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Imagino que lo de Italia puede considerarse intervención, pero no creo que el taxista romano note nada diferente al darse la vuelta y ver que el que maneja el látigo es Monti en lugar de Silvio. salud
COSPEDAL ES LA PEPIÑO BLANCO DE ESTE NUEVO GOBIERNO CONTINUISTA DE LA COMEDIA COBARDE DEL PISITO.- Fíjense bien en sus discursos. Aprovecha toda ocasión para rajar contra satán-PSOE y, a la vez, fardar farisaicamente de ABNEGACIÓN SANTA Y VIRGINAL /// Es ansiogénica /// Solo sirve para poner orden interno. Los problemas vienen cuando reclama ocupar espacio público externo. Como pasó con Pepiño, el PP no podrá desembarazarse de ella, ni siendo pillada, por ejemplo, en los enjuagues inmobiliarios de su anciano esposo civil. Llegará hasta el final.01.abr.2012 | 08:57 Aquí tienen el vídeo de Cospedal en contra de la amnistía fiscal por razones morales intemporales: http://www.youtube.com/watch?v=VsI3uNbctq4 //// Creo, modestamente, que esta scumie debería abandonar la vida pública o volver al mundo del PSOE, del que nunca tendría que haber salido
El deshonor de una nación tenía un precio: 2.500 millones Carlos Sánchez.- 01/04/2012 (01/04/2012 09:32) LA POLÍTICA ECONÓMICA CORRECTA SOLO TIENE DOS PILARES: 1] CAPACIDAD DE AJUSTE-PRECIOS; Y 2] CONSOLIDACIÓN FISCAL.-Hasta ahora el ajuste ha sido vía actividad y empleo. Lo que queda debe hacerse vía precios. Para ello hay que eliminar las trabas para que los precios y rentas bajen.Cuando se apellidó al Ministerio de Economía con el sintagma "y Competitividad" parecía que, por fin, venía el "empresarialismo" y se procedería al ajuste-precios, con lo que la economía ganaría "sexy" cara al exterior.En materia fiscal, hasta ahora, todo era contemporizar [cfr. estabilizadores automáticos, Plan E, recortes presupuestarios temporales]. Parecía que, también, iba a haber cambio en esto. Por fin, donde los idiotas ponían mera gestión coyuntural habría austeridad estructural auténtica, sobre todo, castrando autonomismos fiscales.Bueno, pues todo es mentira.Vean esto, que es impresionante:http://www.youtube.com/watch?v=Pt_O9GskfpYEstamos en manos de falsos liberales del rentismo y las plusvalías que no saben a dónde van.P.S.: Gracias por votarme ayer. Insisto en que la idea central es que no se está por el liberalismo-empresa ni sirviendo a la Política Económica correcta.
La secretaria de Estado de Presupuestos y Gastos, Marta Fernández Currás, asegura que la amnistía fiscal aprobada por el Gobierno es una medida que no le gusta, aunque la justifica como algo "excepcional" por la actual situación económica y porque la alternativa hubiera sido subir el IVA.En una entrevista hoy en ABC, la responsable de Presupuestos afirma que frente a la amnistía fiscal no había "otra alternativa sin consecuencias económicas", sólo la subida del IVA, que si bien es una figura recaudatoria "potente", tiene "consecuencias malas porque sacrifica el consumo".Fernández Currás añade que "hay que afrontar la realidad. Y esa realidad es que la economía española decrecerá al 1,7 % este año. Claro que no nos gusta esta medida, pero hay un dinero que no está en el circuito legal y hay que traerlo".La secretaria de Estado incide en que esta amnistía no es "gratis", ya que se va a hacer con un tipo del 10% (para personas físicas), "lo suficientemente atractivo para se produzca la regularización".Sobre la eliminación de algunas deducciones a las empresas en el Impuesto de Sociedades, Fernández Currás señala que ahora les toca a las empresas contribuir a un esfuerzo que ya se ha aplicado a las personas físicas a través del IRPF, "que está suponiendo una carga fiscal importante para los contribuyentes"."Lo que no se puede consentir es que la recaudación de este impuesto (Sociedades) baje, como ha pasado, de 44.000 millones a sólo 16.000", dice la secretaria de Estado, que añade que "no nos sirve de nada tener un gravamen del 30% si al final sólo se paga el 3%, como es el caso de alguna empresa".
Cita de: The Resident en Marzo 31, 2012, 22:15:10 pmCita de: obcad en Marzo 31, 2012, 18:19:52 pmCreo que la influencia de PPCC no es positiva en términos generales. Hace pensar que hay meta-planning, pero no es cierto. Cualquier opción está abierta, y eso es incómodo para muchos de nosotros, porque en su momento compramos el Ticket (¿niquelao?). PPCC pide la auténtica intervención de una vez.¿Y si la auténtica intervención era esto?Italia y Portugal tuvieron amnistías poco antes de ser rescatadas.Italia dos, una en 2009 con multa del 5% (recaudado 95.000 millones) y la segunda, en 2010 con titulos de deuda. Portugal (5% en 2010)Así que creo que, viendo el patrón, no es esto.Me parece que aquí no va a aflorar mas que los "billeteh moraos" de los pases en B, después, el rescate.
Cita de: obcad en Marzo 31, 2012, 18:19:52 pmCreo que la influencia de PPCC no es positiva en términos generales. Hace pensar que hay meta-planning, pero no es cierto. Cualquier opción está abierta, y eso es incómodo para muchos de nosotros, porque en su momento compramos el Ticket (¿niquelao?). PPCC pide la auténtica intervención de una vez.¿Y si la auténtica intervención era esto?
