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Starmer: Britain’s ‘Brexit years’ are over and we need Europe, not Donald Trumphttps://www.independent.co.uk/news/uk/politics/starmer-trump-europe-munich-brexit-b2919928.htmlAfter the US president rocked the continent with his threat to take Greenland, the prime minister praises Europe as a ‘sleeping giant’ Hay partido.
El comité de expertos de la Generalitat avala limitar la compra especulativa de viviendas en CatalunyaLos cuatro informes han sido elaborados por Jaime Palomera, Rosa Fornes, Fuensanta Alcalá y Pablo Feu. Por su parte, el jurista Carles Viver Pi-Sunyer concluye que el “derecho vigente” permite “una notable diversidad de limitaciones” de los derechos de propiedad privada en vivienda elDiario.es · 14 de febrero de 2026 Imagen de archivo de carteles de alquileres de pisos en una inmobiliaria. / EFE/ZipiLos cuatro informes de los expertos y el dictamen del exmagistrado del Tribunal Constitucional Carles Viver Pi-Sunyer avalan la limitación de la compra especulativa de viviendas en zonas de mercado tensionado en Catalunya. Se trata de los informes encargados por el grupo de trabajo formado por el Govern, Comuns y expertos. La prohibición de la compra especulativa se ha situado en los últimos meses como uno de los principales objetos de debate en la política catalana en materia de vivienda. Desde que un informe jurídico del Plan Estratégico Metropolitano de Barcelona (PEMB) lo planteó como viable en octubre, han sido varias las iniciativas que se han tramitado para regularlo tanto en el Parlament de Catalunya –con propuestas de Comuns y CUP– como en el Ayuntamiento de Barcelona. El Govern de Salvador Illa se mostró abierto a estudiar esta limitación, y tras las exigencias de los Comuns optó por crear un grupo de trabajo en el que incluyeron también a varios expertos externos en materia de vivienda y legislación urbanística. Algunos de ellos son los que han elaborado los informes que ahora avalan la medida. Los cuatro informes de los expertos han sido elaborados por Jaime Palomera, Rosa Fornes, Fuensanta Alcalá y Pablo Feu. Por su parte, Carles Viver Pi-Sunyer concluye que el “derecho vigente” permite “una notable diversidad de limitaciones” de los derechos de propiedad privada en vivienda.El informe firmado por Jaime Palomera, del Institut de Recerca Urbana de Barcelona, parte de la tesis de que en Cataluña “es urgente condicionar la compra de vivienda al uso residencial, especialmente en mercados tensionados”. El objetivo, según expone, es priorizar dos tipos de demanda: las personas y familias que quieren vivir en ella y, por otro lado, la demanda pública o social orientada a satisfacer esta necesidad, como por ejemplo el sector público o las cooperativas.El informe concluye que es necesario “desplazar” la demanda especulativa que compite con el acceso a la vivienda y no contribuye a resolver la necesidad residencial. Pero advierte también de que no puede ser “una medida aislada”, sino una pieza clave de una política de vivienda centrada en el uso.Por su parte, el informe elaborado por Rosa Fornes propone introducir una definición del uso de la vivienda que especifique la residencia habitual como “la vivienda que constituye el domicilio permanente de la persona que la ocupa y que puede acreditarse a través de los datos del padrón municipal u otros medios válidos en derecho”. De este modo, según defiende, el efecto perseguido superaría la temporalidad y la limitación territorial a las áreas tensionadas y se convertiría en un principio general y permanente de la legislación urbanística catalana.El informe firmado por Fuensanta Alcalá sostiene que limitar la adquisición de viviendas en zonas de mercado residencial tensionado resulta “jurídicamente viable y se inserta de manera coherente en el ordenamiento vigente sin que se desprenda ninguna vulneración constitucional apreciable”. Desde la perspectiva del derecho civil catalán, asegura que la medida se integra de forma coherente en la concepción institucional del derecho de propiedad, tal y como se desprende del Código Civil de Cataluña.También advierte, sin embargo, de que si no se establece un sistema adecuado de prevención, inspección, restauración de la legalidad y sanción, las determinaciones urbanísticas “podrían quedar vaciadas de contenido”. En este sentido, defiende la necesidad de desarrollar un “régimen sancionador específico, coherente y proporcional, que permita garantizar la efectividad de las limitaciones introducidas”.Asimismo, Fuensanta pone el acento en que la norma no regula relaciones entre particulares ni redefine derechos subjetivos civiles, sino que “condiciona el uso funcional de un bien inmueble en función de su emplazamiento urbanístico, al igual que otras cargas urbanísticas plenamente consolidadas”.Según el informe de Pablo Feu, la actuación especulativa del mercado