household. But "private," that is, hidden, eco-
nomic activity was more widespread than it is in our own mature capitalist
era (in which around 10% of persons effectively possess 80% of private wealth,
and where infrastructurally powerful states and corporations restrict real pri-
vacy even further). As early as A.D. 800, European feudalism was dominated
by private property, in the sense of hidden and effective possession.

Thus the emergence of capitalist private property presents a somewhat dif-
ferent explanatory problem from those found in most conventional explana-
tions. First, it is not a matter of how people acquired their own private resources
from more communal "feudal" institutions, but rather a matter of how a few
preserved them through changing circumstances - to appear eventually as
"capitalists" - and of how the mass of the population lost their property
rights to appear eventually as landless laborers. Second, the rise of the state
was not antithetical to the rise of capitalism, but a necessary element in the
elimination of multiple, particularistic obligations by unitary, exclusive own-
ership.


Una cosa que a mi modo de ver no menciona y que se encuentra en el origen del fenómeno que describe es la desaparición de los Commons en UK, las desamortizaciones en España y los fenómenos parecidos que se dieron en toda Europa. Una expropiación de esa "propiedad difusa" en toda regla apoyada por el estado. Ese razonamiento le llevaría a plantear el contubernio entre estado moderno y élites industriales entrando en terreno espinoso. De aquellos lodos, estos barros.

Un saludo
Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: saturno en Marzo 04, 2016, 14:16:08 pm
Pero la apropiacion de los Commons se inicia más tarde, creo. Corresponde al inicio del capitalismo (XVI y siguientes) ¿no?

Aquí se refiere a la formación misma del concepto de "propiedad" tras el derrumbe de Roma como potencia territorial. Su misma definición de propiedad es meramente metodlogica  (= aquello que no está al alcance del Estado). Simplemente advierte que el Estado (en su sentido moderno) no era el único factor determinante, sino una especie de red funcional (extensiva/intensiva). De ahí su relectura socio--historica a partir de los 4 factores: economicos, politicos, militar, ideologicos.

Lo que hace Mann es rastrear cómo se formó el "capital" (usado aquí como otro concepto metodologico, independiente de la realidad del lugar/epoca) dentro de esa red de factores

Ahora, la propiedad real tal y como se entendía entonces no la tiene clara. Me pregunto incluso si le interesa conocerla. Creo que no, no se refiere casi nada a los textos legales y contratos de la época. Que los hay.

De todos modos, no entiendo bien a donde quiere llegar Mann.
Encontré el volumen I en PDF (he puesto el link arriba) y por ahora sólo entiendo que hace un reequilibrado entre los datos disponibles y nuestra forma moderna de interpretar la antigüedad. Es una manera de corregir nuestro sesgo interpretativo, pero en cuanto a los conceptos de la época, ¿¿ estamos igual que antes ??

Cuando me lei a Montesquieu, su análisis de la formación de la propiedad feudal y nobiliaria (a partir de los escritos de entonces) es mucho más compleja... y profunda que la de Mann.  Centrada eso sí en la tradicion de Francos y Germanos al norte de Europa y su contraste con el sistema patrimonial Romano.
Pero al menos te daba claves para interpretar el mundo actual, y en particular, para racionalizar nuestras Instituciones politicas
Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: saturno en Mayo 23, 2016, 10:07:47 am
Extracto de:
http://www.dcs.gla.ac.uk/~wpc/reports/info_book.pdf (http://www.dcs.gla.ac.uk/~wpc/reports/info_book.pdf)
Information, Work and Value
Allin Cottrell & Paul Cockshott & Greg Michaelson & Ian Wright -- 2007


Chapter 10. Money and the form of value
(Escrito por Cockshott)

Pag 225:
Citar
10.1.1 Legally independent owners - economic subjects

Commodity exchange presupposes the existence of economic subjects. An
economic subject is an abstract category that encompasses both people and
social organisationsthat engageintrade. Thereason whyeconomicsubjects
exist is two fold:

a The units of production in a society are not self sufficient.
b There exists no overall system of social direction of labour.

In a capitalist economy unit of production takes the form of an enter-
prise. An enterprise is a technical unit of production and, at the same time,
an economic subject. It can own things and it can buy and sell things. Such
economic subjects are ultimately the result of technology and a form of so-
cial division of labour. Capitalist production is social. The whole of society
is involved in the division of labour. Enterprises don’t produce for their own
needs, they produce for society. This contrasts with the ”natural economy”
of the peasant household, where the units of production and consumption
coincide.

Technology forces each enterprise produce just a few types of goods,
while consuming many. Enterprises consume goods produced by others
which necessitates a circulation of products among the enterprises. But,
as these are all subjects owning property, how can circulation take place,
without a loss of property?

The only possible way is the exchange mechanism. If products are ex-
changed as equivalents, then there is no loss of property. An enterprise
exchanges something of no use to it for something that it needs. It is not
interested in what its products are used for, but in the equivalents that it can
get by selling them.

The category of economic subject, is reflected juridically in the form of
abstract legal personalities: Pashukanis (1989). Here is seems that it is the
attributesofaperson thatare projected ontofirms. It maybebetterto lookat
it the other way round - that the properties of humans as legal personalities
- able to own property - derive from the needs of the enterprise system.
Historically most enterprises were sole proprietorships, and the rights of
the sole proprietor shaped the concepts of capitalist law. But these sole
proprietors were faces for units of production. It was the reproduction of
these units of production by trade that necessitated that their representatives
could own and dispose of property. These requirements informed our whole
contemporary outlook on what are ’natural’ or ’human’ rights.

Citar
Thisjuridical relation, whichthus expresses itself inacontract, whether
such a contract he part of a developed legal system or not, is a rela-
tion between two wills, and is but a reflex of the real economic re-
lation between the two. It is this economic relation that determines
the subject matter comprised in each such juridical act. The persons
exist for one another merely as representatives and therefore, as own-
ers of, commodities. In the course of our investigation we shall find,
in general, that the characters who appear on the economic stage are
hut the personification of the economic relations that exist between
them.” (Marx, Capital I, L&W, 1970, p 84)


If one thinks back to previous societies, one realises that people have not
always been legal personalities, bearers of inherent rights. To the framers of
the US constitution certain rights might have appeared self evident, but they
were self evident only as the rights of white property owners. Black slaves
and white indentured labourers were equally ’self evidently’ not the bear-
ers of such rights. Going back further, members of a hunter-gatherer tribe
or subsistence farming family were not economic subjects in the modern
sense. The constitution of people as economic subjects is associated with
the onset of commodity production and the establishment of money. Today,
capitalist enterprises are forced by their technology to be inter-dependent.
But this is not the aboriginal condition. The aboriginal condition is virtual
self sufficiency, the self sufficient household economy or the self sufficient
village community. The existence of commodities and money can not orig-
inally have sprung from the demands of reproduction, even if they play that
role today.
Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: saturno en Mayo 27, 2016, 11:25:07 am
Apunte rápido:
Cockshott/Cottrell NO entran en la temática de lo que (yo) llamaría la "renta diferencial de la información".

====

Se ve claro cuando comparan su trabajo con la información asimétrica según Stiglitz/Akerloff.

Ver "13.4 T HE E CONOMICS OF I NFORMATION",
En la pág 355 de este PDF: http://www.dcs.gla.ac.uk/~wpc/reports/info_book.pdf (http://www.dcs.gla.ac.uk/~wpc/reports/info_book.pdf)
(Information Work and Value, 2007-- Allin Cottrell & Paul Cockshott & Greg Michaelson & Ian Wright)

Sigue al debate sobre el monetarismo de Hayek, que es un resumen conceptual de todo el libro (en la versión de 2007, está aún pendiente de publicar y de ubicar algunos puntos.

====

Me parece que para Cockshott/Cottrell la información en sí misma es un constituyente social de los procesos productivos: las reglas de apropiación vienen impuestas por el estado de la técnica, pero la renta en sí misma, es siempre un Profit del Trabajo..
Por ejemplo, dirán que al capitalista se le reconoce la propiedad del superávit, porque es la única forma práctica (en el estado de la técnica productiva y social) de facilitar su acumulación como capital.

No creo que esto sea extrapolable a la economía de la información. Stiglitz/Akerloff  no me convencen (no los he leido), pero el punto de fractura al que apuntan es básicamente correcto: la economía de la información genera valor porque la regla de apropiación determina el proceso de producción, y no al revés. Aquí, la renta-Rent es primero diferencial y luego la regla de propiedad condiciona los medios de produccion, condiciona la forma en que organizas el Profit-Trabajo para producir valor.

====

En realidad, el valor que extraes de la "información" es una renta-rentismo. Se analiza como una renta diferencial, a la manera de Ricardo cuando intenta comprender la renta-rentismo de los terrenos.

Hay un problema de lengua en español, con la palabra "renta" que significa igualmente:
Renta-rentismo    = "Rent" en inglés, Royalties => en virtud de una regla de Propiedad
Renta-productiva = "Profit", Ganancia, supéravit => en virtud de la TVT (por división de trabajo, acumulación de capital, estado de la técnica de producción) y accesoriamente (?) de la propiedad de esos medios de producción


Cockshott/Cottrell no entran (no integran) a la renta diferencial ('Rent') porque ésta es para ellos una consecuencia accesoria del estado social/estado de la técnica de producción. Si el desarrollo de los medios de producción evoluciona, simplemente, evoluciona también la regla de apropiación: y se pasa sin problemas de la propiedad feudal, a la propiedad privada capitalista y lógicamente a la propiedad colectiva.

La maximización del 'Profit' condiciona de forma adaptativa la asignación de 'Rents', si hace falta, modificando las reglas de propiedad, el régimen social.

Y fin del debate sobre la "Información"

===

La duda que tengo, es si la "regla de propiedad" es siempre una consecuencia necesaria del proceso de producción.

Cuando BGates (hijo de un notario) negocia con IBM la licencia del CPM/DOS, se inspira del esquema diferencial que Ricardo analizó con tierras raras.  De forma similar, la licencia SW fabrica contractualmente una renta diferencial que se apoya en la propiedad intelectual.
Está inspirada de la regla de apropiación asociada a la Renta-Rent. Y no se puede decir que el modo de generación de 'Profit'-del trabajo impusiera el modelo de remuneración por Royalties. No me encaja de esa forma.

Es significativo que cuando RMStallman (el del SW libre, GNU) plantea sus 4 x libertades, se retrotrae al modelo feudal (o esclavista) donde eres "libre" siempre que no cruces los 4 lindes de la libertad definidos por la licencia. Fuera de ellos, se te prohibe todo. Lo que la GNU indica con su modelo de propiedad es que 1) la renta generada es diferencial (autor= derecho natural) y no productiva (autor= colono) , y que desde ésta 2) se pasa a un modelo de ganancia basado en el trabajo "libre", es decir, no remunerado por el Trabajo que produce el propio SW sino por "servicios ajenos" a terceros, haciendo uso de ese SW


Cuando las licencias Creative commons se introducen, asumen la P.I. como si la obra fuera una prestación de servicio, sobre un principio algo (muy) confuso) pero que viene a ser el de la Capitalización de derechos. A mi me parecen estúpidas, (por infantiles) pero al menos, funcionan mientras te creas básicamente el discurso de la propiedad capitalista. Se ve más claro cuando miras a ver qué ocurre con el "capital de derechos" de las obras traducidas. Efectivamente, en ese punto reconocen que las CC simplemente, no funcionan. Hay un problema. Claro que hay un problema.

En general, todo se viene abajo o afloran todas las antinomías cuando discutes con ellos sobre la relación entre "propiedad intelectual" y "trabajo de derivación" : en los debates acabas circulando por los mismos interrogantes filosóficos que se dieron acerca de la propiedad de la tierra y su explotación : en particular Rousseau, Marx, etc.

Lo que distingue la renta diferencial derivada de la propiedad de la tierra y la misma renta, pero derivada de la propiedad intelectual, no es la naturaleza de la renta en sí ni el "objeto de la propiedad", el sustantivo, (medio de producción, semillas o programas). Lo que varía es su definición espacio temporal, respecto del propietario (del sujeto): lo subjetivo. Pero no sé si sería más bien un verbo (la sociedad),  puede que sí.

Quedémonos en lo sustantivo.

En el caso de las tierras, la renta diferencial opera sobre la limitación física (asumiendo una propiedad perpétua)
En el caso de la prop.intelectual, la renta diferencial opera sobre la limitación temporal de la exclusividad (además de limitación ligada al ámbito juridico, territorial)

De ahí, que en 1987 (si recuerdo) se empezara a aumentar la exclusividad intelectual del SW de 7 años a 14,, hasto hoy de 70 años, se confunde con la de cualquier creación.
Y que durante los años 2000, se hiciera un trabajo enorme para incorporar a todos los países a la OMS y en particular a los Convenios de Propiedad intelectual.
Es decir, se trabajó para reducir las limitaciones impuesstas por el "ámbito juridico" de las leyes de propiedad intelectual, con el fin de que la P.I. se considerara geográficamente ilimitada.

====

No estoy decepcionado, la 'Summa' de Cockshott/Cottrell sobre la producción de valor me parece correcta (y completa, a día de hoy).

El libro es una integración de varios papers suyos y de otros que fueron publicando desde 1993.

Me pregunto si la relación entre la renta diferencial 'Rent' respecto de la renta productiva 'Profit' es tan lineal como la describe el marxismo: si la Rent es una forma de apropiación social residual, anecdótica en cuanto uno entra en la sociedad industrial. Viene a considerar que la renta diferencial es una mera manifestación fenomenológica dentro de la la evolución de la única renta real, la del Trabajo&Empresa, la de la plusvalía.

Pienso en la demostración de que aumenta la entropía del sistema monetario (distancia de manhattan) cuando el Prestatario (deudor) resulta que es más "rico" en términos contables que el Prestamista (acreedor).  Ver capitulos 10 y 11, y el anexo "C" para la demostración completa.
Esa demostración es buenísima. De hecho, es como una redefinición del rentismo ppcciano en términos de entropía. Pero no parece que Cockshott/Cottrell vean que ese rentismo estructural pueda estar a la altura de la TVT.

¿Se puede entender la renta diferencial como un caso particular de "rentismo" respecto de la renta productiva del Trabajo&Empresa? ¿O es al revés?


Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: saturno en Septiembre 01, 2016, 00:43:59 am
(Movido desde el hilo PPCC -- aquí es más propio, y es un tocho)


Citar
LA PROPIEDAD EMPEZÓ SIENDO COLECTIVA.-
La propiedad es un haz de derechos y, sobre todo, de obligaciones.

El estado natural de la propiedad es que sea pública.

La propiedad privada individual y el Pensamiento Merchero que conlleva (p.e. cuando se niega el dominio público hidráulico y se dice que todo el agua debiera gestionarse empresarialmente) son anomalías.

Los popularcapitalistitas dais asco. Sois el cáncer del capitalismo.

¡EL CAPITAL NO SE REPARTE!

Aprovecho para hilar sobre el post de Chosen, pero ppcc viene a cuento.

La propiedad no es que fuera "pública", es que no existía como derecho autónomo, independiente.
Hasta la aparición de la economía "industriall", de las Ciudades Estado, no se concebía que un bien pudiera cambiar de propietario. Lo que cambiaba era el Señor que recibía la custodia del bien.

Todo el asunto es comprender que hasta la aparición de las "artes" industriales, antes de la formación de una economía secundaria, todos los bienes eran primarios: ganado, cosecha. En una economía primaria, no existe la noción de propiedad enajenable: el fondo no se desplaza ni cambia. Lo que cambia es el Señor de turno. Toda la economía primaria se puede fundamentar en un simple mecanismo de "investidura" de una posesión, normalmente (o siempre) del propio fondo : conquista, costumbre, linaje, autorización del monarca o más simplemente de Dios (que legitima a su vez la conquista, la costumbre, etc.).

No hace falta "registro de propiedad" en ese sistema económico. Ni siquiera existe el trueque. El fondo es como lo que hoy llamamos "inmovil"-iario, y la renta es primaria.


(click to show/hide)

Este rollo (y lo escribo para aclararme a mí mismo, por cierto), es en respuesta a la imagen que elige Chosen del Estado como si fuera un mero "Marco" para el Capital&Trabajo.
El Estado no es un marco, como si fuese un escenario preexistente. Es un factor indisociable del Capital y Trabajo.
Y me dan ganas de añadir que hay un cuarto: el derecho de propiedad (que es lo que estamos viendo independizarse desde los 90 con las tecnologías de la Informacion: no por nada las leyes de Propiedad intelectual ya operan como un tributo (in)temporal, pero independizado del Estado territorial, al que sólo les quedan los aranceles aduaneros)

Pero sean 3 o 4 factores, el Estado es realmente una formación en progreso. Como si fuese el programa, el algoritmo, los economistas hablan de "flecha" que si funciona cumple una función "industrializadora", (tributaria territorial y temporal) que hace posible que los rendimientos de la actividad humana sean crecientes.

Si el Estado cumple su función, entonces los rendimientos son crecientes, el Trabajo se acumula en Capital y, reciprocamente, la formación de Capital sostiene el crecimiento de la población, la diversificación de profesiones y la división del Trabajo. Si el Estado-Algoritmo  (con la propiedad, asociada o disociada) no funciona, ni el Capital ni el Trabajo pueden tener rendimientos crecientes, es decir, ser productivos. Sin el Estado-Algoritmo, no es posible salir de la economía primaria, que por naturaleza tiene rendimiento decreciente (Malthus)

También es cierto como desarrolla Reinert que la regresión es posible: que con un Estado ya formado, su funcionamiento consolide rendimientos decrecientes y desemboque en la desaparición del Capital y el Trabajo. Que es el Pisito y el odio al dinero, al Estado y a los tributos (puede que sólo a los territoriales, consiguiendo que los tributos "temporales" sean eternos comos los de Dios o del Señor feudal) . Un regreso a la economía primaria e inevitablemente, un regreso al feudalismo. Y al Estado fallido de mpt.

Léanse a Reinert. La idea es muy sencilla, muy coherente, y además la explica muy bien.
Google "erik reinert la globalización de la pobreza ... ......... "  (completen con el modo de obtención ;)

(Preciso que la reflexiones anteriores sobre la propiedad son mías, pero encajan bien y se ven diáfanas cuando le vas leyendo).

¡Saludos!

(Perdon por lo mal escrito, un portátil no es buen soporte. No pensaba extenderme así.)
Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: Frommer en Septiembre 01, 2016, 12:52:52 pm
Permitan un comentario/consulta de un lego en la materia:

Respecto a todo esto del concepto de Capital que últimamente cita tanto el maestro, me ha hecho pensar en la propiedad de la tierra; y si Capital es trabajo acumulado, no sería posible entonces considerar al agricultor como al primer capitalista? en el sentido de que acumula el excedente de trabajo realizado por la Naturaleza en su función (re)productiva.  Además al ser "propietario" de la tierra, ¿encaja con la relación social de Marx? (Creo que en la definición que citaba ppcc o algún forero se matizaba que en el original, un capitalista era el que estaba situado en un punto de una relación social-propietario del excedente.

Gracias por sus respuestas y perdón si no utilizo bien los términos.

Saludos.
Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: CHOSEN en Septiembre 01, 2016, 14:28:46 pm
El agricultor sólo es capitalista en cuanto poseedor de los medios de producción. Esa es la definciión de "capitalista" (propietario del capital y del excedente). Ser agricultor no es equivalente a ser propietario, la vendimia está llena de agricultores que recogen uva y no son propietarios. De hecho puedes ser propietario de un tractor y no tener tierras propias, sino que aras las de otro (o contratas trabajadores especializados para que usen tus medios de producción).
En este último caso es donde mejor se ven las relaciones y es el más habitual, al haber varios niveles combinados en la estructura productiva. A nadie se le escapa que para fabricar un coche hay decenas de proveedores, todos ellos con sus respectivos trabajadores y propietarios del capital.

1- propietario de la tierra pero no tiene medios. Obtiene plusvalías.
2- propietario del medio de producción (tractor). Obtiene plusvalías.
3- trabajador. Vende su mano de obra.
Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: saturno en Septiembre 01, 2016, 14:37:18 pm
Permitan un comentario/consulta de un lego en la materia:

Respecto a todo esto del concepto de Capital que últimamente cita tanto el maestro, me ha hecho pensar en la propiedad de la tierra; y si Capital es trabajo acumulado, no sería posible entonces considerar al agricultor como al primer capitalista? en el sentido de que acumula el excedente de trabajo realizado por la Naturaleza en su función (re)productiva.  Además al ser "propietario" de la tierra, ¿encaja con la relación social de Marx? (Creo que en la definición que citaba ppcc o algún forero se matizaba que en el original, un capitalista era el que estaba situado en un punto de una relación social-propietario del excedente.

Gracias por sus respuestas y perdón si no utilizo bien los términos.

Saludos.

Para nada, apuntas precisamente a lo que critica Reinert.

>considerar al agricultor como al primer capitalista?

El asunto clave es que las actividades primarias (tierra, agricultura, ganado) están sometidas a rendimientos decrecientes. Es la ley de Ricardo, donde el crecimiento del capital, de la riqueza general se acompaña de un rendimiento decreciente. Para cada nueva unidad de capital, para cada nuevo fondo que pones en cultivo por la presión de la demanda/competencia, el capital que inviertes rinde menos. Llega simplemente un momento en que no es posible invertir capital porque el rendimiento es nulo. Llegas al muro de los rendimientos decrecientes, y la economía se estanca. Es entonces necesario proceder a eliminar capital/trabajo para poder al menos mantener la activida en un equilibrio. Malthus = emigración, malnutrición, o directamente eugenesia (1a mitad del sXX)

===

La cuestión es si en una economía primaria, los recursos técnicos o humanos que debes aportar merecen llamarse "Capital". Reinart te contesta que llamar "Capital&Trabajo" a algo que en una economía primaria conlleva rendimientos decrecientes no tiene ningún sentido.  El problema aquí es el aparato teorico que es incapaz de distinguir entre economías con rendimientos crecientes y decrecientes.

El Capital y el Trabajo son conceptos vacíos fuera de actividades de rendimiento creciente. El Capital está para acumularse, para lo cual el Trabajo (en numero de empleos, especialización, división) debe CRECER. Los economistas del Consenso de Washington definen el Capital&Trabajo a partir de actividades secundarias  (industria de transformación) y terciarias (servicios), pero como NO distinguen entre ellas, como en su mundo panglossiano los rendimientos son equilibrados, concluyen que las actividades primarias (minería, agrícola, ganadería) operan según las mismas leyes.

Ignoran que las primarias evolucionan con rendimientos decrecientes, y las secundarias con rendimientos crecientes. Es la bajada de precios de la tecnología conseguida por las actividades secundarias lo que les evita a las actividades primarias toparse con el límite de los rendimientos decrecientes (el tractor es barato, hay dinero para construir diques, carreteras...). Y el "algoritmo" que permite esas sinergias campo-ciudad, actividad primaria-secundaria es la política Estatal.
Pero claro, ese Estado tiene poco que ver con el "dominio" señorial (llámese romano esclavista o visigótico feudal).

