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Autor Tema: PPCC: Pisitófilos Creditófagos. Primavera 2025  (Leído 537602 veces)

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asustadísimos

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Re:PPCC: Pisitófilos Creditófagos. Primavera 2025
« Respuesta #3735 en: Hoy a las 18:10:29 »
[Lo del Mierdrid Isabelino es tremendamente parecido a la Sevilla de la Expo, solo que en lugar de la Expo, F1 (11 al 13 de septiembre de 2026). Para entonces habrá fracaso del golpe de Estado blando y, el delincuente, de confeso a convicto. El euro digital estará popularizándose; la corrección valorativa inmobiliaria residencial estará en todo lo alto; Zelenski, Netanyahu, Milei, Ayuso y Trump olerán a muerto político; y nadie querrá ser identificado con ningún anarquismo.]

asustadísimos

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Re:PPCC: Pisitófilos Creditófagos. Primavera 2025
« Respuesta #3736 en: Hoy a las 18:18:56 »
[Está habiendo grandes problemas para dar inflación_IPC. ¡No hay! No es que haya desinflación. ¡Es que hay deflación en muchos bienes y servicios centrales del IPC! (incluso en el inmobiliario-residencial_no IPC). Están dando subidas inexistentes de futuros precios del gas y la gasolina, ja, ja, ja, a ver si se animan los ponedores de precios. El brent está lejísimos del nivel de 2021, cuando la inflación rara. Desde luego, qué rara ha sido la inflación. Esta campaña del IRPF sorprende por los «rendimientos del capital mobiliario» —rentismo financiero aproductivo—. Ha sido un regalo inmenso que el Capital ha hecho al propietariado para que, por las buenas, procediera a la corrección valorativa de inmuebles, Bolsa, Deuda y dólar. No ha querido hacerlo. Antes al contrario, se ha ensoberbecido con el anarcocapitalismo. Olvidaos del rentismo financiero por lustros y preparaos para el 'write off' inmobiliario. El Dinero siempre se venga. El capitalismo es brutal. Jodeos.]
« última modificación: Hoy a las 18:45:24 por asustadísimos »

Mistermaguf

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Re:PPCC: Pisitófilos Creditófagos. Primavera 2025
« Respuesta #3737 en: Hoy a las 19:59:58 »
Bueno, será por eso por lo que las multas de tráfico que las cámaras del Ayuntamiento ponen cada vez que entro en la ZBE de Madrid con el coche de mi padre, como están dirigidas al titular del vehículo y esté está en Logroño, no se cobran.
https://www.poderjudicial.es/cgpj/es/Poder-Judicial/Tribunal-Supremo/Oficina-de-Comunicacion/Archivo-de-notas-de-prensa/El-Tribunal-Supremo-fija-que-los-ayuntamientos-no-pueden-embargar-directamente-cuentas-de-sucursales-bancarias-de-fuera-del-municipio-para-cobrar-multas

Es muy extraño que dentro de España ocurra esto cuando en la unión UE todo es un fluír cual gran hermano. Me ha llegado puntualmente una multa de tráfico de Francia (hace tres años) y otra de Suecia (hace 5 meses) a mi domicilio barcelonés. Y eso que soy un chico bueno y conduzco con sensatez y sentimiento.

gregorsamesa

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sargento.algodon

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Re:PPCC: Pisitófilos Creditófagos. Primavera 2025
« Respuesta #3739 en: Hoy a las 21:01:50 »


Todos a la cárcel.  :rofl:

    https://es.m.wikipedia.org/wiki/Todos_a_la_c%C3%A1rcel   

La de la izquierda de la foto es Concha Andreu, ex presidenta de La Rioja.

Estuve el sabado sudando viendo a la pareja riojana de pelota a mano vencer a la madrileña en uno de los pocos partidos de pelota que se celebran en Madrid, en el restaurado frontón Beti Jai en Almagro. Recomendable visita, aunque falte sombra en la grada, bocatas en la cantina, copas en las manos y corredores de apuestas. Lo de fumar puros, aunque sea en un frontón abierto, parece que no entra en el concepto de libertad que tanto se publicita.
« última modificación: Hoy a las 21:16:02 por sargento.algodon »

Elcasco

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Re:PPCC: Pisitófilos Creditófagos. Primavera 2025
« Respuesta #3740 en: Hoy a las 21:14:12 »

sargento.algodon

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Re:PPCC: Pisitófilos Creditófagos. Primavera 2025
« Respuesta #3741 en: Hoy a las 21:15:31 »
Bueno, será por eso por lo que las multas de tráfico que las cámaras del Ayuntamiento ponen cada vez que entro en la ZBE de Madrid con el coche de mi padre, como están dirigidas al titular del vehículo y esté está en Logroño, no se cobran.
https://www.poderjudicial.es/cgpj/es/Poder-Judicial/Tribunal-Supremo/Oficina-de-Comunicacion/Archivo-de-notas-de-prensa/El-Tribunal-Supremo-fija-que-los-ayuntamientos-no-pueden-embargar-directamente-cuentas-de-sucursales-bancarias-de-fuera-del-municipio-para-cobrar-multas

Es muy extraño que dentro de España ocurra esto cuando en la unión UE todo es un fluír cual gran hermano. Me ha llegado puntualmente una multa de tráfico de Francia (hace tres años) y otra de Suecia (hace 5 meses) a mi domicilio barcelonés. Y eso que soy un chico bueno y conduzco con sensatez y sentimiento.

