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Autor Tema: PPCC - Pisitófilos Creditófagos - Invierno 2016  (Leído 359831 veces)

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Re:PPCC - Pisitófilos Creditófagos - Invierno 2016
« Respuesta #660 en: Marzo 04, 2016, 16:21:55 pm »
Esta vez no podrán decir que no se les avisó, incluso con explosiones nucleares  :roto2:


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Re:PPCC - Pisitófilos Creditófagos - Invierno 2016
« Respuesta #662 en: Marzo 04, 2016, 17:28:45 pm »
España, el país arruinado de la gente sin vivienda y las viviendas sin gente, donde los inquilinos deben pagar el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y los caseros se deducen fiscalmente costes de viviendas no alquiladas.
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Re:PPCC - Pisitófilos Creditófagos - Invierno 2016
« Respuesta #663 en: Marzo 04, 2016, 17:40:14 pm »


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Re:PPCC - Pisitófilos Creditófagos - Invierno 2016
« Respuesta #664 en: Marzo 04, 2016, 18:46:06 pm »
"Se reproduce" ya es sólo opcional.

Lo hemos posteado varias veces, pero nunca está de más:

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saturno

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Re:PPCC - Pisitófilos Creditófagos - Invierno 2016
« Respuesta #665 en: Marzo 04, 2016, 20:17:43 pm »






[Traido de otro hilo en VF]
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Re:PPCC - Pisitófilos Creditófagos - Invierno 2016
« Respuesta #666 en: Marzo 04, 2016, 21:27:48 pm »
Más que el 1-1-16, quizás habría sido más certero decir, "En el primer discurso del próximo P.de Gobierno". (Oficialización). Pero no sé cómo calculaba el maestro tampoco


Aunque ha mencionado el día 1 de Enero o el "cierre contable de 2015" como fecha, su predicción del EFTF no es solo una predicción, sino también el seguimiento de los calendarios europeos, como deja bien claro en esta cita:
Citar
Recuerden que "a finales de año", en España, va a producirse el ESTRANGULAMIENTO FINANCIERO TOTAL FINAL al, primero, reunirse el Estado con las familias y empresas en las cimas heladas del supermegahiperendeudamiento y, segundo, agotarse la tregua de dos años concedida por la UE a España para activar la parte correctora del Pacto de Estabilidad.
Y, efectivamente, si uno busca en Google, encuentra esta noticia de 2013:

Bruselas da dos años más a España para reducir el déficit

La noticia es del 25 de Mayo del 2013. Eso quiere decir que a mediados de este año al gobierno que sea le toca negociar límites de déficit y ofrecer reformas y recortes creíbles, las reformas y recortes que no se han querido hacer en estos dos años que hemos disfrutado de estabilidad aparente y "recuperación". Yo diría que, de oficializarse este año, el EFTF tendría una oportunidad ideal de empezar a oficializarse durante las negociaciones de los nuevos límites de déficit (nada mejor que una visita de la Prima para tragarnos lo que sea)
« última modificación: Marzo 04, 2016, 21:34:33 pm por diegocg »

Republik

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Re:PPCC - Pisitófilos Creditófagos - Invierno 2016
« Respuesta #667 en: Marzo 04, 2016, 22:36:02 pm »
Esta vez no podrán decir que no se les avisó, incluso con explosiones nucleares  :roto2:




Un detalle curioso de ese suplemento es que da cobertura/publicidad a un desarrollo inmobiliario curioso en términos comparativos con otros a los que parece oponerse el ayuntamiento: en pleno Sur de la almendra y lindando con vías de tren , en un hueco  de apenas 12Ha. se van a levantar nada menos que 1865  pisitos y 60.000m2 de superficie comercial . La Operación  Chamartín  son diez  veces más pisos  sobre 320Ha.  La densidad es inferior y los equipamientos y zonas transitables liberadas muy superiores.

El truco que ha hecho pasar inadvertida esta actuación  es que en lugar de dejar huecos y erigir altas torres, van a lleno todo el hueco con edificios de altura "normal": la virtud de la muralla de edificio bajo es que da menos impresión de plutocracia y a nadie en el ayuntamiento se le ocurre que hay que detener tamaño crimen especulativo.

