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Cita de: CHOSEN en Febrero 24, 2015, 10:59:44 am(...)1º porque el TS es un juzgado especial (como los juzgados de mercantil, de civil, de guardia, constitucional...) y segundo porque los jueces en calidad de funcionarios, es lógico que estén sometidos a un régimen de escalas.Sin embargo no dices nada del Constitucional, el cual está "por encima" del Supremo.El T.Constitucional aplica la constitución. La Constitución es democrática por definición pues emana del parlamento.Que tienes que decir a eso.¿Te parece bien que el Constitucional aplique normas emanadas del parlamento?Piensalo bien antes de responder.De todas formas no deja de ser curioso que unos demócratas expongan el meme de la elección del TS al mismo tiempo que otros se quejan de la falta de representación política en la vida pública.CitarPor puntualizar:1. Según el propio art.1.2 de la CE: La soberanía nacional reside en el pueblo español, del que emanan los poderes del Estado. Al final del preámbulo se indica que la CE la han aprobado las Cortes Generales, pero ratificada por el pueblo.Así pues, finalmente la CE tiene que ser ratificada por el pueblo. Otra cosa es el proceso de reforma constitucional, del que hablaremos cuando quieran, incluso de los falsos blindajes que tiene (hay que controlar al menos el 10% de una de las cámaras para hacer entrar el mecanismo del referendum, en caso contrario se puede modificar toda sin referendum).2. El TS, no es un juzgado "especial", y ello por dos razones, la primera es que no es un juzgado, sino un tribunal, y la segunda porque los tribunales "especiales" no existen, sino los "especializados" (y no es lo mismo). Por cierto, los juzgados de guardia son aquellos de instrucción, o de primera instancia e instrucción, que por turno rotatorio les toca.Del TS, nos dice el art. 123.1 de la CE, "El Tribunal Supremo, con jurisdicción en toda España, es el órgano jurisdiccional superior en todos los órdenes, salvo lo dispuesto en materia de garantías constitucionales.", así pues, es la cúspide del Poder Judicial -no lo es el CGPJ que es el órgano de gobierno del POder Judicial, art. 122.2 CE-.Por cierto, los jueces no están sujetos a jerarquía (ver art. 117.1 CE), la única manifestación del poder de fijar criterios de interpretación, está contenida en el art. 99.6 de la LRJCA -la "doctrina legal" del TS en materia contencioso - administrativa-.Finalmente el TC no está por encima del TS, ya que no forma parte del Poder Judicial (es un órgano constitucional), y lo que hay es una separación de materias, esto es, el TC es quien decide si las Leyes materiales -sobre las que no tiene jurisdicción el TS, salvo el caso especial de los Decretos Leislativos-, se adecúan o no a la CE, de la protección de los derechos fundamentales, de los conflictos de competencias entre el estado y las ccaa y del recurso en defensa de la autonomía local (arts. 161.1 CE y 75 de la LOTC).De hecho el TS tiene jurisdicción sobre decisiones del TC (en materia de contratación administrativa o personal).Además, y tras la integración en la UE, el Tribunal Superior de Justicia de la UE en las materias reguladas por los tratados, puede revicar Sentencias tanto del TS (normativa comunitaria), como del TC (en materia de derechos humanos, caso López - Ostra por ejemplo).Por último, al TS se llega por elección (del CGPJ) no por carrera administrativa, incluso hay magistrados del cuarto turno, otro día escribimos sobre ello, y de los magistrados "eméritos", o como pasar de cobrar 106.922,96 € (mas antigüedad) al año, a cobrar poco mas de 35.000€ (en total), dependiendo del favor del partido de turno.Y si acaso otro día hablamos del modelo, que en USA no hay TC y a sus magistrados del Supremo los elige el Presidente y los confirma el Senado, y oigan, no les han salido tan chungos.Un saludoEl sistema político de EEUU sin ser perfecto sí que se puede considerar democrático. En él los jueces son nombrados con carácter VITALICIO lo cual como es obvio garantiza mucho mejor que en España su independencia y el que no se les pueda presionar.
