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Lástima que la tasa sobre hidrocarburos no funciona como un porcentaje sobre la base imponible.La realidad contradice la basura argumentativa de los amegos.Dice la ley de impuestos especiales:CitarArtículo 50. Tipos impositivos.1. El tipo de gravamen aplicable se formará mediante la suma del tipo general y del tipo especial. Para los epígrafes en los que no se determinen un tipo general y un tipo especial, el tipo de gravamen será el establecido en el epígrafe. Dichos tipos son los que se indican en las tarifas y epígrafes que figuran a continuación:Tarifa 1.ª:Epígrafe 1.1 Gasolinas con plomo: 433,79 euros por 1.000 litros de tipo general y 72 euros por 1.000 litros de tipo especial.Epígrafe 1.2.1 Gasolinas sin plomo de 98 I.O. o de octanaje superior: 431,92 euros por 1.000 litros de tipo general y 72 euros por 1.000 litros de tipo especial.Epígrafe 1.2.2 Las demás gasolinas sin plomo: 400,69 euros por 1.000 litros de tipo general y 72 euros por 1.000 litros de tipo especial.Epígrafe 1.3 Gasóleos para uso general: 307 euros por 1.000 litros de tipo general y 72 euros por 1.000 litros de tipo especial.Epígrafe 1.4 Gasóleos utilizables como carburante en los usos previstos en el apartado 2 del artículo 54 y, en general, como combustible: 78,71 euros por 1.000 litros de tipo general y 18 euros por 1.000 litros de tipo especial.Epígrafe 1.5 Fuelóleos: 14 euros por tonelada de tipo general y 3 euros por tonelada de tipo especial.Epígrafe 1.6 GLP para uso general: 57,47 euros por tonelada.Epígrafe 1.8 GLP destinados a usos distintos a los de carburante: 15 euros por tonelada.Epígrafe 1.9 Gas natural para uso general: 1,15 euros por gigajulio.Epígrafe 1.10.1 Gas natural destinado a usos distintos a los de carburante, así como el gas natural destinado al uso como carburante en motores estacionarios: 0,65 euros por gigajulio.Epígrafe 1.10.2 Gas natural destinado a usos con fines profesionales siempre y cuando no se utilicen en procesos de cogeneración y generación directa o indirecta de energía eléctrica: 0,15 euros por gigajulio.A efectos de lo previsto en este Epígrafe se considera gas natural destinado a usos con fines profesionales los suministros de gas natural efectuados para su consumo en plantas e instalaciones industriales, con exclusión del que se utilice para producir energía térmica útil cuyo aprovechamiento final se produzca en establecimientos o locales que no tengan la condición de plantas o instalaciones industriales. Asimismo, tendrá la consideración de gas natural destinado a usos con fines profesionales el gas natural utilizado en cultivos agrícolas.Epígrafe 1.11 Queroseno para uso general: 306 euros por 1.000 litros de tipo general y 72 euros por 1.000 litros de tipo especial.Epígrafe 1.12 Queroseno destinado a usos distintos de los de carburante: 78,71 euros por 1.000 litros.Epígrafe 1.13 Bioetanol y biometanol para uso como carburante:a) Bioetanol y biometanol mezclado con gasolinas sin plomo de 98 I.O. o de octanaje superior: 431,92 euros por 1.000 litros de tipo general y 72 euros por 1.000 litros de tipo especial.b) Bioetanol y biometanol, mezclado con las demás gasolinas sin plomo o sin mezclar: 400,69 euros por 1.000 litros de tipo general y 72 euros por 1.000 litros de tipo especial.Epígrafe 1.14 Biodiésel para uso como carburante: 307 euros por 1.000 litros de tipo general y 72 euros por 1.000 litros de tipo especial.Epígrafe 1.15 Biodiésel para uso como carburante en los usos previstos en el apartado 2 del artículo 54 y, en general, como combustible, y biometanol para uso como combustible: 78,71 euros por 1.000 litros de tipo general y 18 euros por 1.000 litros de tipo especial.