 Es triste pero la política española se ve reflejada en esta actuación : nos manejamos por símbolos y clichés  vulgares y anticuados en lugar de utilizar la razón y esto es es extensible  a las visiones cerriles  que nos venden lo mismo sobre el SMI (que haya quien diga que es elevado en España es para encerrarle), el mercado de arrendamientos urbanos, la fiscalidad  personal ... todo mensajes irracionales construidos sobre plantillas de 1930.

saturno

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Re:PPCC - Pisitófilos Creditófagos - Invierno 2016
« Respuesta #668 en: Marzo 05, 2016, 01:11:25 am »
Citar
Nuevo zoom acercándonos al Neto, que está dividido en tres, mientras se oye:
- EL CAPITAL ES UNA ABSTRACCIÓN. ES LA SUMA DE TRES IMÁGENES VIRTUALES: LA DE LA APORTACIÓN INICIAL, LA DE LOS BENEFICIOS NETOS ACUMULADOS Y LA DE LA PARTE DE LOS BENEFICIOS PRESENTES QUE NO SE VAN A LLEVAR NI LOS SOCIOS NI HACIENDA.

Último zoom alejándonos, para recomponer el Balance, ahora poniendo ya Activo y Pasivo, y el Neto con sus tres subáreas horizontales, y la tercera dividida en tres verticales. Coloreamos las dos de arriba (Aportaciones iniciales y Beneficios acumulados) y la tercera porción vertical de la tercera (Beneficios que van a acumularse), "et voilà": he aquí el Capital.


Ok. Además, está muy bien descrito (salvo lo de la "compensación" del resultado dentro de las casillas superpuestas del Neto, que produce a su vez el renglón: Beneficio aún no acumulado -- pero no tengo formación académica, lo de compensar ¿supongo que tiene que ver con las entradas, con las categorias del Plan Contable?)

En realidad, para el maestro, la única definición de Capital, es la que resulta de la superposición de los dos planos, o perspectivas contables (balance y ¿resultado? (del ejercicio)).

Es totalmente virtual. Es como la evidencia geométrica, que no se reduce a los componentes de la figura que has dibujado, o a las figuras numericas de tu libros.

Por eso le salen sin problemas arrebatos a ratos, izquierdistas y a otros, rancio-conservadores.
Es indiferente el color mientras el capital se reinvierta y produzca[1]



De todos modos, el debate sobre el Capital es indisociable de quien dispone de él, como propietario.
Y no se trata sólo de discutir del nivel de impuesto o de dividendo sobre el Beneficio del ejercicio.

Está también lo que se entiende, por ejemplo, por bienes, o mejor, por derechos acreedores :
-- por ejemplo, una licencia software equivale a un derecho acreedor perpetuo sobre... la empresa a quien le has vendido el software. En el caso de un robot (cerrado, que no puedes modificar, "propietario" lo llaman), el bien-máquina que es un Activo del cliente, sin embargo va acompañado de un derecho acreedor (es un Activo del conceptor) cuyo valor es como mínimo equivalente al valor del robot (su mantenimiento), y como máximo, un porcentaje sobre ¡toda la producción futura que pueda producir el cliente con ese robot y las modificaciones que le metas!

El concepto contable del Capital, vale, no plantea problemas, pero sí lo plantea la propiedad de los activos/pasivos que sustentan  el capital así definido. En realidad, el problema no es contable, es la definición legal de propiedad del activo/pasivo, es decir, la disposición legal que permite determinar que un activo entra dentro de "esta" contabilidad. (No hay contabilidad posible que no sea "propiedad de alguien", concretamente, de quien es el titular de los libros)

Me pierdo.

Pero he aprendido algo. ;)

_____

[1] Según esa definicion de Capital, el Beneficio en curso es integrante del Capital.
Una empresa que suspende actividad ya no cuenta con Capital, por pura definición, al no tener ya un Beneficio en curso.
Un Capital que no va ligado a una actividad en curso deja de serlo (de ser Capital).

Qué nombre recibe lo que queda (Activos y Pasivos) tras una suspensión de actividad: ¿Patrimonio? ¿Acervo? (como cuando dicen : el acervo hereditario)

¿Se puede distinguir por ahí el Capital y el Pisito? por ej. : En que éste no tiene asociado un Beneficio en curso.
El Pisito es un Patrimonio o Acervo que se valora según le parezca (subjetivamente) a quien lo codicia. Pero no es un Capital en el sentido empresarial (=transformación de activos/pasivos y generación de Neto)

« última modificación: Marzo 05, 2016, 04:05:23 am por saturno »
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Re:PPCC - Pisitófilos Creditófagos - Invierno 2016
« Respuesta #669 en: Marzo 05, 2016, 14:24:26 pm »
Cita de: pisitófilos creditófagos
03/04/2016 en 02:31 p.m.

