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(29/08/2012 09:08) TODA BURBUJA INMOBILIARIA ES UNA PÍRÁMIDE GENERACIONAL.-La característica definitoria de toda burbuja es que el dinero de los que entran es la ganancia de los que salen.La pirámide inmobiliaria es generacional porque: 1] el modulo temporal medio de las burbujas inmobiliarias es 20 años subiendo y 4 años bajando; y2] una generación son 15 años.Esta burbuja inmobiliaria es especial porque es global y vastísima. No habrá nunca jamás ninguna otra así. Es más, como dice "Benditaliquidez", viene:LA NADA INMOBILIARIA.Lo que hay que plantearse es que el dinero de los perdedores inmomutilados está en el bolsillo de los ganadores, que son el subconjunto de los triunfadores que sí han vendido. Del mismo modo que los perdedores se concentran en los nacidos entre 1960 y 1980 [casi dos generaciones], los ganadores han nacido entre 1940 y 1955. Dicho de otro modo, los nacidos entre 1940 y 1955 [en EEUU, durante e inmediatamente después del fin de la II Guerra Mundial] que no han hecho dinero con la vivienda es porque no han querido, por contra, habrá que ver caso por caso, de los nacidos entre 1960 y 1980 que no van a perder con la vivienda, por qué se han salvado.
por contra, habrá que ver caso por caso, de los nacidos entre 1960 y 1980 que no van a perder con la vivienda, por qué se han salvado.
El ‘banco malo’ será una sociedad anónima con poderes excepcionalesEl Banco de España decidirá qué activos dañados se transmiten y su valoraciónLa futura firma está exenta de lanzar opasAMANDA MARS / RAMÓN MUÑOZ Madrid 28 AGO 2012 - 22:17 CET87El Gobierno ya tiene decidida la estructura legal del denominado banco malo. Será una sociedad anónima y tendrá manos libres para comprar y vender todo tipo de activos, así como para realizar emisiones de deuda. Sus poderes serán amplísimos. Para ello, el Gobierno exime a esa sociedad del cumplimiento de gran parte de los controles y condiciones a los que están sometidas las sociedades de capital. Así consta en el borrador del real decreto remitido a Bruselas, y al que ha tenido acceso este diario.Entre esas exenciones figuran las de que el banco malo no estará obligado a lanzar una oferta pública de adquisición (opa) de acciones cuando tome el control de una sociedad, podrá emitir obligaciones por cualquier importe y vender activos sin necesidad de que exista el informe de un valorador independiente ni contar con el consentimiento de la junta de accionistas.Los cambios legislativosLos artículos del real decreto que regula el banco malo crean una serie de “condiciones especiales” para reforzar los poderes de esta sociedad a la hora de manejar activos, agilizar las operaciones y prevenir reclamaciones o demandas judiciales. En la práctica supone introducir una serie de excepciones a varias leyes. Estas son las más importantes:Eliminación de límites para emitir deuda. El banco se regula por el real decreto y, “supletoriamente” por la Ley de Sociedades de Capital aunque con varias excepciones. La más importante es que la sociedad podrá emitir todo tipo de obligaciones sin que se le aplique el límite máximo legal establecido en el artículo 405 en la citada ley. Ese límite impone que el importe total de las emisiones no podrá ser superior al capital social desembolsado más las reservas.Se prescinde del experto independiente. La Ley de Sociedades de Capital prevé en sus artículos 67 y 72 que en determinadas operaciones como constitución, aumentos de capital de las sociedades anónimas, las aportaciones no dinerarias, compraventas, y otras “habrán de ser objeto de un informe elaborado por uno o varios expertos independientes con competencia profesional”. Ese requisito se elimina para el banco malo dejando vía libre para asignar el valor de los activos al Banco de España, según uno de los artículos.Revocación de operaciones. La Ley Concursal en su artículo 71 prevé que si se declara el concurso serán rescindibles los actos perjudiciales para los acreedores realizados por el deudor dentro de los dos años anteriores a la fecha de la declaración, aunque no hubiere existido intención fraudulenta. Esa posibilidad se elimina en el caso de la transmisión de activos por la sociedad creada por el decreto.Derecho de voto. La sociedad podrá votar en las juntas de acreedores cuando adquiera créditos inmersos en concursos de acreedores, ya que