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https://twitter.com/ElHombreMalo/status/1736729442947387687CitarLos pequeños propietarios piden a Vivienda medidas para frenar la caída de la rentabilidad del alquilerHan recordado a la ministra de Vivienda que los propietarios son "parte de la solución" al problema de acceso de vivienda y han pedido medidas más "claras y contundentes"Idealista | 2023.12.14Diego Radamés - Europa PressLa Confederación Cámaras de la Propiedad Urbana y Asociaciones de Propietarios de Fincas urbanas ha solicitado a la ministra de Vivienda y Agenda Urbana, Isabel Rodríguez, "aterrizar" con actuaciones concretas para los pequeños propietarios de vivienda.Así lo han solicitado en un comunicado, donde han criticado que la rentabilidad bruta del arrendamiento lleva descendiendo desde 2017 y, en el primer trimestre de 2023, se sitúa en el 3,43%, según datos del Banco de España, una cifra "similar e incluso inferior" a la inversión en Letras del Tesoro o los nuevos depósitos a plazo que ofrecen las entidades financieras.Así, han recordado a la ministra de Vivienda que los propietarios son "parte de la solución" al problema de acceso de vivienda y, por ello, han pedido medidas más "claras y contundentes" que beneficie a los pequeños propietarios de forma directa.Por otro lado, han advertido de que la Ley de Vivienda ha llevado a muchos a refugiarse en la modalidad de arrendamiento de temporada, creciendo la fuga de propietarios arrendadores en régimen ordinario. Según los datos de idealista, esta alternativa al arrendamiento a largo plazo tradicional alcanzó el 10% de todas las casas en el mercado en el tercer trimestre, tras dispararse su oferta un 39% entre julio y septiembre. El auge de estos arrendamientos, que se suelen firmar por menos de un año, ha provocado un descenso de la oferta de alquiler de larga estancia en un 12%. Algunas de las mayores caídas se han dado en ciudades como Las Palmas de Gran Canaria (-42%), Bilbao (-32%) o Madrid (-26%), y todavía por encima de la media están Sevilla, Málaga, Valencia, San Sebastián o Barcelona. Por tanto, los alquileres de temporada están proliferando en los grandes mercados."Actualmente, los alquileres de temporada ya representan cerca del 10% de la vivienda en el mercado inmobiliario, siendo en Madrid, además, donde la oferta ha crecido un 28% en los últimos tres meses", han alertado.Saludos.
Los pequeños propietarios piden a Vivienda medidas para frenar la caída de la rentabilidad del alquilerHan recordado a la ministra de Vivienda que los propietarios son "parte de la solución" al problema de acceso de vivienda y han pedido medidas más "claras y contundentes"Idealista | 2023.12.14Diego Radamés - Europa PressLa Confederación Cámaras de la Propiedad Urbana y Asociaciones de Propietarios de Fincas urbanas ha solicitado a la ministra de Vivienda y Agenda Urbana, Isabel Rodríguez, "aterrizar" con actuaciones concretas para los pequeños propietarios de vivienda.Así lo han solicitado en un comunicado, donde han criticado que la rentabilidad bruta del arrendamiento lleva descendiendo desde 2017 y, en el primer trimestre de 2023, se sitúa en el 3,43%, según datos del Banco de España, una cifra "similar e incluso inferior" a la inversión en Letras del Tesoro o los nuevos depósitos a plazo que ofrecen las entidades financieras.Así, han recordado a la ministra de Vivienda que los propietarios son "parte de la solución" al problema de acceso de vivienda y, por ello, han pedido medidas más "claras y contundentes" que beneficie a los pequeños propietarios de forma directa.Por otro lado, han advertido de que la Ley de Vivienda ha llevado a muchos a refugiarse en la modalidad de arrendamiento de temporada, creciendo la fuga de propietarios arrendadores en régimen ordinario. Según los datos de idealista, esta alternativa al arrendamiento a largo plazo tradicional alcanzó el 10% de todas las casas en el mercado en el tercer trimestre, tras dispararse su oferta un 39% entre julio y septiembre. El auge de estos arrendamientos, que se suelen firmar por menos de un año, ha provocado un descenso de la oferta de alquiler de larga estancia en un 12%. Algunas de las mayores caídas se han dado en ciudades como Las Palmas de Gran Canaria (-42%), Bilbao (-32%) o Madrid (-26%), y todavía por encima de la media están Sevilla, Málaga, Valencia, San Sebastián o Barcelona. Por tanto, los alquileres de temporada están proliferando en los grandes mercados."Actualmente, los alquileres de temporada ya representan cerca del 10% de la vivienda en el mercado inmobiliario, siendo en Madrid, además, donde la oferta ha crecido un 28% en los últimos tres meses", han alertado.
