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Ahí, ayudando..CitarLos españoles que salgan al extranjero a buscar trabajo perderán automáticamente la prestación por desempleo. Así lo establece el Gobierno en el Real-Decreto ley de medidas antidéficit aprobado ayer y publicado este sábado en el Boletín Oficial del Estado.Con esta nueva medida queda reformada la norma vigente, el Real Decreto 1369/2006, de 24 de noviembre, que regulaba el programa de renta activa de inserción para desempleados con especiales necesidades económicas. Según la norma, los parados con derecho a prestación por desempleo podían, hasta hoy, viajar a otros países de la Unión Europea y seguir recibiendo el subsidio durante tres meses –prorrogables a otros tres–. La condición era inscribirse como demandante de empleo en el país de destino. También existía la posibilidad de abandonar España durante quince días sin perder la prestación; en ese caso había que comunicarlo en la oficina de empleo y esperar a la emisión de una autorización. La intención de la antigua norma, resumida a efectos didácticos en la guía editada por el Servicio Público de Empleo Estatal, era permitir la "interrupción en el cobro de la prestación" si el motivo del traslado era "trabajar, buscar empleo, realizar estudios que mejoren la cualificación profesional o participar en acciones de cooperación internacional". La prestación se extinguía al pasar 12 o más meses fuera de España.http://www.elconfidencial.com/espana/2012/07/14/empleo%2Dsuspendera%2Dla%2Dprestacion%2Da%2Dun%2Dparado%2Dsi%2Daprecia%2Dindicios%2Dsuficientes%2Dde%2Dfraude%2D101945/
Los españoles que salgan al extranjero a buscar trabajo perderán automáticamente la prestación por desempleo. Así lo establece el Gobierno en el Real-Decreto ley de medidas antidéficit aprobado ayer y publicado este sábado en el Boletín Oficial del Estado.Con esta nueva medida queda reformada la norma vigente, el Real Decreto 1369/2006, de 24 de noviembre, que regulaba el programa de renta activa de inserción para desempleados con especiales necesidades económicas. Según la norma, los parados con derecho a prestación por desempleo podían, hasta hoy, viajar a otros países de la Unión Europea y seguir recibiendo el subsidio durante tres meses –prorrogables a otros tres–. La condición era inscribirse como demandante de empleo en el país de destino. También existía la posibilidad de abandonar España durante quince días sin perder la prestación; en ese caso había que comunicarlo en la oficina de empleo y esperar a la emisión de una autorización. La intención de la antigua norma, resumida a efectos didácticos en la guía editada por el Servicio Público de Empleo Estatal, era permitir la "interrupción en el cobro de la prestación" si el motivo del traslado era "trabajar, buscar empleo, realizar estudios que mejoren la cualificación profesional o participar en acciones de cooperación internacional". La prestación se extinguía al pasar 12 o más meses fuera de España.http://www.elconfidencial.com/espana/2012/07/14/empleo%2Dsuspendera%2Dla%2Dprestacion%2Da%2Dun%2Dparado%2Dsi%2Daprecia%2Dindicios%2Dsuficientes%2Dde%2Dfraude%2D101945/
También cambian las condiciones del subsidio de desempleo:Citar«1. Serán beneficiarios del subsidio:3. Los trabajadores mayores de cincuenta y cinco años (antes 52), aun cuando no tengan responsabilidades familiares, (...)«3. A efectos de determinar el requisito de carencia de rentas y, en su caso, de responsabilidades familiares, a que se refiere el apartado 1 de este artículo:2. Se considerarán como rentas o ingresos computables cualesquiera bienes, derechos o rendimientos derivados del trabajo, del capital mobiliario o inmobiliario, de las actividades económicas y los de naturaleza prestacional, salvo las asignaciones de la Seguridad Social por hijos a cargo y salvo el importe de las cuotas destinadas a la financiación del convenio especial con la Administración de la Seguridad Social. También se considerarán rentas las plusvalías o ganancias patrimoniales, así como los rendimientos que puedan deducirse del montante económico del patrimonio, aplicando a su valor el 100 por 100 del tipo de interés legal del dinero vigente (antes 50 por 100), con la excepción de la vivienda habitualmente ocupada por el trabajador y de los bienes cuyas rentas hayan sido computadas, todo ello en los términos que se establezca reglamentariamente.
