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Autor Tema: Re:PPCC: Pisitófilos Creditófagos. Invierno 2025  (Leído 499373 veces)

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Cadavre Exquis

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Cadavre Exquis

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Re:PPCC: Pisitófilos Creditófagos. Invierno 2025
« Respuesta #3842 en: Marzo 19, 2025, 08:21:52 am »
¿Y quién le pone el cascabel al gato?

Ya no hay solución sin dolor y sin perdedores. Hace muchos años que no la hay, pero sólo es ahora cuando el olor del pedo llega a la nariz.

Las empresas han demostrado no ser especialmente amigas del trabajo remoto a tiempo completo, ha habido una reversión importante de lo avanzado en pandemia. En parte porque las propias empresas no han sabido orientarse a un modelo de objetivos más que de horas calentando la silla, en parte por la devaluación del inmobiliario de las oficinas. Sin olvidar que algunas han usado la excusa de la vuelta a la oficina para hacer EREs encubiertos.

Si no se quiere trabajo online en masa y mover población a la España de provincias, no queda más alternativa que ir a por el sacrosanto fetiche: la vivienda.

Transportistas de mercancías: «No se viene a Ibiza por 700 euros más de sueldo»

El pedo ya ha llegado a muchas narices. Los trabajadores ya te dicen en masa que no les sale a cuenta ir a ciertos destinos. Hay casos en los que al trabajador le sale hasta a pagar.


Pues ale, a pensar ese proyecto nuevo de ciudad y país, que pasa necesariamente por entender que el currito tiene que poder vivir del salario. Y eso incluye todo, no sólo la vivienda. En un piso de mierda de 40m2 o menos no se puede fundar una familia en condiciones. Pero nada, es lo que se ha elegido, taparse la nariz hasta que las empresas han descubierto que cada vez les va a costar más operar.

El cierre de ese artículo dice: Como posible incentivo, Raya cuenta que en Balears se acabe de renovar el convenio del sector para subir el salario de los conductores del transporte (un 20% en tres años) y, aún así: «En Ibiza los sueldos tienen que ser más elevados, porque sino no se podría vivir».

¿Cuanto creen que falta para que el discurso acerca del desajuste entre sueldos y vivienda se ponga del lado correcto?

(Se admiten respuestas entre dos horas y nunca que estén razonablemente argumentadas)

Aunque esta respuesta está descalificada por no seguir las reglas :roto2: , ocurrirá cuando no quede suficiente dinero en la caja, porque las matemáticas son puñeteras y no se dejan retorcer.

Como mucho, pasará antes cuando sea obvio que subir el salario sólo provoca que los rentistas se vengan aún más arriba.

Al matón de patio de colegio sólo le paras los pies cuando ves claro que sólo vale hacerle frente. Que es o él o tú. Que todo lo que sea intentar apaciguarle no sirve.

berberecho

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Re:PPCC: Pisitófilos Creditófagos. Invierno 2025
« Respuesta #3843 en: Marzo 19, 2025, 09:27:04 am »
¿Qué inspiración en seguridad en profundidad se puede imbuir en viejos rentistas, jóvenes desnortados e inmigrantes que se niegan a integrarse en Europa?

Ya contesto yo: ninguna.

No hay una sola persona en toda Europa con la más mínima intención de levantar un fusil contra nadie. En hacer un pase-pisito o volverse rentista, sí. Pero siquiera pensar en pegar un tiro? vamos, no fastidies. Otra cosa es que nos metan la mano en el bolsillo como hacen siempre, eso sí.

Y mucho, pero mucho tiene que cambiar la cosa para re-militarizar de verdad a Europa. Muchos años hacen falta de verle las orejas al lobo de verdad.

Y esto no es elegir bando: es ver la pura realidad.

