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Lego quien es elegido para gobernar gobierna, PERO NO LO HACE PENSANDO EN TÍ,
no necesariamente, sino primeramente pensando en él mismo.
Y finalmente, no existe una fragmentación de los intereses de los votantes, no existe eso, no es posible que todos los votantes del PP opinen exactamente lo mismo sobre todos los temas que se deciden.Por lo tanto no existe ningún traslado de la opinión de los votantes.Que gobiernen, no significa que te representen, no significa que gobiernen atendiendo a tus opiniones.
Para conseguir eso habría que votar a mano alzada, como eso es imposible, se hacen grupos de votantes, circunscripciones, que votan a alguien que les represente, por una mera cuestión de imposibilidad formal de votar a mano alzada y de votar a mano alzada todas las cuestiones. La cualidad principal para que exista representación es que exista unión directa.
Porque si metes a todo un partido por el medio, en el medio no, por encima, eso se pierde.
Es absurdo completamente decir que tu elijes si un gobierno va a tener mayoría absoluta o no.Es totalmente imposible que UN votante elija eso.Tu voto vale uno, y tú por muchas estadísticas que se manejen no sabes a ciencia cierta si va a haber mayoría absoluta o no.Tú no estas metiendo una papeleta por "mayoría absoluta" o "no mayoría absoluta"No se vota así, nadie sabe a ciencia cierta de antemano el resultado de una elección, por muchas estadísticas que se manejen.
Estas utilizando un meme hueco de significado que no tiene ningun sustento;1º porque el TS es un juzgado especial (como los juzgados de mercantil, de civil, de guardia, constitucional...) y segundo porque los jueces en calidad de funcionarios, es lógico que estén sometidos a un régimen de escalas.
Sin embargo no dices nada del Constitucional, el cual está "por encima" del Supremo.
El T.Constitucional aplica la constitución. La Constitución es democrática por definición pues emana del parlamento.Que tienes que decir a eso.
¿Te parece bien que el Constitucional aplique normas emanadas del parlamento?Piensalo bien antes de responder.
De todas formas no deja de ser curioso que unos demócratas expongan el meme de la elección del TS al mismo tiempo que otros se quejan de la falta de representación política en la vida pública.
¿que me dices de la separación entre legislativo y ejecutivo?
Te digo que en las útlimas encuestas la mayoría de españoles pedían eliminar el senado.
Pero os da igual.Vosotros lo que quiera "el pueblo" os lo pasais por el arco del triunfo, porque pensais que es una masa subnormal engañada por los medios de comunicación, y que por lo tanto no debería tener derecho a voto.Y si vota, entonces su elección está deslegitimada en base a cualquier invento (como que no hay democracia) aunque esto contradiga incluso el criterio de la ONU.
Patinas tanto en este post que te lo cito para contestarte con el tiempo que se merece.
No te molestes.Ninguna asociación de jueces afirma que no hay separación de poderes.¿Sabes más del poder judicial que los propios jueces?
Las asociaciones de jueces Francisco de Vitoria, Jueces para la Democracia y Foro Judicial Independiente, y la Asociación Independiente de Fiscales y Unión Progresista de Fiscales sostienen que el desarrollo del modelo constitucional de Poder Judicial de las sucesivas legislaturas democráticas «ha ido pervirtiendo el modelo de separación de poderes que toda Constitución debe salvaguardar», de forma que los partidos políticos -de uno y otro signo- preservan «relevantes facultados de control sobre quienes eventualmente tienen el deber juzgarles». A ello se suma que el presupuesto destinado a Justicia «dista mucho del existente en países de nuestro entorno».
Sin embargo no dices nada del Constitucional, el cual está "por encima" del Supremo.El T.Constitucional aplica la constitución. La Constitución es democrática por definición pues emana del parlamento.Que tienes que decir a eso.¿Te parece bien que el Constitucional aplique normas emanadas del parlamento?Piensalo bien antes de responder.