«1. Serán beneficiarios del subsidio:3. Los trabajadores mayores de cincuenta y cinco años (antes 52), aun cuando no tengan responsabilidades familiares, (...)«3. A efectos de determinar el requisito de carencia de rentas y, en su caso, de responsabilidades familiares, a que se refiere el apartado 1 de este artículo:2. Se considerarán como rentas o ingresos computables cualesquiera bienes, derechos o rendimientos derivados del trabajo, del capital mobiliario o inmobiliario, de las actividades económicas y los de naturaleza prestacional, salvo las asignaciones de la Seguridad Social por hijos a cargo y salvo el importe de las cuotas destinadas a la financiación del convenio especial con la Administración de la Seguridad Social. También se considerarán rentas las plusvalías o ganancias patrimoniales, así como los rendimientos que puedan deducirse del montante económico del patrimonio, aplicando a su valor el 100 por 100 del tipo de interés legal del dinero vigente (antes 50 por 100), con la excepción de la vivienda habitualmente ocupada por el trabajador y de los bienes cuyas rentas hayan sido computadas, todo ello en los términos que se establezca reglamentariamente.
Báñez: 'Podemos mirar a la cara a los parados' pese a los recortes'
Personalmente prefiero subirles el sueldo a los alcaldes y exigir gente competente y profesional.¿Qué esperamos tener por 60.000€, gobernando ciudades de 1, 2 o 3 millones de habitantes?
Si esto le parece a usted que no es sometimiento por la fuerza... pues me lo explique:"Toda la policía autonómica catalana se la merienda el EZAPAC (y sobran la mitad), ni por adiestramiento (son una birria, chulos con los indefensos, mirad las sentencias por malos tratos), ni por armamento (repetidoras en el mejor de los casos contra HK's, MG-42, C-90, Morteros de 60 mm, amelis y si te descuidas Browning 12'7), ni por nada.Y si en lugar de enviar a los zapadores se manda la FGNE, con una sección se los meriendan enteros. Para que os hagais una idea, los de la NAvy Seal son una panda de mariquitas comparada con esa gente.Y eso sin hablar del MOE, de algunos regimientos de caballería ligera (los hay muy potentes), de unidades escogidas de la legión, o de los regimientos de infantería acorazada, (un leopard II da muchisimo miedo, no se puede meter en una ciudad, pero te puede encerrar en ella).Que a pesar de todo, en el ejército hay cosas muy serias, pero muy serias, otra cosa es si entraría en combate.Un saludo"
Cita de: Pagador de Fuckturas en Julio 14, 2012, 11:38:54 amCita de: Gardel en Julio 14, 2012, 10:23:13 amCita de: EsquenotengoTDT en Julio 14, 2012, 03:16:51 amCuando acabe el revolcón ya se verá en qué quedan las deudas odiosas, y cómo se reajustan los números al sistema monetario y de bloques que haya dentro de unos años. En cualquier caso:A ver si la peña va entendiendo que cuando votan a un cargo, el tío que salga elegido tiene Poderes Legales para firmar compromisos de pago en tu nombre, con la misma validez que si los hubieras firmado tú, con rúbrica y todo.Si lo interiorizara así todo el mundo igual se pensaban dos veces lo de votar al menos malo.PS: En tu nombre y en el de tus hijos y nietos.PPS: Ah, y si no votas, firman igual. Por eso lo de la "abstención activa" me parece un berrinche infantil y suicida.Aquí un practicante del berrinche infantil y suicida.Se les legitima para que firmen y asuman compromisos en nuestro nombre, lo normal en cualquier sistema representativo, una empresa digamos.No se les exigen responsabilidades por sus decisiones y no porque sea deuda odiosa o ilegítima- en España no hay de eso- en ocasiones simplemente es ilegal pero nadie tiene bemoles a meterlos en cintura ni a