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General => Transición Estructural => Mensaje iniciado por: Gardel en Noviembre 22, 2012, 22:23:12 pm

Título: Aló justicia
Publicado por: Gardel en Noviembre 22, 2012, 22:23:12 pm
si la estrategia es cachondearse, cachondeémonos!!!! Es terapéuticamente saludable y esto va para muy largo, pero se acerca lo bueno, van a cargárselo sin pudor y será a dolor.

Ay esos impresos...
http://politica.elpais.com/politica/2012/11/21/actualidad/1353487663_433888.html (http://politica.elpais.com/politica/2012/11/21/actualidad/1353487663_433888.html)
Citar
Justicia retrasa en el último momento la subida de las tasas[/b]
-El ministerio aplaza la aplicación de la medida "varias semanas"
-La Abogacía alertó a primera hora de la imposibilidad de pagarlas al no publicarse el correspondiente impreso


Ya estaba bastante deteriorada la cosa de la justicia.
Esto es un golpe de estado.

Citar
El Ministerio de Justicia, que encabeza Alberto Ruiz-Gallardón, ha justificado la medida alegando un intento de paliar la saturación de los juzgados, además de contar con unos mayores recursos para mejorar la financiación del sistema judicial y, en particular, de la asistencia jurídica gratuita.


Nos queda cachondearnos.
Es un figura el gallardón, ya decía su padre que el fascista es éste.
Título: Re:Aló justicia
Publicado por: CHOSEN en Noviembre 23, 2012, 10:26:54 am
Lo escudan como "tasa".
Una "tasa" de 600 euros, o mas...

Como no pueden "prohibir" a los jueces, levantan un muro entre la justicia y los ciudadanos, para evitar que se les pueda alcanzar.
Lo que quieren es blindarse. Saben que al ciudadano corriente SOLO le queda el amparo de la justicia contra el chiringuito que se han montado. Están equivocándose completamente, si el ciudadano no puede acudir a la justicia ordinaria se la buscará por su cuenta.

Son inútiles, completamente inútiles.
Tanto que están empezando a ser peligrosos.
Título: Re:Aló justicia
Publicado por: wanderer en Noviembre 23, 2012, 10:37:05 am

[...]
si el ciudadano no puede acudir a la justicia ordinaria se la buscará por su cuenta.

Son inútiles, completamente inútiles.
Tanto que están empezando a ser peligrosos.

Para enmarcar. No haré ningún comentario.
Título: Re:Aló justicia
Publicado por: Karunel en Noviembre 23, 2012, 10:46:53 am
Esto acabará mal, muy, muy mal. Lo de España es especial.
Título: Re:Aló justicia
Publicado por: Маркс en Noviembre 23, 2012, 10:49:38 am
Lo escudan como "tasa".
Una "tasa" de 600 euros, o mas...

Como no pueden "prohibir" a los jueces, levantan un muro entre la justicia y los ciudadanos, para evitar que se les pueda alcanzar.
Lo que quieren es blindarse. Saben que al ciudadano corriente SOLO le queda el amparo de la justicia contra el chiringuito que se han montado. Están equivocándose completamente, si el ciudadano no puede acudir a la justicia ordinaria se la buscará por su cuenta.

Son inútiles, completamente inútiles.
Tanto que están empezando a ser peligrosos.

Estoy con usted. Y también creo que despojar al ciudadano de a pié de ese marco básico garante de los derechos civiles generará violencia.  Por eso se están aprovisionando (armamento, policía especializada, antidisturbios, etc).

Yo casi me alegro. Cuanto antes vuelen hostias mejor que mejor.
Título: Re:Aló justicia
Publicado por: CHOSEN en Noviembre 23, 2012, 11:37:21 am
Estoy con usted. Y también creo que despojar al ciudadano de a pié de ese marco básico garante de los derechos civiles generará violencia.  Por eso se están aprovisionando (armamento, policía especializada, antidisturbios, etc).

Yo casi me alegro. Cuanto antes vuelen hostias mejor que mejor.
Imaginemos en que punto de riesgo, y digo riesgo físico real, queda cualquier persona ante un problema que no se va a poder dilucidar en los juzgados por falta de recursos de la parte contraria.
Una segunda opinión (el recurso) es un atenuante en la "ira" que provoca una decisión judicial contraria a nuestros intereses: "si dos jueces piensan igual, a lo mejor estoy equivocado".
Sin atenuante, la salida va a ser gasolina y pasamontañas.
Título: Re:Aló justicia
Publicado por: Gardel en Noviembre 23, 2012, 12:17:49 pm
La violencia ya está generada porque el sistema judicial era una porquería antes de esto de la subida de tasas, lento, caro, dependiente, poco transparente, mafioso.... LA JUSTICIA EN ESPAÑA NO FUNCIONA, NO SIRVE, NO VALE. Ya estamos en gasolina y pasamontañas, sale en las noticias.

Esto de las tasas es una declaración de intenciones clara y concisa de que van contra nosotros y no les va a temblar la mano. No lo entiendo como una torpeza, es una demostración de fuerza; os lo vamos a quitar todo todito todo

Las hostias van a ser entre nosotros, no contra ellos, ¿de qué nos vale?
Título: Re:Aló justicia
Publicado por: Kapu en Noviembre 23, 2012, 12:43:23 pm
El problema más grande es que aun haciendo una barbaridad como esta los políticos todavía pueden presumir de tener hordas de seguidores, y ése es el problema: ¿Ccuánto tragará la gente?

Yo creo que muchísimo, porque muchas veces para darte cuenta de las implicaciones de una cosa como la de las tasas te tiene que pillar en persona, y aun así habrá quien "racionalice" y diga que esto es culpa de... yo qué sé. De éstos que están siempre denunciando al vecino porque pone la música alta, o que recurre 7 veces una multa de aparcamiento, o cualquier otra minucia.

Al menos es verdad que cada vez hay más gente harta y que se da cuenta de que esto no es más que un intento de que el pringao de a pie no puede llegar a un tribunal con cualquier historia. Si tienes dinero es otra cosa, porque el dinero es el lubricante universal.

No lo entiendo como una torpeza, es una demostración de fuerza; os lo vamos a quitar todo todito todo

Las hostias van a ser entre nosotros, no contra ellos, ¿de qué nos vale?

Y ahí está el problema. ¿Consideran los propios políticos que es una torpeza? Alguno estará convencido de que es un golpe maestro porque no le faltarán palmeros que le den la razón (incluyendo medios afines), y además hay una cosa: es más fácil que le prendas fuego al tractor del vecino si tienes un problema con la linde de las tierras a que vayas a prender fuego al congreso porque de un tiempo a esta parte la castuza te está haciendo la vida imposible. Yo sinceramente espero que no haya efectos secundarios de ese estilo, porque el efecto principal disuasorio ya es bastante malo.
Título: Re:Aló justicia
Publicado por: nora en Noviembre 23, 2012, 13:40:39 pm
Me acaban de decir que en Madrid se están concentrando los jueces y fiscales frente al Ministerio de Justicia.
Título: Re:Aló justicia
Publicado por: visillófilas pepitófagas en Noviembre 23, 2012, 13:54:04 pm
SE HAN REUNIDO POR UN PACTO DE ESTADO Y CONTRA LA CONSTITUCIONALIDAD DEL DECRETO
Abogados, jueces y fiscales se rebelan contra el ‘tasazo’ judicial de Gallardón

El Consejo General de la Abogacía (CGAE) y las asociaciones de jueces y fiscales comparten su preocupación por la situación actual que atraviesa la Justicia y han aunado esfuerzos para conseguir un Pacto de Estado por la Justicia y lograr que se declare la inconstitucionalidad de las nuevas tasas, que entrarán mañana en vigor después de haber sido publicadas este miércoles en el Boletín Oficial del Estado.

http://www.elconfidencial.com/espana/2012/11/21/abogados-jueces-y-fiscales-se-rebelan-contra-el-lsquotasazorsquo-judicial-de-gallardon-109699/# (http://www.elconfidencial.com/espana/2012/11/21/abogados-jueces-y-fiscales-se-rebelan-contra-el-lsquotasazorsquo-judicial-de-gallardon-109699/#)
Título: Re:Aló justicia
Publicado por: wanderer en Noviembre 23, 2012, 14:40:44 pm
Me acaban de decir que en Madrid se están concentrando los jueces y fiscales frente al Ministerio de Justicia.

¿Manifestación de juristoflautas?  :roto2:
Título: Re:Aló justicia
Publicado por: Dan en Noviembre 23, 2012, 15:29:23 pm
SE HAN REUNIDO POR UN PACTO DE ESTADO Y CONTRA LA CONSTITUCIONALIDAD DEL DECRETO
Abogados, jueces y fiscales se rebelan contra el ‘tasazo’ judicial de Gallardón

El Consejo General de la Abogacía (CGAE) y las asociaciones de jueces y fiscales comparten su preocupación por la situación actual que atraviesa la Justicia y han aunado esfuerzos para conseguir un Pacto de Estado por la Justicia y lograr que se declare la inconstitucionalidad de las nuevas tasas, que entrarán mañana en vigor después de haber sido publicadas este miércoles en el Boletín Oficial del Estado.

[url]http://www.elconfidencial.com/espana/2012/11/21/abogados-jueces-y-fiscales-se-rebelan-contra-el-lsquotasazorsquo-judicial-de-gallardon-109699/#[/url] ([url]http://www.elconfidencial.com/espana/2012/11/21/abogados-jueces-y-fiscales-se-rebelan-contra-el-lsquotasazorsquo-judicial-de-gallardon-109699/#[/url])


La noticia es del 21.

Que esta pasando hoy?
Título: Re:Aló justicia
Publicado por: nora en Noviembre 23, 2012, 16:01:35 pm
Me acaban de decir que en Madrid se están concentrando los jueces y fiscales frente al Ministerio de Justicia.

¿Manifestación de juristoflautas?  :roto2:

Por lo visto han ido a entregar un escrito en el Ministerio con propuestas y en el que defienden la independencia judicial y autogobierno del poder judicial y el derecho fundamental a tutela judicial (eso me han dicho). El juez decano de Madrid y Pedraz, el de la Audiencia Nacional, incluidos.

Quizá puede parecer poco, pero viniendo de los jueces...a mi me parece mucho, que se atrevan a levantar la voz. Ya podían rebelarse de verdad  ::)
Título: Re:Aló justicia
Publicado por: Dan en Noviembre 23, 2012, 16:26:18 pm
En primera plana en El Pais:

http://politica.elpais.com/politica/2012/11/23/actualidad/1353667243_064574.html (http://politica.elpais.com/politica/2012/11/23/actualidad/1353667243_064574.html)
Título: Re:Aló justicia
Publicado por: Gardel en Noviembre 23, 2012, 16:29:12 pm
http://www.larazon.es/noticia/8596-el-presidente-del-supremo-reprende-a-los-jueces-por-protestar-contra-la-tasa (http://www.larazon.es/noticia/8596-el-presidente-del-supremo-reprende-a-los-jueces-por-protestar-contra-la-tasa)

Citar
MADRID-El ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, sufrirá hoy la primera protesta masiva de jueces y fiscales. La sede del Ministerio de Justicia en Madrid y las principales sedes judiciales en el resto de España serán los puntos donde se concentrarán, como primera medida de presión, por las reformas que pretende sacar adelante el ministro, principalmente la referida a la Ley Orgánica del Poder Judicial y al Consejo General del Poder Judicial, aunque sobre esta última ni siquiera hay un texto provisional. Junto a ello, la nueva Ley de Tasas Judiciales es otro de los motivos principales que originarán esta previsible queja masiva, respaldada por las asociaciones judiciales y fiscales.

Precisamente, sobre este último extremo se pronunció ayer en Valencia el presidente del Consejo General del Poder Judicial y del Tribunal Supremo, Gonzalo Moliner, quien aseguró «no entender» esa protesta por parte de magistrados y representantes del Ministerio Público.

«Entiendo mucho que protesten los abogados y los consumidores, y los sindicatos, pero los magistrados no lo entiendo tanto», afirmó al respecto Moliner. En ese sentido, añadió que los magistrados lo que tienen que hacer es «cumplir la ley» de tasas, y, en aplicación del «principio de independencia», deberían respetarla, y una vez tengan que aplicarla, decidir si creen conveniente llevarla ante el Constitucional o llevarla a la práctica «si la consideran legal».

Moliner admitió que la mencionada ley resulta «problemática»,  pero no es una ley «injusta» ni que vaya a derivar en una «Justicia para ricos y para pobres», algo que, aseguró,  siempre ha existido, informa Efe.

Precisamente, en relación con imposición de las tasas judiciales, los datos del Consejo de Europa  realizado este mismo año, pero con datos del año 2010, revela que la mayoría  de los estados utilizan esas tasas como parte para sufragar los presupuestos de Justicia.

Esos datos indican que  el país que menos dedica a ese apartado es Suecia, con el 0,5 por ciento, mientras que, por el contrario, Austria cubre su presupuesto en Judicial con la imposición de ese tributo.

En lo que se refiere a España, en 2010, lo que los ciudadanos pagaban en concepto de tasas servía para sufragar el 4,2 por ciento del presupuesto en Justicia, el quinto país, de los más de 30 analizados, que menos aportaba en ese concepto. De acuerdo con las previsiones gubernamentales, con la nueva ley, el Estado podrá recaudar una cantidad de dinero tal que supondrá el 10 por ciento del presupuesto de Justicia, ligeramente superior al de Holanda, y muy alejado del 42 por cieno en el caso de Alemania, o de Portugal, con más del 30 por ciento.
Título: Re:Aló justicia
Publicado por: nora en Noviembre 23, 2012, 16:34:57 pm
En primera plana en El Pais:

[url]http://politica.elpais.com/politica/2012/11/23/actualidad/1353667243_064574.html[/url] ([url]http://politica.elpais.com/politica/2012/11/23/actualidad/1353667243_064574.html[/url])


“Esta es una concentración sin precedentes. Jamás pensamos que jueces y fiscales estaríamos unidos ante el Ministerio de Justicia para protestar”, comentaba un grupo de fiscales que preferían no dar su nombre.

Ahi está. Pocos o muchos, que jueces y fiscales protesten, y juntos, públicamente contra un Ministro, o contra la actuación general del gobierno (desahucios, tasas, recortes, ataques a la independencia judicial -la que quedara-..) a mi me parece muy relevante.
Y si fuera a más, una de esas cosas que podría hacer cambiar bastante el panorama. Aunque parece dificil..
Título: Re:Aló justicia
Publicado por: Маркс en Noviembre 23, 2012, 16:44:37 pm
Estos de La Razón son incombustibles. Qué pesaos, coño  :biggrin:.

Citar
En lo que se refiere a España, en 2010, lo que los ciudadanos pagaban en concepto de tasas servía para sufragar el 4,2 por ciento del presupuesto en Justicia, el quinto país, de los más de 30 analizados, que menos aportaba en ese concepto.

¿Y en renta per capita dónde estamos?
¿Y con 6 M de parados camino de 7 - y llegaremos cerquita de los 8 - qué tipo de justicia tendrá este país?

El que las tenga con esta ley se va a atiborrar de dar por cu.banitos a troche y moche.

Lo siento por los pocos empleados que queden en las Pymes.
Título: Re:Aló justicia
Publicado por: Dan en Noviembre 23, 2012, 16:53:13 pm
(https://fbcdn-sphotos-g-a.akamaihd.net/hphotos-ak-snc6/188587_279557172147286_1773029003_n.jpg)
Título: Re:Aló justicia
Publicado por: nora en Noviembre 23, 2012, 16:53:55 pm
En El Mundo, declaraciones de el Juez Decano de Madrid

Respecto a si los jueces y fiscales van a ir a a la huelga si Gallardón no atiende sus demandas, González Armengol ha indicado que ésta es una posibilidad que "está encima de la mesa". Ha añadido que "la semana que viene, muy probablemente el lunes o martes, se adoptarán las medidas correspondientes para el mes de diciembre".


Quiero cabreo de los Jueces, pero ya ya ya. Y si no se arregla soltándoles algo de pasta o unos días libres, mejor  :roto2:
Título: Re:Aló justicia
Publicado por: Starkiller en Noviembre 23, 2012, 17:06:54 pm
En primera plana en El Pais:

[url]http://politica.elpais.com/politica/2012/11/23/actualidad/1353667243_064574.html[/url] ([url]http://politica.elpais.com/politica/2012/11/23/actualidad/1353667243_064574.html[/url])


“Esta es una concentración sin precedentes. Jamás pensamos que jueces y fiscales estaríamos unidos ante el Ministerio de Justicia para protestar”, comentaba un grupo de fiscales que preferían no dar su nombre.

Ahi está. Pocos o muchos, que jueces y fiscales protesten, y juntos, públicamente contra un Ministro, o contra la actuación general del gobierno (desahucios, tasas, recortes, ataques a la independencia judicial -la que quedara-..) a mi me parece muy relevante.
Y si fuera a más, una de esas cosas que podría hacer cambiar bastante el panorama. Aunque parece dificil..


Lo curioso no es que se manifiesten (Que ya es). Lo impresionante (PAra quien conozca un poco el mundillo) es que lo hagan juntos.

En el mundo judicial, como en todas partes, hay mucha red clientelar. Pero claro, lo particular es que toda es gente muy poderosa, y las redes clientelares no funcionan tan bien con esa gente; una buena red clientelar se afinca en apesebraos; y en españa un juez en casi un Dios.

Me gusta que estén ahí los fiscales, porque por definición (orgánica) y naturaleza, son más pesebristas. En la FGE solo importa una opinión. El resto cuadran filas o son triturados. Pero claro, al lado de los jueces, es otra cosa...

Para mi ahora la duda esta en si al final las presiones políticas internas triunfarán; o si por el contrario, la masa espirírualmente* independiente va a ejercer su peso.

______________
*Esto es importante. En Judicatura todo el mundo pertenece a una asociación, y todo el mundo (casi) tiene filiación política; pero claro, en muchos casos es "porque toca", más que por una necesidad inquebrantable. Si se forma una masa crítica en ese sector, podríamos empezar a ver el primer ejemplo de contrapoder en España. Si; lo se, soñar es gratis. Pero como pase, a más de uno le da un pasmo.
Título: Re:Aló justicia
Publicado por: la barquera en Noviembre 24, 2012, 22:58:48 pm
Llevo doce años enredada en Juzgados, fiscalía, oficinas de jueces de menores, Defensor del Pueblo, despachos de abogados, etc, etc.

Os aseguro que si hay un infierno en la tierra, seguramente tendrá sus dependencias judiciales correspondientes.

Desde denuncias falsas, toda forma de persecuciones (literalmente), acoso administrativo, policial y por parte de sicarios/secuaces de distinta etiología, aislamiento, exclusión social, palizas entrando por la fuerza en mi casa, robos, intentos de extorsión, detención, imposibilidad de que permitiesen firmar en un ¿juicio? en el que era la acusada (y donde se me preguntó ''¿cuánto quiere?'' -sic!-), aislamiento severísimo, control de comunicaciones, escuchas -confesadas y demostradas-, vandalismo, saqueo de bienes emocionales y materiales, informes médicos oficiales falsos, intentos de que denuncie a terceros por parte de funcionarios y un abogado, policías rodeando mi casa cual si de una terrorista se tratase, expulsión mafiosa de mis últimos cuatro domicilios, multas leoninas, intentos de que involucre a mi familia en decisiones comprometidísimas respecto a mi salud, difamación, calumnias, IMPOSIBILIDAD DE DENUNCIAR, NEGACIÓN SISTEMÁTICA DE ATENCIÓN MÉDICA Y/O JURÍDICA, etc., etc., ETC., ETC., ETC. ...


...hasta un último intermediario oficioso  (viejo conocido, aparejador del Ayto. de Mijas y abogado --profesor jubilado en la Facultad de Derecho de Málaga--) que insiste en que 'lo mío' no irá nunca por Justicia y que diga ''lo que quiero'' (sic!) tal como en su día me propusieran políticos y otro intermediario . . .




PD.: Tal vez este esbozo de historieta haga que comprendáis el porqué de mi afición a este foro.
Lo de fuera, respecto a lo que a Justicia se refiere,  es aterrador.

Terrorismo puro y duro, ('que también', dada la procedencia de algunos de los ''actores'' de la historieta criminal.
Título: Re:Aló justicia
Publicado por: Маркс en Noviembre 25, 2012, 01:15:30 am
@ La barquera

Me lo creo.

Y lo dejo ahí.

Le deseo la mejor de las suertes. El pudridero es de tal calado que asusta. No hay mas que seguir a CdE en este foro, seguir el noticiario presente y pasado de este país, examinar también nuestra historia reciente y pasada y, en el terreno personal con respecto a lo que uno ha visto en terceras personas, para sospechar lo peor de lo peor.
De acojonar.

Yo me bajé del tren, seguramente por cobardía. Otros siguieron.
Título: Re:Aló justicia
Publicado por: nora en Noviembre 26, 2012, 17:23:43 pm
El Sindicato de Secretarios Judiciales ayudará a no pagar las nuevas tasas



El Sindicato de Secretarios Judiciales (Sisej) anunció que ayudará a los ciudadanos a no pagar las tasas judiciales
que han sido incrementadas por el Ministerio de Justicia mediante una ley que entró en vigor la semana pasada.

A través de un comunicado, el Sisej dijo que no va a mantener una "actitud pasiva ante una ley que podría ser inconstitucional". Por eso, este sindicato explicó que "desde el primer momento recomendamos a los secretarios judiciales que den curso a las demandas presentadas" mediante una "argumentación jurídica" concreta. Para ello, el Sisej facilita un escrito que puede presentarse en los tribunales.

Además, cuando las tasas empiecen a aplicarse, estos secretarios judiciales anunciaron que pondrán a disposición de sus compañeros "una resolución razonada en forma de decreto ante la falta de aportación de la tasa por imposibilidad económica" por posible vulneración "del derecho a la igualdad y el ejercicio a la tutela judicial efectiva".

Además, el Sisej sostuvo que desde el Ministerio de Justicia se les ha explicado que el cobro de las tasas no tendrá efecto retroactivo, lo que supone que no se aplicarán a procesos judiciales ya iniciados.

El incremento de las tasas judiciales ha provocado el rechazo de la mayoría de los funcionarios de la Administración de Justicia. En este sentido, el pasado viernes se concentraron en toda España cientos de jueces y fiscales, que pidieron la derogación de la ley que incrementa lo que hay que pagar por recursgos en las jurisdicciones civil, social y contencioso-administrativa.


http://www.elmundo.es/elmundo/2012/11/26/espana/1353921864.html (http://www.elmundo.es/elmundo/2012/11/26/espana/1353921864.html)


Título: Re:Aló justicia
Publicado por: No Logo en Noviembre 26, 2012, 21:55:00 pm
@ La Barquera

no hay tanta diferencia entre la Rusia post soviética o cualquier narcoestado como nos quieren hacer creer. Mi admiración más profunda.

Respecto a los jueces y fiscales....me parece cojonudo que se manifiesten "juntitos". Pero para dar credibilidad deben empezar a poner el dedo en la llaga. En su llaga. Cuando empiecen a dar de lado, señalar y, si "hay caso" denunciarse entre ellos, entonces creeré que ha empezado algo. Con la cantidad de decisiones arbitrarias que se toman todos los días, algunas de una trascendencia enorme, no se puede transigir. Y esto es aplicable a cualquier ámbito. Hay que empezar a señalar. Aunque duela.... pueden empezar por ejemplo por el "torpón" que va a dejar libre al yayopin ese, no sea que tile de la manta.

Es una gilipollez, pero estoy en modo "making friends" desde hace tiempo. El otro día en una reunión del curro agasajaron a una compi, de las rastreras, porque había hecho una gestión que había ahorrado 2000 pelotes a la empresa. Plas, plas, plas....hasta que un tío con barba de 4 días y espelucao objetó....ah, pero esa tontería que supone un sobrecoste de 2000 pelotes no se hacía desde hace 11 años que realizamos ese proyecto puntual? quizá se ha equivocado el sesgo del happening..... ahí voy, cavando mi hoyito. Es una tontería qe no va más allá de crear malestar en los capullos de arriba. Cosas de infinitamente más calado como las que seguro decide La barquera y otros valientes en el hispanistán es lo que tiene que cundir. Romerías laicas quehaydelomiístas a la vista está que no ayudan a ninguna transición - lo nuestro requiere más una transmutación - estructural.

salud
Título: Re:Aló justicia
Publicado por: Gardel en Noviembre 27, 2012, 16:29:48 pm
Que se pongan las pilas estos togados YA!

Citar
[url]http://www.lavozdegalicia.es/noticia/espana/2012/11/27/cupula-judicial-atribuye-problemas-justicia-falta-voluntad-politica/0003_201211G27P23991.htm[/url] ([url]http://www.lavozdegalicia.es/noticia/espana/2012/11/27/cupula-judicial-atribuye-problemas-justicia-falta-voluntad-politica/0003_201211G27P23991.htm[/url])

La cúpula judicial atribuye los problemas de la Justicia a falta de voluntad política
Consejo y presidentes de tribunales superiores intentan arrebatar a decanos y asociaciones el liderazgo en las quejas a Gallardón

El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), encabezado por Gonzalo Moliner, y los presidentes de los tribunales de Justicia de las comunidades autónomas, designados por el propio Consejo, están decididos a liderar las cada vez más sonoras reivindicaciones de la judicatura frente el Ministerio de Justicia hasta ahora capitaneadas por jueces decanos y asociaciones judiciales. Moliner celebró ayer en Madrid un encuentro de trabajo de dos horas con 15 de sus 17 delegados territoriales de facto en la que debatieron y consensuaron un denso documento de trabajo con un anexo de cinco medidas concretas, que ayer mismo entregaron en mano a Gallardón en un almuerzo celebrado en la sede ministerial.
Para sorpresa de más de uno, en la reunión, según aclaró al final de la misma la portavoz del CGPJ, Gabriela Bravo, al menos oficialmente, no hablaron de las tasas judiciales que acaban de ser implantadas, ni de la actuación judicial frente a los desahucios, ni tampoco de una posible huelga de jueces. Según detalló, el motivo del encuentro era «el análisis de la actual situación de la Justicia española, así como las necesidades de los jueces y el malestar de la carrera judicial». Precisó Bravo que se han ceñido a debatir y consensuar un documento de trabajo en el que reflexionan sobre las «deficiencias y disfunciones» de la Administración de Justicia señalando «la tradicional falta de compromiso político» como causa determinante de las carencias que aquélla padece. Constatan incluso que es mucho menos eficaz que otras esferas de la Administración del Estado, «respecto de las que -precisan- sí ha existido voluntad política de mejora».
A esa falta de compromiso político para afrontar las carencias de la Administración de Justicia los firmantes del documento contraponen el nivel de compromiso de los miembros del poder judicial que califican de «encomiable». Consideran que «sin su esfuerzo personal no hubiera podido resistir tanto tiempo el edificio de la justicia en nuestro país».
«Diálogo franco»
Advierten así al ministro Ruiz-Gallardón que deberá escuchar el descontento de jueces y magistrados «porque expresa una realidad» tozuda. «Y a quienes ocupamos en estos momentos puestos de responsabilidad -reseñó- nos corresponde intentar traducirlo y hacerlo institucionalmente, en nuestra condición de representantes del poder judicial». Abogan por un «diálogo franco» para encontrar soluciones construyendo «espacios de entendimiento».
El documento hace especial énfasis en «la necesidad de preservar el Consejo General del Poder Judicial como órgano constitucional encargado de velar por la independencia de jueces y tribunales, dotado de las competencias y la composición adecuada». Y concluyen demandando que la crisis sirva para efectuar una profunda revisión del sistema judicial porque «si la Justicia deja de funcionar, no será posible que España pueda salir adelante».


Título: Re:Aló justicia
Publicado por: Aleph Numerable en Noviembre 27, 2012, 22:30:19 pm
Hola:

El tema de las tasas judiciales tiene su miga, y buena parte de ella no la están explicando en los medios. Voy a tratar de hacer algunas puntualizaciones con las que es posible que ayuden a entender algunas reacciones de todas las partes implicadas.

En primer lugar, el tema de las tasas como tal es secundario, no es más que una cortina de humo lanzada por Gallardón con dos objetivos, por una parte, emplearlo de globo sonda para medir su fuerza y la cohesión del sector de la Justicia, de cara a las reformas que sí le interesan y que son la segunda razón, en medio de este ruido, la reforma de la LEJC y de la Ley del Poder Judicial. Si ve que se le echa todo el mundo encima y la movilización es masiva, dejará correr el tema y esperará mejor ocasión, si ve que no hay una respuesta sólida, seguirá adelante, tanto con esto como con lo que de verdad está cociendo este impresentable.

La reacción de cabreo total de los jueces y secretarios judiciales está totalmente justificada, lo mismo que de los abogados, durante el proceso de redacción, se mantuvieron reuniones con los órganos de gobierno de la judicatura y las asociaciones profesionales, en dichas reuniones se les informó que las nuevas tasas serían, y cito textual: "algo testimonial, sobre unos 50 o 60 € de incremento", lo cual en principio a todos los colectivos les pareció algo asumible. Y luego se encuentran con las salvajadas de tasas de la 10/2012.

El cabronazo la publica el 20 de Noviembre, cuando juraron por activa y por pasiva que hasta 2013 no entraría en vigor, forzando a los despachos a meter por Decanato a todo correr cuanta demanda y querella tenían pendiente, los Juzgados entre el pasado día 15 y el 20 han sido un manicomio. Como se le ha echado encima todo quisqui, rebaja la tensión dejando en suspenso las tasas "por problemas de implantación técnica" (ni hay formularios, ni están en el sistema, ni los funcionarios tienen los procedimientos ni manera de implantarlas en el Minerva), en esto nunca se comenten estos errores, a menos que haya orden desde arriba de  hacerlo así, de este modo, el Gallardón se autofabrica un vacatio legis, que queda a su entera voluntad, mientras va viendo la reacción de la Justicia a esto. ¿Chapuza? no, perfectamente planificado.

Los objetivos de verdad, que se van cociendo poco a poco a puerta cerrada, son las reformas anteriormente mencionadas, de las posturas que se están planteando, las tasas judiciales son el menor de los problemas a los que se va a enfrentar el ciudadano. Entre otros, son los siguientes:

- Despojar al Juez Instructor de toda competencia, dejando en manos de Fiscalía todas las diligencias de los sumarios. ¿Qué significa?, pues que el sumario pasa de controlarlo un señor que, en teoría, es independiente, a uno que está regido por el principio de Obediencia Jerárquica, y cuyo jefe supremo es, ¡oh, sorpresa!, el Ministro de Justicia.

- Sustituir el Principio de Legalidad, que preside nuestro Derecho, por el de Oportunidad. La diferencia radica en que el primero, de manera sencilla, obliga a perseguir de oficio todo hecho que revista indicios de criminalidad, mientras que el segundo se basa en la economía de medios, o sea, se persigue...si compensa, o si interesa.  Como le gusta decir a cierto Fiscal Jefe: "hay que considerar las circunstancias particulares del caso..." que viene a decir que, dependiendo de quien sea el posible imputado y posteriormente procesado y condenado, se investiga, o se deja pasar, me debes un favor de los grandes, y ya te lo cobraré.

- Otro asunto que tienen entre manos es cambiar el sistema actual del Turno de Oficio, pasando a licitar por concurso público dicho servicio, esto supone de facto la ruina para miles de abogados, puesto que solamente los grandes despachos podrán reunir las condiciones para optar a semejantes concursos. El negocio es evidente, ganas el concurso y con él, 40.000 horas de servicios por Juzgado, contratas un call center en Panamá, para putear a los pringaos de los clientes, y luego subcontratas todo a los mismos abogados que llevaban antes el Turno, pero a precios malayos. Tú te forras, los que te dieron el concurso, también, y el Ministro, al terminar su periplo, de socio honorario de por vida.

- Finalmente, la guinda la quieren poner con los jueces de distrito, pero para ello primero tienen que colapsar totalmente la Justicia para poder justificarlo. Básicamente son jueces nombrados a dedo por vía política, es parecido al Cuarto Turno, pero a lo cutre salchichero, ya los Jueces del CT y los fiscales sustitutos suelen ser una panda de mantas paduanas, en el caso de los de distrito, imaginaros jueces y fiscales nombrados a dedo por el político de turno.

Todo esto es lo que tiene en mente el Gallardón, pero no por iniciativa propia, estas medidas cuentan con el entusiasta apoyo de la clase política, porque suponen el fin definitivo a sus problemas judiciales, y tener con la correa bien atada al único poder que les puede hacer frente.

A armarse de paciencia, que esto va a ser duro.
Título: Re:Aló justicia
Publicado por: Lego en Noviembre 27, 2012, 22:40:55 pm
wow  eso, con tu permiso, me lo llevo al facebook, Aleph.
Título: Re:Aló justicia
Publicado por: Gardel en Noviembre 27, 2012, 23:03:07 pm
Muchas gracias Sr.Numerable
Título: Re:Aló justicia
Publicado por: Маркс en Noviembre 27, 2012, 23:25:17 pm
Sr. Numerable, no sé si tomarme esto como una buena noticia.

Esto es lo más parecido a una dictadura pura y dura - y mira que nos parecíamos ya -. Así pues estas salidas de tono las entiendo como un síntoma más del desquiciado sistema. Se les está yendo de las manos.

A ver si revienta todo de una vez por todas.

Gracias por su post.
Título: Re:Aló justicia
Publicado por: Dan en Noviembre 27, 2012, 23:39:40 pm
Con su permiso, lo redistribuyo por ahí.

Lo merece.
Título: Re:Aló justicia
Publicado por: visillófilas pepitófagas en Noviembre 28, 2012, 00:44:38 am
Me alegro de verte por aquí, Aleph, aunque el post sea tan grave.

Lo que comentas supone dinamitar lo que queda de democracia.
Título: Re:Aló justicia
Publicado por: CdE en Noviembre 28, 2012, 00:53:00 am
Bienvenido Aleph,

con permiso difundimos el post en Facebook
Título: Re:Aló justicia
Publicado por: Dan en Noviembre 28, 2012, 01:10:43 am
Sigue estando por ahí la lista de direcciones a las que se mando la carta aquella?

Va siendo hora de otra andanada.
Título: Re:Aló justicia
Publicado por: Lego en Noviembre 28, 2012, 01:30:00 am
¡Buena idea!

Yo me quedé con esta lista de corresponsales extranjeros.
http://www.corresponsales.com/ccesocios/index_by_pais (http://www.corresponsales.com/ccesocios/index_by_pais)

y a los medios nacionales, claro, y a instancias Europeas.

Yo mañana podría intentar pasarlo a inglés si es necesario, tengo el tiempo, pero no sé qué tal me irá con toda esa terminología jurídica...  Quizá no sea tan importante traducirlo nosotros si se lo enviamos a todos los corresponsales extrajeros en España ¿no?.  Pero eso, que si procede, me pongo mañana mismo.


Título: Re:Aló justicia
Publicado por: Dan en Noviembre 28, 2012, 01:50:11 am
Si esto sale adelante la seguridad jurídica estará tan a la merced de la castuza que casos como el Barcelona Traction podrían darse todos los meses (Joan March le desplumo 8.000 millones a una inversora belga-canadiense con la ayuda de un juzgado de provincia, tan rápido que no se dieron ni cuenta).

La inversion extranjera estaria sujeta a sus caprichos, seria de alto riesgo. Dentro manejarian ellos todo lo que quedase.

Es un bunker, un blindaje de las joyas de la abuela y todo lo demas.
Título: Re:Aló justicia
Publicado por: visillófilas pepitófagas en Noviembre 28, 2012, 01:52:41 am
Sigue estando por ahí la lista de direcciones a las que se mando la carta aquella?

Va siendo hora de otra andanada.

Una cosa es difundir el post de Aleph entre la gente, para estar todos sobreaviso, y otra es enviar el post a instituciones o destinatarios oficiales.

La carta sobre el banco malo se podía argumentar y respaldar con documentos, declaraciones, cifras y hechos.

El post de Aleph, si no me equivoco, es alarmantemente verosímil pero no contrastable (al menos, por el momento).
Título: Re:Aló justicia
Publicado por: Dan en Noviembre 28, 2012, 01:56:20 am
Sigue estando por ahí la lista de direcciones a las que se mando la carta aquella?

Va siendo hora de otra andanada.

Una cosa es difundir el post de Aleph entre la gente, para estar todos sobreaviso, y otra es enviar el post a instituciones o destinatarios oficiales.

La carta sobre el banco malo se podía argumentar y respaldar con documentos, declaraciones, cifras y hechos.

El post de Aleph, si no me equivoco, es alarmantemente verosímil pero no contrastable (al menos, por el momento).

He pensado lo mismo, hay que tener al menos indicios que puedan comprobar por sus propios canales.

Pero vayamosle dando vueltas al tema de todos modos. Si hay algo claro es que lo que tenga preparado lo tiene bajo siete llaves. Si ya con las tasas ha tomado por sorpresa a todo la judicatura, con esto ni te cuento.
Título: Re:Aló justicia
Publicado por: Lego en Noviembre 28, 2012, 01:58:30 am
Ah! Gracias por avisar.  Lo tomé como una lectura detallada de algún proyecto de ley ya en trámite o algo así.
Título: Re:Aló justicia
Publicado por: visillófilas pepitófagas en Noviembre 28, 2012, 02:05:49 am
Ah! Gracias por avisar.  Lo tomé como una lectura detallada de algún proyecto de ley ya en trámite o algo así.

Aleph habla de "lo que tiene en mente Gallardón" y de objetivos "que se van cociendo poco a poco a puerta cerrada", pero no veo referencias a documentos o noticias.
Título: Re:Aló justicia
Publicado por: nora en Noviembre 28, 2012, 06:51:11 am
El tema de atribuirle al Ministerio Fiscal la fase de instrucción si que se ha escuchado mucho. Lo que se le ha oido a Gallardón - en prensa - es que "el fiscal tendrá un papel determinante en la instrucción" y que la reforma de la Lecrim la presentarán a principios de 2013.
Lo de la reforma de la Ley de Asistencia Jurídica Gratuita, también.

Espero que contra todo esto, el Poder Judicial se rebele de una santa vez 
Título: Re:Aló justicia
Publicado por: Dan en Noviembre 28, 2012, 09:32:00 am
Ah! Gracias por avisar.  Lo tomé como una lectura detallada de algún proyecto de ley ya en trámite o algo así.

Aleph habla de "lo que tiene en mente Gallardón" y de objetivos "que se van cociendo poco a poco a puerta cerrada", pero no veo referencias a documentos o noticias.

De todos modos, sobre que el fiscal sea el instructor en las investigaciones se lleva oyendo algo desde que echaron a Garzon. Posiblemente haya algo. No?
Título: Re:Aló justicia
Publicado por: John Nash en Noviembre 28, 2012, 09:36:18 am
Gracias Aleph. Ya lo he copypasteado en burbuja y en seguida han acudido las diez mil moscas ciberbansorayas del foro.
Título: Re:Aló justicia
Publicado por: NosTrasladamus en Noviembre 28, 2012, 09:43:31 am
Ah! Gracias por avisar.  Lo tomé como una lectura detallada de algún proyecto de ley ya en trámite o algo así.


Aleph habla de "lo que tiene en mente Gallardón" y de objetivos "que se van cociendo poco a poco a puerta cerrada", pero no veo referencias a documentos o noticias.


No obstante, puede difundirse, no como algo oficial, sino como opinión de un "insider" (que me corrija ó confirme Aleph -también te doy la bienvenida y un enorme GRACIAS-) para poner sobre aviso de lo que *posiblemente* tienen en su agenda los politicorruptos... desde luego yo no lo enviaría al mismo listado de destinatarios que la carta al banco malo, pero sí puede hacerse entre nuestros contactos ó en redes sociales, meneame, fb, etc... (al menos de momento, hasta que no haya documentación ó filtraciones que nos respalden al difundir una denuncia del tema más *oficial*, como la carta del banco malo. Además debemos tener en cuenta que "nos hemos especializado" en analizar el mundillo de la estafa-crisis desde la óptica económica-financiera, pero para esto echo de menos una aproximación más especializada en temas legales (que tocan de lleno el oscuro mundo de la corrupción, tema que es central en la génesis de la estafa-crisis y que se deja muy de lado en todas las informaciones que se dan sobre la misma, centradas en cifras y jerga economicista), que creo que para hacer esto bien, se requieren unos conocimientos distintos de los que hemos ido "amasando" en este y otros foros durante todo este tiempo..., tal vez en foros de temas legales se esté ya comentando el tema y trabajando en ello, si no, tal vez el ejemplo de la "carta del banco malo" pueda servirles de ejemplo para elaborar un documento y estrategia de difusión del mismo adaptados a esta cuestión... ???
(Edito: y si alguien está en contacto con un foro-grupo de noticias-asociación, etc, de ese ámbito, podría comentar el tema -allí y aquí  ;) -.)