Entonces, se puede considerar al agricultor como un capitalista?
En ausencia sinergias campo-ciudad, la respuesta es NO. No existe evaluación del rendimiento de su fondo, tan sólo mecanismos de conservación de lo que el fondo da de sí, en el estado de la técnica existente. Pero no hay inversión capitalista para desarrollar esa técnica. Así que tarde o temprano, lo que tienes es un Señor que se adueña de los medios de producción. Como los rendimientos son decrecientes, el Señor hace de regulador eliminando la superpoblación, construyendo muros para evitar migracions, y en general eliminando capital&artesanos porque todos los recursos son de subsistencia.

En presencia de sinergias campo-ciudad, la respuesta puede ser sí, en la medida que el Estado capitalista subordina políticamente a los agricultores (a las actividades primarias) y favorece a la industria de tal forma que la tecnología baje de precio suficientemente como para competir con los recursos de subsistencia. Es decir, cuando comprar un tractor en lugar de dar salarios de subsistencia a 10 paisanos, porque el rendimiento que le sacará es MAYOR, entonces el agricultor se puede considerar "capitalista".

Finalmente, si el rendimiento con un tractor (subvencionado, por ej,) sigue siendo MENOR que con 10 paisanos, entonces agricultor es un parásito para Capital&Trabajo, y lo que mejor conviene hacer, es expropiarle, antes de que se proclame Señor de las tierras.
Reinart observa que eso es también lo que ocurre con la globalizacion de la pobreza, pero en este caso, se debe a que la sinergía Campo/Ciudad no funciona debido a que la globalización ha roto el vínculo Estatal : el Estado donde está el Trabajo y el Estado donde está el Capital no son el mismo Estado.

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Finalmente, me pregunto si se puede llamar con propiedad "capital" al propio fondo.
Creo que no. Que Capital y Trabajo son conceptos vinculados al Estado capitalista (=lo que determina las reglas de propiedad: distribución de la renta, via sistema tributario).

Me parece por ejemplo, que lo que está diciendo ppcc es que un Fondo primario no tiene "precio", lo único que tiene es un coste (de reposición, o de mantenimiento).
Por eso además, hasta los 80, los fondos primarios eran simplemente estatales.

De tal forma que tras el C.P. de los 80, si fuerzas artificialmente los Fondos primarios a "competir" con el Capital/Trabajo aprovechando los mecanismos financieros que fueron pensados para actividades de rendimiento crecientes, lo único que consigues es lastrar toda la economía con costes improductivos. Es como si reinyectas actividades de rendimiento decreciente en toda la economía.

Así, cuanto más insistas en considerar el Pisito como un Capital, más trabajas en la destruccion de actividades con rendimientos crecientes, es decir, destruyes Capital y Trabajo.


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La verdad es que leer a Reinert después de estudiar al maestro es de gloria.
Reinart tiene muchas lecturas clásicas y piensa bien. Pero es como.... timorato (por ejemplo, sus libros no están en acceso público. Hay algo que no cuadra con él).

Pero si conoces a PPCC, sabes que lo que dice Reinert es correcto, pero además, tienes herramientas para sacarle las conclusiones que Reinert no saca aunque las tenga delante,
y que PPCC no acaba de ver, aunque tiene todas las herramientas.

Y creo además que ni Reinert ni PPCC (ni nadie) intuyen bien el papel de las reglas de propiedad cuando la tecnología es la de la información. Reinert sólo observa que en este tipo de actividad la taxonomía de los rendimientos crecientes/decrecientes no funciona.


@maestro: vuelva a leerse a Reinert Erik. (o mejor: oriéntenos para saber de otros que vengan luego). La reedicion del libro de Reinert es del 2007.
Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: saturno en Septiembre 01, 2016, 14:54:21 pm
El agricultor sólo es capitalista en cuanto poseedor de los medios de producción. Esa es la definciión de "capitalista" (propietario del capital y del excedente). Ser agricultor no es equivalente a ser propietario, la vendimia está llena de agricultores que recogen uva y no son propietarios. De hecho puedes ser propietario de un tractor y no tener tierras propias, sino que aras las de otro (o contratas trabajadores especializados para que usen tus medios de producción).
En este último caso es donde mejor se ven las relaciones y es el más habitual, al haber varios niveles combinados en la estructura productiva. A nadie se le escapa que para fabricar un coche hay decenas de proveedores, todos ellos con sus respectivos trabajadores y propietarios del capital.

1- propietario de la tierra pero no tiene medios. Obtiene plusvalías.
2- propietario del medio de producción (tractor). Obtiene plusvalías.
3- trabajador. Vende su mano de obra.

Sí, pero voy a precisar, de acuerdo con mi post anterior

1- propietario de la tierra pero no tiene medios.
        Obtiene rendimiento DECRECIENTE.           
        Las plusvalías provienen de reducir salarios, inversiones, extraer renta (subvenciones)
         (respectivamente, presión decreciente sobre : Trabajo, Capital, Estado)

2- propietario del medio de producción (tractor). Obtiene plusvalías.
        Obtiene rendimiento CRECIENTE.           
        Las plusvalías provienen del rendimiento, superior al aumento de salarios, inversión, y de impuestos (respectivamente, creciente en el Trabajo, Capital, Estado)

3- trabajador. Vende su mano de obra.
        En el caso 1) anterior, su renta es DECRECIENTE, hasta el limite de subsistencia
        En el caso 2) anterior, su renta es CRECIENTE, en proporción aunque siempre inferior al crecimiento global de la actividad.

Es muy sencillo, y muy bien analizado.
De hecho, Reinert comenta que hasta los 80, era obvio para todos los economistas desde el XVII

De lo que discutían los economistas no era si había que optar por rendimientos crecientes,
sino del modelo politico más adecuado para conseguir rendimientos crecientes y conseguir crear las sinergias Campo/Ciudad que permitan incrementat Trabjo, Capital, y Estado.
Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: CHOSEN en Septiembre 01, 2016, 16:17:00 pm
Citar
Las plusvalías provienen de reducir salarios, inversiones, extraer renta (subvenciones)
No amigo. El propietario de la tierra obtiene plusvalías de la tierra. Por eso hay toldos en Murcia y tres cosechas de plátanos en Paraguay. Pero desde luego no salen "porque si". Hay que invertir.

Creo que estás confundiendo la ley de los rendimientos decrecientes (economía) con el rendimiento del sustrato en un momento histórico concreto ???
Los cultivos hidropónicos y las 4 cosechas anuales son muestra de que la agricultura y la ganadería son igual de CRECIENTES que el resto de sectores. Igualmente el rendimiento decreciente del sector industrial existe, por ejemplo en la pintura con plomo y las máquinas de escribir.

Si así fuera, en vez de haber cada vez más alimentos habría menos!!!
Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: saturno en Septiembre 01, 2016, 17:03:44 pm
Citar
Las plusvalías provienen de reducir salarios, inversiones, extraer renta (subvenciones)
No amigo. El propietario de la tierra obtiene plusvalías de la tierra. Por eso hay toldos en Murcia y tres cosechas de plátanos en Paraguay. Pero desde luego no salen "porque si". Hay que invertir.

Creo que estás confundiendo la ley de los rendimientos decrecientes (economía) con el rendimiento del sustrato en un momento histórico concreto ???
Los cultivos hidropónicos y las 4 cosechas anuales son muestra de que la agricultura y la ganadería son igual de CRECIENTES que el resto de sectores. Igualmente el rendimiento decreciente del sector industrial existe, por ejemplo en la pintura con plomo y las máquinas de escribir.

Si así fuera, en vez de haber cada vez más alimentos habría menos!!!

Si el proprietario del fondo obtiene plus valias NO ES POR EL FONDO, sino por la tecnología que el sector industrial le facilita a costes cada vez menores, de forma que el rendimiento decreciente del fondo nunca llega al límite malthusiano en el que hace falta "eliminar" población (trabajo, capital, y finalmente el mismo Estado)

LO que tú implica(ba)s es que la mera propiedad del fondo es equivalente a Capital.
Y concluyes que el terratienente obtiene plusvalías

No creo que sea así de sencillo como decir Propiedad(x) == Plusvalía == Acumulación de capital.
No es sólo Ricardo, también es Marx el que hace esa equivalencia.

Según esa ecuación, el Señor feudal es un Capitalista con plusvalías demenciales y las revueltas desde la Edadmedia una prefiguración de la Ia internacional

La ecuación más correcta sería decir

R.Creciente ==> Propiedad.Temporal[Patente](x).  . Propiedad.Territorial[Estado](x) . Capital(x) .
Trabajo(x)  => PValía (¿de quién, en qué territorio, durante cuánto tiempo?)

La pregunta final es la misma que la de Marx
La composición central es compatible con Ricardo, Marx y la TVT pero más desarrollada.
Pero con el término izquierdo, introduces una "taxonomía" inicial que ya no puedes ignorar: la taxonomía te dice que es importante distinguir formas de componer actividades según obtengan rentas crecientes o decrecientes.

Esa taxonomía de la izquierda es la que está pendiente de hacer en economía, como dice Reinert: la que te dice que las actividades pueden ser de R.creciente o R-decreciente según el Tiempo de concesión de patente, según el Territorio donde opera la reserva arancelaria, y el efecto del Capital&Trabajo ya no será el mismo.

Por eso no basta simplemente con globalizar el Capital&Trabajo a nivel mundial para conseguir como por magia R.Crecientes en todas partes
Lo que se observa desde los años 80 es lo contrario : los efectos de R.Decrecientes del 3mundo por la globalización, pero también los mismos efectos de los R.Decrecientes en la estratificación social, por el Pisito para todos (=distribuir capital al pueblo)


Es ese matiz, el de saber donde y cómo opera la propiedad temporal o territorial, que es efectivamente un tema de debate. Y de este hilo, que empieza a parecer cada vez con más calado (bueno, también será que lo alimento yo, je, je 8) )

Citar
Si así fuera, en vez de haber cada vez más alimentos habría menos!!!

Es que donde sí HAY más alimentos es en los Estados con R.Crecientes y en los estratos sociales superiores. Y es lo correcto.

EL problema es que donde HAY menos alimentos es en aquellos Estados con R.Decrecientes que son a su vez los PRODUCTORES de esos mismos alimentos que a ellos les faltan.
Asimismo, faltan en los estratos sociales pauperizados: aquellos donde la Renta Disponible es insuficiente por estar parasitados por plentiful actividades improductivas

Lo que se configura así es un sistema mundial y estatal donde al no existir sinergia de sectores Primario/Secundario dentro de un régimen de Propiedad (patentes temporales y aranceles territoriales) coherente -- dentro de una estructura coherente de Estado+Capital+Trabajo --, se va configurando un sistema de relaciones internacionales que calca un proceso que conocimos en Europa: con subsidios "à la romana" primero, luego con diferenciación de linajes, razas o nacimiento, "à la feudal".

Es coherente.
Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: Frommer en Septiembre 01, 2016, 17:45:30 pm
Gracias estimados co-foreros, un debate interesantísimo pero no entiendo ni la mitad.  :-[

Mi duda era mucho más simple, si con 100 granos de trigo obtienes 100 espigas y éstas producen 25 granos cada una, ¿es correcto considerar esa producción fruto del "trabajo" de la planta? ¿plusvalía? (Chosen dice si...)

y si es así, dado que el propietario de la tierra (digamos que además es el agricultor) acumula ese trabajo (en el granero), no es eso trabajo acumulado?

en todo caso, dado que mis términos están muy lejos de los suyos, no me hagan mucho caso y sigan, que da gusto leerles (como siempre).

Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: CHOSEN en Septiembre 01, 2016, 20:02:59 pm
No se si te entiendo bien Frommer, pero creo que si. El agricultor (autónomo) sería capitalista y dueño de su trabajo, de los medios de producción, y de la plusvalía generada por el capital y por el trabajo. En realidad no habría plusvalía por trabajo porque todo el trabajo es su propio beneficio, pero para entendernos vale. De todas formas cuidado, ser "capitalista" no es la panacea. Para empezar, te comes las inversiones, el riesgo, y compites contra otros "capitalistas" (véase las diferentes marcas de tractores).

Lo que me llama más la atención esla equiparación de "ACTIVIDAD CONCRETA" con "SECTOR" que hizo Saturno. De hecho no creo que existan los "rendimientos crecientes", es intentar inventar algo nuevo llamando rendimientos a los beneficios propios del producto o servicio (nuevo).
Los rendimientos crecientes se darían en una actividad concreta durante un tiempo concreto, supongamos la fabricación de microchips. Pero la ley de rendimientos decrecientes es universal, y lo que nos dice es que sean microchips (rendimientos crecientes) o cinta para máquinas de escribir (rendimiento totalmente decreciente desde 995), esa actividad concreta se verá sometida a rendimientos decrecientes.
Esto se explica perfectamente en márketing con el ciclo de vida de producto.

En el caso de la tierra, simplemente nos encontramos ante el producto/servicio má antiguo, motivo por el cual llevamos en rendimientos decrecientes desde hace más tiempo. Lo cual no quita que siga habiend rendimientos crecientes en ACTIVIDADES agropecuarias concretas, por ejemplo el cultivo de quinoa (de moda) de soja (de moda), etc.

No se puede decir que el rendimiento (ratio inversión/beneficio) de un cultivo biológico es decreciente. Te cobran el kilo de tomates a 5€ !!!
Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: saturno en Septiembre 02, 2016, 02:58:17 am
A lo que describe Frommer de ir apartando renta, lo llamaría ahorro (=renta diferida).
El capital supone maquinaria y trabajadores (=plus valía)

@Frommer, no creo que nadie seamos "economistas" de formación (salvo los libros que nos leemos).
Usamos mal muchos los términos (yo el primero), pero por eso tenemos que hablar del significado.
Que es lo interesante.


Lo que me llama más la atención esla equiparación de "ACTIVIDAD CONCRETA" con "SECTOR" que hizo Saturno. De hecho no creo que existan los "rendimientos crecientes", es intentar inventar algo nuevo llamando rendimientos a los beneficios propios del producto o servicio (nuevo).
Los rendimientos crecientes se darían en una actividad concreta durante un tiempo concreto, supongamos la fabricación de microchips. Pero la ley de rendimientos decrecientes es universal, y lo que nos dice es que sean microchips (rendimientos crecientes) o cinta para máquinas de escribir (rendimiento totalmente decreciente desde 995), esa actividad concreta se verá sometida a rendimientos decrecientes.
Esto se explica perfectamente en márketing con el ciclo de vida de producto.

En el caso de la tierra, simplemente nos encontramos ante el producto/servicio má antiguo, motivo por el cual llevamos en rendimientos decrecientes desde hace más tiempo. Lo cual no quita que siga habiend rendimientos crecientes en ACTIVIDADES agropecuarias concretas, por ejemplo el cultivo de quinoa (de moda) de soja (de moda), etc.

No se puede decir que el rendimiento (ratio inversión/beneficio) de un cultivo biológico es decreciente. Te cobran el kilo de tomates a 5€ !!!


Yo tampoco sabía lo de las actividades con rendimientos crecientes.

En realidad, lo que hace Reinert es simplemente observar que los R.Crecientes no dependen sólo de la vida del producto (como si el mercado fuera perfecto), sino sobre todo del grado de desarrollo de las Economías (porque el mercado NO es perfecto -- y nunca lo ha sido).

Pero si razonas la Economía ordinaria como un conjunto coherente dentro de un Estado, puedes tener varias Economías-Estado donde un producto decreciente en un Estado, puede seguir siendo creciente en otro Estado.  Pero eso supone entonces introducir aranceles, para proteger tu industria.
Los aranceles no es que "provocan" desigualdades en el desarrollo, también pueden "favorecer" los desarrollos de forma que converjan -- como se hizo en la UE al principio (entre 56 y 89) 

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Por ejemplo, retomemos tu ejemplo de microchips y cintas de máquina de escribir.

En USA, los microchips tienen un rendimiento mayor (y creciente a medida que progresa la tecnología), y por tanto desaparecen las máquinas de escribir en USA.

Pero en Etiopía, con aranceles, la fabricación de máquinas de escribir podría tener un rendimiento creciente respecto de la fabricación de papel, que en Etiopía supongo que tendrá un Rendimiento super-decreciente. De forma que fabricar una máquina de escribir rentable en Etiopía (aunque no lo sea en USA), permite desarrrollar industrias, profesiones y división del trabajo que redundan en todos los sectores de la economía etíope. Y permite así mantener la fabricación de papel y su venta en Etiopia, aunque sea a un coste mayor que el papel en otros países. El arancel produce R.Crecientes en Etiopía en sectores escalables, aunque en el resto del mundo no son rentables.

El interés de ese planteamiento, explica Reinert, es que ahora mismo, con el sistema de libre comercio sin aranceles, Etiopía al no poder fabricar chips, se ve condenada literalmente a exportar materias primas (arena de silicio, por ej). En efecto, los Estados USA y Etíopia no forman una unidad económica. Por tanto,la extracción de silicio etíope no redunda en una diferenciación de actividades, profesiones  y Trabajo en Etiopía. Con lo que tienes la paradoja de que Etiopía se especializa, sí, pero sólo en exportar arena. Y como no hay sinergia industrial, llega un momento en que Etiopía tan ya sólo exporta arena, y es en USA donde se moldea el silicio porque la tecnología de transformación es rentable en USA, no en Etiopía. Así, Etiopía verá poco a poco cómo pierde incluso las máquinas para separar el silicio. Y sólo con arena, no puede alimentar su población. Se especializa en mantenerse pobre, como dice Reinert.


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El libre comercio tal y como lo practican actualmente USA y Etiopía, tiene un dobre resultado contradictorio :

Que en Etiopía no se usan microchips, porque al no haber desarrollado industria, no tienen Capital, Trabajo y poco Estado que haya aumentado el nivel de renta general: ¡no pueden pagar el ordenador!

Que en Etiopía tampoco se usan máquinas de escribir que SI PODRIA fabricar y utilizar dentro de su sinergia de crecimiento interno.



Reinert simplemente observa que el libre comercio tiene sentido entre economías con niveles de desarrollo similar, y porque sus industrias respectivas han pasado a necesitar ampliar mercados para crecer. El ejemplo es la Unión Europea (y aún así, se puede discutir como comenta ppcc acerca de España en 1989, que infló una burbuja para poder entrar al club)

Pero si el libre comercio es entre países con diferentes niveles de desarrollo economico, la propia ley de rendimients decrecientes hace que países como USA recuperan para sí todas las actividades con margen (primer mundo) mientras los demás recuperan las actividades primarias y decrecientes, con margen a veces nulo: Mongolia (que ya no produce nada), Chile (minas, cobre), supongo que Ukrania (trigo) es otro ejemplo.

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Resumiendo, la idea de Reinert es decir
-- que el sistema de libre comercio está convirtiendo la ley de R.Decrecientes de Ricardo en un arma indirecta de neocolonialismo, al prohibir (consenso de Washington) a Etiopía desarrollarse gradualmente fabricando máquinas de escribir

-- Que la noción de R-Crecientes/Decreciente sí puede administrarse si se piensan las Economías en términos de "emulación" de diferentes niveles de desarrollo.

-- Que esa forma de considerar las sinergias permite revertir la ley de R.Decrecientes desde el punto de vista del binomio Capital+Trabajo ( tradicional) y convertirla en un factor de "emulación" donde los que realmente opera es un trinomio Estado+Capital+Trabajo.

Es decir, que Etiopía poniéndose a fabricar máquinas de escribir en pleno S.XXI.... terminará por mera emulación industrial de USA fabricando (por ejemplo) teclados de ordenador, pero con patentes etiopíes. Sólo necesitará administrar aranceles (protección de industria local) y patentes (desprotección de industria foránea) el tiempo necesario para que la propia economía etíope sea capaz de desarrollar su propia industria hasta el punto que necesite a su vez mercado de exportación. Para entonces, para exportar a USA, reintegrará la OMC, sin aranceles, y respetando las patentes. Su propia industria se beneficiará entonces del libre comercio


Es la idea. Los R.Crecientes o Decrecientes dependen del grado de desarrollo del conjunto de cada economía. Pero si esa idea es cierta, entonces la economía no se reduce a Capita`+Trabajo, también hay un tercer factor, que es el Estado.

En Etiopía, tomando mi ejemplo, se impondrían aranceles contra la importación de ordenadores, el tiempo que la industría Etíope desarrolle patentes competitivas para fabricar teclados o nuevos métodos de comunicación Hombre-Máquina que necesiten ser exportados.
Es así como todos los países de Occidente, USA, la UE después de la IIWW, Corea, Japon, India, China, han conseguido desarrollar su industria.

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El libro de Reinert merece leerse. Y es de lectura muy rápida y para nada para especialistas.
Además, ha sido muy influyente. Y da coherencia a muchas cosas que ves que pasan


Por ejemplo, en Africa y América del Sur, se están multiplicando los tratados de comercio continentales para fomentar sinergias locales. Como las fronteras políticas no corresponden a la realidad de las poblaciones y economías, la solucion que han encontrado es organizar tratados de comercio que permitan a las mismas etnias/poblaciones/idiomas ponerse a trabajar juntas. Es curioso, pero es inteligente. Y China, (ahora Japon) encantados. Ahora China y Japón están trayendo la tecnología de transformación de materias primas a Africa, en lugar de que sea USA la que les compre, transforme en USA y reenvíe a África (o a China) los productos transformados.

También me dije que el restablecimiento de políticas arancelarias (=gravar la importación de productos perjudiciales para la industria local) también lo vemos en camino :
el TTIP está terminado, Trump que quiere muros con México. China que ha demostrado de sobra que una política arancelaria inteligente permite pasar de una economía primaria a mandar satélites al espacio en 25 años.

Otro ejemplo es lo de Rusia y la UE, que en realidad han restablecido aranceles aprovechando las "represalias comerciales" por Ukrania. Me pregunto si incluso si los EEUU estaban de acuerdo. Pero tambien ellos tienen una lista de paises son "aranceles inversos" de ese estilo
(que eso de las represalias es un eufemismo buenísimo y pretexto para no cumplir los pactos del Consenso de Wahington si lo piensas)


Cuando lees lo que comentan sobre los efectos de las represalias en Rusia, resulta que los argumentos que dan son los mismos que Reinert. Rusia se ha puesto a reindustrializar sectores que habían desparecido entre1989 y 2011 o 2012.

¿Es aposta?  (Somos de tradución histórica europea, después de todo. Maquiavelo and Co.)

Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: Lego en Septiembre 02, 2016, 16:23:42 pm
si para que un economista considere un mercado como "perfecto" ha de adaptarse a su modelo, entonces no me extraña que consideren que no existe el mercado perfecto.