Elcasco

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Re:PPCC: Pisitófilos Creditófagos. Invierno 2025
« Respuesta #3844 en: Marzo 19, 2025, 10:42:32 am »
https://www.funcas.es/prensa/el-panel-de-funcas-sube-su-prevision-de-pib-para-2025-al-25-y-avanza-una-desaceleracion-hasta-el-19-en-2026/

Citar
El Panel de Funcas prevé que el PIB español crezca este año un 2,4% frente al 3,1% en 2024

Fecha: 17 marzo 2025

La aportación de la demanda nacional se revisa al alza, y la del sector exterior a la baja, en un contexto internacional incierto

La tasa media anual de la inflación general este año será del 2,5% y del 2,3% en la subyacente; para 2026, la previsión para ambas medias anuales es del 2,1%

Los panelistas esperan un déficit público del 2,9% tanto este año como el próximo

Madrid, 17/03/2025 |  El crecimiento del PIB superior a lo previsto en el último trimestre de 2024 ha provocado un efecto arrastre que ha llevado al Panel de Funcas a subir una décima la estimación para 2025, hasta el 2,5%. La aportación de la demanda nacional se ha revisado dos décimas al alza hasta los 2,7 puntos porcentuales, por el mayor crecimiento esperado de la inversión, que compensará la moderación del consumo privado y del consumo público. El sector exterior restará dos décimas, una más que en el anterior consenso.

El Panel de marzo incluye por primera vez las previsiones de PIB para 2026: la media se sitúa en el 1,9%, con un mínimo del 1,7% y un máximo del 2,3%. La desaceleración de seis décimas respecto a la estimación para 2025 procedería de los componentes de la demanda nacional. Así, esta reducirá su contribución a 2,1 puntos porcentuales, mientras que el sector exterior restaría dos décimas.

En cuanto a la inflación, para este año se prevé una tasa media anual del 2,5% en la general, tres décimas más respecto a la anterior previsión, y del 2,3% para la subyacente, que se mantiene sin cambios. Para 2026, la previsión para las tasas medias anuales se sitúa en el 2,1% tanto para la general como para la subyacente. Las interanuales del índice general en diciembre serían del 2,4% este año y del 2,1% en 2026.

Los panelistas esperan un crecimiento del empleo EPA del 1,9% en 2025, una décima más de lo estimado en enero, y una desaceleración hasta el 1,4% para 2026. La tasa de desempleo media anual prevista para este año es del 10,7%, cuatro décimas menos que en el Panel previo, y del 10,3% en 2026.

La estimación del consenso de déficit público es del 2,9% del PIB para este año, una décima menos respecto al anterior Panel. Para 2026 también se espera que se sitúe en el 2,9% del PIB, aunque hay que destacar la gran diferencia entre la menor (-2,4%) y la mayor previsión individual (-4,4%). El pesimismo de los panelistas, cuyas estimaciones se recogieron antes de la reciente escalada arancelaria y de las caídas de las bolsas, ha aumentado en relación al contexto internacional. En un entorno que complica la labor de los bancos centrales -por una parte, la desaceleración de la economía norteamericana, junto con la debilidad europea, crean un terreno propicio para recortar los tipos de interés y, por otra, la imposición de aranceles presiona al alza sobre los precios y obliga a una cierta cautela-, el Euribor a un año se mantiene en el entorno del 2,5%, y solo descendería alrededor de 30 puntos básicos hasta final de año, según el consenso.       



« última modificación: Marzo 19, 2025, 10:49:09 am por Elcasco »

asustadísimos

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Re:PPCC: Pisitófilos Creditófagos. Invierno 2025
« Respuesta #3845 en: Marzo 19, 2025, 10:54:39 am »
EL MODELO YA ES OTRO: COMEMIERDAS, ESTÁIS MUERTOS.—

La oficialización de la recesión en EE. UU. no tiene por qué no ser en las actas de la reunión del FOMC del 6-7 de mayo, que se conocerán, más o menos, dos semanas después, por poner una fecha, el 20-05-2025.

No puede haber un gráfico más expresivo sobre esta previsión que el posteado en este blog (transición estructural net) por 'Cadavre esquis', una verdadera joya: https://www.transicionestructural.net/index.php?topic=2619.msg240246#msg240246

Miedo a perder el empleo y recesiones en EEUU, 1980-2025

Este es un gráfico de los que nos gustan a nosotros. Abarca todo el modelito popularcapitalista, desde los 1980. ¿Dónde está hoy la recesión que debiera corresponder con el miedo a perder el empleo?

