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Cita de: PastorMesetario en Octubre 27, 2021, 15:39:19 pmComo es habitual, la prensa no se entera de nada. El asunto del IIVTNU se refiere a la forma de cálculo y no al impuesto en sí. Dicho esto, la plusvalía siempre me ha parecido una auténtica salvajada de impuesto. Las cantidades devengadas son demenciales e inasumibles a menudo. Me alegra que, al menos, se hable de este impuesto.aquí hay una cosa rara (al menos una)si ya hubo sentencia en 2017 que dijo que eso del cálculo sobaquero estaba mal, porque siempre se tenía una base imponible positiva, independientemente de la plusvalía realqué coj... han hecho estos 4 años??por qué salta por los aires toda esta recaudación municipal??ahora, en este momento, y no hace 3 añoscasualidad??vale que hemos tenido lío con lo de la moción de censura, la repetición de elecciones, que si coalición sí o no, al final fue que sí, luego covid... pero tiempo han tenido de modificar el método de cálculo y poner a cero el contador de los recursos y taly luego está si esto es re-pincha-reburbujista o notodo apunta a que sí, porque ahora los vendedores se ahorran un pellizco y podrán ofertar a la baja sin perder "plusvalía"y los aytos igual se sienten movidos a subir el ibi para compensar "pérdidas" (lo pueden hacer muy fácil a la vivienda vacía, matan dos pájaros de un tiro, recaudan más y se ponen la medalla de que luchan contra la escasez de vivienda)en todo caso, os recuerdo que el catastrazo está ya en marcha y comienza el 1 de enero, en apenas 2 meses y poco
Como es habitual, la prensa no se entera de nada. El asunto del IIVTNU se refiere a la forma de cálculo y no al impuesto en sí. Dicho esto, la plusvalía siempre me ha parecido una auténtica salvajada de impuesto. Las cantidades devengadas son demenciales e inasumibles a menudo. Me alegra que, al menos, se hable de este impuesto.
Cita de: elarquitecto en Octubre 28, 2021, 11:18:46 amCita de: PastorMesetario en Octubre 27, 2021, 15:39:19 pmComo es habitual, la prensa no se entera de nada. El asunto del IIVTNU se refiere a la forma de cálculo y no al impuesto en sí. Dicho esto, la plusvalía siempre me ha parecido una auténtica salvajada de impuesto. Las cantidades devengadas son demenciales e inasumibles a menudo. Me alegra que, al menos, se hable de este impuesto.aquí hay una cosa rara (al menos una)si ya hubo sentencia en 2017 que dijo que eso del cálculo sobaquero estaba mal, porque siempre se tenía una base imponible positiva, independientemente de la plusvalía realqué coj... han hecho estos 4 años??por qué salta por los aires toda esta recaudación municipal??ahora, en este momento, y no hace 3 añoscasualidad??vale que hemos tenido lío con lo de la moción de censura, la repetición de elecciones, que si coalición sí o no, al final fue que sí, luego covid... pero tiempo han tenido de modificar el método de cálculo y poner a cero el contador de los recursos y taly luego está si esto es re-pincha-reburbujista o notodo apunta a que sí, porque ahora los vendedores se ahorran un pellizco y podrán ofertar a la baja sin perder "plusvalía"y los aytos igual se sienten movidos a subir el ibi para compensar "pérdidas" (lo pueden hacer muy fácil a la vivienda vacía, matan dos pájaros de un tiro, recaudan más y se ponen la medalla de que luchan contra la escasez de vivienda)en todo caso, os recuerdo que el catastrazo está ya en marcha y comienza el 1 de enero, en apenas 2 meses y pocoNo creo que haya intencionalidad aquí con los tiempos. Salvo el de la parsimonia que se toma el TC para la mayoría de sus decisiones.Capar este impuesto le iba a hacer un roto a las cuentas de los ayuntamientos, sobre todo los grandes. Nadie quería quedar como el malo y ponerle el cascabel al gato, los gerifaltes le dejaron el marrón a los jueces.Saber que estás haciendo algo malo, pero que tus alternativas sean comerte ahora el mojón, o probar con la patada hacia adelante (y elegir lo segundo) es muy viejo. Las plusvalías son muchos "minolles", y ya están los "arcardes" pidiendo dinero al gobierno central.No estaría de más recordarles que ya en 2017 el TC empezó a recortar este impuesto poco a poco, ya se pidió ayuda a Montoro, y Montoro contestó que "no es mi problema".