denunciarlos. He ahí el problema, corrupcion y abuso de poder basado en herencia castuza, contra ello separación de poderes, vigilancia civil, democracia real, etcEn mi opinión, ya lo hemos hablado, el control civil sobre lo político y lo financiero es la única salida para llegar a algo mejor; no que votemos al bueno que por cierto no existe, en todo caso el adecuado para el momento histórico.Los hay que pensamos que no queremos participar legitimando a ninguno con el voto, ya bastante tenemos con pagar impuestos que al final es lo que cuenta.Le he dado un thanks, pero no comparto todo el post. Aun asi le agradezco mucho su aportacion.En España si que ha habido deuda odiosa (http://es.wikipedia.org/wiki/Deuda_odiosa)en mi opinion. Entiendo que el Juan Español ha de pasar dolor, pero con el objetivo de que aprenda que con ir a votar cada 4 años no sirve. Que hay que responsabilizarse de lo que vota, y sobre todo empezar a controlar a los politicos y empezar a exigir mas participacion ciudadana en las decisiones politico-economicas y volverse radicalmente opuesto a la corrupcion.Creo que parte de la deuda si es odiosa (es mi opinion y puedo estar perfectamente equivocado)Le respondo citando al forero Spielzeug en burbuja tiempo atrás:CitarLa "deuda odiosa" no es considerada como tal en una democracia ya que se supone que los gobiernos que se han endeudado, son los representantes legitimos de la poblacion en su conjunto.Una de las virtudes de la "democracia": pese a que el 99% de la actividad gubernamental no tiene nada que ver con las promesas que les llevaron al poder, se considera que las politicas efectuadas son completamente legitimas ya que el poder del gobierno surge de la legitimidad otorgada por el "pueblo soberano" en las elecciones.En otras palabras: las consecuencias de las decisiones de un gobierno democraticamente elegido, las sufre su poblacion, la cual, no puede hacer nada al respecto ya que la legitimidad de ese gobierno surge de si misma.
Cita de: Gardel en Julio 14, 2012, 10:23:13 amCita de: EsquenotengoTDT en Julio 14, 2012, 03:16:51 amCuando acabe el revolcón ya se verá en qué quedan las deudas odiosas, y cómo se reajustan los números al sistema monetario y de bloques que haya dentro de unos años. En cualquier caso:A ver si la peña va entendiendo que cuando votan a un cargo, el tío que salga elegido tiene Poderes Legales para firmar compromisos de pago en tu nombre, con la misma validez que si los hubieras firmado tú, con rúbrica y todo.Si lo interiorizara así todo el mundo igual se pensaban dos veces lo de votar al menos malo.PS: En tu nombre y en el de tus hijos y nietos.PPS: Ah, y si no votas, firman igual. Por eso lo de la "abstención activa" me parece un berrinche infantil y suicida.Aquí un practicante del berrinche infantil y suicida.Se les legitima para que firmen y asuman compromisos en nuestro nombre, lo normal en cualquier sistema representativo, una empresa digamos.No se les exigen responsabilidades por sus decisiones y no porque sea deuda odiosa o ilegítima- en España no hay de eso- en ocasiones simplemente es ilegal pero nadie tiene bemoles a meterlos en cintura ni a denunciarlos. He ahí el problema, corrupcion y abuso de poder basado en herencia castuza, contra ello separación de poderes, vigilancia civil, democracia real, etcEn mi opinión, ya lo hemos hablado, el control civil sobre lo político y lo financiero es la única salida para llegar a algo mejor; no que votemos al bueno que por cierto no existe, en todo caso el adecuado para el momento histórico.Los hay que pensamos que no queremos participar legitimando a ninguno con el voto, ya bastante tenemos con pagar impuestos que al final es lo que cuenta.Le he