En el gráfico están representadas como barras verticales grises:
— la recesión conjugada con el cambio de modelo anterior al popularcapitalismo de mediados de los 1980;
— la recesión tras la 1.ª alza explosiva del popularcapitalismo (1986-1989);
— la recesión tras la 2.ª alza explosiva, de 1998 en adelante;
— la recesión y capitulación, en la 2.ª mitad de los 2000;
— la ilusoria o fantasmagórica 'recesión' cuando paramos la economía por la pandemia de cóvid 2020 (que nos quieren hacer creer que se trata de la recesión coyuntural ordinaria que tocaba); y
— abracadabra, la no recesión que toca desde hace tantísimo tiempo (y coincide con el cambio de modelo o patrón de Producción-Renta-Gasto), y que no ha querido darse hasta tener lastrada y frenada a la UE (oficialmente «creada para joder a EE. UU.»), afán para el que no ha importado cuántos europeos murieran o pasaran penuria y estrecheces (vivienda, energía).

No contento el dólar con la fractura del BR-exit y del US-exit, la pregunta es si ahora, con el daño hecho, se contentará con el lastre de 800.000 millones para el euro en Defensa o será capaz de montarnos otra guerrita de las suyas en territorio euroafricano, aparte de seguir taponándonos las tuberías del gas y el petróleo, y el canal de Suez.

De lo que no cabe duda, dicho por azules, rojos y morados, es que vivimos en un mundo nuevo. Está quedando atrás el fin del camino y la oficialización de la recesión del dólar será el primer aldabonazo de la nueva era.

El vídeo al que enlazamos a continuación es una alegoría para iniciados. Empieza con bebés en la Explanada de España, en Alicante, cuyo dibujo del suelo, por casualidad —no por Germán Bernácer—, representa cómo un ciclo estructural —todo el ancho del paseo— no es más que un paquete de ciclos coyunturales —expansión, recesión, expansión, recesión...—; salen Don Quijote y Sancho Panza de su 'parking'; y termina en Madrid, con un vuelo de helicóptero bernankiano, desde Defensa (Moncloa, Ministerio del Aire) hasta Cibeles, donde está el Banco España, el euro.


Karina, 'En un mundo nuevo' (1971)

Señoras, señores, todo ha cambiado. El popularcapitalismo está enterrado y jugar a él es suicidarse (comprar caro es de tontivano). En este blog sabemos que ha sido un proceso complejo y largo. Pero el común de los mortales está desconcertado. Incluso hay quien cree que solo estamos ante un quítame allá esas pajas. Para ellos, resentidos, todo lo supuestamente horrible que pasa se debe solo a las personas de fulanito (Trump), menganito (Putin) o zutanito (Sááánchez) o a sus 'élites'. Siguen apegados a sus mesas de juego popularcapitalista. Todo el día refunfuñando, quejándose de 'los políticos' o de 'la banca' o de cosas raras, como 'el wokismo' o el 'patriarcado'. Para ellos bastaría con regular desregulando o desregular regulando. ¡Qué vergüenza ajena! Porque son ellos mismos quienes han montado las regulaciones: no se fían unos de otros, en sus partidas de póquer.

¡A tomar viento fresco, los comemierdas con sus mierdas!

Somos bebés. Pongámonos a vivir el presente del nuevo ciclo estructural. Acabamos de nacer a una nueva vida. No perdamos el tiempo relamiendo heridas del pasado. Los primeros años de las nuevas eras son los mejores.

Pero esperen a que se venga todo abajo. Ahora bien, estén atentos porque todo va a ir deprisa, hay muchos intereses creados y, al principio, funcionan bien los tapujos. Recuerden cómo al día siguiente a desvelarse toda estafa, siempre sale el estafador con una trola que cuela.

asustadísimos

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Re:PPCC: Pisitófilos Creditófagos. Invierno 2025
« Respuesta #3846 en: Marzo 19, 2025, 10:55:37 am »
[Perdona, 'Elcasco', te he eliminado el comentario que leías mientras lo retocaba.]

sargento.algodon

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Re:PPCC: Pisitófilos Creditófagos. Invierno 2025
« Respuesta #3847 en: Marzo 19, 2025, 10:56:52 am »
¿Y quién le pone el cascabel al gato?

Ya no hay solución sin dolor y sin perdedores. Hace muchos años que no la hay, pero sólo es ahora cuando el olor del pedo llega a la nariz.

Las empresas han demostrado no ser especialmente amigas del trabajo remoto a tiempo completo, ha habido una reversión importante de lo avanzado en pandemia. En parte porque las propias empresas no han sabido orientarse a un modelo de objetivos más que de horas calentando la silla, en parte por la devaluación del inmobiliario de las oficinas. Sin olvidar que algunas han usado la excusa de la vuelta a la oficina para hacer EREs encubiertos.