Artículo 1351. Todas las Administraciones Públicas adecuarán sus actuaciones al principio de estabilidad presupuestaria.2. El Estado y las Comunidades Autónomas no podrán incurrir en un déficit estructural que supere los márgenes establecidos, en su caso, por la Unión Europea para sus Estados Miembros.Una ley orgánica fijará el déficit estructural máximo permitido al Estado y a las Comunidades Autónomas, en relación con su producto interior bruto. Las Entidades Locales deberán presentar equilibrio presupuestario.3. El Estado y las Comunidades Autónomas habrán de estar autorizados por ley para emitir deuda pública o contraer crédito.Los créditos para satisfacer los intereses y el capital de la deuda pública de las Administraciones se entenderán siempre incluidos en el estado de gastos de sus presupuestos y su pago gozará de prioridad absoluta. Estos créditos no podrán ser objeto de enmienda o modificación, mientras se ajusten a las condiciones de la ley de emisión.El volumen de deuda pública del conjunto de las Administraciones Públicas en relación con el producto interior bruto del Estado no podrá superar el valor de referencia establecido en el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.4. Los límites de déficit estructural y de volumen de deuda pública sólo podrán superarse en caso de catástrofes naturales, recesión económica o situaciones de emergencia extraordinaria que escapen al control del Estado y perjudiquen considerablemente la situación financiera o la sostenibilidad económica o social del Estado, apreciadas por la mayoría absoluta de los miembros del Congreso de los Diputados.5. Una ley orgánica desarrollará los principios a que se refiere este artículo, así como la participación, en los procedimientos respectivos, de los órganos de coordinación institucional entre las Administraciones Públicas en materia de política fiscal y financiera. En todo caso, regulará:a) La distribución de los límites de déficit y de deuda entre las distintas Administraciones Públicas, los supuestos excepcionales de superación de los mismos y la forma y plazo de corrección de las desviaciones que sobre uno y otro pudieran producirse.b) La metodología y el procedimiento para el cálculo del déficit estructural.c) La responsabilidad de cada Administración Pública en caso de incumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria.6. Las Comunidades Autónomas, de acuerdo con sus respectivos Estatutos y dentro de los límites a que se refiere este artículo, adoptarán las disposiciones que procedan para la aplicación efectiva del principio de estabilidad en sus normas y decisiones presupuestarias.Se modifica por el art. único de la Reforma de 27 de septiembre de 2011. Ref. BOE-A-2011-15210.Los límites de déficit estructural establecidos en el apartado 2 entran en vigor a partir de 2020, según establece la disposición adicional única.3.
Cita de: saturno en Octubre 27, 2021, 23:11:17 pmCita de: patxarana en Octubre 27, 2021, 19:28:01 pmEn cuanto a que sean los ayuntamientos los que recauden ese impuesto, me parece un error. Es algo similar a que cada ayuntamiento cobrase impuestos sobre las minas que están en su territorio: son un recurso natural cuyos beneficios no se correlacionan con el volumen de gasto del ayuntamiento en cuestión. Si vemos el suelo urbano como otro recurso natural, toda la nación debería beneficiarse de sus frutos.Uf, de verdad buenísimo el análisis y bien definido, ¿Es tuya la reflexión o te viene de otras influencias? (¡links!)CitarSi vemos el Pisito como otro recurso natural, toda la nación debería beneficiarse de sus frutos.Siento no poder traerte links. Son ideas que andan bastante tiempo rondándome la cabeza, aunque como tú mismo me indicaste hace un tiempo, se parecen a los planteamientos de Henry George. También reconozco que la lectura reciente de "Matar al huésped" de Michael Hudson puede haber influido en la forma de expresarlos (recomendación por cierto de otro forero, cuyo nombre no recuerdo, pero al que estoy muy agradecido).Si insisto tanto en separar suelo y vivienda es porque creo firmemente que el primero es el que le da sus propiedades "mágicas" al Pisito. La edificación no deja de ser un bien que se produce y se consume: requiere capital, mano de obra, materias primas; una lógica empresarial y conocimientos específicos; se degrada, se amortiza, se rehabilita, se derruye y se reconstruye, todo ello consumiendo trabajo y recursos. Bien es cierto que la edificación ya de por sí tiene sus características especiales: es un bien de primera necesidad, muy caro, que suele requerir financiación para adquirirlo, que tarda en producirse y de larga duración.
