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Es desde siempre uno de los requisitos que acompañan a toda solicitud de ficha bancaria el de probada honorabilidad y solvencia profesional del Consejo, es más, teóricamente el BdE verifica,antes de dar el "nihil obstat", cualquier nombramiento del órgano rector o alta dirección de cualquiera de las entidades con ficha española. Luego en la práctica pasa lo que pasa.
Los componentes de los órganos de gobierno ejercerán sus funciones en beneficio exclusivo de los intereses de la caja a que pertenezcan y del cumplimiento de su función social, debiendo reunir, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 8, los requisitos de honorabilidad comercial y profesional que determinen las normas de desarrollo de esta ley.
El punto más controvertido son los límites impuestos a las aportaciones individuales: se establece que no se podrá invertir más de 3000 euros por proyecto ni más de 6000 euros al año por plataforma³. Esto es un disparate por varios motivos:- Es una discriminación respecto a otras formas de inversión.- A nadie se le escapa que estamos ante un ejemplo de two-sided market: los emprendedores quieren poner su proyecto en plataformas que sean populares entre los inversores porque así la probabilidad de conseguir financiación es mayor; y los inversores quieren que las plataformas ofrezcan muchas alternativas porque así minimizan los costes de búsqueda. Por tanto, debemos esperar que haya muy pocas plataformas albergando la mayoría de proyectos. Es evidente que el límite por plataforma puede impedir llevar a cabo la inversión deseada: si quiero financiar 4 proyectos a 2000 euros cada uno, no podré hacerlo si todos están alojados en la misma plataforma (y repito, esto es probable que ocurra).- Los 3000 euros por proyecto alteran la posibilidad de que empresas que pueden ser viables sean efectivamente financiadas. Los datos nos dicen dos cosas: primero, que la gente se anima a invertir cuando el proyecto ha alcanzado un cierto porcentaje de financiación; segundo, que los primeros en invertir suelen ser la familia y amigos del emprendedor. Hay motivos para que la familia y los amigos quieran invertir usando el crowdfunding: así mandan una señal a otros potenciales inversores. Al limitar estas aportaciones, en el peor de los casos un proyecto viable podría no alcanzar la financiación necesaria.- Si lo que se pretende es perseguir el blanqueo de dinero, hay otras formas de hacerlo. Por ejemplo, se puede rastrear el origen de una aportación a partir de cierta cuantía.Hay que decir que en Estados Unidos también se limita lo que se puede invertir en crowdfunding, aunque este límite tiene que ver con la riqueza del inversor. Al igual que aquí, se debate si esos límites son fundados o no.Mi postura es que al inversor debe protegérsele con información sobre la empresa a la que quiere financiar, no con límites a su inversión: los límites evitan la asignación eficiente de recursos. Por otro lado, el riesgo en la inversión no es un rasgo exclusivo del crowdfunding y no veo motivo para que esta modalidad esté más restringida que otras.
Vallando el cortijo frente al ‘crowdfunding’Juan Ramón Rallo - Jueves, 06 de MarzoLos bancos son intermediarios financieros: su modelo de negocio consiste en endeudarse para dar crédito, esto es, en coordinar a ahorradores e inversores. Sin embargo, ni los bancos son los únicos intermediarios financieros -los fondos de pensiones, los de inversión o los monetarios son otro tipo de intermediarios- ni los intermediarios financieros son la única vía de conectar a ahorradores con inversores: en ocasiones, unos y otros entran en contacto sin necesidad de ningún comisionista que les cobre por orquestar semejante mediación (es el caso de, por ejemplo, la adquisición directa de acciones o bonos en el mercado).Nada hay, pues, en los mercados financieros que coloque a las entidades de crédito en una posición de preeminencia oligopolística: existen suficientes modelos de financiación alternativos como para que el capital pueda afluir a las empresas sin pasar necesariamente por la ventanilla de los banqueros.En Estados Unidos, por ejemplo, los bancos de depósito apenas proporcionan el 10% de toda la financiación de las empresas; en Europa, en cambio, tales cifras superan el 50%. España, lejos de ser una excepción en el Continente, constituye uno de sus casos más paradigmáticos: las empresas obtienen el 80% de su capital de nuestros bancos. Jugoso caramelo al que evidentemente éstos no quieren renunciar y que en un mercado verdaderamente libre sólo serían capaces de conservar ofreciendo a sus clientes mejor servicio a precio más asequible (esto es, mejores condiciones de financiación a un interés más bajo).Pero éste no es un mercado verdaderamente libre: primero y principal, porque las entidades de crédito gozan del privilegiado acceso a la banca central, lo que les permite ofrecer condiciones artificialmente ventajosas a los demandantes de crédito a costa de externalizar sus costes -en forma de inflación y de ciclos económicos- sobre el resto de la población.Segundo, y no menos importante, porque nuestros políticos se han encargado históricamente de proteger a bancos y cajas de la competencia del resto de operadores de mercado. El penúltimo ejemplo lo encontramos en el anteproyecto de Ley para el Fomento de la Financiación, aprobado por el Gobierno de Mariano Rajoy durante el último Consejo de Ministros. En su título V, este anteproyecto regula las llamadas “plataformas de financiación participativa”, más popularmente conocidas como crowdfunding, esto es, la financiación de masas. El crowdfunding consiste en obtener financiación a través de una red de pequeñas contribuciones de particulares (en forma de préstamos o de participaciones en el capital) para