Me meto en lo que me viene grande y os leo sin entender ni la cuarta parte, por eso pregunto

¿No sería más cabal asumir que el mercado es lo que es, (el objeto de estudio, y tan complejo como un ecosistema o un organismo superior) y que, en todo caso, el modelo es incompleto o erróneo?  Es que a mi me suena a eso de "si la realidad no confirma mis previsiones es que la realidad está equivocada"
Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: CHOSEN en Septiembre 02, 2016, 20:26:44 pm
Si Lego, si.
Pero nadie te obliga a asumirlo como verdadero ;)
Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: saturno en Septiembre 02, 2016, 21:01:37 pm
si para que un economista considere un mercado como "perfecto" ha de adaptarse a su modelo, entonces no me extraña que consideren que no existe el mercado perfecto.

Me meto en lo que me viene grande y os leo sin entender ni la cuarta parte, por eso pregunto

¿No sería más cabal asumir que el mercado es lo que es, (el objeto de estudio, y tan complejo como un ecosistema o un organismo superior) y que, en todo caso, el modelo es incompleto o erróneo?  Es que a mi me suena a eso de "si la realidad no confirma mis previsiones es que la realidad está equivocada"

Lo del "mercado perfecto" es por alusión a la teoría neoclásica del mercado libre. (Ricardo)

1.- Si tienes dos países que producen un mix de productos, pero cada uno produce alguno mejor que el otro, es más rentable que "cada país" aumente la producción del producto que mejor sepa y, con el excedente, le compre al otro los productos que no sabe hacer tan bien.

2.- De esa forma, parece además que evitas la Ley de rendimientos decrecientes: es decir, la fabricación de una unidad nueva de un producto ofrece un rendimiento inferior al de la unidad anterior. La forma de escapar a la ley, es aumentar el mercado: produces más, a margen menor, pero sigues ganando más mientas tengas mercado.

3- Por tanto, la forma de evitar los R.Decrecientes, que es produciendo más pero aumentando mercados, es asegurarse un Mercado Libre que pueda operar como un todo gobalizado. Además,  hará desaparecer a tus competidores, porque éstos se especializarán en los productos que tú necesitas y te comprarán los tuyos que los haces más baratos.

Es incuestionable en el papel. Luego, "la realidad como la ves", resulta que no sirve de argumento (porque cualquier fenómeno tiene miles de causas admisibles). Así que no puedes oponer la realidad a la demostración del libre comercio y de los R.Decrecientes.

===

Esa explicación teórica se impuso en los años 80-90, con el consenso de Washington. Los paises firmaron tratados para reducir aranceles, y para garantizar las patentes. El FMI era la mano obrera, que sólo ayudaba si aplicabas la receta.

El resultado es que todos los países que hicieron exactamente lo contrario (aranceles y no firmar los tratados OMPI de prop. intelectual) como India, China hasta hace poco,  desarrollaron industria, sinergias, y por tanto elevaron el nivel de Renta (Capital+Trabajo+Estado). Salieron adelante.
En cambio los paises que pasaron por el FMI (Chile, Argentina, Mongolia, Nicaragua la mitad de África) se estancaron en el nivel de desarrollo en el que eran más "competitivos", la producción de materias primas.
Pero como la poca industria que tienen no es competitiva en el Mercado libre, resulta que la ley de R.Decrecientes implica que incluso la industria primaria debe desaparecer. Se reduce la diversificiación y división del Trabajo (porque no queda organizado en empresas), y por tanto se reduce el nivel de Renta. Ya no exportas petróleo refinado. Exportas el bruto, pero tienes que volver comprar los productos refinados. En Venezuela ya hay hambre y debe ser el 5 productor mundial. Es también el proceso de desaparición de Capital-Empresarial y Trabajo que se está produciendo en Oriente medio, y probablemente la razón de la inestabilidad (Primaveras árabes).

Edit: En relación al nº 2) de arriba, lo que explica Reinert, es que la ley de RDecrecientes no "desaparece", o sólo de la vista del 1ºer mundo. Se desplaza del 1er mundo al 2º y al 3º. Pero en el 1er mundo, pensamos haber resuelto el asunto, y nos volvemos incapaces de ver la realidad. La Ley de RDecrecientes que debería aplicarse a nuestro mundo se desconecta del 1er mundo y se exporta a los "pobres".


El capital se va reduciendo poco a poco al "fondo", hasta que desaparece -- no el fondo, sino el capital--. El fondo permanece. También desaparece la propiedad (que es un invento industrial). Y ya sólo queda la "herencia". En cuanto al Trabajo, se reduce a la subsistencia, y tanto Ricardo como Malthus explicaron cómo se ajusta solita la población a las posibilidades del fondo.

Un poco más, y ya has restaurado la sociedad feudal. La sociedad primitiva, vamos. Donde la propiedad, el comercio y el trabajo son fenómenos que subsisten al margen de la sociedad. Como las putas, los mercaderes y los funámbulos.

Luego, decimos que la Sdad feudal es la causa de los males del 3mundo. Pero puede que sólo sea la consecuencia, como lo fue la Edad media europea y que la educación (la de los que mandan y pueden alimentar hijos) ya hace el resto.

En Europa se salió en el sXVII tras el sitio de Viena  (1529) y la batalla de Lepanto (1571).
Cervantes escribió entonces la historia de un Señor feudal auténtico, pero chiflado.
Y según Reinert los primeros libros de economía moderna se empezaron a publicar al año justo de retirarse los turcos de Viena. Luego se generalizó la anfisiografía, la letra de cambio, el sistema bancario, el crédito... las Ciudades Estado, la Hanse, los Paises Bajos, Inglaterra.... hasta hoy.

===

Así que una de dos, o el hombre es en su origen genéticamente diferente, unos nacen señores, otros nacen siervos o esclavos, y si uno es más blanco o más moreno, o si le reza a dos palos o a la luna, así es como se reconoce al mejor....

O bien la teoría de arriba está mal. Y si está mal, pero no lo es por el lado de las matemáticas, puede que lo que pasa es que lo esté por el lado de la realidad.

La realidad (sea animal, sea social, sea económica) tendría como modelo la biología (el razonamiento Histórico).

Y Reinert sugiere entonces pensar, en lugar de matemáticamente, hacerlo biológicamente.
Así, frente a la Ley de R.Decrecientes en la producción, lo que sugiere es una Ley de R.Crecientes planteada en términos de biología : así, el poder de la "emulación" para parecerse a su vecino es un factor estructurante de la economía.

Y como dice, lo que más cabrea, es que desde el sXVII hasta el plan Marshall, la metáfora biológica era la más corriente en economía. El modelo actual de la física (matemático) sólo tiene un precedente, que son los fisiocratas, que en la Francia del XVIII llegaron a provocar hambrunas tan brutales que cuando sus agentes racionales se recuperaron, organizaron la Revolución de 1789, y les cortaron la cabeza a todos. Tan verdad debe ser ésto, que Francia sigue siendo la economía más social-planificada-centralista de la U.E.

Ya pueden leer el libro, si no lo han hecho ya.

Es muy coherente.  Y creo que muy influyente  (todo el mundo lo dice, no yo)

Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: saturno en Noviembre 09, 2016, 00:46:13 am
Hago un recapitulativo de mi lectura de Henry George 
- Poverty and Progress edº modernizada de Drake (en ingles legible, muy bien hecha).
http://www.henrygeorge.org/pdfs/PandP_Drake.pdf (http://www.henrygeorge.org/pdfs/PandP_Drake.pdf)

Capitulo sobre "Leyes de la distribución" -- La ley de la renta diferencial

(click to show/hide)


Inicio del cap 14. Progress and proverty. H.George.
(click to show/hide)


La solución: Cap 25 -- Abolición de la propiedad privada del Fondo

(click to show/hide)




Carta de Marx sobre Progress and poverty
https://www.marxists.org/archive/marx/works/1881/letters/81_06_20.htm (https://www.marxists.org/archive/marx/works/1881/letters/81_06_20.htm)

Con interesantes apuntes sobre anterioridades de la idea (Creo que HG sí conocia algunas, pues menciona a los Fisiocratas franceses como los primeros en proponer la Tasa única sobre el fondo).

Articulo sobre HG y KMarx (1936) por un Georgiano(un Must-read)
http://schalkenbach.org/rsf-2/wp-content/uploads/2015/02/McEachran-1936-HG-Karl-Marx.pdf (http://schalkenbach.org/rsf-2/wp-content/uploads/2015/02/McEachran-1936-HG-Karl-Marx.pdf)

Buen resumen sobre el contexto de HG en los movimientos sociales de EEUU de fin de XIX
http://dissidentvoice.org/2013/08/karl-marx-vs-henry-george/ (http://dissidentvoice.org/2013/08/karl-marx-vs-henry-george/)
Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: Mad Men en Noviembre 09, 2016, 12:35:16 pm
si para que un economista considere un mercado como "perfecto" ha de adaptarse a su modelo, entonces no me extraña que consideren que no existe el mercado perfecto.

Me meto en lo que me viene grande y os leo sin entender ni la cuarta parte, por eso pregunto

¿No sería más cabal asumir que el mercado es lo que es, (el objeto de estudio, y tan complejo como un ecosistema o un organismo superior) y que, en todo caso, el modelo es incompleto o erróneo?  Es que a mi me suena a eso de "si la realidad no confirma mis previsiones es que la realidad está equivocada"

Lo del "mercado perfecto" es por alusión a la teoría neoclásica del mercado libre. (Ricardo)

1.- Si tienes dos países que producen un mix de productos, pero cada uno produce alguno mejor que el otro, es más rentable que "cada país" aumente la producción del producto que mejor sepa y, con el excedente, le compre al otro los productos que no sabe hacer tan bien.

2.- De esa forma, parece además que evitas la Ley de rendimientos decrecientes: es decir, la fabricación de una unidad nueva de un producto ofrece un rendimiento inferior al de la unidad anterior. La forma de escapar a la ley, es aumentar el mercado: produces más, a margen menor, pero sigues ganando más mientas tengas mercado.

3- Por tanto, la forma de evitar los R.Decrecientes, que es produciendo más pero aumentando mercados, es asegurarse un Mercado Libre que pueda operar como un todo gobalizado. Además,  hará desaparecer a tus competidores, porque éstos se especializarán en los productos que tú necesitas y te comprarán los tuyos que los haces más baratos.

Es incuestionable en el papel. Luego, "la realidad como la ves", resulta que no sirve de argumento (porque cualquier fenómeno tiene miles de causas admisibles). Así que no puedes oponer la realidad a la demostración del libre comercio y de los R.Decrecientes.

===

Esa explicación teórica se impuso en los años 80-90, con el consenso de Washington. Los paises firmaron tratados para reducir aranceles, y para garantizar las patentes. El FMI era la mano obrera, que sólo ayudaba si aplicabas la receta.

El resultado es que todos los países que hicieron exactamente lo contrario (aranceles y no firmar los tratados OMPI de prop. intelectual) como India, China hasta hace poco,  desarrollaron industria, sinergias, y por tanto elevaron el nivel de Renta (Capital+Trabajo+Estado). Salieron adelante.
En cambio los paises que pasaron por el FMI (Chile, Argentina, Mongolia, Nicaragua la mitad de África) se estancaron en el nivel de desarrollo en el que eran más "competitivos", la producción de materias primas.
Pero como la poca industria que tienen no es competitiva en el Mercado libre, resulta que la ley de R.Decrecientes implica que incluso la industria primaria debe desaparecer. Se reduce la diversificiación y división del Trabajo (porque no queda organizado en empresas), y por tanto se reduce el nivel de Renta. Ya no exportas petróleo refinado. Exportas el bruto, pero tienes que volver comprar los productos refinados. En Venezuela ya hay hambre y debe ser el 5 productor mundial. Es también el proceso de desaparición de Capital-Empresarial y Trabajo que se está produciendo en Oriente medio, y probablemente la razón de la inestabilidad (Primaveras árabes).

Edit: En relación al nº 2) de arriba, lo que explica Reinert, es que la ley de RDecrecientes no "desaparece", o sólo de la vista del 1ºer mundo. Se desplaza del 1er mundo al 2º y al 3º. Pero en el 1er mundo, pensamos haber resuelto el asunto, y nos volvemos incapaces de ver la realidad. La Ley de RDecrecientes que debería aplicarse a nuestro mundo se desconecta del 1er mundo y se exporta a los "pobres".


El capital se va reduciendo poco a poco al "fondo", hasta que desaparece -- no el fondo, sino el capital--. El fondo permanece. También desaparece la propiedad (que es un invento industrial). Y ya sólo queda la "herencia". En cuanto al Trabajo, se reduce a la subsistencia, y tanto Ricardo como Malthus explicaron cómo se ajusta solita la población a las posibilidades del fondo.

Un poco más, y ya has restaurado la sociedad feudal. La sociedad primitiva, vamos. Donde la propiedad, el comercio y el trabajo son fenómenos que subsisten al margen de la sociedad. Como las putas, los mercaderes y los funámbulos.

Luego, decimos que la Sdad feudal es la causa de los males del 3mundo. Pero puede que sólo sea la consecuencia, como lo fue la Edad media europea y que la educación (la de los que mandan y pueden alimentar hijos) ya hace el resto.

En Europa se salió en el sXVII tras el sitio de Viena  (1529) y la batalla de Lepanto (1571).
Cervantes escribió entonces la historia de un Señor feudal auténtico, pero chiflado.
Y según Reinert los primeros libros de economía moderna se empezaron a publicar al año justo de retirarse los turcos de Viena. Luego se generalizó la anfisiografía, la letra de cambio, el sistema bancario, el crédito... las Ciudades Estado, la Hanse, los Paises Bajos, Inglaterra.... hasta hoy.

===

Así que una de dos, o el hombre es en su origen genéticamente diferente, unos nacen señores, otros nacen siervos o esclavos, y si uno es más blanco o más moreno, o si le reza a dos palos o a la luna, así es como se reconoce al mejor....

O bien la teoría de arriba está mal. Y si está mal, pero no lo es por el lado de las matemáticas, puede que lo que pasa es que lo esté por el lado de la realidad.

La realidad (sea animal, sea social, sea económica) tendría como modelo la biología (el razonamiento Histórico).

Y Reinert sugiere entonces pensar, en lugar de matemáticamente, hacerlo biológicamente.
Así, frente a la Ley de R.Decrecientes en la producción, lo que sugiere es una Ley de R.Crecientes planteada en términos de biología : así, el poder de la "emulación" para parecerse a su vecino es un factor estructurante de la economía.

Y como dice, lo que más cabrea, es que desde el sXVII hasta el plan Marshall, la metáfora biológica era la más corriente en economía. El modelo actual de la física (matemático) sólo tiene un precedente, que son los fisiocratas, que en la Francia del XVIII llegaron a provocar hambrunas tan brutales que cuando sus agentes racionales se recuperaron, organizaron la Revolución de 1789, y les cortaron la cabeza a todos. Tan verdad debe ser ésto, que Francia sigue siendo la economía más social-planificada-centralista de la U.E.

Ya pueden leer el libro, si no lo han hecho ya.

Es muy coherente.  Y creo que muy influyente  (todo el mundo lo dice, no yo)

Me parece interesante este post.

Pero me asaltan unas cuantas dudas respecto a los ejemplos expuestos.

Venezuela, Argentina y demás países, como bien describen los libros "Porqué fracasan los países" de Daron Acemoglu o "Armas,acero y gérmenes" de Jared Diamon. El atraso de estos  respecto a occidente se explica claramente con el devenir y la deriva histórica, más allá de una ley de libremercado puro.


Es más, cuando más libre ha sido el mercado, más prospera la humanidad, en la antigua Roma, única vez en la historia de la humanidad donde el mediterráneo y todo occidente ha estado bajo el mando de un solo imperio,floreció un nivel de comercio sin límites debido a la seguridad, ausencia de aranceles y buenas comunicaciones, de hecho ese nivel de comercio no se recuperó hasta hace apenas un par de siglos.

La decadencia del impero trajo, inseguridad, aranceles, despoblación de las ciudades (centro comercial por excelencia), falta de recursos debido a la ausencia de mercaderes,transportistas.....hambre pérdida de población........

Justificar el atraso  de un país debido a un tratado de libre comercio me parece erróneo.


Y lo peor es intentar mantener el modelo muerto y no aplicar la debida destrucción creativa, si España es improductiva sacando carbón, pues se cierra la mina y a dedicarse a algo en lo que sí seas productivo.

El perdedor en la globalización es el que vivía en un entorno protegido, es como si España inventara Coches Manolo y para evitar que cerrara impusiera aranceles altísimos  y evitar la competencia de  coches Japoneses, americanos o alemanes. Quien perdería? El consumidor, que tendría que tragarse una mierda de coche a precio de Mercedes.

Otro tema es en el caso de que exista dumping y como medida se usen unos aranceles elevados.

El progreso de China se debe precisamente a la abertura aplicada  por Deng Xiaoping, y si no abrió más el país es porque venían de un modelo muy cerrado y hubiera sido un golpe demasiado fuerte.

Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: saturno en Noviembre 09, 2016, 23:08:47 pm
Nota previa: donde escribía "Rendimientos decrecientes" creo que queda más claro hablar de diferencial (diferencia de calidad del fondo, o en el grado de complejidad social y división del trabajo), porque de esa forma queda más cerca de la otra expresión más conocida de "rendimiento marginal" (del trabajo productivo). La idea es  comparar el retorno sobre coste de producir una unidad más,  con el retorno que ya obtuviste con la unidad anterior; ese retorno decrece, la diferencia tiende a cero, que es cuando ya no compensa producir ninguna una unidad más). Son varias formas de describir siempre la misma "ley", aplicada al fondo, al grado de division social, o bien al retorno del trabajo.

La idea del libre mercado es que el "diferencial" entre dos paises decrece a medida que se especializan los paises, o si prefieres, a medida que se desarrollan. Cuanto más incrementas los intercambios, más se reduce el diferencial de desarrollo. Cuando esa diferencia tiende a cero, la teoria concluye que ambos paises están igual de desarrollados.




si para que un economista considere un mercado como "perfecto" ha de adaptarse a su modelo, entonces no me extraña que consideren que no existe el mercado perfecto.

Me meto en lo que me viene grande y os leo sin entender ni la cuarta parte, por eso pregunto

¿No sería más cabal asumir que el mercado es lo que es, (el objeto de estudio, y tan complejo como un ecosistema o un organismo superior) y que, en todo caso, el modelo es incompleto o erróneo?  Es que a mi me suena a eso de "si la realidad no confirma mis previsiones es que la realidad está equivocada"

Lo del "mercado perfecto" es por alusión a la teoría neoclásica del mercado libre. (Ricardo)

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Me parece interesante este post.

Pero me asaltan unas cuantas dudas respecto a los ejemplos expuestos.

Venezuela, Argentina y demás países, como bien describen los libros "Porqué fracasan los países" de Daron Acemoglu o "Armas,acero y gérmenes" de Jared Diamon. El atraso de estos  respecto a occidente se explica claramente con el devenir y la deriva histórica, más allá de una ley de libremercado puro.

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Lo que estás describiendo es la "intuición" o evidencia geométrica de que libre comercio favorece el desarrollo igual de todos los paises, provincias o territorios que integran el mismo mercado. Que cuanto más se intensifique el comercio, menor será el "diferencial" de desarrollo o productividad de los participantes. Esa evidencia es la que el FMI empezó en los 80a a explicar a todos los paises que quieran adherirse a la OMC.

Pero Reinert hace observar (como Sismondi, o luego H.George) que en lugar de "decrecer", el diferencial de desarrollo de los paises integrantes ¡aumenta! Se produce un fenómeno dondo los primeros paises que empezaron a aplicar el libre comercio aceleran su nivel de complejidad social, productividad del trabajo, pero los últimos que entran, en cierto modo, lo poco que ya tenían, lo pierden, y en proporción a los primeros, literalmente se alejan hasta situarse a distancias relativas (y finalmente absolutas) tan grandes que es como si regresaran a la Edad de piedra.

Es lo que se observa: los segundo se ven relegados a la condición de meros proveedores de materias primas de los primeros, exactaamente como Sismondi, o HG hicieron observar que los Trabajadores se veian relegados a meros proveedores Trabajo, pero en condiciones de subsistencia

Smith y Ricardo lo admiten, pero explican que se debe a la propia Ley. Es la ley de rendimiento diferencial la que produce ese efecto inevitable. Pero como al mismo tiempo, dicen, llega un momento en que el rendimiento tiende a cero, es como si has agotado el recurso. Parece natural, no hay que inquietarse por ello. Según Ricardo sería NATURAL. Según Marx sería incluso más que Natural: sería el devenir materialista de la Historia.

---

Claro que Reinert y HG o Sismondi, Proudhon preguntan : ¿que hay de NATURAL en una organización económica? Pues nada. Toda organización humana es pura decisión libre de los indivduos que componen la sociedad. La Economia política es una rama de la Filosofía moral.

Luego una de dos : 1) la ley no funciona, es falsa ; 2) algo hay en la "Naturaleza" Economica entendida por Ricardo/Smith/Marx que la Ley se salta, no refleja, no toma en cuenta.  Y después de leerme a H.George tengo ganas de decir que hay incluso una explicación nº 3) El algoritmo que implementa la Ley tiene un "bug". Un bug a la vez político y moral. El algoritmo organizativo está mal diseñado -- pero el bug no es una fatalidad natural. Es un "error" humano. Por eso es una explicación adecuada, para una ley que despues de todo, es "humana".

Ahora bien, realmente, el caso 2) y 3) es el mismo. Lo que pasa es que hasta los 90, era dificil concebir que se pudiese operar con Algoritmos disociados de la misma Realidad. No conocíamos otra algortimica que la Realidad experimental. Es sólo con los modelos informáticos que ha sido posible estudiar la "validez formal" de una implementación teórica, sin necesidad de comprobar experimentalmente su eficacia práctica. Por ejemplo, la meteorología no se puede experimentar en la Realidad. Pero procesando información climato-lógica con modelos algoritmicos adecuados (y formalmente válidos) llegas a predecir el tiempo con semanas de antelacion en lugar de 24 o 48 horas, con un grado de certeza muy grande. Uracanes, por ejemplo.

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Volvamos al asunto planteado.

Que "la ley" de rendimientos diferenciales pueda ser errónea no es admisible. Porque esa ley es evidente por su definición. Como uan figura geométrica o la evidencia del teorema de pitágoras.

En los años 70, Reinert busca en la Realidad nº2 porqué los hombres siguen siendo pobres en medio de la abundancia. Como hicieron Sismondi, Proudhon, o HGeorge y Marx cada uno a su manera.

En este caso, Reinert no imagina las cosas como un algoritmo humano. No busca ninguna teoria. En realidad, el sólo propone adoptar la misma postura del naturalista, pero para observar un fenómeno cultural (la "economía politica").

Reinert ofrece una respuesta-explicación pragmática que viene a decir decir que la ley nº1 por sí sola no explica el progreso de las sociedades. Pero las sociedades son como organismos vivos : por tanto, cada una tiene relativamente a las demás "edades" en las que para crecer deben ser "protegidas" con aranceles, o donde debe proteger sus rutas marítimas, o terrestres, o industrias mineras, hasta que éstas lleguen a su madurez, que es cuando pueden operar de igual a igual en el mercado totalmente libre.