Creo que la influencia de PPCC no es positiva en términos generales. Hace pensar que hay meta-planning, pero no es cierto. Cualquier opción está abierta, y eso es incómodo para muchos de nosotros, porque en su momento compramos el Ticket (¿niquelao?).
El deshonor de una nación tenía un precio: 2.500 millones Carlos Sánchez.- 01/04/2012 (01/04/2012 11:48) Nuestro agradecimiento viene por los votos en los comentarios 10 y 11 aquí:http://foro.elconfidencial.com/foro/8977/34/desc/pagina/1Recuerden que lo que toca teóricamente es:1] AJUSTE-PRECIOS; Y2] CONSOLIDACIÓN FISCAL.O sea:1] ni ajuste vía actividad y empleo; 2] ni mero recorte fiscal [por mucho que se quiera disfrazar de modalidad bizarra de "Starving the beast"].http://en.wikipedia.org/wiki/Starve_the_beastEl pudor que tienen para reconocer que la reforma laboral es para abartar el despido y doblegar trabajadores, no lo tienen para recononcer que sus decisiones fiscales son coyunturales [o sea, no estructurales, no consolidantes]:- "Los toqueteos del IRPF y del Impuesto sobre Sociedades son temporales... un par de años";- "No subimos el IVA para no dañar el consumo";- "La alternativa a la amnistía fiscal era subir el IVA";- "Reponemos la deducción-IRPF-vivienda para sostener precios inmobiliario".
ppcc__ha comentado en: Cospedal afirma que España "ya es fiable" y que los Presupuestos apuestan por mantener servicios socialesHace 5 horas, 15 minutosAquí tienen el vídeo de Cospedal en contra de la amnistía fiscal por razones morales intemporales: http://www.youtube.com/watch?v=VsI3uNbctq4Creo, modestamente, que esta scumie debería abandonar la vida pública o volver al mundo del PSOE, del que nunca tendría que haber salido
http://www.cincodias.com/articulo/economia/gobierno-garantiza-ley-pedira-carcel-casos-delito-fiscal/20120331cdscdseco_2/
Este tipo de populismo no es propio de este foro. Me propone usted la moralina mientras cenamos Avecrem durante décadas y pagamos nosotros todo el pufo.Lo que que usted predica, y que puedo compartir perfectamente, debemos procurárnoslo para el futuro, pero de lo que estamos hablando es de hechos consumados bajo un sistema que era inmoral y corrupto en sí mismo.¿Preferimos que el dinero que ya nos han robado financie mariscadas ad aeternum, o nos disponemos a recuperar algo de ello para que los servicios sociales no tengan que ser paralizados? (Como ve, yo también puedo hacer demagogia).El problema real, y sobre el que no terminamos de reparar es POR QUÉ NO HAY RESPONSABILIDADES CIVILES NI PENALES PARA NINGÚN POLITICO EN ESTE PAIS.Zapatero debió ser procesado por falsedad (negó la crisis), Rajoy debería ser procesado por fraude electoral (subió los impuestos).
Según el B.O.E. de ayer, la regularización vía 'declaración especial' no incluye los billetes. Aunque no lo diga explícitamente, la disposición del caso establece una frontera temporal, de manera que los activos regularizables solo pueden ser aquellos que se poseyeran con anterioridad a la finalización del último período impositivo cuyo plazo de declaración hubiera finalizado antes de la entrada en vigor de esta disposición.Es decir, que solo resulta aplicable a bienes cuya titularidad sea anterior a esa fecha tan enrevesadamente definida, pero definida al fin... Un billete, al ser un documento al portador, carece de 'fecha de titularidad', a diferencia de un activo financiero o de una propiedad.Es lógico que se tome esa precaución... Si no se hiciera, se 'lavarían' enormes cantidades de dinero en forma de billetes, con procedencias de todo género.Del BOE de ayer:Disposición adicional primera. Declaración tributaria especial.1. Los contribuyentes del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, Impuesto sobre Sociedades o Impuesto sobre la Renta de no Residentes que sean titulares de bienes o derechos que no se correspondan con las rentas declaradas en dichos impuestos, podrán presentar la declaración prevista en esta disposición con el objeto de regularizar su situación tributaria, siempre que hubieran sido titulares de tales bienes o derechos con anterioridad a la finalización del último período impositivo cuyo plazo de declaración hubiera finalizado antes de la entrada en vigor de esta disposición.2. Las personas y entidades previstas en el apartado 1 anterior deberán presentar una declaración e ingresar la cuantía resultante de aplicar al importe o valor de adquisición de los bienes o derechos a que se refiere el párrafo anterior, el porcentaje del 10 por ciento.El cumplimiento de lo dispuesto en el párrafo anterior determinará la no exigibilidad de sanciones, intereses ni recargos.Junto con esta declaración deberá incorporarse la información necesaria que permita identificar los citados bienes y derechos.3. El importe declarado por el contribuyente tendrá la consideración de renta declarada a los efectos previstos en el artículo 39 de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio, y en el artículo 134 del texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades, aprobado por el Real Decreto Legislativo 4/2004, de 5 de marzo.4. No resultará de aplicación lo establecido en esta disposición en relación con los impuestos y períodos impositivos respecto de los cuales la declaración e ingreso se hubiera producido después de que se hubiera notificado por la Administración tributaria la iniciación de procedimientos de comprobación o investigación tendentes a la determinación de las deudas tributarias correspondiente a los mismos.5. El Ministro de Hacienda y Administraciones Públicas aprobará el modelo de declaración, lugar de presentación e ingreso de la misma, así como cuantas otras medidas sean necesarias para el cumplimiento de esta disposición.El plazo para la presentación de las declaraciones y su ingreso finalizará el 30 de noviembre de 2012.