Si no se quiere trabajo online en masa y mover población a la España de provincias, no queda más alternativa que ir a por el sacrosanto fetiche: la vivienda.

Transportistas de mercancías: «No se viene a Ibiza por 700 euros más de sueldo»

El pedo ya ha llegado a muchas narices. Los trabajadores ya te dicen en masa que no les sale a cuenta ir a ciertos destinos. Hay casos en los que al trabajador le sale hasta a pagar.


Pues ale, a pensar ese proyecto nuevo de ciudad y país, que pasa necesariamente por entender que el currito tiene que poder vivir del salario. Y eso incluye todo, no sólo la vivienda. En un piso de mierda de 40m2 o menos no se puede fundar una familia en condiciones. Pero nada, es lo que se ha elegido, taparse la nariz hasta que las empresas han descubierto que cada vez les va a costar más operar.

Citar
Transportistas de mercancías: «No se viene a Ibiza por 700 euros más de sueldo»
https://www.diariodeibiza.es/ibiza/2025/03/17/transportistas-mercancias-ibiza-sueldo-115357509.html

Por esta razón, Raya apunta que muchas empresas alquilan pisos que destinan a los trabajadores que vengan de fuera a hacer la temporada.

Que no. Que ya se dijo por aquí. Que eso es un fraude a hacienda y a la seguridad social. Si los empleadores quieren pagar el piso a los empleados, que lo incluyan en la nómina y tribute como sueldo, no como gasto de la empresa.

Todoi fraude que tiene que ver con El Pisito, estará tolerado por las clases medias, y sus mafias politico-mediaticas lo taparan.

El proporcionar vivienda a los trabajadores está contemplado en el IRPF, como rentas en especie. Que como todo salario pagado al trabajador, es deducible en el Impuesto sobre Sociedades...
https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/ayuda/manuales-videos-folletos/manuales-ayuda-presentacion/irpf-2023/7-cumplimentacion-irpf/7_1-rendimientos-trabajo-personal/7_1_2-rentas-especie/7_1_2_2-reglas-valoracion.html

Ando algo espeso
¿ Cuál sería el efecto fiscal para empleado y empleador ?
Gracias en todo caso

Proporcionar una vivienda al empleado le supone al empleado un ingreso en especie (utilización, consumo u obtención para fines particulares de bienes, derechos o servicios de forma gratuita o por precio inferior al normal de mercado, aunque no supongan gasto real para quien los concede.), que se encuadra en los rendimientos del trabajo. No puede ser entregar un dinero en metálico para que esté lo emplee en el alquiler, ya que eso es una retribución dineraria.
En resumen, es una parte del salario que no se paga en dinero sino en un derecho a usar una vivienda. De acuerdo con el artículo 43 de la Ley de IRPF, si el inmueble es propiedad del empleador, se valora la retribución por el 10 por ciento del valor catastral (o 5% si se revisaron los valores recientemente).
La valoración resultante no podrá exceder del 10 por ciento de las restantes contraprestaciones del trabajo.
Si la vivienda no es propiedad del pagador, es decir, el empleador es el arrendatario de una vivienda y la cede a sus empleados, la retribución por la que tributa el empleado es el coste que paga el empleador.

Hay ciertas retribuciones en especie que están exentas (comedores, cheques comida, servicios culturales, seguros de enfermedad, transporte colectivo al lugar de trabajo, opciones sobre acciones) con límites reglamentarios y bonitas historias de negociaciones y cambios en la normativa que hunden o salvan a empresas de intermediación. Y otras prestaciones que no se consideran retribución porque o bien la ley lo excluye (cursos de formación, seguros de accidentes o de responsabilidad civil) o bien no hay utilización particular por el trabajador (uniformes, por ejemplo).

De conformidad con la legislación laboral, en ningún caso el salario en especie puede superar el 30% de las percepciones salariales del trabajador.

Y el empleador ha de realizar un ingreso a cuenta del IRPF futuro del empleado, una especie de retención que puede suponer incluso más valor del ingreso por el trabajo.

El Tribunal de Justicia de la UE ha estado también dictando sentencias sobre si estas cuestiones van con IVA o no generando un bonito caos sobre el tema de si se renuncia o no a una parte del sueldo en dinero para obtener esos servicios para que tengan la consideración de sujetos a IVA o no.