No es casual, las normas electorales actuales son resultado de votos y se pueden cambiar votando. Y volvemos a la casilla de salida.Será que llevo un mes ya jugando a ser el dictador de Hispanistán en Ars Regendi , que se me ocurre plantear la cuestión de esta otra forma. CitarEra una vez un país con un curioso sistema político. La Presidencia Absoluta Cada cinco años se elegía un Jefe con poder absoluto, control sobre todos los poderes con muy pocas limitaciones. Capacidad de crear o abolir leyes por decreto, de instaurar o abolir parlamentos, constituciones, medios... un auténtico dictador con más poder que Napoléon. Que puede llevarlo todo a su criterio personal o convocar unas legislativas y auto someterse a un parlamento y a un gobierno, lo que quiera, separar lo poderes o quedárselos él todos, implantar una teocracia o una macro-comuna hippie. Las únicas limitaciones que tiene son:1- El Jefe no puede impedir que se celebren elecciones a los cinco años de mandato. 2- Existe un mecanismo de revocación muy rápido, puede hacerse en horas. Si el 33% del censo lo pide, elecciones a nuevo Jefe. . EL Jefe no puede impedirlo, pero sí presentarse.El ejército y FFSE juran lealtad a estas dos normas antes que al Jefe, que aparte de eso es Comandante de las FFAA.Esas dos líneas y su desarrollo son la única norma inviolable que tienen desde la edad media. Su Constitución es un reglamento electoral simple y robusto, nada más. Así es como evolucionó allí la monarquía. En estos siglos han pasado por todo tipo de infiernos y también por épocas de libertad y prosperidad, como casi todos los países de su entorno. Cuando empatan tres Jefes buenos llegan a ser la envidia de Europa y las mejoras en educación o estructura social afianzan el sistema. Cuando las cosas se ponen feas, como ahora, votar al hombre equivocado puede ser catastrófico a todos los niveles, y es más difícil acertar. Pocas veces han tenido que derrocar a un Jefe en el último siglo, cinco en ochenta años. En otras seis ocasiones, casi todas en tiempo de crisis, se revocó a un Jefe que volvió a ganar con mayoría reforzada. Hoy no les va muy mal, para lo que podía ser en este entorno. El Jefe Republik parece un tipo cabal y la gente está bastante tranquila. Mi pregunta es:Este país, de existir algo similar, ¿Sería para vosotros una democracia?(Para mi sí.)
Era una vez un país con un curioso sistema político. La Presidencia Absoluta Cada cinco años se elegía un Jefe con poder absoluto, control sobre todos los poderes con muy pocas limitaciones. Capacidad de crear o abolir leyes por decreto, de instaurar o abolir parlamentos, constituciones, medios... un auténtico dictador con más poder que Napoléon. Que puede llevarlo todo a su criterio personal o convocar unas legislativas y auto someterse a un parlamento y a un gobierno, lo que quiera, separar lo poderes o quedárselos él todos, implantar una teocracia o una macro-comuna hippie. Las únicas limitaciones que tiene son:1- El Jefe no puede impedir que se celebren elecciones a los cinco años de mandato. 2- Existe un mecanismo de revocación muy rápido, puede hacerse en horas. Si el 33% del censo lo pide, elecciones a nuevo Jefe. . EL Jefe no puede impedirlo, pero sí presentarse.El ejército y FFSE juran lealtad a estas dos normas antes que al Jefe, que aparte de eso es Comandante de las FFAA.Esas dos líneas y su desarrollo son la única norma inviolable que tienen desde la edad media. Su Constitución es un reglamento electoral simple y robusto, nada más. Así es como evolucionó allí la monarquía. En estos siglos han pasado por todo tipo de infiernos y también por épocas de libertad y prosperidad, como casi todos los países de su entorno. Cuando empatan tres Jefes buenos llegan a ser la envidia de Europa y las mejoras en educación o estructura social afianzan el sistema. Cuando las cosas se ponen feas, como ahora, votar al hombre equivocado puede ser catastrófico a todos los niveles, y es más difícil acertar. Pocas veces han tenido que derrocar a un Jefe en el último siglo, cinco en ochenta años. En otras seis ocasiones, casi todas en tiempo de crisis, se revocó a un Jefe que volvió a ganar con mayoría reforzada. Hoy no les va muy mal, para lo que podía ser en este entorno. El Jefe Republik parece un tipo cabal y la gente está bastante tranquila.
Ese texto es confuso, teo. En el primer párrafo dice que no son representantes y en el segundo sí. En cualquier cáso, qué falta hace meterse en esos jardines.... El quid de la cuestión es que no puedes hacer una asamblea de cuarenta millones de tíos. Algún sistema tendrás que inventarte, pero en tonces no digas que ya no "emana" del pueblo, que "emana" del sistema. Si dices eso vuelves a la casilla de salida, a la asamblea de cuarenta millones.