(...)1º porque el TS es un juzgado especial (como los juzgados de mercantil, de civil, de guardia, constitucional...) y segundo porque los jueces en calidad de funcionarios, es lógico que estén sometidos a un régimen de escalas.Sin embargo no dices nada del Constitucional, el cual está "por encima" del Supremo.El T.Constitucional aplica la constitución. La Constitución es democrática por definición pues emana del parlamento.Que tienes que decir a eso.¿Te parece bien que el Constitucional aplique normas emanadas del parlamento?Piensalo bien antes de responder.De todas formas no deja de ser curioso que unos demócratas expongan el meme de la elección del TS al mismo tiempo que otros se quejan de la falta de representación política en la vida pública.CitarPor puntualizar:1. Según el propio art.1.2 de la CE: La soberanía nacional reside en el pueblo español, del que emanan los poderes del Estado. Al final del preámbulo se indica que la CE la han aprobado las Cortes Generales, pero ratificada por el pueblo.Así pues, finalmente la CE tiene que ser ratificada por el pueblo. Otra cosa es el proceso de reforma constitucional, del que hablaremos cuando quieran, incluso de los falsos blindajes que tiene (hay que controlar al menos el 10% de una de las cámaras para hacer entrar el mecanismo del referendum, en caso contrario se puede modificar toda sin referendum).2. El TS, no es un juzgado "especial", y ello por dos razones, la primera es que no es un juzgado, sino un tribunal, y la segunda porque los tribunales "especiales" no existen, sino los "especializados" (y no es lo mismo). Por cierto, los juzgados de guardia son aquellos de instrucción, o de primera instancia e instrucción, que por turno rotatorio les toca.Del TS, nos dice el art. 123.1 de la CE, "El Tribunal Supremo, con jurisdicción en toda España, es el órgano jurisdiccional superior en todos los órdenes, salvo lo dispuesto en materia de garantías constitucionales.", así pues, es la cúspide del Poder Judicial -no lo es el CGPJ que es el órgano de gobierno del POder Judicial, art. 122.2 CE-.Por cierto, los jueces no están sujetos a jerarquía (ver art. 117.1 CE), la única manifestación del poder de fijar criterios de interpretación, está contenida en el art. 99.6 de la LRJCA -la "doctrina legal" del TS en materia contencioso - administrativa-.Finalmente el TC no está por encima del TS, ya que no forma parte del Poder Judicial (es un órgano constitucional), y lo que hay es una separación de materias, esto es, el TC es quien decide si las Leyes materiales -sobre las que no tiene jurisdicción el TS, salvo el caso especial de los Decretos Leislativos-, se adecúan o no a la CE, de la protección de los derechos fundamentales, de los conflictos de competencias entre el estado y las ccaa y del recurso en defensa de la autonomía local (arts. 161.1 CE y 75 de la LOTC).De hecho el TS tiene jurisdicción sobre decisiones del TC (en materia de contratación administrativa o personal).Además, y tras la integración en la UE, el Tribunal Superior de Justicia de la UE en las materias reguladas por los tratados, puede revicar Sentencias tanto del TS (normativa comunitaria), como del TC (en materia de derechos humanos, caso López - Ostra por ejemplo).Por último, al TS se llega por elección (del CGPJ) no por carrera administrativa, incluso hay magistrados del cuarto turno, otro día escribimos sobre ello, y de los magistrados "eméritos", o como pasar de cobrar 106.922,96 € (mas antigüedad) al año, a cobrar poco mas de 35.000€ (en total), dependiendo del favor del partido de turno.Y si acaso otro día hablamos del modelo, que en USA no hay TC y a sus magistrados del Supremo los elige el Presidente y los confirma el Senado, y oigan, no les han salido tan chungos.Un saludoEl sistema político de EEUU sin ser perfecto sí que se puede considerar democrático. En él los jueces son nombrados con carácter VITALICIO lo cual como es obvio garantiza mucho mejor que en España su independencia y el que no se les pueda presionar.
