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Me llaman para que vuelva al trabajo. Digo que no, y me insisten. "Obligaran a la gente a trabajar con metralletas", ppcc dixit. Check!
CAPITULO III. ALQUILER ASEQUIBLEArtículo 9. Regulación arrendamientos urbanos.Modificación de la Ley 4/2013, de 4 de junio, de medidas de flexibilización y fomentodel mercado del alquiler de viviendas1. El artículo 9 queda redactado en los siguientes términos:"Artículo 9. Plazo del contrato de arrendamiento:1. La duración del arrendamiento será libremente pactada por las partes. Siésta fuera inferior a 5 años en los casos en los que el arrendador sea personafísica propietaria de como máximo 5 viviendas, o de 10 años en los supuesto deque el arrendador sea persona jurídica o persona física con más de 5 viviendas enpropiedad. Llegado el día del vencimiento del contrato, éste se prorrogaráobligatoriamente por plazos anuales hasta que el arrendamiento alcance unaduración mínima de 5 o 10 años respectivamente, salvo que el arrendatariomanifieste al arrendador, con tres meses de antelación como mínimo a la fechade terminación del contrato o de cualquiera de las prórrogas, su voluntad de norenovarlo.El plazo comenzará a contarse desde la fecha del contrato o desde la puesta delinmueble a disposición del arrendatario si ésta fuere posterior. Corresponderá alarrendatario la prueba de la fecha de la puesta a disposición.2. Se entenderán celebrados por 5 o 10 años, en relación con lo dispuesto enel apartado anterior, los arrendamientos para los que no se haya estipulado plazode duración o éste sea indeterminado, sin perjuicio del derecho de prórroga parael arrendatario, en los términos resultantes del apartado anterior.3. No procederá la prórroga obligatoria del contrato si, una vez transcurrido elprimer año de duración del mismo, el arrendador comunica al arrendatario quetiene necesidad de la vivienda arrendada para destinarla a vivienda permanentepara sí o sus familiares en primer grado de consanguinidad o por adopción o parasu cónyuge en los supuestos de sentencia firme de separación, divorcio o nulidadmatrimonial cuando éste careciera de más inmuebles. La referida comunicacióndeberá realizarse al arrendatario al menos con tres meses de antelación a la fechaen la que la vivienda se vaya a necesitar y el arrendatario estará obligado aentregar la finca arrendada en dicho plazo si las partes no llegan a un acuerdodistinto.Si transcurridos tres meses a contar de la extinción del contrato o, en su caso, delefectivo desalojo de la vivienda, no hubieran procedido el arrendador o susfamiliares en primer grado de consanguinidad o por adopción o su cónyuge en lossupuestos de sentencia firme de separación, divorcio o nulidad matrimonial aocupar ésta por sí, según los casos, el arrendatario podrá optar, en el plazo detreinta días, entre ser repuesto en el uso y disfrute de la vivienda arrendada porun nuevo período de como mínimo 5 años, respetando, en lo demás, lascondiciones contractuales existentes al tiempo de la extinción, con indemnizaciónde los gastos que el desalojo de la vivienda le hubiera supuesto hasta el momentode la reocupación, o ser indemnizado por una cantidad equivalente a 6mensualidades por cada año que quedara por cumplir hasta completar 5, salvoque la ocupación no hubiera tenido lugar por causa de fuerza mayor.4. Tratándose de finca no inscrita, también durarán 5 años los arrendamientosde vivienda que el arrendatario haya concertado de buena fe con la persona queparezca ser propietaria en virtud de un estado de cosas cuya creación seaimputable al verdadero propietario, sin perjuicio de la facultad de no renovacióna que se refiere el apartado 1 de este artículo. Si el arrendador enajenase lavivienda arrendada, se estará a lo dispuesto en el artículo 1.571 del Código Civil.Si fuere vencido en juicio por el verdadero propietario, se estará a lo dispuesto enel citado artículo 1.571 del Código Civil, además de que corresponda indemnizarlos daños y perjuicios causados."2. El artículo 10 queda redactado en los siguientes términos:"Artículo 10. Prórroga del contrato de arrendamiento:1. Si llegada la fecha de vencimiento del contrato, o de cualquiera de susprórrogas, una vez transcurridos como mínimo 5 o 10 años de duración de aquel envirtud de lo establecido en el apartado 1 del artículo 9, ninguna de las parteshubiese notificado a la otra, al menos con treinta días de antelación a aquella fecha,su voluntad de no renovarlo, el contrato se prorrogará necesariamente durante 5 o10 años más a contar desde la fecha del vencimiento.2. Una vez inscrito el contrato de arrendamiento, el derecho de prórrogaestablecido en el artículo 9, así como la prórroga de 5 o 10 años a la que se refiereel apartado anterior, se