Artículo 50. Tipos impositivos.1. El tipo de gravamen aplicable se formará mediante la suma del tipo general y del tipo especial. Para los epígrafes en los que no se determinen un tipo general y un tipo especial, el tipo de gravamen será el establecido en el epígrafe. Dichos tipos son los que se indican en las tarifas y epígrafes que figuran a continuación:Tarifa 1.ª:Epígrafe 1.1 Gasolinas con plomo: 433,79 euros por 1.000 litros de tipo general y 72 euros por 1.000 litros de tipo especial.Epígrafe 1.2.1 Gasolinas sin plomo de 98 I.O. o de octanaje superior: 431,92 euros por 1.000 litros de tipo general y 72 euros por 1.000 litros de tipo especial.Epígrafe 1.2.2 Las demás gasolinas sin plomo: 400,69 euros por 1.000 litros de tipo general y 72 euros por 1.000 litros de tipo especial.Epígrafe 1.3 Gasóleos para uso general: 307 euros por 1.000 litros de tipo general y 72 euros por 1.000 litros de tipo especial.Epígrafe 1.4 Gasóleos utilizables como carburante en los usos previstos en el apartado 2 del artículo 54 y, en general, como combustible: 78,71 euros por 1.000 litros de tipo general y 18 euros por 1.000 litros de tipo especial.Epígrafe 1.5 Fuelóleos: 14 euros por tonelada de tipo general y 3 euros por tonelada de tipo especial.Epígrafe 1.6 GLP para uso general: 57,47 euros por tonelada.Epígrafe 1.8 GLP destinados a usos distintos a los de carburante: 15 euros por tonelada.Epígrafe 1.9 Gas natural para uso general: 1,15 euros por gigajulio.Epígrafe 1.10.1 Gas natural destinado a usos distintos a los de carburante, así como el gas natural destinado al uso como carburante en motores estacionarios: 0,65 euros por gigajulio.Epígrafe 1.10.2 Gas natural destinado a usos con fines profesionales siempre y cuando no se utilicen en procesos de cogeneración y generación directa o indirecta de energía eléctrica: 0,15 euros por gigajulio.A efectos de lo previsto en este Epígrafe se considera gas natural destinado a usos con fines profesionales los suministros de gas natural efectuados para su consumo en plantas e instalaciones industriales, con exclusión del que se utilice para producir energía térmica útil cuyo aprovechamiento final se produzca en establecimientos o locales que no tengan la condición de plantas o instalaciones industriales. Asimismo, tendrá la consideración de gas natural destinado a usos con fines profesionales el gas natural utilizado en cultivos agrícolas.Epígrafe 1.11 Queroseno para uso general: 306 euros por 1.000 litros de tipo general y 72 euros por 1.000 litros de tipo especial.Epígrafe 1.12 Queroseno destinado a usos distintos de los de carburante: 78,71 euros por 1.000 litros.Epígrafe 1.13 Bioetanol y biometanol para uso como carburante:a) Bioetanol y biometanol mezclado con gasolinas sin plomo de 98 I.O. o de octanaje superior: 431,92 euros por 1.000 litros de tipo general y 72 euros por 1.000 litros de tipo especial.b) Bioetanol y biometanol, mezclado con las demás gasolinas sin plomo o sin mezclar: 400,69 euros por 1.000 litros de tipo general y 72 euros por 1.000 litros de tipo especial.Epígrafe 1.14 Biodiésel para uso como carburante: 307 euros por 1.000 litros de tipo general y 72 euros por 1.000 litros de tipo especial.Epígrafe 1.15 Biodiésel para uso como carburante en los usos previstos en el apartado 2 del artículo 54 y, en general, como combustible, y biometanol para uso como combustible: 78,71 euros por 1.000 litros de tipo general y 18 euros por 1.000 litros de tipo especial.
Cita de: Saturio en Hoy a las 12:12:04Lástima que la tasa sobre hidrocarburos no funciona como un porcentaje sobre la base imponible.La realidad contradice la basura argumentativa de los amegos.Dice la ley de impuestos especiales:CitarArtículo 50. Tipos impositivos.1. El tipo de gravamen aplicable se formará mediante la suma del tipo general y del tipo especial. Para los epígrafes en los que no se determinen un tipo general y un tipo especial, el tipo de gravamen será el establecido en el epígrafe. Dichos tipos son los que se indican en las tarifas y epígrafes que figuran a continuación:Tarifa 1.ª:Epígrafe 1.1 Gasolinas con plomo: 433,79 euros por 1.000 litros de tipo general y 72 euros por 1.000 litros de tipo especial.Epígrafe 1.2.1 Gasolinas sin plomo de 98 I.O. o de octanaje superior: 431,92 euros por 1.000 litros de tipo general y 72 euros por 1.000 litros de tipo especial.Epígrafe 1.2.2 Las demás gasolinas sin plomo: 400,69 euros por 1.000 litros de tipo general y 72 euros por 1.000 litros de tipo especial.Epígrafe 1.3 Gasóleos para uso general: 307 euros por 1.000 litros de tipo general y 72 euros por 1.000 litros de tipo especial.Epígrafe 1.4 Gasóleos utilizables como carburante en los usos previstos en el apartado 2 del artículo 54 y, en general, como combustible: 78,71 euros por 1.000 litros de tipo general y 18 euros por 1.000 litros de tipo especial.Epígrafe 1.5 Fuelóleos: 14 euros por tonelada de tipo general y 3 euros por tonelada de tipo especial.Epígrafe 1.6 GLP para uso general: 57,47 euros por tonelada.Epígrafe 1.8 GLP destinados a usos distintos a los de carburante: 15 euros por tonelada.Epígrafe 1.9 Gas natural para uso general: 1,15 euros