Mientras no alcanzan madurez, es decir, igualdad respeto de otras regiones economicas, las demás industrias de esos países son "como de juguete" relativamente a las misma industrias de otras. Usar maquinas de escribir o el telégrafo no es tan eficiente como el ordenador o un hipad que usan naciones adultas, pero después de todo, es jugando con el telégrafo que las sociedades aprenden y maduran, que la division del trabajo se asienta, que sus comportamientos sociales se aclimantan, etc.

Entonces, cuando ya son adultas, como en Africa, por ejemplo, que directamente se salta la industria de telecos con cables y pasa directamente a las telecos por satélite, es decir, cuando las naciones ya tienen un oficio aprendido, su rendimiento diferencial se sincroniza en cierto modo, o su eficiencia en su propio campo es equivalente, entonces sí que pueden competir con las demás en igualdad de condiciones y efectivamente, progresar al únísono con ellas.

Pero si tomas una sociedad en la infancia y la pones a trabajar junto con adultas, cuando aún no tiene ni oficio ni la fuerza de un adulto, ni protección específica (aranceles, por ej.) esa sociedad no sólo se ve relegada a una condición de subordinación, sino que por falta de haber jugado suficientemente y haber ido a la escuela, NO CRECE. Es como si Africa se viera obligada a usar el telégrafo de los colonos ingleses del sXIX porque desde entonces, nunca ningun africano aprendió en California como programar un satélite.


Reinert no pretende explicar lo que para él es confusamente cultural, pero que sólo puede interpretar en términos "naturalistas".Su exlicación es meramente metafórica.

Lo que cuenta realmente es el cuento de Hansel y Gretel, de la bruja y del Pisito de bizcocho. La bruja en lugar de dejar a Hanserl y Gretel libres de comer bizcocho, de forma que se pusieran a su vez a acrecentar la casa, esta deviniera castillo, luego ciudad, y civilizaciones, en lugar de ello, agita la prohibición de la propiedad privada, les castiga (la "deuda" por comerse bizcocho) los encierra en una carcel y una vez están gordos, se los come.
Eso es exactamente lo que estan haciendo las naciones del primer mundo con los paises en vias en desarrollo. Los engordan pero cargados de una organización de deuda/propiedad para comérselos. Los niños nunca crecen, nunca construyen el castillo ni la ciudad, ni la civilizacion. Pero al final, la bruja se come su propio futuro, y se muere de empacho de bizcocho, y se acabaría el cuento si Gretel no fuese lista y encontrase la forma de liberar a Hansel matando la bruja (ya no recuerdo cómo era).

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Dicho esto, me entran ganas de aplicar a este punto el mismo análisis que acabo de ver hace HGeorge con la renta diferencial, pero razonando como con haces con un algoritmo.

 En realidad, HG hizo un "prueba de concepto" de la Ley nº1, se puso a pensar sobre su validez formal, pero en lugar de buscar en la Realidad n2 si algo faltabal, intentó formalizarla como un concepto algoritmico nº3. Es decir, empezó a pensar la Economía politica como ahora razonamos sobre la climatología. ¿Porqué se forman nubes y llueve? Porque nos permite cultivar la tierra. El algoritmo se disela con un fin. Diseñamos algoritmos climatológicos para aprovechar la lluvia al máximo de su rendimiento.

Concretamente, al razonar en términos de viabilidad economica se dio cuenta que la Ley nº1, para poder utilizarse como un algoritmo económico (tipo nº3) y así prever las consecuencias de su aplicación, hay que considerar las Reglas de Propiedad, y en función de estas, poner en oposición por un lado el Fondo, por un lado, y por otro, el Trabajo y el Capital-Empresa.

Es decir, HG recuperó de Ricardo la formulación de que toda Renta, sea del Fondo, sea del Trabajo&Empresa, es siempre diferencial y sigue la Ley nº1.

Pero eso no basta para aumentar la riqueza. Los salarios decrecen, el rendimiento marginal decrece. Asi planteado, el algoritmo no sirve. No es la ley la que está mal, no menos que la lluvia o el clima. Lo que está mal es el algoritmo economico que permite aprovechar la ley correctamente.

Y ya está. Investigando un poco, observas que a diferencia de Trabajo y Capital que se intercambian, el Fondo en sí no se intecambia ni con el Trabajo ni con Capital.

Aunque las rentas del Fondo, o las rentas del Trabajo&Empresa estén sometidas cada una a su manera a la misma Ley de rendimientos decrecientes, la renas del Fondo, o las rentas del T&E no  se confunden. La renta diferencial del Fondo está flechada en una dirección, y la renta del Trabajo&Empresa está flechada en la dirección opuesta. Cuando una crece, la otra decrece.

De tal forma que el aumento de la renta del Fondo se compensa siempre por la disminución de la Renta del Trabajo empresa.

Et voilà, conviertes la Ley en formulación algebráica y tienes:

Producción= Renta + Trabajo + Interés del Capital
Producción - Renta = Trabajo + Interés del Capital

La forma de administrar de forma eficiente los rendimientos decrecientes o crecientes de  una renta respecto de otra (en signos opuestos) es materializándolas en formas organizacion social, a través de la doble noción (de signo también opuesto) de Propiedad pública (la renta del Fondo) y de Propiedad privada (la renta del Trabajo + Capital)

Ya tienes el algoritmo: Economía politica.

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Por tanto, la tesis de Reinert, se puede así reducir a formulación Georgiana.
PIB mundial = Renta de Patentes + Trabajo + Interés de Capital
PIB mundial -  Renta de Patentes = Trabajo + Interés de Capital

A la izquierda tienes los Paises desarrollados, que cuentan con Patentes que funcionan como Fondos. A la derecha tienes los Paises subdesarrollados. El Capital acumulando se va trasladando poco a poco de los primeros a los segundos.

La misma tesis de Reinert, traducida a conceptos Goergianos, acerca del mercado libre, se visualiza entonces muy bien.

-------

Veamos finalmente cómo lo "solucionaría" HG. Ese algoritimo falla si resulta, por la forma de organización economica (por el algoritmo tal y como se implementó), que la Renta de Patentes se tiene que restar del PIB. A la larga, debido a la ley de renta diferencial, el Trabajo y Capital de los paises en desarrolllo tenderá a decrecer, y la Renta de los desarrollardos tenderá a incrementarse. Pero no es la Ley la causa. La Causa está cómo has diseñado el algoritmo que implementa la Ley. Tiene un bug, y en lugar de generar riqueza, la transfiere del Trabajo&E y la desaguas en renta. Está bogada, porque consideras que ambas rentas son PRIVATIVAS. Por tanto, a base de "privar" los dos términos de la ecuación, lo que le quitas al T&E, resulta que sin darte cuenta, se lo quitas también al PIB !!! Tarde o temprano, a base de restar, por mucho que llueva, te quedas sin agua. Que pase eso no es porque sea NATURAL. Lo  único natural es que siga lloviendo. es la propiedad misma del Fondo: que llueva. Es tu algoritmo organizativo que transforma la Lluvia en agua de riego el que está funcionando mal. El Fondo natural es la naturaleza: no deja de llover, tienes campos, pero tu has diseñado mal el algoritmo organizativo (el campo de T&E) de tal forma que te privas del agua  que te permite sembrar y cosechar el fondo.

Para rectificar el algoritmo, debes establecer "flechar" correctamente la Renta de la Naturaleza de tal forma que se SUME a la renta del trabajo&Empresa. En versión algebráica, lo que tienes que hacer es forzarle un signo negativo : es decir, si la propiedad del T&E es privativa, entonces la Renta de patentes debe ser de Propiedad pública.

PIB mundial = (- Renta de Patentes) + (Trabajo + Interés de Capital)

PIB mundial -  (- Renta de Patentes) = (Trabajo + Interés de Capital)

PIB mundial +  Renta de Patentes    = (Trabajo + Interés de Capital)

Lo que demuestra que revirtiendo la Renta de propiedad (de patentes en el ejemplo, pero se entiende de la Renta del Fondo, aquello que "pone" la naturaleza domesticada) al bien común, dispondrás en el ciclo productivo siguiente un Fondo incrementado que a su vez permitirá incrementar la renta privada que retiras del Trabajo o incrementar el Interés del Capital. Es lo que se observó que pasaba mientras la economía americana no alcanzó el Pacifico. La apropiación privada del fondo no entraba en conflicto con el T&E, porque por la ley de renta diferencial, la "Renta" apropiada era igual a CERO mientras al lado existían tierras fértiles que colonizar. La apropiación de una renta CERO no restaba nada a la renta del Trabajo &Empresa, por lo que los Salarios y el Interés del Capital eran altisimos. En cuanto se alcanzó el Pacifico, la Renta de propiedad del fondo, al ser considerada privativa, entró en competición con la renta del T&E. Los Salarios y el Interés del Capital empezaron a decrecer, y la Renta de propiedad a aumentar... pero era improductivamente. Y rápidamente apareció la pobreza en medio de la abundancia.


Es simplemente evidente. Si el el mercado libre aumenta la distancia entre paises ricos y pobres, es simplemente porque la renta de Patentes (= de Propiedad en general, sea colonial en el sXVII, o de protectorado en el XIX o de tratados OMC y Prop.intelectual en el XX y XXI) está marcada con flecha privativa cuando debiera ser de flecha contraria : es decir, el incremento de productividad se lo está quedando el pais que por ser el primero en patentar un proceso de producción, se atribuye el derecho a restar la riqueza generada del PIB de los siguientes.




(Lo de George es simplemente brutal, por evidente cuanto más lo piensas)

-- "Es tan sencillo, que asusta"

8)
Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: saturno en Enero 18, 2017, 20:16:34 pm
Me lo traigo del hilo de PPCC:


Está en castellano la traduccion por Kojeve de la dialéctica Amo/Esclavo y del Trabajo como liberación histórica, (no la he leido en español, pero por cómo está introducida, parece respetuosa)

https://enblancoe.files.wordpress.com/2013/05/kojeve-alexandre-la-dialectica-del-amo-y-el-esclavo-en-hegel.pdf


Luego, a partir de la página 115 del PDF empieza el año lectivo 1937-1938, donde se desarrolla (una muy buena) exposición de las 4 premisas del Conciencia humana, partiendo de la critica del cogito cartesiano y mostrando de forma expositiva el proceso de formación, desarrollo y finalización de la Conciencia histórica.

Está escrito de forma más expositiva (redactada), y menos en forma de apuntes elípticos.

Lo indico para quienes no pudieron con el primer articulo introductorio, y "pasaron" de entrar en los apuntes de las leccciones 1933-1936; pero se quedaron con ganas de saber qué explicó Hegel de tan importante, y cómo se perpetuó su exposicion durante los dos siglos siguientes.

Realmente, lo de Hegel es un hito del pensamiento contemporáneo.

Lo más interesante de la relación Amo/Esclavo  ¿saben?, es cuando explica muy bien Hegel (Kojève), que lo que significa ser Amo, es el reconocimiento por el Esclavo de la propiedad del primero sobre el Trabajo del segundo cuando transforman el mundo a imagen y semejanza de una relación que se distingue por ser antropologica (histórica).


La acción de transformacion del mundo por el Esclavo no se produciría de no instaurarse esa relación Amo/Esclavo, que en última instancia, supone la libertad del segundo (primero de aceptar su servidumbre, luego de superar su condición por Trabajo, al transformar no sólo el mundo, sino incluso la servidumbre del hombre por el hombre)

La relación de propiedad es la "primitiva" de la realidad transformada a imagen de la conciencia 1) de "estar" en el mundo 2) de ser un deseo particular ; 3) de la multiplicidad de otras conciencias-seres particulares, y 4) de la posibilidad de universales.

Estos últimos universales posibles adoptan figuras individualizadas : la del Amo pagano, la del Dios cristiano y luego del individuo burgués, hasta llegar al Individuo consciente y acabado que es el Ciudadano moderno : el del Estado post-Revolucionario, a la vez guerrero y trabajador.


Ahi está la Propiedad estructural -- y por qué es la "Propiedad" la que define el "rentismo".

Leerse esas páginas es ganar perspectiva sobre marxismo e ideologias del s.XIX y s.XX.

Inclusive el popular-capitalismo.

;)
Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: CHOSEN en Enero 18, 2017, 20:31:02 pm
La relación Amo/Esclavo no se define por la propiedad del trabajo, sino de la persona.


El uso que se le de a la propiedad de "esa persona" será el que sea, no necesariamente relacionado con el trabajo ni con la producción aunque generalmente si. pero no siempre.
Ergo no se puede decir que la relación amo/esclavo esté basada en el trabajo.

Creo que deberías definir TRABAJO.
Empiezo yo: Trabajo es transformación con uso de energía. Bueno en definitiva es eso.
Podría argumentarse que todos los hombres son esclavos o que todos trabajan. Necesitaríamos restringir el trabajo a trabajo de producción.
Y aqui es donde se ve claramente que hay muchos esclavos (históricamente esclavas) que no satisfacen tu definición. Lo siento por Hegel pero las personas somos más que trabajadores.
Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: saturno en Enero 19, 2017, 01:42:16 am
La relación Amo/Esclavo no se define por la propiedad del trabajo, sino de la persona.


El uso que se le de a la propiedad de "esa persona" será el que sea, no necesariamente relacionado con el trabajo ni con la producción aunque generalmente si. pero no siempre.
Ergo no se puede decir que la relación amo/esclavo esté basada en el trabajo.

Creo que deberías definir TRABAJO.
Empiezo yo: Trabajo es transformación con uso de energía. Bueno en definitiva es eso.
Podría argumentarse que todos los hombres son esclavos o que todos trabajan. Necesitaríamos restringir el trabajo a trabajo de producción.
Y aqui es donde se ve claramente que hay muchos esclavos (históricamente esclavas) que no satisfacen tu definición. Lo siento por Hegel pero las personas somos más que trabajadores.


Muy bien, Chosen. Has dicho muy bien. De Hegel para acá, ¡ has resuelto 200 años justos de debates a hostias, revoluciones y hasta hoy ! :troll:.

(Sin broma. Lo de la parte más expositiva lo puse por si alguien se echó para atrás pero se quedó con curiosidad de leerlo).
Pero cuando acabe el libro seguro que vendré a despacharme por aquí, como hice con otros libros.
La verdad es que TE.net es el único foro donde uno puede hablar de Hegel, del Modelo de la renta y de teologia sin que nadie te diga nada. 8)
 

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Por cierto, en el foro galo, sigo con el debate sobre la RU, con el postulado de que la RU se puede (y debería) razonar como un modelo de distribución de la Renta.

Lo interesante es que en realidad, al discutir, se ponen en orden los propios conceptos de PPCC, (la verdad es que no tengo otros) pero es que encajan sorprendentemente bien.

Tengo que hacer un resumen. Me preguntaba si el Maestro, que funciona con el Impuesto Negativo, quizás no ve claro la dimensión RBU precisamente por tener la idea preformada por el INR.

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Miralo así: el impuesto negativo y la RBU son la misma idea, sólo que el INR funciona cuando la ContaNat sólo contempla los 2 destinatarios de Renta "canónicos"

En cambio, la dimensión Universal de la RB funciona solita, a partir del momento que consideras que la ContaNat pueda tener tres destinatarios de Renta: los 2 canonicos y el "Todos-Estado" como tercer destinatario.

Y argumentas entonces.

Lo que llamamos rentistas aproductivos son realmente ese tercer destinatario de Renta sólo que encajonado en un modelo de ContaNat que sólo admite los dos canónicos(salarios y beneficios).  La degeneracion populocapitalista es el resultado de haber estado funcionando con un modelo de ContabilidadNacional de dos destinatarios, cuando lo correcto habria sido asumir un tercero, "universal".

Al no haber sido definido como un Universal, ni tener espacio propio, entonces, el Todos-Estado se "contrae" espacialmente en torno a 4 atractores o agujeros negros : inmobiliario, pensiones, cartillistas, super-salarios.
Igualmente, se produce una "curvatura" temporal, donde la Universalidad del Todos-Estado se ve de pronto reducido a los nacidos del 45-65.

Pero ese efecto de contracción/curvatura de la Renta nacional se debe simplemente a un error de perspectiva, a la mala identificación del 3er destinatario de Renta.
Se debe a que has olvidado el tercer Destinatario natural de la distribucion de la Renta: el Todos-somos-Estado

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Considera ahora que la RB es realmente Universal, y no se reduce a salarios + beneficios.
Lo que vienes a decir es que hay un tercer destinatario de renta, que es el Ciudadano, además del Asalariado y el Empresario

Estás entonces en plena Economia Politica. El debate Sismondi contra  Say o Ricardo

Lo que postulas es la Renta básica, por ser una Renta, define lo que es el Trabajo.
Según ese postulado, si la RB. es universal, entonces estás en pleno-empleo.
Si estás en pleno-empleo (Todo el mundo trabaja, y eso es lo que remuneras) tus modelos de economia clásicos son funcionales. etc.

Efectivamente, también la distinción (la comentó ppcc hace poco) que ves en la declaracion de IRPF entre "rentas del trabajo" y "rentas del capital o inmobiliarias" te permite imaginar que sea la propia declaración el soportes perfecto para un "voto neo-censitario" donde sólo los que tienen una declaracion del trabajo positiva puedan votar por importe de la RBU (y del IVA) del año siguiente.

No cambias nada. Democratizas la Distribucion de la Renta Nacional. Y te diviertes. ;)

Etc.

(Volveré con ello. Seguro. Y por supuesto, que cualquiera me lo discuta.)




(si alguien tiene curiosidad -- el hilo v/FR  por aqui  (http://www.bulle-immobiliere.org/forum/viewtopic.php?f=204&t=88776&start=1200) lengua familiar, no siempre muy bien escrito)


Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: CHOSEN en Enero 20, 2017, 11:08:05 am
Saturno, el debate sobre la RBU es totalmente falaz porque toma como punto de partida una falsedad. Sabes que la RBU (apodada "universal") nunca será Universal, sino nacionalista. La RBU española del Estado español es para los españoles. Como esto suena fatal y hablar de una RBU mundial es utopía (y nada recomendable a nivel especie) la RBU se vincula a los cotizantes o ex-cotizantes del Estado español.

Lo que viene siendo la prestación por desempleo de toda la vida.
Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: saturno en Enero 22, 2017, 12:25:41 pm
Hola !

Saturno, el debate sobre la RBU es totalmente falaz porque toma como punto de partida una falsedad. Sabes que la RBU (apodada "universal") nunca será Universal, sino nacionalista. La RBU española del Estado español es para los españoles. Como esto suena fatal y hablar de una RBU mundial es utopía (y nada recomendable a nivel especie) la RBU se vincula a los cotizantes o ex-cotizantes del Estado español.

Lo que viene siendo la prestación por desempleo de toda la vida.

Es el debate. Pero en realidad no lo argumento así:

1) La RBU es una Remuneración de un Trabajo -- no una prestación no contributiva.
   
2) La financiación es por IVA -- EL IVA tiene ambito territorial, no interfiere con la UE

3) El voto censitario de quiene Producen el PIB: deciden la (base + IVA) para TODOS.

---

1) Hay que pensar a partir de la declaracion del IRPF, como apuntó PPCC
 Actualmente sólo distingues 2 x Remuneraciones por actividad (salario o beneficios) y una coleccion de Rentismos del "capital" (capital social= pensiones, inmob= paguitas, financieros= cartillitas)

La RBU introduce una 3a remuneración.
la RBU es una remuneracion ciudadana. Es una tercera distribucion  de la Renta, además de salarios y beneficios, donde el destinatario es el Todos-Somos-Estado

La RBU aparece declarada en la página de Remuneraciones  -- NO en la pagina de Rentismos.
Ahora, el tema está conseguir que en las declaraciones la parte de Remuneraciones sea superior a la página de Rentismos. ¿Verdad?

Ahi empieza lo bueno: Al introducir la RBU, el sujeto pasivo tiene por tanto Remuneraciones, que se DESCUENTAN de paguitas y pensiones, por ejemplo.
A la larga, el objetivo es que sea más interesante declarar más Remuneraciones que Rentismos. Y una forma evidente es incrementar la RBU, porque ésta siempre será inferior al límite imponible.

La caracteristica de la RBU -- lo que la diferencia de salarios / beneficios -- es que es una remuneracion "Universal", que significa "Ciudadana".
Por supuesto el ambito de aplicacion es el Territorio competente.


2) La financiación.  Es por IVA  (al menos es la solucion más "clasica" de los estudios que he visto).

Por qué el IVA ?
Porque el IVA es territorial. Transparente para Empresas y comercio exterior.
En lugar de barreras aduaneras, juegas con el IVA, sin afectar en nada la Actividad.

Además del impuesto sobre el fondo (el IBI, por ej, o mejor la logica de H.Georges), el IVA es un impuesto al consumo que se realiza en el Territorio fiscal.

Por tanto, no interfiere con las necesidades de Produccion: globalización, integracion UE
El IVA ademas es fiscalmente transparente para Empresas: razón de más para emprender, porque NO son las empresas las que financiarán la RBU




y 3) El voto "censitario" versión declaración IRPF

la RBU por IVA, es como poner en marcha la "Manivela de Sismondi", pero quien la hace girar no el Rey en su torre, es el cuerpo electorarl. Y el voto censitario reconoce el mérito de quienes producen la renta de Todos.


Lo que a mi se me ocurre  (aparte de echar abajo el planteamiento incoherente del candidatos socialista) es  algo así.

a) Cada año, Hacienda ofrece una serie de opciones para decidir la RBU del año siguiente
               Cada opción cuenta con con 2 variables: Importe RBU y Tipo de IVA
               Por ejemplo: 10 euros de RBU, variación del IVA=0
               O bien: 200 euros de RBU, variacion del IVA = +2%
               O bien: 400 euros RBU, IVA=-1 % (¡negativo! pq eliminas pensiones no contributivas!)


b) Se implementa un voto censitario, en funcion de si tienes Remuneraciones de actividad.
    El "voto" tan sólo cuenta por ejemplo, si declarar Remuneraciones > base de la RBU.
    Tambien se puede ponderar el voto: Tramo 1: coeficiente 0,5, Tramo 2 = 1, tramo 3=1,5 etc
    Lo importante del voto censitario es:      -- Deciden la RBU quienes PRODUCEN el PIB
     
Luego, Hacienda comunica a las Cortes la decision votada, y los diputados la votan en los presupuestos. Si no se aprueba, se mantiene la RBU del año anterior (y se descabezan los diputados en las siguientes elecciones).

Lo que está claro es que la politica se convierte en asunto de debate nacional: ¡Mi dinerooooooo!
Hay una identificacion directa entre declarar impuestos y ejercer tu "trabajo" ciudadano: VOTAR, y además, TRABAJAR para que tu voto valga


====

Vienen tambien otros efectos interesantes:
El efecto de "moral civica": la burbuja de precios y paguitas y cartillitas y supersalarios se vuelve injustificable a partir del momento que el beneficiario COBRA LA MISMA RBU que todos: no hay mérito ninguno en mantener la desigualdad de rentismos. El único mérito que justifique la desigualdad es en Remuneracion del trabajo.