impondrán en relación a terceros adquirentes que reúnanlas condiciones del artículo 34 de la Ley Hipotecaria. En los supuestos en los que nose hubiera inscrito el contrato de arrendamiento por la negativa del arrendador ahacerlo o desconocimiento por parte del arrendatario de dicha obligación, elderecho de prórroga también se impondrá en relación a terceros adquirentes."3. El artículo 17 queda redactado en los siguientes términos:"Artículo 17. Determinación de la renta:1. La renta será la que estipulen las partes dentro de los límites establecidos a talefecto. Las cuantías de la rentas de alquiler estarán subordinadas al índice dereferencia de precios de arrendamientos urbanos relativos a vivienda habitual desimilares características de la zona en la que se encuentre el inmueble arrendadopublicado por el Instituto Nacional de Estadística, este índice queda subordinado ala existencia de un índice a nivel local que sea más beneficios para el arrendador, encuyo caso será el índice local prevalecerá sobre el estatal. 2. Salvo pacto en contrario, el pago de la renta será mensual y las partes determinaránel día del pago de la misma. En ningún caso podrá el arrendador exigir el pagoanticipado de más de una mensualidad de renta."4. El artículo 18 queda redactado en los siguientes términos:"Artículo 18. Actualización de rentas:-1. Durante la vigencia del contrato la renta se actualizará aplicando a la rentacorrespondiente a la anualidad anterior la variación porcentual experimentada porel índice general nacional del sistema de índices de precios de consumo en unperíodo de doce meses inmediatamente anteriores a la fecha de cadaactualización, tomando como mes de referencia para la primera actualización elque corresponda al último índice que estuviera publicado en la fecha decelebración del contrato, y en las sucesivas, el que corresponda al último aplicado.-2. La renta actualizada será exigible al arrendatario a partir del mes siguiente aaquel en que la parte interesada lo notifique a la otra parte por escrito, expresandoel porcentaje de alteración aplicado y acompañando, si el arrendatario lo exigiera,la oportuna certificación del Instituto Nacional de Estadística. Será válida la notificación efectuada por nota en el recibo de la mensualidad delpago precedente.-3. En los supuestos en los que finalizado el contrato de arrendamiento y lasprórrogas correspondientes se formalizara un nuevo contrato de arrendamientoentre idéntico arrendador y arrendatario, la renta se actualizará únicamenteatendiendo al aumento del IPC. En el supuesto que haya acuerdo con nueva partearrendataria la renta del nuevo contrato no podrá superar el 1,5% de la anteriorrenta."5. Se adiciona el artículo 20 bis, que queda redactado de la siguiente forma:" Artículo 20 bis. Gastos de gestión del contrato.Las obligaciones contractuales derivadas de la gestión y formalización del contratode arrendamiento, salvo pacto en contrario, será asumidas a la parte que legalmentecorresponda de acuerdo a la normativa vigente.Los gastos de gestión y formalización del contrato o servicios los servicioscontratados a través de empresas de gestión inmobiliaria o análogas para ello por elpropietario serán imputados exclusivamente a su cargo, quedando excluida laposibilidad de repercutirlo, o pagara cargo alguno por este concepto, alarrendatario."6. El artículo 36 queda redactado en los siguientes términos:“Artículo 36. De la fianza:1. A la celebración del contrato será obligatoria la exigencia y prestación de fianzaen metálico en cantidad equivalente a una mensualidad de renta en elarrendamiento de viviendas y de dos en el arrendamiento para uso distinto del devivienda.2. Durante toda la vida del contrato de arrendamiento la fianza no estará sujeta aactualización.3. El saldo de la fianza en metálico que deba ser restituido al arrendatario al finaldel arriendo, devengará el interés legal, transcurrido un mes desde la entrega de lasllaves por el mismo sin que se hubiere hecho efectiva dicha restitución.4. Las partes podrán pactar cualquier tipo de garantía del cumplimiento por elarrendatario de sus obligaciones arrendaticias adicional a la fianza en metálico.5. Quedan exceptuadas de la obligación de prestar fianza la Administración Generaldel Estado, las Administraciones de las Comunidades Autónomas y las entidades que integran la Administración Local, los organismos autónomos, las entidadespúblicas empresariales y demás entes públicos vinculados o dependientes de ellas,y las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de laSeguridad Social en su función pública de colaboración en la gestión de la SeguridadSocial, así como sus Centros y Entidades Mancomunados, cuando la renta haya deser satisfecha con cargo a sus respectivos presupuestos."