Cita de: patxarana en Octubre 27, 2021, 19:28:01 pmEn cuanto a que sean los ayuntamientos los que recauden ese impuesto, me parece un error. Es algo similar a que cada ayuntamiento cobrase impuestos sobre las minas que están en su territorio: son un recurso natural cuyos beneficios no se correlacionan con el volumen de gasto del ayuntamiento en cuestión. Si vemos el suelo urbano como otro recurso natural, toda la nación debería beneficiarse de sus frutos.Uf, de verdad buenísimo el análisis y bien definido, ¿Es tuya la reflexión o te viene de otras influencias? (¡links!)CitarSi vemos el Pisito como otro recurso natural, toda la nación debería beneficiarse de sus frutos.
En cuanto a que sean los ayuntamientos los que recauden ese impuesto, me parece un error. Es algo similar a que cada ayuntamiento cobrase impuestos sobre las minas que están en su territorio: son un recurso natural cuyos beneficios no se correlacionan con el volumen de gasto del ayuntamiento en cuestión. Si vemos el suelo urbano como otro recurso natural, toda la nación debería beneficiarse de sus frutos.
Si vemos el Pisito como otro recurso natural, toda la nación debería beneficiarse de sus frutos.
Pero la magia llega cuando lo pegas al suelo, que no deja de ser un título de propiedad. Las escrituras comparten muchas propiedades con el oro, los bitcoins o los tokens no fungibles: son escasos, no se degradan, sus precios fluctúan. También tienen cierto parecido con las licencias de taxi o de farmacia: igual que las anteriores, pero reguladas por el estado, con una escasez artificial creada por la propia regulación. Además, se suma el factor de la localización, que es el que le provee de un valor intrínseco y le permite capturar un flujo de rentas.Los beneficios caídos del cielo están en poseer o vender el suelo, no en construir casas. La subida del precio de la vivienda no ha hecho ricos a los constructores (si acaso lo hizo en la burbuja, fue por el volumen de negocio), sino a los propietarios. Si alguien quiere construir una vivienda para venderla, comparará el precio esperado de venta con los costes, entre los cuales el suelo es un coste más. Si en una zona el suelo es barato pero la vivienda cara, los promotores competirán por hacerse con ese suelo, porque sería un negocio muy rentable. Al final, debido a la competencia, el precio del suelo sube, hasta que el negocio de construir en esa zona acaba siendo igual de rentable que en cualquier otra. O sea, que toda la revalorización de una vivienda en cierta zona la acaba absorbiendo el suelo, esté pegado a una edificación o no. Por supuesto, puede haber fluctuaciones temporales debidas a falta o exceso de oferta, ya que las viviendas tardan años en salir al mercado, pero las fluctuaciones del suelo no siguen esa lógica, sino la de sus primos los bitcoins and company.Al final, el Pisito es un bien dual: ladrillos + NFT.