(En la superposición del Pasivo sobre el Activo, para visualizar el Neto, inmediatamente hay que des-superponer para que se vea que el Capital está en la parte derecha del Balance. Lo mismo decimos de la superposición de los Gastos sobre los Ingresos.)



http://blogs.cincodias.com/el-puente/2016/03/malas-noticias.html
« última modificación: Marzo 06, 2016, 13:43:02 pm por breades »

saturno

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Re:PPCC - Pisitófilos Creditófagos - Invierno 2016
« Respuesta #670 en: Marzo 05, 2016, 15:37:35 pm »
Cita de: pisitófilos creditófagos
03/04/2016 en 02:31 p.m.

03/05/2016 en 01:35 p.m.

El capital es figuradamente una deuda que la empresa mantiene con los capitalistas (aportan el capital) que esta directamente relacionado con el ahorro


http://blogs.cincodias.com/el-puente/2016/03/malas-noticias.html


Sí, pero esa figura de pensamiento tan sólo legitima los dividendos : suponen un derecho acreedor de asociados/accionistas sobre el beneficio en curso de la empresa. Además, que dicho derecho acreedor no es sobre el Aporte o los Beneficios acumulados, sino sobre los Beneficios en curso (del ejercicio). Estamos hablando de la plusvalia, lo que es el resultado del ejercicio (Ingresos-Gastos).

Pero luego, concretamente, ¿cómo legitimas el impuesto con esa figura de pensamiento? : resulta que también es un derecho sobre el mismo beneficio en curso. Dividendo e impuesto intervienen en el mismo momento contable.


El tema es que la figura de pensamiento ("del Beneficio en curso, deben retraerse derechos acreedores : de socios y de la colectividad")  sea unitaria, y valgo  tanto para los derechos  de socios, como para los del Estado (¡porque él es garante del derecho de los socios!)

Porque si NO asumes un principio unitario (pro ej, el socio que dice que sus dividendos no son impuesto, y el Estado dice que su impuesto no es un mero dividendo, sino otra cosa cualquiera), resulta que ni el socio, ni el Estado asientan su  legitimidad de propietarios de un derecho acreedor. Incluso estás diferenciando derechos de propiedad y al final, la propiedad de cada uno no descansa en nada, Estrictamente, deja de ser un "derecho" de propiedad: para convertirse en apropiación, mediante  fuerza.  Y para la galeria, argumentas que no, no es la violencia, sino la naturaleza del Capital, que es una deuda. Y buscando, buscando, hasta das una definición contable del Capital.

En realidad, como no puedes justificar el derecho acreedor en ningun principio unitario, sacas el balón (el Capital) fuera del terreno de juego, y dices que da igual si no hay derecho, que lo que pasa es que el Capital es una deuda imaginaria. Y que te toca penalti, sin importar de qué color es tu camiseta (ni siquiera si llevas el color de uno de los equipos que juegan)l. Hum...



Ahora, si asumes que dividendos e impuesto responden a un principio unitario, esto implica fundamentar ese principio de derecho en términos convencionales -- y no en términos de apropiación, de violencia (no hay necesidad de violencia, donde el mismo derecho se reconoce a todos). Entonces "Dividendos" se dice del derecho de los socios, E "Impuesto" se dice del mismo derecho, pero de quienes No son socios.

PERO, entonces, implicas que el principio acreedor es convencional, más exactamente, que descansa en una convención entre Estado y Socios, pero no depende de la definición del Capital.

Estamos hablando del color de los equipos en juego, la convención es que el color de cada equipo no se confunda, y nada más. Para lo demás,  jugamos en el mismo terreno: la definición del balón (del Capital) en sí mismo ya no es relevante:  puede ser redondo, ovalado, se empuja con un palo, a caballo o con patines

Resulta que según ese principio unitario, por convencional, del derecho (dividendo e impuesto del Estado), la definición del Capital (la elección del balon) no sería determinante. Es más, se puede variar la definición según lo convengan los equipos.
 
Es más, aquí la definición del Capital ya no sería contable, extemporánea, como una evidencia geométrica. Al contrario, dependería precisamente de esa Convención, que al convenir que unos serán socios, y otros recaudadores, es la que  a su vez determina la definición del Capital. Lo que tiene sentido, pues son las leyes las que determinan quien es propietario de  Activos/Pasivos, y por tanto, quien lleva la contabilidad, y por tanto, quien resulta obligado a pagar dividendos e impuesto.