03/26/2017 en 11:37 a.m.«INSURGENTES DE LA CASA BLANCA QUE QUIEREN DESTRUIR EL ORDEN INTERNACIONAL LIBERAL».-Así, con estas palabras —que podrían ser nuestras— se refiere a la «Trump Troupe» (TrTr) parte del personal de la Embajada española en EEUU (lectura obligatoria):http://www.tiempodehoy.com/espana/los-informes-secretos-de-la-embajada-espanola-sobre-trumpLa insurgencia TrTr no es contra «Irán, Corea del Norte, China o Rusia». Estos cuatro Estados solo podrían estar «muy tentados de tomar el pulso a EEUU» —por iniciativa de ellos mismos, no de la TrTr—. El activismo insurgente TrTr es contra el propio establishment washingtoniano. Es el guerracivilismo inherente al modelo popularcapitalista, cuya mayoría natural, constituida en maquis resentido, cree inocentemente haber asaltado el mando del Ortograma a través de la TrTr —el Ortograma no tiene un puesto de mando definido—.Pero la mayoría natural trumpiana es solo audiencia de un «reality show». La TrTr ha fracasado en todo lo que no son enjuagues inmobiliarios y «reality shows». Tras el pinchazo-derrumbe de la burbuja-pirámide generacional inmobiliaria, el «reality show» quedó como la única gran especialidad profesional que le ha quedado a la TrTr —pregúntense por qué han filtrado la declaración del impuesto sobre la renta de Trump del año 2005, el año anterior al hundimiento inmobiliario—. El gran mérito del brexitrumpismo es haber evidenciado que las elecciones y votaciones en las democracias posmodernas pueden ganarse con los mismos métodos que utilizan las cadenas de televisión para ganar audiencia en su programación basura. El trumpismo no es ideología, sino solo un juego de rol mediático parasitario del Ortograma.La verdad es esta: «Los americanos blancos de escasa formación —que son quienes dan soporte a la TrTr— se están muriendo —literalmente— a un ritmo inusitado por causa de sus 'desventajas acumulativas'», según dice Deaton, Premio Nobel de Economía:http://elpais.com/elpais/2017/03/25/opinion/1490464530_033332.htmlLa gran 'desventaja', en torno a la que se acumulan las demás desventajas, es el precio de la vivienda básica. No hay salario normal capaz de aguantarlo. Después de pagar el alquiler o hipoteca —alquiler descontado— no te queda nada de renta disponible.La juventud ya no quiere comprar vivienda. Y no es porque no tengan renta, que también. Es porque ya saben, primero, que no es inversión, sino «himbersión»; y, segundo, porque heredarán las viviendas familiares. Y los turistas ya no quieren ir a hoteles sino a viviendas hotelizadas. El resultado de esta pinza financiera de la juventud y del turismo es la destrucción del inquilinato. Alquilar por cortos o cortísimos períodos de tiempo a empleados y a turistas. Esta es la Reburbuja. Alcohol metílico vendido como etílico a los «tontos-de-los-pisitos», perdonen la expresión, para que se desprendan de su dinero a cambio de viviendas, que continúan sobrevaloradas por la Burbuja-madre, porque hasta ahora la banca no se ha podido permitir proceder a toda la corrección valorativa, dado el peso de la inversión hipotecaria en sus Balances.El primer gran problema en esta fase de la Transición Estructural está en los precios de alquiler, que presionan a los de compra-para-alquilar. Pero los precios de alquiler altos son directamente mortíferos para la actividad económica, el empleo y la demografía. Vean el caso extremo de Ibiza, donde ya no se puede trabajar, salvo viviendo de camping:http://club.diariodeibiza.es/acto.jsp?pIdActo=1414Nosotros no tenemos que hacer nada. Solo protegernos, especialmente, eligiendo bien las entidades de depósito en que confiar. Hay que dejar que la economía ordinaria empeore y esperar a que el algoritmo financiero-fiscal dé el carpetazo. Será en 2018. Y va a ser anticipado seis meses por la debacle bursátil que se avecina. Habría otro indicador anticipado. En 2006, fue la inflexión en el