(...)1º porque el TS es un juzgado especial (como los juzgados de mercantil, de civil, de guardia, constitucional...) y segundo porque los jueces en calidad de funcionarios, es lógico que estén sometidos a un régimen de escalas.Sin embargo no dices nada del Constitucional, el cual está "por encima" del Supremo.El T.Constitucional aplica la constitución. La Constitución es democrática por definición pues emana del parlamento.Que tienes que decir a eso.¿Te parece bien que el Constitucional aplique normas emanadas del parlamento?Piensalo bien antes de responder.De todas formas no deja de ser curioso que unos demócratas expongan el meme de la elección del TS al mismo tiempo que otros se quejan de la falta de representación política en la vida pública.CitarPor puntualizar:1. Según el propio art.1.2 de la CE: La soberanía nacional reside en el pueblo español, del que emanan los poderes del Estado. Al final del preámbulo se indica que la CE la han aprobado las Cortes Generales, pero ratificada por el pueblo.Así pues, finalmente la CE tiene que ser ratificada por el pueblo. Otra cosa es el proceso de reforma constitucional, del que hablaremos cuando quieran, incluso de los falsos blindajes que tiene (hay que controlar al menos el 10% de una de las cámaras para hacer entrar el mecanismo del referendum, en caso contrario se puede modificar toda sin referendum).2. El TS, no es un juzgado "especial", y ello por dos razones, la primera es que no es un juzgado, sino un tribunal, y la segunda porque los tribunales "especiales" no existen, sino los "especializados" (y no es lo mismo). Por cierto, los juzgados de guardia son aquellos de instrucción, o de primera instancia e instrucción, que por turno rotatorio les toca.Del TS, nos dice el art. 123.1 de la CE, "El Tribunal Supremo, con jurisdicción en toda España, es el órgano jurisdiccional superior en todos los órdenes, salvo lo dispuesto en materia de garantías constitucionales.", así pues, es la cúspide del Poder Judicial -no lo es el CGPJ que es el órgano de gobierno del POder Judicial, art. 122.2 CE-.Por cierto, los jueces no están sujetos a jerarquía (ver art. 117.1 CE), la única manifestación del poder de fijar criterios de interpretación, está contenida en el art. 99.6 de la LRJCA -la "doctrina legal" del TS en materia contencioso - administrativa-.Finalmente el TC no está por encima del TS, ya que no forma parte del Poder Judicial (es un órgano constitucional), y lo que hay es una separación de materias, esto es, el TC es quien decide si las Leyes materiales -sobre las que no tiene jurisdicción el TS, salvo el caso especial de los Decretos Leislativos-, se adecúan o no a la CE, de la protección de los derechos fundamentales, de los conflictos de competencias entre el estado y las ccaa y del recurso en defensa de la autonomía local (arts. 161.1 CE y 75 de la LOTC).De hecho el TS tiene jurisdicción sobre decisiones del TC (en materia de contratación administrativa o personal).Además, y tras la integración en la UE, el Tribunal Superior de Justicia de la UE en las materias reguladas por los tratados, puede revicar Sentencias tanto del TS (normativa comunitaria), como del TC (en materia de derechos humanos, caso López - Ostra por ejemplo).Por último, al TS se llega por elección (del CGPJ) no por carrera administrativa, incluso hay magistrados del cuarto turno, otro día escribimos sobre ello, y de los magistrados "eméritos", o como pasar de cobrar 106.922,96 € (mas antigüedad) al año, a cobrar poco mas de 35.000€ (en total), dependiendo del favor del partido de turno.Y si acaso otro día hablamos del modelo, que en USA no hay TC y a sus magistrados del Supremo los elige el Presidente y los confirma el Senado, y oigan, no les han salido tan chungos.Un saludo
Por puntualizar:1. Según el propio art.1.2 de la CE: La soberanía nacional reside en el pueblo español, del que emanan los poderes del Estado. Al final del preámbulo se indica que la CE la han aprobado las Cortes Generales, pero ratificada por el pueblo.Así pues, finalmente la CE tiene que ser ratificada por el pueblo. Otra cosa es el proceso de reforma constitucional, del que hablaremos cuando quieran, incluso de los falsos blindajes que tiene (hay que controlar al menos el 10% de una de las cámaras para hacer entrar el mecanismo del referendum, en caso contrario se puede modificar toda sin referendum).2. El TS, no es un juzgado "especial", y ello por dos razones, la primera es que no es un juzgado, sino un tribunal, y la segunda porque los tribunales "especiales" no existen, sino los "especializados" (y no es lo mismo). Por cierto, los juzgados de guardia son aquellos de instrucción, o de primera instancia e instrucción, que por turno rotatorio les toca.Del TS, nos dice el art. 123.1 de la CE, "El Tribunal Supremo, con jurisdicción en toda España, es el órgano jurisdiccional superior en todos los órdenes, salvo lo dispuesto en materia de garantías constitucionales.", así pues, es la cúspide del Poder Judicial -no lo es el CGPJ que es el órgano de gobierno del POder Judicial, art. 