 
Bueno, igual voy caminando a lado de la carretera, en lugar de por el centro, pero la dificultad que apunto se intuye bien.

Es interesante.
« última modificación: Marzo 05, 2016, 15:53:30 pm por saturno »
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Re:PPCC - Pisitófilos Creditófagos - Invierno 2016
« Respuesta #671 en: Marzo 05, 2016, 20:47:58 pm »
Dos ejemplos, que se me ocurren para mostrar que la evidencia no lo es tanta:

1) la figura de pensamiento considera a los socios "acreedores" de la Empresa.
Según esa figura, los socios han prestado el capital a la empresa, y los dividendos son su remuneracion

Sin embargo, NO se remuneran: asumen que la propiedad del capital conlleva la propiedad del usufructo. No es lo mismo.

Si fuera una remuneración, sería corriente ver en los estatutos de constitucion de Empresas mencionar algún tipo de interés de referencia para dividendos, para asimilarlo a un préstamo remunerado

Tampoco toma la apariencia de un contrato entre socios -- sino de socios a empresa --  de ahí el segundo ejemplo

2) La Empresa tiene autonomía jurídica respecto de los socios. Específica, cierto, respecto de la jurisdiccion de las personas, pero independiente.

Cuando un socio entra en conflicto con una empresa, no sirve de nada atacar los demás socios
La Empresa tiene autonomía en la propiedad de sus activos/pasivos. Su contabilidad no se confunde con la que puedan llevar los socios. El Aporte y Beneficios acumulados son activos de la Empresa, no de los socios (y es  delito confundir ambas contabilidades, o que el socio disponga de los bienes de la Empresa para su disfrute)

Asi, nos encontramos que la propiedad del Aporte, asumida por los socios para valer su derecho sobre los dividendos, en realidad, no depende de ningún régimen de propiedad-del-socio, sino de un contrato de disposición del Aporte y de derechos a la hora de decidir el dividendo.
La disposición del Aporte, además, es más un cesión de propiedad del socio a la Empresa, que realmente un préstamo.

Pero si reconocemos que hay discontinuidad entre la propiedad de la empresa, y la seudo-propiedad de los socios (ficticia, no descansa ni en la unidad contable, ni siquiera en derechos juridicos) la diferencia entre dividendos e impuestos se disuelve. Como decía en mi otro mensaje, si se puede considerar un principio unitario: donde los dividendos (optativos, decididos en el consejo) y lo impuestos (obligatorios, pero negociables) responden a un mismo principio.

No es nada evidente aceptar como "natural" unos convencionalismos empresariales, que por ser convencionales, luego pueden afectar a la definición misma de capital. Por ahora, la definición del maestro, es conceptual, y además funcional.

Pero en la práctica, por ejemplo, intuimos que hay una diferencia de concepto entre capital-Empresa y capital-Pisito. El problema es que la definición del maestro, puede perfectamente abarcar las dos (o así me parece). Si nos quitamos de evidencias, quizá sea posible terminar explicando por qué son diferentes, por qué uno es Capital (Empresa) y lo otro un Acervo estéril (Pisito).  Y llegar a figuras de pensamiento más certeras que la de socios acreedores, que es excluyente además :  conduce  implicitamente a considerar el Impuesto no como un derecho de los No-Socios, sino como una forma de confiscación  (porque así lo sobreentiende la figura, y ésta nos viene probablemente de la ideología de mercheros )


   
 
« última modificación: Marzo 05, 2016, 21:14:15 pm por saturno »
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Re:PPCC - Pisitófilos Creditófagos - Invierno 2016
« Respuesta #672 en: Marzo 05, 2016, 23:53:28 pm »
Esta vez no podrán decir que no se les avisó, incluso con explosiones nucleares  :roto2:




Un detalle curioso de ese suplemento es que da cobertura/publicidad a un desarrollo inmobiliario curioso en términos comparativos con otros a los que parece oponerse el ayuntamiento: en pleno Sur de la almendra y lindando con vías de tren , en un hueco  de apenas 12Ha. se van a levantar nada menos que 1865  pisitos y 60.000m2 de superficie comercial . La Operación  Chamartín  son diez  veces más pisos  sobre 320Ha.  La densidad es inferior y los equipamientos y zonas transitables liberadas muy superiores.

El truco que ha hecho pasar inadvertida esta actuación  es que en lugar de dejar huecos y erigir altas torres, van a lleno todo el hueco con edificios de altura "normal": la virtud de la muralla de edificio bajo es que da menos impresión de plutocracia y a nadie en el ayuntamiento se le ocurre que hay que detener tamaño crimen especulativo.