===


Reconoce que se sostiene. Es que además, no hago más que ordenar los conceptos de PPCC  (¡no tengo otros!, es que esa si que es buena ja, ja )

Lo único que hace la RBU es poner orden en la Contabilidad nacional: además de Salarios y Empresas, hay que admitir una tercera Remuneración: la del Ciudadano.
Después de todo, la RBU es una remuneración "conmutativa" con la de someterte y ejercer de ciudadano.

La ContaNat que hoy conocemos es de los Estados Nacion, del sXX que rigen la Ecnomia.

Pero sabemos que el Trabajo (decimos el Capital, pero es el Trabajo realmente) no depende de los Estados nación: es la leccion de la Globalización y libre comercio, y la 4 libertades de la UE.

Lo que Hace la RBU es por tanto REMUNERAR al ciudadano por querer serlo.
Es como si los Estados "contrataran" ciudadanos, precisamente para que "trabajen" en su territorio.
La RBU es la "remuneracion" que permite atraer al Trabajo en un Territorio fiscal.

[El contrato Social sXXI. Nada de salvajes: ciudadanos que votan el Presupuesto nacional]

Yo lo veo clarisimo. )

Y es divertidísimo. Radicalmente divertido ;)


Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: CHOSEN en Enero 22, 2017, 15:44:10 pm
Amigo Saturno, tu post es un despropósito  ;)

Citar
Lo que Hace la RBU es por tanto REMUNERAR al ciudadano por querer serlo.
Es como si los Estados "contrataran" ciudadanos, precisamente para que "trabajen" en su territorio.
La RBU es la "remuneracion" que permite atraer al Trabajo en un Territorio fiscal.

¿Desde cuando España necesita una RBU para atraer mano de obra?

Tu conclusión es previsible desde el primer día:
El Estado convertido en una gran empresa, donde unos dirigen y los demás limpian las letrinas por el bien común del pueblo.  :roto2:

Y vuelves a poner a la clase política por encima del sistema ortogramático capitalista. Ole tus cojones!!!
Propones convertir a todos los ciudadanos en funcionarios. Peor aún, funcionarios sin obligaciones, a sueldo de un capital-trabajo que se supone sale de... no dices donde. Bueno si, de los impuestos lógicamente. Lo que no dices es que los impuestos son un porcentaje fijo que depende de la cantidad de riqueza (en definitiva se recauda una proporción fija del PIB fijo) ergo para redistribuir los impuestos y dirigirlos a la RBU hay que detraer dinero de por ejemplo, el mantenimiento de las carreteras o los medicamentos.
No se, o tal vez lo soluciones todo con una "mejor gestión de los recursos"  ::)
Ya he visto esa película. Gestionar los recursos en nombre de los demás lo hacían muy bien sabes donde ¿? En las CCdAA. Donde esos recursos salidos de la manivela de Sismondi (primero devaluación y luego euroayudas) eran repartidos como si de una RBU se tratase a todo el que se acercara a la ventanilla.
Tu pretendes lo mismo, pero saltándote el paso de la caja de ahorros.

Que esa RBU generaría un aumento progresivo del PIB y por tanto de la recaudación y que entraríamos en un círculo virtuoso, lo dices tu. Eso sólo sucedería si cerraras las fronteras e impidieras que productos extranjeros de mejor calidad y mejor precio entraran. Necesitarías controlar el mercado de divisas  :roto2: salvo que pretendas que una inflación milporcentual campe a sus anchas, claro está.

El trabajo genera capital. Los trabajadores generan trabajo. Y los trabajadores del Estado se llaman funcionarios. No está entre las funciones del ciudadano generar plusvalías para el Estado. Los impuestos no son plusvalías, aunque tu pretendas que si ;)
En vocablo ppciano, la fase de GASTO (=gasto de RBU) no genera capital salvo que sea invertida. Y aqui es donde está el meollo: los "ciudadanos" no son empresarios, mas bien son himbersores.
Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: saturno en Enero 22, 2017, 16:52:55 pm

Propones convertir a todos los ciudadanos en funcionarios. Peor aún, funcionarios sin obligaciones, a sueldo de un capital-trabajo que se supone sale de... no dices donde. Bueno si, de los impuestos lógicamente. Lo que no dices es que los impuestos son un porcentaje fijo que depende de la cantidad de riqueza (en definitiva se recauda una proporción fija del PIB fijo) ergo para redistribuir los impuestos y dirigirlos a la RBU hay que detraer dinero de por ejemplo, el mantenimiento de las carreteras o los medicamentos.

Sale....Del IVA territorial (y sólo si hace falta poner dinero, depende de cada sistema nacional)
El argumento de levantar barreras no se aplica. Y el IVA no afecta la actividad.

Según qué pais, no se trata de atraer trabajadores, sino el de darles argumentos para no emigrar.

Luego, no olvides que hablamos de la Distribucion de la Renta.
La Produccion y el Gasto no lo modificas. Lo que modificas es la Distribucion de esa Renta Nacional.

Es decir, lo que haces es calificar la RBU como Remuneracion del Trabajo y por consiguiente, traspasar el mismo importe de la Página "Rentismo" a la página "Remuneracion del Trabajo" de la declaracion IRPF. Sólo eso.

Automáticamente, todas las Ayudas públicas sociale y paguitas no contributivas se reducen en proporcion a lo que aumenta la base de Remuneraciones.

La suma es NULA para la ContaNat, y para el particular.
Funciona con una RBU de 20 euros, como de 200 euros.

Lo que interesa es modificar en profundidad el sistema de Distribucion de la Renta, y disponer de una "manivela de Sismondi" que depende de ti hacer funcionar en el sentido que quieras.
La integras al sistema operativo, la pones a funcionar con 10 euros, y pronto la gente solita empezará a buscar formas "divertidas" de aumentar la RBU sin aumentar o incluso reducir el IVA. Cada nueva solucion supone incrementar las Remuneraciones del Trabajo, y secar los Rentismos.

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La decision sobre la Base de RBU y el tipo de IVA se toma rellenando una de las casillas propuestas en tu declaracion de IRPF. Es un voto censitario sobre lo que será el Presupuesto Nacional. La legitimidad de votar se atribuye a los que producen el PIB: el voto se pondera a favor que quien declare más Remuneraciones del Trabajo.

Las Cortes intervienen para aprobar ese Presupuesto, porque las Cortes son depositarias de legitimidad politica. Es otro plano. Lo interesante es la combinacion (dialéctica) de los dos planos.

Esa es mi unica "aportacion" original (o de hace un par de años en un debate sobre RBU)
Pero todos los argumentos, los saco de PPCC -- y ¡funcionan! ;)

Es la traduccion directa de la llamada ppcciana a un frente del Trabajo productivo contra el Rentismo.



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De todos modos, la implementacion de la RBU depende de cada pais. De su sistema fiscal.

La clave está en darle consideracion de Remuneracion del Trabajo, y que sea Universal.
Inmediatamente, conectas: Trabajo + Ciudadano. ¡Y le metes la manivela de Sismondi!

En Francia el sistema social está hipertrofiado con paguitas financiadas directamente sobre las cotizaciiones sociales de los trabajadores y empresarios, el mismo IVA (ya intentaron inventar un IVA-social[1]) así como tasas incomprensibles que cada Presidente modifica según se den escándalos. Considera la RBU como Remuneracion de trabajo, reduciendo la carga pública que financia el Rentismo no contributivo, es algo que se entiende inmediatamente como una forma de simplificar el sistema y mandar para casa a agentes sociales administrativos que no producen nada, amargan la vida a todo el mundo y que hay que costear entre todos. La RBU sólo elimina los intermediaros privados y semiprivados de la Distribucion (social) de la Renta Nacional. No supone ningun incremento de gasto  (planteado como digo, y como lo entiende la gente que vota al candidato Hamon)

Ahora, la logica general es siempre la misma para cada pais. Lo que realmente cambiaría son los argumentos, en funcion de cómo operan los rentismos en cada pais.

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Por otro lado, el voto censitario, limitado su incidencia al Presupuesto Nacional, (la papeleta es la página de Remuneraciones en el IRPF) no es descabellado y además, lo entiende todo el mundo.

La critica contra la RBU se cae a partir del momento en que "Deciden los que producen la Renta". (aunque luego sea falso, porque la RBU en serio, se pagará con el Consumo, con el IVA!!!!,-- De ahi lo coherente pero muy divertido, plantear la RBU como renta del Trabajo ;) )

Todas las revoluciones burguesas del XVIII (antes del voto universal en 1848, creo) y hoy mismo en las AG de Sdades anónimas utilizan la misma lógica del voto censitario. Es fácil acudir al imaginario colectivo y todo el mundo lo capta.


___
[1]
El IVA social consiste en reducir las cargas del Trabajo, traspasandolas a 1-2% de IVA !
Todo el SD/SL estaba a favor. Claro.

Porque mi Pisito, ni tocaaaaaaaaaaarlo !

Al final, no se atrevieron, porque claro, disminuian la Renta disponible de los desheredados (la mitad de la poblacion vive de ayuda social)

Es increible el grado de sofisticacion al que se puede llegar. Pero depende del sistema fiscal de cada pais (por eso el IVA lo manipulan tanto)
Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: Mad Men en Enero 22, 2017, 19:24:50 pm
Un sistema social fuerte se sostiene con una clase media fuerte, ni los pobres, por falta de recursos, ni los ricos, por herramientas para no tributar sostienen el sistema.

Es decir necesitamos una clase media que genere mucha riqueza (producción y consumo) y que no sea expoliada (pisos & bancos & eléctricas).

Claramente tenemos una clase media en retroceso y esperamos financiar una RBU, quien paga ese coste? El dentista que cada vez hace menos empastes? el paleta que cada vez le encargan menos adobados? o el médico que solo tiene trabajo con mutuas que revientan precios? O quizás la empresa que se dedica a hacer tornillos y tiene que competir con China y para ello debe mirar cada céntimo para optimizar la producción y ser competitiva?


La clase media es muy débil por dos cosas:

-no està enchufada al BOE ni al presupuesto del estado

-no tiene los recursos para ser multinacional.

Es decir, vive del entorno cercano y solo tiene el sudor de su frente para vivir, sin clase media o empresarios prosperos, el operario no tiene trabajo en la fábrica, el médico no tiene pacientes, el arquitecto no tiene proyectos, el panadero no vende pastas, el gimnasio no tiene clientes........

Es IMPOSIBLE tener clase media próspera y a la vez ser expoliada, pisos & electricidad & mamandurrias.

El problema es que el ESTADO ha gastado todos los cartuchos, no tiene margen dada la inmensa deuda, ni ha racionalizado el sector público, ni ha corregido las pensiones, ni ha pinchado la burbuja inmobiliaria del todo y no ha sacado esas empresas que viven del BOE (eléctricas,bancarias  y constructoras básicamente)


Estamos jodidos, los asiáticos cada vez haciendo mejor las cosas y nosotros cada vez peor.



Díganme de donde se saca una RBU universal? Porque de una vaca seca no se saca leche ni nada.

A no ser que se salgan del Euro, se vuelva a una NEOPESETA y empiecen a imprimir sin parar para repartir billetitos con la supuesta megahiperinflación es imposible la RBU.


España esta hiperendeudada de ladrillo y prevendas, y con poquísimo capital, sin capital no hay riqueza, hemos hipotecado el fututo.
Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: visillófilas pepitófagas en Enero 22, 2017, 21:49:25 pm
Mad men, no es que la RBU sea imposible, es que se mezclan los problemas (que tú mismo mencionas).

España es un cortijo en el que se expolia (arriba-abajo). Mencionas unos sectores que te dan especial rabia pero da un poco igual. No mencionas las telcos ni la alimentación, que son casos de escándalo, y mencionas la banca, que quizá expolie menos (las hipotecas no son banca, son Pisito; los rescates no son todos banca, parte de ellos son políticos corruptos encubriendo a políticos corruptos). El caso es que se exprime lo que se puede, como sea.

También hay expolio entre iguales: en el comercio, en el alquiler de vivienda, en el fraude (tributos e impuestos), en el robo intergeneracional (nivel de salarios, nivel de empleo, en las pensiones en breve...), etc. De este otro expolio no habla nadie, y si sale la conversación resulta que o "es muy pequeño" o "eres tonta y defiendes a 'los ricos'". Pero ahí está.

Es imposible tener una sociedad idílica, pero no es difícil tener una sociedad menos desigual. España es un país con gran desigualdad. Esto habría que arreglarlo con o sin RBU. Esto es lo urgente y lo que hace miserable o amarga la vida de millones de personas (incluso de las que no pasan problemas materiales).

Desigualdad aparte, en un país como España, en el que el trabajo no se valora mucho (se percibe como una maldición, no como una realización como en otros países) la RBU atrae mucho, porque es como el ticket al dolce far niente. Sin embargo, no debería urgir porque (1) es mucho más urgente y grave la desigualdad y (2) la RBU puede ser una buena respuesta a la aceleración de la automatización, pero ésta podría tener un impacto menor o más tardío en España debido a la naturaleza del empleo nacional.

Arreglando la desigualdad, aunque sólo sea parcialmente, se podría sufragar una RBU. Si no, sólo quedará la opción de que la sufraguen los tontos de siempre (la clase media y media-baja asalariada) y se dará la situación que describe Mad Men.
Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: saturno en Enero 22, 2017, 22:01:31 pm



Oigan, que Hamon acaba de salir en cabeza de primera vuelta de primarias


Juaaaaaa !




Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: saturno en Enero 22, 2017, 22:19:16 pm


Díganme de donde se saca una RBU universal? Porque de una vaca seca no se saca leche ni nada.

A no ser que se salgan del Euro, se vuelva a una NEOPESETA y empiecen a imprimir sin parar para repartir billetitos con la supuesta megahiperinflación es imposible la RBU.


Un momento, Udes tienen claro lo que es el IVA ????


El IVA es un impuesto al consumo.
El IVA no lo pagan NUNCA las empresas ni las nacionales, ni las extranjeras.
El IVA es territorial.

El precio de un bien con valor 100, se vende 120 en Es y 119,5 en Fr.
Pero su coste real es 100 en Portugal, Berlin y Polonia
Los 20 euroes es un impuesto que paga el consumidor.

Bien. Si se dice que la RBU se financia con IVA, ¿quien creen Udes que va a financiar la RBU?

Desde luego, no va a ser el aparato productivo: ni empresas, ni siquiera autónomos, ni nacionales ni extranjeras. Y si el Estado tiene que adelantar, es sabiendo la cantidad de costes que va a poder desmantelar.

Al contrario, la RBU es el mejor argumento para que la genta quiera tener Salarios / Beneficios, porque lo unico que conseguirás pagar con la RBU que recibirás, más allá de los gastos minimos (normalmente, exentos de IVA), son precisamente los IMPUESTOS empotrados en los precios de los bienes. Austeridad por la via práctica.

Y como la gente no es idiota, aprovechando una distribución por RBU que le garantiza seguridad (como a los jubilados la pension), lo que hace es EMPRENDER y Trabajar por salarios superiores a la RBU.



Ahora, saquen conclusiones.
No quieren que la RBU sea un rentismo ? : Clasifiquenla como Remuneracion de actividad
No quieren que la RBU sea "impuestA" ? : condiciónenla a voto democrático (como hice)
NO saben donde encaja en Contabilidad ? : ¿Y si el modelo de ContaNat está incompleto?

Hala. Es tan sencillo que eso si que no asusta a nadie. ;)



Edit: Si es por la semántica de "Universal", se refiere al sentido que se le daba en el sXX: en España, la sanidad es/era universal, pero sólo se aplica en el TERRITORIO fiscal.
La RBU significa que sólo se destina a los ciudadanos registrados, fichados, con ascendentes y colaterales. Residentes fiscales. La RBU est una renta.

Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: inmoindultadoGenerico en Enero 23, 2017, 02:52:36 am
Si vas al paro, recibes la prestación. Paguita.
Si no encuentras nada, te dan el subsidio. Paguita.
Si estás en una situación marginal y te dan una ayuda... Paguita.
Si te jubilas, tienes una paga vitalicia. Una... Paguita.
Si quedas huérfano o viuda, paguita.
Si estás enfermo y te da tratamiento la SS... Paguita.... En especie.
Si quieres estudiar, lo mismo. Paguita en especie, y si tienes beca, también en efectivo.
Y en tiempos de ZP! Paguita por alquilar, paguita por tener hijos. Paguita por todo lo imaginable.
Paguita porque tu padre que lleva 40 años muerto era militar y tu no te llegaste a casar!!   :roto2: (Caso muy próximo)

Mi tesis es que ya hay de facto RB, que no U.
Mi tesis es que el que no quiere trabajar ya no lo hace. Y es más que una hipótesis.
Mi tesis es que la RBU sustituiría muchas paguitas, liberando recursos de la gestión de las mismas.

No hay becas. ¿quieres estudiar? Págatelo  :roto2: no puedes decir que no tienes dinero  :roto2: La pasta te va a llegar al bolsillo igual, y nos ahorramos a varios miles de picateclas que revisan las solicitudes.
Apliquese el cuento al resto, en la modalidad que quieran.

El que quiere estar tirado delante de la PlayStation fumando hachís ya lo hace, y el día 10 el estado le ingresa puntualmente 426€ porque hace nosecuantos años el tío estuvo una temporada de pizzero  :roto2:

Para el que trabaja y aporta, funciona como una rebaja impositiva. Si pagas 10.000€ en impuestos, pero te dan 4.800€ de RBU, es como si pagaras 5.200€. Si pagas lo mismo que recibes, quedas a pre. Si chupas del bote... ¡es que ya estás chupando ahora!

Opino como ¿saturno?, la RBU dispararía el emprendimiento. Si estás en la mierda, no es lo mismo fundirte tus últimos 5000€ en intentar montar algo sabiendo que si fallas acabas en la indigencia o dependiendo de tus ancianos padres (que están cobrando una... Paguita) que montarlo sabiendo que para patatas y una habitación en un piso patera no te va a faltar.

Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: CHOSEN en Enero 23, 2017, 20:24:19 pm
Tengo claro que una RBU es una paguita más.
La reina de todas las paguitas. Ya no hace falta ni peonada.
Cobro paguita luego existo.

Saturno, has caído en el lado oscuro de la fuerza ¿? ;)
Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: saturno en Enero 25, 2017, 22:19:11 pm
Tengo claro que una RBU es una paguita más.
La reina de todas las paguitas. Ya no hace falta ni peonada.
Cobro paguita luego existo.

Saturno, has caído en el lado oscuro de la fuerza ¿? ;)

Me da que estás siguiendo los planteamientos falsa-RBU que se están discutiendo en Francia, Finlandia y otros.

Lo cierto es que yo no hablo de esa falsa-RBU. De hecho, lo que plantean por ahi suele ser un INR. Es más exacto llamarlo así.
El problema es que el INR es empotrar todos los rentismos en una super-paguita en la fase de Producción (o de Monetización).

Yo razono de los "clasicos", habia un hilo aqui donde discutimos de ello.
La RBU variante Universal es una Renta que se "monetiza" en la fase de Gasto (con IVA)
Por tanto, NO afecta a la fase de Producción !


La economia es un proceso:

{ 1/Producción (ahorro) -> 2/Monetización (rentas)  -> 3/ Gasto(consumo) }

La RBU (variante universal) es
a) una renta sumada a la fase 2/ que se financia
b) en la fase 3/Gasto.

¿Cómo se financia? Via IVA. El IVA es una redistribución via Impuesto  del 3/Gasto
Como es un impuesto, es una monetizacion del Gasto que se reinyecta en 2/ rentas.

Entonces, considera que hay 2 capitales:

- El capital Aproductivo. Qué es el capital aproductivo. Es un acaparamiento del Gasto para hacer subir los Precios. Los inmuebles son Consumo acaparado. El Capital Aproductivo, es un falso-capital formado en la fase 3/Gasto. También se llama una Private-Taxation, porque como el IVA, va empotrado en los Precios de bienes de consumo. Pero la PrivataTaxation es privada, es acaparamiento,. Mientras qwue el IVA es PublicTaxation, pública, es DISTRIBUCION del capital A-productivo (acaparado)


- El capital Productivo. Qué es el capital Productivo. Es el ahorro accumulado en la fase 1/Produccion.
La RBU no interviene en nada en la fase 1/Produccion. No se financia sobre la Produccion, ni Salarios, ni Dividendos. La RBU es como el IVA, transparente para las empresas.
Pero al mismo tiempo, la RBU redistribuye capital a-productivo. Es como si dices que tendrá un efecto des-burbujeador sobre bienes acaparados. Por tanto, la bajada de precios a-productivos (=cuando bajan a sus precios de fabricacion/reemplazo) supone -- a RBU constante -- un aumento de renta disponible. Pero si tienes RBU, el aumento de renta disponible no lo dedicas a acaparar "capitales" aproductivos. NO. Los ahorros que acumulas, claramente, los vas a invertir en la fase 1/Produccion.

Finalmente, la redistribucion del 3/Gasto, al desinflar las burbujas aproductivos, es como drenar las rentas supefluas de la etapa 3/Gasto hacia el ahorro que es el capital de la etapa 1/Produccion.
Es decir, la renta superflua que drenas, la reinviertes en Empresa, y aumentas el Trabajo asalariado.

Al Aumentar el Trabajo remunerado en 1/Produccion, y al disminuir los precios en 3/Gastos, simplemente, puedes empezar a REDUCIR LA RBU, o REDUCIR EL IVA:

Con lo que al cabo de una generacion, tienes pisitos a 99^euros, salarios Suizos, y como los Suizos, cuando te pregunten que porqué cobran tan poca RBU, contestarán: -- Para qué coño quiero una RBU si con mi trabajo gano mucho más ???

----

Et voilà.

Admiteme no sólo que no estoy en el lado negro, pero que además, estoy aplicando a rajatabla las clases que nos da PPCC.  Aunque quizás lo que pasa que a diferencia de PPCC, yo  no tengo 5 pisitos, y claro, no le veo ninguna dificultad a que los pisitos se pongan a 99^3.  Si los tuviese, los pisitos, supongo que me inclinaría mucho más por el INR. Es un problema de propiedad. La propiedad, es lo que te posee a tí. Es la diferencia entre "propiedad" y "posesión". Bien, pues el INR es lo que prefieren los que son poseidos por sus propiedades. Como yo no me siento poseido, pues no tengo dificultad en ir hasta el final del razonamiento.


El INR que proponen ppcc, el galo Hamon, Valls, los de Finlandia, etc. lo proponen los que habiendo vivido en el populocapitalismo, aceptan, admiten reconoce que se han pasado 5 pueblos. Y Dicen que sobra rentismo.

Pero prefieren ser ellos los que decidan cómo reducir su proporcion.

Dicen, hay demasiados rentismos -- ¿Os vale si los dejamos en sólo uno?