Edito para añadir la referencia a un texto sobre lo que he comentado de la aproximación a la crisis-estafa como un problema de política económica vs la aproximación como un tema de delincuencia y operación criminal a gran escala (y la consecuencia de la transformación de los paises afectados en estados fallidos-narcoestados-estados mafiosos-corruptos al estilo de Rusia, México u otros paises de latinoamérica...)

http://www.transicionestructural.com/transicion-estructural/economistas-britanicos-urgen-a-recortar-la-semana-laboral-a-20h/msg11385/?PHPSESSID=4526ce4bb33396fbacabf03a1242a3a2#msg11385 (http://www.transicionestructural.com/transicion-estructural/economistas-britanicos-urgen-a-recortar-la-semana-laboral-a-20h/msg11385/?PHPSESSID=4526ce4bb33396fbacabf03a1242a3a2#msg11385)

https://n-1.cc/blog/view/1076115/unos-cuantos-mamones-le-estan-robando-el-dinero-a-la-gente (https://n-1.cc/blog/view/1076115/unos-cuantos-mamones-le-estan-robando-el-dinero-a-la-gente)

Citar
Nuestros medios de comunicación tratan continuamente de presentar el tema como si fuese un debate ideológico: los que están a favor de mayor regulación contra los que prefieren una economía laissez-faire, los ricos productivos contra los envidiosos pobres, etc. Pero el asunto que nos ocupa no tiene nada que ver con la ideología: es un tema policial, de aplicación de la ley. Unos cuantos mamones le están robando dinero a la gente. No veo cuál podría ser la "controversia".


http://www.transicionestructural.com/the-big-picture/ministro-del-interior-de-mexico-muere-en-extrano-accidente-de-helicoptero/ (http://www.transicionestructural.com/the-big-picture/ministro-del-interior-de-mexico-muere-en-extrano-accidente-de-helicoptero/)

http://www.burbuja.info/inmobiliaria/temas-calientes/180275-ultraviolencia-mejico-2.html (http://www.burbuja.info/inmobiliaria/temas-calientes/180275-ultraviolencia-mejico-2.html)

http://www.burbuja.info/inmobiliaria/3232442-post30.html (http://www.burbuja.info/inmobiliaria/3232442-post30.html)

http://www.transicionestructural.net/las-cloacas-del-sistema/la-trama-secreta-de-goldman-sachs/msg15543/#msg15543 (http://www.transicionestructural.net/las-cloacas-del-sistema/la-trama-secreta-de-goldman-sachs/msg15543/#msg15543)

http://www.transicionestructural.net/las-cloacas-del-sistema/la-trama-secreta-de-goldman-sachs/msg15600/#msg15600 (http://www.transicionestructural.net/las-cloacas-del-sistema/la-trama-secreta-de-goldman-sachs/msg15600/#msg15600)
Título: Re:Aló justicia
Publicado por: visillófilas pepitófagas en Noviembre 28, 2012, 10:57:54 am
No obstante, puede difundirse, no como algo oficial, sino como opinión de un "insider" (que me corrija ó confirme Aleph -también te doy la bienvenida y un enorme GRACIAS-) para poner sobre aviso de lo que *posiblemente* tienen en su agenda los politicorruptos... desde luego yo no lo enviaría al mismo listado de destinatarios que la carta al banco malo, pero sí puede hacerse entre nuestros contactos ó en redes sociales, meneame, fb, etc... (al menos de momento, hasta que no haya documentación ó filtraciones que nos respalden al difundir una denuncia del tema más *oficial*, como la carta del banco malo.)

Creo que estamos diciendo lo mismo  :)
Título: Re:Aló justicia
Publicado por: CHOSEN en Noviembre 28, 2012, 11:13:03 am
http://www.telemadrid.es/?q=noticias/madrid/noticia/elecciones-2011-gallardon-revalida-la-mayoria-absoluta-con-el-82-de-los-voto (http://www.telemadrid.es/?q=noticias/madrid/noticia/elecciones-2011-gallardon-revalida-la-mayoria-absoluta-con-el-82-de-los-voto)

http://www.rtve.es/noticias/20110522/gallardon-obtiene-tercera-mayoria-absoluta-pero-pierde-200000-votos/434055.shtml (http://www.rtve.es/noticias/20110522/gallardon-obtiene-tercera-mayoria-absoluta-pero-pierde-200000-votos/434055.shtml)

http://www.que.es/ultimas-noticias/espana/201105222210-gallardon-gana-elecciones-mayoria-absoluta-efe.html (http://www.que.es/ultimas-noticias/espana/201105222210-gallardon-gana-elecciones-mayoria-absoluta-efe.html)

3 mayorías absolutas. Es como arrear la mula y llorar cuando nos da una coz.
Si, los desmanes del faraón son inclasificables, criticables y atacables, pero seguir con la matraca de los políticos es perder el tiempo. Autoflagelamiento gratuito, rozando el masoquismo. Son así.

Madrid, villa y corte, donde se concentra la esencia y el corazón de españa. Donde ni la alcaldesa ni el presidente autonómico han ganado elecciones.
Madrid es así. España es así. Adolecemos de cultura democrática.
Título: Re:Aló justicia
Publicado por: Aleph Numerable en Noviembre 28, 2012, 11:26:49 am
Hola a todos, muchas gracias por la bienvenida:

Veamos, las medidas a las que aludo en el post no son ningún secreto de Estado, se están discutiendo como cualquier otro tema técnico, en el campo profesional, y esto tiene poca repercusión a nivel del gran público. No hay problema alguno en difundirlas y debatir sobre ellas, puesto que ese mismo debate se erstá produciendo a nivel profesional.

Si al final las acaban imponiendo o no, ya es un tema de fuerza política y habilidad, pero están encima de la mesa y cualquiera que ande en el entorno confirmará que efectivamente hay un intenso debate sobre ellas.

Lo único que he tratado es de hacer una síntesis al alcance de cualquiera sobre las implicaciones de dichas medidas, y lo que supone para nuestros derechos, esto en el campo profesional ya se está tratando, pero de un modo más técnico, y al que no todo el mundo tiene acceso, o no entiende bien las implicaciones.
Título: Re:Aló justicia
Publicado por: Aleph Numerable en Noviembre 28, 2012, 11:29:38 am
De todos modos, trato de recopilaros algo de material técnico para aquellos que quieran entrar mas en detalle o difundirlo.
Título: Re:Aló justicia
Publicado por: AlonsoQuijano en Noviembre 28, 2012, 11:34:10 am
Excelente aportación de Aleph. Este post lo he leido, y eso que no hace más que afirmarme en lo que ya suponía, como me suele pasar con los de Ciudadanos de Espartinas (sus hilos sólo los leo por encima, perdone. Pero es que eso de constatar que lo que uno supone es tal cual lo expone usted, no hace sino poner mal cuerpo).

No deja de ser el juego de siempre, crear profecías autocumplidas. Volvemos inviable un servicio (como ya se ha hecho con sanidad y educación) y después no queda más remedio que tomar decisiones impopulares. Siempre da la casualidad que hay alguienes que están dispuestos a hacerse con tan ruinoso negocio, haciendonos un favor.
Título: Re:Aló justicia
Publicado por: Karunel en Noviembre 28, 2012, 11:38:05 am
Bueno está claro que la emigración se plantea como la única opción buena. Los que no puedan ahora que se vayan creando un horizonte a dos tres años para aclarar sus asuntos y coger la puerta.
Título: Re:Aló justicia
Publicado por: John Nash en Noviembre 28, 2012, 11:56:57 am
De todos modos, trato de recopilaros algo de material técnico para aquellos que quieran entrar mas en detalle o difundirlo.
Claro, es que una cosa es que no sea secreto de Estado y otra que tenga difusión y llegue a la ciudadanía. En una democracia sana los medios organizarían debates, se harían documentales, informes semanales, etc... Pero de sobra es sabido ya de todos que esta democracia ni es sana ni es ya democracia.
Por fortuna queda le red y el boca a oreja.
Título: Re:Aló justicia
Publicado por: la barquera en Noviembre 28, 2012, 12:35:51 pm
Sr. Numerable, no sé si tomarme esto como una buena noticia.

Esto es lo más parecido a una dictadura pura y dura - y mira que nos parecíamos ya -. Así pues estas salidas de tono las entiendo como un síntoma más del desquiciado sistema. Se les está yendo de las manos.

A ver si revienta todo de una vez por todas.

Gracias por su post.

Ya he vivido bastantes de las ¿irregularidades? que pueden desprenderse de la primera lectura de este post.

Ayer, cuando lo leía, me ''sonaba'' a cosa conocida; pero soy lega en la materia y sólo puedo apelar al elemental sentido común de una persona corriente con inquietudes de progreso humano. en lo que a ''civilidad'' se refiera.
En Málaga hay ocasiones en las que se juega de forma cruel con los ciudadanos desprevenidos e nocentes a los que la corrupción ''industrializada''  (mafia con múltiples ramificaciones, hasta en lo institucional) obliga a pasar calvarios criminales en los juzgados y luego de ser objeto de acciones criminales, repito, por parte de la delincuencia más burda.



Un solo ejemplo de entre muchas de las aberraciones soportadas:
Enero del 2006, juicio al que se me cita como demandada por dos sujetos impresentables, delincuentes habituales (asumo esta afirmación con toda seguridad) y para el que no he tenido  más que una entrevista (ni siquiera informativa) por parte de ''mi'' abogado (originalmente de oficio y comunicador ¿oficioso? de varias propuestas de acciones ilegales además de presiones para que ''desaparezca'' del país. Se me cita a las 12 de la mañana y el tal juicio comienza casi a las tres de la tarde.

Al ingresar en el edificio debo dejar la única prueba que consideraba oportuna con la que contaba: una pequeña grabadora y una de las cintas en las que esta gentuza y los suyos se retrataban. Para el resto de pruebas, innumerables, se me dijo que se habían trasladado desde los juzgados de Torremolinos, concretamente el Nº 3 de Instrucción (por el que había sido citada  en bastantes ocasiones  ------ también se me llamaba por teléfono para que me presentase inmediatamente, por mi propio interés, llamándome directamente por mi nombre de pila y desde una ''confianza'' incomprensible por parte de un funcionario al que desconocía------).

Una decena de personas en la antesala de un juzgado en el que, aparentemente, no hay otra actividad.

Durante la espera (amansadora), la parafernalia, la 'escenificación'  con demasiados tintes de  'poderío' de la ''parte contraria'', es casi de dibujo animado, de cómic. ''Mi'' abogado me hace preguntas tales como ''¿conoces a ese abogado?'' . . . . . . .



Continuaré este relato en cuanto pueda.






Edito e intento 'rematar' mi testimonio personal puesto que es un ejemplo clarísimo de lo que se debate en este foro y, especialmente, en este hilo.

Si se considera inoportuno o fuera de contexto por su subjetividad, por suerte ajena a la mayoría de vuestros interesantes aportes, no dudéis en eliminar  las entradas superfluas.


Al grano y abreviando muuucho:

- ''¿Cuánto quieres?. Ten en cuenta que esto no es más que una formalidad habitual dependiendo de lo que se esclarezca y punto'' (letrado Oliver Roales Buján).

.....

- En aquél juicio se me demandaba por haberme defendido del ataque de una pandilla de energúmenos que no me permitían entrar en mi casa increpándome, amenazándome e insultándome. Harta de violencia constante (no se me permitía ni dormir, hasta tal punto estaban organizados los acosadores), cuando pude acceder a mi domicilio cogí un tiestocillo ínfimo que pendía de la medianera y lo estrellé contra el patio de uno de los energúmenos al grito de ''yo también puedo ser violenta'' ( :().

- De allí se pasó a preguntarme sobre mi testimonio, nunca pasado por juzgados, sobre la actuación de uno de mis demandantes muchos años atrás y durante la cual había amenazado a otro vecino con un arma. Nuestras puertas de entrada a los domicilios eran contiguas (tanto por el callejón interior de la urbanización como por la que daba a la avda. del Tívoli).


- A partir de aquel momento la jueza comenzó a interrogar al hijo de uno de los denunciantes y único presente en la sala de entre ellos. El 'jovencito' reconoció haberme atacado en mi propia casa.

- Llegado el fin de las exposiciones u la ¿vista'?, eché de menos que no se firmaran las correspondientes ¿actas? de presencia (habá pasado por unos cuantos juicios absurdos y también bastante ''irregulares'', según mi escaso conocimiento . . . . . . . No se me permitió firmar.

- Desde hacía más de un año se me presionaba para que asumiese denuncias contra el alcalde de mi pueblo (Enrique Bolín -presentado por Jasús Gil-) si es que quería ''resolver TODOS mis ''problemas'' ''.  (en el 2002 se me había ofrecido comparecer en Telecinco para '''exponer''' lo que estba ocurriendo en mi casa . . .  :roto2:).

- A los dos meses salta a la prensa el caso Malaya . . . (a tener en cuenta que varios de sus implicados tienen alguna relación directa con el municipio de Benalmádena y con mi urbanización . . .)

- Alrededor de dos años despuès se me ofrece una cantidad millonaria por irme del país. La rechazo si no va acompañada de la correspondiente resolución judicial aclaratoria y exculpatoria.

- Alrededor de dos años después me traen en mano el aviso para recoger una sentencia: dos años de condena, que no debo cumplir debido a falta de antecedentes . . . No me tomo ni el trabajo de leerla   :biggrin:  :biggrin:  :biggrin: (aunque sí la ''aireo'' dado que el abogado pretendía que era muuuy elaborada . . . 18 páginas  :biggrin:).


Luego aparecen más ¿intermediarios? entre mis amigos y conocidos de muchos años . . . Por enésima vez se me pregunta ¿qué quiero?. Pero absolutamente nadie está dispuesto a darme razones o excusas (o una mentirijilla creíble, como las que le damos por buena las maestras de guardería a ''los más listos de los chicos'').


Las presiones mafiosas y las encerronas burdas, los insultos, la pretensión de que ''estoy loca''  (aquí intervienen, por supuesto, algunos ''responsables sociales'' de  mayor  . . . . . consideración), el aislamiento, el control de comunicaciones,  la exclusión social y hasta la reducción a situación de hambre física continúan hasta hoy . . .

''Di que quieres, ya sabes que lo tuyo no va a ir por JUSTICIA'' (SÍÍÍC!!!!)


En fin, me dejo bastantes ''cuestiones'', testimonios y nombres (pero creo que bien estaría en un hilo especial dedicado al tema de la corrupción ''industrializada'' en la Costa del Sol.


Gracias y perdón por el tocho.




 

Título: Re:Aló justicia
Publicado por: Aleph Numerable en Noviembre 28, 2012, 12:51:11 pm
Gracias Aleph. Ya lo he copypasteado en burbuja y en seguida han acudido las diez mil moscas ciberbansorayas del foro.

En este asunto vas a tener enfrente a toda la caterva (cibersorayos, ciberpepiños, ciberconvergentes,...), sea del partido político que sea, es un objetivo común el acabar de una vez por todas con la poca independencia que le queda a la Justicia, sobre todo a los puñeteros jueces instructores, que se les da por instruir lo que no conviene. Si la instrucción la lleva el Fiscal, basta una llamada del superior jerárquico, y ahí se acabo todo.

La ley de tasas no es más que una privatización encubierta de la Justicia, muy sutil eso sí, los grandes asuntos (con grandes tasas) que se diriman entre los patricios se quedan en las instancias superiores, mientras que el vulgo, la lumpencanalla, se queda en primera instancia, si se lo puede permitir. Es un regreso al Derecho Romano, retrocedemos 2000 años de una tacada, con ipads y smartphones.

Otra mentira han sido las declaraciones respecto a la barrera de ingresos para las tasas, unos 1.100 €. estamos viendo casos de gente que ha sido desahuciada, a la que el banco no le da la santa gana de inscribir el inmueble adjudicado, con lo que sigue apareciendo en el Registro a nombre del antiguo propietario, y se le deniega la justicia gratuita por patrimonio a pesar de no ser capaz ni de llegar a fin de mes.


De nuevo se miente al respecto de los afectados por esto y las implicaciones, ¿vas a llevar a los tribunales a una empresa por abuso si sabes que te va a costar 1200 €, cuando las facturas objeto de litigio suman 400 €? un gran negocio y un gran favor a las eléctricas, telecos, bancos,...Lo mismo pasa con las sanciones de la Administración, no compensará recurrirlas, se pasa de un entorno sancionador, a una recaudación de impuestos revolucionarios.

Siguiente mentira: las tasas las pagas, pero si ganas el juicio, le imponen costas a la otra parte y las recuperas. Falso, no siempre es así, si litigas contra la Administración, nunca le imponen costas y ellos no pagan tasa ninguna, o si la parte contraria es un insolvente, ahí te quedas con cara de tonto, con el caso ganado, y el bolsillo vacío.

Podríamos seguir hasta la saciedad con las leyes que se han aprobado esta temporada, como la 7/2012, de lucha contra el fraude, al final lo que están configurando es un espacio jurídico donde la arbitrariedad, la indeterminación jurídica, la ausencia de paridad de armas y la inseguridad jurídica va a machacar al ciudadano de a pie, y hará huir a las empresas españolas y a los inversores extranjeros, pues en un entorno de este tipo, las rentabilidades esperadas no compensan el riesgo país.

Esto no es futuro, es presente, basta ver las cifras de salida de capitales de España, el que puede, deshace posiciones y se marcha, aquí queda cada vez menos a ganar y cada vez más que perder.
Título: Re:Aló justicia
Publicado por: Aleph Numerable en Noviembre 28, 2012, 13:14:00 pm
Si alguien me echa una mano, os voy pasando los artículos y análisis técnicos sobre todas estas cuestiones. Yo tengo a acceso a ellos a través de las bases de datos de pago que tenemos en el despacho, pero no sé cómo pegar aquí los textos.
Título: Re:Aló justicia
Publicado por: Gardel en Noviembre 28, 2012, 13:35:26 pm
si son largos aquí no van a caber, lo suyo sería abrirse un SCRIBD de T.E dónde ir recopilando documentación y desde aquí enlazar con aquello.
¿como lo ven?
les recuerdo otra vez el subforo para divulgación y acciones...
Título: Re:Aló justicia
Publicado por: CHOSEN en Noviembre 28, 2012, 13:49:20 pm
Aleph, si no me equivoco existe un apartado que se había implantado en base a un plugin para contenido multimedia o algo así. Se pretendía tener centralizados pdfs, videos, articulos y demás que se fueran encontrando por la red, ya que sino se acaba perdiendo todo entre cientos y cientos de posts.
Yo no lo he usado pero por ahí debe estar y es una muy buena idea tener esta información accesible.
Título: Re:Aló justicia
Publicado por: Gardel en Noviembre 28, 2012, 14:01:08 pm
Aleph, si no me equivoco existe un apartado que se había implantado en base a un plugin para contenido multimedia o algo así. Se pretendía tener centralizados pdfs, videos, articulos y demás que se fueran encontrando por la red, ya que sino se acaba perdiendo todo entre cientos y cientos de posts.
Yo no lo he usado pero por ahí debe estar y es una muy buena idea tener esta información accesible.

dónde?
Título: Re:Aló justicia
Publicado por: Aleph Numerable en Noviembre 28, 2012, 14:22:23 pm
Ya tenemos la declaración demagógica del día, y se queda tan ancho:

http://www.elconfidencial.com/espana/2012/11/28/gallardon-contraataca-justicia-gratis-para-victimas-de-genero-terrorismo-y-menores-110137/# (http://www.elconfidencial.com/espana/2012/11/28/gallardon-contraataca-justicia-gratis-para-victimas-de-genero-terrorismo-y-menores-110137/#)
Título: Re:Aló justicia
Publicado por: CHOSEN en Noviembre 28, 2012, 14:36:57 pm
No lo sé porque nunca lo he usado  :-[
Era algo de un plugin que se lalmaba Aeva o algo así. Tal vez sea el botón MEDIA que sale entre tags y stafflist (menu superior). Starkiller podrá informar mejor, ya que fue él quien lo instaló y sabe como funciona.
Título: Re:Aló justicia
Publicado por: NosTrasladamus en Noviembre 28, 2012, 14:50:17 pm
He enviado el artículo de Aleph a un par de conocidos del gremio (licenciados en derecho, que trabajan "de lo suyo"). Os dejo la respuesta de uno de ellos...
Citar
Algo oscuro tiene que haber para liar la que están liando.

Además de los objetivos que cuenta quien lo ha escrito, y que están ahí mismo (solo es necesario modificar unas leyes y crear otras nuevas (o repetir la de los juzgados de distritos del año 77-o por ahí-)) ahora que tienen mayoria, y no van a deber favores a nadie, intentarán asegurarse un retiro "tranquilo" sin que les toquen los cojones con demandas y querellas (ni a ellos ni a quien ellos quieran, claro).

Pero no solo eso. Quien puede llegar a una segunda instancia, a la revisión de la sentencia, es quien tiene pasta. Ni mas ni menos. Y la gente se cansa, y alguno se tomará la justicia por su mano y el recurso de apelación o suplicación será sacar la escopeta. Y aquí paz y después gloria.

La ley de tasas no se aplica al ámbito penal, pero si al civil. Todos los temas de tierras (del vecino que se quedó con unos olivos, o con una finca, o un problema de lindes...), de compra-venta de inmuebles...se llevan por ese orden.

Los temas laborales van al orden social. Si le dices a un trabajador que necesita un mínimo de 500 € para un recurso y no lo tiene, acabará "recurriendo" a otros medios (aunque solo sea quemarle el coche al empresario). Aqui se escuchan amenazas y algunos tiene que esperar para salir... y eso que este es el primer paso, imaginate que fuese el último y no pudieras hacer nada más...

Y entonces el problema no estará ya en casa del legislador o del gobierno, si no en la de la gente que, sin comerlo ni beberlo, frustrada y hasta las narices, pase de la "justicia instituida".

El tema da para mucho. Cierras la puerta a la revisión de un caso si la parte que pierde no tiene dinero. Y eso supone jugarselo todo a una carta, porque, al final, cuando el caso llega a uno u otro juez ya sabes, casi al 100%, cuál va a ser la dirección de la sentencia.

Es curioso que el otro modelo de liquidación de tasas del que hablaba la norma, el del Instituto de Toxicología, si que esté publicado.....
Título: Re:Aló justicia
Publicado por: Dan en Noviembre 28, 2012, 15:31:25 pm
No lo sé porque nunca lo he usado  :-[
Era algo de un plugin que se lalmaba Aeva o algo así. Tal vez sea el botón MEDIA que sale entre tags y stafflist (menu superior). Starkiller podrá informar mejor, ya que fue él quien lo instaló y sabe como funciona.

Y Google docs?
Título: Re:Aló justicia
Publicado por: pringaete en Noviembre 28, 2012, 15:42:50 pm
Mis dos céntimos.

En la parte del sector que conozco están escocidos adelantando las demandas todo lo que pueden. Mucho trabajo ahora pero sabiendo que disminuirá un montón en cuanto se apliquen las tasas. Pan para hoy y hambre para mañana. Todo el mundo sabe que va a perjudicar muchísimo a miles de abogados con despachos pequeños que se dedican al menudeo. Muchísima gente que antes litigaba va a dejar de hacerlo. Se han nombrado las promotoras. Yo añado las aseguradoras. Muchísimos abogados viven (o vivían hasta ahora) de demandas pequeñas contra las compañías en las que se reclamaban cantidades menores sin coste para el demandante (abogado, perito e incluso fisioterapeuta tratante cobraban tras el acuerdo).

A esto hay que añadir el nuevo baremo que están cocinando al gusto de las compañías (ya he comentado en otra parte que la señora directora de pensiones y seguros viene de dirigir un departamento de mutua madrileña). Entre ambas reformas van a suponer un shock a todo el mundillo.

Aunque en realidad la primera va a ser contraproducente. Según leo por aquí en lo penal no se aplican tasas, lo que automáticamente supondrá que todas esas demandas a las aseguradoras se harán por lo penal. Saturando el ámbito penal también (¿siguiente vuelta de rosca? ¿siguiente área a destrozar para venir luego con soluciones impopulares?).

Al final es lo de siempre, la vieja medida de manipulación: crear un problema para ponerse medallas solucionando lo que se ha causado (y si de camino podemos enriquecer a unos cuantos amiguetes, miel sobre hojuelas ¿verdad?).
Título: Re:Aló justicia
Publicado por: Gardel en Noviembre 28, 2012, 15:49:59 pm
Cuando abrí el hilo no lo hice tanto por el tema de las tasas como por intentar vigilar lo que están haciendo con la justicia, porque considero que es el pilar a mantener por encima de cualquier otro.
El post de Aleph abre la visión hacia eso; las tasas son ruido, un error provocado para el circo y cortina de humo, aprovechemos que el tema está en el candelero para informarnos y divulgar, así que bienvenidas sean las informaciones y ya iremos viendo en que formato las dispersamos.
Aleph, a su servicio para lo que necesite!
Título: Re:Aló justicia
Publicado por: John Nash en Noviembre 28, 2012, 15:55:29 pm

En este asunto vas a tener enfrente a toda la caterva (cibersorayos, ciberpepiños, ciberconvergentes,...), sea del partido político que sea, es un objetivo común el acabar de una vez por todas con la poca independencia que le queda a la Justicia, sobre todo a los puñeteros jueces instructores, que se les da por instruir lo que no conviene. Si la instrucción la lleva el Fiscal, basta una llamada del superior jerárquico, y ahí se acabo todo.
Sera casualidad que en Francia Sarkozy acabara con el juez instructor?
Por cierto he copypasteado de nuevo tu comentario en Burbuja.
Título: Re:Aló justicia
Publicado por: nora en Noviembre 28, 2012, 16:01:33 pm
Ya sé que el TC, al final, es por desgracia el órgano más político de todos. Pero me gustaría saber, Aleph, si consideras probable que muchas de esas medidas superaran un recurso de inconstitucionalidad. En la ley de tasas es que lo veo tan claro!

En fin, yo confio en que el Poder Judicial no tolere tantísimas intromisiones. Y probablemente lo mejor que nos podría pasar como país es que la castuza se pasara de frenada con los jueces y éstos respondieran.
Título: Re:Aló justicia
Publicado por: Trisquel en Noviembre 28, 2012, 16:03:49 pm
Aleph, vete preparando que ya estamos en el Far West.

http://www.elcorreogallego.es/galicia/ecg/detenido-un-sarriano-por-disparar-un-balinazo-a-su-abogado/idEdicion-2012-11-28/idNoticia-778731 (http://www.elcorreogallego.es/galicia/ecg/detenido-un-sarriano-por-disparar-un-balinazo-a-su-abogado/idEdicion-2012-11-28/idNoticia-778731)

De subastas, subasteros, juzgados de proximidad y demás injusticias, se un rato largo. Como sufridor siempre, eso sí.
Título: Re:Aló justicia
Publicado por: Aleph Numerable en Noviembre 28, 2012, 16:09:59 pm
Cuando abrí el hilo no lo hice tanto por el tema de las tasas como por intentar vigilar lo que están haciendo con la justicia, porque considero que es el pilar a mantener por encima de cualquier otro.
El post de Aleph abre la visión hacia eso; las tasas son ruido, un error provocado para el circo y cortina de humo, aprovechemos que el tema está en el candelero para informarnos y divulgar, así que bienvenidas sean las informaciones y ya iremos viendo en que formato las dispersamos.
Aleph, a su servicio para lo que necesite!

Hoy que hacer todo lo posible para divulgar esto, no me canso de insistir a la gente de Justicia que se esfuercen en comunicar, en informar al gran público, porque ahí está la clave del apoyo que necesitan, ellos son la última barrera antes de la ley de la selva, y hay que apoyarlos, porque son nuestros derechos lo que está en juego.

Ya sé que el TC, al final, es por desgracia el órgano más político de todos. Pero me gustaría saber, Aleph, si consideras probable que muchas de esas medidas superaran un recurso de inconstitucionalidad. En la ley de tasas es que lo veo tan claro!

En fin, yo confio en que el Poder Judicial no tolere tantísimas intromisiones. Y probablemente lo mejor que nos podría pasar como país es que la castuza se pasara de frenada con los jueces y éstos respondieran.

El PSOE va a presentar el mes que viene un recurso ante el TC, pero ya se cuenta con eso, al ritmo al que resuelve el TC, va para largo, pero mientras tanto, a pagar como chinos, si luego se tumba la ley, los que han pagado no van a ver un duro.

Te pego un análisis de primera al respecto, al ser profesional, te resultará fácil de analizar. Contiene el análisis de las principales cuestiones en liza.

Título: Re:Aló justicia
Publicado por: Aleph Numerable en Noviembre 28, 2012, 16:11:34 pm
Análisis sobre la viabilidad constitucional de la Ley 10/2012, de 20 de noviembre, de tasas judiciales

(SSTC de 16 de febrero y 1 de octubre de 2012)
Vicente Magro Servet
Presidente de la Audiencia Provincial de Alicante. Doctor en Derecho
Práctica de Tribunales, Nº 2254-948X (Portal de Revistas), 22 Nov. 2012, Editorial LA LEY
Diario La Ley, Nº 7971, Sección Tribuna, 23 Nov. 2012, Editorial LA LEY
LA LEY 18885/2012

Análisis sobre la reciente y controvertida Ley de tasas judiciales y el debate sobre su constitucionalidad, o no, a raíz de las recientes sentencias del TC de 16 de Febrero y 1 de Octubre de 2012 que avalan la constitucionalidad del establecimiento de imposición de tasas en el acceso a la justicia, pero destacándose que el límite se centra en el carácter proporcional o no de las cifras de las tasas a aplicar. Por ello, la clave radicará en si la suma de tasa fija y la variable a aplicar en cada caso rozará el límite de lo que se entiende por permitido para ser considerado como «excesivo» por el TC. Pero deberá analizarse si su viabilidad final pasa el canon de constitucionalidad atendiendo a lo que fija la STC de 16 de febrero de 2012 en relación a la del Tribunal Europeo de Derechos Humanos en el caso Kreuz contra Polonia, de 19 de junio de 2001 (asunto núm. 28249/95) en relación a que la cuantía de las tasas no debe ser excesiva, a la luz de las circunstancias propias de cada caso, de tal modo que impida satisfacer el contenido esencial del derecho de acceso efectivo a la justicia.
1. INTRODUCCIÓN

La aprobación de la Ley 10/2012, de 20 de noviembre, por la que se regulan determinadas tasas en el ámbito de la Administración de Justicia y del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses ha sido recibida no con pocas críticas desde todos los colectivos jurídicos, al considerar que dificultar el acceso a la Administración de Justicia puede ser considerado como una forma de restringir u obstaculizar el derecho a la tutela judicial efectiva. No obstante, el establecimiento y fijación de tasas judiciales no es nuevo, ya que, como señala la Exposición de Motivos de la Ley 10/2012, ya se implantó en la Ley 53/2002, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social, que recuperó en el ámbito de la Administración de Justicia la tasa por el ejercicio de la potestad jurisdiccional, modelo que fue objeto de alguna modificación reciente, en particular por la Ley 4/2011, de 24 de marzo, de modificación de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, para facilitar la aplicación en España de los procesos europeos monitorio y de escasa cuantía, que extendió el pago de la tasa a los procesos monitorios, ante las distorsiones que entonces se detectaron y poco después la Ley 37/2011, de 10 de octubre, de Medidas de Agilización Procesal.

Es decir, que esta Ley no introduce mayor novedad que la del incremento en la implantación en las tasas según una escala que desde muchos puntos de vista se ha considerado desproporcionada. ¿Y por qué se introducen las tasas judiciales? Pues no podemos olvidar que la plasmación de las mismas viene a suponer un sistema de financiación, ya que el propio TC ya declaró en la sentencia de fecha 16 de febrero de 2012 que no se suscitan dudas acerca de la legitimidad de los fines que persigue la tasa, en cuanto se dirige a financiar el servicio público de la Administración de Justicia con cargo a los justiciables que más se benefician de la actividad jurisdiccional, disminuyendo correlativamente la financiación procedente de los impuestos, a cargo de todos los ciudadanos. El Estado lo que pretende con esta vía es potenciar los sistemas de financiación, no restringir el acceso, pero al final la consecuencia de su imposición ciertamente es esta segunda, claro está. Pero este debate ha tenido una respuesta más reciente del propio TC en sentencia de fecha 1 de octubre de 2012 en la que avala la fijación de tasas judiciales para acceder a la Administración de Justicia apuntando, como veremos, que ante un supuesto en el que no se abonó ni justificó el pago de la tasa para recurrir apunta el TC que el cierre del acceso al recurso de apelación civil promovido por la sociedad mercantil demandante de amparo, que no acompañó a su escrito de recurso de apelación el justificante de la autoliquidación de la tasa judicial prevista en el citado art. 35 de la Ley 53/2002, de 30 de diciembre, ni corrigió tampoco ese defecto en el plazo de subsanación que le concedió el órgano judicial para hacerlo, es una decisión que no puede considerarse rigorista ni desproporcionada ni, por tanto, contraria al art. 24.1 CE, en su vertiente de derecho de acceso al recurso, y sí solo, en cambio, imputable a la propia falta de diligencia procesal de la sociedad mercantil recurrente.

Pero vamos a comprobar que si al final se opta por acudir al TC por parte de los legitimados para ello, la clave ya se ha puesto de manifiesto en la STC de 16 de febrero de 2012 en el sentido de que esta viabilidad constitucional dependerá de la consideración acerca del carácter excesivo o no de la tasa impuesta que se exige en la Ley para el acceso a la justicia del justiciable. Y en este sentido deberá determinarse si la suma de la tasa fija y la tasa variable del juego de la combinación de los artículos 6 y 7 de la Ley, según cada caso, entra o no en el exceso que cuestiona el TC en esta sentencia para concluir si es constitucional la norma y si efectivamente está impidiendo «en exceso» el acceso a la justicia.

2. EL TC YA HA VALIDADO EL ESTABLECIMIENTO DE TASAS JUDICIALES EN EL ACCESO A LA JUSTICIA EN LA SENTENCIA 20/2012, DE 16 DE FEBRERO DE 2012

a) Planteamiento de la cuestión de inconstitucionalidad por el establecimiento de tasas judiciales en la Ley 53/2002

En efecto, recordemos que se planteó en su momento cuestión de inconstitucionalidad núm. 647-2004, suscitada por el Juzgado de Primera Instancia núm. 8 de A Coruña, en relación con el artículo 35, apartado 7, párrafo 2, de la Ley 53/2002, de 30 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y del orden social, al entender que el art. 35 de la Ley 53/2002 establece un sistema de acceso a la jurisdicción mediante el pago de una tasa en determinados supuestos, constituyendo el hecho imponible de la misma el ejercicio de la potestad jurisdiccional a instancia de parte en los órdenes civil y contencioso-administrativo, precisando el apartado 7.2 de dicho precepto que «el justificante del pago de la tasa con arreglo al modelo oficial, debidamente validado, acompañará a todo escrito procesal mediante el que se realice el hecho imponible de este tributo, sin el cual el Secretario Judicial no dará curso al mismo, salvo que la omisión fuere subsanada en un plazo de diez días».

Por ello, los órganos judiciales han venido entendiendo que si no se abona la tasa ni siquiera en el plazo de subsanación, la consecuencia es la no admisión de la demanda mediante el dictado de una resolución en forma de Auto [art. 206.2.2 de la Ley de enjuiciamiento civil (LEC), en conexión con el art. 266.5 de la misma ley]. Y así lo ha reflejado esta Ley 10/2012 como más tarde veremos. Por ello, el citado juzgado de A Coruña entendió que este planteamiento determina que el art. 35.7.2 de la Ley 53/2002, suscite dudas de constitucionalidad por vulneración del derecho de acceso al proceso, regulado en el art. 24.1 CE.

Recuerda el TC que las tasas o aranceles judiciales no son algo que se haya implantado en las normas antes expuestas, sino que se remontan a los orígenes de los Tribunales de justicia en España. Así, en el momento en que fue aprobada la Constitución española se encontraban reguladas por el Decreto 1035/1959, de 18 de junio, que convalidó y reguló la exacción de las numerosas y variadas tasas judiciales que se encontraban vigentes en aquel entonces, en cumplimiento de la racionalización impuesta por la Ley de 26 de diciembre de 1958, reguladora de las tasas y exacciones parafiscales. Sin embargo, las tasas que gravaban la actividad judicial fueron suprimidas posteriormente, por la Ley 25/1986, de 24 de diciembre. Esta Ley recordaba en su preámbulo que la Constitución dispone que «la justicia será gratuita cuando así lo disponga la Ley» (art. 119 CE); y que la libertad y la igualdad sólo serán reales y efectivas si todos los ciudadanos pueden obtener justicia «cualquiera que sea su situación económica o su posición social». Luego añadía que «la ordenación actual de las tasas judiciales, sobre ser incompatible con algunos principios tributarios vigentes, es causante de notables distorsiones en el funcionamiento de la Administración de Justicia», relacionadas con el hecho de que eran los Secretarios judiciales quienes debían encargarse de la gestión del tributo. Con ello, vemos que en el año 1986 se anularon las tasas judiciales, pero hemos visto que seis años después, en 2002, se recuperaron hasta la actual Ley 10/2012 pasando por las que ya hemos reflejado.

Traemos a colación la sentencia del TC en este estudio porque se trata de una sentencia recientísima del mes de febrero de 2012 y sobre un tema o materia realmente idéntico al que ahora analizamos, cual es la imposición de tasas judiciales, y, sobre todo, por cuanto desde distintos sectores ya se ha advertido que se va a acudir al TC para suscitar la inconstitucionalidad de la Ley 10/2012.

b) Distinción entre el establecimiento de tasas en las demandas y en los recursos

No obstante, el TC ya se ha pronunciado sobre este tema, distinguiendo la relevancia constitucional de la imposición de tasas por presentar demandas de la imposición de tasas para interponer recursos, y así se insiste por el TC que desde la Sentencia de Pleno 37/1995, de 7 de febrero (FJ 5), el TC ha subrayado el diferente relieve constitucional que posee el derecho de acceso a la jurisdicción y el de acceso a los recursos legalmente establecidos.

a) Derecho de acceso a la justicia: El derecho a acceder a la justicia es un componente medular del derecho fundamental a la tutela judicial efectiva proclamado por el precepto constitucional y que no viene otorgado por la ley, sino que nace de la Constitución misma.
a. El principio hermenéutico pro actione protege el derecho de acceso a la justicia, dada la diferente trascendencia que cabe otorgar —desde la perspectiva constitucional— a los requisitos legales de acceso al proceso, en tanto pueden obstaculizar o eliminar el derecho de los ciudadanos a someter el caso al conocimiento y pronunciamiento de un Juez y por tanto causar indefensión.
b) Derecho a los recursos. Por el contrario, el derecho a acceder a los recursos legales se incorpora al derecho fundamental en la concreta configuración que reciba de cada una de las leyes de enjuiciamiento que regulan los diferentes órdenes jurisdiccionales, salvo en lo relativo al derecho del condenado a la revisión de su condena y la pena impuesta (SSTC 42/1982, de 5 de julio; 33/1989, de 13 de febrero; y 48/2008, de 11 de marzo); el derecho al recurso legal no nace directamente de la Constitución, sino de lo que hayan dispuesto las leyes procesales que los crean, y se incorpora al derecho fundamental en su configuración legal (en el mismo sentido, entre otras muchas, SSTC 46/2004, de 23 de marzo, FJ 4; 15/2006, de 16 de enero, FJ 3; 181/2007, de 10 de septiembre, FJ 2; y 35/2011, de 28 de marzo, FJ 3).
a. El control constitucional de los requisitos de admisión de los recursos legalmente establecidos es más laxo, puesto que lo que se pide en ese momento no es más que la revisión de la respuesta judicial contenida en la Sentencia de instancia previamente dictada la cual, si resuelve el fondo del asunto, ya habría satisfecho el núcleo del derecho fundamental a una tutela judicial efectiva sin indefensión de todas las partes procesales, y el acceso al recurso debe ser contrapesado con el derecho de las otras partes a un proceso sin dilaciones indebidas y a la ejecución de lo resuelto (SSTC 55/1995, de 6 de marzo, FJ 2; 309/2005, de 12 de diciembre, FJ 2; 51/2007, de 12 de marzo, FJ 4; y 27/2009, de 26 de enero, FJ 3).
c) ¿Cómo se debe financiar la justicia? ¿Con impuestos de ciudadanos que pueden no tener que acceder a ella o con tasas judiciales?

Frente al pronunciamiento de la Ley antes citada de 1986 que anuló las tasas, vemos que el legislador tuvo que dar marcha atrás en el año 2002 y vuelve de nuevo a implantar las tasas judiciales, y aunque esta Ley de 1986 insistió en que la justicia puede ser declarada gratuita, el TC en la sentencia de 16 de febrero de 2012 insiste en que pese a que se diga que es gratuita «resulta obvio que la justicia no es gratis». Y añade una conclusión demoledora al afirmar que si los justiciables no abonan el coste del funcionamiento de la justicia, el Poder judicial debe ser financiado mediante impuestos, sufragados por los contribuyentes. Aunque resulta evidente que la justicia, en tanto que garantía del Estado de Derecho, implica beneficios colectivos que trascienden el interés del justiciable considerado individualmente, lo cierto es que la financiación pura mediante impuestos conlleva siempre que los ciudadanos que nunca acuden ante los Tribunales estarían coadyuvando a financiar las actuaciones realizadas por los Juzgados y las Salas de justicia en beneficio de quienes demandan justicia una, varias o muchas veces.

Optar por un modelo de financiación de la justicia civil mediante impuestos o por otro en el que sean los justiciables quienes deben subvenir a los gastos generados por su demanda de justicia mediante tasas o aranceles, o bien por cualquiera de los posibles modelos mixtos en donde el funcionamiento de los Tribunales del orden civil es financiado parcialmente con cargo a los impuestos y con cargo a tasas abonadas por quienes resultan beneficiados por la actuación judicial, en distintas proporciones, es una decisión que en una democracia, como la que establece la Constitución española, corresponde al legislador.