Para el empleador es un gasto deducible en su impuesto (ya sea IRPF o IS) ya que es un gasto salarial, necesario para realizar su actividad económica, por su coste de producción o precio de adquisición o por su valor de mercado.

Es el tema de los coches de empresa de toda la vida. El que lo tiene, lo sabe. Salvo yo, que lo sé porque me preguntan pero voy en bici al trabajo y no me lo pagan.
« última modificación: Marzo 19, 2025, 10:58:23 am por sargento.algodon »

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Re:PPCC: Pisitófilos Creditófagos. Invierno 2025
« Respuesta #3848 en: Marzo 19, 2025, 11:15:24 am »
Una reflexión sobre la cesión de viviendas a empleados como retribución en especie y porque no suele ser usado. La ley pone límites a estas retribuciones en especie (límite máximo a esta retribución el 10% de las restantes contraprestaciones por ese empleo) lo cual significa que, si por ejemplo el sueldo medio en Madrid es de 2.900 euros (lo vi ayer), el empleador solo podría dar una vivienda cuyo alquiler fuera de 290 euros mensuales o cuyo valor catastral fuera de 69.600 euros (290*12 sería el 5% de dicho valor). En Madrid no hay muchos con esas condiciones y creo que en Ibiza menos.
Además las retribuciones en especie, según el derecho laboral, sólo pueden llegar hasta el 30% de las dinerarias.

Saturio

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Re:PPCC: Pisitófilos Creditófagos. Invierno 2025
« Respuesta #3849 en: Marzo 19, 2025, 12:19:56 pm »
Una reflexión sobre la cesión de viviendas a empleados como retribución en especie y porque no suele ser usado. La ley pone límites a estas retribuciones en especie (límite máximo a esta retribución el 10% de las restantes contraprestaciones por ese empleo) lo cual significa que, si por ejemplo el sueldo medio en Madrid es de 2.900 euros (lo vi ayer), el empleador solo podría dar una vivienda cuyo alquiler fuera de 290 euros mensuales o cuyo valor catastral fuera de 69.600 euros (290*12 sería el 5% de dicho valor). En Madrid no hay muchos con esas condiciones y creo que en Ibiza menos.
Además las retribuciones en especie, según el derecho laboral, sólo pueden llegar hasta el 30% de las dinerarias.

Existe, además, otro límite legal en el Estatuto de los Trabajadores:

Cito a Carlos Moradillo Larios, Inspector de Trabajo y Seguridad Social - Ministerio de Trabajo

https://vlex.es/vid/retribuciones-salariales-especie-cotizacion-114720

Citar
Ni el ordenamiento positivo español ni los intereses de los trabajadores son proclives a que el trabajo se retribuya íntegramente en especie. Si el abono se hace en esta modalidad, no podrá exceder del "30 por ciento del salario total" resultante del importe del salario en dinero sumado al salario en especie, según dispone el art. 26.1 ET[8]. Esta norma ha sido considerada "de derecho necesario absoluto e indisponible".

muyuu

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Re:PPCC: Pisitófilos Creditófagos. Invierno 2025
« Respuesta #3850 en: Marzo 19, 2025, 12:28:22 pm »
El gasto militar depende de cómo se haga puede ser muy rentable.

EEUU ha incorporado generaciones de proto-ninis al mercado laboral y ha integrado inmigrantes de primera generación a mansalva, dándoles una formación profesional de mejor calidad que la privada. Por otro lado también ha generado muchos veteranos que están para el arrastre.

Pero la formación militar es probablemente la mejor inserción históricamente para las clases bajas, desde la antigüedad. Desde luego mucho mejor que dar paguitas a chavales sanos y jóvenes para que se queden en su casa machacándosela.

sobre este tema, en UK ya se habla de ello y son los laboristas


Saturio

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Re:PPCC: Pisitófilos Creditófagos. Invierno 2025
« Respuesta #3851 en: Marzo 19, 2025, 12:31:02 pm »
Una reflexión sobre la cesión de viviendas a empleados como retribución en especie y porque no suele ser usado. La ley pone límites a estas retribuciones en especie (límite máximo a esta retribución el 10% de las restantes contraprestaciones por ese empleo) lo cual significa que, si por ejemplo el sueldo medio en Madrid es de 2.900 euros (lo vi ayer), el empleador solo podría dar una vivienda cuyo alquiler fuera de 290 euros mensuales o cuyo valor catastral fuera de 69.600 euros (290*12 sería el 5% de dicho valor). En Madrid no hay muchos con esas condiciones y creo que en Ibiza menos.
Además las retribuciones en especie, según el derecho laboral, sólo pueden llegar hasta el 30% de las dinerarias.