El INR consiste en concentrar todos los rentismos actuales en un único mecanismo controlado por via institucional. El problema, y la diferencia del INR y la RBU, est que el INR se financia en la fase 1/Produccion. Es un impuesto sobre la renta, (antes de la monetizacion).

Yo prefiero una RBU universal, donde quienes se financian la paguita, se la financian con su Gasto. Porque sus beneficiarios acabarán rapidamente concluyendo que vale mucho más la pena Emprender y Trabajar. Cuesta mucho menos a la hora pagarse un BMW ser Empresa/Trabajador que ser un tío que cobra RBU.
También se tarda menos en eliminar la Paguita, y el resultado más duradero que con el INR.

;)


Edit: hay otros argumentos a favor de la RBU contra el INR:

La RBU es democrática o no es RBU: la "base" fiscal de la RBU es normalmente el nivel exento de impuesto. Por tanto, yo quiero que quienes pagan IRPF decidan : y la base RBU,  y el tipo de IVA que se aplicará el año siguiente. Quiero un voto censitario a favor del Trabajo, de forma que se reequilibre el peso politico de la "Mayoria natural". Y que sea para siempre, además: hay 2 planos de responsabilidad ciudadana. El plano de la Contabilidad nacional, donde se interviene a nivel de Presupuesto nacional (por el IVA y base RBU). Y el otro plano "clásico" que es donde se discuten de derechos universales. Pero no vayamos a mezclar ambos planos, que el resultado me lo conozco: la MN decide cuánto tiene derecho a cobrarte, y si demográficamente es superior al T&E, es la muerte asegurada incluso para sus hijos ;)

En cambio, el INR es una paguita única, que decide el Gbierno de turno. Que decide la MN, como por casualidad. Tu solo la recibes, si te portas bien. Pero pagarla, la pagas siempre y no decides. El INR es una paguita con espectáculo politico. Pan y circo. Aunque lo diga Friedman. (Porque lo dijo Friedman).
Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: saturno en Enero 26, 2017, 01:34:01 am
(Esta muy bien el resumen anterior. Lo estuve esbozando a medio día en el foro galo. Pero ahora que lo releo, así retraducido, está muy bien. La crítica al INR parece bien también. Es una crítica política. ¿Qué pegas le veis? ;) )


[Edit: fijate, donde coloco las rentas Aproductivas. Hasta a Ppcc le cuesta colocar las R.Aproductivas en el proceso. Pero hay posts donde las intuye como acaparamiento. Y sabe que son PrivateTaxation. Pero no las consigue situar en el Gasto. Para Ppcc, las aproductivas van empotradas en las productivas. Las asimila a una PrivateTaxation de la Produccion, o de la Monetizacion.... Luego, por el mismo desliz, opta por el INR que realmente es la PublicTaxation de la Produccion. Pero si dices que la R.AProductivas van en el Gasto, ahí tienes el IVA. Y eso te lleva directamente a la RBU - "universal", + tipo IVA que determina socialmente el grado de rentas aproductivas que hay que redistribuir. ....¿o no?  /edit]
Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: CHOSEN en Enero 26, 2017, 08:38:59 am
Le veo pegas que iré desgranando.
A priori, lo más obvio: pretender que el Estado es una empresa donde todos los ciudadanos son trabajadores/directivos con derecho (legal) a reparto de dividendos/salario (llamémoslo renta).
No sólo es abstracto sino que además introduce un nuevo actor en el sistema capitalista -aparte de los ya existentes capitalistas y trabajadores- pues incluye una nueva forma de reparto de los beneficios, esta vez por la propia adhesión a la empresa/Estado, por igual para todos.

Digamos que vivimos la utopía. Aceptaré que pueda existir dicha figura.
Cuando hablas de que la RBU "sale del IVA" estás violando la principal razón de ser de la empresa. La obtención de beneficios. La empresa/Estado ha de obtener beneficios, y si destinas el IVA (puros ingresos) a reparto de rentas entre os participantes (que ya no son solamente capitalistas y trabajadores, sino que además también son ciudadanos) lo que tienes es una empresa que trabaja en contra de su propia supervivencia. Porque la empresa no obtiene beneficios, sino que los destina a capitalista-tabajadores-ciudadanos.
Además que puestos a descapitalizar el Estado/empresa tendría mas sentido reducir el IVA y que esa renta directamente no saliera de los bolsillos de los ciudadanos. Porque recaudar para re-distribuir no tiene ningún sentido salvo "ser el que lo distribuye" lo cual termina en CCdAA.

Entiendo que desde tu punto de vista el Estado debería regirse por las normas de "mayor confort de vida" y puntuar alto en el HPI (https://es.wikipedia.org/wiki/%C3%8Dndice_del_Planeta_Feliz (https://es.wikipedia.org/wiki/%C3%8Dndice_del_Planeta_Feliz)) pero este es de nuevo el error de base.
Yo, como ciudadano, no me creo que alguien me pague por nada. Es mas no quiero que nadie me pague por no hacer nada. Y diré mas, yo no quiero ser funcionario, no quise serlo cuando pude, y espero no tener que serlo. Respeto y admiro a los que deciden consagrar su vida al servicio estatal, pero es que yo no tengo porque seguir sus pasos porque soy libre de no hacerlo.

Concluyo: sigues sin determinar como de alto va a ser el muro, en que se diferencia la RBU de una bajada geenralizada del IVA, y cual es la diferencia entre la RBU y la prestación por desempleo eterno. Como yo no la defiendo, no tengo que justificarlo ;)
Y por supuesto y más importante, sigues sin explicar que medidas adicionales vas a tomar para que la inflación no se dispare, para que esa RBU no vuelva a ir destinada al pisito, a los coches de lujo

Por supuesto que el ánimo a la hora de defender la RBU es la mejora de las condiciones de vida de los ciudadanos. Pero creo que utilizar al Estado para conseguirlo es filantropía un poco desviada y que se pretende ejecutar desde el despotismo iluistrado. Como si por recibir una RBU fuese a terminarse con la pobreza energética. La realidad es que los casinos y los bingos iban a vivir una nueva época dorada.
Tu fe en la humanidad es una luz, pero las sombras son mucho má oscuras.
Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: Manu Oquendo en Enero 26, 2017, 09:34:59 am
Me gustaría hablar de esto unas horas con Saturno pero me parece que las distintas  RBU's  no se sostienen salvo como forma indirecta  de eliminar el actual, creciente e incontrolable desmadre de subvenciones y de paso a todas las estructuras "benéficas" --ONG incluidas-- que hoy en el sector público y privado viven de los pobres y del negocio paliativo de la pobreza. La compra de votos y el free rider han destruido las democracias (hoy ya son sistemas Mixtos)  del mismo modo que sucedió en Grecia al tratar de pasar de la Ciudad Estado a la Globalización. Como ellos, nos hemos creído nuestros propios mitos.

Este último factor, la cantidad de gente que vive de "paliar pobreza" (y de incentivarla, porque paliar no resuelve) es monumental. También ellos son "mantenidos" y un Coste del sistema.

Ni uno de ellos se dedica a crear empleo productivo, todo lo contrario. Y ojo, no incluyo a las personas físicas que atendemos a otras personas físicas que han optado por la mendicidad o que no pueden atenderse por cualquier motivo. Hay mucha caridad directa que a mi modo de ver es la eficaz porque  seguro que no voy a vivir de la gente a la que ayudo. Siempre sin intermediarios que no añaden.

Los colegas economistas al servicio del poder (economistas de lo paliativo y accesorio) deberían estudiar contabilidad (una asignatura que las facultades desprecian y parecen desconocer) y enterarse de qué es la economía de verdad.

Por ejemplo: pueden comenzar  repasando la fórmula del Trabajo.
Sí, aquella de Fuerza (Esfuerzo) por Distancia (Producto) por Coseno de Alfa.

El Coseno de Alfa es Importantísimo porque marca la Diferencia entre Trabajo Positivo (Productivo) y Trabajo Negativo , (Destructivo)

Recordarán ustedes que el Coseno es una función que oscila entre + 1 y -1 así que Trabajo de verdad solo hay uno, el positivo.
El otro es una faena destructiva para cualquier comunidad porque termina por hundirla. Cuando los Improductivos superan a los Productivos (ya debemos estar en ello) la cosa va hacia el fondo.

Luchamos en vano contra las Leyes de la Naturaleza y contra las de la propia Física. Nos encanta engañarnos a nosotros mismos y caemos en la trampa de la pereza mental una y otra vez.
Toda fiscalidad es un coste que se incorpora al producto en muy pocos ciclos del "Flujo Circular"... Incluso esa fiscalidad de esclavos que es el IVA.
Hace no mucho no había IVA, teníamos el ITE al 1%!!! más o menos. Hoy nos quitan el 21%!!! de él vive toda la UE y toda una panda de productores negativos. No había apenas paro. Hoy no bajamos del 20% y además se han llevado las fábricas  de casi todo fuera de los países. ¿Cómo podía ser de otra forma?


Por lo tanto si nuestro mundo es competitivo, lo llevamos claro. Y si no lo es, también porque terminamos aplastados por los que solo producen el espejismo del Trabajo Negativo que además necesitan un Gobierno Único en toda la galaxia y por tanto inevitablemente Despótico. El Sueño del Gran dictador.

Saludos

Coseno.............    http://4.bp.blogspot.com/-Q6KkSiJgB7Y/UiZyEkRGNqI/AAAAAAAAABM/E4RZ0F0HQWM/s1600/Funci%C3%B3n+Coseno+ggb.png (http://4.bp.blogspot.com/-Q6KkSiJgB7Y/UiZyEkRGNqI/AAAAAAAAABM/E4RZ0F0HQWM/s1600/Funci%C3%B3n+Coseno+ggb.png)


Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: saturno en Enero 27, 2017, 02:50:55 am
Mmmh.

Miremos las "ecuaciones", pongamos los conceptos en su sitio.

Manu Oquendo apunta efectivamente un primer aspecto importante de la RBU: la disolucion del aparato administrativo hipertrofiado que sostiene la redistribucion de rentas. Es decir, la RBU al sustituir las paguitas actuales, supone ahorrarse la parte del aparato administrativo que sólo sirve para administrarlas. Pero en cierto modo, si introduces la RBU, y eliminas la AdmónSocial sobrante, estás precisamente haciendo lo mismo que quieres hacer con el TramoAproductivo del Pisito, y de cualquie gasto. Es decir, introducir la RBU te hace ver que incluso en la fase 2/Remuneraciones del Trabajo, existe un tramo Rentista, un rentismo usurero.

Lo que me interesa es "mostrar" que la RBU+IVA tiene ese mismo efecto pero en TODOS los rentismos: es una forma de drenar Trabajos improductivos, y también Gastos improductivos, como igualmente la Producción improductiva.

Hay que abstraer un poco el mecanismo. Entender porqué la RBU+IVA funciona como "manivela de Sismondi"


1,.Todo los rentismos están en la fase 3/Gasto

2. La financiacion de la RBU debe hacerse desde la fase 3/Gasto, por el IVA

3. La Economia Politica es una ecuacion tripartita: 1/Produccion-2/Rentas-3/Gasto

4. La manivela de Sismonde vincula (inversamente) AhorroProductivo y RentismoAproductivo


Bueno, lo desarrollo en spoilers.

(click to show/hide)


Finalmente, hay tres consideraciones a lo anterior


Anexo 1: la RBU+IVA  nace del mismo debate sobre el acaparamiento de grano del XVIII

Anexo 2: la Ley de Say sólo funciona si le introduces la Manivela de Sismondi

Anexo 3: La Manivela de Sismondi implica el voto censitario al Presupuesto Nacional




(click to show/hide)


En fin, no estoy seguro si estoy divagando o tengo un empacho de lecturas mal asimiladas.

Lo dejo en spoiler porque ¡me acabo de pasar media noche con ello!  ;)

Pero he intentado exponerlo de forma coherente.





Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: saturno en Enero 27, 2017, 11:27:24 am
Después de mi (intento) de poner orden anterior, y solo para que te sitúes

Le veo pegas que iré desgranando.
A priori, lo más obvio: pretender que el Estado es una empresa donde todos los ciudadanos son trabajadores/directivos con derecho (legal) a reparto de dividendos/salario (llamémoslo renta).

No es una pretension: es una conclusion, y la conclusion no es como la dices.

Observo:
-- que el tramorentista está en la fase 3/Gasto,
-- que dicho rentismo no es "conmutativo" -- al no correspondeer a nada en 1/Produccion o 2/Rentas

Al crear una RBU+IVA en 2/Rentas y 3/Gasto, introduces artificialmente esa conmutatividad, pero es una herramienta (una "manivela"): depende entonces del Todos-Estado utilizarla para secar o bien introducir Rentismos via 2/Rentas o via 3/Gastos



Citar
No sólo es abstracto sino que además introduce un nuevo actor en el sistema capitalista -aparte de los ya existentes capitalistas y trabajadores- pues incluye una nueva forma de reparto de los beneficios, esta vez por la propia adhesión a la empresa/Estado, por igual para todos.

No introduces un "nuevo" actor: el Todos-Somos-Estado es simplemente un actor que no se utiliza, porque no se entiende bien cómo interviene. En comprenderlo me puse ;)

La conmutatividad forzada con el rentismo en 3/Gasto es artificial.
Es instrumental: una "herramienta". Una Manivela.

Pero ¿Quien debe hacer girar entonces la Manivela ? -- El Todo-Estado.
Pero no es un "soberano" elegido, ni tampoco se rige por una Ley naturalista (sin Libertad)
El agente que decide en qué sentido funciona la Manivela no es un "soberano" politico (=Gobierno)
Tampoco es un "factor" automático, pasivo, como en los modelos matematizantes: tiene Libertad

Así entiendes que la EconomíaPolitica no es sólo Economia pasiva, ni tampoco sólo Politica
TIene dimension propia: EconomíaPolitica, donde las decisiones dependen de la FilosofíaMoral de una sociedad con Libertad de decidir. Eso es el TodosEstado.


Como tu razonamiento posterior depende de las premisas anteriores, no entro en él.
Citar
Digamos que vivimos la utopía. Aceptaré que pueda existir dicha figura.
Cuando hablas de que la RBU "sale del IVA" estás violando la principal razón de ser de la empresa.
[...]

Entiendo que desde tu punto de vista el Estado debería regirse por las normas de "mayor confort de vida" y puntuar alto en el HPI
[...]

Concluyo: sigues sin determinar como de alto va a ser el muro, en que se diferencia la RBU de una bajada geenralizada del IVA, y cual es la diferencia entre la RBU y la prestación por desempleo eterno. Como yo no la defiendo, no tengo que justificarlo ;)
[...]

Y por supuesto y más importante, sigues sin explicar que medidas adicionales vas a tomar para que la inflación no se dispare, para que esa RBU no vuelva a ir destinada al pisito, a los coches de lujo

Tu fe en la humanidad es una luz, pero las sombras son mucho má oscuras.

Espero que ahora entiendas mejor cómo lo planteo (aunque mi exposición es muy rudimentaria).

De todos modos tu postura es muy cómoda.
Como no buscas ni defiendes una Solución, para tí el Problema es un "dato" y renuncias a solucionarlo !!! -- Es una forma de cinismo, eh. Realmente, es un abandono de tu capacidad de Juicio. Acabarás tan loco como los que creen que el Pisito ¡es un Ahorro productivo!

Pero la Economia no es un Dato: es realmente un "acto libre" de una Sociedad politica, regida por una Filosofía moral

De ahi me viene la imagen de una "manivela" donde la sociedad decide libremente
drenar rentismos sobrantes del 3/Gato, o compensar insuficiencias de 2/Rentas

Lo único "automático" de la Economia está realmente en la fase 1/Producción(ahorro)
Por eso es en la práctica la única dimension estudiada.
Yo me intereso también a la dimension Politica y MOral de la Economia.

Es más: digo que la "autonomía" del proceso 1/Produccion depende de las condiciones Politicas y Morales que operan en las otras fases 2/Rentas y 3/Gastos.

Y al decir esto, creo que soy buen alumno de PPCC, pues creo que es así como considera las cosas.  Y que considerar la economía así, es la unica forma de llegar a entenderla.



Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: CHOSEN en Enero 27, 2017, 12:28:49 pm
Citar
Pero la Economia no es un Dato: es realmente un "acto libre" de una Sociedad politica, regida por una Filosofía moral
Ahi vamos. A la libertad.
-Tu crees que con una RBU el Todos-Estado recaudará IVA y lo re-insuflará a la economía en forma de renta que favorece a los desfavorecidos.
-Yo SE que la recaudación por IVA disminuirá (aumento del fraude) y el número de solicitantes de RBU crecerá (efecto llamada).

Porque somos libres.
Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: saturno en Enero 27, 2017, 18:32:11 pm
Citar
Pero la Economia no es un Dato: es realmente un "acto libre" de una Sociedad politica, regida por una Filosofía moral
Ahi vamos. A la libertad.
-Tu crees que con una RBU el Todos-Estado recaudará IVA y lo re-insuflará a la economía en forma de renta que favorece a los desfavorecidos.
-Yo SE que la recaudación por IVA disminuirá (aumento del fraude) y el número de solicitantes de RBU crecerá (efecto llamada).

Porque somos libres.

Es a lo cual responde el "voto censitario", donde quienes Trabajan (rentas > RBU-minimo fiscal) deciden del tipo IVA y RBU por Todos. El Somos-Libre, muy bien, pero para cortar el pastel, hay que agarrar el cuchillo.

Dime, Chosen :
-- ¿tú crees realmente que sin elaborar las "libertades", con ello solucionarás los problemas que plantea la libertad tal y como la tenemos ahora (lo que dices de que "somos libres")?

La libertad no es algo innato: es una construccion. Me dices que "somos libres", yo te digo que no, que es sólo un nombre, aunque no vacío. Que donde tienes corrupcion, es donde tienes que volver a pensar qué entiendes por Libertad.


Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: Manu Oquendo en Enero 28, 2017, 10:08:36 am
   

Felicitar a Saturno por el esfuerzo y pedirle un pelín más de su ya alto nivel de clarificación.

Me explico.

Tengo 2 libros de Sismondi en casa. La obra principal, una traducción reciente de la reedición de 1929 --qué casualidad, la otra Gran Crisis--, y un extracto de la misma por Editorial Maia. Anoche estuve revisando ambos tras la proeza de encontrarlos.

Creo que entiendo por qué Sismondi siempre fue un autor proscrito: Porque no convenía a las fuerzas que buscan el Poder Social por encima de todo y................porque olvidaba, sin ofrecer otra solución que la coactiva, aspectos complicados de la naturaleza humana --sí, existe esta "naturaleza"; igual que existen el bien y el mal o los imperativos categóricos--.

Pero no encuentro en ninguna de sus dos obras lo de la "Manivela" y no quiero imaginarme el concepto.

Es evidente que los que por aquí pululamos hemos hecho un esfuerzo de diagnóstico bastante mejor que el que circula por los medios y por la oferta política (llena como de costumbre de Obsesos por el Poder Social).
La calidad del diagnóstico, en mi opinión está fuera de duda porque es predictivo y lo que decíamos hace años se va cumpliendo. Ciertamente en términos del colapso político y geopolítico, empobrecimiento social y  ausencia de soluciones sistémicas en un juego en el que necesariamente los perdedores han de ser mayorías crecientes. Con certeza en Occidente y ya veremos en otros lugares.

Por lo tanto va siendo hora de dos cosas:

La Primera:
Ir organizando grupos y foros  discretos de reflexión, estudio, discernimiento y comunicación social. Discretos porque es como de verdad se piensa y se crea conocimiento grupal útil. TE es un embrión de un modelo bien plausible y Nativo para una Red.

La Segunda:
Ir esbozando posibles soluciones que se acomoden a los aspectos más positivos, estables y permanentes de la psicología humana. Me quedo en la "psicología" por no complicar el asunto ahora mismo. Concretamente alguna de las propuestas emergentes no van a prosperar porque no toman en consideración la forma de reaccionar de seres asustados con alto instinto gregario.

No es sorprendente que Saturno cite a  Sismondi. A mi personalmente me gusta Röpke y creo que muchos de los otros citados no fueron Proscritos porque o eran un camino plausible para llegar al Poder Social o reforzaban al Poder Social Vigente en su tiempo.
Ni Sismondi, ni Röpke están en esas categorías y también por ello su obra languidece y no es conocida.

Saludos y gracias
Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: CHOSEN en Enero 29, 2017, 10:14:53 am
Me dices que "somos libres", yo te digo que no, que es sólo un nombre, aunque no vacío.
No puedo entrar otra vez en el debate sobre la libertad.
Puedes ser libre pasando hambre y frío, como cualquier familia de esquimales.
La cuestión es que hoy se está equiparando esclavismo (=no libertad) con pobreza energética ...lo cual en algún momento del debate deberá ser fundamentado en algo más que en eslóganes.

No creo que el Estado deba proveer a las personas de una renta de libre disposición.
Si lo que se pretende es satisfacer los mínimos estándares de subsistencia occidentales, veo más lógico los racionamientos de comida, los bonos sanitarios y vales energéticos.
Porque la fase de Gasto estará perfectamente pre-calculada. Repito: una RBU de libre disposición llenaría los prostíbulos y bingos de este país (fase de gasto).

La RBU es perfectamente defendible desde el punto de vista estatista (tu) pero es abominable desde el punto de vista anarquista (yo). Porque esa renta no provee de libertad, sino que es una herramienta -siempre lo ha sido- para la supeditación de las voluntades. Donde hay venta de la voluntad, hay comprador. El Estado es quien paga, ergo el Estado es el comprador.
Mas concretamente, quien dirige el Estado.
Todos somos Estado. De acuerdo.
Pero no todos dirigimos el Estado.
¿Quien dirige el Estado?
Te hago una pregunta:
¿Cuando fue la última vez que decidiste sobre cuotas de pesca o expropiaciones para construir una autopista radial?
Para ser más explícito...
¿Crees que "el pueblo" podrá decidir sobre cuantía, destinatarios, y forma de pago de la RBU?

Es obvio que no.
Tiene que haber directores.
Los "directores" dirigen la RBU como un instrumento más al servicio del Estado.
Y tenemos el ciclo argumental cerrado.
Ese instrumento puedee ser utilizado (=será utilizado) para comprar voluntades, haciendo al perceptor menos libre.



La RBU sólo tiene una posibilidad de ser implantada: que al Estado le convenga como instrumento de pacificación.
Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: Marv en Enero 29, 2017, 12:10:11 pm
Decir que no se le puede dar dinero a la gente porque no saben administrarlo (putas y bingo) me parece de un paternalismo sacerdotal, y voy más allá, es socialismo del malo.

Porque si de verdad la gente lo que quiere hacer con esos 500 euros cochambrosos que se darán es ir al bingo, ... pues que vayan. La Renta Básica ya habita entre nosotros, todos lo sabemos. Millones de paguitas bastardas, mientras que a otros no les cae nada; esa es la única diferencia. Sólo cambia la U. Acaso ¿no se llenaron los prostíbulos durante la burbuja? ¿Es aceptable si el dinero proviene de la corrupción, la especulación o el tráfico de drogas?