crédito hipotecario —por eso supimos que el «Turning Point» era en aquel otoño, que la crisis bursátil sería en la primavera de 2007 y la crisis de entidades financieras, en 2008—. Ahora el indicador anticipado estaría en sede de las finanzas públicas. Y aquí es donde aparece el segundo gran problema: la Contabilidad Pública es muchísimo menos exacta que la Privada —cfr. lo monitorizada que está la contabilidad de los bancos—; y esta imprecisión contable conjugada con el BN2P (blanconegro-doblepensar), nos impide disponer de indicadores anticipados precisos. Esta vez hay que esperar a que la Bolsa delate «erga omnes» el proceso económico que ya está teniendo lugar, y que no es otro que la puntilla al modelo popularcapitalista y la proclamación «urbi et orbe» del gozoso advenimiento del modelo Era Cero (*), ese universo económico estable, con poca o nula inflación, tan querido por el verdadero Capital, ya sea de titularidad privada (Sistema Capitalista) o pública (Sistema Socialista).Gracias por leernos.___(*) Nuestro querido y admirado Kenneth Rogoff ha publicado un libro, («Reduzcamos el papel moneda») muy en la línea «eraceroísta».
Cita de: pisitófilos creditófagos03/26/2017 en 11:37 a.m.La juventud ya no quiere comprar vivienda. Y no es porque no tengan renta, que también. Es porque ya saben, primero, que no es inversión, sino «himbersión»; y, segundo, porque heredarán las viviendas familiares.[...]
03/26/2017 en 11:37 a.m.La juventud ya no quiere comprar vivienda. Y no es porque no tengan renta, que también. Es porque ya saben, primero, que no es inversión, sino «himbersión»; y, segundo, porque heredarán las viviendas familiares.[...]
[...]Los números oficiales son claros: desde 2007 hasta hoy las renuncias de herencias se han multiplicado por tres en toda EspañaEn ese momento histórico, se alcanzó el punto máximo de endeudamiento y por ello, lo que ahora provoca la renuncia de las herencias es la carga hipotecaria de muchos inmuebles que ahora valen muchos menos y por tanto su venta no cubre la deuda.Los expertos señalan a la abultada deuda hipotecaria una las causas del incremento de las renuncias de herencias.[...]http://www.vozpopuli.com/economista_ciudadano/verdad-detras-renuncia-herencia_7_1011568837.html
os traigo al bueno de Alejandro Macarron, en una intervencion de feb 2017. Alejandro se centra en el problema de la baja natalidad, pero ha señalado desde siempre la burbuja inmobiliaria como una de sus causashttp://youtu.be/PV74izXamzI
* Dado que en teoría se está vendiendo a lo bestia para alquilar, no veo que haya más vivienda en alquiler. ¿Todo va a Airbnb? No me lo creo. Además, en el caso de Madrid sería muy "poético" todo dada la cutrez inherente al casero madrileño. En medio año las votaciones negativas de sus zuletes les habrían hundido sus himbersiónes.
Entre las palabras finales del Final de la Biblia ('Apocalipsis': Revelación) está 'Maranata' (Ven ya, Maestro).
Cita de: chameleon en Marzo 26, 2017, 00:25:41 amos traigo al bueno de Alejandro Macarron, en una intervencion de feb 2017. Alejandro se centra en el problema de la baja natalidad, pero ha señalado desde siempre la burbuja inmobiliaria como una de sus causashttp://youtu.be/PV74izXamzIA la escasa fracción de la élite que piensa y planifica (el resto se dedica a la buena mesa, los barcos y las putas, resumiendo), le importa un pimiento el invierno demográfico, e incluso le viene bien. Ese dumping salarial traído de África o Sudamérica, que viene nos viene, nos ha venido, y nos vendrá. Y encima los progretas aplaudiéndolo. Cómo se descojonan nuestros amos entre esnifada y mariscada.Y para qué más gente. Alemania o Inglaterra están superpoblados hasta la naúsea. Francia casi también. Aquí estaríamos mucho más anchos y lozanos los 37 millones que estábamos. Pero había que dumpear, ¿verdad Mr.Ansar? Al bobo solemne lo dejamos con lo suyo, que era mirar nubes.