Cita de: patxarana en Octubre 28, 2021, 10:20:07 amCita de: saturno en Octubre 27, 2021, 23:11:17 pmCita de: patxarana en Octubre 27, 2021, 19:28:01 pmEn cuanto a que sean los ayuntamientos los que recauden ese impuesto, me parece un error. Es algo similar a que cada ayuntamiento cobrase impuestos sobre las minas que están en su territorio: son un recurso natural cuyos beneficios no se correlacionan con el volumen de gasto del ayuntamiento en cuestión. Si vemos el suelo urbano como otro recurso natural, toda la nación debería beneficiarse de sus frutos.Uf, de verdad buenísimo el análisis y bien definido, ¿Es tuya la reflexión o te viene de otras influencias? (¡links!)CitarSi vemos el Pisito como otro recurso natural, toda la nación debería beneficiarse de sus frutos.Siento no poder traerte links. Son ideas que andan bastante tiempo rondándome la cabeza, aunque como tú mismo me indicaste hace un tiempo, se parecen a los planteamientos de Henry George. También reconozco que la lectura reciente de "Matar al huésped" de Michael Hudson puede haber influido en la forma de expresarlos (recomendación por cierto de otro forero, cuyo nombre no recuerdo, pero al que estoy muy agradecido).Si insisto tanto en separar suelo y vivienda es porque creo firmemente que el primero es el que le da sus propiedades "mágicas" al Pisito. La edificación no deja de ser un bien que se produce y se consume: requiere capital, mano de obra, materias primas; una lógica empresarial y conocimientos específicos; se degrada, se amortiza, se rehabilita, se derruye y se reconstruye, todo ello consumiendo trabajo y recursos. Bien es cierto que la edificación ya de por sí tiene sus características especiales: es un bien de primera necesidad, muy caro, que suele requerir financiación para adquirirlo, que tarda en producirse y de larga duración.¡Aupa! Oyeeee ¿ya tardabas en aparecer, dónde estabas? Tienes que participar más. No sólo te entiendo, sino que te sigo,Amplié aposta la idea de que fuera la pluvalia de la edificación un bien que retornara a lo público. Porque siguiendo el hilo de la plusvalia, tu post apunta directamente a eso, A ver,* OK para decir que la plusvalia del Pisito no es un beneficio empresarial, salvo cuando se construiye sobre un suelo,* Pero por eso mismo, si no se da el criterio de la edificación en la plusvalia, ¿a qué se debe?, Por ejemplo cuando se produjo el sistema del pasapiso,La regulación reconoce la edificación (y ya no el suelo) en sí como "bien de inversión", entonces se legitima una plusvalia, pero entonces ¿porque ésta debe ser privada? De ahi tienes los cantos del Maestro.Se intentó definir el tramo popularCapitalista como un algo real, construido sobre un tramo de reposición (el impuesto privado),Pero ese algo, ese concepto, esa idea, ¿como la defines? ¿Es económica (ofertademandista)?, ¿Sociológica (anosfetos y anfetas)? ¿Politica (bancocentralculpismo, luchas espectáculos -- no me sale el nombre?No estaremos equivocándonos buscando vanamente una "substancia" PopularCapitalista, el Pisito, cuando en realidad es una mera Idea directriz para comprender la realidad de una "economia de reposición". Ahora la llamamos ecología, sostenibilidad, Vamos, Que necesitamos un giro copernicano. Una crítica transcendental, La finalidad es construir una máquina discursiva, Y por eso los Cantos. CitarPero la magia llega cuando lo pegas al suelo, que no deja de ser un título de propiedad. Las escrituras comparten muchas propiedades con el oro, los bitcoins o los tokens no fungibles: son escasos, no se degradan, sus precios fluctúan. También tienen cierto parecido con las licencias de taxi o de farmacia: igual que las anteriores, pero reguladas por el estado, con una escasez artificial creada por la propia regulación. Además, se suma el factor de la localización, que es el que le provee de un valor intrínseco y le permite capturar un flujo de rentas.Los beneficios caídos del cielo están en poseer o vender el suelo, no en construir casas. La subida del precio de la vivienda no ha hecho ricos a los constructores (si acaso lo hizo en la burbuja, fue por el volumen de negocio), sino a los propietarios. Si alguien quiere construir una vivienda para venderla, comparará el precio esperado de venta con los costes, entre los cuales el suelo es un coste más. Si en una zona el suelo es barato pero la vivienda cara, los promotores competirán por hacerse con ese suelo, porque sería un negocio muy rentable. Al final, debido a la competencia, el precio del suelo sube, hasta que el negocio de construir en esa zona acaba siendo igual de rentable que en cualquier otra. O sea, que toda la revalorización de una vivienda en cierta zona la acaba absorbiendo el suelo, esté pegado a una edificación o no. Por supuesto, puede haber fluctuaciones temporales debidas a falta o exceso de oferta, ya que las viviendas tardan años en salir al mercado, pero