Existe, además, otro límite legal en el Estatuto de los Trabajadores:

Cito a Carlos Moradillo Larios, Inspector de Trabajo y Seguridad Social - Ministerio de Trabajo

https://vlex.es/vid/retribuciones-salariales-especie-cotizacion-114720

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Ni el ordenamiento positivo español ni los intereses de los trabajadores son proclives a que el trabajo se retribuya íntegramente en especie. Si el abono se hace en esta modalidad, no podrá exceder del "30 por ciento del salario total" resultante del importe del salario en dinero sumado al salario en especie, según dispone el art. 26.1 ET[8]. Esta norma ha sido considerada "de derecho necesario absoluto e indisponible".

Por cierto, Sargento, he leído la norma de valoración en la página de la AEAT y hay algo que no entiendo. La puesta a disposición se va a hacer sí o sí. Otra cosa es que la valoración supere el 10% del resto de retribuciones (en especie o dinerarias). ¿Qué ocurre si la supera?. Es decir, hasta ese 10% es retribución en especie, pero la puesta a disposición existe...¿Cómo se imputa entonces esa renta que efectivamente se está produciendo?


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Re:PPCC: Pisitófilos Creditófagos. Invierno 2025
« Respuesta #3852 en: Marzo 19, 2025, 13:12:36 pm »
Una reflexión sobre la cesión de viviendas a empleados como retribución en especie y porque no suele ser usado. La ley pone límites a estas retribuciones en especie (límite máximo a esta retribución el 10% de las restantes contraprestaciones por ese empleo) lo cual significa que, si por ejemplo el sueldo medio en Madrid es de 2.900 euros (lo vi ayer), el empleador solo podría dar una vivienda cuyo alquiler fuera de 290 euros mensuales o cuyo valor catastral fuera de 69.600 euros (290*12 sería el 5% de dicho valor). En Madrid no hay muchos con esas condiciones y creo que en Ibiza menos.
Además las retribuciones en especie, según el derecho laboral, sólo pueden llegar hasta el 30% de las dinerarias.

Existe, además, otro límite legal en el Estatuto de los Trabajadores:

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https://vlex.es/vid/retribuciones-salariales-especie-cotizacion-114720

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Ni el ordenamiento positivo español ni los intereses de los trabajadores son proclives a que el trabajo se retribuya íntegramente en especie. Si el abono se hace en esta modalidad, no podrá exceder del "30 por ciento del salario total" resultante del importe del salario en dinero sumado al salario en especie, según dispone el art. 26.1 ET[8]. Esta norma ha sido considerada "de derecho necesario absoluto e indisponible".

Por cierto, Sargento, he leído la norma de valoración en la página de la AEAT y hay algo que no entiendo. La puesta a disposición se va a hacer sí o sí. Otra cosa es que la valoración supere el 10% del resto de retribuciones (en especie o dinerarias). ¿Qué ocurre si la supera?. Es decir, hasta ese 10% es retribución en especie, pero la puesta a disposición existe...¿Cómo se imputa entonces esa renta que efectivamente se está produciendo?

Uf, justo he leído la respuesta a una consulta a la Dirección General de Tributos de 2011 sobre el tema que simplemente decía que se limitaba la remuneración al limite máximo del 10% del resto de las remuneraciones. Hay que señalar que este límite es para los casos en que el piso puesto a disposición es propiedad del arrendador.