122.2 CE-.Por cierto, los jueces no están sujetos a jerarquía (ver art. 117.1 CE), la única manifestación del poder de fijar criterios de interpretación, está contenida en el art. 99.6 de la LRJCA -la "doctrina legal" del TS en materia contencioso - administrativa-.Finalmente el TC no está por encima del TS, ya que no forma parte del Poder Judicial (es un órgano constitucional), y lo que hay es una separación de materias, esto es, el TC es quien decide si las Leyes materiales -sobre las que no tiene jurisdicción el TS, salvo el caso especial de los Decretos Leislativos-, se adecúan o no a la CE, de la protección de los derechos fundamentales, de los conflictos de competencias entre el estado y las ccaa y del recurso en defensa de la autonomía local (arts. 161.1 CE y 75 de la LOTC).De hecho el TS tiene jurisdicción sobre decisiones del TC (en materia de contratación administrativa o personal).Además, y tras la integración en la UE, el Tribunal Superior de Justicia de la UE en las materias reguladas por los tratados, puede revicar Sentencias tanto del TS (normativa comunitaria), como del TC (en materia de derechos humanos, caso López - Ostra por ejemplo).Por último, al TS se llega por elección (del CGPJ) no por carrera administrativa, incluso hay magistrados del cuarto turno, otro día escribimos sobre ello, y de los magistrados "eméritos", o como pasar de cobrar 106.922,96 € (mas antigüedad) al año, a cobrar poco mas de 35.000€ (en total), dependiendo del favor del partido de turno.Y si acaso otro día hablamos del modelo, que en USA no hay TC y a sus magistrados del Supremo los elige el Presidente y los confirma el Senado, y oigan, no les han salido tan chungos.Un saludo
Cita de: 2 años en Febrero 24, 2015, 11:43:39 amCita de: CHOSEN en Febrero 24, 2015, 11:41:55 amCita de: 2 años en Febrero 24, 2015, 11:21:02 amEs que la representación no es una cualidad que definas tú como a tí te dé la gana, tú no puedes definir qué es, en que grado etc, representación es una palabra que tiene un significado, y tú no lo puedes cambiar a tu antojo, que es básicamente lo que haces constantemente.Aqui está la prueba.Un demócrata queriendo imponer a los demás el grado de representación que "según él" necesitan. El siguiente paso es decidir QUIEN y COMO te ha de representar.Si es que se os ve venir desde lejos.PD: si los gatos tuvieran dos colas, la gente los llamaría gatos. Tienes un problema con los silogismos.Que no lo impongo yo CHOSENQue lo impone la RAE Utilize las palabras con propiedad, hombre.Alomejor si le digo que las ranas no crían pelo, me dice usted lo mismo que soy un demçócrata malo que le esta imponiendo no sé qué.Sí alomejor mi ejemplo no es del todo correcto, pero también estoy seguro que has entendido perfectamente lo que he querido decir.Sin que sirva de precedente le voy a dar la razón a CHOSEN La RAE no da una definición concreta y concluyente de "democracia" por lo que el término está bastante sujeto a interpretación (hasta donde la RAE llega). Por extensión, las palabras que hacen referencia a "democracia" están sujetas a su interpretación.
Cita de: CHOSEN en Febrero 24, 2015, 11:41:55 amCita de: 2 años en Febrero 24, 2015, 11:21:02 amEs que la representación no es una cualidad que definas tú como a tí te dé la gana, tú no puedes definir qué es, en que grado etc, representación es una palabra que tiene un significado, y tú no lo puedes cambiar a tu antojo, que es básicamente lo que haces constantemente.Aqui está la prueba.Un demócrata queriendo imponer a los demás el grado de representación que "según él" necesitan. El siguiente paso es decidir QUIEN y COMO te ha de representar.Si es que se os ve venir desde lejos.PD: si los gatos tuvieran dos colas, la gente los llamaría gatos. Tienes un problema con los silogismos.Que no lo impongo yo CHOSENQue lo impone la RAE Utilize las palabras con propiedad, hombre.Alomejor si le digo que las ranas no crían pelo, me dice usted lo mismo que soy un demçócrata malo que le esta imponiendo no sé qué.Sí alomejor mi ejemplo no es del todo correcto, pero también estoy seguro que has entendido perfectamente lo que he querido decir.
Cita de: 2 años en Febrero 24, 2015, 11:21:02 amEs que la representación no es una cualidad que definas tú como a tí te dé la gana, tú no puedes definir qué es, en que grado etc, representación es una palabra que tiene un significado, y tú no lo puedes cambiar a tu antojo, que es básicamente lo que haces constantemente.Aqui está la prueba.Un demócrata queriendo imponer a los demás el grado de representación que "según él" necesitan. El siguiente paso es decidir QUIEN y COMO te ha de representar.Si es que se os ve venir desde lejos.PD: si los gatos tuvieran dos colas, la gente los llamaría gatos. Tienes un problema con los silogismos.
Es que la representación no es una cualidad que definas tú como a tí te dé la gana, tú no puedes definir qué es, en que grado etc, representación es una palabra que tiene un significado, y tú no lo puedes cambiar a tu antojo, que es básicamente lo que haces constantemente.