las fluctuaciones del suelo no siguen esa lógica, sino la de sus primos los bitcoins and company.Al final, el Pisito es un bien dual: ladrillos + NFT.Entonces, el concepto de impuesto privado, por ejemplo, ¿se sustentaría en un NFT?Es decir, es un mecanismo de ¿información? Porque en eso consiste el título de propiedad, al final, un mecanismo discursivo con deternminadas propiedades formales que sintetiza un concepto socio-político, El popularCapitalismo,Por eso es capaz de denunciarlo un Maestro-Poeta. Tendríamos un discurso, con un cambio de paradigma en la propiedad intelectual, que tambien remonta a los años 80, Porque en esos años entró en conflicto el concepto de propiedad intelectual vigente hasta los 70 (=de una cesión temporal de ĺo público a lo privado, a una cuña del Yo-mismo sobre los derechos intelectuales -- esto se ve claramente por ejemplo con las licencias libres de los 80, que son la imagen vívida de las licencias de Software, y siguen hasta ahora con los NFT)Ahi está el meollo, ni HGeorge, porque no lo vio en su momento, y el Maestro ahora sólo consigue sobrevolar ese abismo que se ha abierto sobre la continuidad del "valor", El valor era hasta ahora un concepto unificado, que se pensaba siempre de forma euclidiana, con el trabajo-empresa. Y apareció el Balor. El Pisito. Las "Licencias". La metafisica bursátil, Ahora los NFT. ____No estoy seguro que sea novedoso, Algo me dice que todo eso tiene que ver con el concepto de polis que surgió en el helenismo y el conflicto de Licurgo (Esparta y los Ilotas), y la dialéctica de Demos (Atenas, y las Ligas) Hasta Alejandro que cortó el nudo gordiano, Se ha abierto una falla sismica. Pasó algo, Apareció el concepto de polis, de ciudadania. De autonomía de la razón discursiva,El Pisito es una perspectiva discursiva, Se está ahora convirtiendo en qué. En el equivalente en economía de lo que en la ley se llamaba "·la costumbre", Demonios (nunca mejor dicho) ¡Diviértanse!
¿Y quienes son los que se aferran con uñas y dientes al centralismo en España?(Y ojito con cuestionar la hegemonia de Madrid sobre España, que se juegan los garbanzos que salen del pisito y se te tiran a la yugular)El 'Madrid Moderno', casas que han pasado de costar 10.000 pesetas a más de un millón de euroshttps://www.telemadrid.es/programas/juntos/Madrid-Moderno-costaban-pesetas-XIX-2-2390181025--20211025114247.htmlCitar25 de octubre de 2021 - 23:42 (Actualizado: 25 de octubre de 2021 - 23:42)RedacciónSe bautizó a aquella zona como "el más Europeo de todos los barrios madrileños". Rondaba el año 1890 cuando levantaron viviendas de lo que se consideraba el ‘Madrid Moderno’.Hoy en día aún quedan algunos vestigios de aquello que Azorín consideraba presuntuoso y de mal gusto, pero que marcó un antes y un después en la época y que, 130 años después, aún podemos disfrutar.Al llegar a esta zona bien podríamos pensar que hemos viajado hasta el clásico barrio de Notting Hill o al punto más elegante de todo París, pero no, estamos en pleno centro de Madrid, muy cerca de la plaza de Las Ventas, y hasta aquí nos hemos desplazado en ‘Juntos’ en compañía de María Garces, arquitecta del COAM (Colegio Oficial de Arquitectos de Madrid) para que nos explique todos los detalles de este pintoresco lugar.“En su momento, esta barriada estaba en el extrarradio y ahora se sitúa uno de los centros de Madrid y sus casas se podían comprar entonces por entre las 10.000 y las 30.000 pesetas y alquilarlas por alrededor de 0,50 céntimos al mes”, nos ha contado María.Curiosos datos puesto que ahora los precios de estos hotelitos en el centro de la capital superan el millón de euros.
25 de octubre de 2021 - 23:42 (Actualizado: 25 de octubre de 2021 - 23:42)RedacciónSe bautizó a aquella zona como "el más Europeo de todos los barrios madrileños". Rondaba el año 1890 cuando levantaron viviendas de lo que se consideraba el ‘Madrid Moderno’.Hoy en día aún quedan algunos vestigios de aquello que Azorín consideraba presuntuoso y de mal gusto, pero que marcó un antes y un después en la época y que, 130 años después, aún podemos disfrutar.Al llegar a esta zona bien podríamos pensar que hemos viajado hasta el clásico barrio de Notting Hill o al punto más elegante de todo París, pero no, estamos en pleno centro de Madrid, muy cerca de la plaza de Las Ventas, y hasta aquí nos hemos desplazado en ‘Juntos’ en compañía de María Garces, arquitecta del COAM (Colegio Oficial de Arquitectos de Madrid) para que nos explique todos los detalles de este pintoresco lugar.“En su momento, esta barriada estaba en el extrarradio y ahora se sitúa uno de los centros de Madrid y sus casas se podían comprar entonces por entre las 10.000 y las 30.000 pesetas y alquilarlas por alrededor de 0,50 céntimos al mes”, nos ha contado María.Curiosos datos puesto que ahora los precios de estos hotelitos en el centro de la capital superan el millón de euros.