Sin embargo, esta alternativa también conlleva riesgos. Según ANA, "la temporalidad de un arrendamiento de temporada no puede basarse en la duración de los arrendamientos". Además, recuerda que "si los inquilinos demuestran que no tienen una vivienda donde residir habitualmente, el alquiler de temporada se convierte en un alquiler tradicional".De hecho, el director general de la compañía insiste en que "puede tener consecuencias muy importantes para los arrendadores cuando suscriben alquileres de temporada sin obedecer la temporalidad de los inquilinos a una causa concreta y cierta. Ambos tipos son arrendamientos en donde residen personas o familias a cambio de una renta establecida, lo que les diferencia es que, en los alquileres de temporada, la residencia temporal de los arrendatarios en las viviendas tiene que obedecer a una causa concreta y cierta que debe reflejarse en los contratos, ya sean los motivos de la temporalidad de los inquilinos de tipo laboral, por estudios, motivos vacacionales, médicos..., pero siempre debe haber una causa que justifique la temporalidad de los arrendamientos y que los inquilinos siguen manteniendo su residencia habitual en otros lugares distintos al domicilio que arriendan". Así, el director general de la Agencia Negociadora del Alquiler denuncia que “lo que sería ilegal, como vienen haciendo en la actualidad muchos arrendadores, es justificar la temporalidad de los arrendamientos solo basándose en su duración, alegando que si el plazo de duración es inferior al año estaríamos ante arrendamientos de temporada”. Y es que, como argumenta Zurdo, “un arrendamiento de temporada puede tener perfectamente una duración superior al año, pero también un arrendamiento tradicional puede tener perfectamente una duración inferior al año”.Según el abogado, las consecuencias que tiene arrendar una vivienda como de temporada cuando el objetivo de los inquilinos es que sea su vivienda habitual y haya vocación de permanencia, son muy graves para los arrendadores, ya que "si los inquilinos demuestran que no tienen otra vivienda donde residir habitualmente, ese alquiler aparentemente denominado como de temporada, que se había suscrito por un plazo inferior al año, pasa a tener la consideración de arrendamiento tradicional, pudiendo prorrogarlo los inquilinos a su finalización, hasta los cinco años o incluso hasta los siete, cuando los arrendadores son personas jurídicas. Y además, en muchos casos, sin que los arrendadores puedan actualizar las rentas, porque en un alquiler que se quiere hacer pasar como de temporada no se suele prever una actualización de rentas".
Una pregunta, lo que asustadisimos llama trabajadires-directivos, que se entiende tan bien, ¿es lo mismo o equiparable a lo que Galbraith llama tecnoestructura?Para facilitar la comprensión a los que nos acercamos a la economía desde "tierras lejanas"... Gracias
Y aún hay que recordar que el agua moja:Los riesgos que esconden los alquileres de temporada para los propietariosCitarSin embargo, esta alternativa también conlleva riesgos. Según ANA, "la temporalidad de un arrendamiento de temporada no puede basarse en la duración de los arrendamientos". Además, recuerda que "si los inquilinos demuestran que no tienen una vivienda donde residir habitualmente, el alquiler de temporada se convierte en un alquiler tradicional".De hecho, el director general de la compañía insiste en que "puede tener consecuencias muy importantes para los arrendadores cuando suscriben alquileres de temporada sin obedecer la temporalidad de los inquilinos a una causa concreta y cierta. Ambos tipos son arrendamientos en donde residen personas o familias a cambio de una renta establecida, lo que les diferencia es que, en los alquileres de temporada, la residencia temporal de los arrendatarios en las viviendas tiene que obedecer a una causa concreta y cierta que debe reflejarse en los contratos, ya sean los motivos de la temporalidad de los inquilinos de tipo laboral, por estudios, motivos vacacionales, médicos..., pero siempre debe haber una causa que justifique la temporalidad de los arrendamientos y que los inquilinos siguen manteniendo su residencia habitual en otros lugares distintos al domicilio que arriendan". Así, el director general de la Agencia Negociadora del Alquiler denuncia que “lo que sería ilegal, como vienen haciendo en la actualidad muchos arrendadores, es justificar la temporalidad de los arrendamientos solo basándose en su duración, alegando que si el plazo de duración es inferior al año estaríamos ante arrendamientos de temporada”. Y es que, como argumenta Zurdo, “un arrendamiento de temporada puede tener perfectamente una duración superior al año, pero también un arrendamiento tradicional puede tener perfectamente una duración inferior al año”.Según el abogado, las consecuencias que tiene arrendar una vivienda como de temporada cuando el objetivo de los inquilinos es que sea su vivienda habitual y haya vocación de permanencia, son muy graves para los arrendadores, ya que "si los inquilinos demuestran que no tienen otra vivienda donde residir habitualmente, ese alquiler aparentemente denominado como de temporada, que se había suscrito por un plazo inferior al año, pasa a tener la consideración de arrendamiento tradicional, pudiendo prorrogarlo los inquilinos a su finalización, hasta los cinco años o incluso hasta los siete, cuando los arrendadores son personas jurídicas. Y además, en muchos casos, sin que los arrendadores puedan actualizar las rentas, porque en un alquiler que se quiere hacer pasar como de temporada no se suele prever una actualización de rentas". Vamos, que el alquiler se convierte en uno de cinco años y con la renta bloqueada.Sin llevarnos a engaño, no es algo que vaya a pasar con una frecuencia relevante. Porque para hacer esto no sólo hay que ser un poco pillo, también hay que tener cero miedo a los pleitos legales, conocerse la ley, y saber que se va a un combate. La mayoría del personal con suerte lee el Marca. Pero para el que sepa jugar a esto, es una oportunidad de oro. Y no, queridos caseros, si jugáis a esto pero os topáis con un inquilino que os responde al juego, os vais a comer el alquiler duradero con patatas hasta que se cumplan los cinco años.