inmobiliario “está impidiendo a muchas personas mantenerse en las viviendas a las que ya habían podido acceder sin que su situación socioeconómica haya empeorado”. Y considera legitimado que las administraciones catalanas con competencias en materia urbanística (autonómica y locales) puedan “limitar” la compra de inmuebles únicamente para vivienda habitual, o bien para la de terceros en régimen de alquiler, pero en unas condiciones accesibles de tiempo y precio.Feu subraya que la medida limitativa solo podría aplicarse a las ciudades o a las partes de estas que hayan sido declaradas zonas de mercado residencial tensionado. Esto otorga a la limitación un carácter temporal necesario para el encaje constitucional de la medida. De este modo, según afirma, queda claro que se trata de una “medida extraordinaria” que no tiene vocación de aplicación generalizada e indefinida.El informe concluye que Catalunya puede limitar la compra de viviendas “siempre que se asegure que dicha limitación es temporal y sin vocación de permanencia y obedece a una causa objetiva de extraordinaria y urgente necesidad explícita, justificada y razonada”.Asimismo, propone que la limitación se amplíe no solo a la compra de los inmuebles, sino también a los “negocios jurídicos de disposición que supongan la cesión de los derechos de adquisición sobre los inmuebles, aunque no se hayan transmitido”.El precedente de ÁmsterdamConocida como la vía Ámsterdam, por su parecido con la iniciativa llevada a cabo la capital neerlandesa, la propuesta que se debate en Catalunya defiende prohibir la adquisición de vivienda que no sea para fines residenciales del propio comprador, salvo algunas excepciones.Su promotor, el abogado Pablo Feu, alegó que esta medida no vulnera el derecho a la propiedad porque se consideraría una medida excepcional acotada en el tiempo y en el espacio: solo se aplicaría en las llamadas zonas consideradas tensionadas, aquellas en las que existe tope a los alquileres y que pueden renovarse cada tres años. Partidos como los Comuns recogieron el guante de este informe técnico y llevaron al Parlament, en paralelo las negociaciones con la Generalitat, una proposición de ley para limitar estas compras. La formación situó además esta medida como una condición para aprobar los presupuestos de 2026. También el Ayuntamiento de Barcelona decidió crear una comisión para estudiarlo, con el apoyo de ERC y PSC y la abstención de unos Comuns que reclamaban agilizar esta regulación. Con todo, una de las discusiones asociadas a esta regulación restrictiva es qué Administración debe adoptarla. Según los juristas que la defienden, y también de acuerdo con la propuesta de los Comuns, no se trataría de una prohibición dictada por la Generalitat para toda Catalunya, sino que a través de la ley de Urbanismo se habilitaría a los Ayuntamientos a restringir este tipo de compraventas en sus municipios.A la espera de que se concreten detalles, la propuesta inicial plantea que no se puedan comprar viviendas si no es para uso residencial del nuevo titular, salvo si se destina a un familiar o si es una segunda residencia en otro municipio. En cuanto a las compras de fincas enteras, estarían permitidas siempre que se alquilen sus pisos al precio regulado en un período máximo de 12 meses desde la transacción. Quienes ya se han posicionado en contra han sido el sector inmobiliario y de la construcción. Y también con sus respectivos informes jurídicos que argumentan que incumple la ley. Los firmantes, los académicos Joan Manuel Trayter y Irene Araguàs, defienden que invade competencias del Estado al tratar de incidir en el derecho a la propiedad, y añaden que supondría una reducción del parque de vivienda en alquiler y de la rehabilitación integral de edificios residenciales.
Cita de: sudden and sharp en Ayer a las 20:49:21Starmer: Britain’s ‘Brexit years’ are over and we need Europe, not Donald Trumphttps://www.independent.co.uk/news/uk/politics/starmer-trump-europe-munich-brexit-b2919928.htmlAfter the US president rocked the continent with his threat to take Greenland, the prime minister praises Europe as a ‘sleeping giant’ Hay partido. Entonces, de lo que dice este documento, ¿con qué nos quedamos?National Security Strategy of the United States of AmericaNovember 2025https://www.whitehouse.gov/wp-content/uploads/2025/12/2025-National-Security-Strategy.pdfpag. 26America is, understandably, sentimentally attached to the European continent—and, of course, to Britain and Ireland. The character of these countries is alsostrategically important because we count upon creative, capable, confident,democratic allies to establish conditions of stability and security. We want to workwith aligned countries that want to restore their former greatness.No hay que creerse ni una palabra de lo que digan los anglos, y menos todavía sus supuestas rencillas internas. (y no me gusta Judas)