esta adquisición tiene la consideración de "forzosa", según el texto del decreto al que ha tenido acceso este periódico. El artículo 122 de la Ley Concursal de 2003, que regula las suspensiones de pagos, establece que no tendrán derecho a voto en las juntas “después de la declaración de concurso” salvo como consecuencia de una realización forzosa.Créditos litigiosos. Cuando la sociedad transmita un crédito litigioso no será de aplicación el artículo 1535 del Código Civil que prevé que el deudor tiene derecho a extinguirlo, reembolsando al cesionario el precio que pagó.Sin necesidad de opa. El decreto exime a la sociedad de tener que lanzar una oferta pública de adquisición (opa) cuando adquiera el control de una sociedad. La actual legislación obliga a lanzar una oferta por el total del capital cuando adquiere el 30% del capital o realice operaciones que le supongan en la práctica el control de la sociedad adquirida.La otra gran novedad del decreto son los poderes que se le atribuyen al Banco de España en todo el proceso de constitución del banco malo. El organismo supervisor será el encargado de decidir para cada entidad cuáles son los activos que se integran en el banco malo y, lo que es más importante aún, la valoración de dichos activos antes de que se transmitan a la sociedad.El documento remitido a Bruselas detalla en dos artículos, que no aparecían en el anterior borrador, las características generales del banco malo. El proceso comienza con la decisión del Fondo de Restructuración Ordenada Bancaria (FROB) de obligar a las entidades financieras que así decida a transmitir al banco malo “determinadas categorías de activos especialmente dañados o cuya permanencia en el balance de la entidad pueda resultar especialmente perjudicial para su solvencia, con el fin de desconsolidar dichos activos y poder gestionar independientemente su realización”.Para instrumentalizar ese proceso, se elaborará previamente un reglamento en el que se determinarán las categorías de activos afectados en función de la actividad a la que estuviesen ligados, su antigüedad en el balance y su calificación, según criterios supervisores del Banco de España. “En función de los referidos criterios, el Banco de España precisará para cada entidad cuáles son los activos susceptibles de ser transmitidos a una sociedad de gestión de activos”.Una vez creada, la sociedad gestora podrá constituir o tomar participaciones en todo tipo de sociedades, a las que podrá traspasar activos. También tendrá capacidad para promover la creación de todo tipo de fondos: de inversión mobiliaria o inmobiliaria, de capital riesgo, de titulización de activos o de titulización hipotecaria, entre otros. La forma también podrá emitir deuda a través de “toda clase de obligaciones” sin que resulte de aplicación el límite máximo legal de la Ley de Sociedades de Capital, que impide emisiones que superen el capital social y las reservas.La transmisión de los activos a la sociedad podrá realizarse bien por compraventa, permita o la aportación no dineraria al capital social y el valor de transmisión dependerá de lo que decía el Banco de España. “Con carácter previo a la transmisión a la sociedad, la entidad realizará los ajustes de valoración de los activos a transmitir según los criterios que se determinan reglamentariamente y que se precisen para cada entidad por el propio Banco de España”. El decreto aclara que esos criterios de valoración “serán homogéneos y se aplicarán a todas las entidades de modo no discriminatorio” y dicha valoración sustituirá a la realizada por los expertos independientes.Con el fin de evitar demandas judiciales y agilizar el proceso, el decreto prevé que la transmisión de activos a la sociedad estará sometida a una serie de “condiciones especiales” que, en la práctica, suponen excepciones a Ley Concursal, el Código Civil y la ley de OPAS.Así, si esa transmisión afecta a activos sujetos a ley Concursal no podrá ser revocada por ningún deudor en los dos años anteriores a esa declaración, como prevé la citada ley.La sociedad también podrá votar en las juntas de acreedores cuando adquiere créditos inmersos en concursos de acreedores, ya que esta adquisición tiene la consideración de “forzosa”, según el texto del decreto.Tampoco el banco malo tendrá la obligación “en ningún caso” de formular una OPA cuando alcance el control de una sociedad cotizada