Entonces en el caso de que el piso esté arrendado por el empleador (no de su propiedad), no existe el límite del 10% del resto de remuneraciones (entonces mi segundo post está mal) pero sí el límite del 30% del Estatuto de los Trabajadores. Por lo tanto, en Madrid el límite, para un salario medio de 2.900, es de 870 euros de alquiler al mes. Difícil de encontrar, salvo pisos compartidos.

el malo

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Re:PPCC: Pisitófilos Creditófagos. Invierno 2025
« Respuesta #3853 en: Marzo 19, 2025, 13:51:53 pm »
Una reflexión sobre la cesión de viviendas a empleados como retribución en especie y porque no suele ser usado. La ley pone límites a estas retribuciones en especie (límite máximo a esta retribución el 10% de las restantes contraprestaciones por ese empleo) lo cual significa que, si por ejemplo el sueldo medio en Madrid es de 2.900 euros (lo vi ayer), el empleador solo podría dar una vivienda cuyo alquiler fuera de 290 euros mensuales o cuyo valor catastral fuera de 69.600 euros (290*12 sería el 5% de dicho valor). En Madrid no hay muchos con esas condiciones y creo que en Ibiza menos.
Además las retribuciones en especie, según el derecho laboral, sólo pueden llegar hasta el 30% de las dinerarias.

Existe, además, otro límite legal en el Estatuto de los Trabajadores:

Cito a Carlos Moradillo Larios, Inspector de Trabajo y Seguridad Social - Ministerio de Trabajo

https://vlex.es/vid/retribuciones-salariales-especie-cotizacion-114720

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Ni el ordenamiento positivo español ni los intereses de los trabajadores son proclives a que el trabajo se retribuya íntegramente en especie. Si el abono se hace en esta modalidad, no podrá exceder del "30 por ciento del salario total" resultante del importe del salario en dinero sumado al salario en especie, según dispone el art. 26.1 ET[8]. Esta norma ha sido considerada "de derecho necesario absoluto e indisponible".

Por cierto, Sargento, he leído la norma de valoración en la página de la AEAT y hay algo que no entiendo. La puesta a disposición se va a hacer sí o sí. Otra cosa es que la valoración supere el 10% del resto de retribuciones (en especie o dinerarias). ¿Qué ocurre si la supera?. Es decir, hasta ese 10% es retribución en especie, pero la puesta a disposición existe...¿Cómo se imputa entonces esa renta que efectivamente se está produciendo?

Uf, justo he leído la respuesta a una consulta a la Dirección General de Tributos de 2011 sobre el tema que simplemente decía que se limitaba la remuneración al limite máximo del 10% del resto de las remuneraciones. Hay que señalar que este límite es para los casos en que el piso puesto a disposición es propiedad del arrendador.

Entonces en el caso de que el piso esté arrendado por el empleador (no de su propiedad), no existe el límite del 10% del resto de remuneraciones (entonces mi segundo post está mal) pero sí el límite del 30% del Estatuto de los Trabajadores. Por lo tanto, en Madrid el límite, para un salario medio de 2.900, es de 870 euros de alquiler al mes. Difícil de encontrar, salvo pisos compartidos.

¿Cómo encajaría esto con los pisos que las empresas ponen a expatriados, recolocados temporalemente (que luego se extienden en el tiempo), etc.?

¿Y cómo lo hacen por ejemplo en el Ejército, Guardia Civil, etc. que vive en los cuarteles?

Saturio

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Re:PPCC: Pisitófilos Creditófagos. Invierno 2025
« Respuesta #3854 en: Marzo 19, 2025, 14:46:03 pm »
Con respecto al límite máximo del 30% del salario en especie.

-La guardia civil y los militares no están dentro del alcance del ET.

-Desplazados y demás. Por supuesto que si tu empresa te desplaza a Bruselas o a La Coruña (siendo que tu domicilio no está en ninguno de esos sitios), puede ponerte la casa o el hotel que sea. Esto es debido a que no se trata de salario sino de percepciones extrasalariales por compensación de los gastos de estancia. De igual forma que tampoco son salarios las dietas o un billete de avión.


Fiscalmene la cosa es un poco más compleja. Por defecto todos los gastos de manutención tributan y luego se establecen una serie de excepciones. Por ejemplo si te pagan un hotel todo queda exento, pero si te ponen un piso tengo mis dudas (ya que el reglamento del IRPF dice expresamente "hoteles, restaurantes y demás establecimientos de hostelería" y el piso habría que ver como y cuando es establecimiento de hostelería).
En mi vida práctica he tenido que mandar gente a sitios donde los hoteles no eran opción y hemos buscado pisos o casas normales y si hacienda dice algo pues ya discutiremos.
Pero vamos que la diferencia es que en todo caso pagarías IRPF (y ya digo que yo jamás he puesto un piso de un desplazado como base de IRPF).






 


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