Cuestiones de competencias. Le recuerdo que el Catastro no llega a los territorios forales, los de las Diputaciones vascas y Navarra. El país y su interesante historía durante el siglo XIX explican los polvos que luego nos llevan a los lodos de las distribuciones de competencias que se fijan (más o menos) en la Constitución actual.

También le digo que hay que distinguir entre que le llegue una multa y que puedan cobrarsela. Que tengan su dirección es más o menos normal. Pero que pueda ejercitar el privilegio del cobro ejecutivo (el embargo de la cantidad en sus cuentas bancarias o bienes) es otra cuestión. En general la Adminstración extranjera tendrá que solicitar a las autoridades españolas que sean ellas las que entren como Pedro (el tradicional, no el actual) por su casa y le arrebaten sus dineros. Generalmente es mucha molestia, pero puede pasar. En otros casos puede considerarlo como una mera sugerencia para que sea un buen vecino y colabore con el mantenimiento de las vías de comunicación foraneas, ya que no respetó las normas locales.

En este país, por otro lado, el Tribunal Supremo, por ejemplo, ha dictado que los ayuntamientos no pueden practicar y dictar diligencias de embargo de dinero en cuentas abiertas en sucursales de entidades financieras radicadas fuera de su término municipal. Han de pedir la asistencia de la Comunidad Autonoma o el Estado, ya que sus competencias recaudatorias sólo pueden ejercerse en su termino municipal o en el de la Comunidad Autonoma.

El Tribunal Supremo fija que los ayuntamientos no pueden embargar directamente cuentas de sucursales bancarias de fuera del municipio para cobrar multas
Deben instar la actuación a los órganos competentes de la correspondiente comunidad autónoma o del Estado según corresponda

Autor
Comunicación Poder Judicial
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha establecido en una sentencia que los ayuntamientos no pueden practicar y dictar diligencias de embargo de dinero en cuentas abiertas en sucursales de entidades financieras radicadas fuera de su término municipal, incluso cuando dicho embargo no requiera la realización material de actuaciones fuera del citado territorio municipal por parte de dicha administración local.

El alto tribunal añade que en esos casos es necesario que insten la práctica de dicha actuación a los órganos competentes de la correspondiente comunidad autónoma o a los órganos competentes del Estado, según corresponda.

El Supremo desestima el recurso del Ayuntamiento de Madrid contra la sentencia de un Juzgado de lo Contencioso-Administrativo que dio la razón a un particular contra la diligencia de embargo, dictada por la Administración municipal madrileña, de 2.028, 06 euros de su cuenta corriente en una sucursal bancaria de Toledo para cobrar, por vía ejecutiva, 22 multas en materia de tráfico.

Dicho Juzgado consideró que el Ayuntamiento de Madrid no tenía competencia para dictar la diligencia de embargo a tenor del artículo 8.3 de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, que señala que las actuaciones en materia de inspección o recaudación ejecutiva que hayan de efectuarse fuera del territorio de la respectiva entidad local en relación con los ingresos de derecho público propios de ésta, serán practicadas por los órganos competentes de la correspondiente comunidad autónoma cuando deban realizarse en el ámbito territorial de ésta, y por los órganos competentes del Estado en otro caso, previa solicitud del presidente de la corporación.

El Juzgado corrigió así la resolución del Tribunal Económico-Administrativo Municipal de Madrid, que avaló la actuación del Ayuntamiento esgrimiendo, entre otras razones, que la Corporación no realizó ninguna actuación fuera de su término municipal al poder introducir el requerimiento en un sistema centralizado para ejecutar embargos en cuentas bancarias al que estaba adscrito el banco en cuya sucursal de Toledo tenía la cuenta el deudor.

El Supremo comparte el criterio del Juzgado y resalta que la administración municipal no puede practicar y dictar diligencia de embargo de dinero en cuentas abiertas en sucursales de entidades financieras radicadas fuera del término municipal del ayuntamiento embargante, “incluso cuando dicho embargo no requiera la realización material de actuaciones fuera del citado territorio municipal por parte de la administración local”.

Es necesario, en esos casos, que requiera la colaboración de la administración autonómica o estatal, como marca la Ley. “Cuando las actuaciones de recaudación ejecutiva por parte de un ayuntamiento deben realizarse fuera de su territorio, dicho ente local está imposibilitado jurídicamente para ejercerlas”, subraya el tribunal.