por gigajulio.Epígrafe 1.10.1 Gas natural destinado a usos distintos a los de carburante, así como el gas natural destinado al uso como carburante en motores estacionarios: 0,65 euros por gigajulio.Epígrafe 1.10.2 Gas natural destinado a usos con fines profesionales siempre y cuando no se utilicen en procesos de cogeneración y generación directa o indirecta de energía eléctrica: 0,15 euros por gigajulio.A efectos de lo previsto en este Epígrafe se considera gas natural destinado a usos con fines profesionales los suministros de gas natural efectuados para su consumo en plantas e instalaciones industriales, con exclusión del que se utilice para producir energía térmica útil cuyo aprovechamiento final se produzca en establecimientos o locales que no tengan la condición de plantas o instalaciones industriales. Asimismo, tendrá la consideración de gas natural destinado a usos con fines profesionales el gas natural utilizado en cultivos agrícolas.Epígrafe 1.11 Queroseno para uso general: 306 euros por 1.000 litros de tipo general y 72 euros por 1.000 litros de tipo especial.Epígrafe 1.12 Queroseno destinado a usos distintos de los de carburante: 78,71 euros por 1.000 litros.Epígrafe 1.13 Bioetanol y biometanol para uso como carburante:a) Bioetanol y biometanol mezclado con gasolinas sin plomo de 98 I.O. o de octanaje superior: 431,92 euros por 1.000 litros de tipo general y 72 euros por 1.000 litros de tipo especial.b) Bioetanol y biometanol, mezclado con las demás gasolinas sin plomo o sin mezclar: 400,69 euros por 1.000 litros de tipo general y 72 euros por 1.000 litros de tipo especial.Epígrafe 1.14 Biodiésel para uso como carburante: 307 euros por 1.000 litros de tipo general y 72 euros por 1.000 litros de tipo especial.Epígrafe 1.15 Biodiésel para uso como carburante en los usos previstos en el apartado 2 del artículo 54 y, en general, como combustible, y biometanol para uso como combustible: 78,71 euros por 1.000 litros de tipo general y 18 euros por 1.000 litros de tipo especial.Una precisión. Sobre las ventas de hidrocarburos hay una doble imposición: por un lado, el Impuesto especial sobre Hidrocarburos, tasa fija sobre el volumen vendido, y el IVA, que es un porcentaje (creo que el general del 21%) sobre el precio de venta, en el que se incluye el Impuesto especial.
Ahora mismo, si la subida de los combustibles fuera del 50%, hipótesis probable, el estado aumentaría su expolio fiscal en el mismo porcentaje. A ningún sátrapa, zurdo o diestro, se le ocurriría reducir el expolio manteniendo sus ingresos y amortiguando el desastroso efecto económico de dicha subida. Me refiero al efecto combinado del incremento del coste de la energía y el correlato aumento del robo fiscal.Estamos en una forma de estado cuya raíz totalitaria y destructiva se ejerce a través de la fiscalidad que reduce de modo implacable la esfera de la libertad civil real.Esta y no otra es la razón del hundimiento de Europa en la irrelevancia y la sumisión global.
Mientras, en Madrid... [...]
Dubai real estate index tanks 20%; wipes out CY26 gains on Iran warDubai real estate index: The risk-off for the stocks came as the US and Israel fired missiles across Iran last week, with the Supreme Leader Ayatollah Ali Khamenei being killedDubai Real Estate Price The Dubai Real Estate Index has erased all the gains it made this year as the ongoing war between the United States (US) and Israel against Iran spills over into one of the world’s top real estate destinations. The DFM Real Estate Index has fallen 20 per cent in the past five sessions. The index had risen 15 per cent in calendar year 2025 (CY25), after gaining 63 per cent in CY24 and 38 per cent in CY23. The index had touched a peak of 16,910.3 on February 27 this year, just before tensions in West Asia escalated. The shake-up in the real estate stocks comes right after a record-breaking real estate cycle. In 2025, real estate transactions in the emirate reached nearly AED 917 billion (about $250 billion), the highest in the city’s history, while total transaction volumes crossed 270,000 deals, reflecting deep investor participation and market liquidity, as per data analysed by Anarock. Since 2021, housing prices in Dubai have risen roughly 60-75 per cent, making the emirate one of the strongest-performing global property markets in the post-pandemic cycle, Business Standard reported earlier. Indian nationals account for around 20–22% of all foreign property purchases in Dubai, making them the largest overseas investor group in the market. Rental yields also remain appealing. Prime Dubai residential assets typically generate annual rental returns between 6% and 9%, among the highest in major global property markets. These yields continue to attract both long-term investors and wealth preservation buyers from India. The risk-off for the stocks came as the US and Israel fired missiles across Iran last week, with the Supreme Leader Ayatollah Ali Khamenei being killed. Iran responded with strikes against Israel, as well as US bases and other targets in states including Saudi Arabia, Qatar, the United Arab Emirates (UAE), Kuwait and Bahrain. (...)