Como ha declarado una consolidada jurisprudencia, el legislador goza de un amplio margen de libertad en la configuración de los impuestos y los demás tributos que sirven para sostener los gastos públicos (SSTC 27/1981, de 20 de julio, FJ 4; 221/1992, de 11 de diciembre, FJ 5; 96/2002, de 25 de abril, FJ 6; y 7/2010, de 27 de abril, FJ 6). En el ejercicio de su libertad de configuración normativa, el legislador debe tomar en consideración las circunstancias y los datos relevantes, atendida la naturaleza y finalidad de los distintos impuestos, tasas y otras figuras tributarias que puede establecer, dentro de los márgenes constitucionales [STC 185/1995, de 14 de diciembre, FJ 6 a)]. Ya el TC en la Sentencia 214/1994, de 14 de julio, señaló también que «es obvio que el legislador puede estar guiado por razones de política financiera o de técnica tributaria, que le lleven a elegir la regulación más conveniente o adecuada».

d) La gratuidad de la justicia recuerda el TC que se aplica solo en determinados casos debidamente acreditados

El TC insiste en que la Constitución no ha proclamado la gratuidad de la administración de justicia, sino «un derecho a la gratuidad de la justicia… en los casos y en la forma que el legislador determine», tal y como dispone el art. 119 CE. «El reconocimiento de esta amplia libertad de configuración legal resulta manifiesta en el primer inciso del art. 119 al afirmar que 'la justicia será gratuita cuando así lo disponga la ley'. El legislador podrá atribuir el beneficio de justicia gratuita a quienes reúnan las características y requisitos que considere relevantes, podrá modular la gratuidad en función del orden jurisdiccional afectado —penal, laboral, civil, etc.— o incluso del tipo concreto de proceso y, por supuesto, en función de los recursos económicos de los que pueda disponer en cada momento». Es cierto que la Constitución ha explicitado un contenido constitucional del derecho a la gratuidad de la justicia que resulta indisponible y que acota la facultad de libre disposición del legislador. Lo hace en el segundo inciso del art. 119 CE, al proclamar que «en todo caso» la gratuidad se reconocerá «a quienes acrediten insuficiencia de recursos para litigar». Este concepto jurídico indeterminado ha sido precisado por varias Sentencias de este Tribunal, entre las que se encuentran la STC 16/1994, de 20 de enero, que acabamos de recordar, junto a las SSTC 12/1998, de 15 de enero; 117/1998, de 2 de junio; y 95/2003, de 22 de mayo. Y concluye que el régimen vigente de las tasas judiciales que gravan la presentación de demandas civiles, a cuya eficacia sirve el mecanismo previsto en el precepto sometido a control en este proceso, es plenamente respetuoso con las previsiones constitucionales sobre la gratuidad de la justicia. Y quizás recogiendo estos pronunciamientos del TC la propia Exposición de Motivos de la Ley 10/2012 apunta que el derecho a la tutela judicial efectiva no debe ser confundido con el derecho a la justicia gratuita.

e) El establecimiento de tasas judiciales solo sería inconstitucional si el establecimiento en la cuantía de las tasas judiciales que se impongan fueran obstaculizadoras del acceso a la justicia en cuantía «irrazonable»

Este es una conclusión que adquiere una importante relevancia en el estado actual de la cuestión ante la aprobación de la Ley 10/2012, ya que será la interpretación o valoración de las cuantías impuestas como tasas las que determinarán si su fijación es o no inconstitucional, ya que se pronuncia el TC manifestando que la conclusión antes expuesta sólo podría verse modificada si se mostrase que la cuantía de las tasas establecidas por la Ley 53/2002, de 30 de diciembre, ( y ahora las de la Ley 10/2012) son tan elevadas que impiden en la práctica el acceso a la jurisdicción o lo obstaculizan en un caso concreto en términos irrazonables.

Y recuerda el TC que en esta misma línea se ha pronunciado el Tribunal Europeo de Derechos Humanos que, a partir de la Sentencia Kreuz contra Polonia, de 19 de junio de 2001 (asunto núm. 28249/95), mantiene que el requisito de abonar tasas judiciales en procesos civiles no infringe por sí solo el derecho de acceso a un tribunal protegido por el art. 6.1 del Convenio de Roma. Sin embargo, la cuantía de las tasas no debe ser excesiva, a la luz de las circunstancias propias de cada caso, de tal modo que impida satisfacer el contenido esencial del derecho de acceso efectivo a la justicia (§§ 60 y 66; en el mismo sentido, SSTEDH de 26 de julio de 2005, Kniat c. Polonia, as. 71731/01; 28 de noviembre de 2006, Apostol c. Georgia, as. 40765/02; y 9 de diciembre de 2010, Urbanek c. Austria, as. 35123/05).

Estos criterios son compartidos por la Unión Europea, en virtud del derecho a una tutela judicial efectiva que ha consagrado el art. 47 de la Carta de los derechos fundamentales, tal y como ha expuesto la Sentencia del Tribunal de Justicia de 22 de diciembre de 2010 en el asunto DEB Deutsche Energiehandels- und Beratungsgesellschaft mbH (núm. C-279/09).

De gran relevancia al objeto que ahora estamos analizando es este pronunciamiento no solo del TC, sino del TEDH al fijar que la cuantía de las tasas no debe ser excesiva, a la luz de las circunstancias propias de cada caso, de tal modo que impida satisfacer el contenido esencial del derecho de acceso efectivo a la justicia, interpretación acerca de si las cuantías que incluye la Ley 10/2012 son excesivas o no que será lo que determine si esta Ley es o no inconstitucional, si, como se ha avanzado, finalmente se acude al TC.

Pese a ello y en términos generales el TC sostiene y concluye que es constitucional subordinar la prestación de la actividad jurisdiccional en el orden civil al abono de unas tasas judiciales por la interposición de la demanda, tal y como establece el art. 35 de la Ley 53/2002, de 30 de diciembre, y que carece de lógica reprochar que el legislador haya decidido que la contribución de los justiciables a la financiación de la justicia se produzca mediante tasas, cuyo previo pago es requerido como regla general para obtener el beneficio ínsito en la prestación pública, siendo evidente que las tasas judiciales establecidas por la Ley 53/2002 como condición para que los Tribunales del orden jurisdiccional civil den curso a las demandas presentadas por los justiciables son tributos cuyo hecho imponible no es ajeno a la función jurisdiccional y que imponen una carga económica que persigue un fin vinculado al proceso mismo.

3. PARTICULARIDADES DE LA LEY 10/2012 DE TASAS JUDICIALES

a) La consecuencia del no pago de la tasa conlleva la no admisión de la demanda o del recurso

La Exposición de Motivos de la Ley 10/2012 destaca que la regulación de la tasa judicial no es sólo una cuestión meramente tributaria, sino también procesal. El nuevo marco de la tasa parte, por un lado, de que su gestión económica corresponde al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas. Pero, por otro, se tiene en cuenta la puesta en marcha de la Oficina Judicial y las competencias del Secretario judicial, que comprobará en cada caso si efectivamente se ha producido el pago de la tasa, previéndose para el caso de que no se haya efectuado que no dé curso a la actuación procesal que se solicite.

Pero recordemos que el propio TC en la sentencia de fecha 1 de Octubre de 2012 recordó que ante el planteamiento de un recurso de amparo por negar el acceso a un recurso por falta de pago de la tasa el recurrente consideraba que «el pago de la correspondiente tasa que exige el art. 35 de la ley 53/2002 no es una exigencia de carácter procesal, sino exclusivamente tributario, de forma que su incumplimiento no puede producir consecuencias desfavorables en el plano jurídico procesal ni, en particular, determinar la inadmisión del recurso de apelación. En su criterio, ese incumplimiento habilita simplemente a que el Secretario Judicial no dé curso al correspondiente escrito procesal, pero nada más». En este caso, también la Fiscalía tenía esta interpretación que añade por su parte que, en aplicación del principio hermenéutico más favorable a la efectividad del derecho al recurso que garantiza el art. 24.1 CE, la no presentación del justificante del pago de la correspondiente tasa judicial debiera determinar la suspensión del proceso hasta que se produzca el pago, nunca la inadmisión del recurso.

Pero el TC no comparte esta tesis y entiende que «entender que tan solo se debe suspender el proceso dañaría la integridad del proceso judicial, dado que generaría un número indeterminado de procesos suspendidos sine die por factores completamente ajenos a la mejor administración de justicia, que se acumularían en la Secretaría de los Tribunales con grave riesgo para el derecho a un proceso sin dilaciones indebidas y sin beneficio aparente para ningún derecho o interés legítimo discernible». Y concluye que el cierre del acceso a la justicia mediante el archivo de la demanda o el cierre del acceso al recurso de apelación civil en casos de impago de tasas judiciales es la solución más acertada y «es una decisión que no puede considerarse rigorista ni desproporcionada ni, por tanto, contraria al art. 24.1 CE, en su vertiente de derecho de acceso al recurso, y sí solo, en cambio, imputable a la propia falta de diligencia procesal».

b) Hecho imponible

La afectación en la jurisdicción civil de la tasa judicial va a provocar a buen seguro un descenso de la litigiosidad. No nos engañemos. Pero sobre todo de los recursos de apelación en el orden civil y el de casación, ya que la fijación de una tasa de 800 euros para recurrir en apelación y de 1.200 en casación va a provocar un notabilísimo descenso en los recursos que, a su vez, va a conllevar que si eso se plasma, como así se espera una reducción se tenga que apostar por reconvertir secciones civiles en penales en muchas Audiencias Provinciales ante la notable desproporción de trabajo que esta Ley va a suponer, ya que no olvidemos que en el orden penal las tasas no tienen incidencia y a buen seguro, habidas cuenta que el Ministerio de Justicia no va a crear plazas judiciales en las Audiencias Provinciales sí que podría analizarse reconvertir secciones civiles en penales si, como se espera, descenderá el número de recursos de apelación en el orden civil, porque la cuantía de 800 euros dará lugar a que los litigantes no conformes con la sentencia de instancia se lo piensen antes de ordenar a su letrado que interponga el recurso.

En el orden civil hay que recordar que en el art. 2 de la Ley se contempla que Constituye el hecho imponible de la tasa el ejercicio de la potestad jurisdiccional originada por el ejercicio de los siguientes actos procesales:

a) La interposición de la demanda en toda clase de procesos declarativos y de ejecución de títulos ejecutivos extrajudiciales en el orden jurisdiccional civil, la formulación de reconvención y la petición inicial del proceso monitorio y del proceso monitorio europeo.
b) La solicitud de concurso necesario y la demanda incidental en procesos concursales.


d) La interposición del recurso extraordinario por infracción procesal en el ámbito civil.
e) La interposición de recursos de apelación contra sentencias y de casación en el orden civil y contencioso-administrativo.


g) La oposición a la ejecución de títulos judiciales.
Esta obligación solo queda excluida en los supuestos contemplados en el art. 4 como exenciones objetivas, es decir:

a) La interposición de demanda y la presentación de ulteriores recursos en relación con los procesos de capacidad, filiación y menores, así como los procesos matrimoniales que versen exclusivamente sobre guarda y custodia de hijos menores o sobre alimentos reclamados por un progenitor contra el otro en nombre de los hijos menores.


c) La solicitud de concurso voluntario por el deudor.


e) La presentación de petición inicial del procedimiento monitorio y la demanda de juicio verbal en reclamación de cantidad cuando la cuantía de las mismas no supere dos mil euros. No se aplicará esta exención cuando en estos procedimientos la pretensión ejercitada se funde en un documento que tenga el carácter de título ejecutivo extrajudicial de conformidad con lo dispuesto en el artículo 517 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil.
En estos tres casos quedarán exentos con lo que los supuestos de ejecuciones de títulos extrajudiciales sobre bienes inmuebles, tan criticado en la actualidad a expensas de la convalidación parlamentaria del Real Decreto Ley 27/2012 queda afectada por el pago de la tasa judicial y solo quedan excluidos subjetivamente del pago de la tasa (art. 4.2.a) las personas a las que se les haya reconocido el derecho a la asistencia jurídica gratuita, acreditando que cumplen los requisitos para ello de acuerdo con su normativa reguladora.

c) Devengo de la tasa

¿Cuándo se paga la tasa?

Pues el art. 5.1 circunscrito al orden jurisdiccional civil recoge que el pago de la tasa se acreditará con

a) Interposición del escrito de demanda.
b) Formulación del escrito de reconvención.
c) Presentación de la petición inicial del procedimiento monitorio y del proceso monitorio europeo.
d) Presentación de la solicitud de declaración del concurso por el acreedor y demás legitimados.
e) Presentación de demanda incidental en procesos concursales.
f) Interposición del recurso de apelación.
g) Interposición del recurso extraordinario por infracción procesal.
h) Interposición del recurso de casación.
i) Interposición de la oposición a la ejecución de títulos judiciales
Nada se dice de cuándo se presenta en el caso de la ejecución de los títulos extrajudiciales pero se entiende que cuando se inste su trámite.

d) Cuantías en el orden civil

Podemos elaborar el siguiente cuadro:

Juicio verbal y cambiario   Ordinario   Monitorio, monitorio europeo y demanda incidental en el proceso concursal   Ejecución extrajudicial y oposición a la ejecución de títulos judiciales   Concurso necesario   Apelación   Casación y extraordinario por infracción procesal
150 €   300 €   100 €   200  €   200 €   800 €   1200 €
No obstante, estas cuantías no son las únicas por cuanto a ellas habrá que añadirse, y aquí pueda estar la clave del problema sobre su constitucionalidad, la cuantía variable en atención a lo que dispone el art. 7.2 según el cual 2. Además, se satisfará la cantidad que resulte de aplicar a la base imponible determinada con arreglo a lo dispuesto en el artículo anterior el tipo de gravamen que corresponda, según la siguiente escala: fijando que de 0 a 1.000.000 de Euros en cuantía se aplica el 0,5% y para el resto el 0,25% con un máximo de 10.000 euros. Todo ello tomando como referencia el art. 6 que señala que 1. La base imponible de la tasa coincide con la cuantía del procedimiento judicial o recurso, determinada con arreglo a las normas procesales. Y en los casos de cuantía indeterminada se va a los 18.000 euros a los solos efectos de establecer la base imponible de esta tasa. Con ello, vemos que el problema radica en torno a la viabilidad constitucional, que el resultado final de aplicar la suma de la tasa fija y la variable que en muchos casos se va a disparar la cuantía de la tasa a abonar y puede rozar lo que el TC ha marcado de límites excesivos en la fijación de las tasas y en esta interpretación radicará el tema de si finalmente tiene que pronunciarse el TC lo declarará o no constitucional.

e) ¿Dónde se paga y que efectos produce el impago?

En el art. 8 de la Ley se establece que:

1. Los sujetos pasivos autoliquidarán esta tasa conforme al modelo oficial establecido por el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas y procederán a su ingreso en el Tesoro Público con arreglo a lo dispuesto en la legislación tributaria general y en las normas reglamentarias de desarrollo de este artículo.
Se debe acompañar con el escrito procesal de que se trate según cualquiera de los objetos antes vistos, y así en el apartado 2.º se recoge que:

2. El justificante del pago de la tasa con arreglo al modelo oficial, debidamente validado, acompañará a todo escrito procesal mediante el que se realice el hecho imponible de este tributo.
Y la consecuencia de la no aportación es la que ya fijó el TC y avaló en su constitucionalidad, ya que se deberá requerir por el impago y si no se subsana se da por finalizado el procedimiento, pero no se suspende, ya que:

«En caso de que no se acompañase dicho justificante, el Secretario judicial requerirá al sujeto pasivo para que lo aporte, no dando curso al escrito hasta que tal omisión fuese subsanada. La falta de presentación del justificante de autoliquidación no impedirá la aplicación de los plazos establecidos en la legislación procesal, de manera que la ausencia de subsanación de tal deficiencia, tras el requerimiento del Secretario judicial a que se refiere el precepto, dará lugar a la preclusión del acto procesal y a la consiguiente continuación o finalización del procedimiento, según proceda.»

f) La apuesta por aplicar la tasa judicial para potenciar la mediación

Hay un dato que es fundamental para «adivinar» uno de los objetivos de implantar la tasa, ya que uno ya hemos dicho (y lo recogió el propio TC) que es la financiación de la justicia, pero otro no menos importante lo es que se provoca con ello que se potencie el uso de la mediación. Y así lo insinúa la Exposición de Motivos de la Ley cuando señala que Con la finalidad básica de incentivar la solución de los litigios por medios extrajudiciales, se establece una devolución de la cuota de la tasa, en todos los procesos objeto de la misma, cuando se alcance una terminación extrajudicial que ahorre parte de los costes de la prestación de servicios. Se trata de una devolución de la cuota de la tasa que se efectuará después de que el Secretario judicial competente certifique que se ha terminado el proceso por dicha vía extrajudicial.

Para ello, el art. 8.5 recoge que Se efectuará una devolución del 60 por ciento del importe de la cuota de esta tasa, que en ningún caso dará lugar al devengo de intereses de demora, cuando, en cualquiera de los procesos cuya iniciación dé lugar al devengo de este tributo, se alcance una solución extrajudicial del litigio. Se tendrá derecho a esta devolución desde la firmeza de la resolución que ponga fin al proceso y haga constar esa forma de terminación.

Es decir, que en los casos de mediación intrajudicial si se llega a un acuerdo y se cierra se procederá a esta devolución, pero no podemos olvidar —y esto es muy importante— que con el establecimiento de las tasas judiciales lo que se quiere potenciar es la mediación extrajudicial, por la sencilla razón de que si se judicializa el conflicto hay que pagar tasa según el caso y si al final se deriva a la mediación intrajudicial se devuelve el 60% de la tasa satisfecha, pero lo que se va a calcular por los ciudadanos es que si es más económico el recurso a la mediación extrajudicial, en esta no hay tasas y se estará a la espera de que se desarrolle la Ley 5/2012 de mediación civil y mercantil y que se calcule el coste de la mediación para acudir a ella en lugar de hacerlo al proceso judicial como se ha hecho hasta este año en cifras cercanas a los dos millones de litigios civiles por año. No olvidemos esta interpretación del objetivo final de la Ley 10/2012 y la necesidad de que la mediación se potencie en los conflictos civiles que tengan los ciudadanos. Y por último apuntar que de llevarse al pronunciamiento del TC esta Ley 10/2012 mucho nos tememos que el TC mantenga el criterio que acaba de fijar, además, este mismo año en sentencias de 16 de febrero y 1 de octubre de 2012, cual es el de avalar la constitucionalidad de la imposición de las tasas judiciales salvo que analizando las cuantías de las tasas a abonar las considere excesivas, ya que, como se ha expuesto, la viabilidad constitucional de la norma dependerá de la consideración acerca del carácter excesivo o no de la tasa impuesta que se exige en la Ley para el acceso a la justicia del justiciable y en este sentido deberá determinarse si la suma de la tasa fija y la tasa variable según cada caso entra o no en el exceso que cuestiona el TC en esta sentencia para concluir si es constitucional la norma y si efectivamente está impidiendo «en exceso» el acceso a la justicia.

Como ya hemos expresado, vemos que el problema radica, en torno a la viabilidad constitucional, que el resultado final de aplicar la suma de la tasa fija y la variable que en muchos casos se va a disparar la cuantía de la tasa a abonar y puede rozar lo que el TC ha marcado de límites excesivos en la fijación de las tasas y en esta interpretación radicará el tema de que si finalmente tiene que pronunciarse el TC lo declarará o no constitucional.
Título: Re:Aló justicia
Publicado por: Gardel en Noviembre 28, 2012, 16:14:35 pm
http://www.canariasahora.es/articulo/sociedad/los-abogados-temen-la-privatizacion-del-turno-de-oficio/20091005192015203221.html (http://www.canariasahora.es/articulo/sociedad/los-abogados-temen-la-privatizacion-del-turno-de-oficio/20091005192015203221.html)
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Los abogados temen la privatización del Turno de Oficio

BELÉN MOLINA  |  28 de Noviembre de 2012 (15:08 h.)

Los abogados canarios temen que el Gobierno autónomo quiera privatizar el Turno de Oficio (como ya ha hecho la Comunidad de Madrid con Extranjería), tras haberles anunciado importantes rebajas en sus abonos por asistencia, sobre todo en lo que concierne a los juicios rápidos y los asuntos de Familia. Esta es la menos la impresión de los letrados de Tenerife y de Las Palmas de Gran Canaria, que este martes podrían acordar un preaviso de huelga que sería oficial el miércoles.

Mientras que el Colegio de abogados de Las Palmas ha convocado este martes a sus colegiados a su primera asamblea informativa para darles a conocer la modificación de las tarifas, los de Santa Cruz de Tenerife llevarán a cabo también una reunión, pero será una junta extraordinaria con este único punto a debatir, y en el que los letrados pedirán la suspensión cautelar del Turno.

Decretazo

Y es que lo que ya se conoce como "el decretazo" ha sublevado los ánimos a más de uno. En el borrador del decreto hay reducciones en los abonos de honorarios significativas, como que todas las actuaciones relativas a familia (separaciones, divorcios, medidas cautelares, modificaciones de esas medidas) se cobren a 350 en total cuando ahora una única actuación supone el cobro de 417 euros, o que todos los juicios rápidos que entren en una sola jornada de guardia se cobren a 216 euros, cuando hasta ahora se cobran aparte.

La junta extraordinaria del Colegio de Santa Cruz de Tenerife, cuyo decano es Víctor Medina, está convocada para las cuatro y media de la tarde, pero viene precedida de la asamblea informativa del pasado miércoles en la que, según algunos asistentes, hubo más que palabras. "Fue cuando nos pusimos todos en pie y a protestar a gritos cuando la junta del Colegio rectificó y anunció que haría un comunicado oponiéndose a las nuevas tarifas", afirmaron varios abogados a CANARIAS AHORA.

A tragar

La postura de la vocal del Turno de Oficio en esa asamblea, Marlene Martín, fue la de asumir los baremos a la baja presentados por el Gobierno. Los presentes en la asamblea describen que fue entonces cuándo las voces se elevaron contra ella y el resto de la Junta directiva. "Yo no sé de ningún colectivo que negocie a la baja", indicó un abogado. "Literalmente nos dijo que eso es lo que había y que a tragar, que había que asumirlo".

Tras esa frase hubo letrados que propusieron una baja masiva en el Turno, lo que aseguran que obligó a la junta directiva a redactar un comunicado a la prensa en contra de la rebaja de las tarifas.

Sin embargo, la respuesta de Martín a este periódico fue que "si unos no quieren, habrá otros que hagan el trabajo. Se trata de un derecho constitucional que debe ser garantizado", al tiempo que recalcó que el texto es un borrador de decreto que hay que negociar. Un día después, el pasado jueves, la Consejería de Presidencia, Justicia y Seguridad reconoció que "hay que regular el Turno de Oficio", sin más especificaciones, lo que ha dado lugar a muchas interpretaciones.

"Regular significa que el Turno dejará de ser una asistencia al alcance de los abogados que se abren camino, después de pasar por la Escuela de Práctica Jurídica, para estar en manos de los despachos poderosos", sostienen algunos abogados. En la sombra queda ya un precedente, el de Esperanza Aguirre en Madrid ,que ha otorgado a despachos como Wolters Kluwer y Cremades and Calvo Sotelo, Garrigues y Cuatrecasas, algunas asistencias de la justicia gratuita.

Negociazo

"Si la mitad de los abogados del Turno de Oficio se dan de baja en el Turno, la otra mitad hace el agosto", opinan algunos abogados. "En el Colegio de Tenerife hay quienes perciben hasta 12.000 euros al trimestre por estas asistencias de justicia gratuita. Otros compañeros no llegan a los 1.000 euros", sostienen los letrados más enfadados.

La asignación del Turno de Oficio a algunos bufetes "sería un negociazo", aseguran. "También pretendía la Junta hacer negocio al pedirnos que abriéramos una cuenta en la Banca March si queríamos cobrar antes".
[...]

Título: Re:Aló justicia
Publicado por: Aleph Numerable en Noviembre 28, 2012, 16:14:49 pm
Hacienda ya tiene listos los modelos de liquidación de tasas, a pagar como chinos primero, ,luego ya veremos si tienes asistencia, no la tienes, o lo que sea. Pero a pagar primero.

http://www.expansion.com/2012/11/28/juridico/1354106899.html (http://www.expansion.com/2012/11/28/juridico/1354106899.html)
Título: Re:Aló justicia
Publicado por: Gardel en Noviembre 28, 2012, 16:22:54 pm
http://politica.elpais.com/politica/2012/11/26/actualidad/1353956554_852437.html (http://politica.elpais.com/politica/2012/11/26/actualidad/1353956554_852437.html)

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Asalto al Registro Civil
Es posible que estemos ante una corrupción política mediante la captura del regulador


Ni siquiera sometida al quinto grado en el interrogatorio que siguió al Consejo de Ministros fue posible que la vicepresidenta y portavoz se aclarara el viernes pasado, día 23, en torno al llamado borrador de la UDEF (Unidad de Delitos Económicos y Fiscales del Cuerpo Nacional de Policía), atribuido a la policía, donde se implicaba al candidato Artur Mas en comisiones y cuentas en Suiza y en Liechtenstein. Sus respuestas parecían atenerse al principio de que todo aprovecha para el convento (o para la campaña electoral). Veremos cómo lidia el próximo viernes, día 30, este otro borrador para la Reforma Integral de los Registros, elaborado por la Dirección General de los Registros y del Notariado. Porque pudiera revelarse como un caso de corrupción política mediante el procedimiento de la captura del regulador.

Sostiene Wikipedia que la anterior expresión se refiere a la influencia de las empresas dominantes en un determinado sector sobre la(s) agencia(s) gubernamental(es) a cuyo control se encuentran sometidas. El fenómeno incluye desde el tráfico de influencias y el uso de información privilegiada hasta la prevaricación de las agencias a favor de los intereses del actor dominante. Sucede que el regulador se convierte en defensor de los intereses del actor (la empresa dominante), creando barreras de entrada para las empresas competidoras, atribuyéndole privilegios legales, monopolios, haciendo concesiones al protegido e influyendo en el proceso legislativo para que le sea lo más favorable posible. Comportamientos de esta naturaleza evidencian a menudo una relación estrecha entre los altos cargos del organismo regulador y la empresa favorecida, a través de vínculos familiares, profesionales o personales.

Para confirmar esa captura en nuestro caso conviene atender al número y rango de los políticos implicados y a las multimillonarias cifras que generaría este pingüe negocio del Registro Civil entregado al disfrute de un grupo profesional privilegiado. De modo que el registrador cobraría y se enriquecería por cada ciudadano que naciera, creciera, cambiara de domicilio, tuviera hijos, otorgara poderes, hiciera testamento, se casara o divorciara y al fin se muriera. Por ejemplo, los cónyuges al casarse tendrían que pagar 500 euros al registrador por asumir funciones que hasta ahora desempeñaban los párrocos. El notario, si fuera diligente, debería advertir a los contrayentes que cuiden de no consumar el matrimonio hasta que haya sido inscrito, dado que —según el anteproyecto de ley— no estarían casados frente a nadie hasta que se verificara la inscripción, cuyo arancel sería incrementado por el registrador con cada obstáculo que pudiera encontrar o inventar. Además, cada vez que alguien pidiera una certificación de matrimonio o de nacimiento o de lo que fuere, estaría obligado a pasar por la caja registral. El pago de la factura, en vez de sufragar el coste del servicio y de los funcionarios que lo prestan, pasaría al registrador, a quien correspondería contratar personal laboral no sometido al estatuto de funcionario, poseer la facultad de curiosear en lo más íntimo de las vidas ajenas, pagar los gastos de la oficina y quedarse el resto para su bolsillo.

Así, el proyecto que comentamos entregaría a los registradores de la propiedad y mercantiles, sin previo concurso público, la explotación comercial del Registro Civil. De modo que en plena crisis unos funcionarios, que actúan como profesionales aunque en un régimen de absoluto monopolio, vendrían a apropiarse de un negocio sin prima de riesgo alguna a costa de todos los españoles, dando así cumplimiento a las ambiciones de este cuerpo y de su Colegio Nacional. Un simpático colectivo que, tras ser sancionado por la Agencia de Protección de Datos y perseguido por la Fiscalía del Tribunal Supremo, no parecería el más indicado para explotar en su beneficio un servicio público de esta trascendencia y de paso convertir en rehenes de su codicia a todos los ciudadanos.

Son tiempos de crisis, pero aunque fueran de bonanza carece de sentido incrementar los costes que gravarán a los usuarios del Registro Civil para reforzar el estatus millonario de un grupo de privilegiados —los integrantes del Cuerpo de Registradores de la propiedad y mercantiles— que, a tenor del anteproyecto, parecería tener abducido a un Gobierno presidido por un miembro de la fratría. Habríamos pasado así limpiamente del “tasazo” judicial al “arancelazo” registral, sin que pueda alegarse reducción de costes de los salarios públicos, habida cuenta de que los funcionarios hasta ahora encargados de las tareas del Registro Civil deberán ser reubicados en otros departamentos del ministerio, sin alivio para las arcas del Estado. Continuará.
Título: Re:Aló justicia
Publicado por: Gardel en Noviembre 28, 2012, 16:51:46 pm
Atentos a la modificación de la ley de enjuiciamiento criminal; llevan en ello algún tiempo y no parece bueno.
 
Así lo vende Gallardón
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También en el Congreso, el ministro de Justicia, en respuesta a una interpelación de UPyD, ha anunciado que el Gobierno modificará la Ley de Enjuiciamiento Criminal para que partidos políticos y sindicatos tengan responsabilidades penales; hasta ahora estaban exentos.
[url]http://www.rtve.es/m/alacarta/videos/telediario/gobierno-modificara-ley-enjuiciamiento-criminal/1567849/?media=tve[/url] ([url]http://www.rtve.es/m/alacarta/videos/telediario/gobierno-modificara-ley-enjuiciamiento-criminal/1567849/?media=tve[/url])


Pero hay otras opiniones, aunque sean de hace un año.

http://elcomentario.tv/reggio/requiem-por-el-juez-de-instruccion-de-javier-gomez-de-liano-en-el-mundo/27/07/2011/ (http://elcomentario.tv/reggio/requiem-por-el-juez-de-instruccion-de-javier-gomez-de-liano-en-el-mundo/27/07/2011/)

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El pasado viernes, el Consejo de Ministros daba luz verde al anteproyecto de la Ley de Enjuiciamiento Criminal que, caso de ser aprobada por las Cortes, habrá de sustituir a la vetusta, pero magistral, de 1882. Entre otras novedades, el texto contempla que el Ministerio Fiscal asuma la dirección de la investigación. Según la «exposición de motivos», el juez pasa a ser un tercero imparcial ajeno a la investigación, con lo cual, y es literal, «investigará el fiscal, pero habrá más juez».

De entrada, quisiera corregir o, al menos, matizar, la afirmación de que la instrucción por los fiscales «ocurre en la práctica totalidad de los países democráticos». No es del todo cierto. Sin ir más lejos, por ejemplo, en Francia los planes del Gobierno, con Sarkozy a la cabeza, de eliminar el juez de Instrucción -con implantación del juge de l´enquête et des libertés o juez de garantías- en beneficio del Ministerio Fiscal, están en suspenso merced a la frontal oposición de las asociaciones de jueces y de los colegios de abogados. Unas y otros consideraron que la reforma suponía someter la investigación penal a los designios de la política. «Si el Poder Ejecutivo, con todos sus recursos, dirigiese las pesquisas criminales, la balanza se inclinaría en contra de los reos hasta pervertir la equidad de todo el sistema», dijeron. Y eso pese a reconocer a los fiscales el «derecho de desobediencia» si, de manera fundada, entendían que las órdenes del superior eran «manifiestamente ilegales».

No pocas han sido las veces que he defendido encargar a los fiscales la investigación penal -quede claro de una puñetera vez que la investigación de un hecho con apariencia delictiva no la hace ni un juez ni un fiscal sino la policía- y, de este modo, liberar a los jueces de un trabajo que no es completamente, ni en sentido estricto, jurisdiccional. Pero en las mismas ocasiones, también he señalado que tal modificación no puede llevarse a cabo sin cambiar la estructura del Ministerio Fiscal.

La actual configuración de la institución sitúa al fiscal en un permanente riesgo de perder la imparcialidad típica del juez. Hoy por hoy, lo que tenemos es un Ministerio Fiscal siempre bajo el mando del fiscal general del Estado que, a su vez, es nombrado por el Rey, a propuesta del Gobierno, oído el Consejo General del Poder Judicial -artículo 124 de la Constitución Española- y que, en buen número de ocasiones -las de trascendencia política- acusa o no acusa cuando y como le parece.

Soy consciente de que este artículo de nada ha de servir a quienes piensan que con fiscales de los nuestros la investigación penal está dominada. Para ellos, controlar el proceso penal y hacerlo mediante una policía fiel es el objetivo. Pero a eso se le llama traficar con la justicia, envenenarla. Comprendo que el señor ministro de Justicia, que, además, es catedrático de Derecho Constitucional, se moleste porque se pueda pensar que el Ministerio Fiscal no va a actuar ajustándose a la legalidad e imparcialidad en la investigación, cuando la CE le exige objetividad y que a quienes así opinamos nos reproche que eso es cuestionar la rectitud de una institución básica del Estado. Personalmente, no es esto lo que cuestiono. No; de lo que dudo es que los hombres y mujeres que la componen y sirven, por independientes de juicio y de corazón que sean, estén en condiciones de sustraerse a las instrucciones e indicaciones del Poder Ejecutivo del que Caamaño forma parte o de cualquier otro. Ignorar esto es cerrar los ojos a la evidencia.

[...]


Más opiniones..
http://www.scevola.org/documentacion-prensa/ultimas-noticias/106-debate-sobre-la-atribucion-de-la-instruccion-penal-al-ministerio-fiscal.html (http://www.scevola.org/documentacion-prensa/ultimas-noticias/106-debate-sobre-la-atribucion-de-la-instruccion-penal-al-ministerio-fiscal.html)
Título: Re:Aló justicia
Publicado por: Maple Leaf en Noviembre 28, 2012, 16:55:04 pm
Vaya con el Conservateur des Hypothèques.
Título: Re:Aló justicia
Publicado por: Aleph Numerable en Noviembre 28, 2012, 17:15:30 pm
Para que veais de qué va este circo, a modo de ejemplo, la Botella contrata para el caso Madrid Arena a un despacho que, curiosamente, ya andan haciendo el fozas en la Gürtel, pero eso no es lo mejor, lo cojonudo es que como premio a sus servicios, el Gallardón los tiene, agarraos a lo que podáis, como miembros de la Comisión para la Reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, que conveniente, ¿no?.

http://www.elboletin.com/index.php?noticia=65220&name=nacional (http://www.elboletin.com/index.php?noticia=65220&name=nacional)

Siento que hayais vomitado encima del teclado.
Título: Re:Aló justicia
Publicado por: visillófilas pepitófagas en Noviembre 28, 2012, 17:29:52 pm
Vaya con el Conservateur des Hypothèques.

Conservateur d'Impunités, aussi...
Título: Re:Aló justicia
Publicado por: la barquera en Noviembre 28, 2012, 17:39:58 pm

.  . . . . .


Siento que hayais vomitado encima del teclado.

Es exactamente el malestar que siento desde esta mañana, aunque la mezcla de información que proporcionáis y los recuerdos ataquen más y peor a la ira contenida durante tantos años.

Ahora mismo soy incapaz de completar el pequeño ejemplo personal adelantado, la totalidad de barbaridades es para volver loco al más pintado.

¿Y aun irá a peor lo que ya se 'practicaba'  impunemente por estos lares?


Todo está muy enfermo. Por falta de prevención e información pre-me-di-ta-das. . . . Una grandísima estafa social.
Título: Re:Aló justicia
Publicado por: visillófilas pepitófagas en Noviembre 28, 2012, 17:42:52 pm
Todo está muy enfermo. Por falta de prevención e información pre-me-di-ta-das. . . . Una grandísima estafa social.

Me temo que esto pasa ya de estafa.

De una estafa, con información y precaución, puedes escapar (no entrando o saliendo a tiempo).

De esto que están montando no puedes salir (excepto por tierra, mar o aire).
Título: Re:Aló justicia
Publicado por: Aleph Numerable en Noviembre 28, 2012, 17:50:17 pm
Todo está muy enfermo. Por falta de prevención e información pre-me-di-ta-das. . . . Una grandísima estafa social.

Me temo que esto pasa ya de estafa.

De una estafa, con información y precaución, puedes escapar (no entrando o saliendo a tiempo).

De esto que están montando no puedes salir (excepto por tierra, mar o aire).

En efecto, no hay escapatoria alguna, quedarás al arbitrio de mafiosos y corruptos, sin derecho alguno a defenderte. Ante esto solo te quedarán tres opciones, obtener poder y protección política, ser capaz de proyectar una violencia superior que te haga intocable,...o desaparecer.
Título: Re:Aló justicia
Publicado por: la barquera en Noviembre 28, 2012, 18:53:19 pm
Todo está muy enfermo. Por falta de prevención e información pre-me-di-ta-das. . . . Una grandísima estafa social.

Me temo que esto pasa ya de estafa.

De una estafa, con información y precaución, puedes escapar (no entrando o saliendo a tiempo).

De esto que están montando no puedes salir (excepto por tierra, mar o aire).

En efecto, no hay escapatoria alguna, quedarás al arbitrio de mafiosos y corruptos, sin derecho alguno a defenderte. Ante esto solo te quedarán tres opciones, obtener poder y protección política, ser capaz de proyectar una violencia superior que te haga intocable,...o desaparecer.


Siempre hay más opciones  ;) (de otro modo aun andaríamos buscando el fuego)

Al arbitrio de mafiosos, corruptos y hasta asesinos impunes he estado durante los últimos cuarenta años. De los años anteriores, que seguramente eran más de lo mismo (pero iba conmigo un poco menos) no he tenido capacidad ni tiempo para informarme.

Todos estamos en la misma situación, es cuestión de tiempo y grados, nada más.

No conozco mayor ni más efectiva violencia que la del que no ataca.  ;)

Si todos nos vamos no hacemos más que dar legitimidad a la bestia.

¿Estás proponiendo allanarles el camino a los mafiosillos?. ¡Hay demasiados y se van a comer a tus hijos!,  . . . . . . . No me dá la gana.


''Alguienes'' tendrán que plantarse alguna vez y decir basta para que las cosas empiecen a cambiar un poquitín . . . digo yo! . . . . . . . . . (porque, casualmente, puedo -debido a mi edad y a mi trayectoria/capital personal).


Animate forero!, no vaya a ser cosa que parezca que estás incitando a la violencia o al suicidio . . .



((Y además, entre nos, me cago en los mafiosillos bastos al uso que nos pueden hacer daño temporal ----tal vez haya internalizado o esté influenciada por el personaje de Kafka en aquella escena final de 'El proceso'  en la que  Anthony Queen se sentía muuuy a gusto, pues sabía que '''lo peor''' que podía pasarle era ''durar''asemejandose a las alimañas con las que había bregado y cuyas condenas eran ser y  permanecer esencialmente en éso, en alimañas constantemente hambrientas de algo que no conocían. La ¿(re-) e-volución? tiene sus precios y su primera línea de batalla. . . . me parece . . . . + ó -, :roto2:  :biggrin:  . . . . ).



PD: intento sublimar la ira, lo siento.
Título: Re:Aló justicia
Publicado por: nora en Noviembre 28, 2012, 18:57:32 pm
Jueces y fiscales pararán una hora y piden entrevistarse con Rajoy.

Las asociaciones de jueces y fiscales no consideran interlocutor al ministro de Justicia, Alberto Ruiz- Gallardón, por lo que piden un encuentro con el presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, en un documento en el que convocan un paro de una hora el próximo 12 de diciembre.
Todas las asociaciones de jueces y fiscales se han reunido hoy para estudiar medidas de protesta, entre ellas la huelga, contra la Ley de Tasas Judiciales y las medidas de reforma de la justicia promovidas por el ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón.
La medida supone una reacción a la falta de diálogo de la que los portavoces de estas asociaciones profesionales acusan al ministro.EFE
Título: Re:Aló justicia
Publicado por: Defcon en Noviembre 28, 2012, 19:55:07 pm
En primer lugar, presentarme y dar las gracias por este rincón de análisis-oasis en la red y por todas sus aportaciones. Intentaré aportar en la medida de mis capacidades.

Ruego si éste no es el estándar adecuado respecto a la presentación en casa "ajena", se me indique para corregir el error.

En efecto, comparto la opinión de Aleph Numerable casi al completo (salvo un matiz, a los fiscales, por lo menos en una ciudad importante del sur de España, no suelen darles órdenes desde el Gobierno directamente, al menos así me lo especificó un fiscal importante de dicha ciudad con larga experiencia, el cual, solo conocía un caso en dicha sede fiscal).

Leo que algunos foreros, esperan que el Poder Judicial se "rebele" contra el Gobierno-Poder Legislativo (a efectos prácticos, los englobo como un único poder por motivos creo que evidentes).

El problema es que están ciertamente "maniatados" por varios factores:

1º Están supeditados casi completamente a las leyes. Los jueces deben juzgar y hacer ejecutar lo juzgado (art.117 Contitución Española) con pleno sometimiento a la ley y al resto del ordenamiento jurídico.

¿Quién crea y aprueba la mayoría de las normas del ordenamiento jurídico? El Poder Único. Por suerte, gracias a la UE y otros Organismos Internacionales, esas normas deben tener unas garantías mínimas cuando no son directamente de aplicación directa las normas emanadas de éstos.

¿Qué debemos intentar? Hacer presión para que el Poder Único no quiera tener un espacio territorial cerrado, donde haga de su capa un sayo, para que al menos haya un contrapoder que además ayude a los "minicontrapoderes" que se puedan formar en España (controladores, médicos, jueces-fiscales...)