¿Pero de qué plusvalía habláis?No os enteráis de nada.La estafa es que nunca hubo plusvalía, era mentira, lo que pasa es que la gente no se dio cuenta hasta que los pisos no empezaron a bajar de precios.Compras un piso por 100, pasan 10 años sin inflación y lo vendes por 200 en un momento en el que un piso nuevo vale 300.¿Dónde veis vosotros la plusvalía?Tenías un piso nuevo, pasan 10 años y tienes un piso con 10 años y para comprarte uno nuevo tienes que aportar 1,5 pisos de 10 años.¿Dónde coño está la plusvalía?ES MEN-TI-RA TO-DO.
la tercera fue la vencida. El Tribunal Constitucional, tras dos sentencias en contra, ha anulado el impuesto de plusvalía incluido en la Ley Reguladora de las Haciendas Locales de 2004. El primer texto del TC contrario a este tributo es de mayo de 2017 y el PP trató de cambiar la legislación para dotarlo de seguridad jurídica, pero la moción de censura de Rajoy lastró los planes de los populares.Así lo recuerdan altos cargos del PP, que reivindican la proposición de ley redactada por el Grupo Parlamentario Popular a principios de 2018 y registrada y admitida a trámite en el Congreso de los Diputados en marzo de ese mismo año.El texto del PP destacaba que la sentencia del Tribunal Constitucional declaraba inconstitucionales y nulos los artículos 107.1, 107.2.a) y 110.4 del texto refundido de la Ley Reguladora de las HaciendasLocales, los mismos que han quedado definitivamente anulados en la nueva sentencia conocida esta misma semana.
jurisprudenciaArtículo 107. Base imponible.1. La base imponible de este impuesto está constituida por el incremento del valor de los terrenos, puesto de manifiesto en el momento del devengo y experimentado a lo largo de un período máximo de 20 años.A efectos de la determinación de la base imponible, habrá de tenerse en cuenta el valor del terreno en el momento del devengo, de acuerdo con lo previsto en los apartados 2 y 3 de este artículo, y el porcentaje que corresponda en función de lo previsto en su apartado 4.2. El valor del terreno en el momento del devengo resultará de lo establecido en las siguientes reglas:a) En las transmisiones de terrenos, el valor de éstos en el momento del devengo será el que tengan determinado en dicho momento a efectos del Impuesto sobre Bienes Inmuebles.No obstante, cuando dicho valor sea consecuencia de una ponencia de valores que no refleje modificaciones de planeamiento aprobadas con posterioridad a la aprobación de la citada ponencia, se podrá liquidar provisionalmente este impuesto con arreglo a aquel. En estos casos, en la liquidación definitiva se aplicará el valor de los terrenos una vez se haya obtenido conforme a los procedimientos de valoración colectiva que se instruyan, referido a la fecha del devengo. Cuando esta fecha no coincida con la de efectividad de los nuevos valores catastrales, éstos se corregirán aplicando los coeficientes de actualización que correspondan, establecidos al efecto en las Leyes de Presupuestos Generales del Estado.Cuando el terreno, aun siendo de naturaleza urbana o integrado en un bien inmueble de características especiales, en el momento del devengo del impuesto, no tenga determinado valor catastral en dicho momento, el ayuntamiento podrá practicar la liquidación cuando el referido valor catastral sea determinado, refiriendo dicho valor al momento del devengo.4. Sobre el valor del terreno en el momento del devengo, derivado de lo dispuesto en los apartados 2 y 3 anteriores, se aplicará el porcentaje anual que determine cada ayuntamiento, sin que aquél pueda exceder de los límites siguientes:a) Período de uno hasta cinco años: 3,7.b) Período de hasta 10 años: 3,5.c) Período de hasta 15 años: 3,2.d) Período de hasta 20 años: 3.Para determinar el porcentaje, se aplicarán las reglas siguientes:1.ª El incremento de valor de cada operación gravada por el impuesto se determinará con arreglo al porcentaje anual fijado por el ayuntamiento para el período que comprenda el número de años a lo largo de los cuales se haya puesto de manifiesto dicho incremento.2.ª El porcentaje a aplicar sobre el valor del terreno en el momento del devengo será el resultante de multiplicar el porcentaje anual aplicable a cada caso concreto por el número de años a lo largo de los cuales se haya puesto de manifiesto el incremento del valor.3.ª Para determinar el porcentaje anual aplicable a cada operación concreta conforme a la regla 1.ª y para determinar el número de años por los que se ha de multiplicar dicho porcentaje anual conforme a la regla 2.a, sólo se considerarán los años completos que integren el período de puesta de manifiesto del incremento de valor, sin que a tales efectos puedan considerarse las fracciones de años de dicho período.Los porcentajes anuales fijados en este apartado podrán ser modificados por las Leyes de Presupuestos Generales del Estado.