Se considera "bueno" que la población aumente ¿para pagar las pensiones? cuando en realidad es algo indeseable con la estructura productiva del país que es incapaz de absorber la mano de obra que ya hay.
Cita de: inmoindultadoGenerico en Marzo 22, 2017, 16:33:03 pmLea el mensaje que estaba escribiendo mientras Vd. escribió el suyo. Por el norte estamos igual.... ¡pero era algo previsto, que no predicho !No se desanime, en ciudad pequeña todo se sabe, y no falta mucho para la apertura de compuertas. NO puede faltar mucho.Yo ya doy por perdido al país entero y tengo la convicción de que acabaremos como un país cutre rollo Europa del Este. Lo único que me queda es seguir con mi trabajo que me permita comer y pagar un techo medio habitable. Ni inversiones en bolsa, ni fondos de pensiones, ni nada. No hay dinero para nada más.Además, si como dice PPCC va a haber un "catacrock" en la bolsa en unos meses, pues más dinero se va a meter en la burbuja ladrillera v2.0. ¿Dónde va a ir sino? ¿a la no-industria de este erial?En el último año he visto cosas marcianas entre mis conocidos que se han metido en el último momento en una hipoteca:- He visto médicos (de saga familiar de médicos) enviar a los críos al cole público porque el "casote" de medio millón se comía las facturas del colegio de las criaturas.- Una colega que sabe que si suben los tipos va a tener que pedir a los padres para comer, pero aún así se ha metido en un zulo infecto en Fuente del Berro* por más de 300k €.- Un par de ingenieros que compraron su pareado soñado en medio de la nada y no tienen ni para cambiar los toldos hechos jirones que venían con su "mansión"- Otro médico que va a morir infartado antes de los 50 a base de hacer horas en la pública, en la privada y en varios consorcios para pagar su casita en medio de la estepaSi toda esta gente, que se supone que tiene una situación económica desahogada en comparación con la mayoría de los mortales vive así... ¿cómo vive el currela pobre de toda la vida?En fin, que disfrutar de la vida con los míos, aunque sea de manera humilde, se ha convertido en mi única aspiración vital.* Para los no-madrileños, Fuente del Berro es el engendro de barrio sin planificación urbanística propio del desarrollismo más mediocre que está junto al Pirulí. Hagan un Google Maps y flipen.
Lea el mensaje que estaba escribiendo mientras Vd. escribió el suyo. Por el norte estamos igual.... ¡pero era algo previsto, que no predicho !No se desanime, en ciudad pequeña todo se sabe, y no falta mucho para la apertura de compuertas. NO puede faltar mucho.
Pisi dixit:<<viene una recesión coyuntural de base inmobiliaria, es decir, concentrada en la desvalorización del "principal activo de vida" de las llamadas "clases medias"; recesión coyuntural que se enmarca en el proceso estructural de sustitución del modelo popularcapitalista ochentero por el nuevo Era Cero.El gran llanto y crujir de dientes será en 2018. Lo anticipará la Bolsa con seis meses de antelación">>
Pisi dixit<<" protegernos, especialmente, eligiendo bien las entidades de depósito en que confiar">>
Pisi dixit"Cuando nosotros hablamos de entrar o salir de la Bolsa, tenemos en mente nuestro ciclo bursátil" " 4] bursátil... 7 + 2 años "
Pisi dixit<<Segundo "blanco y en botella": como el dólar norteamericano no se deprecia ni a tiros, las autoridades monetarias norteamericanas suben los tipos de interés por la última razón —y más sencilla— que queda, que no es otra que recuperar munición para la que ven que se avecina. ¿Pero qué es eso que se avecina que requiere de tanta munición, no bastando para la intervención estabilizadora nuevas masivas "operaciones a mercado abierto 2", a las que nos han acostumbrado los últimos años? "Nos vamos a reinflacionar los periféricos, lo que significa reconcentración financiera del imperio >>
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