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Re:PPCC: Pisitófilos Creditófagos. Primavera 2025
« Respuesta #3742 en: Hoy a las 21:57:19 »
El informe de Hartnett del viernes pasado:























Saludos.

conejo

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Re:PPCC: Pisitófilos Creditófagos. Primavera 2025
« Respuesta #3743 en: Hoy a las 22:56:14 »



Al menos 21 aviones cisterna de la Fuerza Aérea de los Estados Unidos (USAF), entre ellos modelos KC-135 Stratotanker y KC-46 Pegasus, fueron detectados en ruta hacia Europa desde diversas bases en territorio continental estadounidense, según reportes de monitoreo OSINT difundidos este 16 de junio.

De acuerdo con los rastreos realizados por observadores aéreos y plataformas especializadas, el despliegue incluye 17 KC-135 y 4 KC-46, lo que representa una movilización sin precedentes en tiempos recientes para este tipo de aeronaves. Hasta el momento, no se ha emitido una comunicación oficial por parte del Departamento de Defensa o el Comando de Movilidad Aérea de la USAF, por lo que el objetivo de la operación permanece sin confirmación pública.

La magnitud del movimiento ha generado especulación sobre su posible vinculación con ejercicios multinacionales, refuerzo logístico en el marco de compromisos con aliados de la OTAN, o como parte de una estrategia de disuasión ante tensiones geopolíticas actuales. El hecho de que se movilicen más de 20 aeronaves de reabastecimiento en vuelo en un corto periodo de tiempo apunta a una planificación de alto nivel y coordinación operativa avanzada.

La flota de aviones cisterna es un componente esencial de la capacidad expedicionaria de la USAF, permitiendo extender el alcance de cazas, bombarderos y otras plataformas estratégicas en escenarios globales. En la actualidad, la fuerza aérea cuenta con más de 370 KC-135 y cerca de 80 KC-46, en proceso de incorporar unidades adicionales para reemplazar progresivamente los modelos más antiguos.

Este tipo de despliegues masivos son poco comunes y suelen anticipar actividades aéreas de gran escala. Observadores consultados destacan que se trata de uno de los movimientos de reabastecedores más grandes hacia el continente europeo registrados públicamente en los últimos años.



pollo

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Re:PPCC: Pisitófilos Creditófagos. Primavera 2025
« Respuesta #3744 en: Hoy a las 23:18:13 »
Vamos con algunas puntualizaciones y dejando algunas falacias al aire.

El contrato laboral temporal en España no ha desaparecido en la reforma de 2022. Esto es rotundamente falso. A lo que se le ha puesto coto es al cachondeo de poner contratos temporales sin causa justificada. Laboro en su blog comenta casos como alegar como causa de temporalidad "atender faena".

https://laboro-spain.blogspot.com/2020/08/fraude-causa-contrato-temporal.html


No existe la obligación de firmar un indefinido discontinuo si se prevé un aumento puntual de necesidad de trabajadores. Otra cosa es que haya una necesidad estructural o recurrente. Por ejemplo, un socorrista de piscina de pueblo sí tendría derecho a un indefinido discontinuo, porque la necesidad de socorrista existe todos los veranos. Cuando termina la temporada de verano desaparece el puesto de trabajo, y se reabre a la temporada siguiente.

Y luego, el meollo del artículo está en la sorpresa de que los extranjeros renuncian muchísimo más que los españoles.

Pues claro que las renuncias como tales han aumentado al generalizarse la adopción de contratos indefinidos, pero hay que mirar el cuadro completo. Y el cuadro completo se ve con un detalle muy fácil de ver. Si el empresario tiene a 50 en la puerta, elige al que le sale de las narices. Hace años era muy común que te despidiesen con tu relevo ya contratado para el lunes siguiente. Si en la puerta ya no hay nadie, entonces el currito lo tiene más fácil para hacer la peineta. Porque en algún sitio habrá otro empresario igual de desesperado o más.


Pero la "sorpresa" del artículo, insisto, son los extranjeros. Especialmente en hostelería. Resulta que los mismos a los que se traía porque se les tenía por lumpen y se esperaba de ellos ser mano de obra sumisa cuasi-esclava, resulta que el tiro ha salido por la culata. Son aún más proclives a la peineta que los españoles... porque ya están fuera de su terruño y tienen menos que perder.

Hay cosas del cuadro macro que se pueden explicar con marionetas, sin cifras. El mal empresario que llora "porque no encuentra gente" es porque está ofreciendo condiciones poco competitivas.
Y otro factor no desdeñable: cada vez menos españoles están dispuestos a trabajar en hostelería. En Asturias es cada vez más evidente. Hay muy pocos escanciadores de sidra que no sean latinos o de Europa del este.

Cadavre Exquis

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