Rueda de prensa de Enrique González Macho tras recibir el premio de honor en el festival de Sevillahttp://viajeinteriorcinespanol.wordpress.com/2011/11/08/deconstructing-cine-espanol/Rueda de prensa de Enrique González Macho tras recibir el premio de honor en el festival de Sevilla:
“Esta industria no es la única actividad que recibe subvenciones. El cine tiene ayudas en el mundo entero. Otra cosa es que
las subvenciones, en el caso concreto del cine español, están bien dadas o no. Lo que está claro es que cuando se habla de las ayudas en nuestra industria no se hace con conocimiento suficiente. No hay ningún cheque en blanco. Las ayudas a la amortización
se dan en función de los rendimientos en taquilla“
Estas palabras fueron pronunciadas por Enrique González Macho, productor, distribuidor, exhibidor, y actual presidente de la Academia de Cine española el pasado sábado en Sevilla, y son una invitación para ayudarle y aclarar ciertos aspectos del cine español. No es la primera vez que se queja del escaso conocimiento que tiene la prensa y el español medio sobre el funcionamiento del cine que se hace en este país, como ya indicó pocos días después de ser elegido presidente de la Academia en una entrevista para ABC.
Enrique González Macho: “Debemos explicar mejor el cine español”. Abc 09/05/2011
¿Y por donde empezar? Seguiremos el guión marcado por el propio Enrique. Las subvenciones al cine español. Cuanto se ha hablado de ellas…cuanta crispación encierran…cuanto desconocimiento por parte de todos…pero, que poco se nos ha explicado. Tan poco, que el propio González Macho insinúa en Sevilla que el problema radica en “como se dan” y nadie se entera de nada o lo que sería peor, nadie se quiere dar por enterado. Así que un buen modo de comenzar sería explicar…
“Cómo se otorgan las subvenciones en el cine español”
El primer problema que encontramos radica en que existen distintos tipos de subvenciones, a guiones, a festivales, a cortometrajes, a largometrajes…de diferentes cuantías económicas. Así que tenemos que definir el tema del que estamos hablando. Volvemos a pedirle consejo a González Macho y éste nos da una pista “…las ayudas a la amortización se dan en función de los rendimientos de taquilla.”
Sólo existen unas subvenciones, las ayudas a la amortización general y complementaria, que tengan ese requisito como condición necesaria para poder optar a la misma. De igual modo, son estas ayudas las que acaparan la mitad del dinero destinado al sector cinematográfico, entre 40 y 50 millones de euros anuales (desde el 2003 se han otorgado mas de 300 millones de euros, unos 50.000 millones de pesetas). Definamos cada una de ellas:
Ayuda a la amortización general: “Los productores percibirán, dentro de los límites anuales presupuestarios, en concepto de ayuda, con carácter general, una cantidad equivalente hasta el 15 % de la recaudación bruta de taquilla que obtenga la película afectada durante los doce primeros meses de su exhibición comercial en España…”
Hablando claro, si una película recauda 300.000 euros, se le dan 45.000 euros, si recauda 200.000 pues 30.000 euros…si recaudase 1 millón de euros, 150.000€ de subvención.
La ayuda complementaria, alcanzando una recaudación determinada se recibe una subvención. En este caso se distinguen varias categorías o recaudaciones necesarias;
Películas rodadas en alguna lengua oficial española, distinta del castellano, deben llegar a una recaudación de 120.000 euros (o 180.000€*) para obtener la subvención.
Documentales. Un documental debe recaudar 150.000 euros.
Películas dirigidas por nuevos realizadores (se les considera hasta la segunda película, incluida) o coste inferior a 1,2 millones de euros deben recaudar más de 210.000 euros (o 270.000€*).
Películas que no se pueden encuadrar en ninguna de las anteriores categorías…ni están rodadas en vasco o catalán por ejemplo, ni por un director novel, ni ha costado menos de 1,2 millones de euros, ni es un documental…la recaudación exigida debe elevarse hasta los 330.000 euros (o 390.000€*).
*es un segundo límite que aumenta entre 60.000€ y 80.000€ la cuantía recibida.
Estos son, básicamente, los famosos rendimientos en taquilla que deben cumplir las películas españolas. Supongo que ahora la pregunta pertinente sería saber cual es la cantidad recibida.
“¿Cuál es la cuantía económica recibida en concepto de ayuda complementaria?”
Simplificaremos mucho este punto, ya le dedicaré más tiempo. Sólo unas nociones básicas para seguir avanzando. Una vez conseguida la recaudación mínima exigible para la ayuda complementaria, la cuantía de la subvención depende de la inversión del productor, no pudiendo superar el 33% de la misma hasta un máximo de 700.000€. Resumiendo, si realizas una película con un coste superior a 2,1 millones de euros y alcanzas el límite necesario de recaudación, recibes 700.000 euros, la máxima subvención. Si el coste es menor, la subvención va bajando…A primera vista ya podemos observar algo extraño, una película recaudando 330.000 euros en taquilla podría obtener una subvención de más del doble o el triple, es decir, la cantidad recibida es mayor que la cantidad necesaria para recibirla, en fin, duros a cuatro pesetas. Es un hecho posible y un tanto sorprendente. Pensándolo bien, seguramente ocurrirá en pocas ocasiones, serán casos muy marginales y poco frecuentes…¿o no? Intentemos comprobarlo.
He seleccionado algunas películas a las que podríamos englobar en este modelo:
Los siguientes cuadros indican el año de estreno, el título de la película, el límite o recaudación mínima exigida para obtener la subvención, la recaudación final de la película y la subvención recibida…