2º La imagen social del Poder Judicial (y lo que le rodea) está muy deteriorada. Teniendo en cuenta a disposición de quienes están los mass-media, tienen la batalla perdida y más sino salen "a la calle" y fuera a la UE a "hacer ruido". Echo en falta, un órgano a nivel europeo al que pudieran pedir los jueces y fiscales amparo ante intromisiones indebidas en su desempeño.

3º Es un Poder muy infiltrado por el Poder Único. Creo que no debo extenderme en demasía en este punto. Los nombramientos del CGPJ, del TC (aunque no sea Poder Judicial, fiscaliza en cierta medida al mismo), nombramientos de Jueces y Fiscales sin oposición, etc.

4º Es un Poder colapsado, por falta de medios, lo que hace que sea muy fácil su ataque desde el Poder Único y el apoyo social y electoral de la masa.

El corolario a los antecedentes anteriores. Hasta que no haya en la sociedad civil (preferentemente con apoyo de la UE) una organización creada por ela misma que ataque todos los desmanes del Poder Único, todas las batallas que emprenda dicho Poder Único, las tienen ganadas: controladores, mineros, funcionarios, ámbito sanitario, ámbito judicial...

Es una guerra de desgaste donde ellos tienen el Poder contra todo aquello que les supone la menor amenaza. Pero hay que recordar que el Poder proviene de la ciudadanía y que ésta está perdiendo la guerra claramente (suicidios, emigración, empeoramiento de calidad de vida...). Parafraseando a un conocido constitucionalista "conque solo un 5-8% de la ciudadanía se rebelase y ejerciese la desobediencia civil e insubordinación, el estado sería ingobernable por más medios represivos que ejerciera el Poder contra sus propios ciudadanos".

¿Cuándo llegaremos a esa "masa crítica", a esa madurez social y civil? Ahí está la respuesta a la mayoría de nuestros males políticos y sociales.
Título: Re:Aló justicia
Publicado por: John Nash en Noviembre 28, 2012, 20:12:55 pm
En primer lugar, presentarme y dar las gracias por este rincón de análisis-oasis en la red y por todas sus aportaciones. Intentaré aportar en la medida de mis capacidades.

Ruego si éste no es el estándar adecuado respecto a la presentación en casa "ajena", se me indique para corregir el error.

En efecto, comparto la opinión de Aleph Numerable casi al completo (salvo un matiz, a los fiscales, por lo menos en una ciudad importante del sur de España, no suelen darles órdenes desde el Gobierno directamente, al menos así me lo especificó un fiscal importante de dicha ciudad con larga experiencia, el cual, solo conocía un caso en dicha sede fiscal).

Leo que algunos foreros, esperan que el Poder Judicial se "rebele" contra el Gobierno-Poder Legislativo (a efectos prácticos, los englobo como un único poder por motivos creo que evidentes).

El problema es que están ciertamente "maniatados" por varios factores:

1º Están supeditados casi completamente a las leyes. Los jueces deben juzgar y hacer ejecutar lo juzgado (art.117 Contitución Española) con pleno sometimiento a la ley y al resto del ordenamiento jurídico.

No siendo experto en la materia, puedo no obstante deducir ciertas contradicciones entre la nueva ley de tasas y algunos artículos de la constitución. Habra que buscar las fisuras y carencias del nuevo marco legislativo para que se haga justicia o se aproxime a ello. No obstante solo seria ganar tiempo antes de que los errores y contradicciones sean subsanados o los jueces novicios adiestrados. Sin una revolución de la ciudadanía y mas cabreo en las calles no veo que esto pueda mejorar. Que el desanimo de foreros y ciudadanos se transforme en profunda indignación y rabia.
Seguid informando e instruyéndonos porque esta en juego nuestro presente y futuro de nuestros hijos.
Título: Re:Aló justicia
Publicado por: Defcon en Noviembre 28, 2012, 20:43:28 pm
En primer lugar, presentarme y dar las gracias por este rincón de análisis-oasis en la red y por todas sus aportaciones. Intentaré aportar en la medida de mis capacidades.

Ruego si éste no es el estándar adecuado respecto a la presentación en casa "ajena", se me indique para corregir el error.

En efecto, comparto la opinión de Aleph Numerable casi al completo (salvo un matiz, a los fiscales, por lo menos en una ciudad importante del sur de España, no suelen darles órdenes desde el Gobierno directamente, al menos así me lo especificó un fiscal importante de dicha ciudad con larga experiencia, el cual, solo conocía un caso en dicha sede fiscal).

Leo que algunos foreros, esperan que el Poder Judicial se "rebele" contra el Gobierno-Poder Legislativo (a efectos prácticos, los englobo como un único poder por motivos creo que evidentes).

El problema es que están ciertamente "maniatados" por varios factores:

1º Están supeditados casi completamente a las leyes. Los jueces deben juzgar y hacer ejecutar lo juzgado (art.117 Contitución Española) con pleno sometimiento a la ley y al resto del ordenamiento jurídico.

No siendo experto en la materia, puedo no obstante deducir ciertas contradicciones entre la nueva ley de tasas y algunos artículos de la constitución. Habra que buscar las fisuras y carencias del nuevo marco legislativo para que se haga justicia o se aproxime a ello. No obstante solo seria ganar tiempo antes de que los errores y contradicciones sean subsanados o los jueces novicios adiestrados. Sin una revolución de la ciudadanía y mas cabreo en las calles no veo que esto pueda mejorar. Que el desanimo de foreros y ciudadanos se transforme en profunda indignación y rabia.
Seguid informando e instruyéndonos porque esta en juego nuestro presente y futuro de nuestros hijos.
Inconstitucional desde mi punto de vista lo es (otra cosa es lo que dictamine el TC o el Tribunal de Justicia de la UE).

El problema es similar a lo sucedido el "canon digital": pasarán años hasta que se resuelva, a los afectados con una ley ad hoc no se les indemnizará por los daños causados y a los jueces "rebeldes" se les puede inhabilitar-encausar por dictar a sabiendas una resolución arbitraria e injusta (es arbitraria porque contradice el tenor de la ley y es "injusta" porque no trata a todos por igual).

Probablemente el último supuesto no se de con jueces y fiscales "batalladores" y si hay cierta unanimidad al respecto pero ¿quién le pone el cascabel al gato? ¿Quién se juega su plaza? Pero ahí está el tipo penal y la amenaza.

Veremos qué dicen las asociaciones de jueces y si hay unidad o no.

Título: Re:Aló justicia
Publicado por: nora en Noviembre 28, 2012, 21:17:31 pm
Citar
Veremos qué dicen las asociaciones de jueces y si hay unidad o no.

Tienes toda la razón en las limitaciones que mencionas.

Lo que me ha dado un "pelín" de esperanza son cosas como ésta
Citar
La Comisión Interasociativa Permanente está formada por la Asociación Profesional de la Magistratura (APM), la Asociación Francisco de Vitoria, Jueces para la Democracia (JpD), el Foro Judicial Independiente (FJI), la Asociación de Fiscales (AF), la Unión Progresista de Fiscales (UPF) y la Asociación Profesional Independiente de Fiscales.
Conozco muy poco el mundillo de Justicia, pero  parece un paso que se unan de esta forma. (quizá me equivoque, o será lo que tiene agarrarse ya a un clavo ardiendo..)

Sobre las tasas, la STC 20/2012 que se menciona en La Ley de Tasas pone

Fundamento Jurídico 7;  “el derecho reconocido en el art. 24.1 CE puede verse conculcado por aquellas disposiciones legales que impongan requisitos impeditivos u obstaculizadores del acceso a la jurisdicción, si tales trabas resultan innecesarias, excesivas y carecen de razonabilidad o proporcionalidad respecto de los fines que lícitamente puede perseguir el legislador"

Si el TC no las ve obstaculizadoras de forma innecesaria, excesiva y carente de proporcionalidad respecto a los fines que -en teoría- persigue el legislador, a mi ya me da algo (ya, dentro de 10 años  :roto2:)





Título: Re:Aló justicia
Publicado por: Defcon en Noviembre 28, 2012, 22:14:36 pm
Por supuesto que hay cierta esperanza en el comienzo de las "guerras", Nora.

El problema es la infiltración, el factor político de algunos jueces-fiscales-asociaciones, el poder mediático de la contraparte (¿sacarán varios escándalos como con el anterior presidente del TS?), la falta de unidad civil.

Y como ha dicho Aleph,  esto es una escaramuza, lo verdaderamente trascendente en este ámbito para el ciudadano viene en un futuro.

¿Cómo llegará para entonces el Poder Judicial y su unidad?

Siento ser tan pesimista, pero mientras haga cada uno la guerra por su cuenta esgrimiendo el "quehaydelomío", tenemos todas las batallas perdidas
Título: Re:Aló justicia
Publicado por: Aleph Numerable en Noviembre 28, 2012, 23:58:26 pm
Yo no pierdo la esperanza de que finalmente plantarán cara, aunque espero que no sea demasiado tarde o lo hagan de la manera equivocada (como otras iniciativas que hemos estado viendo en estos años).

El Partido Único tiene mucho poder, pero también debilidades, que una observación detallada y el conocer como se mueven los hilos hace que se revelen en estos tiempos. El mecanismo del poder en España se fundamenta en la pasta, sin pasta, no hay amigos, no hay silencios cómplices, no hay asuntos que envejecen en los cajones, no hay protección. Y la pasta se ha acabado.

No es casualidad que se hayan disparado los sumarios por corrupción, es que directamente a los Juzgados llegan dossieres perfectamente armados de gente cabreada que se ha quedado sin su sobrecito habitual, el Partido se está descomponiendo, muere de éxito.

En un situación normal, jamás habríamos visto operaciones como la Campeón, los ERE de la Junta o el caso Palau, es precisamente esa pérdida de poder y de control lo que los está obligando a crear barreras de manera descarada y sin guardar los mínimos tiempos, porque se les echan los plazos encima, los sumarios aprietan, y la prescripción queda lejos, muy lejos.

En estos tiempos, es normal que el origen de una movilización con posibilidades de éxito nazca en la Justicia, son la última ratio (podemos ver el caso de Egipto), veremos si el resto de la sociedad los acompaña en lo que tiene que ser un cambio sereno pero firme desde una república bananera a una incipìente democracia, o nos hundimos social, económica y moralmente.
Título: Re:Aló justicia
Publicado por: Defcon en Noviembre 29, 2012, 00:16:13 am
Tienen debilidades y se deben aprovechar, pero mientras no tengan que dar cuentas a nadie, cuenten con el monopolio ejecutivo y legislativo y con instrumentos tan poderosos  como el indulto que usan a discreción, los esfuerzos, aunque admirables y dignos de aplauso, tienen poco recorrido y más aún si parte del pueblo los legitima cada 4 años.

Hasta que no se les deslegitime y desarme, será una guerra cruenta y descorazonadora.

De todas formas, todos debemos plantar cara a ese Poder (y casta que lo sustenta) aunque sea solo para poder sentirnos plenamente realizados y conformes con nuestros valores y creencias.
Título: Re:Aló justicia
Publicado por: CdE en Noviembre 29, 2012, 00:35:35 am
Llegamos a nuestro punto de partida, el que nos hizo acercarnos al fenómeno de la Burbuja: La Gran Corrupción subyacente.

Ni Gallardón ni 60 gallardones podrán detener el tsunami que se les viene encima.

Llevamos tiempo diciéndolo: la guerra entre clanes castuzos nos va a aligerar el trabajo. Se están matando entre ellos, como siempre, pero ahora lo airean.

Podrán cambiar leyes, robar sumarios, quemar edificios para que desaparezcan pruebas, pero no podrán contener la ola de odio que se está levantando contra ellos.

Y antes o después tendrán que rendir cuentas. Si no es ante un tribunal, será en una plaza pública.


Título: Re:Aló justicia
Publicado por: wanderer en Noviembre 29, 2012, 00:56:39 am
Yo no pierdo la esperanza de que finalmente plantarán cara, aunque espero que no sea demasiado tarde o lo hagan de la manera equivocada (como otras iniciativas que hemos estado viendo en estos años).

El Partido Único tiene mucho poder, pero también debilidades, que una observación detallada y el conocer como se mueven los hilos hace que se revelen en estos tiempos. El mecanismo del poder en España se fundamenta en la pasta, sin pasta, no hay amigos, no hay silencios cómplices, no hay asuntos que envejecen en los cajones, no hay protección. Y la pasta se ha acabado.

No es casualidad que se hayan disparado los sumarios por corrupción, es que directamente a los Juzgados llegan dossieres perfectamente armados de gente cabreada que se ha quedado sin su sobrecito habitual, el Partido se está descomponiendo, muere de éxito.

En un situación normal, jamás habríamos visto operaciones como la Campeón, los ERE de la Junta o el caso Palau, es precisamente esa pérdida de poder y de control lo que los está obligando a crear barreras de manera descarada y sin guardar los mínimos tiempos, porque se les echan los plazos encima, los sumarios aprietan, y la prescripción queda lejos, muy lejos.

En estos tiempos, es normal que el origen de una movilización con posibilidades de éxito nazca en la Justicia, son la última ratio (podemos ver el caso de Egipto), veremos si el resto de la sociedad los acompaña en lo que tiene que ser un cambio sereno pero firme desde una república bananera a una incipìente democracia, o nos hundimos social, económica y moralmente.

No por nada en éste foro insistimos una y otra vez en el meme "NHD*, no lo hay, y no lo hay" como uno de los puntales del CPM**, tan necesario para desmontar las estrategias de nuestra castuza (con minúscula), por ahogamiento.


*: No hay dinero.
**: Cuanto peor, mejor.
Título: Re:Aló justicia
Publicado por: CdE en Noviembre 29, 2012, 01:21:04 am
Excelente aportación de Aleph. Este post lo he leido, y eso que no hace más que afirmarme en lo que ya suponía, como me suele pasar con los de Ciudadanos de Espartinas (sus hilos sólo los leo por encima, perdone. Pero es que eso de constatar que lo que uno supone es tal cual lo expone usted, no hace sino poner mal cuerpo).

No deja de ser el juego de siempre, crear profecías autocumplidas. Volvemos inviable un servicio (como ya se ha hecho con sanidad y educación) y después no queda más remedio que tomar decisiones impopulares. Siempre da la casualidad que hay alguienes que están dispuestos a hacerse con tan ruinoso negocio, haciendonos un favor.


La diferencia entre suponer y saber:

Suponer nos permite estar alerta ante determinadas situaciones, un mecanismo de autofensa útil a nivel personal.

Saber nos permite señalar concretamente (con nombe y apellidos) de donde proceden las amenazas y poder alertar a quien quiera oirte. Es la llave que abre el paso a la acción. 



Título: Re:Aló justicia
Publicado por: Lego en Noviembre 29, 2012, 02:52:15 am
Sin una revolución de la ciudadanía y mas cabreo en las calles no veo que esto pueda mejorar. Que el desanimo de foreros y ciudadanos se transforme en profunda indignación y rabia.
[...]
 Hasta que no haya en la sociedad civil (preferentemente con apoyo de la UE) una organización creada por ela misma que ataque todos los desmanes del Poder Único, todas las batallas que emprenda dicho Poder Único, las tienen ganadas: controladores, mineros, funcionarios, ámbito sanitario, ámbito judicial...

Es una guerra de desgaste donde ellos tienen el Poder contra todo aquello que les supone la menor amenaza. Pero hay que recordar que el Poder proviene de la ciudadanía y que ésta está perdiendo la guerra claramente (suicidios, emigración, empeoramiento de calidad de vida...). Parafraseando a un conocido constitucionalista "conque solo un 5-8% de la ciudadanía se rebelase y ejerciese la desobediencia civil e insubordinación, el estado sería ingobernable por más medios represivos que ejerciera el Poder contra sus propios ciudadanos".

¿Cuándo llegaremos a esa "masa crítica", a esa madurez social y civil? Ahí está la respuesta a la mayoría de nuestros males políticos y sociales.

Un indicio sobre lo lejos que estamos de esta masa crítica:

Hablando de la huelga yo sostenía que
simplemente imaginaos que la convocatoria de huelga fuera:

Huelga general por la separación de poderes y la acción de la justicia.  Primer día: 14N.
Los sindicatos convocamos esta huelga porque es nuestro papel legal. Es nuestra única participación institucional y no sacaremos banderas ni ninguna otra reivindicación sindical ni de clase.

Y nada más.

Cómo lo cambiarían todo unas palabras. todo.

que triste me estoy poniendo joder

Pues tal cosa, en aquellos días de rabia candente, no era aceptada por casi nadie. Sólo por plantear algo así esos días podía ganarme unas hondonadas de hostias. Como mínimo ser tachado de marciano o  iluminado.  Incluso en el foro me quedé sólo defendiendo esta posición.   Estamos muy lejos.   

Ahora la prioridad del activismo indignado es la daciòn en pago retroactiva y a joderse. De la huelga ya no se acuerda ni Cristo, ni dejó ningún avance, como era previsible porque no tenía ningún objetivo más allá del gesto de desgarro.  Sólo dejó más frustracion e impotencia.  Sr. Aleph, olvídese de sacar a toda esa gente a la calle al menos en uno o dos años. Te dirán que  "Manifestarse no sirve de nada". ¡Así claro que no, estúpidos!   

Disculpas por la rabieta, es que aún me pica. Os confieso que esos días desapareció la poca fe que me quedaba en que se haría algún día algo racional, exigido por el pueblo y por eso mi idea recurrente ahora es CPM como único catalizador de transición. CPM y rezar por que en Bruselas están los menos malos y nos necesiten para algo en el proyecto europeo.




Podrán cambiar leyes, robar sumarios, quemar edificios para que desaparezcan pruebas, pero no podrán contener la ola de odio que se está levantando contra ellos.

Y antes o después tendrán que rendir cuentas. Si no es ante un tribunal, será en una plaza pública.

Ojalá, amigo CdeE, ojalá tengas razón. 


Buenas noches tengan.
Título: Re:Aló justicia
Publicado por: dmar en Noviembre 29, 2012, 11:52:39 am
Madre mía, el texto de Aleph Numerable es tremendo...  Gallardón, el Faraón, el niño mimado de los pijoprogres gen-T, a la cabeza del asalto final contra los despojos del Estado de Derecho en España.

Les conmino a darle la mayor difusión posible, ya está subido al blog.
Título: Re:Aló justicia
Publicado por: nora en Noviembre 29, 2012, 12:03:16 pm
Buenos días,

Portada de El País ahora mismo

200 jueces, contra el indulto a los ‘mossos’ condenados por torturas

Los magistrados aseguran que el perdón del Gobierno “dinamita” la separación de poderes y que es una decisión “grosera” e “impropia de un Estado de derecho”

El escrito " CONTRA EL INDULTO COMO FRAUDE
EN DEFENSA DE LA INDEPENDENCIA JUDICIAL Y DE LA DIGNIDAD"

http://ep00.epimg.net/descargables/2012/11/29/f084823aeed26e2f449e8e6899a7c9d8.pdf (http://ep00.epimg.net/descargables/2012/11/29/f084823aeed26e2f449e8e6899a7c9d8.pdf)
Título: Re:Aló justicia
Publicado por: CHOSEN en Noviembre 29, 2012, 12:31:57 pm
@Nash

¿Rabia? ¿Desencanto?
Gallardón ha tenido 3 mayorías absolutas antes de ser ministro (y llegará a presidente). Esperanza Aguirre (su sustituto es un don nadie) otro tanto. Chaves-Griñán... ya he perdido la cuenta.
Y si mañana hubiera elecciones, todos VOLVERÍAN A GANAR.
¿Tan dificil es de ver? ¿No hemos tenido ejemplos suficientes en Galicia, Cataluña o Valencia?

Estás cayendo en el sesgo subjetivo: Como TU ves la corrupción, los demanes y el amiguismo, te piensas que el resto hará lo mismo. Y como te sientes revolucionario, piensas que el resto también se siente. Y vas sumando, sumando... pero es puro aire!!!

Mira a tu alrededor, interpreta los datos que tengas disponibles, y verás que NO-HAY-NADA de eso (desgraciadamente  :-\ )

Y no es por hacer sangre en el tema de la justicia, pero es que ahora parece que ningun juez ni ningun abogado votó al partido que lleva dejando su idea de sociedad BIEN clarita desde hace más de 20 años. Vamos hombre.

Que estamos todo el día hablando del valor de la responsabilidad individual en democracia, pero no la aplicamos hasta que lo tenemos encima, y todos somos muy demócratas hasta que llegan medidas contrarias a nuestros intereses.

Cuidado con los sesgos subjetivos que son muy traicioneros; Ni todos los jueces están en contra, ni todos los abogados están en contra. Los hay que a nivel individual se van a hacer de oro (turno de oficio privatizado, como Aleph ha comentado), y no dudéis que será en detrimento de la mayoría.
¿A que me suena esto? Privatización, amiguismo y expolio de lo público.

Coño! que digo yo que alguien habrá votado al PP en las últimas elecciones, ¿no?  :roto2:
Título: Re:Aló justicia
Publicado por: pringaete en Noviembre 29, 2012, 12:44:40 pm
Son todos ustedes unos miserables por atacar a este santo varón, con lo güeno que es él pa' con la gente desfavorecida:
http://rokambol.com/gallardon-eximira-de-las-tasas-los-leprosos-hayan-pisado-una-mina-anticarro/ (http://rokambol.com/gallardon-eximira-de-las-tasas-los-leprosos-hayan-pisado-una-mina-anticarro/)
Citar
El ministro de Justicia, Alberto Ruiz Gallardón, quiso puntualizar ayer en el Congreso las exenciones que su nueva ley de tasas judiciales tendrá en cuenta con los colectivos más desfavorecidos. Una de las más llamativas es la que se refiere a la total gratuidad de la justicia, tanto en tasas como en gastos de abogado y procurador, para los leprosos que hayan pisado una mina anticarro de al menos novecientos cincuenta gramos y cuya deflagración haya dispersado sus cuatro extremidades en un mínimo de cinco términos municipales diferentes. Estas personas, que deberán tener a su cargo una familia numerosa de siete miembros, incluyendo tres psicópatas, dos ingenieros de Biología Molecular que lleven más de nueve años sin trabajo y una boa constrictor con problemas de ansiedad, podrán acogerse a la exención de tasas y gastos judiciales presentando el certificado oficial de desesperación número 2 en VHS con subtítulos y una fotografía, tamaño desierto de Atacama en horizontal, de la puta madre que lo parió.
Se incluyen en el colectivo de exentos de tasas a todos aquellos ciudadanos que en el momento de presentar la solicitud estén despeñándose desde un acantilado de ochocientos metros y cualquier desempleado que se halle en el interior de una anaconda. Los pensionistas capturados y torturados por los indios sioux podrán acogerse también a la exención de tasas siempre que presenten la solicitud antes de la llegada del Séptimo de Caballería, nunca después de que el general Custer efectúe el primer disparo.
::)
Título: Re:Aló justicia
Publicado por: Currobena en Noviembre 29, 2012, 12:50:42 pm
Citar
Punto y final. Todas las asociaciones de jueces y fiscales no quieren volver a hablar con el ministro de Justicia. Para ellos, Alberto Ruiz Gallardón “ha muerto”, y no quieren saber nada más de él. Han pedido su inmediata dimisión y que su interlocutor sea, a partir de ahora, el presidente del Gobierno. “Las asociaciones le damos por muerto. No nos sirve para hablar. Es potestad del presidente del Gobierno mantenerle o destituirle”, ha afirmado con contundencia el portavoz de la Asociación Francisco de Vitoria, José Luis Armengol.
Es decir, está en manos de Mariano Rajoy que toda la carrera judicial en bloque no vaya a la huelga. Jueces y fiscales, con el apoyo de los abogados, ya están planteando una huelga, incluso de hasta una semana de duración, si el Ejecutivo no paraliza algunas de sus reformas. Siguiendo su hoja de ruta, el próximo día 11 harán un paro de una hora y media, como “máxima expresión de su descontento” pero que solo suponga un leve perjuicio al ciudadano, ha explicado el portavoz de la Comisión Interasociativa de Jueces y Fiscales, Joaquim Bosch. Los jueces sólo han hecho huelga una vez en toda la historia democrática de España, y esto le costó el cargo al que fuera ministro de Justicia, Mariano Fernández Bermejo.
La convocatoria de huelga pende únicamente de un sólo hilo. Que no se apruebe la reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial, prevista para el 18 de diciembre ni se presente el proyecto de ley de reforma del Consejo General del Poder Judicial, que afecta a la independencia judicial. En una reunión de todas las asociaciones, algunas de ellas ya apostaban por convocar la huelga sin esperar. La mayoritaria Asociación Profesional de la Magistratura, de tendencia conservadora, es la más reticente a ir a la huelga. La Comisión es consciente de que deben ir todos juntos porque “la unidad de acción es esencial”, ha señalado el portavoz de Foro Independiente Judicial, Ángel Dolado.
Aún así, dejan una puerta abierta al diálogo, siempre y cuando Rajoy acepte recibirles y abrir una mesa de diálogo. Pero que sea el presidente de Gobierno, no Ruiz Gallardón. No quieren volver a hablar con él. Si llama, le dirán que están esperando para hablar con el presidente del Ejecutivo. “Nuestro interlocutor es el presidente del Gobierno, llame quien llame”, ha recalcado Armengol.
De todas maneras, recuerdan que han adoptado esta decisión ante la “pasividad” del ministro, que se ha negado a abrir una mesa de negociación, y que desde que se ha abierto este conflicto con la carrera judicial, únicamente se ha reunido con ellos en una ocasión, concretamente el pasado 2 de octubre. “No ha tenido reflejos suficientes, no ha sabido dialogar”, ha puntualizado Bosch, quien ha añadido que se le acabó el tiempo.
Sin embargo, desde el Ministerio se considera que su interlocutor es el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) y es este órgano el que debe trasladarle las peticiones o reivindicaciones de los jueces. De ahí que el ministro nunca haya accedido a establecer una mesa de negociación y solo accedió a reunirse con las asociaciones en una ocasión para escucharles, tal y como se explicó desde el Ministerio en ese momento.
Las carreras judicial y fiscal se han erigido abanderadas de las injusticias sociales. Ellos mismos reconocen que se están involucrando en temas sociales porque “creemos que debemos hacerlo”. De ahí que se opongan a las tasas judiciales aprobadas por el Gobierno porque “van a descongelar la Justicia a costa de impedir a los ciudadanos el acceso a ella”, ha subrayado el portavoz de la Comisión. Consideran que las tasas van a limitar el acceso de los ciudadanos a la administración de justicia y “los jueces y fiscales no aceptamos la reducción de la carga de trabajo a costa de perjudicar los derechos fundamentales de los ciudadanos”.
También exigen que haya una unificación de criterios sobre los desahucios en su tramitación parlamentaria del Real Decreto sobre las ejecuciones hipotecarias y la ampliación de su cobertura para la protección de otros colectivos desfavorecidos.
 


¿Hay aún esperanza de que esto se arregle?  :-\

http://www.elconfidencial.com/espana/2012/11/28/todas-las-asociaciones-de-jueces-y-fiscales-ldquodamos-por-muerto-a-gallardonrdquo-110178/ (http://www.elconfidencial.com/espana/2012/11/28/todas-las-asociaciones-de-jueces-y-fiscales-ldquodamos-por-muerto-a-gallardonrdquo-110178/)
Título: Re:Aló justicia
Publicado por: CHOSEN en Noviembre 29, 2012, 13:42:03 pm
Y confío, digo confío en que la justicia (y sus prepresentantes, que es lo mismo) puedan pararle -al menos esta vez- los pies a la casta política. Son fagocitadores del sistema, no les vale con tener el legislativo y el ejecutivo, que nada mas pudieron se tiraron a por el 4º poder (prensa) y como les supo a poco, van a por el que les queda, el judicial.
Hace ya tiempo posteé algo donde concluía que la única esperanza que teníamos era el judicial. Es que es de libro, y lo mismo que lo se yo lo saben ellos.
Pero ... no puedo parar de pensar que esto es lo que la gente realmente quiere!!!  :-\ :'(
Título: Re:Aló justicia
Publicado por: Маркс en Noviembre 29, 2012, 14:45:21 pm
Buenos días,

Portada de El País ahora mismo

200 jueces, contra el indulto a los ‘mossos’ condenados por torturas

Los magistrados aseguran que el perdón del Gobierno “dinamita” la separación de poderes y que es una decisión “grosera” e “impropia de un Estado de derecho”

El escrito " CONTRA EL INDULTO COMO FRAUDE
EN DEFENSA DE LA INDEPENDENCIA JUDICIAL Y DE LA DIGNIDAD"

[url]http://ep00.epimg.net/descargables/2012/11/29/f084823aeed26e2f449e8e6899a7c9d8.pdf[/url] ([url]http://ep00.epimg.net/descargables/2012/11/29/f084823aeed26e2f449e8e6899a7c9d8.pdf[/url])


Cuando un país indulta a sus torturadores no hay nada que hacer. Está todo perdido.

Título: Re:Aló justicia
Publicado por: wanderer en Noviembre 29, 2012, 14:49:10 pm
Buenos días,

Portada de El País ahora mismo

200 jueces, contra el indulto a los ‘mossos’ condenados por torturas

Los magistrados aseguran que el perdón del Gobierno “dinamita” la separación de poderes y que es una decisión “grosera” e “impropia de un Estado de derecho”

El escrito " CONTRA EL INDULTO COMO FRAUDE
EN DEFENSA DE LA INDEPENDENCIA JUDICIAL Y DE LA DIGNIDAD"

[url]http://ep00.epimg.net/descargables/2012/11/29/f084823aeed26e2f449e8e6899a7c9d8.pdf[/url] ([url]http://ep00.epimg.net/descargables/2012/11/29/f084823aeed26e2f449e8e6899a7c9d8.pdf[/url])


Cuando un país indulta a sus torturadores no hay nada que hacer. Está todo perdido.


Meeeccc!!! Error!!! Indultan los gobernantes, que no el país. Creía que ésto ya tenía que estar meridianamente claro a estas alturas.
Título: Re:Aló justicia
Publicado por: Маркс en Noviembre 29, 2012, 14:57:36 pm
Buenos días,

Portada de El País ahora mismo

200 jueces, contra el indulto a los ‘mossos’ condenados por torturas

Los magistrados aseguran que el perdón del Gobierno “dinamita” la separación de poderes y que es una decisión “grosera” e “impropia de un Estado de derecho”

El escrito " CONTRA EL INDULTO COMO FRAUDE
EN DEFENSA DE LA INDEPENDENCIA JUDICIAL Y DE LA DIGNIDAD"

[url]http://ep00.epimg.net/descargables/2012/11/29/f084823aeed26e2f449e8e6899a7c9d8.pdf[/url] ([url]http://ep00.epimg.net/descargables/2012/11/29/f084823aeed26e2f449e8e6899a7c9d8.pdf[/url])


Cuando un país indulta a sus torturadores no hay nada que hacer. Está todo perdido.


Meeeccc!!! Error!!! Indultan los gobernantes, que no el país. Creía que ésto ya tenía que estar meridianamente claro a estas alturas.


He utilizado un genérico, o un abstracto sin utilizar las formas personales de los verbos, pero usted me ha entendido perfectamente.
No obstante no soy de los que apoyan la tesis del "todo el mundo tiene lo que se merece" (por lo de sus políticos), aunque algo de cierto sí que hay.
Título: Re:Aló justicia
Publicado por: John Nash en Noviembre 29, 2012, 15:01:29 pm


Coño! que digo yo que alguien habrá votado al PP en las últimas elecciones, ¿no?  :roto2:


 ASI "FUNCIONA" NUESTRA DEMOCRACIA
Copio y pego un texto que circula por foros y blogs (originalmente parte de forocoches) que me parece creíble en un 95%. Me parece muy grave y de hecho parece que el autor mismo pidió que se retirara por "presiones" y miedo (no obstante queda este subhilo: http://www.forocoches.com/foro/showthread.php?t=2756066 (http://www.forocoches.com/foro/showthread.php?t=2756066)) . Es la africanización de la política en este país. Es un sistema clientelar tejido hasta las entrañas de la sociedad para estafar, malversar y confiscar una democracia que nunca hemos tenido. Terrible. Que cada cual se haga su propia idea.

"Llevo mucho tiempo pensando si debería abrir éste hilo para contar mi experiencia, siempre decido no hacerlo pero ésta vez voy a contarlo, aunque solo sea por desahogarme... Sólo pido respeto y una opinión sincera, sé que esto no es un foro de gente precisamente educada, lo que voy a contaros es la verdad, es algo que ocurre en todos los partidos políticos de éste país... la cara oculta de la política que no se os cuenta nunca a nadie...

Toda mi vida he sido un joven estúpidamente idealista, no he tolerado la corrupción y he querido arreglar las cosas, mala idea, pues eso en un país tan corrompido internamente como éste es imposible.

Hace ya siete años decidí meterme en un partido político, empezando desde el apartado juvenil, sin conocer a nadie, y comencé desde el primer día a realizar labores para el susodicho partido... repartir propaganda, elaborar manifiestos... con el tiempo y al ver que valía me asignaron mi primer cargo dentro del apartado juvenil. Representante del Partido en el consejo local de la ciudad (sin sueldo, nunca he cobrado) en el que yo representaba en la ciudad a la asociación representada por mi partido, que era uno de los dos grandes de éste país, pero no diré cual.

La primera cosa extraña que vi, fue a personas del propio partido presidiendo otras asociaciones, cuando pregunté por ello me dijeron que eran personas trabajadoras interesadas en otros aspectos, pero que el partido no pedía exclusividad... decidí no darle importancia.

Un año después, me hicieron secretario de comunicaciones, (nuevamente sin sueldo) yo solo deseaba colaborar, no me interesaba el dinero, era muy trabajador y como tal, empecé a pagar los platos rotos de los vagos del partido... empecé a protestar por el hecho de que en el partido hubiera dos clases de personas claramente diferenciadas:

1. Los hijos de políticos, apadrinados, pelotas y enchufados (La élite auto proclamada) que no trabajaban absolutamente nada, la mayoría de ellos personas sin estudios y con un nivel cultural muy pobre, que venían normalmente a ver como trabajábamos los demás y progresivamente cuando nos iban conociendo comenzaban progresivamente a dar órdenes, cosa no que toleraba y menos de un vago que se auto proclama jefe.

2. La segunda clase éramos los parias... Personas con uno o dos títulos universitarios que trabajábamos a destajo, se nos explotaba sin remuneración y se nos obligaba a hacer toda clase de tareas degradantes y trabajos de peso, mientras las personas del primer tipo se atribuían el mérito.

Mi primer encontronazo con el partido vino cuando tras realizarme un trabajo extensisimo de problemas urbanos en la ciudad, tales como puntos de concentración de accidentes, supresión de barreras en pasos de cebra, mejora de la accesibilidad urbana, mejora del trazado urbano y presentarlo ante el partido un día me llevo el gran disgusto...

Como secretario de comunicaciones, casi todas las cosas de interés, pasaban por mis manos y ese día pasó por mis manos el trabajo que yo había hecho, pero con una pequeña diferencia, habían tachado mi nombre con tipex y habían puesto el de otra persona, uno de los pelotillas de clase 1, que cité antes, un personaje que fue incapaz de sacarte el primer año de turismo en una universidad privada, pero que fué colocado en el aparato provincial del partido, donde trabajaban su padre y su madre cobrando 5000 euros al mes (de todos vuestros impuestos).

REVENTÉ... y en un congreso provincial del partido la lie... Me levanté delante de todo el mundo, agarré un micrófono y le pregunté al representante provincial del partido (me abstengo de dar nombres)delante de todo el mundo, los motivos por los que los partidos políticos en éste país no tenían democracia interna de ninguna clase, ausencia total de elecciones primarias, listas abiertas desbloqueadas, etc.,  etc... Propiciando la colocación de familiares y amañando los congresos para que salieran quienes querían ellos... se hizo el silencio en la sala y la gente empezó a aplaudirme y tras los aplausos respondió el representante de comunicaciones provincial, con una frase que jamás olvidaré...

"Querido (Mi nombre con dos apellidos), me gusta mucho que seas tan participativo, a la salida nos tomamos tu y yo un café y te explico por qué las primarias son tan malas"

No se volvió a tocar el tema, es lo que tiene una buena oratoria, todavía espero ese café... El susodicho responsable de comunicación, desde ese momento me retiró la palabra, dejaron de hablarme el y todas las personas inmediatamente afines a el.

Tras un tiempo verdaderamente quemado por la falta de democracia interna volvió a liarse, ésta vez cuando me encuentro una carta que pide que se traigan facturas al partido de ordenadores y objetos de oficina comprados para poder "Justificar gastos", empecé a indagar de donde venían esos gastos y me encontré lo que hizo que dejara de militar en el susodicho partido; Existían siete asociaciones falsas que en el consejo local de la ciudad se encargaban de lavar el dinero para el partido, básicamente su funcionamiento era el siguiente, copiaban a los militantes del partido en las asociaciones falsas sin que los militantes lo supieran, al tener gran número de personas esas asociaciones recibían subvenciones de la junta de Castilla y León, del ayuntamiento de Valladolid y en menor medida creo que del Estado, ese dinero era utilizado como dinero del partido, pero necesitaban lavarlo con facturas falsas.

Escandalizado fui a hablar con un amigo que fue un gran cargo en el partido opuesto (reconozcámoslo, ésta mierda de país es bipartidista) quien me contó que por eso había dejado su partido hacía un año, pues su partido tenía otras siete asociaciones en el susodicho órgano pactadas con mi partido, y la corrupción llegaba hasta tal punto que un miembro de un partido (por una asociación falsa) era el presidente del consejo y un miembro de otro partido (por otra asociación falsa) era el tesorero del consejo, de ésta forma se repartían el dinero del consejo, además de las subvenciones en una corrupción mutuamente tolerada de la que el ciudadano no sabía nada. Mi amigo salió peor parado que el, pues en su partido se corrió la voz y trataron de hacer una candidatura alternativa para derrocar al corrupto, lo hicieron muy bien, estuvieron apunto de ganar pero... en el último momento, el presidente de su partido, anuló 700 votos de la candidatura alternativa, alegando que no habían pagado las cuotas del partido, para poder ganar ilegalmente las elecciones del partido sin que nadie lo supiera, al mes, cuando nadie se acordaba, todos los miembros de la candidatura alternativa fueron suspendidos de militancia en secreto alegando amenazas a la directiva del partido.

Tuve una reunión con el presidente provincial y se lo conté todo, estuvo muy receptivo conmigo, le conté todo lo que sabía, le di pruebas, cartas datos y ahí comenzó mi pasadilla...

Al día siguiente al entrar en la sede, dos personas me mandaron entrar en una habitación, me pusieron un mano en el cuello y me dijeron que si volvían a verme por la sede de ese partido me matarían, me obligaron a renunciar violentamente, lo cual hice gustoso y desaparecí de la política, pero no renuncié a hacer esto público.

Me reuní con el responsable provincial del otro partido y le conté exactamente lo mismo, el me dijo que "A él no le contase mi vida", que lo que supiera lo denunciase.... (Hizo una pausa)...Si es que creía que tenía pruebas.

He recibido varias amenazas más, he contado la historia en varios periódicos, ninguno me ha hecho caso, me han ignorado completamente...

Ayer sabía que el responsable provincial de comunicación (el mismo que me retiró la palabra al hablar de democracia interna en los partidos políticos) había sido investigado por interviú por un escándalo de corrupción bastante gordo, y no contento con eso, había abandona a su mujer con la que tenía dos hijos, por una joven de 22 años a la que después de hacerse su novio había dado trabajo en el partido cobrando 5000 €uros netos al mes... y aquí no terminaban las cosas...

El responsable provincial del partido, que para entonces ya era ex-responsable provincial, pues había recibido del gobierno un cargo mayor, acababa de colocar a su mujer en un puesto alto del partido cobrando 7000 €uros al mes...

Ningún medio de prensa publicó esto, ningún partido político lo criticó, pues es bien sabido que ellos hacían lo mismo...

y como en todo partido político, en secreto hubo una gran rebelión interna de protestas, que fue silenciada dando de baja al militante que protestaba, siempre alegando cosas tales como "amenazas", "acosos"... Todos los militantes del partido que antaño habían entrado con una buena formación académica deseosos de trabajar por el ciudadano iban abandonado el partido al ver lo que ocurría, hasta que finalmente se quedaban solo los de un tipo, corruptos, apadrinados, pelotas y familiares... Ahí es donde me he dado cuenta de como funciona la política de éste país, y de que los partidos políticos no son representantes del ciudadano, sino que son entidades corruptas secuestradas por los intereses personales... A los partidos de hoy no les interesa que tu estés bien, les interesa que la sociedad esté dividida, que odies y critiques a los que piensas diferente a ti, para que puedan seguir robando, colocando a sus familiares, haciendo trapicheos, mientras tú no te enteras de ello... Si te enteras y te das cuenta de que los problemas no son ideológicos, sino de lo que ellos están haciendo, se les termina el chollo... así que así siguen en éste país, intentando crear división entre nosotros... nacionalismos, franquismo, privatizaciones, nacionalizaciones, subidas de impuestos, pasarse la pelota de la culpabilidad de la crisis... Si un partido sale nuevo, la prensa le tilda de radical, si hablas con la prensa y les cuentas lo que ocurre, la prensa te ignora... Bienvenidos a España.

He mandado cartas a periódicos, he tenido llamadas con cadenas de televisión, he mandado cartas al director, he hablado con personas de otros partidos políticos, he hecho de todo, ya no se qué mas hacer para sacar a la luz lo que ésta gente está haciendo... así que abro un hilo de [tema serio] y recurro a vosotros... no sé que más puedo hacer... ¿Qué puedo hacer? ¿Qué haríais vosotros? yo ya no sé que hacer... hace tiempo que he tirado la toalla y solo quiero irme de éste país...