dado un thanks, pero no comparto todo el post. Aun asi le agradezco mucho su aportacion.En España si que ha habido deuda odiosa (http://es.wikipedia.org/wiki/Deuda_odiosa)en mi opinion. Entiendo que el Juan Español ha de pasar dolor, pero con el objetivo de que aprenda que con ir a votar cada 4 años no sirve. Que hay que responsabilizarse de lo que vota, y sobre todo empezar a controlar a los politicos y empezar a exigir mas participacion ciudadana en las decisiones politico-economicas y volverse radicalmente opuesto a la corrupcion.Creo que parte de la deuda si es odiosa (es mi opinion y puedo estar perfectamente equivocado)
Cita de: EsquenotengoTDT en Julio 14, 2012, 03:16:51 amCuando acabe el revolcón ya se verá en qué quedan las deudas odiosas, y cómo se reajustan los números al sistema monetario y de bloques que haya dentro de unos años. En cualquier caso:A ver si la peña va entendiendo que cuando votan a un cargo, el tío que salga elegido tiene Poderes Legales para firmar compromisos de pago en tu nombre, con la misma validez que si los hubieras firmado tú, con rúbrica y todo.Si lo interiorizara así todo el mundo igual se pensaban dos veces lo de votar al menos malo.PS: En tu nombre y en el de tus hijos y nietos.PPS: Ah, y si no votas, firman igual. Por eso lo de la "abstención activa" me parece un berrinche infantil y suicida.Aquí un practicante del berrinche infantil y suicida.Se les legitima para que firmen y asuman compromisos en nuestro nombre, lo normal en cualquier sistema representativo, una empresa digamos.No se les exigen responsabilidades por sus decisiones y no porque sea deuda odiosa o ilegítima- en España no hay de eso- en ocasiones simplemente es ilegal pero nadie tiene bemoles a meterlos en cintura ni a denunciarlos. He ahí el problema, corrupcion y abuso de poder basado en herencia castuza, contra ello separación de poderes, vigilancia civil, democracia real, etcEn mi opinión, ya lo hemos hablado, el control civil sobre lo político y lo financiero es la única salida para llegar a algo mejor; no que votemos al bueno que por cierto no existe, en todo caso el adecuado para el momento histórico.Los hay que pensamos que no queremos participar legitimando a ninguno con el voto, ya bastante tenemos con pagar impuestos que al final es lo que cuenta.
Cuando acabe el revolcón ya se verá en qué quedan las deudas odiosas, y cómo se reajustan los números al sistema monetario y de bloques que haya dentro de unos años. En cualquier caso:A ver si la peña va entendiendo que cuando votan a un cargo, el tío que salga elegido tiene Poderes Legales para firmar compromisos de pago en tu nombre, con la misma validez que si los hubieras firmado tú, con rúbrica y todo.Si lo interiorizara así todo el mundo igual se pensaban dos veces lo de votar al menos malo.PS: En tu nombre y en el de tus hijos y nietos.PPS: Ah, y si no votas, firman igual. Por eso lo de la "abstención activa" me parece un berrinche infantil y suicida.
La "deuda odiosa" no es considerada como tal en una democracia ya que se supone que los gobiernos que se han endeudado, son los representantes legitimos de la poblacion en su conjunto.Una de las virtudes de la "democracia": pese a que el 99% de la actividad gubernamental no tiene nada que ver con las promesas que les llevaron al poder, se considera que las politicas efectuadas son completamente legitimas ya que el poder del gobierno surge de la legitimidad otorgada por el "pueblo soberano" en las elecciones.En otras palabras: las consecuencias de las decisiones de un gobierno democraticamente elegido, las sufre su poblacion, la cual, no puede hacer nada al respecto ya que la legitimidad de ese gobierno surge de si misma.