poner en marcha un determinado proyecto empresarial. Aunque pueda parecer un mecanismo de financiación excéntrico e irrelevante, lo cierto es que en 2013 logró amasar más de 5.000 millones de dólares en todo el mundo y que lleva años exhibiendo tasas de crecimiento cercanas al 100%.Una regulación poco inocenteLa regulación gubernamental, pues, llega en un momento clave para este sector: elevados crecimientos en un contexto de repliegue de la deuda y, especialmente, del crédito bancario. Y, como tal, la regulación gubernamental no es inocente, sino que va dirigida a proteger los intereses del oligopolio bancario frente a la innovación disruptiva que acaso pudiera terminar suponiendo este instrumento de financiación descentralizada. En concreto, el Ejecutivo prohíbe que cualquier ahorrador particular invierta un importe superior a 3.000 euros en un proyecto de crowdfunding y que, además, cualquiera de estos proyectos coseche una financiación superior al millón de euros.La excusa, como siempre que se trata de salvaguardar los intereses de los lobbies de turno, se articula en torno a la necesidad de proteger al ahorrador de sí mismo: dado que sólo los políticos son omniscientes y probos gestores de nuestro dinero -dado que ellos mismos se vanaglorian de administrar eficientemente cada año un presupuesto público equivalente a unas 400.000 veces el importe máximo que ahora autorizarán a recaudar mediante crowdfunding, el resto de avariciosos y desalmados agentes económicos deben someterse a unas castrenses limitaciones que, en última instancia, pueden terminar frustrando un proyecto empresarial que beneficia tanto a los ahorradores como a los inversores.Así funciona el Estado: las relaciones voluntarias -el crowfunding- son reprimidas y las relaciones coactivas -los impuestos y el gasto público-, bendecidas. No deja de ser sarcástico que una ley dirigida presuntamente a fomentar la financiación empresarial se dedique a castrar una de sus más prometedoras vías de expansión futura. Al final, el asunto es bastante sencillo de comprender: todo se reduce a garantizar su cuota de mercado a quienes son, a la sazón, los principales tenedores de deuda pública. Es decir, a la gran e ineficiente banca que se siente incapaz de competir en un mercado libre.
http://lacartadelabolsa.com/leer/articulo/vallando_el_cortijo_frente_al_crowdfundingCitarVallando el cortijo frente al ‘crowdfunding’Juan Ramón Rallo - Jueves, 06 de MarzoLos bancos son intermediarios financieros: su modelo de negocio consiste en endeudarse para dar crédito, esto es, en coordinar a ahorradores e inversores. Sin embargo, ni los bancos son los únicos intermediarios financieros -los fondos de pensiones, los de inversión o los monetarios son otro tipo de intermediarios- ni los intermediarios financieros son la única vía de conectar a ahorradores con inversores: en ocasiones, unos y otros entran en contacto sin necesidad de ningún comisionista que les cobre por orquestar semejante mediación (es el caso de, por ejemplo, la adquisición directa de acciones o bonos en el mercado).[...]
Vallando el cortijo frente al ‘crowdfunding’Juan Ramón Rallo - Jueves, 06 de MarzoLos bancos son intermediarios financieros: su modelo de negocio consiste en endeudarse para dar crédito, esto es, en coordinar a ahorradores e inversores. Sin embargo, ni los bancos son los únicos intermediarios financieros -los fondos de pensiones, los de inversión o los monetarios son otro tipo de intermediarios- ni los intermediarios financieros son la única vía de conectar a ahorradores con inversores: en ocasiones, unos y otros entran en contacto sin necesidad de ningún comisionista que les cobre por orquestar semejante mediación (es el caso de, por ejemplo, la adquisición directa de acciones o bonos en el mercado).[...]
Por una vez, no tengo nada que objetar a un artículo del Sr. Rallo, claro que en éste caso es tan clamoroso el intervencionismo antiliberalismo de la medida que no podía ser de otra manera.
-- La plataforma NO GARANTIZA NADA, cobra la gestion, y certifica que has puesto dinero. Pero luego, si hay problemas, tendrás que vertelas con el crowfunded. ::grinch::
Cita de: saturno en Marzo 13, 2014, 00:38:39 am-- La plataforma NO GARANTIZA NADA, cobra la gestion, y certifica que has puesto dinero. Pero luego, si hay problemas, tendrás que vertelas con el crowfunded. ::grinch::Y si pongo el dinero en una SL o una SA, ¿qué garantías tengo? De acuerdo, es cierto que tengo unos papeles llamados, respectivamente, participaciones y acciones.¿Y quién me protege de una gestión nefasta o, directamente, de una estafa? ¿Esta u otra ley? This is Spain, "Que tengas pleitos y los ganes".
Este requisito en paises de commonlaw. lo que demuestra que el tope impuesto no viene determinado por algún lobbying, sino por el propio regulador: se quiere asegurar de que los crowfunders no vengan a llorar por más del 10% de sus rentas _declaradas_
Cita de: saturno en Marzo 13, 2014, 00:38:39 amEste requisito en paises de commonlaw. lo que demuestra que el tope impuesto no viene determinado por algún lobbying, sino por el propio regulador: se quiere asegurar de que los crowfunders no vengan a llorar por más del 10% de sus rentas _declaradas_Llorar de que?Si precisamente el crowfunding no da derechos sobre nada. No hay nada sobre lo que llorar. Es como dar el dinero a las puertas de la iglesia.Va más allá. El crowfunding es lo que se llama un "Honor System". Los que van a conseguir funcionar son aquellos que van demostrando su honradez.Ya les jode ebay, que usa un honor system, y han atacado por ahí varias veces; pero lo del crowfunding ya es intolerable, proque se independiza completamente del sistema judicial, y pasa a basarse en... el honor. Y eso es una tendencia que ni al estado, ni a los lobbyes, ni a la banca le interesa.