RESUMEN: Abandoné la política tras descubrir que ambos grandes partidos de mi ciudad se financiaban de manera irregular, traté de hacerlo público y fui amenazado de muerte y obligado a renunciar y a desafiliarme."
Título: Re:Aló justicia
Publicado por: CHOSEN en Noviembre 29, 2012, 16:46:05 pm
95%  ¿? :o
Nash, los escritos de un aprendiz de novelista anónimo en un foro valen 0. Máxime cuando son -en mi opinión- manifiestamente falsos.
Qué broma es esa de "no daré nombres" cuando estás denunciando algo ¿?¿??  :roto2: A veces ni hacen falta pruebas para que la prensa se lance en tromba (supuestas cuentas de CiU con informes policiales falsos). Una denuncia anónima, contra no se sabe muy bien que, escrita en un foro de temática automovilística, y te merece un 95% de credibilidad?
Es que ni se mencionan los partidos políticos en cuestión!!!
¿Tan dificil es decir que PPSOE son lo mismo y "perro no come perro"?

De verdad, yo no entiendo muy bien a que se juega estos últimos dos años.
A destruir los partidos políticos ¿? :roto2:
Mejor hacemos asambleas a mano alzada y "aplausos silenciosos" ¿?
Es que realmente creo que mucha gente no sabe como funcionan las cosas.
Los estafadores son 4, que tienen nombre y apellidos.

En vez de malgastar el tiempo en batallas perdidas de antemano contra la infraestructura (lo cual es ridículo, porque nunca se va a conseguir) mejor sería centrar la lucha contra personas con nombre y apellidos.

P.Ej: Díaz Ferrán, Camps, Bigotes, Blanco, etc,
Título: Re:Aló justicia
Publicado por: John Nash en Noviembre 29, 2012, 17:12:46 pm
Lo has leido todo?
"Escandalizado fui a hablar con un amigo que fue un gran cargo en el partido opuesto (reconozcámoslo, ésta mierda de país es bipartidista) quien me contó que por eso había dejado su partido hacía un año, pues su partido tenía otras siete asociaciones en el susodicho órgano pactadas con mi partido, y la corrupción llegaba hasta tal punto que un miembro de un partido (por una asociación falsa) era el presidente del consejo y un miembro de otro partido (por otra asociación falsa) era el tesorero del consejo, de ésta forma se repartían el dinero del consejo, además de las subvenciones en una corrupción mutuamente tolerada de la que el ciudadano no sabía nada."

Corrijo lo del 95% y lo subo al 99%. O no leéis los informes de CdE? Todavía os extraña la existencia de algo así? Has lanzado una pregunta al aire y yo te he dado un ejemplo. Como he escrito al final, hazte tu propia idea. Como dice CdE, "La justicia es el instrumento de guerra entre clanes castuzos." Para lo demás "Mastercard".
Título: Re:Aló justicia
Publicado por: nora en Noviembre 29, 2012, 17:31:56 pm
Gallardón replica a los jueces: 'El indulto es potestad del Ejecutivo y no del Judicial' Y punto!!

Gallardón aludiendo a la separación de poderes  :roto2:

Ante las quejas de jueces y fiscales ante la ley de tasas y las propuestas de modificación de leyes como la LOPJ suelta ante la prensa que "no responden más que a cuestiones corporativistas, como cada vez que se quiere cambiar algo en este país".

O este hombre es rematadamente gilipollas, o buscan algo
Título: Re:Aló justicia
Publicado por: Dan en Noviembre 29, 2012, 17:46:50 pm
Chosen, esa historia fue bastante comentada el anyo pasado y sin atreverme a asegurar que es cierta hubo quien saco fotos del politico en cuestion. Para mi que algo de cierto tiene, (pero tambien viene de forocoches, cuidao).
Título: Re:Aló justicia
Publicado por: John Nash en Noviembre 29, 2012, 17:49:15 pm
Chosen, esa historia fue bastante comentada el anyo pasado y sin atreverme a asegurar que es cierta hubo quien saco fotos del politico en cuestion. Para mi que algo de cierto tiene, (pero tambien viene de forocoches, cuidao).

La solucion: no votar o algo muy exótico...

http://youtu.be/WMNI3atagWQ (http://youtu.be/WMNI3atagWQ)
Título: Re:Aló justicia
Publicado por: breades en Noviembre 29, 2012, 21:01:34 pm
95%  ¿? :o
Nash, los escritos de un aprendiz de novelista anónimo en un foro valen 0. Máxime cuando son -en mi opinión- manifiestamente falsos.
Qué broma es esa de "no daré nombres" cuando estás denunciando algo ¿?¿??  :roto2: A veces ni hacen falta pruebas para que la prensa se lance en tromba (supuestas cuentas de CiU con informes policiales falsos). Una denuncia anónima, contra no se sabe muy bien que, escrita en un foro de temática automovilística, y te merece un 95% de credibilidad?
Es que ni se mencionan los partidos políticos en cuestión!!!
¿Tan dificil es decir que PPSOE son lo mismo y "perro no come perro"?

De verdad, yo no entiendo muy bien a que se juega estos últimos dos años.
A destruir los partidos políticos ¿? :roto2:
Mejor hacemos asambleas a mano alzada y "aplausos silenciosos" ¿?
Es que realmente creo que mucha gente no sabe como funcionan las cosas.
Los estafadores son 4, que tienen nombre y apellidos.

En vez de malgastar el tiempo en batallas perdidas de antemano contra la infraestructura (lo cual es ridículo, porque nunca se va a conseguir) mejor sería centrar la lucha contra personas con nombre y apellidos.

P.Ej: Díaz Ferrán, Camps, Bigotes, Blanco, etc,


Yo no sé si será o no cierta la historia, pero lo que sí tengo claro es que los partidos no son la infraestructura de nada. El Estado es la infraestructura y los partidos garrapatas aferrados a ella con el blindaje que se han fabricado con nuestra legitimación por medio de las leyes. Si pensamos que son intocables porque no hay victoria posible, sinceramente, no entiendo a qué viene el nombre de este foro. Bien mirado, aceptando que su sentido está vinculado al terreno económico y a un (hasta ahora inexistente) cambio de modelo, ¿no son los principales responsables de que ese cambio no se dé?. Las decisiones económicas las toman los partidos. Los RD y RDL´s los firman los partidos, y no precisamente en representación nuestra.

Hay otras formas de representación (si lo que buscamos es un forma de gobierno representativa,claro). Y desde luego que los partidos pueden ser una de ellas, pero no de esta forma, ni mucho menos amparados en la CE78, que ya vemos lo que ha tardado el Faraón en sacarla de paseo cuando cree que le viene bien y nadie se lo afea.

El problema con la justicia es de raiz: No hay separación de poderes porque la CE78 no separa los poderes. Y ésto es así porque los que redactaron la CE78 no estaban interesados en separarlos, y visto lo visto no es dificil imaginar porqué. Todo lo demás es consecuencia directa de éllo y todo lo que no sea un cambio de Constitución no es solución sino parche.

Título: Re:Aló justicia
Publicado por: CHOSEN en Noviembre 30, 2012, 09:36:04 am
Hay otras formas de representación (si lo que buscamos es un forma de gobierno representativa,claro).

Ya estás tardando en exponerlas amigo breades, porque decir eso y nada es lo mismo.

En una democracia representativa, los representantes del pueblo tienen que estar asociados de alguna forma, y esta forma de asociación se llama partido político.
Aqui y en todo el mundo. Es que no estoy diciendo nada especial, en todos los países es así. ¿Listas abiertas? partidos políticos. ¿Plataformas ciudadanas? partidos políticos. ¿Asociaciones vecinales? partidos políticos.

Estáis todo el día intentando reinventar la rueda.
Seamos mas pragmáticos: La rueda está inventada hace mucho, lo que hace falta es repararla para que vuelva a rodar.
Título: Re:Aló justicia
Publicado por: Currobena en Noviembre 30, 2012, 10:09:55 am
Hay otras formas de representación (si lo que buscamos es un forma de gobierno representativa,claro).


Ya estás tardando en exponerlas amigo breades, porque decir eso y nada es lo mismo.

En una democracia representativa, los representantes del pueblo tienen que estar asociados de alguna forma, y esta forma de asociación se llama partido político.
Aqui y en todo el mundo. Es que no estoy diciendo nada especial, en todos los países es así. ¿Listas abiertas? partidos políticos. ¿Plataformas ciudadanas? partidos políticos. ¿Asociaciones vecinales? partidos políticos.

Estáis todo el día intentando reinventar la rueda.
Seamos mas pragmáticos: La rueda está inventada hace mucho, lo que hace falta es repararla para que vuelva a rodar.


Chosen, si una rueda está pinchada, se cambia. Igual que pedimos quiebra con los bancos, queremos disolución de los partidos corruptos y aparición de otros nuevos con personal distinto. De hecho, ya ha sucedido varias veces en la historia de Españaque un partido haya desaparecido por la corrupción y otros han continuado (por ejemplo, el partido radical lerrouxista con el escándalo del estraperlo):

Citar
Este caso de corrupción ([url]http://es.wikipedia.org/wiki/Corrupci%C3%B3n_pol%C3%ADtica[/url]), junto con el que estalló poco después (el denominado escándalo Nombela ([url]http://es.wikipedia.org/wiki/Esc%C3%A1ndalo_Nombela[/url])), supuso el derrumbe del Partido Radical ([url]http://es.wikipedia.org/wiki/Partido_Republicano_Radical[/url]), lo que puso fin al denominado "bienio negro ([url]http://es.wikipedia.org/wiki/Bienio_negro[/url])". Trás celebrase elecciones generales en febrero de 1936, éstas fueron ganadas por el Frente Popular ([url]http://es.wikipedia.org/wiki/Frente_Popular[/url]).


http://es.wikipedia.org/wiki/Estraperlo (http://es.wikipedia.org/wiki/Estraperlo)

Premiar la corrupción manteniendo a los partidos corruptos es pedir que siga y aumente proporcionalmente a la cantidad de dinero robable.

Aquí el coche intenta seguir andando con todas las ruedas pinchadas, y es imposible.   :roto2:
Título: Re:Aló justicia
Publicado por: breades en Noviembre 30, 2012, 11:34:22 am
Hay otras formas de representación (si lo que buscamos es un forma de gobierno representativa,claro).

Ya estás tardando en exponerlas amigo breades, porque decir eso y nada es lo mismo.

En una democracia representativa, los representantes del pueblo tienen que estar asociados de alguna forma, y esta forma de asociación se llama partido político.
Aqui y en todo el mundo. Es que no estoy diciendo nada especial, en todos los países es así. ¿Listas abiertas? partidos políticos. ¿Plataformas ciudadanas? partidos políticos. ¿Asociaciones vecinales? partidos políticos.

Estáis todo el día intentando reinventar la rueda.
Seamos mas pragmáticos: La rueda está inventada hace mucho, lo que hace falta es repararla para que vuelva a rodar.


El gran fallo no es tanto un partido en si como los partidos que tenemos ahora con su CE78 y su ley electoral proporcional, que es la que hace posible, principalmente, que se representen a si mismos y no a los electores. Aún así en una Democracia representativa los partidos no son necesarios. No digo que no los pueda haber, digo que no tiene porque haberlos porque la única relación necesaria en un sistema así es entre representante y representado. ¿Que el representante pertenece a un partido?, muy bien, pero no tiene porqué para cumplir con su función principal que tiene que ser representar al elector que le ha votado.

Teniendo claro que en una Democracia representativa hay que buscar garantías de representación, que lo que interesa es que el candidato elegido haga en el Parlamento lo que sus electores quieren que haga, y que el hecho de si está sindicado o no es sólo un problema del representante que nada tiene que ver con su labor en el Parlamento, pues es cuestión de buscar el sistema que mejores garantías dé.

Lo primero es tirar a la basura la CE78 y hacer una Constitución democrática de verdad, que garantice la separación e independencia de los poderes del Estado porque si no, no hacemos ná. Y como ley electoral representativa, por ejemplo, la que preconiza Trevijano:

Elecciones al Parlamento; sistema electoral por circunscripción uninominal donde cada circunscripción consta de 100.000 electores (en lugar de circunscripción por autonomía que tenemos) y al que se puede presentar quien quiera de esa misma circunscripción (sindicado en partido o no, da igual) con votaciones a doble vuelta y donde el ganador se someterá al mandato imperativo de los electores de su circunscripción (y no de su partido, si perteneciese a alguno). Con otras particularidades como que los diputados han de ser financiados por su electorado, y no como ahora que el Estado es quien financia a los partidos, o que las elecciones sean gratis para los candidatos, para evitar intereses espúreos.

Y elecciones a Presidencia del gobierno por circunscripción única con votación a doble vuelta, donde es el elector quien elige Presidente, y no los partidos de turno.





 
Título: Re:Aló justicia
Publicado por: Starkiller en Noviembre 30, 2012, 12:23:44 pm
El cabronazo la publica el 20 de Noviembre, cuando juraron por activa y por pasiva que hasta 2013 no entraría en vigor, forzando a los despachos a meter por Decanato a todo correr cuanta demanda y querella tenían pendiente, los Juzgados entre el pasado día 15 y el 20 han sido un manicomio. Como se le ha echado encima todo quisqui, rebaja la tensión dejando en suspenso las tasas "por problemas de implantación técnica" (ni hay formularios, ni están en el sistema, ni los funcionarios tienen los procedimientos ni manera de implantarlas en el Minerva), en esto nunca se comenten estos errores, a menos que haya orden desde arriba de  hacerlo así, de este modo, el Gallardón se autofabrica un vacatio legis, que queda a su entera voluntad, mientras va viendo la reacción de la Justicia a esto. ¿Chapuza? no, perfectamente planificado.

Sin ánimo de negarle la mayorm, permitame puntualizar:

Conozco más o menos de cerca el tema, y le puedo asegurar que en esas cosas, rara vez NO se cometen errores.

Evidentemente, el corto plazo de implantación hace totalmente inviable que se implementen los procedimientos en el software (Pero eso ya se sabía de antes). Me imagino que, con mucho esfuerzo, podría estar para principios de febrero. Ignoro los cambios que habrá que acometer en las aplicaciones; pero en todo caso son desde insignificantes a menores; no más. Tampoco se, en realidad, si esos cambios aplicarían a minerva, a lexnet, o directamente, a ninguna (La mayor parte de los registros de entrada NO estan informatizados, y el tema de tasas es algo que afecta a los servicios de registro y, como mucho, a decanato en la parte de escritos de iniciación). 

Con todo esto quiero apuntar que, independientemente de lo que se diga, los sistemas, el software, no tiene nada que ver ocne sta suspensión. De hecho, conozco equipos que, de necesitar algún cambio, tendría que pasar necesariamente por ellos, y no lo ha hecho; ni palabra. Por lo que la suspensión, sea intencionada o no (Que posiblemente lo sea) no tiene nada que ver con motivos técnicos.
Título: Re: Aló justicia
Publicado por: CHOSEN en Noviembre 30, 2012, 12:59:38 pm
Estoy de acuerdo, pero cuando desapareció CDS (y todos) las personas no desaparecieron junto con con las siglas. Se van a otro partido o fundan uno "nuevo".
Pero si UPyD es el mismo caso!!!
Las siglas no significan nada. Van y vienen.
Título: Re:Aló justicia
Publicado por: Aleph Numerable en Noviembre 30, 2012, 14:04:45 pm
Hola, os voy dejando los materiales que habíamos acordado, al respecto de las reformas que tienen en mente, y el debate técnico que se lleva produciendo desde ya hace tiempo al respecto. Algunos son bastante largos, dejo a criterio de los administradores moverlos a donde consideren, hacer un índice al respecto, o dejar solamente en el hilo un link a estos materiales.

Es posible que se hagan un tanto tediosos y complejos para los no iniciados en Derecho en general y el Derecho Penal y el Procesal Penal en particular, pero creo que pueden resultar una buena fuente de información, realizada además por autores de referencia, que es como se deben de tratar estas cosas.

Seguiré colgando, si resulta de interés, nuevos materiales sobre cada una de las cuestiones. Los letrados por aquí presentes están invitados a colaborar, así como a ayudar a los legos en la materia a explicar conceptos y dudas.

     DOCTRINA     
CRITERIOS DE FLEXIBILIZACIÓN EN EL EJERCICIO Y SOSTENIMIENTO DE LA ACCIÓN PENAL
(Notas en torno al principio de oportunidad como instrumento de política criminal) (*)
Por NICOLÁS RODRÍGUEZ GARCÍA    y    LUIS H. CONTRERAS ALFARO
Profesor Titular de Derecho Procesal.       Doctor en Derecho. Profesor de Derecho Penal,
Universidad de Salamanca       Universidad Católica del Norte
(Antofagasta, Chile)
Los autores realizan un estudio del principio de oportunidad y su uso por el legislador como instrumento de política criminal, como de nuevo se ha podido evidenciar en regulación de la conformidad en la reforma parcial de la Ley de Enjuiciamiento Criminal de 2002.
SUMARIO: I. Planteamiento general.-- II. Significado y alcance de las facultades de oportunidad.-- III. Principales manifestaciones del principio de oportunidad en el sistema penal español.-- IV. La conformidad en los juicios rápidos.-- V. Conclusión: el principio de oportunidad como instrumento de política criminal.
I. PLANTEAMIENTO GENERAL
Frente al mercado mundial y a las redes económicas y sociopolíticas que se extienden por todo el orbe, la autonomía jurídica de los Estados ha impedido hasta ahora la formación de un verdadero espacio jurídico penal transnacional. Paradójicamente, los grupos criminales organizados han aprovechado las diferencias entre los diversos sistemas penales nacionales en su favor, conscientes de que la libertad que tienen para traspasar fronteras y transferir bienes y servicios de un país a otro no es la misma para los órganos estatales de persecución criminal; por ejemplo, cuando se trata de desarrollar diligencias de investigación en distintos países, solicitar el levantamiento del secreto bancario, o pedir la extradición de un imputado.
Así las cosas, el fenómeno de la globalización ha generado un doble reto para los modernos Estados sociales y democráticos de Derecho. El primero, obviamente, se refiere a la ineludible necesidad de mejorar los sistemas de cooperación judicial en el ámbito penal, con el fin de «globalizar» la respuesta penal contra la delincuencia (1). El segundo, tal vez un poco más discutible, se refiere a la conveniencia de dotar a los órganos estatales de persecución penal de herramientas procesales que les permitan racionalizar el uso de sus recursos, siempre escasos, con el objeto enfrentar con mayor celeridad y eficacia aquellos sectores del espectro criminoso que se estiman especialmente lesivos para la colectividad, sobre todo cuando se trata de fenómenos de criminalidad organizada transnacional (2).
El dilema, sin embargo, es cómo lograr el justo equilibrio entre los derechos y las libertades fundamentales y la seguridad colectiva; un viejo conflicto que se traduce en el ámbito procesal penal en la contraposición entre un sistema de enjuiciamiento criminal más eficiente, pero que limite los derechos fundamentales del imputado en favor de las atribuciones de los órganos de persecución y la celeridad del proceso, y uno garantista, que defienda a los individuos de los perjuicios estatales injustificados.
El principio de oportunidad se enmarca en la segunda de estas opciones, por cuanto su fin es aportar un criterio de solución a la sempiterna crisis del sistema de Administración de Justicia criminal (3), cuyas principales críticas pueden resumirse afirmando con carácter general que la Justicia es lenta y cara (4), y, lo que es más grave, ineficaz en muchos casos e injusta con no poca frecuencia (5), críticas frente a las cuales se levantan propuestas reformistas que buscan mecanismos de modernización que la vuelvan más ágil, más cercana a los intereses de los ciudadanos, y más fuerte contra quienes están más organizados en la comisión de los delitos, equilibrando estas legítimas aspiraciones con el respeto a los derechos fundamentales de la persona como la libertad, la dignidad y el derecho a un proceso justo (6).
No es simple casualidad que el principio de oportunidad resurja en estos momentos de la historia como instrumento político criminal para mejorar la crisis del sistema penal. El análisis de nuestro propio entorno social puede servirnos de guía para entender las diversas tendencias que abogan por flexibilizar el deber de ejercicio y sostenimiento de la acción penal.
De esta manera, los frecuentes problemas de desproporción en la respuesta sustantiva y procesal de los sistemas penales post-industriales frente a la magnitud de la lesión, o de la puesta en peligro, que se pretende prevenir o reprimir, nos lleva indefectiblemente a un recuestionamiento de los fines de la pena (7) y del propio proceso penal. No es un hecho aislado que el Derecho penal del riesgo (8) termine aplicándose poco (9), debido a que sus continuos roces con principios tradicionales fuertemente arraigados en la conciencia jurídica colectiva como los de ultima ratio, lesividad y proporcionalidad, provocan una crisis de vigencia normativa sobre una serie de tipos penales y, consiguientemente, una búsqueda al interior del proceso de criterios de flexibilización respecto de la obligación de ejercicio de la acción penal, soluciones alternativas al enjuiciamiento o, al menos, a la aplicación de sanciones privativas de libertad, que en no pocas ocasiones se muestran manifiestamente ineficaces para el cumplimiento de los fines del sistema sancionatorio.
Por otro lado, el progresivo incremento del interés por la víctima del hecho punible y la teórica (10) protección de sus derechos, tanto en el ámbito penal sustantivo como en el Derecho procesal penal (11), nos lleva a la necesidad de contar con instrumentos político-criminales que favorezcan la reparación del conflicto social e individual generado por el delito.
Una tercera cuestión se relaciona con el complejo problema de la coexistencia de responsabilidad jurídica y responsabilidad política respecto de unos mismos hechos, cuestión que se hace patente en ámbitos como en el de los delitos contra el medio ambiente, los delitos de corrupción, la criminalidad económica de empresas o los delitos fiscales. No podemos desconocer que en un enjuiciamiento criminal de esta clase de conductas no sólo se dilucidarán cuestiones de carácter jurídico, sino que también estarán presentes, con toda probabilidad, cuestiones de naturaleza política (12), puesto que sobre unos mismos hechos cabrá hacer al mismo tiempo valoraciones múltiples. El problema es que ambas formas de responsabilidad son a menudo confundidas, con el perverso resultado de que una tiende a anular a la otra, en ambos sentidos (13). No será extraño, por tanto, que para aquellos casos en que un proceso jurisdiccional pueda poner gravemente en peligro la estabilidad del sistema político o las relaciones internacionales de un Estado, sea muy tentador para el Ejecutivo contar con algún tipo de salida honorable para situaciones delicadas.
Por todo ello, a partir de la aplicación de análisis de tipo económico al ámbito del Derecho (14), es fácil comprender cómo este tipo de enfoques de pensamiento pueden tener expresión práctica en la consagración de un cierto margen de oportunidad para el Ministerio Fiscal en la promoción del proceso penal, pues a él le cabrá en primera instancia calcular las ventajas y los costos de la decisión de investigar los hechos y someter a su autor a juicio (15).
II. SIGNIFICADO Y ALCANCE DE LAS FACULTADES DE OPORTUNIDAD
El principio de oportunidad se utiliza como una de las posibles soluciones para enfrentar la crisis del sistema de enjuiciamiento criminal, si bien apuntando más hacia las consecuencias jurídicas que residen en el ámbito de la efectividad de la aplicación del Derecho que a la ortodoxia de sus métodos.
Defiende este principio la ponderación en el caso concreto, tomando en cuenta todas las eventuales particularidades de la situación específica (16) --especialmente aquellas de carácter meta-jurídico--, y, por tanto, puede calificarse de relativista en oposición a las barreras clásicas del Derecho Penal construido sobre la base igualitaria, rígida y absoluta del principio de legalidad.
El alcance de sus efectos reside, más allá del ámbito netamente adjetivo (17), en los fundamentos de su implementación desarrollados a partir de elaboraciones doctrinales de Derecho Penal tanto sustantivo como procesal, conformando un resultado polémico, criticado con la misma fuerza con la que es defendido, pues representa en sí mismo el paradigma de la contradicción entre el Derecho Penal tal y como lo conocíamos y un Derecho Penal distinto, menos rígido, con pretensiones de mayor justicia y efectividad, pero que en opinión de NAUCKE no es en absoluto algo mejor que el viejo Derecho Penal (18).
Así, la gran mayoría de los países europeo-occidentales (19), como también del entorno latinoamericano (20), han dado cabida en sus ordenamientos jurídicos a un conjunto de atribuciones que autorizan a los órganos de persecución criminal, especialmente al Ministerio Fiscal, a disponer total o parcialmente, en determinadas situaciones, del deber de ejercicio y sostenimiento de la acción penal, conocidas genéricamente bajo el concepto de principio de oportunidad.
En efecto, parece un contrasentido defender el otorgamiento de facultades de tal naturaleza respecto del órgano jurisdiccional. La razón es simple: la legalidad es un elemento intrínseco de las funciones judiciales, la oportunidad, en cambio, no lo es, porque supone el ejercicio de motivaciones, opciones o juicios de valor puramente pragmáticos que no necesariamente deben fundarse en comprobaciones probatorias, interpretaciones jurídicas u otras motivaciones cognoscitivas. Toda excepción a la legalidad se asocia a carencias o imperfecciones del sistema punitivo por incrementar el nivel de inseguridad jurídica y disminuir el nivel de garantismo. Los órganos judiciales son precisamente los llamados a garantizar la seguridad jurídica y la unidad e igualdad en la aplicación de la ley, y por eso la oportunidad implica más bien un incremento en el poder de disposición del órgano de persecución que un aumento de facultades de los órganos de enjuiciamiento (21).
De esta manera, las instituciones que se agrupan bajo el concepto de principio de oportunidad facultan al órgano encargado de la acusación pública para que, antes o durante el ejercicio de la pretensión punitiva, efectúe una ponderación de las circunstancias, el momento y otros factores que puedan determinar la conveniencia de proceder (22), lo que le autoriza, en un caso concreto, para dejar de ejercer sus obligaciones procesales esenciales (investigación, acusación y sostenimiento de la pretensión punitiva en la etapa de juicio). Es decir, o bien puede no iniciar el procedimiento, o suspenderlo, o poner fin al ya iniciado, si no considera la persecución oportuna o conveniente, por ejemplo por razón de nimiedad de la infracción, o por miedo al escándalo público, o por temor a costos procesales considerables (23); o bien, dado el caso, puede no instar en toda su magnitud o extensión la medida del castigo establecida en abstracto por la ley para el hecho punible, llegando a acuerdos con el imputado en orden a la determinación consensuada de la medida y naturaleza de la pena (24).
Dicho de otra forma, en su máxima expresión las facultades de oportunidad permiten al Ministerio Público incluso llegar a «desjudicializar» hechos que revisten caracteres de delito, sin que ello implique una despenalización total o parcial de los tipos, con independencia de que se acredite la existencia del hecho punible, o la autoría o participación de personas responsables (25). De este modo, las facultades de oportunidad consisten en verdaderas alternativas al procedimiento, y no en procedimientos alternativos.
Siguiendo los razonamientos de PEDRAZ PENALVA, se puede explicar el alcance del principio de oportunidad a partir de la idea de que sólo el órgano judicial, motivadamente, a través del oportuno proceso, y convencido más allá de toda duda razonable, es el competente para declarar la existencia del delito y la participación culpable del acusado, así como para imponerle la pena prevista en la ley material; también le incumbe declarar la concurrencia de las circunstancias despenalizadoras de la norma penal sustantiva, pero en virtud del principio de oportunidad el Ministerio Público puede no crear el presupuesto indispensable para que el juez actúe el ius puniendi. De esta forma se aplica plenamente el aforismo nullum crimen, nulla poena sine previo iuditio, pues si el órgano de persecución criminal saca una conducta de los cauces ordinarios del enjuiciamiento, entonces el Juez no puede aplicar la pena preceptuada en la ley penal material, ni tampoco dictar una sentencia absolutoria, sino, a lo sumo, decretar o autorizar una salida alternativa al procedimiento. No estamos, por tanto, frente a una hipótesis de despenalización sino frente a una desjudicialización, o sea, el no enjuiciamiento de una conducta que resulta imprescindible para declarar la existencia del delito y consecuencialmente imponer la pena (26).
Estas posibilidades de no iniciar el procedimiento, suspender o poner fin al ya iniciado por una vía alternativa a la sentencia judicial absolutoria o condenatoria, suelen aplicarse en casos de:
a) reprochabilidad escasa, lo que provoca una falta de interés público en la persecución (27);
b) cuando los objetivos de prevención general y especial del Derecho Penal puedan verse satisfechos por una serie de condiciones o mandatos alternativos a la pena (28);
c) si el conflicto jurídico puede verse satisfecho por la reparación civil, en aquellos delitos que lesionen bienes jurídicos disponibles (29);
d) existencia de intereses estatales contrapuestos que se consideren de mayor relevancia que el bien jurídico lesionado por el delito (30).
Suelen también considerarse facultades de oportunidad aquellas que le permiten al órgano de persecución criminal disponer parcialmente de la naturaleza y magnitud de la pena a consecuencia de la conformidad del acusado con la pena solicitada por el Fiscal en su escrito de acusación (31), y, en general, en todos aquellos procedimientos penales abreviados que permiten acuerdos entre Ministerio Público e imputado en orden a la determinación consensuada de la medida del castigo (32).
Finalmente, también pueden citarse como manifestaciones de la oportunidad aquellas instituciones procesales que permiten al órgano de persecución criminal disponer total o parcialmente de la acción criminal, por razones de eficacia, con el objeto de reprimir ciertos delitos que se consideran especialmente dañosos, por ejemplo, en materia de criminalidad organizada.
Ahora bien, evidentemente bajo el concepto de principio de oportunidad se están agrupando una serie de instituciones que, salvo el hecho de que todas implican un mayor o menor grado de disponibilidad de las obligaciones procesales de los órganos de persecución, muy poco tienen que ver entre sí. Basta mirar en un extremo las posibilidades de archivo basadas en la insignificancia de la lesión y en el otro, posibilidades análogas pero aplicables a la macrodelincuencia y organizaciones criminales. Precisamente en la amplitud de su alcance reside el secreto del principio de oportunidad: nos referimos a la progresiva masificación de su uso, su maleabilidad, pragmatismo y utilitarismo (33), y tal vez de una manera un tanto tosca, una vía de escape a la crisis del sistema penal.
Oportunidad significa, fundamentalmente, conveniencia, y en esta conveniencia puede caber casi todo, desde las aspiraciones de otorgar mayores espacios a la conciliación entre autor y víctima --propugnada por los movimientos abolicionistas--, a los objetivos de celeridad y eficacia de las nuevas tendencias procesal penales, pasando por la necesidad de prevención especial resocializadora --presente, por ejemplo, en ciertos mandatos o conductas alternativas a la pena que se imponen como condición para suspender el procedimiento--, y, en definitiva, el fortalecimiento de las facultades del Ministerio Público.
Queda pendiente determinar si las facultades de oportunidad se adaptan también a las propuestas del garantismo. No está claro que la oportunidad respete las garantías fundamentales: lo conveniente puede no ser necesariamente compatible con el derecho a la presunción de inocencia, el principio de igualdad de las partes y, sobre todo, con el principio de seguridad jurídica. En consecuencia, estimamos que las facultades de oportunidad no pueden quedar exclusivamente encomendadas al prudente arbitrio del Ministerio Público: los demás intervinientes en el proceso deben contar con las herramientas necesarias para someter el ejercicio de estas facultades al control del órgano jurisdiccional y el ordenamiento jurídico tiene que contemplar los mecanismos necesarios para hacer efectiva la responsabilidad de los órganos de persecución por la utilización manifiestamente errónea o torcida de las referidas facultades; además, su aplicación debe estar limitada sólo a cierta clase de delitos, cuya disposición por parte del Ministerio Público pueda resultar tolerable, y ello sólo en la medida en que no se convierta en una causa de impunidad privilegio de unos pocos, ni en una invitación al delito.
III. PRINCIPALES MANIFESTACIONES DEL PRINCIPIO DE OPORTUNIDAD EN EL SISTEMA PENAL ESPAÑOL
Tenemos que partir de la idea de que no es una cuestión pacífica en la doctrina si el principio de oportunidad tiene cabida o no en el sistema penal español.
Si de un lado tenemos en cuenta que el principio de oportunidad pretende aumentar los poderes del Ministerio Fiscal concediéndole facultades para decidir sobre el ejercicio de la acción penal, es decir, para no ejercitarla en determinadas condiciones, con lo que no se llegaría a iniciar, bien el procedimiento preliminar bien el juicio oral, a pesar de la existencia de un hecho aparentemente delictivo, o para provocar la conclusión del proceso sin una sentencia, aunque existan antecedentes fundados de la existencia del delito y de personas responsables del mismo (34); si por otro lado observamos cómo la Constitución somete al Ministerio Fiscal al principio de legalidad en el ejercicio de la acción penal (35), y si además la Fiscalía no ostenta el monopolio del ejercicio de la acción penal (36), sin perjuicio de que tampoco el acusador público tiene la completa dirección de las diligencias de la investigación a pesar de las numerosas reformas que han intentado potenciar su papel en ese sentido, entonces habrá que concluir que la oportunidad no puede tener cabida en la actual configuración del proceso penal español. Al menos, no una oportunidad entendida como una absoluta libertad de apreciación por el Ministerio Público al modo del plea bargaining norteamericano, ya que, en aplicación del art. 124.2 CE cualquier facultad de disposición total o parcial del objeto del proceso debería estar expresamente prevista en la ley a través de presupuestos y requisitos reglados.
A mayores, en tanto exista la posibilidad de que cualquier ciudadano ejercite la acción penal, sea o no ofendido por el delito, las eventuales facultades de disposición de la misma en manos del Ministerio Público tendrían que contar siempre con la anuencia del acusador particular y popular --si están personados--, lo que a priori no resulta demasiado funcional si lo que se pretende es fortalecer los poderes del acusador público y la rapidez de su actuación.
Por lo tanto, las manifestaciones del principio de oportunidad en el Derecho español, si es que existen, deberían circunscribirse a un ámbito más restringido que las facultades de oportunidad que se dan en el Derecho anglosajón.
Así las cosas, una parte importante de la doctrina española rechaza el principio de oportunidad en cuanto suponga contemporización, utilitarismo u oportunismo en la aplicación de los preceptos penales, y sobre todo negociación o pacto con los imputados, ya que en última instancia supone una quiebra del principio de igualdad de todos los ciudadanos (37).
En cambio, otros autores se han mostrado favorables a la introducción del principio de oportunidad en lo que ha venido en llamarse oportunidad reglada (38), al estimarse que el uso de la discrecionalidad no rompería la legalidad cuando es la propia ley quien la autoriza, y más aún si al autorizarla le fija sus límites (39).
De todos modos, cabe destacar que la gran mayoría de aquellos que se muestran favorables al principio de oportunidad coinciden en señalar que éste no constituye en absoluto una novedad o algo desconocido para el ordenamiento punitivo español, puesto que en él se detectan manifestaciones claras de este principio desde hace ya bastante tiempo, como las siguientes:
a) En primer término, constituye una manifestación del principio de oportunidad el art. 171.3 CP, que con el fin de facilitar la persecución y castigo del delito de amenaza de revelar o denunciar la comisión de algún delito, faculta al Ministerio Fiscal para abstenerse de acusar por el delito con cuya revelación se hubiere amenazado, salvo que éste estuviere sancionado con pena de prisión superior a dos años, caso en el cual el Juez o Tribunal podrá rebajar la sanción en uno o dos grados. Estamos, pues, ante la única e inequívoca manifestación del principio de oportunidad que encontramos en nuestro Código Penal, facultad del Ministerio Fiscal con carácter discrecional, no estando obligado en ningún caso el acusador público a abstenerse (40).
Cabe destacar que esta posibilidad de disposición de la acción penal pública no requiere de la autorización del Tribunal, y que viene establecida sobre la base de un concepto jurídico indeterminado de naturaleza político criminal, cual es facilitar el castigo del delito de amenazas.
Esta manifestación de la oportunidad es similar en su formulación al parágrafo 154.c StPO, que establece que si se ha cometido una coacción o chantaje mediante la amenaza de revelar un delito, el Ministerio Público alemán puede prescindir de la persecución del delito cuya revelación hubiere sido amenazada, si no es imprescindible una conciliación por la gravedad del mismo.
Así las cosas, creemos que de acuerdo con la redacción del art. 171.3 CP estamos ante una genuina manifestación del principio de oportunidad que faculta al acusador público para dejar de cumplir sus obligaciones procesales esenciales por causa de la contraposición entre intereses públicos, uno de los cuales se estima de mayor relevancia. En efecto, la ley entrega a la decisión discrecional del Ministerio Fiscal si acusa o no por el delito amenazado bajo fundamentos análogos a los que justifican la rebaja de la pena en el caso del arrepentimiento o cooperación eficaz contemplado en los arts. 376 y 579 CP para delitos de tráfico de estupefacientes y terrorismo, es decir, fundamentos de política-criminal orientados a facilitar la denuncia y posterior persecución de ciertos delitos que se estiman especialmente gravosos para el cuerpo social. El problema, sin embargo, se presenta si consideramos que en Alemania el Fiscal ostenta el monopolio del ejercicio de la acción penal, mientras que en el caso español, a pesar de que el Fiscal decida no acusar, los particulares pueden ejercer directamente la acción penal, con lo cual el objetivo de la norma podría quedar frustrado.
b) Inspirados en fundamentos político-criminales similares a los del comentado art. 171.3 CP, estimamos que también constituyen manifestaciones del principio de oportunidad las facultades del órgano jurisdiccional para rebajar la pena uno o dos grados a los delincuentes arrepentidos, contemplados en los arts. 376.I y 579.3 CP para los delitos de narcotráfico y terrorismo, puesto que esta rebaja de la medida del castigo la entendemos como una suerte de premio ante la actitud colaboradora de los delincuentes que tienen algo que aportar frente a la lucha contra las manifestaciones más gravosas de la delincuencia organizada, es decir, cuyos fundamentos y requisitos de aplicación pertenecen a un ámbito intermedio entre la política y el Derecho.
Consideramos que esta posibilidad de disposición parcial de la pretensión punitiva obedece a criterios de conveniencia político-criminal, y que la rebaja de la medida del castigo resultará, en definitiva, de una transacción entre el delincuente y las autoridades de persecución penal del Estado en orden a la eficacia de los datos y antecedentes aportados por el delincuente arrepentido. No se trata, por tanto, de una rebaja preceptiva, sino eventual, condicionada a la colaboración activa del acusado.
Cabe destacar además que ésta, por excepción, es una facultad de oportunidad cuya titularidad de ejercicio viene encomendada al órgano jurisdiccional que a la hora de fallar no va a ejercer una mera labor de subsunción declarando la existencia del delito y aplicando una pena, sino que va a participar activamente en la estrategia para combatir fenómenos de delincuencia considerados especialmente graves.
c) Desde una óptica meramente procesal, la oportunidad puede referirse no sólo a la iniciación sino también a la continuación y finalización del proceso (41). Así, las posibilidades de disposición parcial de la pretensión punitiva a través de la determinación consensuada de la medida del castigo en que consisten las diversas posibilidades de conformidad del acusado en el proceso penal español también constituyen, a nuestro juicio, manifestaciones del principio de oportunidad procesal.
Con todas las dificultades que puede entrañar una institución con diversas modalidades en cuanto a los procedimientos en que son aplicables, los sujetos intervinientes, el control judicial sobre su manifestación, etc., podemos definir la conformidad como el acto procesal, manifestación del principio de oportunidad, consistente en la declaración de voluntad que emite el imputado, asistido de su abogado, por el que se conforma con la acusación más grave formulada por las partes acusadoras y con la pena solicitada, lo que provoca la finalización del procedimiento, sin la celebración del juicio oral, a través de una sentencia con todos los efectos de la cosa juzgada.
Como podemos apreciar, este instituto permite a las partes participar con su voluntad en la determinación de la medida del castigo, al haber posibilitado una abreviación de los trámites procesales, ya que si se cumplen todos los requisitos exigidos por la ley el Juez procederá a dictar inmediatamente la sentencia, siendo la vista completamente innecesaria (42). La conformidad tiene, pues, una enorme importancia tanto para la acusación pública, en cuanto acelera y asegura el resultado del proceso, evitando la celebración del juicio, como para el imputado, al que le evita la incertidumbre del enjuiciamiento y, con ello, una acusación más grave y una eventual mayor condena que aquella que podría decretarse en caso de no tener lugar todas las etapas del juicio (43).
La determinación consensuada de la medida del castigo genera indudables efectos preventivo-generales, en el sentido de que una actitud colaboradora del imputado producirá un incremento de la eficacia de los órganos de la Administración de Justicia. La conformidad no tiene, sin embargo, finalidades directas de reparación a la víctima (44), ni tampoco sirve, en estricto sentido, como mecanismo para evitar los efectos criminógenos de las penas cortas privativas de libertad (45), puesto que, en definitiva, la reparación del daño provocado por el delito se encuentra vinculada a las formas sustitutivas de ejecución de las penas privativas de libertad ya impuestas por una sentencia judicial --como indicaremos, la conformidad no puede estar sujeta a condición o plazo alguno, esto es, ha de ser absoluta--, y, por otro lado, la conformidad no permite a las partes evitar la sentencia condenatoria, y por ende la imposición de la pena privativa de libertad, reemplazándola por formas de reacción no-punitivas con contenido resocializador (46).
No obstante, la conformidad implica, como hemos dicho, aceptar poderes de disposición sobre el objeto del proceso penal con base en el acuerdo o consenso entre la acusación pública --y el resto de partes acusadoras personadas-- y la defensa del imputado. Consecuentemente, la conformidad del acusado supone una manifestación del principio de oportunidad en tanto en cuanto supone una forma de dar fin al proceso sin que se hayan desarrollado todas aquellas fases que, conforme al principio de legalidad, hubiera cabido esperar (47).
Por otro lado, la conformidad supone también una excepción al principio de oficialidad en la medida en que la más absoluta indisponibilidad del objeto del proceso --o del interés colectivo en juego-- impediría que la aceptación de la pena solicitada determinase el contenido de la sentencia, aun cumpliéndose todos los requisitos previstos por la ley (48).
Cabe destacar, sin embargo, que no es unánime en la doctrina la calificación de la conformidad como manifestación del principio de oportunidad. Para algunos la conformidad, así como la petición de pase a enjuiciamiento inmediato, constituyen mecanismos de aceleración del proceso pero que no pueden considerarse sin más dentro del principio de oportunidad reglada, que se refiere únicamente al ejercicio de la acción penal a disposición de sus titulares (49). Para otros, si bien reconocen algunos puntos de conexión entre la conformidad y el principio de oportunidad, entienden que se trata de conceptos diferentes, estimando que son más las razones de economía procesal que objetivos de política criminal las que animan la institución referida (50).
A nuestro entender (51), la conformidad puede encontrar su punto de apoyo en el principio de oportunidad, pero no siempre: sólo en aquellas ocasiones que verdaderamente supongan la existencia de contactos y negociaciones explícitas (52) entre la acusación y la defensa, donde el abogado defensor, en modo análogo al conocido plea bargaining estadounidense, procurará acceder a la conformidad en las mejores condiciones para su cliente, intentando obtener alguna variación en la actuación del Ministerio Fiscal que en última instancia le favorezca. Consciente de ello, será normal que la acusación pública esté dispuesta a realizar alguna concesión, incluso en aquellos supuestos en los que el material probatorio de que disponga sea lo suficientemente relevante.
Ahora bien, como sabemos la conformidad del acusado con la calificación más grave existe en España desde la redacción originaria de los arts. 655 y 688 y ss. LECrim. (53), pero a partir de la reforma experimentada en 1988 con la introducción del procedimiento penal abreviado la conformidad sufrió una potenciación inusitada (54), incrementándose los espacios de consenso en el proceso penal. De esta manera se puede decir que si bien la institución de la conformidad no es nueva (55), sí lo son sus aspectos más relevantes, tal y como se han ido delineando por el legislador, una vez que ha sido consciente de las limitaciones y deficiencias que presentaba (56), y la potencialidad de su utilización generalizada. Por ello no nos ha de extrañar cómo en la reciente reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal por mor de la Ley 38/2002 y la LO 8/2002, la institución procesal estrella sobre la que se hace pivotar gran parte del éxito o del fracaso de la reforma es la conformidad, considerada como una cultura que hay que comprender y saber utilizar (57), de la que se defiende una utilización razonable y mesurada (58), siguiendo la línea marcada en los últimos cambios legislativos --procedimiento abreviado, jurado y menores--, en las que se ha tratado de fortalecer las soluciones consensuadas como mecanismo redentor de la Justicia penal, evitándose en la medida de lo posible la celebración del juicio oral (59), con lo cual siempre estará presente el temor expresado por FERRAJOLI de que el juicio oral se convierta en un lujo reservado para unos pocos (60).
Supera los objetivos de nuestro trabajo entrar en el análisis pormenorizado de todas las manifestaciones de la conformidad en el ordenamiento procesal penal español, por lo cual solamente efectuaremos algunas consideraciones con relación a la regulación de la conformidad en los juicios rápidos.
Título: Re:Aló justicia
Publicado por: Aleph Numerable en Noviembre 30, 2012, 14:08:53 pm
Segunda parte del trabajo aquí expuesto, lo he tenido que dividir en dos, dado su extensión. Como podemos ver, los ejes del debate tratan sobre el principio de oportunidad en nuestro Derecho, la mediación penal y las cuestiones relativas a su utilidad como vía de agilización procesal y optimización de recursos.