como prevé el Real Decreto 1006/2007 , más conocido como la ley de OPAS.Asimismo, la transmisión de activos o la subcontratación de su gestión no constituirán en ningún caso un supuesto de sucesión o extensión de responsabilidad tributaria ni de Seguridad Social, ni la extensión de responsabilidad por obligaciones laborales.Lo importante es el precioÏÑIGO DE BARRÓN, MADRIDLa clave por lo que funcionará o no el banco malo es el precio al que compre los activos a las entidades. Desde el inicio de la crisis inmobiliaria los inversores han dudado de la valoración interna a la que las entidades españolas tienen los activos del ladrillo en sus balances. Ahora se estima que han aplicado una rebaja media del 35% sobre los precios máximos de 2007. El banco malo público los comprará con una rebaja mayor, pero ¿del 55%, del 60%, del 65%? Esto es lo que están esperando conocer los ejecutivos de las entidades porque les va el futuro en ello. Por eso es muy significativo que Bruselas admita, como dice el real decreto, que sea el criterio del Banco de España el que prevalezca.Si el Estado compra el suelo o las promociones con una rebaja escasa, se podrá decir que está “subvencionando” a las entidades. Si un banco tiene una promoción valorada en 20 millones y el Gobierno le paga 10 millones, puede ser una buena noticia para la entidad porque se podría considerar que le está regalando dinero ya que tiene pocas posibilidades de deshacerse de esos pisos por esa cantidad. Es buena noticia para la entidad, pero mala para el Estado, que además, tendrá que esperar mucho tiempo para venderlos sin incurrir en pérdidas.Por el contrario, si el Estado aplica un gran recorte en los precios, es más fácil que recupere el dinero de los contribuyentes y en menos tiempo. Pero tiene dos efectos negativos: la entidad que reciba poco dinero por sus promociones deberá incrementar las provisiones, si no las tiene ya desembolsadas. Esta situación podría acarrear que algunas de los bancos sanos entraran en pérdidas o tuvieran déficit de capital, por lo que tendrían que pedir ayudas públicas.
El borrador de decreto ley de reestructuración y resolución ordenada de las entidades de crédito que el Ejecutivo ha trasladado a la Comisión Europea fija en 258.278 millones de euros el importe máximo de los avales a otorgar por el Estado a lo largo de 2012, lo que supone un aumento de unos 41.000 millones respecto a los 217.043 millones fijados en la Ley de Presupuestos Generales del Estado del 30 de junio.
Es lo que comenta TEOTWAIKI: el que compró en esa época (1997), sin morder más de lo que podía tragar (hipoteca) y sin meterse en berenjenales (ampliaciones de hipoteca, segundas y posteriores viviendas, locales y/o naves, compra para alquilar, pases de piso, hipotecas puente, hipotecas multidivisa no controladas, cambio a nueva primera vivienda mucho más cara, etc.) no debería estar mal hoy. Seguramente mejor que quien lleve alquilado desde entonces. La frontera temporal debe andar, a día de hoy, por 2002 (a ojo).Pero hay muchos españoles que sí se metieron en berenjanales.Como la práctica totalidad de nuestros diputados y senadores.
de marlo:http://economia.elpais.com/economia/2012/08/28/actualidad/1346185039_344395.html"...La transmisión de los activos a la sociedad podrá realizarse bien por compraventa, permita o la aportación no dineraria al capital social y el valor de transmisión dependerá de lo que decía el Banco de España. “Con carácter previo a la transmisión a la sociedad, la entidad realizará los ajustes de valoración de los activos a transmitir según los criterios que se determinan reglamentariamente y que se precisen para cada entidad por el propio Banco de España”. El decreto aclara que esos criterios de valoración “serán homogéneos y se aplicarán a todas las entidades de modo no discriminatorio” y dicha valoración sustituirá a la realizada por los expertos independientes...."y luego"...Por el contrario, si el Estado aplica un gran recorte en los precios, es más fácil que recupere el dinero de los contribuyentes y en menos tiempo. Pero tiene dos efectos negativos: la entidad que reciba poco dinero por sus promociones deberá incrementar las provisiones, si no las tiene ya desembolsadas. Esta situación podría acarrear que algunas de los bancos sanos entraran en pérdidas o tuvieran déficit de capital, por lo que tendrían que pedir ayudas públicas."