Por puntualizar:1. Según el propio art.1.2 de la CE: La soberanía nacional reside en el pueblo español, del que emanan los poderes del Estado. Al final del preámbulo se indica que la CE la han aprobado las Cortes Generales, pero ratificada por el pueblo.Así pues, finalmente la CE tiene que ser ratificada por el pueblo. Otra cosa es el proceso de reforma constitucional, del que hablaremos cuando quieran, incluso de los falsos blindajes que tiene (hay que controlar al menos el 10% de una de las cámaras para hacer entrar el mecanismo del referendum, en caso contrario se puede modificar toda sin referendum).2. El TS, no es un juzgado "especial", y ello por dos razones, la primera es que no es un juzgado, sino un tribunal, y la segunda porque los tribunales "especiales" no existen, sino los "especializados" (y no es lo mismo). Por cierto, los juzgados de guardia son aquellos de instrucción, o de primera instancia e instrucción, que por turno rotatorio les toca.Del TS, nos dice el art. 123.1 de la CE, "El Tribunal Supremo, con jurisdicción en toda España, es el órgano jurisdiccional superior en todos los órdenes, salvo lo dispuesto en materia de garantías constitucionales.", así pues, es la cúspide del Poder Judicial -no lo es el CGPJ que es el órgano de gobierno del POder Judicial, art. 122.2 CE-.Por cierto, los jueces no están sujetos a jerarquía (ver art. 117.1 CE), la única manifestación del poder de fijar criterios de interpretación, está contenida en el art. 99.6 de la LRJCA -la "doctrina legal" del TS en materia contencioso - administrativa-.Finalmente el TC no está por encima del TS, ya que no forma parte del Poder Judicial (es un órgano constitucional), y lo que hay es una separación de materias, esto es, el TC es quien decide si las Leyes materiales -sobre las que no tiene jurisdicción el TS, salvo el caso especial de los Decretos Leislativos-, se adecúan o no a la CE, de la protección de los derechos fundamentales, de los conflictos de competencias entre el estado y las ccaa y del recurso en defensa de la autonomía local (arts. 161.1 CE y 75 de la LOTC).De hecho el TS tiene jurisdicción sobre decisiones del TC (en materia de contratación administrativa o personal).Además, y tras la integración en la UE, el Tribunal Superior de Justicia de la UE en las materias reguladas por los tratados, puede revicar Sentencias tanto del TS (normativa comunitaria), como del TC (en materia de derechos humanos, caso López - Ostra por ejemplo).Por último, al TS se llega por elección (del CGPJ) no por carrera administrativa, incluso hay magistrados del cuarto turno, otro día escribimos sobre ello, y de los magistrados "eméritos", o como pasar de cobrar 106.922,96 € (mas antigüedad) al año, a cobrar poco mas de 35.000€ (en total), dependiendo del favor del partido de turno.Y si acaso otro día hablamos del modelo, que en USA no hay TC y a sus magistrados del Supremo los elige el Presidente y los confirma el Senado, y oigan, no les han salido tan chungos.Un saludo
No te molestes.Ninguna asociación de jueces afirma que no hay separación de poderes.¿Sabes más del poder judicial que los propios jueces?
Lo que está sucediendo es que nos están sometiendo a un proceso de *saqueo* CALCADO, a los procesos neoliberales que practicaron con latinoamérica con la excusa de la "crisis de la deuda" desde los 70, 80 y 90
pero veo por tu respuesta que te da igual legislativo que ejecutivo, tu echas la papeleta para que salgan monigotes en un atril y punto.
De todas formas me ha servido para demostrar lo que quería:Con ese cebo ya se han lanzado a negar (otra vez) la legitimidad de la Constitución, cosa que nunca se atrevió a hacer ni siquiera Josu Ternera.Yo sólo describo la realidad, junto con la ONU, el consejo Europeo y el 99'9% de españoles. No se puede debatir contra semejante grado de extremismo.Saludos a todos.
Cenagal, te pierdes en la anécdota y evitas las respuestas.Citarpero veo por tu respuesta que te da igual legislativo que ejecutivo, tu echas la papeleta para que salgan monigotes en un atril y punto.No es el caso, pero si lo fuera...¿Y que?¡¡¡Quien te crees que eres para decirle a un cura antiabortista cómo y a quien tiene que votar, o que representación necesita!!! ¿Porqué tu esquema social vale más que el de tu padre, el de Bárcenas, o el de un violador en serie? Respondedme ya de una vez. LLevais 50 páginas dando rodeos y sin atreveros a decirlo.Vuestro sistema perfecto de representación perfecta se basa en dejar fuera de la democracia A 20 MILLONES DE ESPAÑOLES contentos con ESTA democracia (pirámide poblacional). Ni siquiera teneis respuesta a la abstención voluntaria. Lo único que habéis puesto en la mesa es "obligar a votar por ley". (...)No se puede debatir contra semejante grado de extremismo.Saludos a todos.
Las asociaciones de jueces Francisco de Vitoria, Jueces para la Democracia y Foro Judicial Independiente, y la Asociación Independiente de Fiscales y Unión Progresista de Fiscales sostienen que el desarrollo del modelo constitucional de Poder Judicial de las sucesivas legislaturas democráticas «ha ido pervirtiendo el modelo de separación de poderes que toda Constitución debe salvaguardar», de forma que los partidos políticos -de uno y otro signo- preservan «relevantes facultados de control sobre quienes eventualmente tienen el deber juzgarles». A ello se suma que el presupuesto destinado a Justicia «dista mucho del existente en países de nuestro entorno».