IV. LA CONFORMIDAD EN LOS JUICIOS RÁPIDOS
Una singular modalidad del instituto de la conformidad, que ha sido denominada como «conformidad premiada» (61) o «conformidad beneficiada de oficio y automáticamente» (62), se encuentra regulada en el art. 801 LECrim., en el cual se contempla la posibilidad de que el acusado manifieste su voluntad de cumplir la pena más grave de las solicitadas ante el Juez de Guardia, pudiendo dictar este mismo la sentencia de conformidad.
Estamos ante una previsión legal sin precedentes en el ordenamiento procesal penal español, pues contempla no sólo la posibilidad de presentar acusación ante el Juez de Guardia sino que además permite que se preste la conformidad ante él, y que sea el mismo quien dicte la sentencia acogiendo la voluntad conforme del acusado, rompiendo así todas las estructuras de los procesos penales españoles, al menos hasta la fecha (63).
La especialidad de esta norma determinó en su momento la necesidad de efectuar una modificación del art. 87 LOPJ, puesto que otorga funciones enjuiciadoras a los Juzgados de Instrucción, suscitando, lógicamente, intensas discusiones parlamentarias en torno a la constitucionalidad de otorgar este tipo de atribuciones al órgano encargado de la instrucción. Cabe señalar, sin embargo, que actualmente la mayor parte de la doctrina se inclina por considerar que dichas atribuciones son perfectamente compatibles con el texto constitucional, toda vez que la participación judicial en el pronunciamiento de la sentencia de conformidad no implica una labor investigadora y de valoración de medios probatorios, sino que más bien consiste en una suerte de homologación de un acuerdo previo entre la acusación o acusaciones y la defensa (64).
Las singularidades del art. 801 LECrim. no se agotan con lo expuesto hasta ahora. Esta norma contiene, además, una modificación del régimen de suspensión de la ejecución de las penas privativas de libertad flexibilizando sus requisitos; además, afecta al principio de legalidad penal en el sentido de que altera las reglas establecidas para la determinación de las penas. En otras palabras, el referido art. 801 LECrim. no sólo conlleva consecuencias orgánicas y procesales sino también de naturaleza penal sustantiva, afectando materias propias de Ley Orgánica según el art. 122 CE, motivo por el cual la conformidad ante el Juzgado de Guardia tuvo que ser tramitada como Ley Orgánica (LO 8/2002), complementaria o anexa a la Ley 38/2002 (65).
Ahora bien, las diferencias entre ésta y las demás modalidades de la conformidad son notables, a pesar de que comparten un sustrato básico común por la aplicación subsidiaria del art. 787 LECrim. Las podemos apreciar claramente si examinamos sus requisitos de validez recogidos en el párrafo primero de este precepto (66):
1) Para que la conformidad «premiada» ante el Juez de Guardia pueda surtir sus efectos es necesario, en primer lugar, que los hechos que sean objeto de la acusación hayan sido calificados como delito castigado con pena de hasta tres años de prisión, con pena de multa cualquiera que sea su cuantía, o con otra pena de distinta naturaleza cuya duración no exceda de diez años. En este caso la ley parece referirse, en principio, a la pena asignada al delito en abstracto, si bien también debería aceptarse la posibilidad de que la conformidad produzca efectos cuando el Código Penal autoriza una reducción facultativa de la pena (subtipos penales privilegiados) (67).
Así las cosas, esta modalidad de la conformidad tiene un límite penológico inferior que las otras manifestaciones de la conformidad del Derecho procesal penal español. Cabe destacar además, que la pena máxima que puede ser objeto de conformidad no coincide con el límite de aplicación del juicio rápido, cuyo ámbito comprende los delitos castigados con pena privativa de libertad que no sea superior a cinco años (68). Se trata, por tanto, de un tipo de conformidad especial reservado a aquellas infracciones penales menos graves que provoquen escasa lesión social, siempre que además sean delitos flagrantes, o bien se trate de un hecho cuya instrucción presumiblemente sea sencilla, o que se trate de alguno de los delitos expresamente previstos en el art. 795 LECrim. (69).
No está claro en la ley, sin embargo, si la pena debe ser determinada tomando en consideración los subtipos penales atenuados y las concretas circunstancias del hecho cometido en relación al grado de participación del agente y el grado de ejecución del delito. A nuestro entender la respuesta debe ser afirmativa, puesto que la ley habla de la calificación que hayan hecho las partes («... que los hechos objeto de la acusación hayan sido calificados...»), y ésta siempre debe considerar las circunstancias del hecho y el grado de participación del agente, según establece el art. 650 LECrim. Es decir, creemos que para determinar el límite penológico deben considerarse los eventuales subtipos atenuados o privilegiados (70), también el grado de participación del agente, sus circunstancias agravantes o atenuantes, y el grado de ejecución del delito (71); sólo de esa manera podrá respetarse adecuadamente el principio de proporcionalidad.
2) El segundo requisito establece que tratándose de penas privativas de libertad la pena solicitada o la suma de ellas no supere, reducida en un tercio, los dos años de prisión. Se trata, por tanto, de un requisito específico en relación a las penas privativas de libertad que sean solicitadas --en concreto-- (72) por las acusaciones; aunque el texto de la norma quizás habría sido más claro si el legislador, en lugar de utilizar la fórmula antedicha, de forma directa hubiera prescrito que la pena solicitada o la suma de ellas no supere los tres años de prisión, lo que desde un punto de vista aritmético es lo mismo. A todas luces, desde la misma fijación de los requisitos, el legislador quiere dejar patente el «premio» que recibe el imputado por conformarse.
Para el cómputo del límite máximo de la penalidad del hecho punible, una vez efectuada la reducción de un tercio, han de tenerse en cuenta también las otras penas privativas de libertad distintas a la prisión (73). Cabe destacar en este sentido cómo la nueva redacción del art. 35 CP dispone que son penas privativas de libertad la prisión, la localización permanente y la responsabilidad personal subsidiaria por impago de multa (74); sin embargo, esta última no cuenta a efectos del límite de penalidad, según se desprende de la Circular 1/2003 FGE.
Este límite de los dos años de privación de libertad, una vez aplicada la rebaja de un tercio de la pena, pareciera que simplemente se limita a reiterar el límite penológico de los tres años señalado en el requisito anterior, pero esta vez referido a las penas privativas de libertad, toda vez que, si la pena en abstracto señalada por la ley no puede superar esa cifra, es lógico que las acusaciones tampoco puedan hacerlo. Sin embargo, parece que esta exigencia ha de entenderse en relación al límite penológico establecido en el Código Penal para la suspensión y la sustitución de las penas privativas de libertad, produciéndose en la práctica una ampliación del ámbito de aplicación de las penas alternativas a la prisión, ya que gracias a la rebaja de un tercio de la pena podrán acceder a estos beneficios también aquellos hechos sancionables con pena de hasta tres años de prisión (75).
Ahora bien, debemos dejar claro que la ley no establece como requisito de la conformidad la procedencia de estas formas de cumplimiento alternativo de la pena. La normativa permite la conformidad «premiada» también en el caso de que el acusado sea reincidente. Creemos, sin embargo, que el legislador pretendía con la introducción de este requisito potenciar un tratamiento diferenciado para aquellos acusados que carecieran de antecedentes penales; esta finalidad podía apreciarse claramente en el texto inicial de la proposición de ley, que establecía como requisito de la conformidad premiada que fuera procedente acordar la suspensión de la ejecución de la pena, o su sustitución por otra no privativa de libertad. Esta exigencia fue finalmente eliminada en el trámite parlamentario del Senado, debiendo entenderse actualmente que también los reincidentes pueden verse beneficiados con la rebaja preceptiva de un tercio de la pena, aun cuando no puedan acceder a las medidas alternativas a la pena privativa de libertad.
3) El art. 801.1.1.º LECrim. establece como tercer requisito de la conformidad ante el Juzgado de Guardia que no se hubiere constituido acusación particular en la causa. Esta exigencia de acusación exclusiva por parte del Ministerio Fiscal --que tiene que solicitar la apertura del juicio oral, y una vez abierto presentar el escrito de acusación-- se contradice, sin embargo, con lo dispuesto en el propio art. 801.5 LECrim., que establece la posibilidad de conformidad si hubiere acusación particular en la causa. La cuestión es entonces saber si hay alguna forma de conciliar ambos párrafos del mismo art. 801 LECrim., situación de indefinición que es especialmente llamativa si tenemos en cuenta que la LO 15/2003 ha redactado de nuevo este precepto.
A nuestro entender, existen razones de peso para argumentar tanto el rechazo como la posibilidad de conformidad cuando exista acusación particular en la causa (76).
En favor del rechazo de la posibilidad de sentencias de conformidad cuando existan otras acusaciones puede argumentarse que esta opción atentaría contra del objetivo de celeridad procesal que inspira la nueva ley (77). En efecto, si existe acusación particular que hubiere solicitado la apertura del juicio oral y así lo ordenare el Juez de Guardia, no es necesario formular la acusación de inmediato en la misma audiencia de preparación del juicio oral, sino que las acusaciones deberán presentar sus escritos dentro de un plazo improrrogable y no superior a dos días (art. 800.4 LECrim.); en esta situación, la finalidad de que el Juez de Guardia dicte sentencia de conformidad en la misma comparecencia ante el servicio de guardia quedaría frustrada. Por otra parte, según lo dispuesto en el art. 800.2.II LECrim., el acusado tiene la opción de formular su defensa por escrito dentro de un plazo no superior a cinco días --fijado de forma prudencial por el Juez en atención a las circunstancias del hecho imputado y los restantes datos que se hayan puesto de manifiesto en la investigación--, con lo cual la presentación del respectivo escrito de defensa deberá ocurrir ante el Juez de lo Penal competente para el enjuiciamiento, y no ante el Juez de Guardia. Así las cosas, la conformidad premiada está regulada como un mecanismo más para lograr la agilidad del proceso, y la presencia de acusaciones particulares tendría el carácter de un elemento extraño dentro de este condicionamiento general de celeridad procesal (78).
Por contra, en favor de la posibilidad de que pueda tener lugar el pronunciamiento de sentencias de conformidad premiada por el Juzgado de Guardia cuando existan otras acusaciones puede alegarse el principio de igualdad (art. 14 CE), puesto que el acusado podría quedar privado de la posibilidad de ejercer la opción de conformarse con rebaja de la pena si la sentencia fuera pronunciada por el Juez de lo Penal por la única razón de que el Ministerio Fiscal no ejercite la acusación de modo exclusivo (79); esto es, que el premio quedaría en manos del ofendido por el delito. Así las cosas, al no existir razones de peso que justifiquen tal limitación, primaría el principio de igualdad en orden a permitir la conformidad premiada cuando existan más acusaciones personadas en la causa (80). Por otro lado, esta limitación resulta bastante curiosa, a nuestro modo de ver, pues las demás modalidades de conformidad no la contemplan, además de ser, por esta misma razón, muy poco respetuosa con los derechos de la víctima, que además lo más probable es que esté más abierta a la conformidad que el propio Ministerio Fiscal por lo que le puede suponer de ventaja en cuanto a la responsabilidad civil (81).
Ahora bien, desde otro punto de vista podría argumentarse que en realidad no existe contradicción en la norma señalada (82), puesto que en el caso del art. 801.1.1.º LECrim. la Ley establece la posibilidad de conformarse ante el Juzgado de Guardia en la audiencia de comparecencia, mientras que el art. 801.5 LECrim. establece la posibilidad de prestar la conformidad en el escrito de defensa, ante el Juez de lo Penal competente para el enjuiciamiento del asunto (83), según las normas que regulan esta institución en el procedimiento abreviado (84). Desde esta perspectiva, por aplicación supletoria de los arts. 787 y 784.3.2.º LECrim., cabe interpretar que existe un segundo momento procesal distinto a la audiencia de comparecencia para que el acusado preste su conformidad. Por lo tanto, el procedimiento de enjuiciamiento rápido contendría dos regímenes jurídicos referidos a la conformidad: la conformidad expresada en el propio servicio de guardia, que desembocará en la sentencia de conformidad pronunciada por el propio Juez de Guardia, y la conformidad realizada ante el Juez de lo Penal (85). Sin embargo, es necesario puntualizar que el Juez de lo Penal no puede aplicar la rebaja preceptiva de un tercio de la pena, puesto que tal beneficio está consagrado expresamente sólo en favor de las conformidades que pronuncie el Juez de Guardia, con lo cual esta interpretación vulneraría el principio de igualdad al quedar en una situación privilegiada injustificable aquel sujeto que haya sido acusado en un proceso donde sólo ejercite la acusación el Ministerio Fiscal (86).
Como podemos apreciar, la cuestión no está zanjada. Mientras el legislador no acometa una nueva modificación del art. 801 para enmendar su ambigüedad, los argumentos de una u otra opción interpretativa se estrellarán siempre con el tenor literal de la norma que en una parte rechaza la conformidad si el Ministerio Fiscal no es la única parte acusadora que ejercita la acusación en la causa, mientras que en otra lo acepta abiertamente.
Nosotros creemos que la intención del legislador en esta clase de delitos ha sido privilegiar la celeridad y la eficacia de la Justicia Penal tendiendo hacia el ejercicio exclusivo de la acusación en manos del Ministerio Fiscal. Desde esta perspectiva, la presencia de acusaciones particulares molesta por afectar a la celeridad que inspira la nueva normativa. Por lo demás, resultaría algo extraño, aunque reconocemos que no imposible por mor de las previsiones constitucionales y legales, que los ofendidos o terceros se personaran en las causas criminales por los delitos que son objeto de conocimiento de acuerdo a las normas del juicio rápido. Así las cosas, de la interpretación sistemática del art. 801 LECrim., con el resto de la normativa podemos apreciar que este precepto está diseñado para que el acusado muestre su conformidad de forma inmediata con la acusación presentada por el Ministerio Fiscal, como una alternativa al escrito de defensa (87), en la comparecencia a la que se refiere el art. 800.2 LECrim., excluyendo la posibilidad de personación de acusaciones particulares.
4) Toda vez que los arts. 787, 655, 688 y ss. LECrim. se aplican también a la conformidad ante el Juez de Guardia en todo lo no previsto por el art. 801 LECrim., ésta debe cumplir también con los requisitos comunes a toda clase de conformidad: ha de ser absoluta (88), voluntaria, con pleno conocimiento de sus consecuencias, con asesoramiento del Letrado, y, si se trata de varios acusados, deberán conformarse todos ellos, a menos que puedan darse los supuestos de una desconexión procesal para la formación de piezas separadas. El Juzgado de Guardia debe realizar el control de la conformidad en los términos previstos en el art. 787 LECrim. y, en su caso, dictará oralmente la sentencia de conformidad que se documentará de acuerdo a lo previsto en el ap. 2 del art. 789 LECrim. Al igual que en el caso de la conformidad prestada en el procedimiento abreviado, si el Fiscal y las partes personadas expresasen su decisión de no recurrir, el Juez, en el mismo acto, declarará oralmente la firmeza de la sentencia y, si la pena impuesta fuese privativa de libertad, resolverá lo procedente sobre su suspensión o sustitución.
Respecto a la discrepancia en relación a la responsabilidad civil, cabe aplicar también de forma supletoria los arts. 655, 695 y 700 LECrim.; en este caso, el órgano competente para pronunciar sentencia deberá ser el Juez de lo Penal. En esta situación planteada cabe preguntarse de nuevo si este Juez de lo Penal puede o no pronunciar sentencia de conformidad en cuanto a la responsabilidad penal con la rebaja preceptiva de un tercio de la pena. Nosotros creemos, concordando con la interpretación de la Fiscalía General del Estado contenida en su Circular 1/2003, que en tales supuestos el Juez de lo Penal está facultado para dictar sentencia de conformidad aplicando la rebaja de la pena, ya que el tema de discusión en el juicio oral quedaría limitado exclusivamente a la responsabilidad civil del acusado (89). Del mismo modo, estimamos que el Juez de lo Penal debe resolver también lo procedente respecto a la suspensión o sustitución de la pena (90).
Ahora bien, sin perjuicio de lo expuesto en los párrafos precedentes, creemos que sin lugar a dudas las principales diferencias entre la conformidad en los juicios rápidos y las otras manifestaciones de la conformidad son, de un lado, la rebaja preceptiva de un tercio de la pena y, de otro, el otorgamiento de facilidades para la suspensión de la ejecución de la pena. La conformidad ante el Juez de Guardia es, por tanto, una fórmula de conformidad premiada, privilegiada o beneficiada, que a cambio de su manifestación ofrece al acusado la posibilidad de ver disminuidas las consecuencias jurídicas que devienen a la comisión de un delito.
En efecto, si el Juez entiende que la calificación y la pena solicitada son correctas, dictará sentencia de conformidad imponiendo la pena respecto de la cual el acusado se ha conformado, reducida en un tercio. Esta reducción no sólo se aplica respecto de las penas privativas de libertad, sino a cualquier clase de pena que hubiere sido solicitada por las acusaciones. La rebaja opera de manera automática y preceptiva como contrapartida a la actitud colaboradora del imputado.
La explicación de este régimen especial de conformidad se encuentra en la búsqueda de la celeridad en resolver el asunto, convirtiendo aquél en juicio inmediato y permitiendo con dicha rebaja la aplicación, en su caso, de la suspensión o sustitución de la pena privativa de libertad. El premio opera como un incentivo para propiciar la conformidad inmediata del acusado, a fin de que se dicte la sentencia definitiva lo antes posible, con la consiguiente abreviación y simplificación del procedimiento (91).
En la regulación legal de la reducción automática a la que tiene derecho el acusado por el hecho de conformarse en un juicio rápido, con la que se pretende posibilitar el acceso del reo a las formas sustitutivas de la ejecución de las penas privativas de libertad, es similar a la prevista en la manifestación de la justicia penal negociada en el proceso penal italiano, la aplicación de la pena a instancia de la parte (patteggiamento), puesto que el art. 444.1 del Código de Proceso Penal italiano limita su ámbito de aplicación a que la duración de la pena privativa de libertad solicitada, teniendo en cuenta todas las circunstancias y disminuida hasta en un tercio, no supere los dos años de prisión o de arresto, sola o junto a otras penas pecuniarias (92).
La rebaja preceptiva de la pena suscita, sin embargo, numerosas dudas. En primer lugar cabe preguntarse cuál es la razón de fondo que justifica la existencia de este beneficio en esta clase de procedimiento, mientras que se niega tal tratamiento benéfico a las conformidades manifestadas en procedimientos distintos.
Esta norma, en estricto sentido, tiene una naturaleza penal sustantiva, puesto que afecta al régimen de determinación de la pena aplicable a un hecho punible (93), funcionando en la práctica como una atenuante privilegiada (94). Así las cosas, no encuentra justificación desde el punto de vista del derecho de igualdad la existencia de un beneficio de tales características para delitos tramitados conforme a un determinado tipo de procedimiento, en tanto el resto de delitos que son objeto de conocimiento según reglas procesales diferentes, a pesar de que reúnan límites penológicos idénticos a los contemplados en el art. 801 LECrim., mantienen el régimen común de determinación de la pena (95), razón por la cual el beneficio de la reducción de pena debería poder aplicarse analógicamente a otras clases de procedimiento. Asimismo, la naturaleza material de la rebaja de pena justifica, a nuestro modo de ver, que pueda aplicarse retroactivamente a procesos penales incoados con anterioridad a la entrada en vigor de esta novedosa regulación de los juicios rápidos (96).
Por otro lado, cabe cuestionarse que si el legislador no exige al acusado ningún comportamiento que revele su intención de resocializarse, ni tampoco hace depender el otorgamiento del beneficio a ninguna clase de imposición o regla de conducta alternativa a la pena, entonces la rebaja de un tercio ¿viene a romper el principio de proporcionalidad en la determinación del castigo? (97). Si el legislador penal definió las penas que corresponden a las diferentes infracciones, entonces una rebaja preceptiva injustificada tornaría en desproporcionada, por insignificante, la respuesta del cuerpo social frente a un determinado hecho punible, provocando el deterioro de los fines de prevención general y especial de las penas.
La rebaja de la pena podría derivar, por otro lado, en que de la operación de cálculo resulte una pena inferior al mínimo de las previstas en el Código Penal. Esta situación está prevista en la nueva redacción del art. 801.2 LECrim., que expresamente posibilita la reducción de pena aun cuando suponga la imposición de una pena inferior al límite mínimo previsto en el Código Penal; incluso el art. 71.1 CP establece que los Jueces o Tribunales no quedarán limitados por las mínimas de las diferentes clases de pena, sino que podrán reducirlas en la forma que resulte de la aplicación de la correspondiente regla de determinación de la pena, sin que ello suponga la degradación a falta.
Lo que sí parece claro es que la facultad judicial para determinar la cuantía de la pena desaparece en gran medida, ya que, por un lado, el Juez no podrá imponer una pena superior a la aceptada por el acusado, y, por otro, tampoco podrá imponer otra pena distinta a aquella que resulte de la operación aritmética de rebaja (98); sólo le quedaría la opción de modificar los efectos de la conformidad si a pesar de ella estima procedente la absolución del imputado, o bien rechazarla cuando crea que los hechos no han sido correctamente calificados, o si estima que la pena solicitada es legalmente improcedente.
En relación con lo que venimos expresando, la Ley contempla además, como novedad, que después de que el Juez de Guardia declare oralmente la firmeza de la sentencia, este mismo resolverá lo procedente respecto a la suspensión --o sustitución-- (99) de la pena, a pesar de que la ejecución de la sentencia está en manos del Juez de lo Penal (100), el cual, paradójicamente, estará obligado a revocar la suspensión de la ejecución de la pena acordada por el Juez de Guardia si durante el plazo de duración de ésta el condenado delinquiera (art. 84.1 CP).
Una vez dictada la sentencia de conformidad, el Juez de Guardia resolverá lo procedente sobre la puesta en libertad o el ingreso en prisión del condenado realizando los requerimientos necesarios, remitiendo luego las actuaciones junto con la sentencia redactada al Juzgado de lo Penal que corresponda, el cual continuará la ejecución del fallo. En este orden de consideraciones, la nueva regulación de la conformidad acarrea algunas consecuencias --no necesariamente positivas-- en relación a la reparación a la víctima, que veremos a continuación.
Lejos de establecer la reparación como presupuesto o requisito para la rebaja de la pena, la nueva Ley afecta esta institución en cuanto facilita o flexibiliza el régimen para la obtención del beneficio de la suspensión de la pena, como una especie de premio anexo a la rebaja de la medida del castigo. Así pues, para que se entienda cumplida la condición establecida en el art. 81.3 CP bastará con que el acusado asuma el compromiso (101) de satisfacer las responsabilidades civiles provocadas con el delito, para lo cual el Juez señalará un plazo prudente. Por otro lado, para el cumplimiento del requisito establecido en el art. 87.1.1.º CP, bastará con el compromiso del acusado de obtener, dentro de un plazo prudencial que el Juez le fije, los certificados de deshabituación o de sometimiento a un tratamiento de dicha naturaleza.
Título: Re:Aló justicia
Publicado por: Aleph Numerable en Noviembre 30, 2012, 14:09:54 pm
Tercera parte y última de este interesante trabajo.

La pregunta que finalmente cabe formularse en relación a la conformidad privilegiada es qué sucede en caso de que el acusado incumpla los compromisos asumidos ante el Juez, cuestión que no se encuentra regulada expresamente en la Ley. Partiendo de que la relevancia de los compromisos, y su inobservancia, no puede recibir un tratamiento jurídico único (102), hay que señalar que si bien la Circular 1/2003 FGE se ha pronunciado en el sentido de que el incumplimiento de los compromisos traerá consigo no sólo la revocación de la suspensión condicional de la pena, sino también de la ejecución de la pena reducida en un tercio, nosotros consideramos que ante el silencio normativo la reducción de condena se mantendrá inalterada, a pesar del incumplimiento imputable por parte del acusado (103). Por tanto, creemos que los únicos efectos de este eventual incumplimiento radicarían en la revocación del beneficio de la suspensión de la pena, por aplicación de los arts. 84.2 y 87 CP, en cuanto ello constituiría una infracción de los deberes o condiciones establecidas al condenado (104).
V. CONCLUSIÓN: EL PRINCIPIO DE OPORTUNIDAD COMO INSTRUMENTO DE POLÍTICA CRIMINAL
Después del análisis que hemos realizado creemos que servir como instrumento de la política criminal del Estado para la selección de aquellos actos delictivos que van a ser objeto de la actividad estatal de persecución (105) es, antes que cualquier otro, el principal fundamento para otorgar a los órganos públicos criterios de oportunidad o de flexibilización en el deber de ejercicio y sostenimiento de la acción penal (106).
Así pues, la decisión entre ejercer la acusación o renunciar a la persecución, o instar en toda su magnitud la pena establecida en abstracto por la ley para el hecho punible, o hacer algún tipo de concesiones al acusado, no sólo se fundamenta en cuestiones de naturaleza procesal sino que se adopta en atención a criterios político-criminales (107).
El ejercicio selectivo del ius puniendi es hoy por hoy una necesidad. La pancriminalización de conductas disvaliosas y la masificación de ciertas formas de delincuencia han traspasado las posibilidades reales del sistema, que se ha visto obligado a definir prioridades y áreas preferenciales de movilización e intervención de sus escasos recursos, lo que por otro lado obliga a dejar desprotegidos otros frentes, o al menos disminuir los medios a ellos asignados (108).
Ahora bien, la oportunidad entendida en un sentido amplio como selección de conductas a perseguir por parte del Estado puede presentarse a varios niveles. Desde luego, en un primer nivel de intervención político-legal del poder político, a través de la transformación de los delitos en faltas o contravenciones e ilícitos civiles, disponibilidad de procedimientos monitorios, vías alternativas al sistema tradicional, etc. (109). Un segundo nivel en que puede posicionarse el ejercicio de la oportunidad es el nivel de la intervención político-administrativa del gobierno, en la que destaca la adopción de medidas gubernamentales como guidelines, directivas o medidas administrativas para el tratamiento de ciertas materias penales prioritarias, que se reflejarán en una diversa estrategia de investigación criminal o en privilegiar un cierto procedimiento en detrimento de otro. También puede residir la oportunidad en la intervención de un organismo específico intermedio, como el Consejo Superior del Ministerio Público, que se ocupen de la definición concreta de los macro-objetivos, previamente enunciados, en el combate del crimen, establecimiento de corrientes interpretativas de nódulos legales y conceptos abiertos (por ejemplo, qué se debe entender por «suficiencia de indicios» para deducir acusación), identificación de tipos penales en razón del circunstancialismo coyuntural, o institucional, o de la lesión social, que deben ser encaminados hacia formas procesales de consenso y oportunidad, etc. Sin embargo, el nivel en que normalmente se posiciona el debate del ejercicio de la oportunidad es el nivel de la intervención del Ministerio Público, una ubicación ciertamente paradójica desde el punto de vista político-criminal puesto que constitucionalmente la decisión sobre qué comportamientos serán punibles y cuáles no es una decisión que le compete al legislador, de lo cual se deduce que el órgano de persecución sólo puede limitarse a aplicar criterios político-criminales previamente establecidos por las instancias competentes del Estado.
En el contexto de la selección de conductas perseguibles por el Estado la dicotomía legalidad-oportunidad no es tan reciente como pudiera creerse. Como señaló GOLDSCHMIDT, en tanto existió confusión entre asuntos penales y civiles y la defensa de los intereses lesionados estuvo a cargo de la propia persona ofendida, no existió base para distinguir entre principio de legalidad o de oportunidad procesal, pero desde que el poder de penar correspondió al Estado se planteó para el legislador el problema de si todos los hechos punibles sin excepción habían de perseguirse, o si la persecución había de hacerse depender en cada caso del arbitrio del acusador particular o estatal, o en el procedimiento de oficio del arbitrio judicial (110). La respuesta es evidente, pues como afirmó ALCALÁ-ZAMORA Y CASTILLO (111) es prácticamente imposible que ningún Estado, por grande que sea su potencial económico, soporte el monstruoso presupuesto que resultaría si pretendiese someter a cauces procesales la totalidad de los litigios, inclusive los más nimios que en su territorio se produjeren. De allí que prácticamente todos los ordenamientos jurídicos, sean de orientación acusatoria o inquisitiva, siempre han contemplado mecanismos de selección de los hechos punibles que van a ser objeto de conocimiento por los órganos de la Administración de Justicia criminal.
Dando por descontado que existe una cifra negra de actos ilícitos que nunca llegará a ser conocida por los órganos públicos, el primer instrumento de política criminal del Estado es la propia fijación de las conductas delictivas a través de los tipos penales. Sólo la conducta subsumible en una figura delictiva legalmente tipificada va a ser, en principio, objeto de la actividad estatal de persecución penal. Pero no es el único filtro, ya que se contemplan otros como la denuncia o querella del perjudicado en el caso de delitos cuyas acciones sean privadas o semipúblicas; ciertas autorizaciones o presupuestos legales que limitan la acusación a determinadas autoridades --autorizaciones parlamentarias, por ejemplo--; un mayor o menor grado de discrecionalidad técnico-jurídica en los órganos de persecución criminal --calificación jurídica de los hechos, mérito de los antecedentes probatorios, etc.-- ; las diversas manifestaciones del principio de oportunidad; y, finalmente, las facultades extraordinarias del poder ejecutivo y legislativo a través de indultos y amnistías. En definitiva, sólo si una conducta humana traspasa toda esta clase de filtros anteriormente descritos adquiere como producto final la consideración de conducta delictiva, socialmente dañosa, merecedora de la aplicación de una consecuencia estigmatizadora.
La selección de conductas por el sistema es un hecho prácticamente indiscutible; no puede mirarse como un fenómeno excepcional. De lo anterior se desprende que la función principal de la política criminal del Estado sea doble: por una parte, debe canalizar esta selección jurídicamente y, muy relacionado con ello, debe impedir que los criterios de selección sean irregulares y deformantes (112). De este modo, idealmente el principio de oportunidad no debería estar en contraposición frontal con el principio de legalidad. Los criterios de selección no pueden estar diseñados como facultades que permitan la arbitrariedad de los órganos de persecución sino que deben formularse a través de requisitos procesales generales, redactados de manera abstracta pero con cierto grado de precisión para que lleguen a ser transparentes y revisables.
Las limitaciones al principio de legalidad --y los criterios de selección de conductas que no van a ser perseguidas ni enjuiciadas lo son-- deben ser claras y concretas, preceptuando del modo más acotado posible sus condiciones de ejercicio. Dicho de otra manera, no deben ser los órganos de persecución los que determinen la política criminal del Estado; quien debe determinarla son los órganos políticos: el legislador a través de la ley penal procesal y sustantiva, y el Ejecutivo dentro del ámbito de sus competencias para diseñar la estrategia del Estado para enfrentar el fenómeno delictivo. Por eso el ejercicio de los criterios de selección debe estar suficientemente acotado para impedir cualquier manifestación de oportunidad libre o pura (113). En suma, la excesiva amplitud e indeterminación de los requisitos para prescindir de la persecución y la falta de control jurisdiccional sobre las decisiones del Ministerio Público podría llevarnos a relacionar el principio de oportunidad con una política criminal entendida como una política definida exclusivamente por el ejecutivo, como otra política cualquiera, confundiendo política de seguridad con política criminal (114), conclusión que debe ser erradicada en el marco de un Estado democrático de Derecho.
Ahora bien, el problema radica en que afirmar que el fundamento del principio de oportunidad es servir como instrumento de política criminal del Estado implica recurrir a una especie de cajón de sastre que no desentraña su verdadera naturaleza. En efecto, si entendemos la política criminal como un conjunto de medidas y estrategias del cuerpo social para enfrentar el fenómeno delictivo podremos entender que la política criminal de un Estado puede perfectamente estar orientada hacia objetivos retributivos, o bien más hacia objetivos preventivos generales y especiales y de reparación a la víctima. En otras palabras, la política criminal requiere un contenido determinado precisamente por los órganos políticos del Estado, y ello determina, como tendremos ocasión de profundizar más adelante, que el ejercicio del principio de oportunidad, si bien debe estar limitado a través de requisitos reglados precisos, transparentes y revisables, al mismo tiempo no puede quedar huérfano de un mínimo vínculo con los órganos políticos del cuerpo social que orienten la política de actuación de los órganos de persecución penal del Estado. En otras palabras, toda vez que el fundamento de su utilización está a medio camino entre ámbito jurídico y el campo de la política, el ejercicio de la oportunidad exige como correlato la existencia de responsabilidad política.
Una cuestión diferente es que la propia selección sea obligatoria o facultativa para el órgano de persecución criminal. Obviamente, tratándose de criterios como la subsunción del hecho en un tipo penal, los órganos públicos tienen obligatoriamente vedado entrar a conocer conductas que no reúnan en abstracto caracteres de delito; una cuestión similar ocurre con la ausencia de querella o denuncia previa del particular afectado en los delitos privados y semipúblicos (115). Sin embargo, tratándose de otros mecanismos de selección, como las diversas manifestaciones del principio de oportunidad, una vez reunidos los requisitos que autorizan efectuar la selección, el órgano de persecución, por regla general, no está obligado a suspender o archivar el proceso, sino que puede decidir continuar adelante con el desarrollo ordinario del mismo. Dicha decisión de continuar en el desarrollo de las diligencias del proceso, que no consiste más que en el cumplimiento de las obligaciones naturales del Ministerio Público, es consecuencia de la naturaleza propia de los criterios de oportunidad que no están diseñados como manifestaciones del derecho de defensa del imputado ni tampoco como una facultad dispositiva de la víctima del delito, sino como una facultad que la ley confiere a los órganos de persecución criminal para eximirse del cumplimiento de sus obligaciones procesales, o de parte de ellas.
Ahora, si bien es cierto la política criminal está integrada por instituciones no sólo de naturaleza penal, el Derecho penal sustantivo y procesal va a ocupar un lugar preeminente en ella, porque constituye la base de la definición de aquello que se considera delito frente a la conducta lícita (116). Desde esta perspectiva, las facultades de oportunidad tienen una trascendencia político-criminal muy clara, puesto que a través de ellas se permite la no aplicación del Derecho Penal sancionador, a pesar de que la conducta puede ser considerada como delito, surgiendo la cuestión de cómo es que estos mecanismos para no perseguir delitos pueden contribuir en la tarea de disminuir el fenómeno delictivo.
En primer lugar, estimamos que una aplicación estricta del Derecho Penal va a transformar indefectiblemente en ineficaz la lucha de la colectividad contra la delincuencia (117); en cambio, una aplicación selectiva del Derecho punitivo permite administrar adecuadamente los escasos recursos de la Administración de Justicia determinando en qué parcelas del espectro criminoso deben concentrarse y producir sus efectos las medidas de política criminal del Estado (118), sin perjuicio de reconocer también la indudable trascendencia político-criminal de traspasar la determinación de la medida de la pena a las propias partes del proceso en que consisten las posibilidades de justicia penal negociada (119). Desde esta última perspectiva, nos parece que las posibilidades de consenso en materia penal favorecen la celeridad en la obtención de una condena, lo que a la larga permitirá conceptuar al proceso penal como instrumento de prevención general. Aunque, claro está, si la amplitud o alcance del consenso se limita sólo a una reducción de la pena, entendida como un premio a cambio de una actitud colaboracionista del imputado, pero sin vincularla hacia fines de reparación a la víctima y hacia fines de resocialización del delincuente, tendremos que concluir que la justicia penal así entendida está orientada más hacia finalidades fácticas de pura celeridad y descarga de los tribunales (120) que hacia fines político-criminales trascendentes del sistema punitivo (121), con la consiguiente disminución de garantías (122).
Ahora bien, la aplicación selectiva del Derecho Penal, o, en otras palabras, las facultades de no-ejercicio de la acción penal permiten no sólo la consecución de mayor eficacia procesal, en el sentido de un mejor reparto de los recursos de la Administración de Justicia hacia aquellos sectores donde la delincuencia sea más problemática, sino que además posibilitan una utilización racional y justa del ius puniendi estatal.
En efecto, las facultades de oportunidad dejan, en primer lugar, llevar a la práctica las exigencias de proporcionalidad, no sólo en relación a la medida de la culpabilidad y a la pena o medida alternativa que finalmente se adopte, sino en la propia evitación de un proceso largo que en sí mismo puede causar un importante estigma social al delincuente. Por otro lado, el principio de oportunidad permite la realización de fines político-criminales que se pueden resumir en evitar los efectos criminógenos de las penas cortas privativas de libertad; obtener la rehabilitación del delincuente; estimular la pronta reparación del daño; razones de economía procesal; efectuar un tratamiento diferenciado de la pequeña y mediana criminalidad frente a la criminalidad grave, estableciendo espacios para la oportunidad y el consenso en determinadas parcelas de la criminalidad eliminando conflictos innecesarios, reservando el proceso penal para la persecución de la criminalidad grave (123).
Las vinculaciones entre las facultades de oportunidad y los objetivos de política criminal son, por tanto, evidentes. La posibilidad para disponer total o parcialmente de la pretensión penal cuando no sea político-criminalmente conveniente llevar a cabo una persecución penal rigurosa se transforma así en un poder al menos tan importante como el propio ejercicio de la acción penal, y en cierto modo equivalente al propio ejercicio de la función jurisdiccional, en el sentido de que si el acusador público se niega a extraer la conducta de su cauce normal de enjuiciamiento, el órgano jurisdiccional no podrá forzarlo a ello, quedando la decisión de cuándo no se aplica la sanción penal, en parte, también en manos del acusador público.
En suma, por activa o por pasiva la selección de las conductas perseguibles por el Ministerio Público provoca un notable incremento de su poder dentro del complejo engranaje institucional. Así las cosas, el ejercicio de la oportunidad procesal es un acto de naturaleza eminentemente política que permite orientar las instituciones del Derecho Penal hacia determinados objetivos político-criminales del sistema punitivo, como el respeto al principio de proporcionalidad, la intervención mínima, el principio de humanidad, la resocialización, la pronta y efectiva reparación a la víctima, etc. Y, por tanto, creemos que los criterios que sustenten decisiones de tanta importancia deben ser adoptados con el contrapeso de la responsabilidad política; en otras palabras, no es posible concebir el ejercicio de la oportunidad procesal exento de un vínculo entre el Ministerio Público y los poderes de dirección política.
Sobre esta compleja cuestión creemos que es posible constatar una correlación entre los conceptos de oportunidad en el ejercicio de la acción penal, por un lado, y sometimiento del acusador público al Poder Ejecutivo, y por ende, a responsabilidad política, por otro.
En efecto, si la acción penal es rigurosamente obligatoria, no encuentra justificación un modelo de Ministerio Público sometido jerárquicamente al Ministro de Justicia ni tampoco sería necesaria una forma de responsabilidad política del Ministerio Público, puesto que la acción penal pública estaría sometida a parámetros de estricta legalidad, jurídicamente controlables. De otro lado, si la acción penal admite apreciaciones de carácter extrajurídico a la hora de decidir su interposición, de manera que puedan tener lugar valoraciones político-criminales acerca de la conveniencia o inconveniencia de proceder criminalmente, entonces sí será necesario contar con algún tipo de vinculación o dependencia externa al poder político, y por ende, con un régimen de responsabilidad política del Ministerio Público. Así las cosas, en tanto rija el principio de oportunidad, en aras de una política criminal coherente en todo el territorio del Estado, el Ejecutivo debería conservar la competencia para dirigir a los Fiscales las orientaciones generales a seguir con el objetivo de preservar la coordinación y la armonización que exige el ejercicio de la política penal nacional (124); en otras palabras, no puede existir oportunidad sin responsabilidad (125), justificándose así el sometimiento de la Fiscalía al Poder Ejecutivo.
Incluso en un régimen de vigencia formal del principio de legalidad, como en el caso español, cuando se plantean las grandes cuestiones sobre independencia o autonomía del Ministerio Fiscal no cabe olvidar o minusvalorar el tema de la responsabilidad. Así, en la actual configuración institucional del Ministerio Fiscal español existe responsabilidad política del Gobierno por la actuación del Ministerio Fiscal, y esta responsabilidad se explica en vista de que el Gobierno designa a su cabeza y ha de ejercer importantes facultades decisorias (126).
En cualquier caso, estimamos que una correcta configuración y ejercicio del principio de oportunidad pasa por incrementar el papel del imputado y la víctima en el procedimiento de diversión, manteniendo un equilibrio en las posiciones de ambos. Al mismo tiempo, creemos necesario incrementar el papel del órgano jurisdiccional para que éste pueda tener siempre la última palabra en relación al cumplimiento de las finalidades político-criminales que se desprenden de las normas que contemplan soluciones de oportunidad y el respeto a los derechos fundamentales de imputados y víctimas. Si así fueran las cosas, las partes podrían provocar, por vía de recurso, el control de estas finalidades por el órgano jurisdiccional y, llegado el caso, podrían impedir salidas alternativas que atenten contra el principio de igualdad de trato, u obtener un tratamiento alternativo aun a pesar de la negativa del acusador público, siempre que de esa manera se cumplan los principios de proporcionalidad, última ratio, resocialización e igualdad ante la ley, que regulan el ejercicio del poder punitivo del Estado.
 