No os chirría q estén dando las subidas del iva con ejemplos en los q los consumidores nos lo comemos enterito? Nada, aqui los precios se ponen según gastos + margen y a chutar, que esas cosas de economía rara solo son pa los de finanzas. Que es eso de formación de precios, se suma y arreando...Hace unos días oí en la radio a varios peq. comercio, todos lloriqueando q si dan más calidad y tal. Ni uno esperabaalgo distinto a que de repente todo el mundo volviera a tener dinero para darselo, ni uno.
Cita de: panoli en Julio 13, 2012, 23:55:59 pmEsta foto no es Andrea Fabra, es Marta Gallen:http://www.levante-emv.com/castello/2011/06/12/policia-desaloja-losindignados-aparcamiento-consistorio/815363.htmlJoder, para no estar organizados en eso de generar tensión en la calle, lo están haciendo de puta madre.
Esta foto no es Andrea Fabra, es Marta Gallen:http://www.levante-emv.com/castello/2011/06/12/policia-desaloja-losindignados-aparcamiento-consistorio/815363.html
esto es ya para nota.http://www.boe.es/boe/dias/2012/07/14/pdfs/BOE-A-2012-9364.pdfpágina 56. opinones? Cedulas de Internacionalizacion
Primero. Las entidades de crédito podrán realizar emisiones de valores de renta fija con la denominación exclusiva de «Cédulas de internacionalización»[...]Quinto. Los tenedores de las cédulas tendrán derecho preferente sobre los activos a los que se refiere el apartado primero del presente artículo para el cobro de los derechos derivados del título que ostenten sobre dichos valores[...]Sexto. Las cédulas emitidas por una entidad de crédito, pendientes de amortización, tendrán el mismo trato que las cédulas hipotecarias[...]Séptimo. Las cédulas de internacionalización emitidas podrán ser admitidas a negociación en los mercados de valores[...]
Cita de: Gardel en Julio 14, 2012, 14:33:42 pmAhí, ayudando..CitarLos españoles que salgan al extranjero a buscar trabajo perderán automáticamente la prestación por desempleo. Así lo establece el Gobierno en el Real-Decreto ley de medidas antidéficit aprobado ayer y publicado este sábado en el Boletín Oficial del Estado.Con esta nueva medida queda reformada la norma vigente, el Real Decreto 1369/2006, de 24 de noviembre, que regulaba el programa de renta activa de inserción para desempleados con especiales necesidades económicas. Según la norma, los parados con derecho a prestación por desempleo podían, hasta hoy, viajar a otros países de la Unión Europea y seguir recibiendo el subsidio durante tres meses –prorrogables a otros tres–. La condición era inscribirse como demandante de empleo en el país de destino. También existía la posibilidad de abandonar España durante quince días sin perder la prestación; en ese caso había que comunicarlo en la oficina de empleo y esperar a la emisión de una autorización. La intención de la antigua norma, resumida a efectos didácticos en la guía editada por el Servicio Público de Empleo Estatal, era permitir la "interrupción en el cobro de la prestación" si el motivo del traslado era "trabajar, buscar empleo, realizar estudios que mejoren la cualificación profesional o participar en acciones de cooperación internacional". La prestación se extinguía al pasar 12 o más meses fuera de España.http://www.elconfidencial.com/espana/2012/07/14/empleo%2Dsuspendera%2Dla%2Dprestacion%2Da%2Dun%2Dparado%2Dsi%2Daprecia%2Dindicios%2Dsuficientes%2Dde%2Dfraude%2D101945/creo que mete la pata el confi, como puse en b.infoes solo para los de 400 no?El Real Decreto 1369/2006, de 24 de noviembre, por el que se regula el programa de renta activa de inserción para desempleados con especiales necesidades económicas y dificultad para encontrar empleo, se modifica en los términos siguientes