La gente sabe lo que quiere hacer con su dinero, venga del Estado o del Mercado.

Sin entrar en detalles de cómo sea su reparto, la RBU se va enfocar como un problema técnico de reparto de renta, y las moralinas van a quedar atrás a la velocidad de la luz. Hace diez años esto era ciencia ficción, hace cinco era de ultraizquierda, hace dos era una solución impracticable, y este año se ha debatido en Davos*. En cinco años la gente normalizará el debate, y en diez, será visto como una conquista de los países avanzados que nadie discutirá, aunque nunca desaparecerán las tensiones lógicas acerca de cómo pagarlo.

Y la era cero lo propiciará. El modelito se basaba en la pirámide de copas de champán: tanto rebosa por arriba, tanto llega los de abajo, pero a este lado del mundo va tocando ya rellenar las copas 'a mano', porque el artefacto se ha gripado.

Lo que pasa es que es muy difícil reconocer que la sociedad occidental, otrora orgullo de la civiización, ya no puede emplear a todos sus miembros, o emplearles sin que dejen de ser pobres (95% de contratos hechos en 2016 fueron temporales). Pero a los políticos se les está acabando el tiempo y se les está abriendo la puerta para hacerlo sin que les voten sólo los perroflautas.

(*) Esto se lo escuché ayer a SNB, y me gustó porque creo que es la realidad, lo diga quien lo diga.
Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: CHOSEN en Enero 29, 2017, 13:53:53 pm
Decir que no se le puede dar dinero a la gente [...] es socialismo del malo.
¿?  ???
¡¡¡Y yo preocupado porque el post me había quedado demasiado neoliberal!!!

Citar
La gente sabe lo que quiere hacer con su dinero, venga del Estado o del Mercado.
Pues que lo hagan con SU dinero.
El problema es que la RBU es estatal (de todos) y orientada a la fase de Gasto, y por lo tanto es previsible el control estatal sobre el gasto. En Alemania si quieres entrar al programa Hartz IV no puedes tener ni un coche a tu nombre. Mucho menos una vivienda. Si se quiere plantear aqui una RBU hágase en términos realistas (como en Alemania o Suiza) y no en términos populistas-buenistas-altermundistas. El plan Pive tributa y es para cambiar de coche, no para gastarselo en putas. Eso es control. Si no quieres control no lo solicites. Eso es libertad.

Citar
Sin entrar en detalles de cómo sea su reparto, la RBU se va enfocar como un problema técnico de reparto de renta,
El único problema técnico es que la renta disponible de las familias que sufren el popularcapitalismo "no llega", porque la hipoteca se come más de la mitad del income. Si la vivienda no fuera tan cara no haría falta RBU. La propuesta actual, en vez de poner los costes inmobiliarios al nivel que les corresponde, es que el dinero brote de la magia redistributiva para que la gente pueda pagar su hipoteón, su coche, y la calefacción eléctrica... porque la estufa de gas es de pobres.
En cualquier caso el guión ya está escrito.
RBU para controlar a la población. Quienes no la necesiten se saltarán ese control y serán mas libres.

Precisamente es lo que yo critico: que se presente la RBU como arma de libertad cuando es precisamente lo contrario.

Citar
y este año se ha debatido en Davos*.
Lo que se ha debatido en Davos es si la RBU es la herramienta adecuada para controlar a la plebe, que está enfurecida porque hay mil millones de nuevos solicitantes de calefacción y automóviles que tiran del mercado hacia arriba y les deja fuera del pastel.
Y la plebe caerá -como siempre- porque todos queremos ser mas altos, mas guapos, mas ricos y mas exitosos que los demás.

Como si por tener una RBU ciudadana española, los astilleros, la minería cerrada y la industria deslocalizada se fuera a convertir en competitiva  :roto2:
Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: saturno en Enero 29, 2017, 15:55:56 pm
   

Tengo 2 libros de Sismondi en casa. La obra principal, una traducción reciente de la reedición de 1929 --qué casualidad, la otra Gran Crisis--, y un extracto de la misma por Editorial Maia. Anoche estuve revisando ambos tras la proeza de encontrarlos.

Creo que entiendo por qué Sismondi siempre fue un autor proscrito: Porque no convenía a las fuerzas que buscan el Poder Social por encima de todo y................porque olvidaba, sin ofrecer otra solución que la coactiva, aspectos complicados de la naturaleza humana --sí, existe esta "naturaleza"; igual que existen el bien y el mal o los imperativos categóricos--.

Pero no encuentro en ninguna de sus dos obras lo de la "Manivela" y no quiero imaginarme el concepto.


En un debate de TE.net del invierno 2014-2015 lo mencioné a través de un libro de un tal Ritz
http://www.transicionestructural.net/index.php?topic=2061.msg125272;topicseen#msg125272 (http://www.transicionestructural.net/index.php?topic=2061.msg125272;topicseen#msg125272)

Otro post anterior hace un resumen de referencias bibliográficas exactas:
http://www.transicionestructural.net/index.php?topic=2061.msg125268#msg125268 (http://www.transicionestructural.net/index.php?topic=2061.msg125268#msg125268)

La cita de Sismondi es real: está en "Nuevos principios de la economía política"
pero si recuerdo bien se hizo famosa a raiz de los debates entre Sismondi y Say (en articulos de prensa semanal, imagino),

Dicho argumento impactó tanto a los lectores, que se puso de moda, y lo bautizaron con el nombre de Sismondi.

http://www.transicionestructural.net/index.php?topic=2061.msg125268#msg125268 (http://www.transicionestructural.net/index.php?topic=2061.msg125268#msg125268)
http://www.transicionestructural.net/index.php?board=1.0 (http://www.transicionestructural.net/index.php?board=1.0)
Transición Estructural / Re:PPCC - Pisitófilos Creditófagos - Invierno 2014/2015
« Mensaje por saturno en Enero 17, 2015, 01:29:24 am »
Citar
    El argumento de la manivela

    «Supongamos que Inglaterra, para realizar todo el trabajo de sus campos y de sus ciudades, se bastara de sus máquinas de vapor, hasta no contar con más habitantes que la República de Ginebra, y siempre conservando el mismo volumen de produccion y el mismo nivel de ingresos del que dispone hoy -- ¿debemos estimar que por ello se ha hecho más rica y próspera?

    El Sr Ricardo contesta que sí... Así pues, ¿la riqueza lo es todo, los hombres no son nada?

    En tal caso, a decir verdad, sólo nos queda desear que el monarca, permaneciendo solitario en su isla, consiga, haciendo girar continuamente una manivela, que los autómatas realicen todo el trabajo de Inglaterra. »

     [Citado por Ritz]


La nota bibliografia que hice en TE.Net es ésta (ver Sismondi al final de mi post):
http://www.transicionestructural.net/index.php?topic=2061.msg125268#msg125268 (http://www.transicionestructural.net/index.php?topic=2061.msg125268#msg125268)
Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: saturno en Enero 29, 2017, 18:20:06 pm
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El único problema técnico es que la renta disponible de las familias que sufren el popularcapitalismo "no llega", porque la hipoteca se come más de la mitad del income. Si la vivienda no fuera tan cara no haría falta RBU. La propuesta actual, en vez de poner los costes inmobiliarios al nivel que les corresponde, es...

Está claro que no ves cómo funciona la propuesta (de hecho, tampoco es "actual", es tan teórica como lo fue en el sXIX.... EL LIBRE COMERCIO.).

Bien. No entiendes que la RBU+IVA funciona como el Libre-comercio.

¿Nos explicas cómo analizas la situación? En la práctica, ¿qué propones?  Esperar a que los inmuebles retornen a su precio de construccion... ¿solitos?

Porque rechazar el libre com... perdón, la RBU ;) tampoco va a resolver el problema.


(Pincha, pincha, que algo te dolerá, estimado Chosen)

Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: saturno en Enero 29, 2017, 21:33:51 pm
La analogia con el libre comercio la hice en el post de arriba (http://www.transicionestructural.net/index.php?topic=1897.msg149755#msg149755) (bajo el 2o spoiler)

Pero para que hagas una composicion de lugar.

La tesis del LibreComercio es:
-- Toda burbuja de precios es un acaparamiento de bienes.
-- La forma de acabar con el acaparamiento es el Libre comercio

Pero hay una discrepancia:
-- Cuando los bienes acaparados son INMUEBLES -- ¿Como los vinculas al libre comercio?

Respuesta:
-- En lugar de mirar el asunto por el lado de la Producción de esos bienes,
     míralo por el lado del Consumo de los mismos bienes-

La relación PRG es una equivalencia, donde P==R==G, ¿verdad?

Por tanto, podríamos decir :
-- Toda burbuja es un acaparamiento del Gasto de los demás
-- La forma de acabar con el acaparamiento del Gasto-de-los-demas en lo inmobiliario es...
garantizar a todos la libre disposición del Gasto
(traducido, = renta desvinculada de factores de acaparamiento = RBU)

Puede ser un poco rápido, pero es la buena dirección, la intuición correcta, creo.
Luego vas ideando los demás argumentos : el Compresor, la Cámara de ignición y la Turbina ;)

A ver qué conclusion sacas ;)

Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: Manu Oquendo en Enero 30, 2017, 10:51:40 am
Gracias por la aclaración sobre la manivela, Saturno. Resulta ser la metáfora de la irrelevancia del trabajo humano reemplazable por máquinas. No sé por qué pensaba que podía ser otra cosa.

He apartado a Sismondi para darle un repaso. La Edición de Mazzei en Icaria/Antracyt (2016)  tiene un buen resumen al final de la traducción del original y de momento se va confirmando como un embrión de la economía de la social democracia.

De todas formas si miramos lo que viene sucediendo hoy nos encontramos con que.

1. Rusia hacia finales de los 90 cae en la cuenta de lo que el FMI ha hecho en Mongolia y da marcha atrás en su modelo económico dirigido entonces por el FMI y USA.

2. Inglaterra, Dinamarca y Suecia no entran en el Euro. Noruega se mantiene fuera de la UE.

3. Los gobiernos sin base industrial no tienen más remedio que incrementar el tamaño del Estado y recurrir a Burbujas (dot.com, construcción, deuda de consumo, educación universitaria y equities) a través de diferentes saltos cuantitativos y cualitativos de la Financiarización. Cada ruptura de burbuja es otro salto adelante. Un sostenella y no enmendalla patético.

4. El Endeudamiento adquiere dimensiones criminales para las generaciones futuras. La UE se expande al Este sin pensárselo dos veces. La Otan se desplaza igualmente a pesar de las seguridades ofrecidas a Rusia en los 90.

5. Golpe de Estado en Ucrania. Guerras descontroladas en países musulmanes "no controlados". Cirio monumental con efectos positivos en PIB's de Países Europeos y también USA.

6. Se produce el Brexit. Aparentemente cuestión de retraso mental de "masas retrógradas" pero con la adhesión de las élites de izquierda y derecha.

7. Suiza aprueba retirar su solicitud de Adhesión a la UE.

8. Tanto la Izquierda como el Centro y  la Derecha USA (Sanders, Warren, Trump) tienen el mismo diagnóstico económico. El sistema tira por la borda a Sanders, aparta Warren y elige finalmente a Trump. Trump es persona de acción concreta lo cual indica que las élites tienen prisa.

9. Se va levantando un clamor por parte de China y de las redes Clientelares de la Izquierda en Europa y USA.

10 Gran campaña de Prensa en medio del mayor desprestigio de los medios occidentales que se recuerdan en generaciones. Esfuerzos de los gobiernos por desprestigiar, controlar y contaminar la Red.


Estos eventos superan de largo la categoría de Anécdotas para comenzar a mostrar hilos conductores. Desde luego ni Rusia, UK o USA se mueven por impulsos no meditados ni asumidos por sus élites.

Tres grandes naciones y varias pequeñas con un indiscutible liderazgo intelectual sobre el resto se alejan de un paradigma. Los dependientes del Paradigma comienzan a ponerse nerviosos y a movilizar sus recursos.

¿Nos estamos perdiendo algo? La hipótesis más razonable parece ser que ya hay bastante gente con poder que sabe a dónde quiere ir y que este lugar ya no es  a favor de la globalización y tampoco se van a dedicar a la búsqueda de nuevos modelos.
Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: chameleon en Enero 30, 2017, 14:14:23 pm
si tienes hijos, o tienes que mantener a familiares, simplemente no puedes aceptar 600 eur (o 400eur que es de lo que se habla). entonces, si los que mantienen a la sociedad no pueden tener RBU ¿a quién va dirigida?

si yo fuera un currito mileurista sin hijos, y me prometen 600eur sin trabajar, me apuntaría sin dudarlo. seguramente acabaría viviendo en una caravana en alguna comuna de sexo y drogas. lo digo en serio
Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: saturno en Enero 30, 2017, 19:06:31 pm
si tienes hijos, o tienes que mantener a familiares, simplemente no puedes aceptar 600 eur (o 400eur que es de lo que se habla). entonces, si los que mantienen a la sociedad no pueden tener RBU ¿a quién va dirigida?

si yo fuera un currito mileurista sin hijos, y me prometen 600eur sin trabajar, me apuntaría sin dudarlo. seguramente acabaría viviendo en una caravana en alguna comuna de sexo y drogas. lo digo en serio

Vivirás en una caravana o comuna. Hasta que yendo un día a la ciudad a comprar sellos descubres que alojarte en un apartamento ES YA MAS BARATO que mantener tu caravana: porque el "acaparamiento" del gasto de los demás ha desaparecido.

-- que además, en la ciudad hay agua corriente, eletricidad, aceras, ascensores....
que con tu caravana no tienes, y que podrías ofrecer a tu familia

-- que te vale la pena meterte a fontanero, electricistas, peón, ascensorista...
para ganar MAS que con la RBU, porque son trabajos que se VALORAN mucho, ya que los antiguos se fueron a vivir en caravanas.

-- que como muchos como tú hacen ya el mismo razonamiento, resulta que todo el mundo se pone a trabajar en cualquier oficio útil, productivo, y GANAN MUCHO MAS que con la RBU, y además ofrecen bienes y servicios que ahorran gasto inútil y facilitan la vida.

-- pero que a ninguno se le ocurre ya meterse a Casero porque ningún Casero tiene ya posibilidad de acaparar un Gasto de los demás : a nadie se le ocurre meter la RBU en un alquiler en la Ciudad. (Para eso, se vuelven a la caravana)

Y patatín, patatán, lo has entendido todo: comes perdices y sacas adelante una familia y a todo un pais.  Y por la noche contarás a tus nietos -- "Hace muchos muchos años, cuando no habia RBU, sí habia caseros que sacaban a la gente más que la propia RBU a cambio de nada..."

Y tu nietos se partirán de risa de la ocurrencia.

Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: visillófilas pepitófagas en Enero 31, 2017, 14:11:22 pm
El único problema técnico es que la renta disponible de las familias que sufren el popularcapitalismo "no llega", porque la hipoteca se come más de la mitad del income. Si la vivienda no fuera tan cara no haría falta RBU. La propuesta actual, en vez de poner los costes inmobiliarios al nivel que les corresponde, es que el dinero brote de la magia redistributiva para que la gente pueda pagar su hipoteón, su coche, y la calefacción eléctrica... porque la estufa de gas es de pobres.
En cualquier caso el guión ya está escrito.
RBU para controlar a la población. Quienes no la necesiten se saltarán ese control y serán mas libres.

En general, no estoy de acuerdo con CHOSEN en el asunto de la RBU. Sin embargo, aquí toca un punto absolutamente crucial.

Poner una RBU en marcha sin eliminar una aberración como la burbuja inmobiliaria es, de facto, re-inflar la burbuja inmobiliaria.

Decía Anguita que el problema de los republicanos españoles es que usan la etiquetita "república" sin saber, entender ni debatir. Todos salen con una bandera tricolor a manifestarse, pensando que se refieren a lo mismo cuando dicen "república", pero se darían de palos entre ellos si supieran lo que cada uno quiere decir.

Con la RBU pasa lo mismo.

La izquierda tradicionalmente ha criticado las limosnas porque no atacan el problema de raíz - pobreza, exclusión, desigualdad - y lo refuerzan, pero ahora muchos apoyan la RBU en formato limosna al cubo. Tendrán pisito, claro.

Ahora mismo hay al menos 3 RBUs:
- la de los neoliberales, para quitar al proletariado lo único que tiene, la posibilidad de trabajar y ser medianamente autónomo económicamente, y convertirlo en una masa de votantes-a-cambio-de-limosna-mensual. Ojito. Y ojito, que luego la RBU puede menguar y menguar una vez estés fuera del circuito trabajo. Que traten el tema en Davos - cuna del emprendimiento milagroso buenrollista - da escalofríos.
- la de la neo-izquierda-buenrollista, para tranquilizar su conciencia y seguir con el Pisito, la Paguita y demás atentados económico-financieros contra el prójimo. Con una RBU de 500 euros, el alquiler más cutre costará 500 euros, el que hoy cuesta 500 costará 1.000 y harán más ricos a los que ya son más ricos improductivamente. Recuerden a qué bolsillos fue la ayuda de ZP a los jóvenes para el alquiler. 
- la RBU fetén, que pasa por desmontar primero artefactos vampíricos como la burbuja inmobiliaria. La RBU, una vez no haya congelador, con los pisos de 100m2 a 100.000 euros y el alquiler desde 100 eur/mes. Si no, estarán robando al pobre y a la clase media (que sufragrá la RBU).

Que no les den gato por liebre.
Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: Manu Oquendo en Febrero 01, 2017, 00:00:03 am
El último comentario de Pisitofilos-V........ es muy ilustrativo y apunta, esencialmente, no a una solución estructural sino a un esfuerzo desesperado de aguantar un día más al frente del tinglado o viviendo de él. Esto explica que vayan tan de la mano las Post-Izquierdas y los Neoliberales en cosas como la Globalización y todo lo que signifique Control y Limitación de la ciudadanía hasta hacerla Dependiente total.
Ven el Poder Global al alcance de la mano y les pone tanto que dejan para luego sus diferencias.

No olvidemos que en esta explosión de relativa histeria Post Brexit/Post Trump, etc. también late el modus vivendi del masivo lastre estructural de free riders o gorrones que es el mayor  problema de este sistema.

Como gracias a Saturno me he puesto a repasar a Sismondi me he alargado un poco y retrocedido en el tiempo hasta Tomas Moro que dejó resuelto el problema de la RBU de una vez por todas.

¿Cómo?: Manutención garantizada a todo "transeúnte" (sin trabajo estable) siempre y cuando antes de recibirla trabaje gratis para la comunidad que lo acoge. De paso reducía el coste del sector público. No sabía nada D. Tomás.

Más elemental y más sencillo, mas "de cajón", imposible. Por supuesto  los incapacitados para trabajar son mantenidos.


Los sistemas, las competiciones, los negocios, no se hunden ni se pierden  por disyuntivas del todo o nada. Lo normal son los problemas del 5%. Un 5% que lo corroe y degrada todo.
Un 5% más de ventas, un 5% menos de gastos, un 5% más de velocidad sostenida, un 5% más de aciertos en el tiro a canasta durante un cuarto de partido, etc. El 5%, a veces menos, marca la diferencia entre un éxito y un fracaso.

Si es tan sencillo, ¿por qué las Pseudodemocracias actuales no lo han hecho? 

Pues porque no son verdaderas Democracias, son sistemas Mixtos de control del demos por minorías electivas cuasi perpetuas con su cohorte Aristocrática/Oligopólica que sugiere y apoya. Según toque

Si  fueran verdaderas Democracias (donde, por ejemplo, los contribuyentes habrían de aprobar sus impuestos) los que pagan todas las facturas hace mucho que habrían adoptado la regla de Tomas Moro para eliminar todo posible Gorroneo.

Así lo veo tras Sismondi y Tomás Moro.
Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: saturno en Febrero 01, 2017, 19:22:20 pm


Como gracias a Saturno me he puesto a repasar a Sismondi me he alargado un poco y retrocedido en el tiempo hasta Tomas Moro que dejó resuelto el problema de la RBU de una vez por todas.

¿Cómo?: Manutención garantizada a todo "transeúnte" (sin trabajo estable) siempre y cuando antes de recibirla trabaje gratis para la comunidad que lo acoge. De paso reducía el coste del sector público. No sabía nada D. Tomás.

Más elemental y más sencillo, mas "de cajón", imposible. Por supuesto  los incapacitados para trabajar son mantenidos.

....


Si es tan sencillo, ¿por qué las Pseudodemocracias actuales no lo han hecho? 

Pues porque no son verdaderas Democracias, son sistemas Mixtos de control del demos por minorías electivas cuasi perpetuas con su cohorte Aristocrática/Oligopólica que sugiere y apoya. Según toque

Si  fueran verdaderas Democracias (donde, por ejemplo, los contribuyentes habrían de aprobar sus impuestos) los que pagan todas las facturas hace mucho que habrían adoptado la regla de Tomas Moro para eliminar todo posible Gorroneo.

Así lo veo tras Sismondi y Tomás Moro.

En el foro de RBU  galo (bulleimmobiliere.org) salió un usuario proponiendo de hecho lo mismo:

-- Sea la RBU, pero condicionada a la prestación de X horas de servicio social.


Me pareció correcto, porque :

-- no condiciona la RBU a un cierto tipo de Trabajo. Ese es el problema que tiene el INR: supone que Trabajo es igual a Empleo. Con el INR no rompes la dependencia de la gente respecto del Empleo, de su existencia. Yo opino que el acaparamiento inmobiliario es efecto del sistema Laboral tal y como lo entendemos.

-- hubo otras reacciones, en particular afirmando que eso era la utopía comunista de los soviets. Pero advertí que el precedente real no es el estakanovismo, sino las organizaciones de servicio social que se multiplicaron entre-guerras en toda Europa. Ahora sólo recordamos ahora los fascismos o izquierdismos que convirtieron esas organizaciones en milicias politicas. Pero muchas fueron iniciativas sociales, gubernamentales, o directamente religiosas como los Scouts. Y subsistieron hasta los 70.

Dicho esto, la idea del ServicioSocial no aporta respuesta al debate sobre la financiación.
Es independiente.

Cuando yo me inclino por un sistema financiado por IVA, realmente lo que yo pido, antes incluso que tanto importe  de RBU, es que sean los propios interesados los que decidan del Tipo de IVa (y por tanto, el monto de la renta).  Votando en el IRPF por el escenario (MontoRBU+TipoIva) aplicable en el ejercicio siguiente. Puedes empezar con 10 euros + 0%IVA, o 200 euros+2% IVA. Pero la gente lo decide.
Cuando además hablo del voto censitario (reservado a contribuyentes netos de IRPF), es sólo para asegurar la transición entre una Sociedad PRG (con 'P' de Panóptico) a una Sociedad donde TODO trabajo merece remuneración. Donde la RBU introduce el pleno empleo, por definicion.