 
 
 
(*) Este trabajo ha sido elaborado en el marco de proyectos de investigación en materia de prevención y lucha contra la corrupción y cooperación judicial internacional financiados por la Junta de Castilla y León y por el Ministerio de Ciencia y Tecnología. Una primera versión del mismo fue expuesta en las II Jornadas sobre Arbitraje y Mediación, celebradas en la Universidad de Salamanca en octubre de 2004.
Título: Re: Aló justicia
Publicado por: Currobena en Noviembre 30, 2012, 14:40:31 pm
Estoy de acuerdo, pero cuando desapareció CDS (y todos) las personas no desaparecieron junto con con las siglas. Se van a otro partido o fundan uno "nuevo".
Pero si UPyD es el mismo caso!!!
Las siglas no significan nada. Van y vienen.

Si las siglas no significan nada en, por ejemplo, el caso del PSOE, ¿por qué no hacerlo desaparecer y empezar de nuevo con otras siglas?

En cuanto a las personas, perdón por la autocita:

Citar
Chosen, si una rueda está pinchada, se cambia. Igual que pedimos quiebra con los bancos, queremos disolución de los partidos corruptos y aparición de otros nuevos con personal distinto.
Título: Re: Aló justicia
Publicado por: CHOSEN en Noviembre 30, 2012, 20:40:30 pm
disolución de los partidos corruptos y aparición de otros nuevos con personal distinto.

Si claro, porque tu lo digas  ::)


Precisamente es lo que intento expresar.
Le puedes cambiar la etiqueta, pero la gente será la misma. Cascos es el mismo en foro que en el PP. Rosa diez es la misma. Si el ppsoe desaparece mañana pasaría como con el cds.
Tu alcalde sería el mismo pero con otro cartel electoral.
Perdon por el OT.

Aleph gracias x los docs.
Título: Re: Aló justicia
Publicado por: Currobena en Noviembre 30, 2012, 21:01:14 pm
disolución de los partidos corruptos y aparición de otros nuevos con personal distinto.


Si claro, porque tu lo digas  ::)


Precisamente es lo que intento expresar.
Le puedes cambiar la etiqueta, pero la gente será la misma. Cascos es el mismo en foro que en el PP. Rosa diez es la misma. Si el ppsoe desaparece mañana pasaría como con el cds.
Tu alcalde sería el mismo pero con otro cartel electoral.
Perdon por el OT.

Aleph gracias x los docs.


¿Por qué no? ¿Porque tú lo digas? ¿Qué tienes contra un cambio de políticos corruptos por otros que no lo sean?

Si el sistema es realmente democrático, toda la gente no será la misma y podrás votar y fiscalizar al que aún tiene el beneficio de la duda con respecto a si robará o no. Votar al que te roba es como ser maltratado, presentar denuncia en comisaría y luego retirarla porque crees que quieres a tu maltratador. Lo único que consigues es perpetuar dicho comportamiento ("mira que burros son mis votantes, que les engaño y me votan  otra vez").


http://youtu.be/BDb9IBZoUsQ (http://youtu.be/BDb9IBZoUsQ)

Citar
«Donde no gobernamos, hay que crear ilusión de gobernar. Y vosotros imaginaros la ilusión que creé yo cuando era alcalde; cuando soy alcalde de Xàtiva, que aún no me he ido», -precisa Rus- « Dije, llevaré la playa a Xàtiva. Y se lo creyeron. Si yo mando, traigo la playa. Y va y se lo creen todos«A mí hubo tres veces que me ganaron: una por 56, otra por 20. Y a la tercera se murieron esos 20 y gané. ¡Gané!» ¡Serán burros! Y me votaron»


Me da igual el partido y las siglas en los que se presenten cierto tipo de políticos: no se les puede votar si uno quiere algo remotamente parecido a una democracia. Y si no puedes elegir a otro político que no haya estado relacionado con asuntos de corrupción, es que esto no es una democracia y tu voto es inútil.
Título: Re:Aló justicia
Publicado por: John Nash en Noviembre 30, 2012, 22:29:53 pm
Todavía queda gente de bien y valiente en este país.
Título: Re:Aló justicia
Publicado por: Gardel en Diciembre 01, 2012, 09:58:39 am

Citar
http://www.elconfidencial.com/espana/2012/12/01/quien%2Dpierda%2Dun%2Drecurso%2Ddebera%2Dpagar%2Dlas%2Dtasas%2Daunque%2Dno%2Dlo%2Dhaya%2Dpresentado%2D110342/ (http://www.elconfidencial.com/espana/2012/12/01/quien%2Dpierda%2Dun%2Drecurso%2Ddebera%2Dpagar%2Dlas%2Dtasas%2Daunque%2Dno%2Dlo%2Dhaya%2Dpresentado%2D110342/)
Quien pierda un recurso deberá pagar las tasas, aunque no lo haya presentado

Esto quiere decir que una persona que no recurre una decisión judicial porque no puede hacer frente a las tasas no está a salvo del pago. Si la otra parte del pleito sí decide recurrir y le dan la razón, el primero tiene que abonarlas. Esta medida pone al pie de los caballos a los menos favorecidos frente a los "grandes". En el CGAE señalan que esta nueva situación deja en desigualdad de condiciones, por ejemplo, a un trabajador que pretenda demandar a su empresa. Debe saber que aunque la primera actuación está exenta de tasas, el empresario puede recurrir la decisión y en caso de que en segunda instancia se dé la razón a la compañía, el empleado sí estará obligado a hacerse cargo de las tasas.

Esto no sólo afecta a trabajadores sino a pequeñas compañías que, según fuentes de la Abogacía, tendrán que pensarse mucho si inician cualquier proceso por abusos contra empresas más poderosas. “Los ciudadanos no van a poder pagar las tasas”, insiste Carnicer, quien recuerda que “los derechos fundamentales son indisponibles y ningún gobierno puede disponer de ellos”.[\quote]
Título: Re:Aló justicia
Publicado por: Aleph Numerable en Diciembre 01, 2012, 12:15:36 pm
La verdad es que la evolución de los hechos no invita a ser optimista, ayer tratábamos este tema y en principio, las informaciones que circulan es que quieren tener implantadas el conjunto de reformas que os he descrito en el plazo de 2 años, si no media oposición firme.

Lo vendan como lo vendan, es el fin de nuestro Estado de Derecho como tal, dado que se pierden los pilares fundamentales (igualdad ante la Ley, derecho a la tutela judicial efectiva, paridad de armas, derecho a la defensa). Un ejemplo muy claro es la reforma en el ámbito Penal.

Al despojar al Juez de toda capacidad instructora, funciones que acapara Fiscalía, lo transformas en un mero administrativo de la Oficina Judicial y un "sentenciador" .Este cambio de rol a muchas personas no les llamará la atención, porque no entienden las implicaciones, la misión del juez instructor es investigar y conocer la verdad histórica del caso, practicando para ello todas las diligencias que considere necesarias dentro de sus competencias, así como las pruebas de cargo y de descargo (esto es, dado que su misión es conocer y documentar la verdad, actúa como tercero imparcial e investigará y requerirá de todas aquellas pruebas que incriminen o beneficien al reo.

Al depositar en Fiscalía, que es la acusación popular ejercida por el Estado, toda la fase de instrucción del sumario, ésta solo practicará pruebas de cargo, el acusado va literalmente vendido, tiene enfrente a una picadora de carne cuya misión solo es buscar pruebas para condenarlo, no averiguar la verdad de los hechos. Solo aquellos ciudadanos con muchos posibles, que puedan contratar por su cuenta las mejores defensas, investigadores privados y peritos de primer nivel, o sea, miles y miles de euros, podrán salir bien parados del proceso.

Al resto de ciudadanos les queda enfrentarse a la maquinaria del Estado sin medios para defenderse, porque no los pueden pagar. Supongo que muchos habreis visto las típicas películas americanas, en las que el niño de papá se libra de sus delitos continuamente por la influencia política de su progenitor, o porque dispone de las mejores defensas y los mejores medios, mientras los policías se rompen los cuernos para tratar de cazarlo, o el ciudadano medio que se ve acusado de un crimen siendo inocente, y tiene que hipotecar o vender todas sus propiedades para costearse la defensa, se le acaba el dinero y no tiene manera de seguir con su defensa, pues eso es lo que vamos a tener en España en 2 años.

Como seguramente habéis concluido, las tasas son solo el principio. Si sacan adelante la reforma, como tienen toda la intención, os recomiendo encarecidamente sopesar el largarse de aquí, los que puedan hacerlo.
Título: Re:Aló justicia
Publicado por: Starkiller en Diciembre 01, 2012, 12:29:45 pm
Lo de la Fiscalía en españa es jodido. Los fiscales se cuadran ante el Fiscal General del Estado, o son triturados. Es, a todo punto, y en palabras literales de una fiscal "Como un ejército. Y todo el mundo se cuadra ante el comandante en jefe".  Y ese cargo es de los más políticos que hay. Solo hay que ver el papel de la Fiscalía en el tema de Rato, metiéndose para retrasarlo varios años.

No es que los Jueces sean una maravilla, pero al menos son en esencia, independientes. Luego una gran parte tienen sus intereses y sus lazos políticos, pero eso es a nivel personal. Y, debido al reparto , y debido a sus propias luchas internas, hay algún tipo de control interno, aunque siga siendo un poco chapuza.. es mejor que nada.

No obstante, creo que son conscientes de que en última instancia, su estatus depende de que estos cambios no se realicen. Y son excepcionalmente poderosos. Si perciben esto como un ataque, y consiguen masa crítica para oponerse, podríamos ver cosas muy interesantes en los próximos meses.
Título: Re:Aló justicia
Publicado por: Aleph Numerable en Diciembre 01, 2012, 12:38:03 pm
Es que ahí reside el problema, Starkiller, la estructura de Fiscalía es de orden militar, se basa en el principio de obediencia jerárquica, por lo menos en los US los fiscales se enfrentan a elecciones, tienen que responder ante sus votantes (qué proyecto tienes, cual ha sido el balance de tu trabajo,...), en España no es así, son funcionarios del Estado sometidos a una escala rígida, presidida por el Ministro de Justicia.

Con el sistema actual, por lo menos tienes una oportunidad, el juez es amo y señor en su sala, luego tendrá sus filias y sus fobias, o sus rarezas, como todo humano, y si se pasa, se enfrenta a sanciones dentro de su código disciplinario. Con el fiscal instruyendo el sumario, el juez ya va con las manos atadas, recibe lo actuado y solo puede aplicar la sanción dentro del un estrecho margen, puesto que el conocer la verdad histórica ha quedado sepultado en la fase de instrucción, y el juez ya no puede hacer nada al respecto.
Título: Re:Aló justicia
Publicado por: nora en Diciembre 01, 2012, 12:56:15 pm
No sé si fue Napoleón el que dijo que "el juez de instrucción es el hombre más poderoso de toda Francia".

Desde luego es gravísimo, se cargan de entrada el derecho a un proceso justo con todas las garantías".
Pero estoy con SK. No sé si es cosa mia por intentar ver alguna luz, pero me extrañaría mucho que los Jueces aceptaran ese cambio -y los demás que se plantean- sin dar bastante guerra, cosa que podría ser muy buena en este país.
Título: Re:Aló justicia
Publicado por: dmar en Diciembre 01, 2012, 15:06:10 pm
Una pregunta sobre el tema del fiscal instructor: ¿No tenía el PSOE un proyecto parecido a finales de la legislatura anterior?
Título: Re:Aló justicia
Publicado por: Aleph Numerable en Diciembre 01, 2012, 18:35:51 pm
Una pregunta sobre el tema del fiscal instructor: ¿No tenía el PSOE un proyecto parecido a finales de la legislatura anterior?

En efecto, estos termas siempre han estado en la agenda tanto del PP como del PSOE, así como del resto de partidos mayoritarios, puesto que es un interés común el acabar de una vez con la Justicia, debido a los problemas que le causa en el "negocio".
Título: Re:Aló justicia
Publicado por: SafeAsHouses en Diciembre 02, 2012, 11:52:19 am
La cantidad de indultos que los distintos gobiernos han aprobado es otro escandalo. Habra casos justificables, pero los casos de estafa, prevaricacion u homicidio en grado de tentativa tendrian que explicarlos, no?

http://politica.elpais.com/politica/2012/12/01/actualidad/1354397663_879441.html (http://politica.elpais.com/politica/2012/12/01/actualidad/1354397663_879441.html)

"...No hay diferencias significativas en función del color del partido en el poder. Todos indultan y ninguno da explicaciones ni argumenta las razones que han conducido a cada perdón. La ley que lo regula, de 1870, no les obliga a ello —fija, por el contrario, una facultad que se ejerce sin rendir cuentas a nadie— y tampoco lo hacen por iniciativa propia. La opacidad es total. Solo el Ejecutivo de turno sabe por qué perdona en unos casos y en otros no, y no hay forma de controlar esa decisión.

De los indultos de este año, 434 han sido aprobados por el Ministerio de Justicia y otros 34 por el de Defensa (relativos a penas por deserción). El delito por el que más se ha indultado es, de lejos, el de tráfico de drogas (193, el 41%). Le siguen los robos (59); las estafas, apropiaciones indebidas y falsedades (56); las lesiones (42); los atentados contra la autoridad (24); los hurtos (11); la prevaricación y otros delitos contra la Administración Pública (9); los delitos contra el medio ambiente (9); y los homicidios imprudentes o en grado de tentativa (7)..."
Título: Re:Aló justicia
Publicado por: la barquera en Diciembre 02, 2012, 19:41:25 pm
La cantidad de indultos que los distintos gobiernos han aprobado es otro escandalo. Habra casos justificables, pero los casos de estafa, prevaricacion u homicidio en grado de tentativa tendrian que explicarlos, no?

[url]http://politica.elpais.com/politica/2012/12/01/actualidad/1354397663_879441.html[/url] ([url]http://politica.elpais.com/politica/2012/12/01/actualidad/1354397663_879441.html[/url])

"...No hay diferencias significativas en función del color del partido en el poder. Todos indultan y ninguno da explicaciones ni argumenta las razones que han conducido a cada perdón. La ley que lo regula, de 1870, no les obliga a ello —fija, por el contrario, una facultad que se ejerce sin rendir cuentas a nadie— y tampoco lo hacen por iniciativa propia. La opacidad es total. Solo el Ejecutivo de turno sabe por qué perdona en unos casos y en otros no, y no hay forma de controlar esa decisión.

De los indultos de este año, 434 han sido aprobados por el Ministerio de Justicia y otros 34 por el de Defensa (relativos a penas por deserción). El delito por el que más se ha indultado es, de lejos, el de tráfico de drogas (193, el 41%). Le siguen los robos (59); las estafas, apropiaciones indebidas y falsedades (56); las lesiones (42); los atentados contra la autoridad (24); los hurtos (11); la prevaricación y otros delitos contra la Administración Pública (9); los delitos contra el medio ambiente (9); y los homicidios imprudentes o en grado de tentativa (7)..."


De la tortura y del tráfico de personas, ¿hay algo?
Título: Re:Aló justicia
Publicado por: Lego en Diciembre 02, 2012, 19:57:33 pm
Hoy el Salvados va de "Fraude rico, Fraude pobre"

Imprescindible, seguro.

Eso sí. Me jode que hayan puesto a Llamazares a denunciar ciertas cosas. Como sila denuncia de la corrupción fuese patrimonio de la izquierda o del marxismo.     No tenía que ser nadie de ningún partido. Muy mal eso.   En fin.
Título: Re:Aló justicia
Publicado por: John Nash en Diciembre 02, 2012, 20:03:50 pm
Una pregunta sobre el tema del fiscal instructor: ¿No tenía el PSOE un proyecto parecido a finales de la legislatura anterior?

En efecto, estos termas siempre han estado en la agenda tanto del PP como del PSOE, así como del resto de partidos mayoritarios, puesto que es un interés común el acabar de una vez con la Justicia, debido a los problemas que le causa en el "negocio".
Esto no se solucionará hasta que no se acabe con el partidismo en los nombramientos. Pero que digo: hasta que no se acabe con los partidos y su estructura corruptogena.
Título: Re:Aló justicia
Publicado por: la barquera en Diciembre 02, 2012, 21:42:14 pm
Hoy el Salvados va de "Fraude rico, Fraude pobre"

Imprescindible, seguro.

Eso sí. Me jode que hayan puesto a Llamazares a denunciar ciertas cosas. Como sila denuncia de la corrupción fuese patrimonio de la izquierda o del marxismo.     No tenía que ser nadie de ningún partido. Muy mal eso.   En fin.

Sobre todo teniendo en cuenta hasta qué punto  (siempre refiriéndome a mi pueblo y aledaños), IU ha colaborado con la burbuja y sus promotores, ''negociando'' con alcaldes a la medida en pueblos en los que se construyó, proporcionalmente, más que en la propia Marbella y por bastantes personajes vergonzosamente 'famosos' comunes a los dos municipios
IU ha callado sobre aberraciones propias de las más cueles tiranías, consintiendo más allá de lo imaginable para el más lego de los mortales. . . y si alguna vez dijo 'pio', fue a sabiendas de que ese piar no era más que parte de la comedia presuntamente ( :biggrin:) pactada.

Concretamente me refiero a José Luis Centella, un tal Enrique Nicora da Silva, Rafael Rodriguez  y algunos personajes y personajillos locales (malagueños) más.

Cuidao! Esto no excluye al resto de partidos y refritos 'políticos' de diseño para cada ocasión que se crearon por estos lares.


Todos ellos tienen sus ''apañitos'' asegurados y, a la hora de la verdad, tan compinches llegando a acuerdos vomitivos.


La hipocresía llevada a extremos, repito, vomitivos.
Título: Re:Aló justicia
Publicado por: Defcon en Diciembre 02, 2012, 23:06:14 pm
Casi que se podría redenominar el hilo "Como convertir una democracia formal en dictadura para retrasar la transición estructural".

Están intentando convertir nuestro país en lo peor de EEUU: ley sinde, privatización de educación y sanidad, en el tema jurídico se aumentan los poderes del fiscal sin ningún contrapeso, tasas...

¿Será porque están locos por romper el euro, Europa y tirarse en brazos del FMI y EEUU?

Respecto a los indultos vuelvo a repetirme: hay que quitarles esa herramienta hasta que haya democracia.

Y en este país siguen actuando como si fuera una dictadura de facto, hacen y deshacen en provecho de sus propios intereses y en perjuicio de los súbditos, que no ciudadanos.
Título: Re:Aló justicia
Publicado por: Gardel en Diciembre 02, 2012, 23:11:11 pm
Sin acritud les agradezco que se centren en lo jurídico.
Creo que es un poder del que desconocemos lo más básico y perdemos el hilo.
Gracias a todos por participar.
Título: Re:Aló justicia
Publicado por: Defcon en Diciembre 02, 2012, 23:33:45 pm
¿Qué dudas os surgen que se puedan resolver? ¿Queréis que se comenten las noticias y los fabulosos textos de Aleph numerario? ¿Que hagamos política ficción sobre cual sería el mejor sistema jurídico y político (como decía el mismo catedrático que mencioné: la política es el origen y el destino del derecho)? ¿Que se compare nuestro sistema con otros para analizar posibles mejoras?
Título: Re:Aló justicia
Publicado por: Gardel en Diciembre 02, 2012, 23:39:20 pm
Señor Defcon, sírvase lo que guste, está en su casa.
Yo por pedir pues un comparativo con otros- así para primerizos- y mientras podemos picotear sobre los textos y las noticias.
En vaso bajo y con agua, por favor.
Muchas gracias.
Título: Re:Aló justicia
Publicado por: Urbanismo en Diciembre 02, 2012, 23:45:39 pm
He leido con atención lo posteado hasta el momento, comparto muchas de las opiniones de aleph numerable, en otras disiento (la condena en costas desde finales del año pasado es practicamente automática en lo contencioso, ver la última redacción del 139 de la LJCA); pero lo fundamental para mi es en este momento la negación de un derecho fundamental (art. 24 CE), por dos vias:

A) El cobro de una cantidad previa para su ejercicio, con independencia de la renta e incluso del resultado -no se excluye ni siquiera a los que obtienen medidas cautelares en el ámbito contencioso-.

B) La dilatación en el tiempo de su ejercicio. La justicia tardía no es justicia, en el ámbito de lo penal será venganza, en otros ambitos satisfacción moral, pero no justicia.

Y si hasta ahora, solo era la segunda vía la que se estaba utilizando (de forma totalmente consciente, en la zona cero no se han inaugurado juzgados creados por falta de personal, y ello en partidos judiciales donde la media de un caso civil o penal con algo de complejidad pueden ser cinco años para su instrucción, o el caso de jueces de refuerzo que no tenían ni silla para sentarse); ahora se ha dado un paso mas adelante.

Lo de negar facultades al juez instructor, mas bien eliminar la figura del juez instructor y dejarla en manos de la fiscalía, es muy viejo. Se trata de algo importando del derecho anglosajón, en el cual la figura del fiscal y la del juez son radicalmente diferentes a las continentales, como su derecho (sobre todo en materia civil y contenciosa), es también radicalmente diferente, tampoco hay que olvidar que la entrada en vigor de la CE ha supuesto por ejemplo quitar facultades al juez de instrucción (ya solo instruye, no juzga también como antes), o generalizar el sistema de la doble instancia en practicmamente todas las ramas. No creo que algo tan radicalmente extraño a nuestro ordenamiento jurídico tenga la mas mínima posibilidad de prosperar, o no al menos con el sistema de fiscalía que tenemos (la cual como todas las continentales es la voz de su amo correspondiente).

Seguiré el debate con atención, y espero poder aportar alguna cosilla de vez en cuando.

Un saludo
Título: Re:Aló justicia
Publicado por: Defcon en Diciembre 03, 2012, 00:17:47 am
Bueno comienzo con unas ideas básicas ya esbozadas por urbanismo.

En las facultades de derecho se estudian básicamente 2 tipos de modelo de derecho: el continental y el anglosajón.

Describiré unas pinceladas de un tercer modelo que es bastante enrevesado: el derecho islámico.

Empiezo por el último. En este modelo la ley primordial es la sharia. A diferencia del Corán es matizable. En aquellos estados que establecen la ley islámica establecen unos tribunales especiales para hacerla cumplir. Los autores, a determinadas consultas, responden con citas de la misma (son un cuerpo "legal" formado por las conductas, palabras, actos de Mahoma que recogieron sus discípulos).
Al ser su norma suprema, colisionan con el derecho internacional, que suele requerir preponderancia sobre la norma interna para así poder uniformar el derecho a nivel mundial (o al menos, a nivel de llos estados que reconozcan esa norma de deecho internacional)

El derecho anglosajón es el que se utiliza en aquellos donde se dió el ámbito de influencia de Inglaterra. Es bastante conocido por el cine americano.
Como notas básicas: no suelen tener normas escritas (al menos no con nuestra profusión), se basan en resoluciones judiciales pretéritas para resolver, el fiscal es elegido por sufragio, en Inglaterra al menos que conozca, no son partidarios de jueces recitalibros veinteañeros sino que para acceder a ser juez es necesario una buena cantidad de años como abogado (una muestra más de que son más prácticos que de libros).

Nuestro derecho, se entronca con el derecho continental. Proviene en su origen del derecho romano y más recientemente del derecho francés (código civil napoleónico, forma del estado principalmente centralizada, aunque con la última constitución tenemos un sistema híbrido único en el mundo).

Este esbozo puede ser aumentado o corregido por los compañeros de foro. Si quieren profundizar en algo de lo expuesto y mis capacidades me lo permiten, les responderé con sumo gusto.
Título: Re:Aló justicia
Publicado por: Starkiller en Diciembre 03, 2012, 08:55:49 am
Yo comparto algunos puntos que a mi me llamaron la atención. No soy en absoluto experto en el tema, ni nada que se le parezca, y seguramente comenta errores (Es más, mi terminología con total seguridad no es purista). Lo que tengo que aportar en esto, es que hasta hace poco no tenía ni idea, por lo que me identifico bien con la gente que esta perdida en el tema xD

Eso si, me va a quedar muy deslabazado. Pero bueno.

Por un lado, tenemos diferentes niveles judiciales en base al ámbito de actuación: provincial (autonómico), o nacional. En función al ámbito del delito, se requiere que participen uno u otro. De ahí que haya audiencias provinciales, el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de cada comunidad, y la Audiencia Nacional.

Cuando una audiencia falla un caso, se tiene el recurso de casación, que es a una entidad superior. Esto es, en el caso de una audiencia provincial, tienes el TSJ. Si es la Audiencia Nacional, tienes el Tribunal Supremo.

El Constitucional a su vez, es para eso, para recursos basados en la constitución, aunque también tiene finalidad consultiva.

Luego están los diferentes órdenes:

Civil: casos de indemnizaciones, etc...
Penal: Casos de carcel, pérdida de libertad, etc...
Contencioso: Reclamaciones administrativas.
Social: Es bastante pequeño; relacionado con temas de género, etc... y no se si exclusivo a la Audiencia Nacional.


Hay otros dos, más especialitos:
Militar: pues eso.
Tribunal de cuentas: Audita las cuentas del reino. Mejor no me río.

Lo normal es que las audiencias tengan salas diferentes para cada orden (Civil, penal, contencioso, social)

Luego esta el tema de los jueces. Para ciertos casos, las audiencias tiene Jueces de instrucción, que instruyen un caso (Es decir, guían la investigación, recopilan datos para el juicio, etc...). El Juez de instrucción nunca será el mismo que el que juzgue la causa.

Todos los magistrados estan bajo el ámbito del CGPJ... es decir, todos los jueces en españa pertenencen a él, y estan, digamos, "centralizados". También apsa eso con secretarios judiciales.

Lo que si esta cedido a otras autonomías es la "Administración de la Justicia", es decir, inmuebles, gestión de los mismos, personal auxiliar y administrativo, software, soporte, etc... pero el juez, en todas partes, sigue siendo del CGPJ.

Por lo que es importante entender algo: No es lo mismo el Ministerio de Justicia (Una rama del Ejecutivo) con el CGPJ y sus magistrados (Que son el poder Judicial).

Luego esta la Fiscalía General del Estado. El Fiscal General del Estado es nombrado por el Ejecutivo, y todo el cuerpo de fiscales y diferentes fiscalías (Repartidas por todo el territorio, amén de las especiales y demás) como ya hemos dicho, se cuadra ante él. Su tarea es, entre otras cosas, el realizar denuncias de oficio cuando así se requiera, y representar la acusación en diferentes casos.

La diferencia entre un Fiscal y un juez, por lo tanto, es obvia: un juez tiene una independencia de facto (Luego, sus lazos personales son otro tema). Un fiscal, no la tiene, ni se la espera.

Seguiremos en toro momento, que ahora tengo que irme. Los que sepan, que no duden en corregirme. Seguramente me haya equivocado en bastantes cosas.
Título: Re:Aló justicia
Publicado por: In Extremis en Diciembre 03, 2012, 13:16:45 pm
Voy a aprovechar para un "qué hay de lo mío", por si alguno pudiera ayudar...

Es importante, puede perder hasta la camisa.

http://www.transicionestructural.net/el-olvidadero/ayuda-sobre-demanda-por-uso-de-marca/ (http://www.transicionestructural.net/el-olvidadero/ayuda-sobre-demanda-por-uso-de-marca/)

Perdona, VVPP, tienes razón, debía haberlo puesto en otro hilo.
Título: Re:Aló justicia
Publicado por: visillófilas pepitófagas en Diciembre 03, 2012, 13:21:44 pm
Voy a aprovechar para un "qué hay de lo mío", por si alguno pudiera ayudar...

Un gran amigo mío ha sido demandado por uso de marca. Se trata de negocios de barrio, en barrios distintos y cada uno en un extremo de la ciudad, que tienen nombres muy similares. Como si uno fuera "Pepe" y otro "Pepe el cojo, S.L." Mi amigo sería el segundo, y cuando surgió el problema hace un año más o menos, registró su marca comercial, que coincide con el nombre de la S.L. (el otro la solicitó 15 días después y se la denegaron). Hubo un arbitrio que le dio la razón a mi amigo y él autorizó a que la otra parte siguiera usando la marca.

Ahora el otro le ha puesto una demanda y le pide daños y perjuicios. Mi amigo no tiene para pagar abogado (piden 16.000 € para contestar), que al parecer es obligatorio sí o sí, porque le ha pillado después de una inversión que le ha dejado a 0 prácticamente. Los abogados le dicen que lo tiene ganado, pero también que la otra parte podría recurrir y supondría más gastos. Además, aunque ganara, el juez podría estimar que cada uno se pague sus costas. En fin, un callejón sin salida.

¿Alguien que pueda echar una mano? Me refiero a cuál podría ser la mejor estrategia.

Hombre, mueve esto a otro hilo...

Si quieres luego postea el enlace a ese hilo en éste, en el de ppcc, en el del Rescate o los que quieras.
Título: Re:Aló justicia
Publicado por: la barquera en Diciembre 03, 2012, 15:51:54 pm
Sin acritud les agradezco que se centren en lo jurídico.
Creo que es un poder del que desconocemos lo más básico y perdemos el hilo.
Gracias a todos por participar.

Como bien traía al foro Salieri, en otro hilo: El imperio se pierde mientras sus sabios discuten.

La triste realidad, con las modificaciones y retrocesos que se quiera, es que para el ciudadano medio la posibilidad de caer entre las garras de los infinitos actores corruptos que entorpecen y corrompen la Justicia hasta límites criminales, se ha tornado palpable.


Insisto: no se me permite denunciar, no se han llevado a cabo los juicios correspondientes a denuncias graves, de oficio o ante juzgado de guardia . . .
No consigo quien quiera llevar mi caso. Se me niega, durante años, hasta la posibilidad de tratamiento psicológico necesario por parte de profesionales privados.
Se me desposee de todos mis bienes materiales y emocionales, se me condena a desaparecer, literalmente, hasta por hambre.


La realidad, aquí y ahora, es que demasiados ciudadanos 'normales' padecemos de esta ''carencia'' de DERECHOS FUNDAMENTALES . . .

. . . ergoooo, ¿UTOPÍA o comenzamos por el principio?: la la limpieza de corrupción galopante a partir de lo que ya tenemos.

Los ciudadanos estamos hartos de palabras y hartos de que la corrupción de esas palabras les estrelle contra una realidad cuajada de crímenes.



No pido disculpas por este ''¿que hay de lo mío?'', creo representar el sentir de una mayoría estafada desde todos los ámbitos.

Gracias y perdón por el nuevo paréntesis fuera de la teoría.






 
Título: Re:Aló justicia
Publicado por: Gardel en Diciembre 04, 2012, 17:07:33 pm
CONSUMACIÓN DEL GOLPE DE ESTADO

Jueces para la Democracia denuncia la privatización del Registro Civil

Madrid, 4 dic (EFE).- La asociación profesional Jueces para la Democracia (JpD) ha denunciado hoy la inminente "privatización del Registro Civil, que va a perjudicar a la mayoría de la población y va a beneficiar" a registradores y notarios, que aprovecharán una inversión pública en estas oficinas de 128 millones de euros.

[url]http://noticias.lainformacion.com/economia-negocios-y-finanzas/construccion-e-inmobiliaria/jueces-para-la-democracia-denuncia-la-privatizacion-del-registro-civil_yrQ7sswuUhEIKzFB9g23M6/[/url] ([url]http://noticias.lainformacion.com/economia-negocios-y-finanzas/construccion-e-inmobiliaria/jueces-para-la-democracia-denuncia-la-privatizacion-del-registro-civil_yrQ7sswuUhEIKzFB9g23M6/[/url])

Ya no hablaré de otra cosa. Esto es un golpe de Estado en toda regla.

Ahora si quieres registrar a tu hijo o contraer matrimonio pasarás por el notario.

Que te jodan, España. En la medida de lo posible y a partir de ya huelga indefinida de consumo y a preparar maletas.
Me cago en vuestra puta madre. Y esto no obedece a ningún pensamiento único  :biggrin: (nos la han metido hasta el tuétano) esto sobrepasa la derecha más rancia pero haciendo bueno al enano de Franco.
Título: Re:Aló justicia
Publicado por: Frommer en Diciembre 04, 2012, 17:46:37 pm
Datos de 2011:

Fuente, Memorias de la Fiscalía General del Estado: http://www.fiscal.es/cs/Satellite?pagename=PFiscal%2FPage%2FFGE_memorias&cid=1242052134611&_charset_=UTF-8&selAnio=2011&txtPalClave=&btnBuscar2=Buscar (http://www.fiscal.es/cs/Satellite?pagename=PFiscal%2FPage%2FFGE_memorias&cid=1242052134611&_charset_=UTF-8&selAnio=2011&txtPalClave=&btnBuscar2=Buscar)

El número de procedimientos iniciados por la presunta comisión de delitos en España fue:

1991 - 2.089.120
1993 - 2.426.049
1995 - 2.733.020
1997 - 3.087.667
1999 - 3.476504
2001 - 4.036.710
2003 - 3.975.778
2005 - 4.221.201
2007 - 4.519.041
2008 - 4.680.449
2009 - 4.750.913

Son muchos más los delitos que quedan impunes por no conocerse el autor.

Citar
Los delitos contra el patrimonio y el orden socioeconómico, tipificados
en el Título XIII del Libro II del Código Penal, determinan año
tras año, la cifra más abultada de nuevos procedimientos
. (...) El número de procedimientos
registrados en el año 2010 por hechos de esta naturaleza asciende
a 2.032.722, cifra que supone un 47,71 por 100 del total de diligencias
previas incoadas en dicho período anual.


Citar
Estos resultados dan cuenta de un importantísimo descenso en el
volumen de diligencias registradas por este tipo de delitos al compararlos
con los datos obtenidos por igual concepto en los años 2007,
2008 y 2009 es decir en plena burbuja el cortijo estaba siendo literalmente desvalijado...


y el premio:

los condenados según número de delitos fueron:

2000 -   98.500
2001 -   97.847
2002 - 108.031
2003 - 119.979
2004 - 134.052
2005 - 128.927
2006 - 142.746
2007 - 160.938
2008 - 206.396
2009 - 220.739

Fuente: Instituto Nacional de Estadística

Aló Justicia?...
Título: Re:Aló justicia
Publicado por: Gardel en Diciembre 05, 2012, 17:26:39 pm
La verdad es que lo del Registro clama al cielo. Dado que la Admon no tiene dinero para informatizar los Registros (ni nada) los Registradores ponen los 400 kilos del ala y se quedan con todo. Es la Edad Media pura y dura. El recaudador de impuestos como el discípulo Mateo, o los concesonarios de impuestos y tasas, o el Habilitado del Estado para pagar...la vuelta al Antiguo Régimen. Estoy conmovido. En el país con más kilómetros de Ave del mundo, más que Alemania, con inmensos museos en ciudades de 200.000 habitantes no hay unos cientos de millones para informatizar la Justicia. Es de Código Penal. Es la metáfora del mal gobierno de España. Y sigue el proyecto de Olimpiada y más Ave.
Añado y modifico. Tengo algo de experiencia en archivo y puedo daros informaciones complementarias. Nuevo software (nuevo de hace ya cinco años) es capaz de modificar los formatos habituales de imagen (jpg, giff etc) en doc para que puedan editarse. Lo sorprendente es la baratura del sistema y su rapidez. Baratura. Un scanner de mesa de 300 euros, no mayor que una impresora normal de ordenador, con el software adecuado, puede procesar, en turnos de 24 horas, 8 millones de documentos al mes por las dos caras. No hay juzgado español que tire 8 millones al mes. Bueno, a lo mejor alguno, pero lo que quiero decir es que informatizar toda la Justicia española son dos duros. ¿Cómo es posible que nadie haya pensado en eso? Añado que, introducidos los campos correspondientes, aunque ya entiendo que no serían siempre los mismos, llevaría un poco más de tiempo y que lo caro sería el software y el mantenimiento del mismo. De todas formas una coña si se tiene en cuenta como nos hemos gastado el dinero estos pasados treinta años. El colapso de la justicia es incomprensible pues aplicados estos métodos con la gente que hay ahora mismo en Justicia no es que bastase, es que sobraba para el trabajo que hay. Otrosí. Se evitarían errores porque al entrar el Secretario en el Juzgado le bastaría dar a una tecla para que le dijese lo que tenía que hacer ese dia. Sinceramente me supera. Pero me superan tantas cosas...
Título: Re:Aló justicia
Publicado por: Gardel en Diciembre 05, 2012, 20:40:12 pm
. El colapso de la justicia es incomprensible pues aplicados estos métodos con la gente que hay ahora mismo en Justicia no es que bastase, es que sobraba para el trabajo que hay. Otrosí. Se evitarían errores porque al entrar el Secretario en el Juzgado le bastaría dar a una tecla para que le dijese lo que tenía que hacer ese dia. Sinceramente me supera. Pero me superan tantas cosas...

Porque no se quiere, Xoshe, no se me ocurre otra cosa. No se me ocurre otra cosa porque aunque haya quien piensa que trabajamos con tablillas de barro o algo así, otras cosas están informatizadas de p.m.
Gerencia de Justicia, que mencionaba, mismamente. Nosotros también, trabajamos todos los servicios provinciales con el mismo programa, las pagadurías de toda la AGE también trabajamos con el mismo programa- en este caso de Hacienda-, etc, etc..