Cita de: BENDITALIQUIDEZ en Octubre 28, 2021, 12:16:06 pm¿Pero de qué plusvalía habláis?No os enteráis de nada.La estafa es que nunca hubo plusvalía, era mentira, lo que pasa es que la gente no se dio cuenta hasta que los pisos no empezaron a bajar de precios.Compras un piso por 100, pasan 10 años sin inflación y lo vendes por 200 en un momento en el que un piso nuevo vale 300.¿Dónde veis vosotros la plusvalía?Tenías un piso nuevo, pasan 10 años y tienes un piso con 10 años y para comprarte uno nuevo tienes que aportar 1,5 pisos de 10 años.¿Dónde coño está la plusvalía?ES MEN-TI-RA TO-DO.Estamos con otro concepto, o mejor dicho, precisamente NO HAY CONCEPTO, y se está fabricando delante de nuestros ojosCreo que tú usas plusvalia grosso modo como IngresoVenta-GastoCompra. Un beneficio, vamos,La "plusvalia" municipal no tiene nada que ver: es un impuesto sobre un incremento convencional del valor de terrenos urbanos. No es que sea ficticia, es jurídica, Es un concepto fiscal,Ahora, seguimos sin definir el concepto del Pisito entendido como un "Balor".Como tal no existe,Pero si combinas ideología y conceptos juridicos, y lo aplicas a algo, ese algo, lo has convertido en un "Balor"Ejemplo: el invento de los esclavos como bien comercial y propiedad regulada (concepto jurídico), o el invento de la cerámica decorada (ideología helenística).Claro que la plusvalia del Pisito es ficticia, Pero nuestas sociedades viven de esa ficción.Pero mientras la tratemos como una mera ficción, seguiremos siendo incapaces de usarla como instrumento económico,Por ejemplo, en el debate con Patxarana, comentaba que en los tiempos del pasapisito, la "plusvalia" (entendida como "beneficio") de una transacción se reconoció como algo de propiedad privada,Porque no somos capaces de distinguir el tramo de reposición, y el tramo meta,comercial.Patxarana aludió a la idea que el incremento de precios del SUELO revierta a la comunidad,Pregunté que porqué no podemos revertir a la colectividad el tramo del "Balor" EDIFICADO,¿A que es divertido? Bueno, y ¿cómo lo haríamos? Nos falta el concepto, Porque el tramo del Balor ya está cantado, ya tiene ubicación dentro del ordenamiento jurídico, político y social.. Pero su utilización, su funcionamiento mecanicista (geométrico, dinámico) está pendiente de formalizar,Bueno, los NFT llevan buen camino, pero seguimos en pañales,
Cita de: saturno en Octubre 28, 2021, 13:26:55 pmCita de: BENDITALIQUIDEZ en Octubre 28, 2021, 12:16:06 pm¿Pero de qué plusvalía habláis?No os enteráis de nada.La estafa es que nunca hubo plusvalía, era mentira, lo que pasa es que la gente no se dio cuenta hasta que los pisos no empezaron a bajar de precios.Compras un piso por 100, pasan 10 años sin inflación y lo vendes por 200 en un momento en el que un piso nuevo vale 300.¿Dónde veis vosotros la plusvalía?Tenías un piso nuevo, pasan 10 años y tienes un piso con 10 años y para comprarte uno nuevo tienes que aportar 1,5 pisos de 10 años.¿Dónde coño está la plusvalía?ES MEN-TI-RA TO-DO.Estamos con otro concepto, o mejor dicho, precisamente NO HAY CONCEPTO, y se está fabricando delante de nuestros ojosCreo que tú usas plusvalia grosso modo como IngresoVenta-GastoCompra. Un beneficio, vamos,La "plusvalia" municipal no tiene nada que ver: es un impuesto sobre un incremento convencional del valor de terrenos urbanos. No es que sea ficticia, es jurídica, Es un concepto fiscal,Ahora, seguimos sin definir el concepto del Pisito entendido como un "Balor".Como tal no existe,Pero si combinas ideología y conceptos juridicos, y lo