 Es triste pero la política española se ve reflejada en esta actuación : nos manejamos por símbolos y clichés  vulgares y anticuados en lugar de utilizar la razón y esto es es extensible  a las visiones cerriles  que nos venden lo mismo sobre el SMI (que haya quien diga que es elevado en España es para encerrarle), el mercado de arrendamientos urbanos, la fiscalidad  personal ... todo mensajes irracionales construidos sobre plantillas de 1930.


La altura reguladora y por tanto la edificabilidad es un elemento que funciona muy bien para limitar la competencia en pisos y mantener los precios altos. Algo que se entiende que se limite en un pueblo para que ningún loco pueda construir una torre, pero en una ciudad tiene la función (no siempre, cascos antiguos) de limitar la oferta, en Londres es descarado, altura limitada y muchas áreas verdes intocables + cinturón verde alrededor de la ciudad para mantener unos precios obscenos.


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Re:PPCC - Pisitófilos Creditófagos - Invierno 2016
« Respuesta #673 en: Marzo 06, 2016, 10:59:14 am »
Cita de: Espartano
03/04/2016 en 02:31 p.m.

03/05/2016 en 01:35 p.m.

El capital es figuradamente una deuda que la empresa mantiene con los capitalistas (aportan el capital) que esta directamente relacionado con el ahorro


http://blogs.cincodias.com/el-puente/2016/03/malas-noticias.html



Advierto que el firmante de esa cita, en el blog de A. Ortega, no es PP.CC. sino 'Espartano'; ignoro si lee o participa en este foro. (Jugando a detectives, falta la tilde en: "... 'esta' directamente...", y PP.CC. suele ponerlas).

Saludos.
« última modificación: Marzo 06, 2016, 11:01:07 am por JENOFONTE10 »
Entonces se dijeron unos a otros: «¡Vamos! Fabriquemos ladrillos y pongámoslos a cocer al fuego». Y usaron ladrillos en lugar de piedra, y el asfalto les sirvió de mezcla.[Gn 11,3] No les teman. No hay nada oculto que no deba ser revelado, y nada secreto que no deba ser conocido. [Mt 10, 26]

cujo

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Re:PPCC - Pisitófilos Creditófagos - Invierno 2016
« Respuesta #674 en: Marzo 06, 2016, 11:50:34 am »
Esta vez no podrán decir que no se les avisó, incluso con explosiones nucleares  :roto2:




Un detalle curioso de ese suplemento es que da cobertura/publicidad a un desarrollo inmobiliario curioso en términos comparativos con otros a los que parece oponerse el ayuntamiento: en pleno Sur de la almendra y lindando con vías de tren , en un hueco  de apenas 12Ha. se van a levantar nada menos que 1865  pisitos y 60.000m2 de superficie comercial . La Operación  Chamartín  son diez  veces más pisos  sobre 320Ha.  La densidad es inferior y los equipamientos y zonas transitables liberadas muy superiores.

El truco que ha hecho pasar inadvertida esta actuación  es que en lugar de dejar huecos y erigir altas torres, van a lleno todo el hueco con edificios de altura "normal": la virtud de la muralla de edificio bajo es que da menos impresión de plutocracia y a nadie en el ayuntamiento se le ocurre que hay que detener tamaño crimen especulativo.

 Es triste pero la política española se ve reflejada en esta actuación : nos manejamos por símbolos y clichés  vulgares y anticuados en lugar de utilizar la razón y esto es es extensible  a las visiones cerriles  que nos venden lo mismo sobre el SMI (que haya quien diga que es elevado en España es para encerrarle), el mercado de arrendamientos urbanos, la fiscalidad  personal ... todo mensajes irracionales construidos sobre plantillas de 1930.


La altura reguladora y por tanto la edificabilidad es un elemento que funciona muy bien para limitar la competencia en pisos y mantener los precios altos. Algo que se entiende que se limite en un pueblo para que ningún loco pueda construir una torre, pero en una ciudad tiene la función (no siempre, cascos antiguos) de limitar la oferta, en Londres es descarado, altura limitada y muchas áreas verdes intocables + cinturón verde alrededor de la ciudad para mantener unos precios obscenos.


Mejor sin parques en plan hongkong donde vamos a parar.

Lo q se tendría q hacer es por cada piso de la promoción dos plazas de garage y una serie de metros cuadrados de zona verde, y q se distribuya las alturas como le de la gana al promotor.
"Soy libre,he perdido al fin toda esperanza"

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