Amos, no me fastidies que si a mi me puede llamar la IGAE al dia siguiente "oyeeee, que has metido una cosa aquí que nosequé" no se puede hacer lo mismo en Justicia

Creo que aun así no sobraría personal en Justicia porque por mucha informatización que tengas el trabajo de la mayoría ya no es el de antiguamente (que el jefe les daba un papel lleno de garabatos para pasarlo a máquina y hacían poco más que esas funciones, como nos contaba una de mi oficina que se jubiló hace poco)

Otra cosa es el coste de la mamadurria informática que se han montaó,claro. Que solo con quitar unos cuantos contratos chorra y asistencias técnicas ineccesarias les daba para informatizar los Registros dos veces.
Título: Re:Aló justicia
Publicado por: Gardel en Diciembre 05, 2012, 20:40:54 pm
Borrador de la ley de Reforma Integral de los Registros (no han puesto "de sostenibilidad de los Registros" de pura chiripa)

[url]http://www.justicia.intersindical.org/files/Borrador-de-Anteproyecto-de-Ley-de-Reforma-Integral-de-Los-Registros-Eje_.pdf[/url] ([url]http://www.justicia.intersindical.org/files/Borrador-de-Anteproyecto-de-Ley-de-Reforma-Integral-de-Los-Registros-Eje_.pdf[/url])

Disfruten, o vomiten, a su gusto  :roto2:
Título: Re:Aló justicia
Publicado por: Gardel en Diciembre 05, 2012, 20:41:32 pm
Acaba de poner esto una amiga en su muro del facebook

Citar
Asistimos por desgracia a un intento claro y flagrante de desmantelamiento de la Justicia por parte del gobierno de España y pilotado por el Sr. Gallardón. Precisamente la existencia de una Justicia pública, accesible para el justiciable, independiente y gratuíta es la ÚNICA GARANTÍA DEL ESTADO SOCIAL DE DERECHO Y DE LA DEMOCRACIA.

Desde nuestras ocupaciones como operadores jurídicos, Jueces, Fis
cales, Secretarios Judiciales, Abogados, Procuradores, Funcionarios Judiciales, debemos hacer un FRENTE COMÚN contra este atropello, y no porque nos afecte a nosotros únicamente, sino porque afecta a todos los ciudadanos y a la ESENCIA MISMA DE LA DEMOCRACIA.

La hoja de ruta del gobierno pasa por la privatización del Registro Civil (en manos de los compañeros registradores del Sr. Rajoy), la privatización de la jurisdicción voluntaria y de parte de la de familia (a los Notarios), la pretensión de mandar a los funcionarios a casa durante dos años con el 75% de sus emolumento en "espectativa de destino", la eliminación de los Jueces y Magistrados sustitutos, y en definitva por la LIQUIDACIÓN Y DESGUACE del sistema público de Justicia.

No nos queda sino batirnos, pero no en retidada, sino en BUENA LID, todos juntos contra este atropello. Sólo la unidad de todos los profesionales, de todo el sector, juntamente con Consumidores, Ciudadanos y Sindicatos puede detener esta TROPELÍA. Vamos

TODOS JUNTOS A LAS MOVILIZACIONES DEL DÍA 12, SAQUEMOS LAS TOGAS A LA CALLE. NO SEAMOS CÓMPLICES AÚN POR OMISIÓN DE LA DEFUNCIÓN DEL DERECHO A LA JUSTICIA.


Pero luego no he encontrado ningún texto parecido en internete, y mi amiga no ha puesto links ni es compartido de ningún grupo. Tal cual  parece un arranque personal de ella, pero no lo parece.  A ver qué me dice. ¿Alguien sabe algo?

Edito:  Le pregunté y ya me ha contestado:

Citar
,
- ¡Por fin una manifa con un objetivo claro y no ideológico! ¿no hay una web de la convocatoria o algún enlace? No encuentro nada en internete. ¿De dónde ha salido? O igual es un arranque tuyo...  ¡Molaba! ( ;

-  jajaja  ojalá tuviera yo ese arranque. estoy en un grupo que han creado compañeros colegiados de ourense, no a la justicia para ricos, se han movilizado y nos han ido movilizando al resto de compañer@s de otras ciudades. han creado videos, canciones, escritos para aportar en los juzgados, con la finalidad de hacer frente común al memo de gallardón.

[url]http://www.noalastasasjudiciales.com/[/url] ([url]http://www.noalastasasjudiciales.com/[/url]) aquí encontrarás escritos solicitando recogida de firmas para todas las iniciativas que supondrán el desmantelamiento de la justicia. yo ya estoy recopilando firmas en el chollo para llevarlas al colegio de abogados de ponte


Vamos, que por lo que se ve no son movilizaciones en la calle, son del gremio.  Penita.  :(
Título: Re:Aló justicia
Publicado por: mowin en Diciembre 07, 2012, 10:35:00 am
Borrador de la ley de Reforma Integral de los Registros (no han puesto "de sostenibilidad de los Registros" de pura chiripa)

[url]http://www.justicia.intersindical.org/files/Borrador-de-Anteproyecto-de-Ley-de-Reforma-Integral-de-Los-Registros-Eje_.pdf[/url] ([url]http://www.justicia.intersindical.org/files/Borrador-de-Anteproyecto-de-Ley-de-Reforma-Integral-de-Los-Registros-Eje_.pdf[/url])

Disfruten, o vomiten, a su gusto  :roto2:



Siendo ya público, me permito remarcar el último parrafo de la expos¡ción de motivos.

Citar
Legislación que constituye, de este modo, el cuerpo unitario de normas registrales que delimita, a partir de la reforma, la total organización, régimen de funcionamiento y eficacia de los Registros de efectos jurídicos, verdaderos institutos, plenamente integrados, de vertebración, control y regulación de la actividad en los sectores del tráfico jurídico y la actividad jurídica y negocial en general. Sistemas de seguridad a través de los cuales, a pesar de las faltas a la confianza subjetivas, inevitables en un tráfico despersonalizado y escasamente moral, se hacen hoy realidad, de modo objetivo, pero absoluto, los fines que perseguía la vieja aspiración de fides romana: la generación de situaciones de confianza entre los sujetos, como garantía de aplicación de las reglas universales de la Justicia, formuladas por Ulpiano −«honeste vivere, alterum non laedere, svvm cvique tribvere»; «vivir honestamente, no dañar a otro, dar a cada uno lo suyo»−.


No deja de ser paradigmático mentar a un jurista romano (Ulpiano) para encauzarnos hacia un sistema anglosajón. Y, para colmo, el aserto: Vivir honestamente (¿quiénes?), no dañar a otro (de la casta, será), dar a cada uno (de su entorno) lo suyo (lo de todos).

Podríamos seguir hablando del despacho que le dan, con tan poquitos artículos. Eso sí, en cada uno de los artículos modifican una ley entera de arriba a abajo y tan tranquilos. Leer para creer.
Título: Re:Aló justicia
Publicado por: Lego en Diciembre 09, 2012, 14:54:14 pm
No lo pongo en el hilo de los chistes porque no hace maldita la gracia..  Con la venia, lo dejo aquí a modo de ilustración.

(http://i49.tinypic.com/28mflj.jpg)
Título: Re:Aló justicia
Publicado por: Aleph Numerable en Diciembre 10, 2012, 10:46:34 am
Si no fuera real, sería para pensar que estamos ante una típica broma de periodista. España, país de contrastes, pasamos de un extremo al otro a velocidad de vértigo. Del todo gratis a pagar hasta por respirar.

http://www.lavozdegalicia.es/noticia/espana/2012/12/10/estado-podra-cobrar-presos-gasto-manutencion/0003_201212G10P14991.htm (http://www.lavozdegalicia.es/noticia/espana/2012/12/10/estado-podra-cobrar-presos-gasto-manutencion/0003_201212G10P14991.htm)
Título: Re:Aló justicia
Publicado por: Republik en Diciembre 10, 2012, 11:12:42 am
El apaño con el registro civil es asqueroso y revelador de una mentalidad medievaloide en la casta, que, fijémonos, siempre tiene algún fedatario colocado en las alturas, quizá incluso le subvencionen a escote el quebranto patrimonial (¿Qué pinta la Corredor en política cuando podría ganar más con su chiringuito, aunque siga percibiendo una parte del ingreso?) para  situar un peón que luche por sus intereses.

En Francia se acaban de cargar este oficio de corte pre-revolucionario y pre-liberal:

http://www.partenaire-europeen.fr/Actualites-Conseils/actualite-de-l-immobilier/L-actualite-nationale/conservateur-hypotheques-suppression-2013-reforme-20100623 (http://www.partenaire-europeen.fr/Actualites-Conseils/actualite-de-l-immobilier/L-actualite-nationale/conservateur-hypotheques-suppression-2013-reforme-20100623)


Hay cosas en el resto de la reforma sobre las que tengo mis dudas. Por ejemplo, España es un país tendente a la litigiosidad absurda por lo barato que resulta, tengo una prima procuradora que me cuenta los casos civiles que pasan por su despacho y el 80% son cosas lamentables que con un buen arbitraje extrajudicial o menos mala fe por parte de los actuantes,nunca llegarían a juicio. En lo contencioso-administrativo la situación es parecida, si bien ahí las AAPP son culpables en parte porque tampoco tienen en cuenta los costes al contar con abogados propios (eso el Estado, porque las CCAA y municipios recurren sin recato a contratas con despachos privados que generan un millonario en cada capital autonómica o gran ciudad, y muchos trabajos perfectamente prescindibles que nos salen caros a todos).

También sufrimos una escandalosa "legislorrea" en este país que se traduce en bosques enteros convertidos en hojas de boletines diversos que resultan en la absoluta imposibilidad de manejarse en ese fárrago sin pagar caros servicios jurídicos, exponiéndose el que se salte este peaje a abonarlo en forma de costas procesales y sanciones por incumplimiento de normas absurdas, contradictorias o redundantes de cuya existencia resulta dificiliísimo tener noticia.

Hay que deslindar qué parte de las protestas procede del corporativismo más rancio (somos el país con más abogados de Europa, muchos son garrapatas que viven de este estado de litigiosidad permanente por asuntos de ridícula cuantía) o del temor de la clase judicial a ver mermados sus efectivos a medio plazo (al menos no incrementados como ellos solicitan para su cuerpo, y también los sindicatos de los cuerpos auxiliares desean), y cuál es realmente digna de consideración por luchar realmente por derechos fundamentales de la ciudadanía.
Título: Re:Aló justicia
Publicado por: la barquera en Diciembre 10, 2012, 12:15:53 pm
Estoy hablando de memoria,

Sólo en Malaga hay registrados (¿colegiados?) miles de abogados.

En algún lugar de la red leí que eran más que en cualquier país nórdico.
Título: Re:Aló justicia
Publicado por: Aleph Numerable en Diciembre 10, 2012, 12:54:57 pm
Estoy hablando de memoria,

Sólo en Malaga hay registrados (¿colegiados?) miles de abogados.

En algún lugar de la red leí que eran más que en cualquier país nórdico.

Según las últimas cifras de los Colegios, creo que son algo más de medio millón de profesionales en toda España.
Título: Re:Aló justicia
Publicado por: Republik en Diciembre 10, 2012, 14:08:31 pm
Yo comparto algunos puntos que a mi me llamaron la atención. No soy en absoluto experto en el tema, ni nada que se le parezca, y seguramente comenta errores (Es más, mi terminología con total seguridad no es purista). Lo que tengo que aportar en esto, es que hasta hace poco no tenía ni idea, por lo que me identifico bien con la gente que esta perdida en el tema xD

Eso si, me va a quedar muy deslabazado. Pero bueno.

Por un lado, tenemos diferentes niveles judiciales en base al ámbito de actuación: provincial (autonómico), o nacional. En función al ámbito del delito, se requiere que participen uno u otro. De ahí que haya audiencias provinciales, el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de cada comunidad, y la Audiencia Nacional.

Cuando una audiencia falla un caso, se tiene el recurso de casación, que es a una entidad superior. Esto es, en el caso de una audiencia provincial, tienes el TSJ. Si es la Audiencia Nacional, tienes el Tribunal Supremo.

El Constitucional a su vez, es para eso, para recursos basados en la constitución, aunque también tiene finalidad consultiva.

Luego están los diferentes órdenes:

Civil: casos de indemnizaciones, etc...
Penal: Casos de carcel, pérdida de libertad, etc...
Contencioso: Reclamaciones administrativas.
Social: Es bastante pequeño; relacionado con temas de género, etc... y no se si exclusivo a la Audiencia Nacional.


Hay otros dos, más especialitos:
Militar: pues eso.
Tribunal de cuentas: Audita las cuentas del reino. Mejor no me río.

Lo normal es que las audiencias tengan salas diferentes para cada orden (Civil, penal, contencioso, social)

Luego esta el tema de los jueces. Para ciertos casos, las audiencias tiene Jueces de instrucción, que instruyen un caso (Es decir, guían la investigación, recopilan datos para el juicio, etc...). El Juez de instrucción nunca será el mismo que el que juzgue la causa.

Todos los magistrados estan bajo el ámbito del CGPJ... es decir, todos los jueces en españa pertenencen a él, y estan, digamos, "centralizados". También apsa eso con secretarios judiciales.

Lo que si esta cedido a otras autonomías es la "Administración de la Justicia", es decir, inmuebles, gestión de los mismos, personal auxiliar y administrativo, software, soporte, etc... pero el juez, en todas partes, sigue siendo del CGPJ.

Por lo que es importante entender algo: No es lo mismo el Ministerio de Justicia (Una rama del Ejecutivo) con el CGPJ y sus magistrados (Que son el poder Judicial).

Luego esta la Fiscalía General del Estado. El Fiscal General del Estado es nombrado por el Ejecutivo, y todo el cuerpo de fiscales y diferentes fiscalías (Repartidas por todo el territorio, amén de las especiales y demás) como ya hemos dicho, se cuadra ante él. Su tarea es, entre otras cosas, el realizar denuncias de oficio cuando así se requiera, y representar la acusación en diferentes casos.

La diferencia entre un Fiscal y un juez, por lo tanto, es obvia: un juez tiene una independencia de facto (Luego, sus lazos personales son otro tema). Un fiscal, no la tiene, ni se la espera.

Seguiremos en toro momento, que ahora tengo que irme. Los que sepan, que no duden en corregirme. Seguramente me haya equivocado en bastantes cosas.

Jueces de lo Social hay muchos más de los que parece, en casi todos los partidos hay al menos un juzgado, ven de todo tipo de temas que tocan las relaciones laborales y son una fuerza importante en cuanto a aplicación "interpretativo-imaginativa" de la legislación correspondiente , las confederaciones empresariales les tienen por comunistas irredentos y la reciente reforma laboral les deja con tan poco arsenal que han amenazado con biocotearla en la medida de sus posibilidades.

Seguramente, pese a ciertos excesos ("pegar al jefe no es causa de despido", "insultar a la madre del jefe no es causa ni de sanción"),  han sido un factor importante de equilibrio en las relaciones capital-trabajo durante estas décadas de la II Restauración, veremos en qué quedan a partir de ahora.
Título: Re:Aló justicia
Publicado por: nora en Diciembre 11, 2012, 17:21:46 pm
Gallardón haciendo amigos de nuevo

Gallardón contra el sector judicial. El ministro ha atribuido la oposición a sus reformas a "intereses corporativos" y asegura que fue la Asociación Profesional de la Magistratura quien le pidió que aumentara las tasas.

http://eskup.elpais.com/ (http://eskup.elpais.com/)*ultima_hora

Edito, que han ampliado. Entre este hp y el otro hp (el consejero de Sanidad de Madrid que acabo de leer hace un rato) me estoy poniendo de muy mala leche

Gallardón ha arremetido contra los magistrados y ha sugerido que su protesta se debe a intereses puramente laborales: "¿Cómo no van a protestar si les hemos quitado a los jueces la paga extraordinaria?", ha asegurado. "No puedo dejar que ningún interés particular se interponga al interés general".  >:( >:(
Título: Re:Aló justicia
Publicado por: Aleph Numerable en Diciembre 11, 2012, 17:40:41 pm
No está exactamente relacionado con el tema, pero sí es complementario. mary la Fantástica se asegura el chollazo, para él y sus 599 amigotes. El impuesto revolucionario sigue su curso.

http://www.hispanidad.com/Confidencial/el-registrador-rajoy-aborda-la-privatizacin-de-los-registros-civiles-20121211-153865.html (http://www.hispanidad.com/Confidencial/el-registrador-rajoy-aborda-la-privatizacin-de-los-registros-civiles-20121211-153865.html)
Título: Re:Aló justicia
Publicado por: Xoshe en Diciembre 11, 2012, 19:57:07 pm
El que los presos paguen por su comida es viejo. La Santa Inquisición autorizaba la salida de los detenidos para que pidiesen limosna a la puerta de la Iglesia y no fuesen carga para el Santo Oficio. Otrosí la Cárcel normal. Si no te traían la comida de casa te podías morir de hambre. ¡Vendrá luego Foucault a hablar de represión carcelaria!
Volvemos atrás a toda leche. Empezaron los soldados (difícil de creer, "el pan del Rey" que siempre se dijo en España) y siguen los presos. A este paso seguiremos todos y en procesión con flagelantes.
Título: Re:Aló justicia
Publicado por: Маркс en Diciembre 11, 2012, 20:17:16 pm
No está exactamente relacionado con el tema, pero sí es complementario. mary la Fantástica se asegura el chollazo, para él y sus 599 amigotes. El impuesto revolucionario sigue su curso.

[url]http://www.hispanidad.com/Confidencial/el-registrador-rajoy-aborda-la-privatizacin-de-los-registros-civiles-20121211-153865.html[/url] ([url]http://www.hispanidad.com/Confidencial/el-registrador-rajoy-aborda-la-privatizacin-de-los-registros-civiles-20121211-153865.html[/url])


La privatización de los registros civiles es otro pequeño golpe de Estado.

Estamos retrocediendo a los años más siniestros.
Título: Re:Aló justicia
Publicado por: la barquera en Diciembre 11, 2012, 21:37:13 pm
No está exactamente relacionado con el tema, pero sí es complementario. mary la Fantástica se asegura el chollazo, para él y sus 599 amigotes. El impuesto revolucionario sigue su curso.

[url]http://www.hispanidad.com/Confidencial/el-registrador-rajoy-aborda-la-privatizacin-de-los-registros-civiles-20121211-153865.html[/url] ([url]http://www.hispanidad.com/Confidencial/el-registrador-rajoy-aborda-la-privatizacin-de-los-registros-civiles-20121211-153865.html[/url])


La privatización de los registros civiles es otro pequeño golpe de Estado.


Estamos retrocediendo a los años más siniestros.


¡Como si no hubiese bastante que averiguar en esos lugares!

Estoy recordando a los personajes afines a la castuza, alevosamente enriquecida durante los últimos veinte años, que solían estar como en casa en las oficinas  del de mi pueblo . . . (y en la cantidad de passes extrañísimos de tantos ''papeles''. . . y en los desposeídos que no llegaron a enterarse nunca de lo que habían firmado . . .)

En fin!, todo el mundo calla.
Título: Re:Aló justicia
Publicado por: Gardel en Diciembre 11, 2012, 21:44:50 pm
Infelizmente este razonamiento ya está en la calle para desligitimar la protesta y una vez más no hacer frente común en nada.

http://www.elconfidencial.com/espana/2012/12/11/gallardon%2Dacusa%2Da%2Dlos%2Djueces%2Dde%2Dquejarse%2Dpor%2Dldquoquitarles%2Dla%2Dpaga%2Dextra%2Dy%2Ddias%2Dlibresrdquo%2D110980/ (http://www.elconfidencial.com/espana/2012/12/11/gallardon%2Dacusa%2Da%2Dlos%2Djueces%2Dde%2Dquejarse%2Dpor%2Dldquoquitarles%2Dla%2Dpaga%2Dextra%2Dy%2Ddias%2Dlibresrdquo%2D110980/)
Citar
El ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, ha defendido que las protestas de jueces, fiscales o abogados responden a "intereses legítimos pero corporativos" y ha preguntado cómo no van a quejarse los magistrados si el Gobierno les ha quitado la paga extraordinaria de Navidad y reducido de 18 a 12 los días de asuntos propios.

En el foro organizado por ABC-Deloitte, el titular de Justicia ha defendido que la obligación del Ejecutivo es "defender los intereses de los ciudadanos". "Mi obligación no es pensar como fiscal o abogado, sino como ministro", ha aseverado, para afirmar que es consciente de que sus propuestas "se enfrentan a intereses legítimos, pero corporativos".
Título: Re:Aló justicia
Publicado por: wanderer en Diciembre 12, 2012, 01:26:02 am
Infelizmente este razonamiento ya está en la calle para desligitimar la protesta y una vez más no hacer frente común en nada.

[url]http://www.elconfidencial.com/espana/2012/12/11/gallardon%2Dacusa%2Da%2Dlos%2Djueces%2Dde%2Dquejarse%2Dpor%2Dldquoquitarles%2Dla%2Dpaga%2Dextra%2Dy%2Ddias%2Dlibresrdquo%2D110980/[/url] ([url]http://www.elconfidencial.com/espana/2012/12/11/gallardon%2Dacusa%2Da%2Dlos%2Djueces%2Dde%2Dquejarse%2Dpor%2Dldquoquitarles%2Dla%2Dpaga%2Dextra%2Dy%2Ddias%2Dlibresrdquo%2D110980/[/url])
Citar
El ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, ha defendido que las protestas de jueces, fiscales o abogados responden a "intereses legítimos pero corporativos" y ha preguntado cómo no van a quejarse los magistrados si el Gobierno les ha quitado la paga extraordinaria de Navidad y reducido de 18 a 12 los días de asuntos propios.

En el foro organizado por ABC-Deloitte, el titular de Justicia ha defendido que la obligación del Ejecutivo es "defender los intereses de los ciudadanos". "Mi obligación no es pensar como fiscal o abogado, sino como ministro", ha aseverado, para afirmar que es consciente de que sus propuestas "se enfrentan a intereses legítimos, pero corporativos".



Que los intereses de los jueces son en buena medida corporativos, no tengo dudas. Pero eso para mí no los descalifica.

Eso sí, yo no tengo sino descalificaciones para quién es un "puerco demócrata de mierda"*.



*: Esto es, quién se arropa en su supuesta representatividad democrática para cometer un atropello que mina el fundamento democrático de respeto no ya del oponente, sino del otro, por el mero hecho de serlo, al tiempo que se mea descaradamente en su propio programa electoral. Éste país está lleno de "puercos demócratas de mierda", y cuanto más cargo-electos son, más despreciables (y ésto no ha de entenderse tampoco como una apología del tecnocratismo, sino como un poner en su sitio a la democracia, que no puede legitimar todo, ni aún con votos de por medio -.recordemos como llegó Hitler al poder.-).
Título: Re:Aló justicia
Publicado por: Aleph Numerable en Diciembre 12, 2012, 16:18:41 pm
De chapuza en chapuza, y tiro porque me toca. Éste va a batir récords en todos los sentidos, hasta un estudiante se daría cuenta de que rechinaba por todos lados.

http://www.elconfidencial.com/espana/2012/12/12/un-borrador-del-cgpj-duda-sobre-la-constitucionalidad-de-la-reforma-de-gallardon-111033/ (http://www.elconfidencial.com/espana/2012/12/12/un-borrador-del-cgpj-duda-sobre-la-constitucionalidad-de-la-reforma-de-gallardon-111033/)

Y encima el Faraón se nos pone sadomaso...

http://www.lavozdegalicia.es/noticia/espana/2012/12/12/gallardon-gobernar-veces-repartir-dolor/00031355304477084970996.htm (http://www.lavozdegalicia.es/noticia/espana/2012/12/12/gallardon-gobernar-veces-repartir-dolor/00031355304477084970996.htm)

Mientras, en la APM están que fuman en pipa

http://www.elderecho.com/actualidad/APM-version-Gallardon-asegura-cuantia_0_483375312.html (http://www.elderecho.com/actualidad/APM-version-Gallardon-asegura-cuantia_0_483375312.html)
Título: Re:Aló justicia
Publicado por: Currobena en Diciembre 13, 2012, 00:14:00 am
Por si con las presiones a los jueces no fuera suficiente para cubrirse:

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Una circular de Guardia Civil insta a sus unidades a informar con tiempo de registros y detenciones de cargos públicos La portavoz de Coalición Canaria, Ana Oramas, da a conocer una circular vigente desde el 19 de abril en la que se pide a las unidades una breve reseña con la fecha de la operación, el número previsible de detenidos e implicados y los registros de inmuebles y sedes oficiales.  Nacional ([url]http://proveedor1.vozpopuli.com/nacional[/url]) | VOZPÓPULI | 12-12-2012           
    ([url]http://estatico.vozpopuli.com/imagenes/Noticias/0BB7146B-E833-2F9F-8FED-5279EF022491.jpg/resizeCut/692-0-1369/0-21-729/imagen.jpg[/url])                           ([url]http://estatico.vozpopuli.com/imagenes/Noticias/0BB7146B-E833-2F9F-8FED-5279EF022491.jpg/resizeMod/1000/0/Una-circular-de-Guardia-Civil-insta-a-sus-unidades-a-informar-con-tiempo-de-registros-y-detenciones-de-cargos-publicos.jpg[/url])   El director general de la Guardia Civil, Arsenio Fernández de Mesa, en la comisión de Interior del Congreso.
 Foto:EFE    Una circular interna de la Guardia Civil insta a las unidades del Instituto Armado a informar con una semana de antelación a la dirección general de las posibles implicaciones de cargos públicos o registros de sedes oficiales en aquellas operaciones que se vayan a llevar a cabo. La portavoz de Coalición Canaria, Ana Oramas, ha aprovechado la presencia del Director de la Guardia Civil, Arsenio Fernández de Mesa, en la Comisión de Interior del Congreso de los Diputados para hacer pública esta circular en la que se insta a las unidades de la Guardia Civil a informar al Director Adjunto Operativo (DAO), Cándido Cardiel, de los cargos públicos que se vean implicados en operaciones que vayan a realizarse de manera inminente.
Oramas ha leído de forma íntegra esa circular, vigente desde el 19 de abril, que, según ha dicho, le ha "sido facilitada". "Se recuerda a todas las unidades de que por orden del DAO se debe emitir antes de las 11 horas de las cada miércoles y hasta nueva orden una breve reseña de las operaciones que vayan a entrar en fase de explotación en la semana siguiente". Según ha continuado la diputada canaria, en la citada circular se insta a informar de "los siguientes extremos: nombre de la operación y unidad participante, concepto de la operación, fecha previsible y número previsible detenidos e implicados, registros de inmuebles que se prevea practicar, posibles implicaciones de cargos públicos de personas y de registros de sedes oficiales".
A su juicio, la existencia de esta circular resulta "gravísima" y ha preguntado al director general de la Guardia Civil si la conocía, si se trata de una iniciativa suya, del DAO o del propio ministro del Interior, Jorge Fernández Díaz. También ha pedido saber si esa información se traslada al director operativo o también se eleva.
   URL:   [url=http://vozpopuli.com/nacional/18620-una-circular-de-guardia-civil-insta-a-sus-unidades-a-informar-con-tiempo-de-registros-y-detenciones-de-cargos-publicos]http://vozpopuli.com/nacional/18620-una-circular-de-guardia-civil-insta-a-sus-unidades-a-informar-con-tiempo-de-registros-y-detenciones-de-cargos-publicos ([url]http://vozpopuli.com/nacional/18620-una-circular-de-guardia-civil-insta-a-sus-unidades-a-informar-con-tiempo-de-registros-y-detenciones-de-cargos-publicos[/url]) [/url]


Si vas a detener al marido de una política local, tienes que avisar una semana antes, para que le dé tiempo a destruir pruebas y huir.   >:( >:( >:(

Mejor me callo... :-X :-X :-X
Título: Re:Aló justicia
Publicado por: John Nash en Diciembre 13, 2012, 08:38:00 am
Por si con las presiones a los jueces no fuera suficiente para cubrirse:

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Una circular de Guardia Civil insta a sus unidades a informar con tiempo de registros y detenciones de cargos públicos La portavoz de Coalición Canaria, Ana Oramas, da a conocer una circular vigente desde el 19 de abril en la que se pide a las unidades una breve reseña con la fecha de la operación, el número previsible de detenidos e implicados y los registros de inmuebles y sedes oficiales.  Nacional ([url]http://proveedor1.vozpopuli.com/nacional[/url]) | VOZPÓPULI | 12-12-2012           
    ([url]http://estatico.vozpopuli.com/imagenes/Noticias/0BB7146B-E833-2F9F-8FED-5279EF022491.jpg/resizeCut/692-0-1369/0-21-729/imagen.jpg[/url])                           ([url]http://estatico.vozpopuli.com/imagenes/Noticias/0BB7146B-E833-2F9F-8FED-5279EF022491.jpg/resizeMod/1000/0/Una-circular-de-Guardia-Civil-insta-a-sus-unidades-a-informar-con-tiempo-de-registros-y-detenciones-de-cargos-publicos.jpg[/url])   El director general de la Guardia Civil, Arsenio Fernández de Mesa, en la comisión de Interior del Congreso.
 Foto:EFE    Una circular interna de la Guardia Civil insta a las unidades del Instituto Armado a informar con una semana de antelación a la dirección general de las posibles implicaciones de cargos públicos o registros de sedes oficiales en aquellas operaciones que se vayan a llevar a cabo. La portavoz de Coalición Canaria, Ana Oramas, ha aprovechado la presencia del Director de la Guardia Civil, Arsenio Fernández de Mesa, en la Comisión de Interior del Congreso de los Diputados para hacer pública esta circular en la que se insta a las unidades de la Guardia Civil a informar al Director Adjunto Operativo (DAO), Cándido Cardiel, de los cargos públicos que se vean implicados en operaciones que vayan a realizarse de manera inminente.
Oramas ha leído de forma íntegra esa circular, vigente desde el 19 de abril, que, según ha dicho, le ha "sido facilitada". "Se recuerda a todas las unidades de que por orden del DAO se debe emitir antes de las 11 horas de las cada miércoles y hasta nueva orden una breve reseña de las operaciones que vayan a entrar en fase de explotación en la semana siguiente". Según ha continuado la diputada canaria, en la citada circular se insta a informar de "los siguientes extremos: nombre de la operación y unidad participante, concepto de la operación, fecha previsible y número previsible detenidos e implicados, registros de inmuebles que se prevea practicar, posibles implicaciones de cargos públicos de personas y de registros de sedes oficiales".
A su juicio, la existencia de esta circular resulta "gravísima" y ha preguntado al director general de la Guardia Civil si la conocía, si se trata de una iniciativa suya, del DAO o del propio ministro del Interior, Jorge Fernández Díaz. También ha pedido saber si esa información se traslada al director operativo o también se eleva.
   URL:   [url=http://vozpopuli.com/nacional/18620-una-circular-de-guardia-civil-insta-a-sus-unidades-a-informar-con-tiempo-de-registros-y-detenciones-de-cargos-publicos]http://vozpopuli.com/nacional/18620-una-circular-de-guardia-civil-insta-a-sus-unidades-a-informar-con-tiempo-de-registros-y-detenciones-de-cargos-publicos ([url]http://vozpopuli.com/nacional/18620-una-circular-de-guardia-civil-insta-a-sus-unidades-a-informar-con-tiempo-de-registros-y-detenciones-de-cargos-publicos[/url]) [/url]


Si vas a detener al marido de una política local, tienes que avisar una semana antes, para que le dé tiempo a destruir pruebas y huir.   >:( >:( >:(

Mejor me callo... :-X :-X :-X

(http://img.europapress.net/fotoweb/fotonoticia_20121212193705_500.jpg)
Título: Re:Aló justicia
Publicado por: inside en Enero 10, 2013, 22:57:36 pm
Siguen con la hoja de ruta:

 Gallardón estudia impedir que asociaciones, sindicatos y partidos puedan ejercer la acción popular

     

La nueva regulación de la acción popular podría excluir su ejercicio para asociaciones,sindicatos, partidos políticos y personas jurídicas públicas o privadas, exceptuando a las asociaciones de victimas del terrorismo, y además estaría limitada a una lista de delitos relacionada con la Administración Pública, la discriminación o el terrorismo.

Precisamente, muchos de los asuntos que ahora mismo están investigando los tribunales se iniciaron gracias a la acción popular ejercida por partidos políticos, sindicatos o asociaciones. Así ha ocurrido en los casos de Bankia cuya denuncia corrió a cargo del 15m, Novacaixagalicia que investiga la Audiencia Nacional o el ‘caso de los trajes’ contra el expresidente de la Generalitat Valenciana, Francisco Camps.

El borrador contempla otra limitación relativa a los delitos perseguibles mediante esta acusación. Hasta ahora, se podía interponer en cualquier delito de naturaleza pública, lo cual incluía también a los delitos económicos que, según el informe, quedarían excluidos.

De salir adelante la propuesta, que no es vinculante, la norma establecería restricciones que afectarían a los sujetos y a los delitos sobre los que giraría la acusación popular.
Así, sólo podría interponerse denuncias para la persecución de delitos de prevaricación judicial, cohecho, tráfico de influencias o aquellos que hayan sido cometidos por funcionarios públicos en el ejercicio de sus funciones por particulares partícipes y afectados por los mismos.
Además, se introduce la novedad de que no puedan ejercer la acusación popular los fiscales, los jueces ni los magistrados y que tampoco puedan hacerlo aquellas personas que hayan sido condenadas por delitos contra la Administración de Justicia, como son falsas denuncias, falso testimonio o encubrimiento, entre otros.

El informe sobre la futura ley, denominada ‘Código Procesal Penal’ en sustitución de su actual denominación –Ley de Enjuiciamiento Criminal–, establece una serie de requisitos para ejercer la acción penal cuando el interesado no sea perjudicado por el delito.

Las personas que no estén obligadas a declarar como testigos contra el encausado por un vínculo familiar o análogo –como son cónyuges o algunos familiares– también quedarán privadas para ejercer la acusación popular, al igual que ocurre con partidos políticos, sindicatos y personas jurídicas públicas o privadas, como son asociaciones, fundaciones o corporaciones.

La prohibición prevista para las personas jurídicas no será aplicable para aquellas constituidas para la defensa de las víctimas del terrorismo en los procesos iniciados por delitos de esta naturaleza.
De esta forma, sólo podrían ejercer la acción popular los españoles a título individual.

http://postdigital.es/2013/01/gallardon-accion-popular-asociaciones/ (http://postdigital.es/2013/01/gallardon-accion-popular-asociaciones/)
Título: Re:Aló justicia
Publicado por: Gardel en Enero 16, 2013, 16:29:38 pm
http://www.elconfidencial.com/espana/2013/01/16/nuevo%2Dvarapalo%2Da%2Dgallardon%2Del%2Dcgpj%2Dcree%2Dque%2Dla%2Dreforma%2Dpenal%2Dno%2Des%2Dconstitucional%2D112988/ (http://www.elconfidencial.com/espana/2013/01/16/nuevo%2Dvarapalo%2Da%2Dgallardon%2Del%2Dcgpj%2Dcree%2Dque%2Dla%2Dreforma%2Dpenal%2Dno%2Des%2Dconstitucional%2D112988/)

POR LA PRISIÓN PERMANENTE REVISABLE Y LA CUSTODIA DE SEGURIDAD
Nuevo varapalo a Gallardón: el CGPJ cree que la reforma penal no es constitucional

Citar
El Pleno del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ)  ha aprobado hoy con algunos matices el informe que expresa dudas sobre la constitucionalidad de la reforma del Código Penal que ha propuesto el ministro de Justicia, Alberto Ruiz Gallardón, un dictamen no vinculante para el Gobierno. La autora del informe, la vocal Margarita Robles, mantiene las tachas de inconstitucionalidad planteadas respecto de la prisión permanente revisable y la custodia de seguridad

......

Las dudas vienen provocadas porque ambas medidas conculcan los principios constitucionales de legalidad y seguridad jurídica. Según ellos, toda acción de los poderes públicos debe estar sometida a lo que diga la ley y ser previsible, es decir, nunca venir determinada por un criterio arbitrario.
.

Título: Re:Aló justicia
Publicado por: nora en Marzo 18, 2013, 16:50:28 pm
CSI-CSIF advierte que la reforma de la LOPJ esconde la "privatización" de las diligencias de embargo


Citar
CSI-F reclama al Gobierno que también modifique el anteproyecto de reforma de Ley Orgánica del Poder Judicial, "donde se esconde la privatización de las diligencias de lanzamiento por impago de hipoteca o los embargos de bienes", según ha informado el sindicato en un comunicado.

En virtud de este texto, los procuradores de los acreedores serán quienes dirijan las diligencias de lanzamiento y de embargo en sustitución de los funcionarios de Justicia que son quienes los realizan en la actualidad.

Con esta modificación, advierte el CSI-F, que supone un coste suplementario al ciudadano que tendrá que abonar por este servicio, el Ministerio de Justicia "pretende orillar a los funcionarios públicos que siempre son ajenos al pleito y tienen la obligación de ser imparciales".


No sé si alguna vez habeis visto un programa Americano,que se llama "Embargos a lo bestia" o algo así.
Son cuatro matones, legalmente constituidos como empresa, que los acreedores (fundamentalmente bancos) contratan para proceder a embargos...que suelen acabar, pues eso, a lo bestia.
Cuando lo he visto, he pensado "Qué asco de país". Y ahora veo esta noticia..  :-\



Título: Re:Aló justicia
Publicado por: Aleph Numerable en Abril 26, 2013, 13:05:02 pm
No dan hecho...

http://www.lavozdegalicia.es/noticia/espana/2013/04/26/ochocientos-juzgados-causas-corrupcion-necesitan-refuerzos/0003_201304G26P18991.htm (http://www.lavozdegalicia.es/noticia/espana/2013/04/26/ochocientos-juzgados-causas-corrupcion-necesitan-refuerzos/0003_201304G26P18991.htm)
Título: Re:Aló justicia
Publicado por: nora en Mayo 03, 2013, 17:25:16 pm
CSI-CSIF advierte que la reforma de la LOPJ esconde la "privatización" de las diligencias de embargo


Citar
CSI-F reclama al Gobierno que también modifique el anteproyecto de reforma de Ley Orgánica del Poder Judicial, "donde se esconde la privatización de las diligencias de lanzamiento por impago de hipoteca o los embargos de bienes", según ha informado el sindicato en un comunicado.

En virtud de este texto, los procuradores de los acreedores serán quienes dirijan las diligencias de lanzamiento y de embargo en sustitución de los funcionarios de Justicia que son quienes los realizan en la actualidad.

Con esta modificación, advierte el CSI-F, que supone un coste suplementario al ciudadano que tendrá que abonar por este servicio, el Ministerio de Justicia "pretende orillar a los funcionarios públicos que siempre son ajenos al pleito y tienen la obligación de ser imparciales".


No sé si alguna vez habeis visto un programa Americano,que se llama "Embargos a lo bestia" o algo así.
Son cuatro matones, legalmente constituidos como empresa, que los acreedores (fundamentalmente bancos) contratan para proceder a embargos...que suelen acabar, pues eso, a lo bestia.
Cuando lo he visto, he pensado "Qué asco de país". Y ahora veo esta noticia..  :-\

Pues ya lo tenemos, la barbaridad que no puede faltar en cualquier Consejo de Ministros que se precie en este país

Citar
El Gobierno convierte a los procuradores en “agentes de la autoridad”. Podrán, entre otras cosas, localizar testigos o bienes del condenado a pagar una cantidad y no la haya satisfecho

Título: Re:Aló justicia
Publicado por: Republik en Mayo 04, 2013, 17:36:46 pm
Hay que auditar a fondo la Justicia en busca de los cuellos de botella y factores limitantes diversos, no son de recibo ni los plazos, ni la discrecionalidad con que un juez acepta o rechaza como "prueba" lo que le apetece riéndose de las pericias si tal le place, ni el modo arbitrario y desigual con que fluyen las causas en el mismo juzgado, etc.

Habrá que automatizar flujos, introducir puntos de control y transparencia hacia las partes, digitalizar entradas y salidas de documentos con su marca de tiempo y de revisores,  qué se yo, pero muchas cosas y seguramente no tan caras (la AEAT es un prodigio de eficacia y eficiencia y no sale tan cara). Y hay que valorar si figuras como el procurador, además de los mil y un recursos más dilatorios y enervadores que realmente eficaces, merecen la pena en una Justicia del siglo XXI que como primera providencia ha de ser ágil.  Ojo a esto porque somos el país europeo en el que más gente vive de la teta de una Justicia no tan ciega, morosa hasta lo exasperante y en general bastante inepta cuando trata con materias técnicamente complejas (pericias forenses, contables, etc).

Una vuelta completa al sistema de cobros y pagos hay que darle, tampoco es serio que seamos un país de morosos e impagadores profesionales cuando la AEAT y otras AAPP son capaces de sacudir los calcetines del más hábil y de exprimirle hasta dejarle seco.
Título: Re:Aló justicia
Publicado por: mogua en Mayo 12, 2013, 12:47:24 pm
http://www.ivoox.com/ganale-al-banco-salva-tu-hipoteca-7-5-13-audios-mp3_rf_2012637_1.html (http://www.ivoox.com/ganale-al-banco-salva-tu-hipoteca-7-5-13-audios-mp3_rf_2012637_1.html)

¿Qué les parace?
Título: Re:Aló justicia
Publicado por: Frommer en Mayo 21, 2013, 17:01:27 pm
Básicamente el Derecho a la tutela judicial efectiva del artículo 24 de nuestra Constitución es de configuración legal, es decir, la Constitución deja margen al legislador para darle contenido.

Como además es un derecho de prestación ( que se exige a los poderes públicos) estos tienen la obligación de proveer, facilitar recursos para que el derecho se pueda dar adecuadamente.

Como no hay separación de poderes en la práctica, el Gobierno hace lo que le sale de los cataplos con su parte y la del legislativo.

Así por ejemplo las nuevas tasas rozan peligrosamente la parte de la gratuidad de la asistencia jurídica, que vale, se refiere a la asistencia letrada, pero en su espíritu es evidente que busca que no haya indefensión.

A partir de aquí, (como ejemplo) a discutir.

Lo que es indiscutible, para mi, es que a los castizos politicos no les importa nada de nada, ganado a ordeñar...
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