El debate sobre la financiacion de la RBU es independiente de la del Servicio Civico, por tanto

La cuestión es asegurarse que ninguna regla (sea de RBU, sea de Servicio cívico) reintroduzca el Panóptico, la dependencia { P->R o P->G } que es la que acaba en sistemas de acaparamiento.

-- Así, el el SSocial es un 1/Trabajo productivo, pero desvinculado de la 2/Renta (no estás remunerado, eres tú el que aportas 1/Trabajo. La regla no reintroduce dependencia.

-- la RBU es una 2/Renta desvinculada del 2/TrabajoSalarial : no se te exije estar ya Empleado, se te remunera sencillamente el Trabajo que haces, pero sólo aquél Trabajo que el sistema Panóptico actual no sabe cómo o deja sin monetizar.




Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: saturno en Marzo 05, 2017, 14:26:53 pm
Viene del hilo PPCC: Los PPCC han descubierto la LEY DEL POSVALOR

Me traigo aqui mi post, de lo bueno que me ha quedado. Oigan. Está muy confuso, pero aún así se transparentan todas las bases.

Estamos (con los PPCC) casi apuntando al meollo. No sé PPCC con las suyas, pero yo llevo 20 años con mis obsesiones, y más si recuerdo mi perplejidad ante las primeras reformas de la Ley de Prop intelecutal (en los 80, para reconocer al SW como "propiedad").

-----------------

La Ley de Igual-Valor es una categoría analítica
(es decir, ¿es la categoria de conmutatitividad/asociatividad/ implicación una categoria del entendimiento? TODO: esto se debe poder comprobar)

Esa ley opera y es anterior a cualquier construccion jurídica, territorial.
Es lo que permite la creación de espacios de libre circulación de valores Trabajo/Capital//Bienes/Servicios
Esos cuatro conceptos sintéticos operan según la Ley del IgualValor

Por su parte,

La Ley del Posvalor es una parasitación (no conmutativa) fabricada vinculando los conceptos anteriores a lindes juridico territoriales, bien para encerrarlos en esos lindes, bien para extender esos lindes jurídicos fuera de su espacio territorial original (=unidad de destino en lo universal)

Desemboca:
-- Dentro de los lindes: al Señoreaje del Pisito+Yo-Subjetivista-NeoLiberal del popularcapitalismo ;
-- Fuera de los lindes: al Señoreaje (imperialista) sobre el comercio, estilo hegemonía dólar

Además creo que esas dos tesis de Posvalor funcionan como una antinomía. Se puede demostrar que cada tesis satisface la Ley conmutativa de Igual-Valor, pero por eso mismo, acabas demostrando dos tesis que son contradictorias entre sí.

La ley del PosValor aparece clarísima por ejemplo en el desarrollo parasitado del nº10 del Consenso de Washington (Si a la protección de la propiedad) al que PPCC lleva citando en cada post desde hace 5 dias !



---------------

Los PPCC han descubierto la LEY DEL POSVALOR

(click to show/hide)
Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: saturno en Agosto 06, 2017, 17:12:49 pm
Luigi Ferrajoli - Principa Iuris tomo I  (pág 600 PDF)

10.10. La construcción moderna del concepto de derecho subjetivo.
Propiedad y libertad

Citar
En la construcción moderna de la noción de ‘derecho subjetivo’ han
confluido, sin llegar nunca a amalgamarse unitariamente, dos tradiciones
culturales profundamente distintas y heterogéneas entre sí: de un lado,
las doctrinas iusnaturalistas y contractualistas de los «derechos natura-
les» de los siglos  XVII y XVIII , que forman la base del constitucionalismo
moderno y de la teoría del estado constitucional de derecho y de los
derechos fundamentales; de otro, la vieja tradición romano-civilista del
derecho de propiedad y de los demás derechos patrimoniales, reelabo-
rada por la ciencia jurídica del  XIX , primero por la privatista y luego por
la iuspublicista. El encuentro de estas dos tradiciones ha sido favorecido
por los significados expansivos y redundantes, hasta confundirse el uno
con el otro, asociados en el léxico jurídico y filosófico tanto a «propie-
dad» como a «libertad». Y se ha producido, en los orígenes del derecho
moderno, a través de una serie de operaciones teórico-políticas —en
parte doctrinales, en parte institucionales— orientadas a la sobrelegiti-
mación política y moral de la propiedad como fundamento y corolario
de la libertad.

La primera operación se remonta a John Locke, que repetidamente
cifra en la vida, la salud, la libertad y la propiedad los bienes, igualmen-
te tutelados por la «ley de la naturaleza», a cuya conservación se ende-
reza el Estado 21 . El primer paso en esa dirección es la identificación del
primero y más inmediato objeto de la propiedad con la propia persona:
«Aunque la tierra y todas las criaturas inferiores pertenecen en común
a todos los hombres», escribe Locke, «cada hombre tiene, sin embargo,
la propiedad de su propia persona; y a esa propiedad nadie tiene dere-
cho excepto él mismo» 22 . En este sentido, la propiedad, estando referi-
da a la «propia persona», claramente forma un todo con la libertad y,
aún antes, con la identidad personal. Su proclamación representa por
sí misma una afirmación radical y revolucionaria de libertad, contraria
a la esclavitud y a toda indebida violación del cuerpo, no distinta de la
que será expresada por John Stuart Mill con la célebre frase «sobre sí
mismo, sobre su propio cuerpo y espíritu, el individuo es soberano» 23 .
Pero esa identificación tiene lugar aplicando a la persona el lenguaje pa-
trimonial y propietario. Y sirve por consiguiente para fundar el segun-
do paso de Locke, que es la derivación a partir de la propiedad de sí
mismo, como immunitas frente a lesiones o constricciones, tanto de la
libertad como facultas agendi como de la propiedad como potestas so-
bre las cosas: si cada uno es propietario de su propio cuerpo, entonces
también es propietario de sus acciones, esto es, de su trabajo y por lo
tanto de los frutos de su trabajo. No se trata de bienes distintos o dis-
tinguibles: «vida, libertad y posesiones», concluye Locke, «eso es a lo
que doy el nombre genérico de propiedad» 24 . De esta forma, la idea de
la propia persona como «propiedad» sirve para fundar la centralidad de
la propiedad en el liberalismo lockeano y toda su doctrina de la identi-
dad, la libertad y los demás derechos fundamentales como otras tantas
formas de propiedad.


La segunda operación ha sido la constitucionalización y por tanto la
positivación de la propiedad, en el sentido genérico ya indicado, como de-
recho natural. «El fin de toda asociación política», proclamó el artículo 2
de la Declaración francesa de 1789, «es la conservación de los derechos
naturales e imprescriptibles del hombre. Estos derechos son la libertad,
la propiedad y la resistencia a la opresión». Y trece años antes la Declara-
ción de derechos de Virginia había afirmado en su primer artículo: «To-
dos los hombres son por naturaleza igualmente libres e independientes,
y tienen ciertos derechos naturales [...], a saber: el goce de la vida y de
la libertad, con los medios de adquirir y poseer la propiedad y de buscar
y obtener la felicidad y la seguridad». La asociación entre propiedad y
libertad recibe así una consagración constitucional, tanto más podero-
sa cuanto que ambos derechos aparecen calificados como «naturales» o
«innatos», aun cuando sean establecidos en las propias Declaraciones.
Finalmente, si en la cultura anglosajona propiedad y libertad siguie-
ron siendo concebidas como derechos preexistentes al artificio estatal y
sólo reconocidos y tutelados por éste, en la cultura alemana e italiana
la aporía de su estatuto al mismo tiempo natural y constitucional viene
resuelta con la afirmación de su carácter enteramente positivo. Pero el
resultado no cambia. En particular, los derechos de libertad aparecen ca-
racterizados como «derechos públicos subjetivos», «efectos reflejos» del
derecho soberano del Estado 25 y al mismo tiempo subsumidos en la ca-
tegoría general del «derecho subjetivo», concebido a su vez por Savigny
y Windscheid, exactamente igual que por Locke, como «dominio de la
voluntad» sobre la «propia persona» y al mismo tiempo sobre el «mundo
externo» de los propios bienes, según el modelo privatista y romanista
del derecho de propiedad como «imperio exclusivo y absoluto de una
persona sobre una cosa» 26 .

Se explica así que la idea lockeana de la propiedad sobre sí mismos
haya sido asumida por los modernos defensores de la ausencia de límites
a la libertad de mercado como «el axioma fundamental de la teoría li-
bertarian» 27 . Y se explica al mismo tiempo cómo en el único y amplísimo
recipiente del derecho subjetivo, ya sea producto de la potestad negocial
o de la potestad legislativa, han sido fundidas figuras estructuralmente
opuestas y procedentes de tradiciones históricas diferentes: desde los
derechos reales, el primero de ellos la propiedad, que son potestades
ejercidas por actos de disposición, además de por comportamientos de
uso, y pertenecientes de forma exclusiva a sus titulares, hasta los dere-
chos de crédito, que son expectativas positivas que comparten con los
anteriores el carácter privado, exclusivo y disponible; desde los derechos
civiles y políticos, que al igual que los reales son situaciones activas con-
sistentes en potestades pero que a diferencia de ellos son indisponibles
y reconocidos universalmente a todos en cuanto capaces de obrar y/o
ciudadanos, hasta todos los demás derechos fundamentales y univer-
sales, desde las libertades fundamentales, que no son poderes al no ser
ejercidos mediante actos jurídicos, a los derechos sociales, consistentes
en expectativas positivas de prestaciones vitales.

Tal cúmulo de significados heterogéneos ha hecho dudar a veces de
la consistencia lógica y semántica del concepto 28 y acaso aconsejaría su
abandono y la redefinición, con términos nuevos y diferentes, de las
múltiples y variadas figuras designadas por el mismo. Cuando menos,
justificaría la adopción de dos palabras distintas para designar dos clases
de derechos —los derechos fundamentales y los derechos patrimonia-
les— que como veremos en el próximo capítulo no sólo son diferentes
sino opuestos por estructura, contenidos y presupuestos. Pero esto no es
posible sin tropezar con usos lingüísticos fuertemente consolidados no
sólo en el lenguaje jurídico sino también en el político y común.
Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: saturno en Agosto 10, 2017, 17:54:37 pm
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L-Ferrajoli - Principia Iuris (XI.5 final y XI.6, PDF pág. 710

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Por otro lado, tampoco resulta convincente otra asociación realizada
por Marshall: la que establece entre la ciudadanía, o directamente entre
la Declaración de derechos de 1789, y el desarrollo del primer capita-
lismo 24 . Los únicos derechos que han sido esenciales al capitalismo, en
cuanto indisociables de la economía de mercado, son el igual derecho de
todos a convertirse en propietarios y la igual capacidad de obrar, esto es,
de contratar: en una palabra, los derechos civiles de autonomía privada,
que de otro lado eran reconocidos —en razón de otro tipo de estatus (fa-
miliae y libertatis) pero independientemente de la ciudadanía— incluso
antes de la Declaración del año 89.

El mercado, en suma, no esperó a
la Déclaration de 1789, ni tampoco al Bill of Rights de un siglo antes,
para organizarse independientemente de los confines nacionales de la
ciudadanía. Y el mérito de la Declaración del 89 ha sido muy distinto:
consiste en haber reconocido y sancionado como derechos del hombre
los derechos de libertad y como derechos del ciudadano los derechos
políticos, tanto unos como otros esenciales al desarrollo, no ya del capi-
talismo, sino de la democracia. Prueba de ello es que de estos derechos el
mercado puede fácilmente prescindir, como han demostrado los varios
fascismos y las sucesivas involuciones autoritarias de la democracia en el
siglo pasado. Es más: tales derechos representan un límite no solamente
frente al Estado, sino también frente al mercado: no se puede alienar la
propia libertad personal, como no se puede vender el derecho de voto.

En efecto, los derechos de libertad, al igual que todos los demás dere-
chos fundamentales, incluso los de autonomía privada, son inatacables
e indisponibles, estando sustraídos tanto a la política y a los poderes
públicos como al mercado y a los poderes privados.

11.6. Derechos de libertad y derechos de autonomía. ‘Libertades
frente a’ y ‘libertades de’. Cuatro conceptos de libertad

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Llego así al segundo aspecto a mi juicio confundente de la tipología de
los derechos formulada por Marshall: la inconsistencia teórica de su no-
ción de derechos civiles.

Según la definición de Marshall referida en el
parágrafo precedente, esta categoría incluye sin dificultad tres clases de
derechos de estructura profundamente diferente:
a) los derechos de libertad, de la libertad personal a la libertad de palabra, de pensamien-
to y religiosa;
b) los derechos de autonomía privada, o sea, de concluir contratos o de actuar en juicio;
c) el derecho de propiedad —the right to own property 25 — expresión con la
que Marshall y muchos de sus comentaristas designan, al mismo tiempo, el derecho
de acceder a la propiedad, es decir, de adquirir y de disponer del derecho de propiedad,
y el propio derecho real de propiedad.

Lo único que estos tres tipos de derechos tienen en común es que
ninguno de ellos, según casi todos los códigos y las constituciones mo-
dernas, es un derecho de ciudadanía, configurándose todos como de-
rechos de la persona pertenecientes también a los no ciudadanos.

Su unificación bajo la única categoría de los derechos civiles aparece por
otra parte, bastante antes que en la obra de Marshall, en el Código Civil
de Napoleón, que utiliza la expresión para referirse a todos los dere-
chos no políticos 26 . Aunque es en los orígenes del pensamiento liberal,
como se ha visto en el § 10.10, cuando se consuma aquella unificación:
recuérdense los clásicos pasajes de Locke (que en la noción de «propie-
dad» incluye «vida, libertad y hacienda») y de Kant (que habla del «mío
externo» como «determinación práctica del arbitrio según la ley de la
libertad»), así como la asociación de la «propiedad» a la «libertad» en
muchas cartas constitucionales 27 .

Se trata de una combinación que ha condicionado fuertemente toda
la teoría del derecho, provocando dos
opuestas incomprensiones y dos simétricas operaciones políticas:
la eleación en el pensamiento liberal del derecho de propiedad a la categoría
de derecho fundamental del mismo valor que los derechos de libertad
y, en sentido opuesto,
la devaluación en el pensamiento marxista de los derechos fundamentales
de libertad desacreditados, como derechos «burgueses», a causa del desvalor
que este último atribuye al derecho de propiedad 28 .

(sigue)

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Distinguir en lugar de confundir estos diferentes tipos de derechos
es por tanto esencial no sólo para la teoría del derecho sino también para
la teoría política, si queremos disponer de categorías teóricas dotadas de
capacidad explicativa y de consistencia y determinación semántica.

El análisis de las diferentes figuras fundidas en la categoría de los derechos
civiles, por lo demás nunca seriamente teorizada por la doctrina jurídica,
revela en efecto cuatro órdenes de diferencias estructurales y de consi-
guientes distinciones que no pueden ser ignoradas:

a) la que separa a los derechos fundamentales de autonomía privada y por tanto de adquirir y
disponer de los bienes de propiedad, para los que he reservado el nom-
bre de «derechos civiles», de los derechos fundamentales de libertad;
b) la que, dentro de los derechos de libertad, diferencia entre las ‘liber-
tades frente a’, consistentes sólo en inmunidades, de las ‘libertades de’,
consistentes también en facultades;
c) la que existe entre los derechos de libertad y más en general entre los
derechos fundamentales y el derecho real de propiedad y más en general
los derechos patrimoniales; y
d), en fin, la que hay entre el derecho de propiedad como derecho real, y por
ello patrimonial, y el derecho de propiedad como derecho civil de auto-
nomía, y por tanto fundamental, de adquirir y disponer de los bienes de
propiedad.

Se trata de cuatro distinciones —de las que las dos primeras
serán analizadas en este parágrafo, la tercera en el § 11.7 y la cuarta en
el § 11.8— desatendidas en el uso corriente, debido a una cadena de
sucesivos deslizamientos semánticos; con el efecto, entre otros, de con-
figurar como «conflictos» entre derechos lo que en realidad no son sino
límites estructuralmente impuestos

por los derechos de libertad-facultad al ejercicio de los derechos autonomía,
por los derechos de libertad-inmunidad (‘frente a’) al ejercicio de los derechos de libertad-facultad (‘de’),
por los derechos fundamentales al ejercicio de los derechos patrimoniales y de las meras libertades.

Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: saturno en Agosto 10, 2017, 18:09:25 pm
(Ferrajoli, Principia Iuris (XI.7, PDF. 717)

11.7. Los derechos patrimoniales. Cuatro diferencias de estructura
entre derechos fundamentales y derechos patrimoniales.
Los derechos comunitarios

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Aún más importante es la tercera distinción que procede analizar ahora:
la que existe entre los derechos de libertad y el derecho real de propie-
dad, dentro de la más general distinción entre derechos fundamentalesy derechos patrimoniales.

 La diferencia entre estas dos clases de dere-
chos es ciertamente todavía más radical, residiendo en el hecho de que
los derechos patrimoniales, al tener por objeto bienes o prestaciones
concretamente determinados 31 , son por un lado singulares en lugar de
universales, y por otro lado disponibles en lugar de indisponibles. Y mu-
cho más grave, y no menos preñada de implicaciones prácticas, es su
confusión.

En efecto, como se ha indicado, mientras que los derechos
fundamentales y sus frágiles garantías están en la base de la igualdad
jurídica, los derechos patrimoniales —para los que además el derecho
positivo, aunque sólo sea por su milenaria tradición, ha elaborado técni-
cas de garantía bastante más eficaces— están en la base de la desigualdad
jurídica.

Precisamente, el rasgo estructural de los derechos patrimoniales es
la disponibilidad, a su vez conectada a la singularidad: estos últimos,
contrariamente a los derechos fundamentales, no están establecidos in-
mediatamente en favor de sus titulares por normas téticas, sino predis-
puestos por normas hipotéticas como efectos de los actos de adquisición
o disposición por ellas previstos.

Definiré pues como ‘disponible’ todo derecho subjetivo singular no
dispuesto por normas téticas sino predispuesto por normas hipotéticas
como efecto de los actos por ellas previs-
tos.

Y llamaré ‘derecho patrimonial’ a cualquier derecho disponible.

D11.18 ‘Disponible’ es todo derecho subjetivo singular no inmediatamente dis-
puesto por una norma tética, sino predispuesto por una norma hipotética como
efecto del acto por ella hipotizado.

(formula)

D11.19 ‘Derecho patrimonial’ es todo derecho disponible.

(formula)

De aquí se deriva una larga serie de tesis que permiten caracterizar
a los derechos patrimoniales sobre la base de rasgos estructurales opues-
tos a los de los derechos fundamentales.

Mientras que éstos son derechos universales (T11.8 ) porque conferidos inmediatamente por normas
téticas a clases indeterminadas de personas (T11.16-T11.20), los dere-
chos patrimoniales son derechos singulares y no ya universales (T11.81),
porque pertenecientes a sus titulares con exclusión de los demás sobre la
base de las normas hipotéticas que los prevén como efectos de actos a su
vez singulares (T11.82).

Son además, por definición, derechos disponibles (T11.83), mientras que no lo son los derechos fundamentales, cuya indisponibilidad es evidentemente un corolario de su universalidad, o
sea, de la indisponibilidad de las normas téticas, en cuanto tales heterónomas, de las que son expresión (T11.84).

Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: Poisoned en Marzo 05, 2018, 13:16:37 pm
Buenas tardes, y disculpen por el off-topic, pero dónde se puede conocer el número de familias con hipotecas a día de hoy?

Sólo encuentro saldo vivo, series de nueva constitución, y demás datos macro, pero el agregado de familias con hipotecas se me resiste

Alguna ayuda a este pobre pecador?
Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: visillófilas pepitófagas en Marzo 05, 2018, 23:48:23 pm
Buenas tardes, y disculpen por el off-topic, pero dónde se puede conocer el número de familias con hipotecas a día de hoy?

Sólo encuentro saldo vivo, series de nueva constitución, y demás datos macro, pero el agregado de familias con hipotecas se me resiste

Alguna ayuda a este pobre pecador?


A grandes rasgos, al principio de la crisis ppcc daba la cifra de 16 millones de familias, de las cuales el 25% estaba sensiblemente cipotecada.

En 2011 el INE daba 18 millones de viviendas familiares, de las que el 79% era en propiedad, de las que el 42% tenía hipoteca pendiente (unos 6 millones de vivendas): http://www.elblogdedaniel.com/mito-19-tasa-propiedad-vivienda-familias/ (http://www.elblogdedaniel.com/mito-19-tasa-propiedad-vivienda-familias/)
Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: saturno en Abril 13, 2018, 14:37:22 pm
(Lo traigo por breve, y por pertinente en este hilo)

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¿Dónde está escrito que los capitalistas prefieran producir cosas mejor que sangrar a los ciudadanos?
El capitalismo sólo es un sistema socio-económico que defiende la propiedad privada (incluso individual) de los medios de producción.

Lo que se haga con lo producido (distribución) es otra cosa. Véase la SAREB, una decisión política/PDM creando artificialmente una escasez de viviendas "por el bien del pueblo".

Por ahora y hasta aquí, lo que tenemos es que el capitalismo es muy bueno generando riqueza, pero el sistema político ha sido muy malo en la fase de distribución de la misma.
Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: Atreyu en Abril 17, 2018, 15:53:30 pm
Pido disculpas si ya se he posteado el vídeo en el hilo:

Friedman:

-Mala solución pero mejor que la retahíla de paguitas y funcionarios asociados a ellas. Mejor incentivo a entrar en la sociedad productiva.
-Mejor dinero que bonos de comida, calefacción, etc. Al final el dinero se gasta de todos modos en lo que se quiere y aumenta la burocracia y los mercados negros.
-Posibilidad de un papel real para la sociedad civil en la atención a la pobreza.
-El riesgo, muy real, de la inflación en la cantidad a considerar que se reparta. Pero ya se da, se daba, y se seguirá dando en las paguitas.

https://www.youtube.com/watch?v=xtpgkX588nM (https://www.youtube.com/watch?v=xtpgkX588nM)

Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: Atreyu en Abril 25, 2018, 17:59:39 pm
Por qué no seguirá Finlandia su ensayo de renta básica universal

http://www.lavanguardia.com/internacional/20180425/442991475848/finlandia-renta-basica.html (http://www.lavanguardia.com/internacional/20180425/442991475848/finlandia-renta-basica.html)
Título: Re:Transicion a la propiedad estructural
Publicado por: saturno en Octubre 15, 2018, 13:00:50 pm
https://mondiplo.com/karl-marx-y-la-explotacion-de-la-naturaleza

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Ecosocialismo: una idea que viene de lejos
Karl Marx y la explotación de la naturaleza

Para algunos, la crisis ecológica invalidaría los análisis de Karl Marx, culpable de haber obviado la cuestión medioambiental. El productivismo desenfrenado de los regímenes que se identifican con este ha parecido reforzar esta crítica. Otros, como el intelectual estadounidense John Bellamy Foster, sugieren, por el contrario, que el socialismo y el ecologismo constituyen, en la obra de Marx, las dos caras de una misma moneda.
por John Bellamy Foster, junio de 2018

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