No es buena idea enfrentarse a El Propietariado... Inmediatamente ibas a ser acusado de Okupa por el casero y te iban a lanzar a toda su jauria mediática contra ti. Estos ya han demostrado que no les importa desagradar ni quedar como unos caraduras sin escrúpulos. Por algo llevan años preparando la narrativa y demostrando Urbi et orbi que tienen los guevos cuadrados y que no se van a parar ante nada. Acuérdate de la que le liaron a la estudiante marroqui de la Plaza Mayor de Madrid. El casero mintió, los medios sabian que el casero mentia, todo el mundo sabia que era un montaje, y aun asi se lanzaron a deguello a por ella.Y menos mal que todavia no estamos en la fase de la ira. Si no, una turba jaleada por El Propietariado la huiera sacado a rastras del piso, y la habrian apaleado en la plena calle con el aplauso de la mayoria.Da igual que tengas razon o no. Nunca hay que entrentarse a El Poder, y menos a puerta gayola, como por ejemplo denunciando a un casero. Los caseros son la elite, las fuerzas de choque del regimen, la primera linea de defensa del capitalismopopular, y les van a defender hasta el ultimo euro.
No debemos olvidar uno de los principios más repetidos en nuestra jurisprudencia, el «principio de irrelevancia del nomen iuiris» o «principio de primacía de la realidad» consistente en que «las cosas son lo que son y no lo que las partes dicen que son«. ¿Y qué dice nuestra jurisprudencia sobre esta casuística? La cuestión ha sido resuelta en multitud de sentencias dictadas por Audiencias Provinciales siguiendo la línea establecida por nuestro Tribunal Supremo en virtud de la cual la causa del contrato es el eje fundamental para determinar si estamos o no ante un arrendamiento por temporada.
España obtiene la peor tasa en pobreza infantil de la Unión Europea, según Unicef. Más de uno de cada cuatro menores viven una situación de vulnerabilidad
El alquiler se lleva el 70% del salario
El Gobierno ha aprobado este martes en el Consejo de Ministros que la Sociedad Estatal de Participaciones Industriales (SEPI), el brazo industrial del Estado, adquiera hasta un 10% del capital de Telefónica, lo que le convertiría en el primer accionista de la operadora, según han informado tanto la sociedad estatal como la operadora mediante sendos hechor relevantes remitidos a la Comisión Nacional de los Mercados de Valores. Cuando se complete la operación, el Estado volverá al capital de Telefónica tras 26 años desde su completa privatización, y tendrá derecho a uno o dos miembros en el consejo de administración. A precios de mercado esta participación está valorada en alrededor de 2.000 millones de euros.La decisión se produce tras la entrada en el capital de la operadora de Saudi Telecom Company (STC), la operadora estatal saudí, que el pasado mes de septiembre anunció la compra del 4,9% del capital con opción a otro 5% a través de instrumentos financieros convertibles. El movimiento provocó entonces un terremoto financiero y político. Pilló por sorpresa tanto al consejo de administración de Telefónica como al Gobierno, que debe dar luz verde completar la toma del 9,9%. Desde entonces varios miembros del Ejecutivo, con la vicepresidenta y ministra de Economía, Nadia Calviño, a la cabeza se han comprometido a aplicar “todos los mecanismos necesarios” para defender “los intereses estratégicos de España”, debido a los contratos que mantiene Telefónica en materia de Defensa. Y entre esos mecanismos, se apuntó la entrada de la SEPI en el capital.“Con una vocación de permanencia, la participación de SEPI permitirá proporcionar a Telefónica una mayor estabilidad accionarial para que la compañía alcance sus objetivos y, por ende, contribuirá a la salvaguarda de sus capacidades estratégicas”, según ha señalado esta tarde la SEPI en el comunicado a la CNMV al cierre de la sesión bursátil.En el mismo, la sociedad estatal aclara que procederá “a llevar a cabo los trámites y actuaciones que permitan poner en marcha el proceso para minimizando el impacto en la cotización, completar la adquisición del volumen de acciones necesario”. La cotización de Telefónica cerró en la sesión de este martes a 3,56 euros por acción, tras caer un 0,78%. la capitalización de la compañía ronda los 20.000 millones de euros, por lo que la compra de ese 10% supondrá un desembolso de 2.000 millones de euros.
FICHA || EL PENTÁGONO IRREGULAR DEL POPULARCAPITALISMO DE LOS 1980.—En principio, el punto más débil del pentágono irregular es que todo trabajador-directivo tiene algo que le desdora, además de que su verdadera esencia es anarcoide-marxistoide, solo que vuelta del revés, reidealizada.
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