Pero coño, vamos a ver...Aquí en Caspaña elegimos un Legislativo que a su vez elige al Ejecutivo y entre ambos escogen al Poder Judicial y, además, al Tribunal Constitucional.
Yo no estoy diciendo a nadie a quién tiene que votar... En fin.
Cita de: Маркс en Febrero 25, 2015, 17:47:24 pmPero coño, vamos a ver...Aquí en Caspaña elegimos un Legislativo que a su vez elige al Ejecutivo y entre ambos escogen al Poder Judicial y, además, al Tribunal Constitucional. Gobierno del puebloDemocracia representativaYa lo has pillao.Rectificar (aunque sea inconscientemente) es de sabios Cita de: CENAGAL en Febrero 25, 2015, 18:35:14 pmYo no estoy diciendo a nadie a quién tiene que votar... En fin.Ya lo se hombre Pero les estás diciendo cómo tienen que gestionar su sociedad que es casi lo mismo. Y además esto lo haces desde la más insignificante de las minorías. Por eso te aplastan democráticamente, y por eso rechazas que ese ninguneo sea democratico, a pesar de todas las evidencias de que lo es.Deslegitimar al PPSOE, a la Constitución, al parlamento y a todo su sistema de valores no ayuda. No es que seas ETA, como he dicho sois peor Las asociaciones de jueces Francisco de Vitoria, Jueces para la Democracia y Foro Judicial Independiente, y la Asociación Independiente de Fiscales y Unión Progresista de Fiscales sostienen que el desarrollo del modelo constitucional de Poder Judicial de las sucesivas legislaturas democráticas «ha ido pervirtiendo el modelo de separación de poderes Desconozco sus motivaciones, y me parece perfecto.Pero es que el juego democrático es así(...)
Cita de: Маркс en Febrero 25, 2015, 17:47:24 pmPero coño, vamos a ver...Aquí en Caspaña elegimos un Legislativo que a su vez elige al Ejecutivo y entre ambos escogen al Poder Judicial y, además, al Tribunal Constitucional. Gobierno del puebloDemocracia representativaYa lo has pillao.Rectificar (aunque sea inconscientemente) es de sabios
La Justicia española, de las menos independientesOtro dato negativo es que la Justicia española se encuentra también entre las percibidas como menos independientes de la UE por parte de empresarios de todos los sectores -ocupa el puesto 22 entre los 28 Estados miembros-, un sentimiento que además ha empeorado entre 2010 y 2012. Sólo Eslovaquia, Bulgaria, Rumanía, Croacia, Grecia y Eslovenia registran resultados peores, según los datos del Foro Económico mundial de los que se hace eco Bruselas.Leer más: España, a la cola en independencia judicial e inversión en Justicia - elEconomista.es http://www.eleconomista.es/legislacion/noticias/5666312/03/14/Espana-a-la-cola-en-independencia-judicial-e-inversion-en-Justicia.html#Kku8sHlVpgDOVbF4
Cita de: Маркс en Febrero 25, 2015, 17:47:24 pmPero coño, vamos a ver...Aquí en Caspaña elegimos un Legislativo que a su vez elige al Ejecutivo y entre ambos escogen al Poder Judicial y, además, al Tribunal Constitucional. Gobierno del puebloDemocracia representativaYa lo has pillao.Rectificar (aunque sea inconscientemente) es de sabios Cita de: CENAGAL en Febrero 25, 2015, 18:35:14 pmYo no estoy diciendo a nadie a quién tiene que votar... En fin.Ya lo se hombre Pero les estás diciendo cómo tienen que gestionar su sociedad que es casi lo mismo. Y además esto lo haces desde la más insignificante de las minorías. Por eso te aplastan democráticamente, y por eso rechazas que ese ninguneo sea democratico, a pesar de todas las evidencias de que lo es.Deslegitimar al PPSOE, a la Constitución, al parlamento y a todo su sistema de valores no ayuda. No es que seas ETA, como he dicho sois peor Las asociaciones de jueces Francisco de Vitoria, Jueces para la Democracia y Foro Judicial Independiente, y la Asociación Independiente de Fiscales y Unión Progresista de Fiscales sostienen que el desarrollo del modelo constitucional de Poder Judicial de las sucesivas legislaturas democráticas «ha ido pervirtiendo el modelo de separación de poderes
Hay muchas más sensibilidades aparte de la tuya/las vuestras.Como demócratas, creo que deberíais saberlo sin esperar a que un no-demócrata os lo ponga delante.
Deslegitimar al PPSOE, a la Constitución, al parlamento y a todo su sistema de valores no ayuda. No es que seas ETA, como he dicho sois peor