aplicas a algo, ese algo, lo has convertido en un "Balor"Ejemplo: el invento de los esclavos como bien comercial y propiedad regulada (concepto jurídico), o el invento de la cerámica decorada (ideología helenística).Claro que la plusvalia del Pisito es ficticia, Pero nuestas sociedades viven de esa ficción.Pero mientras la tratemos como una mera ficción, seguiremos siendo incapaces de usarla como instrumento económico,Por ejemplo, en el debate con Patxarana, comentaba que en los tiempos del pasapisito, la "plusvalia" (entendida como "beneficio") de una transacción se reconoció como algo de propiedad privada,Porque no somos capaces de distinguir el tramo de reposición, y el tramo meta,comercial.Patxarana aludió a la idea que el incremento de precios del SUELO revierta a la comunidad,Pregunté que porqué no podemos revertir a la colectividad el tramo del "Balor" EDIFICADO,¿A que es divertido? Bueno, y ¿cómo lo haríamos? Nos falta el concepto, Porque el tramo del Balor ya está cantado, ya tiene ubicación dentro del ordenamiento jurídico, político y social.. Pero su utilización, su funcionamiento mecanicista (geométrico, dinámico) está pendiente de formalizar,Bueno, los NFT llevan buen camino, pero seguimos en pañales,De acuerdo en todo, pero yo ni siquiera pretendía llegar tan lejos, me bajo unas cuantas paradas antes, me explico.¿Qué sentido tiene hablar de plusvalía en la venta de un piso si se ha incrementado el nivel general de precios de todos los pisos y es un bien de consumo básico?Tendría incluso más sentido que eso, lo siguiente:Tienes una tonelada de gasolina que te permite recorrer 10.000 kilómetros, hay un avance científico y se inventa un motor que reduce el consumo a la mitad, te compras un motor de esos y Hacienda te dice, "el valor de su gasolina almacenada se ha duplicado porque puede recorrer el doble de kilómetros contaminando lo mismo o los mismos kilómetros contaminando la mitad, a pagar plusvalía".Para que se entienda el disparate de decir que hay plusvalía en la venta de un piso en las condiciones en las que lo estamos hablando:- Sin inflación general.- Con subida generalizada del precio de ese tipo de bienes.- Te deja en una situación en que si quitas depreciación del bien, estás igual que cuando lo compraste, compraste una barra de pan, te comiste la mitad y te queda media, y para comprar una nueva te hacen falta dos medias barras como las que tienes.Coñe, si los sueldos hubiera subido se podría entender que el "pisito" como campo base en esa ciudad para acceder a esos sueldos sí justificaba la "plusvalía", te permitía incrementar tu renta o permitía acceder a una renta superior, pero es que ni así, al contrario, la vida laboral y social se ha degradado, el valor de uso del piso es menor que cuando lo compraste.Obviamente, es todo encarecimiento del suelo por la cara, compraste suelo y al subir el precio del suelo tienes derecho a la misma cantidad de suelo, solo pagas por la depreciación de la construcción al comprarte uno nuevo por haber vendido el antiguo con "plusvalía".
France to ban UK seafood in retaliation for withholding fishing licences
https://www.cityam.com/france-to-ban-uk-seafood-in-retaliation-for-withholding-fishing-licences/CitarFrance to ban UK seafood in retaliation for withholding fishing licences
The British only 'understand the language of force', says French minister in fishing rowSeized UK boat handed back to authorities after it was given a verbal warninghttps://www.telegraph.co.uk/news/2021/10/28/france-detains-british-fishing-boat-row-brexit-rights/