Una ley contra el inquilinoLa normativa del Gobierno sobre alquiler se centra en la oferta en lugar de estimular la demandaRAFAEL SIMANCAS / LEIRE IGLESIAS 28 AGO 2012 - 11:47 CET33Archivado en: Viviendas alquiler Rafael Simancas Ministerio de Fomento Ana Pastor LAU Mercado Una de las muchas paradojas que se dan en este país consiste en hacer convivir una burbuja inmobiliaria formidable con la dramática dificultad de muchos españoles para acceder a una vivienda digna. Millones de viviendas vacías y millones de ciudadanos sin cobijo propio.Las estrategias para solucionar este problema durante la última década han sido muchas, diversas y con éxito generalmente modesto. Hay consenso, sin embargo, sobre una de las medidas a adoptar: el fomento del alquiler. El alquiler alcanza en España tan solo al 17% del mercado, mientras que el resto de Europa se acerca al 40% y en Alemania, por ejemplo, se sitúa en el 57%.El Ministerio de Fomento, a falta de inversiones, ha decidido hacer política enredando en el BOE. El pasado día 24, con agostidad, presentó al Consejo de Ministros un Anteproyecto de Ley para estimular el alquiler de viviendas. Pero la nueva norma adolece de la misma falla que la última reforma laboral del PP. Si esta última pretendía crear empleos favoreciendo el despido, aquella pretende ahora estimular el alquiler facilitando el desahucio. La previsión es de un fracaso anunciado.Y es que el Gobierno parte de un error de diagnóstico. El problema no está tanto en la oferta de viviendas para el alquiler como en la debilidad de la demanda. Es decir, no hay tanta falta de propietarios dispuestos a alquilar sus pisos como de inquilinos con posibilidad de hacer frente a la renta del alquiler. Hace pocos meses, Fomento ya asestó un golpe muy duro a los posibles demandantes de alquiler eliminando la renta básica de emancipación, que ayudaba a los jóvenes inquilinos sin recursos. Ahora les remata con esta “ley anti-inquilinos”.Nadie cuestiona que se aporte seguridad jurídica al propietario. Pero ya se ha avanzado mucho en ese sentido durante los últimos años. Si de verdad se quiere promover la oferta de viviendas para el alquiler, actúese sobre la fiscalidad, premiando el arrendamiento y penalizando la desocupación."Para promover el alquiler hay que actuar sobre la fiscalidad, premiando el arrendamiento"Pero no se ha actuado así. El Gobierno del PP ha hecho aquí lo que hace siempre: golpear sobre la parte más débil de la cadena. Los medios de comunicación se han hecho eco especialmente de la agilización en el desahucio. Diez días de impago y a la calle, sin más trámite. Es duro, pero la ley trae muchas más cosas.De entrada, la nueva norma de alquileres permite al propietario echar a su inquilino en cualquier momento, aduciendo tan solo que necesita la vivienda para un allegado. Antes era preciso significar esta posibilidad en el contrato. Ya no. El propietario puede ahora vender la vivienda sin avisar al inquilino, que pierde el derecho de la adquisición preferente. Y si el contrato no está inscrito en el Registro de la Propiedad, el nuevo dueño puede poner de patitas en la calle al arrendatario, automáticamente.Antes existía una prórroga obligatoria de cinco años para el contrato de alquiler, mientras que ahora el inquilino puede ser expulsado de la vivienda en solo tres. La revisión periódica de la renta a pagar estaba antes sujeta a la subida del IPC, para evitar abusos. A partir de ahora habrá “libertad de pacto”. Traducción para el inquilino: “o aceptas la subida que te planteo o te vas a la calle”.Las supuestas “ventajas” que Pastor anuncia para el inquilino están siempre envenenadas. ¿Puede abandonar la vivienda a voluntad? Sí, con unas cláusulas penalizadoras que la ley apunta oportunamente para el contrato. ¿Puede registrar ese contrato para cubrir riesgos? Sí, asumiendo unilateralmente los gastos de inscripción que antes solían compartirse. Eso sí, ni rastro en la ley de nuevas garantías para evitar desmanes en los contratos, para impedir fianzas abusivas, para controlar la habitabilidad de las viviendas o para la atención a las reparaciones.La ley ani-inquilinos tiene otros beneficiarios, que han pasado bastante desapercibidos. Las sociedades de inversión inmobiliaria disfrutarán de exenciones en el impuesto de sociedades de hasta el 85% con muchas menos condiciones que antes: bastará alquilar 8 viviendas durante tres años, tan solo.No. Esta no es una ley para el fomento del alquiler. Esta es una ley para fomentar el beneficio de los de siempre, también en el alquiler
Jóvenes de 25 a 35 años: las víctimas peor paradas de la crisis del ladrillo en EEUU E.C..- 29/08/2012 (29/08/2012 09:08) TODA BURBUJA INMOBILIARIA ES UNA PÍRÁMIDE GENERACIONAL.-La característica definitoria de toda burbuja es que el dinero de los que entran es la ganancia de los que salen.La pirámide inmobiliaria es generacional porque: 1] el modulo temporal medio de las burbujas inmobiliarias es 20 años subiendo y 4 años bajando; y2] una generación son 15 años.Esta burbuja inmobiliaria es especial porque es global y vastísima. No habrá nunca jamás ninguna otra así. Es más, como dice "Benditaliquidez", viene:LA NADA INMOBILIARIA.Lo que hay que plantearse es que el dinero de los perdedores inmomutilados está en el bolsillo de los ganadores, que son el subconjunto de los triunfadores que sí han vendido. Del mismo modo que los perdedores se concentran en los nacidos entre 1960 y 1980 [casi dos generaciones], los ganadores han nacido entre 1940 y 1955. Dicho de otro modo, los nacidos entre 1940 y 1955 [en EEUU, durante e inmediatamente después del fin de la II Guerra Mundial] que no han hecho dinero con la vivienda es porque no han querido, por contra, habrá que ver caso por caso, de los nacidos entre 1960 y 1980 que no van a perder con la vivienda, por qué se han salvado.
Ferrovial, animador bursátil del abúlico mercado estival S. McCoy.- 29/08/2012 [/size](29/08/2012 08:42) ESTOS GOBERNANTES ESPAÑOLES NO NOS VALEN PARA LA TRANSICIÓN ESTRUCTURAL.-No se engañen, señores. Tanto este PSOE como, sobre todo, este PP sólo tabajan para estirar el modelo muerto Construcción & Consumohttp://www.transicionestructural.net/transicion-estructural/ppcc-pisitofilos-creditofagos-verano-2012/msg44762/#msg44762- De las 362 viviendas que tienen los 185 diputados del PP solo tienen 9 alquiladas.- Los 110 Diputados del PSOE tienen 200 viviendas y 115 inmuebles de otro tipo. - Los 295 Diputados de PP y PSOE acumulan 562 viviendas y 433 inmuebles de otro tipo. Les reto a que me indiquen, en el mapa de gobernantes, un solo lugar, ¡uno solo!, donde aflore el modelo Exportación & Inversión Bienes Equipo hacia el que, sí o sí, tenemos que transicionar.LA ECONOMÍA ORDINARIA ESPAÑOLA ESTÁ SECUESTRADA POR DIABÓLICAS ECUACIONES DE INTERESES INMOBILIARIOS.Hoy es un día grande para los ppcc. Van Rompuy ha venido a darnos oficialmente la razón. Pero el Maquis & Quintacolumna seguirán con su cabroncetismo, con su "que se jodan"; y harán como si nada. Seguirán con su caradura de póquer aguachirlándolo todo. Sin emabargo, los puñetazos encima de la mesa ya han comenzado. [/size](29/08/2012 08:22) LOS MIXTIFICADORES VAN A INTENTAR QUE PASE INADVERTIDO EL RECONOCIMIENTO POR LA UE DE LA ETIOLOGÍA INMOBILIARIA DE LA CRISIS Y LA TOMA DIRECTA DE CARTAS EN EL ASUNTO.-Van Rompuy ha dicho:1] "España tiene un desequilibrio por un 'boom inmobiliario' insostenible.-Tres elementos, pues:- etiología inmobiliaria de la crisis;- capitulación; y- nuevo modelo de equilibrio.2] "El 'boom inmobiliario' se creó dentro de España".-Entiérrese, pues, la teoría idiota de la exogénesis por turbulencias financieras exóticas.3] "El 'boom inmobiliario' se hizo posible por unas deficiencias en la arquitectura de la Unión Europea".-Para haber controlado, a partir de 1998, el inflado final delirante de la burbuja, bastaba con que la UE hubiera tenido, además del poder monetario nominal, "unas" competencias adicionales [cfr. supervisión de entidades de crédito, poder fiscal presupuestario y tributario].4] "Tenemos una responsabilidad de solucionar esto juntos".-La gestión de la crisis ya no es sólo competencia exclusiva de las Administraciones Públicas españolas; y se materializará ahora, en cuanto "los mercados continúen con sus desafíos". [/size](29/08/2012 07:55) [La empresa c-o-n-s-t-r-u-c-t-o-r-a Ferrovial no solo desconsolida BAA, sino que va más allá penetrando en la desinversión pura y dura; sus cifras pasan a ser la mitad o menos de las que han sido, y con una relación Pasivo:Recursos Propios de 3:1. No sé de qué hay que alegrarse. http://www.cnmv.es/AUDITA/2011/13310.pdf]QUE LA UE SE CORRESPONSABILICE DE LA BURBUJA INMOBILIARIA ESPAÑOLA ES UN PUÑETAZO EN LA MESA.-http://www.elmundo.es/elmundo/2012/08/28/economia/1346160977.htmlVan Rompuy, Presidente del Consejo Europeo:- "España tiene un desequilibrio por un 'boom inmobiliario' insostenible. Se creó dentro de España, pero también se hizo posible por unas deficiencias en la arquitectura de la Unión Europea. Tenemos una responsabilidad de solucionar esto juntos".Traducción:- "Proclamamos oficialmente que lo de España no es más que el pinchazo-derrumbe de su amada mierda de burbuja-pirámide generacional inmobiliaria, convertida en monolocomotora económica [modelo C-o-n-s-t-r-u-c-c-i-ó-n & Consumo], y que ha sido financiada fundamentalmente con ahorro centroeuropeo. No vamos a permitir que los gobernantes españoles tengan ideas resurreccionistas propias".
Cita de: BENDITALIQUIDEZ en Agosto 28, 2012, 22:02:12 pmTiene que ser la leche llevar 15 años metiendo toda tu liquidez en chorraditas para el pisito y la casita y darse cuenta ahora que no eran nada más que "tunnings" inmobiliarios.A ver..., no seamos ahora más papistas que el Papa..., el que lleva 15 años pagando compró en 1997 y lo tiene pagado y bien pagado salvo que sea un energúmeno.
Tiene que ser la leche llevar 15 años metiendo toda tu liquidez en chorraditas para el pisito y la casita y darse cuenta ahora que no eran nada más que "tunnings" inmobiliarios.
Es maravilloso, en realidad. Bruselas ya ha cumplido: ha dado ocasiones más que de sobra para que el gobierno demostrara que se puede ocmportar de forma responsable.Después de seis meses de bochornos continuados, ya toca que comiencen a microgestionarnos. Hemos demostrado que lo necesitamos. Que ahora los no-gobernantes del PPSOE, demostrádamente incapaces, no pueden aludir a soberanía.